Empujan reforma a Ley de Trabajo para respaldar a trabajadores digitales

El diputado del PVEM, Luis Alberto Martínez Bravo, impulsa una iniciativa que propone la creación del Capítulo XI Bis, “De los trabajadores de plataformas digitales”, en el Título Sexto de la Ley Federal del Trabajo, con la finalidad de contar con un marco regulatorio que defina derechos y obligaciones de los trabajadores y empleadores de dichas aplicaciones, principalmente de las dedicadas a prestar servicios de transporte de personas o bienes.

El proyecto se turnó a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen, y a la Comisión de Seguridad Social, para opinión.

El nuevo capítulo se conforma de 15 artículos que van del precepto 310-A al 310-Ñ, los cuales atienden asuntos como seguridad social, horarios laborales, días de descanso, así como lineamientos para el cálculo de salarios.

La iniciativa considera como trabajadores dependientes subordinados a las plataformas digitales a todas aquellas personas que ejecuten por un mínimo de 160 horas de conexión efectivas mensuales la actividad de servicio de transporte de personas o bienes o cualquier otro servicio que se ofrezca a través de una plataforma digital.

De igual forma, define prestadores de servicios independientes no subordinados a las personas que no ejecuten las referidas actividades por un mínimo de 160 horas efectivas mensuales, y de manera independiente a lo anterior, las plataformas tendrán obligación respecto de los accidentes y/o incluso fallecimiento de cualquier persona que lleve a cabo la actividad, siempre que hubieren acontecido con motivo de su desempeño.

Establece que serán considerados empleadores las personas morales que operen, administren y/o utilicen aplicaciones o plataformas informáticas y que tengan bajo su cargo a trabajadores dependientes, a través de las cuales los usuarios consumidores pueden usar el servicio que se ofrezca de los trabajadores descritos en el artículo anterior, y serán consideradas usuarios consumidores las personas físicas o morales que adquieran los bienes y/o utilicen los servicios ofrecidos en las plataformas digitales.

Para efectos de esta ley, se señala que son plataformas digitales los sistemas de infraestructura virtual o similares a través de medios electrónicos o aplicaciones móviles, para externalizar servicios de transporte de bienes o de pasajeros y supervisar su ejecución mediante una gestión algorítmica con acceso a usuarios a través de Internet, y agrega que son partes de la relación de trabajo, el empleador y el trabajador dependiente de las plataformas digitales.

Aclara que el servicio consiste en el transporte de bienes y/o de pasajeros o la prestación de servicios diversos, mediante la interacción con una plataforma digital, y este podrá pactarse por viaje, por entrega, por encargo, por obra, por tiempo, a porcentaje o cualquier otra modalidad que convengan las partes.

Respecto al salario, éste se integrará por los pagos hechos por el servicio, conforme a las modalidades convenidas entre las partes, la que no incluye las propinas, al ser estas aportaciones voluntarias por parte del consumidor.

El pago del salario deberá realizarse, de manera semanal, mediante transferencia electrónica o en efectivo en el momento que termine el servicio, y en ningún caso se podrá pagar al trabajador una cantidad menor al equivalente del salario mínimo por hora efectivamente trabajada.

Para determinar el monto de la contraprestación diaria, se tomará como base el promedio que resulte de las contraprestaciones del último año o del total de las percibidas si el trabajador no cumplió un año de servicios y en el caso de los trabajadores dependientes, se acordará en el contrato laboral correspondiente un salario, jornada, momento y modo de pago.

Destaca que los trabajadores de las plataformas digitales podrán disponer libremente de su horario y jornada de trabajo dentro los parámetros establecidos en el artículo 310-A y la jornada se computará de acuerdo a las horas de conexión efectivas a la plataforma, entendida esta como el tiempo transcurrido desde que el trabajador pacta el servicio de transporte de bienes o de pasajeros o cualquier otro servicio que se ofrezca, mediante la interacción con una plataforma digital, hasta la conclusión del mismo.

Para el caso de los trabajadores dependientes, las jornadas trabajadas no podrán sumar más de 48 horas efectivas semanales, en cuyo caso necesitarán la autorización expresa del empleador, por sí o a través de la plataforma, para laborar en tiempo extraordinario con el pago correspondiente de conformidad con el artículo 67 de esta ley.

Su jornada tampoco podrá superar las ocho horas efectivas diarias, a menos de que el trabajador reciba autorización expresa del empleador, por sí o a través de la plataforma, y en caso de encontrarse en un viaje al momento de vencimiento de su jornada, los trabajadores de las plataformas digitales tendrán la obligación de terminar el viaje como fue pactado inicialmente.

Los trabajadores dependientes de las plataformas digitales tendrán derecho a la desconexión digital a fin de garantizar, fuera del tiempo de trabajo, el respeto de su tiempo de descanso, permisos y vacaciones, así como de su intimidad personal y familiar, mientras que en el caso de los prestadores de servicios independientes, el tiempo de desconexión será determinado por ellos mismos, conforme a su disponibilidad y posibilidad para conectarse a la plataforma digital.

En su iniciativa, el diputado expone que los trabajadores dependientes de las plataformas digitales que satisfagan por seis días consecutivos el número de horas efectivas que integran una jornada máxima, tendrán derecho a un día de descanso, cuando no cumplan con lo anterior, tendrán derecho a una compensación conforme al artículo 72 de la presente ley.

Asimismo, los trabajadores tendrán derecho a acceder a sus datos personales, incluyendo aquellos referentes a su historial de desempeño en la plataforma.

