El SAT anunció que quien sea detectado realizando una simulación laboral podrá recibir penas de tres meses a 9 años en prisión.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) se ha enfocado en materia laboral, por lo que supervisarán que no haya simulación laboral de servicios profesionales, por lo que habrá sanciones.
La reforma del outsourcing se materializó con un enfoque laboral, pero el Servicio de Administración Tributaria (SAT) también supervisará que no haya simulación de servicios profesionales, lo cual es considerado un delito fiscal.
«Estamos viendo un doble enfoque, tanto inspecciones laborales, pero también por el lado del fisco, que no haya una simulación de servicios especializados en las empresas», dijo Adalberto Ramos, socio de Litigio y Controversia Fiscal de la Irma Garrido Licona y Asociados.
¿Por qué es delito la simulación laboral?
La simulación se considera un delito fiscal, por lo que las implicaciones en caso de hacer no serán solamente en materia laboral. Ramos dijo que con la reforma al outsourcing, está permitida la subcontratación de servicios y obras especializadas, pero que no formen parte del objeto social ni la actividad económica de la empresa.
El simular servicios especializados puede llevar a evadir la responsabilidad patronal y las contribuciones respectivas.
El Código Fiscal tiene establecido que aquel que utilice el Régimen Simplificado de Confianza (Resico) para la simulación de servicios profesionales independientes, comete defraudación fiscal y la pena por ello será incluso mayor a la establecida por este delito.
La pena por simulación laboral va de tres meses a nueve años de prisión, esto dependerá del monto defraudado, y la propuesta contempla que estas sanciones se incrementen en una mitad cuando se utilice el nuevo RESICO en la simulación señalada.
Ramos dijo que al beneficiario de estos servicios, la autoridad fiscal le pedirá la información del proveedor de los mismos para corroborar que efectivamente se realizan los mismos.
Es importante contar con toda la información fiscal necesaria como Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI), comprobantes del pago de cuotas al IMSS e Infonavit para comprobar que no se incurre en una simulación laboral.
Por: LA VERDAD