Indica que será causa especial de terminación de las relaciones de trabajo, sin responsabilidad para el empleador, si el trabajador es dependiente y no cumple con el mínimo de horas efectivas requeridas por un periodo mayor a 30 días, sin causa justificada.

Si viola los lineamientos de la comunidad, en este caso, el empleador deberá especificar claramente las circunstancias y características de dicha violación.

Asimismo, será causa especial de terminación de las relaciones de trabajo, si se desvía, sin justificación, de la ruta trazada por la plataforma digital para fines diversos del servicio prestado.
En este sentido, menciona que las plataformas digitales deberán inscribir a sus trabajadores dependientes en el régimen obligatorio de seguridad social y retener y enterar el pago de cuotas.

De igual forma, serán obligaciones especiales de los trabajadores dependientes de las plataformas digitales: observar el buen comportamiento antes, durante y después de realizados los servicios, tratar con el debido respeto a los clientes, consumidores, proveedores y público en general, guardar la más absoluta discreción y reservar los datos que conozca con motivo del servicio con absoluta confidencialidad, absteniéndose de utilizarlos para fines diversos.

También, observar el debido cumplimiento de las leyes de tránsito y sus reglamentos, además de contar con los instrumentos y/o herramientas de trabajo necesarios para proveer el servicio correspondiente.

Por: Arturo Rivero / El Pulso Laboral

Fuente: https://elpulsolaboral.com.mx/mercado-laboral/30095/empujan-reforma-a-ley-de-trabajo-para-respaldar-a-trabajadores-digitales

Centro Federal toma control en la legitimación de contrato de Goodyear para el 7 y 8 mayo

De acuerdo con la nueva convocatoria dada a conocer por el Centro Federal, en esta ocasión habrá alrededor de 20 observadores, en el que también participará la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y el Instituto Nacional Electoral.

El próximo 7 y 8 de mayo se repondrá el proceso de votación para la legitimación de contrato colectivo de trabajo de la empresa Goodyear en su planta de San Luis Potosí, todo bajo el control del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral.

De acuerdo con la nueva convocatoria dada a conocer por el Centro Federal, en esta ocasión habrá alrededor de 20 observadores, en el que también participará la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y el Instituto Nacional Electoral.

En el padrón tienen derecho a emitir su voto alrededor de 1,080 trabajadores sindicalizados, quienes por la dinámica de la planta que opera 24/7, se realizará en domingo y lunes.

“La consulta se realizará los días 7 y 8 de mayo, en un horario de 12:00 A 19:00 horas y de 03:00 A 11:00 horas respectivamente”, indica la convocatoria.

Cabe señalar que este proceso fue suspendido, luego de que el sindicato titular “Miguel Trujillo” de haber robado la urna de las votaciones, acción que está en investigación y por el que la empresa interpuso una demanda penal en el estado de San Luis Potosí.

Al tomar el control del proceso el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral se encarga de toda la logística y de la organización, y existe la posibilidad de que autorice la asistencia de sólo un representante del sindicato “Miguel Trujillo”.

Cabe destacar que la empresa otorgó las facilidades para que se realice de nueva cuenta, en unas semanas, el proceso de legitimación de contrato.

Asimismo, hay un proceso paralelo debido a que la Liga Sindical Obrero Mexicana, sindicato independiente, interpuso una queja ante el Departamento de Trabajo de Estados Unidos argumentando violación a los derechos laborales.

Por: María Del Pilar Martínez / El Economista

Fuente: https://www.eleconomista.com.mx/empresas/Centro-Federal-toma-control-en-la-legitimacion-de-contrato-de-Goodyear-para-el-7-y-8-mayo-20230427-0031.html

 

Apps de reparto y viajes en México reprueban en condiciones de trabajo justo… todas

En pilares de trabajo digno relacionados con salario mínimo, prevención de riesgos y transparencia en la asignación de viajes, entre otros aspectos, todas las plataformas digitales que operan en el país están reprobadas, según la investigación de la organización Fairwork.

Ya sea por las políticas para garantizar un nivel mínimo de ingresos o por las condiciones laborales de choferes y repartidores, todas las plataformas digitales que operan en el país están reprobadas al ser evaluadas como una fuente de “trabajo justo”, de acuerdo con una investigación de Fairwork México.

Aunque en algunos casos se observaron condiciones relativamente buenas, como el hecho de que el salario promedio por hora sea superior al mínimo, los investigadores del proyecto no pudieron corroborar que las plataformas garanticen este ingreso para todos los repartidores y conductores. Lo mismo ocurrió con el resto de pilares que conforman el concepto de trabajo justo.

La investigación Estándares laborales en la economía de plataformas, evaluó las condiciones de trabajo en las aplicaciones Uber, Uber Eats, DiDi, DiDi Food, Rappi, Cabify, inDrive, Jokr y Cabify, a través de entrevistas con personas que laboran bajo estos esquemas y charlas con los gerentes de estas empresas.

Para determinar la calidad del trabajo, el proyecto calificó cinco pilares:

  1. Salario justo
  2. Medidas para mitigar riesgos laborales o red de seguridad
  3. Términos y condiciones claros, accesibles y alineados a la legislación
  4. Gestión adecuada de las decisiones que afectan a los trabajadores
  5. Mecanismo documentado para la expresión de la voz colectiva y voluntad para negociar con un organismo colectivo o sindicato.

Fairwork no pudo otorgar ninguna puntuación a las plataformas digitales analizadas en ninguno de los pilares porque no se pudo comprobar que cuenten con estos principios o, en algunos casos, que sean medidas generalizadas para todos los repartidores y conductores. De esta manera, la puntuación de todas las apps fue de 0 en los cinco estándares mínimos de empleo digno.

“Fairwork está en 38 países y en varios de estos, Uber y Rappi tuvieron puntuación. Si vemos cada país, en algunos casos sí varían las puntuaciones de estas plataformas y esto se debe en gran medida a la especificidad. Aún si las empresas están presentes en varios países, en algunos existen adaptaciones a temas legales”, señaló Kruskaya Hidalgo, investigadora del proyecto.

En el caso de las condiciones de seguridad y salud, el informe reconoce que hay plataformas que pueden estar cercanas a obtener una puntuación en este rubro, pero en ninguna se logró comprobar que existan las medidas reportadas por los trabajadores como políticas generales que apliquen para todos los repartidores y conductores.

“Toda la puntuación en cero nos habla de una precarización profunda del trabajo en plataformas, de un proceso de precarización de las condiciones laborales disfrazada por una narrativa de tecnología detrás de un algoritmo”, expresó Paolo Molinaro, presidente del presidente del Centro Solidaridad México, durante la presentación de los resultados.

Impacto en la salud física y mental

Uno de los hallazgos destacados de la investigación, es que este tipo de actividades generan un impacto negativo en la salud física y mental de las personas que laboran como choferes y repartidores, lo que contrasta con la ausencia de políticas generales para disminuir riesgos de trabajo. Casi la mitad de los trabajadores en plataformas digitales reconoce un impacto en esta área.

“Para muchos, el desgaste físico se traduce en mala alimentación, falta de sueño, dolores de espalda y lumbares, así como en molestias en los riñones. En el caso de quienes trabajan como conductores, estos efectos nocivos para la salud se deben principalmente al sedentarismo prolongado, mientras que para las personas que reparten en bicicleta es particularmente desgastante el hecho de tener que recorrer largas distancias con pedidos excesivamente pesados”, indica el estudio.

Además de esto, los repartidores y conductores señalan que las condiciones del tráfico les generan un estrés constante por el temor a sufrir un accidente, esta sensación se acentúa entre la fuerza laboral que no cuenta con seguro médico.

Los investigadores de Fairwork puntualizan la necesidad de indagar en los efectos a largo plazo en la salud física y mental de los trabajadores de aplicaciones, por ejemplo, el caso de las enfermedades músculo-esqueléticas.

Regulación laboral pendiente

El año pasado, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) informó que trabajaba en una reforma a la Ley Federal del Trabajo para regular el trabajo en plataformas, la cual contempla un capítulo especial en la legislación laboral.

En el Congreso de la Unión se han presentado más de 20 propuestas y los propios trabajadores organizados en sindicatos y colectivos también han sumado planteamientos. Sin embargo, hasta ahora no se ha discutido un proyecto final.

“Aunque ha habido espacios en los que se ha producido un diálogo tripartito entre plataformas digitales de trabajo, personas trabajadoras y funcionarios de gobierno, las plataformas no han sido receptivas para reconocer que existe una relación laboral”, critica Fairwork México en su reporte.

La regulación es importante, indicó Paolo Molinaro, porque el modelo de las aplicaciones de reparto y viajes es parte de un avance digital acelerado que podría replicarse en otras actividades y vulnerar derechos laborales de más trabajadores, por ejemplo, la contratación de trabajadoras del hogar a través de aplicaciones.

Por: Gerardo Hernández / El Economista

Fuente: https://www.eleconomista.com.mx/capitalhumano/Apps-de-reparto-y-viajes-en-Mexico-reprueban-en-condiciones-de-trabajo-justo…-todas-20230413-0114.html

Hay “condiciones precarias” para los trabajadores de plataformas, urge la reforma en la materia

Kruskaya Hidalgo, investigadora de Fairwork México, expuso que en nuestro país se evaluaron 9 plataformas, -Uber, Uber Eats, DiDi, DiDi Food, Rappi, Cabify, inDrive, Joker y Mercado Libre-, en dónde no se pudo demostrar que las empresas analizadas otorguen condiciones laborales dignas mínimas a sus trabajadores.

En una década de operaciones de las plataformas digitales en México, aún hay una “precarización profunda” de las condiciones laborales, revela el estudio Fairwork México que se presentó en el marco del Foro Internacional “Trabajo Justo. Reto de la regulación en plataformas digitales”.

Kruskaya Hidalgo, investigadora de Fairwork México, expuso que en nuestro país se evaluaron 9 plataformas, -Uber, Uber Eats, DiDi, DiDi Food, Rappi, Cabify, inDrive, Joker y Mercado Libre-, en dónde no se pudo demostrar que las empresas analizadas otorguen condiciones laborales dignas mínimas a sus trabajadores.

“Las puntuaciones de la tabla de resultados de Fairwork México 2023 ponen de manifiesto la urgencia de implementar acciones que garanticen unas condiciones laborales dignas mínimas para todas las personas que se dedican a la economía de plataformas en el país. De las nueve plataformas laborales digitales analizadas, no pudimos otorgar puntos a ninguna de ellas”, detalló Hidalgo.

Por su parte, Paolo Marinaro, director en México del Centro de Solidaridad, expuso que el estudio llega en una coyuntura histórica importante, “la puntuación del reporte todo cero, nos habla de una precarización profunda de las condiciones laborales de los trabajadores, disfrazada del uso de la tecnología”.

En ese sentido, dijo que es fundamental que se abra la discusión desde el gobierno mexicano y el Congreso, pues ya hay 21 iniciativas que pueden abrir la discusión para encaminar el reconocimiento de los derechos laborales de los trabajadores”.

Inés González, de la Red de Mujeres y de la Fundacion Friedrich Ebert, mencionó que este año se espera que se lleve a cabo la discusión de la reforma, “la coyuntura política es fundamental y este año tendremos que ver la iniciativa en el Congreso”.

Según la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE), hay aproximadamente 250,000 personas trabajando como repartidores en el país y se prevé un incremento de 80,000 más para 2025. En tanto que el IMSS identificó hasta 500,000 trabajadores en este sector.

En 2022, más de 6.8 millones de personas realizaron al menos una compra de alimentos y bebidas por internet al año, lo que pone de manifiesto la importancia del sector de las plataformas en México, en términos de mano de obra, consumo, y su potencial de crecimiento.

Destacaron que los pilares en los que se basa la evaluación de Fairwork son pago justo, condiciones justas, contratos justos, gestión justa y representación justa (a través de sindicatos).

Además de que el objetivo de este análisis es demostrar que en la economía de plataformas es posible conseguir empleos de calidad. Y sirve como línea de base ante las posibles modificaciones legales que se encuentran en marcha.

Cabe destacar que la red de investigadores califica anualmente plataformas en 38 países, en los cinco continentes.

Por: Pilar Martínez / El Economista

Fuente: https://www.eleconomista.com.mx/empresas/Hay-condiciones-precarias-para-los-trabajadores-de-plataformas-urge-la-reforma-en-la-materia-20230413-0048.html

Repartidores de plataformas digitales, entre el riesgo y precariedad

La mayor parte de los empleados de plataformas de reparto a domicilio son jóvenes entre 18 a 24 años de edad que carecen de sueldo y horario fijo, no tienen seguridad social, utilidades, vacaciones, entre otras prestaciones.

A diario van y vienen por las calles: ser atropellados, asaltados, incluso secuestrados es la constante. Desde el plano laboral, denuncian, están en la precariedad.

“Hay muchos que se van en bici, y esto las plataformas no lo toman en cuenta, simplemente lo que quiere la plataforma es que tu entregues el producto en buen estado, no le importa cómo vayas o cómo llegues, simplemente que lo entregues y eso es todo”, refiere Adrián, joven repartidor del municipio de Toluca.

Durante el periodo más complicado de la pandemia, las plataformas de reparto a domicilio triplicaron el número de su personal. Al último trimestre de 2022, el INEGI reportó alrededor de 400 mil en todo el país, situación que se explica como consecuencia de la elevada pérdida de empleos formales.

A 2023 lo que inició entre el año 2012 y 2013 como un trabajo complementario, se revirtió pues del global de trabajadores de ese sector, el 70% lo registra como su actividad principal: en su mayoría jóvenes, hombres y si bien con largas jornadas de trabajo de forma voluntaria y percepciones superiores al promedio nacional, pero vulnerables en cuanto al aspecto de la seguridad social.

Miguel Adolfo Guajardo Mendoza, investigador del Colegio Mexiquense, desarrolló una minuciosa investigación «Las plataformas de entrega a domicilio en la economía mexicana» y plantea un novedoso esquema de seguridad social, el cual propone un nuevo régimen en la Ley Federal del Trabajo, donde las contribuciones sean de forma tripartita, entre el Gobierno federal, el patrón y el trabajador.

Además, sugiere que esas aportaciones tendrían que ser opcionales, con cuotas progresivas o proporcionales al ingreso de los trabajadores y donde se tenga acceso a todos los beneficios de la seguridad social en México.

“Esperamos que esa propuesta en cuanto se publique sea retomada por actores políticos para que se enriquezca el debate y se pongan en la mesa otras alternativas”., comenta .

Javier, de 18 años, suele trabajar hasta 12 horas diarias.

“Los automovilistas te avientan el carro nada más porque son motos, le avientan a uno el carro”.

Se expanden el modelo

Las plataformas más comunes en el país y el Estado de México son Uber Eats, Rappi y la firma de origen chino, Didi Foods y son por lo regular donde los repartidores están dados de alta.

Guajardo Mendoza refiere que ese modelo de negocio inició con el reparto de alimentos a domicilio y a la fecha se ha expandido a prácticamente sectores como de alojamiento, venta de servicios, renta de espacios y ya es nombrado como “ la plataformización de la economía “.

Se trata, explica, de intermediarios que generan un espacio digital donde otros pueden llegar y satisfacer sus necesidades. Un espacio virtual donde convergen 24 horas, siete días a la semana vendedores y compradores a través de un dispositivo con internet.

Resalta que, si bien en los momentos más críticos de la pandemia ese sector creció de forma exponencial y con ello la demanda de consumo a domicilio, también incrementó la oferta de disponibilidad de mano de obra, sin embargo, los salarios se fueron a la baja.

Y aunque el trabajo de reparto inició como una actividad complementaria para las personas con un empleo de tiempo completo, a la fecha prevalecen los trabajadores que lo señalan como su actividad de tiempo completo, con una proporción del 70%, mientras que para el 30% restante sigue siendo un adicional, expone.

La mayoría, agrega, son jóvenes, hombres y en etapa de formación de educación media superior, incluso educación superior, pues estos últimos no han encontrado opción para integrarse a corto plazo al mercado laboral.

Extenuantes jornadas

José Luis, joven de 24 años también de Toluca , ha llegado a laborar más de 16 horas diarias ante la presión de pagar 4 mil pesos de renta al mes, alimentación, vestido, pago de servicios como gas y luz, gastos de telefonía, además del mantenimiento de su motocicleta.

Eso sin contar con la posibilidad de visitar al médico por enfermedad. Por fortuna, señala, hasta el momento no ha tenido algún accidente de gravedad al dar servicio como repartidor.

No se trata de un empleo informal. Los repartidores están dados de alta ante el SAT. Señala que en el caso de Rappi, les ofrece una aplicación que les apoya con facturación en este sentido y de inicio, cada viaje ya incluye un descuento por concepto del pago de impuestos.

El joven, cuenta con una bicicleta y aunque asegura tener buenas ganancias, porque el mantenimiento semestral de su bici es de alrededor de 300 pesos y no usa gasolina, está en desventaja porque le solicitan menos pedidos, aunque tiene el mismo riesgo. El uso de motocicleta eleva ese costo hasta en mil pesos pero cada mes y la erogación diaria a partir de 100 pesos de gasolina.

Por lo general los trabajadores de reparto a domicilio tienen largas jornadas de trabajo, en algunos casos de más de 14 horas diarias, pero con ganancias superiores al promedio nacional, sin embargo, con la desventaja de no tener seguridad social, refiere Guajardo Mendoza.

Más de la mitad de los repartidores consultados dijo ser soltero, de ahí que ve como ventaja manejar su tiempo, acceder a varias plataformas, sobre todo contar con ingresos superiores al promedio nacional y en algún momento hasta lo ven como una distracción, pero también señalan, de constante riesgo.

“No es pesado, yo me salgo, me distraigo, y es algo que me gusta, estar en la calle”, comenta Jorge, otro repartidor.

Hay mujeres jóvenes repartidoras, aunque, reconocen, son doblemente vulnerables por el constante acoso en calles y avenidas.

“No hay manera de defendernos, como que un hombre se baja y pelea , pero nosotros no”, comenta Alondra.

De acuerdo con la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE), refirió Guajardo Mendoza, un 25% de los repartidores cuentan con seguridad social pero no por su actividad, sino por cuenta de otro empleo, o porque los afilió su pareja. Sólo un mínimo porcentaje se inscribió al régimen voluntario del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

Refiere que hay por lo menos nueve iniciativas de ley en la Cámara de Diputados federal para atender el tema de la seguridad social de este tipo de trabajadores, sin embargo, la única opción es el esquema obligatorio y voluntario. El primero, añadió, con cuotas conjuntas entre el trabajador y el patrón.

Menciona que la Secretaría del Trabajo del Gobierno federal aplicó una encuesta en 2021 a ese sector sobre una posible afiliación voluntaria al IMSS, pero la respuesta fue limitada.

Marco Antonio, otro joven repartidor quien relata que intentó adherirse al IMSS, pero señala, “es carísimo” , pues mencionó que la aportación es de alrededor de 500 pesos a la semana, y resalta que esa afiliación es doblemente conveniente para las personas que ya cuentan con afore.

Esquema complicado

El investigador del Colegio Mexiquense considera que las iniciativas en el Congreso tratan de generar una legislación que obligue a las plataformas a dotar de seguridad social a los repartidores bajo el esquema tradicional, sin embargo expuso que esa ocupación no siempre cumple con ocho horas de trabajo y de forma continua. Además, dijo, no se ha podido argumentar una relación de subordinación pues los trabajadores están conectados con varias plataformas y se tendría que evaluar qué porcentaje tendrían que cubrir cada una.

“El gobierno federal no tiene todavía un mecanismo para poder allegarse de la información necesaria que indique qué porcentaje de las contribuciones o de las cuotas de seguridad social las va a tener que pagar la plataforma uno, cuales la dos…”, menciona.

Observa otras dificultades ante una eventual implementación del sistema de seguridad social obligatorio como el que las empresas se puedan amparar tras argumentar que no caen en el supuesto para ese tipo de régimen.

“A mi me parece que las iniciativas presentadas son más una señal para que los actores políticos muestren que están interesados con el tema, que tratan de hacer algo, pero no hubo mayor reflexión y al final el trabajador va a seguirse quedando sin seguridad social”.

Alternativa

Al resaltar su propuesta de seguridad social tripartita, Guajardo Mendoza expone que no tendrían que ser cuotas fijas pues se castigaría más al trabajador de reparto que menos gana, por tanto, tendrían que ser proporcionales al ingreso, además de opcional para quienes ya están inscritos al esquema mientras que obligatorio para los no cuenten con un esquema en curso.

“Esperamos que esa propuesta en cuanto se publique sea retomada por actores políticos”, para que se enriquezca el debate y se pongan en la mesa otras alternativas”.

Ante la expectativa de ser contratados por una sola plataforma y bajo un esquema tradicional, Miguel, otro joven repartidor considera que el pago mínimo debería ascender entre 7 y 8 mil pesos mensuales y con ello podrían cubrir sus necesidades.

“Y si no, que no dejen como estamos”

“ Si vamos a trabajar ocho horas continuas y con un solo patrón, que sea un sueldo competitivo y atractivo, si no, no tiene caso el cambio”, considera el joven.

Por: El Sol de Toluca

Fuente: https://www.elsoldetoluca.com.mx/local/repartidores-de-plataformas-digitales-entre-el-riesgo-y-precariedad-9789296.html

Empujan de nuevo protección laboral para repartidores domicilio

La diputada María Guadalupe Alcántara Rojas (PRI) informó que impulsa una iniciativa para incluir en la Ley Federal del Trabajo a los repartidores a domicilio, a efecto de salvaguardar su estatus jurídico, definir claramente la calidad de empleador y empleado, y con ello avanzar hacia un esquema de protección de sus derechos.

Expuso que su propuesta plantea adicionar un Capítulo XII Ter a dicha ley, denominado Repartidores a Domicilio, además de 11 artículos, para establecer las obligaciones de los empleadores y de los trabajadores en esta modalidad.

En un comunicado, indicó que se considera las personas que se desempeñan como choferes, transportistas, repartidores o mensajeros, contratadas por uno o varios empleadores en favor de uno o varios consumidores, a quienes se les asignan tareas o trabajos mediante plataformas digitales o de forma independiente, para realizar servicios de traslado y/o transporte de pasajeros o de bienes, logística, reparto de pedidos, recolección de mercancía y otros afines.

Alcántara Rojas señaló la necesidad de establecer que este trabajo quede sujeto a la vigilancia y protección especial de las autoridades del trabajo tanto federales como locales, que en coordinación desarrollen programas que permitan garantizar los derechos de estas personas, así como la promoción de su inclusión laboral.

Ello, precisó, a través de estrategias que garanticen condiciones especiales de seguridad y salud para el desempeño de los repartidores, así como condiciones para maximizar las contribuciones que puedan realizar a la empresa.

Asimismo, la diputada priista propone instituir como obligaciones de los empleadores de repartidores a domicilio, el registro del contrato de trabajo ante las autoridades laborales; proporcionar y proveer el mantenimiento necesario de los vehículos, útiles, equipos y demás herramientas necesarias para la prestación del servicio y asumir los costos de los servicios de telecomunicación, el peaje y de combustible que se deriven de la prestación del servicio.

Respecto al salario, señaló que podrá estipularse por viaje realizado, entrega efectiva, encargo, obra, tiempo, a porcentaje o cualquier otra modalidad que convengan a las partes, sin que pueda ser inferior al salario mínimo, por el lapso efectivamente trabajado.

La propuesta, que también adiciona un párrafo tercero al artículo 113 de la Ley sobre el Contrato de Seguro, se turnó a la Comisión de Trabajo y Previsión Social.

Por: El Pulso Laboral

Fuente: https://elpulsolaboral.com.mx/mercado-laboral/29004/empujan-de-nuevo-proteccion-laboral-para-repartidores-domicilio

Repartidores de apps piden reforma para regular su trabajo: qué solicitan

Medio millón de empleados de plataformas digitales ya tienen una propuesta de reforma para regular sus labores y se les considere como trabajadores, no como socios y que las categorías laborales se definen con base en las horas de tiempo de conexión. Y por tanto pueden ser eventuales, medio salario y salario completo.

En el Manifiesto de Piso Mínimo de las Trabajadoras y Trabajadores de Plataformas Digitales que elaboraron y ya presentaron ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, se precisa que el salario se fijará por día, orden de trabajo, tiempo de conexión, por boletos vendidos o por circuito o kilómetros recorridos.

Se incluye el derecho de réplica, con el fin de conocer cuándo la empresa los penaliza, las razones por las que se tomó dicha decisión.

Respecto al patrón, se señala que serán personas físicas o morales que a través de plataformas tecnológicas y aplicaciones digitales, definan los mecanismos para el reclutamiento de los trabajadores.

Sobre esto, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) recomienda experimentar la negociación colectiva en la economía de las plataformas digitales. Identifica a países que avanzan en cambios legales.

Se trata de Alemania, Austria, Dinamarca, España, Italia, Noruega, Corea del Sur, Reino Unido y Suiza.

Propuesta deberá analizarse en el Congreso

En México, la titular del Trabajo y Previsión Social, Luisa María Alcalde Luján, sostiene que es urgente una propuesta que deberá analizar el Congreso de la Unión, para tener un capítulo especial de trabajadores de plataformas.

Este nuevo capítulo, que presentan los colectivos de personas empleadas en plataformas digitales, señala que “debe contemplar como obligatoria el acceso a la seguridad social; que se reconozca la subordinación y como trabajadores, pero con la flexibilidad necesaria para entender cómo funciona la industria”.

También que son diferentes empleadores, esto es que se puede trabajar con una plataforma con dos o tres patrones al mismo tiempo y cómo cada uno debe cumplir con su responsabilidad ante las instituciones de seguridad social.

Diversas agrupaciones a favor del proyecto

Integrantes de colectivos como Yakusa: Unión de Trabajadores de Plataformas Tecnológicas de Yucatán; Zas Reparto; Unión de Trabajadores de Plataformas Digitales, Pasajeros y Alimentos de México; Unión Nacional de Trabajadores por Aplicación; Grupo Universal de Emergencia y Conductores por Juárez, entre otros, participaron en la redacción de este Manifiesto.

Un grupo de estos trabajadores se reunieron con el presidente de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, de la Cámara de Diputados, Jesús Baldenebro, quien admitió que este sector de trabajadores requiere una legislación acorde con la tendencia actual del mundo y contar con el reconocimiento como trabajadores.

En el encuentro, los empleados de plataformas digitales, relataron algunos abusos de los que son objeto, como no respetar los bonos prometidos; el retiro de comisiones o no les pagan el total de las propinas.

También se describió que las plataformas los consideran como “autoempleados” y por ello se deslindan de cualquier responsabilidad.

Dicen que “somos nuestros propios jefes” y por lo tanto se deslindan de cualquier responsabilidad de nosotros, accidente, asalto, enfermedad. No tenemos ese respaldo; pero sí se enriquecen con nuestro trabajo.

Nosotros les proveemos tod, pero a la hora de que sucede algo ni nos llaman socios, comentaron Juan Carlos Soto, Ventura López, Shaira Garduño, María Eugenia Fernández.

También dijeron que el legislador reconoció que sí hay la voluntad de que tengan el reconocimiento como trabajadores y les pidió a los representantes que se organicen para que presenten una postura unificada y así poder negociar con las empresas.

Este manifiesto ya se entregó en la STPS y su titular ha dicho que presentarán una iniciativa de reforma a la Ley Federal del Trabajo para regularizar la situación de este medio millón de trabajadores.

Por: El Sol de Puebla / El Pulso Laboral

Fuente: https://elpulsolaboral.com.mx/mercado-laboral/28756/repartidores-de-apps-piden-reforma-para-regular-su-trabajo-que-solicitan

STPS impulsará capítulo especial en la LFT para 500,000 trabajadores de plataformas digitales

De acuerdo con lo expuesto por la titular del Trabajo, Luisa María Alcalde Luján, a los legisladores de la Cámara de Diputados, es urgente que exista una propuesta de reforma a la LFT para tener un capítulo especial de trabajadores de plataformas.

En la construcción de la propuesta de reforma a la Ley Federal del Trabajo (LFT), para los aproximadamente 500,000 trabajadores de plataformas digitales, la Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS) plantea incluir un capítulo especial para esta nueva forma de trabajo en la que se dé prioridad a la flexibilidad laboral.

De acuerdo con lo expuesto por la titular del Trabajo, Luisa María Alcalde Luján, a los legisladores de la Cámara de Diputados, es urgente que exista una propuesta de reforma a la LFT para tener un capítulo especial de trabajadores de plataformas.

Dicho capítulo deberá considerar aspectos como la posibilidad de que cada trabajador cuente con seguridad social, obligatoria y que los trabajadores sean reconocidos como trabajadores subordinados, y no como socios.

“Hay una oportunidad gigantesca, de que se pueda encontrar el equilibrio necesario para que subsista la industria, pero para que los trabajadores estén protegidos. ¿Qué es lo que hemos venido planteando? se reconozcan como trabajadores, pero, con la flexibilidad necesaria para entender cómo funciona esta industria; que son diferentes empleadores, yo puedo estar trabajando con una plataforma con dos, con tres, al mismo tiempo, como cada una cumple con su responsabilidad ante las instituciones de seguridad social”, expuso la Secretaria.

En este sentido, el presidente de la Comisión de Trabajo y Previsión Social (STPS), Jesús Baldenebro, se reunió con diversos colectivos de plataformas digitales quienes elaboraron el Manifiesto de Piso Mínimo de las Trabajadoras y Trabajadores de Plataformas Digitales.

El legislador admitió que este sector requiere una legislación que vaya acorde con la tendencia en el mundo, ya que deben contar con el mínimo reconocimiento como trabajadores.

Cabe resaltar que la Organización Internacional del Trabajo (OIT) ha recomendado en recientes estudios experimentar la negociación colectiva en la economía de las plataformas digitales e identifica a países que han avanzado en cambios legales como: Alemania, Austria, Dinamarca, España, Italia, Noruega, Corea, Reino Unido y Suiza.

El documento, denominado Manifiesto de Piso Mínimo de las Trabajadoras y Trabajadores de Plataformas Digitales lo presentaron colectivos como: Yakusa; la Unión de Trabajadores de Plataformas Tecnológicas de Yucatán (UNTRAPTEY); Zas Reparto; Unión de Trabajadores de Plataformas Digitales, Pasajeros y Alimentos de México (SUTRAM); Unión Nacional de Trabajadores por Aplicación (UNTA); Grupo Universal de Emergencia (GUE); Conductores por Juárez y CADEM.

En el manifiesto, se especifica que los trabajadores sean considerados como tales y no como socios, así como el hecho de que las categorías laborales sean definidas con base en las horas de tiempo de conexión. Por lo que pueden ser eventuales, medio salario y salario completo.

Además, especifican que el patrón serán aquellas personas físicas o morales que a través de plataformas tecnológicas y aplicaciones digitales definan los mecanismos para el reclutamiento de los trabajadores.

El documento advierte que el salario se fijará por día, orden de trabajo, tiempo de conexión, por boletos vendidos o por circuito o kilómetros recorridos. Asimismo, incluye la necesidad del derecho de réplica, con el fin de conocer cuando la empresa los penaliza las razones por las que tomó tal decisión.

En este proceso, dijo la Secretaria de Trabajo, “todas las empresas han sido invitadas al debate. Todas las empresas conocen nuestra posición respecto a la relación laboral, pero también hemos venido discutiendo como sí se facilita para ellos y no genera una dificultad”.

Por: María Del Pilar Martínez / El Economista

Foto: Cuartoscuro

Fuente: https://www.eleconomista.com.mx/empresas/STPS-impulsara-capitulo-especial-en-la-LFT-para-500000-trabajadores-de-plataformas-digitales-20221102-0043.html

 

 

Trabajadores vía aplicaciones exigen que en reforma que se prepara para el sector se les garanticen sus derechos laborales

Ante la propuesta de reforma encaminada a regular el trabajo en plataformas digitales vía aplicaciones, colectivos de todo el país exigen que en la enmienda que en breve presentará el gobierno federal se incluyan todos los aspectos que beneficien a los más de 500 mil trabajadores del sector.

Sergio Guerrero Ornelas, secretario general de la Unión Nacional de Trabajadores por Aplicación, dijo a los micrófonos de ENFOQUE-NOTICIAS que buscan que se les reconozca la relación laboral con las aplicaciones y les garanticen todos sus derechos laborales, especialmente la seguridad social por el riesgo de trabajo que todos los días enfrentan.

El representante de trabajadores de plataformas digitales, se reunieron con el presidente de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, de la Cámara de Diputados, Jesús Baldenebro, quien admitió que este sector requiere una legislación que vaya acorde con la tendencia en el mundo, ya que deben contar con el mínimo reconocimiento como trabajadores.

Sergio Guerrero Ornelas dijo presentaron el documento, denominado Manifiesto de Piso Mínimo de las Trabajadoras y Trabajadores de Plataformas Digitales donde se especifica que los trabajadores sean considerados como tales y no como socios, así como el hecho de que las categorías laborales serán definidas con base en las horas de tiempo de conexión.

Además, especifican que el patrón serán aquellas personas físicas o morales que a través de plataformas tecnológicas y aplicaciones digitales definan los mecanismos para el reclutamiento de los trabajadores.

El documento advierte que el salario se fijará por día, orden de trabajo, tiempo de conexión, por boletos vendidos o por circuito o kilómetros recorridos. Asimismo, incluye la necesidad del derecho de réplica, con el fin de conocer cuando la empresa los penaliza por las razones por las que tomó tal decisión un trabajador.

Por: Enfoque Noticias

Fuente: https://enfoquenoticias.com.mx/trabajadores-via-aplicaciones-exigen-que-en-reforma-que-se-prepara-para-el-sector-se-les-garanticen-sus-derechos-laborales/

Presentan propuesta trabajadoras y trabajadores de plataformas digitales a Presidente de la Comisión de Trabajo y Previsión Social de la Cámara de Diputados

Trabajadoras y trabajadores de plataformas digitales se reunieron con el presidente de la Comisión de Trabajo y Previsión Social de la Cámara de Diputados, Manuel de Jesús Baldenebro Arredondo, a quien entregaron un Manifiesto, previo a la presentación de la reforma a la Ley Federal del Trabajo, para que se reconozca su relación laboral con las empresas del ramo.

Como representantes de los colectivos estuvieron: Yakusa; la Unión de Trabajadores de Plataformas Tecnológicas de Yucatán (UNTRAPTEY); Zas Reparto; Unión de Trabajadores de Plataformas Digitales, Pasajeros y Alimentos de México (SUTRAM); Unión Nacional de Trabajadores por Aplicación (UNTA); Grupo Universal de Emergencia (GUE); Conductores por Juárez y CADEM.

En el “Manifiesto de piso mínimo de las trabajadoras y trabajadores de plataformas digitales”, se especifica que las y los trabajadores sean considerados como tales y las categorías laborales se definan con base en las horas de tiempo de conexión.

Por lo que pueden ser eventuales, medio salario y salario completo.

Además, especifican que el patrón será aquella persona física o moral que a través de plataformas tecnológicas y aplicaciones digitales define los mecanismos para el reclutamiento de las y los trabajadores.

El documento que entregaron al presidente de la Comisión advierte que el salario se fijará por día, orden de trabajo, tiempo de conexión, por boletos vendidos o por circuito o kilómetros recorridos.

Durante la reunión, representantes de los colectivos que asistieron relataron algunos abusos en su contra, como que no les respetan los bonos prometidos; les quitan comisiones o no les pagan el total de las propinas.

Uno de los asistentes describió que las plataformas los tienen como autoempleados y por ello se deslindan de cualquier responsabilidad. “Somos nuestros propios jefes, por lo tanto, se deslindan de cualquier responsabilidad de nosotros, de cualquier accidente, de un asalto, de alguna enfermedad. No tenemos ese respaldo, pero sí se están enriqueciendo con nuestro trabajo, y nosotros les proveemos todo, les ponemos en auto, les ponemos el internet, somos los que tenemos que pagar para que nos permitan trabajar, pero a la hora de que sucedan algo ni nos llaman socios”, afirmó.

El presidente de la Comisión del Trabajo, Manuel de Jesús Baldenebro, se comprometió a apoyar a los trabajadores y les recomendó unidad entre los diferentes colectivos para que se dirijan hacia un mismo objetivo. “Créanme que sí hay la
voluntad de que tengan el reconocimiento como trabajadores, y creo que en el fondo mucho de eso va a ser la competencia entre las propias plataformas”, subrayó el legislador.

Cabe destacar que este Manifiesto ya fue entregado a la Secretaría del Trabajo y su titular, Luisa Alcalde Luján, ha dicho que presentarán una iniciativa de reforma a la Ley Federal del Trabajo para que se regularice la situación de alrededor de 500,000 trabajadores que laboran en este sector. /// El Pulso Laboral

Por: Pulso Laboral

Fuente: https://elpulsolaboral.com.mx/mercado-laboral/28723/presentan-propuesta-trabajadoras-y-trabajadores-de-plataformas-digitales-a-presidente-de-la-comision-de-trabajo-y-prevision-social-de-la-camara-de-diputados