AMLO insta a legisladores de EEUU a aprobar T-MEC 


El presidente López Obrador consideró que con la aprobación de la reforma laboral, “demostramos que en México se cumplen los compromisos”.
Rocío Méndez Robles ·30/Abr/19 08:15 Andrés Manuel López Obrador, presidente de México, indicó que ahora corresponde a Estados Unidos terminar de aprobar el tratado comercial.
Es “un avance importante en benéfico de los trabajadores de Mexico”, consideró el primer mandatario al explicar que con la nueva norma se logra que los trabajadores “tengan garantizados sus derechos, para elegir con libertad a sus representantes, para que los líderes sindicales no sean impuestos, sino que sean electos por los trabajadores; que haya democracia sindical.
Antes de esta reforma no había voto libre, directo, secreto de los trabajadores para elegir a sus representantes sindicales, ahora van a ser los trabajadores los que van a decidir libremente”, señaló. La nueva ley laboral —“que se logró por la participación de todos los sectores: empresarios, sindicatos, legisladores”, apuntó López Obrador— tiene un complemento importante: “se cumple con un compromiso” para el tratado de libre comercio con Estados Unidos y Canadá, indicó.
Con la nueva normativa se cumplen las normas internacionales en defensa de los derechos laborales, “se beneficia a los trabajadores mexicanos, se establece la democracia sindical, para que se consulte siempre a los trabajadores. Que los líderes no hagan acuerdos a espaldas de los trabajadores, que defiendan sus derechos”; pero también se cumple el compromiso con Estados Unidos.
“Demostramos que en México se cumplen los compromisos”, enfatizó López Obrador, ahora corresponde al gobierno y a los legisladores del país vecino al norte, terminar de aprobar el tratado de libre comercio; “queremos ese tratado con Estados Unidos y Canadá”, reconoció el mandatario mexicano. Jesús Seade subsecretario para América del Norte y encargado del nuevo gobierno para la renegociación del tratado comercial trilateral, destacó que hemos completado una reforma extremadamente importante para Mexico, durante los 25 años del TLCAN, “hemos sido sujetos a críticas de organismos internacionales” con un salario que en 1970 “era el más alto de América Latina y ahora es uno de los más bajos”, resaltó.
En el caso de la democracia sindical, enfatizó López Obrador, se realizaron modificaciones a un apartado del artículo 123 con las cuales los burócratas van a poder elegir libremente a sus líderes sindicales “con voto libre directo secreto”, incluidos los maestros o los trabajadores petroleros. El primer mandatario consideró ideal que las organice el Instituto Nacional Electoral (INE) para un voto libre; “imagínense a los maestros, a los petroleros. Ahora con la nueva ley, los dirigentes de sección tienen que ser electos por los trabajadores. “¿Saben cómo votaban antes? tenían que mostrar su identificación y claro que había represalias”, finalizó López Obrador.

https://mvsnoticias.com/noticias/nacionales/amlo-insta-a-legisladores-de-eeuu-a-aprobar-t-mec/

Aprobada, sin cambios, la reforma laboral


Categoría: Boletines
Publicado: Lunes, 29 Abril 2019 23:16
Número 1807

  • Es resultado de una larga lucha de los trabajadores mexicanos, afirma Martí Batres.
  • Envía el documento al Ejecutivo Federal para sus efectos.

El Senado de la República aprobó sin cambios, en lo general y en lo particular, la reforma que planteó la Cámara de Diputados en materia de justicia laboral, libertad sindical y negociación colectiva.
El presidente de la Mesa Directiva, Martí Batres Guadarrama, destacó que esta reforma es resultado de una larga lucha de los trabajadores mexicanos por la democracia y la libertad sindical, por el salario y mejores condiciones de vida.
Responde también, agregó, a los compromisos del Estado mexicano derivados de la enmienda constitucional de 2017 y a los tratados internacionales como el Convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo y el Tratado México-Estados Unidos-Canadá.
Por mayoría, la Asamblea rechazó las reservas que presentaron senadores del PAN, PRI, PVEM, PRD y Movimiento Ciudadano para modificar diversos artículos del dictamen.
El proyecto de decreto fue enviado al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales. Reforma diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, la Ley Federal de Defensoría Pública, la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y la Ley del Seguro Social.
Con ello, se busca elevar la productividad, generar beneficios tanto a los patrones como a los trabajadores, mejorar las condiciones de trabajo y recuperar la confianza de la justica laboral.
Con 70 en pro y 50 en contra, el Pleno aprobó en los términos del dictamen los artículos 49, 110, 132, 133, 146, 245 bis, 279 quarter, 280 bis, 283, 331, 332, 333, 334, 336, 338, 340, 342, 360, 364, 369, 371, 371 bis, 373, 390 bis, 390 ter, 395, 399 ter, 400 bis, 451, 590-D, 784, 897, 897-F, 920, 923, 926, 927, 929 y 937 de la Ley Federal del Trabajo.
Además, los artículos sexto, décimo primero, décimo segundo, décimo tercero y vigésimo segundo del régimen transitorio del proyecto de decreto, que habían sido reservados.

http://comunicacion.senado.gob.mx/index.php/informacion/boletines/44721-aprobada-sin-cambios-la-reforma-laboral.html

Aprobada, sin cambios, la reforma laboral

 
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Categoría: Boletines
Publicado: Lunes, 29 Abril 2019 23:16
Número 1807

  • Es resultado de una larga lucha de los trabajadores mexicanos, afirma Martí Batres.
  • Envía el documento al Ejecutivo Federal para sus efectos.

El Senado de la República aprobó sin cambios, en lo general y en lo particular, la reforma que planteó la Cámara de Diputados en materia de justicia laboral, libertad sindical y negociación colectiva.
El presidente de la Mesa Directiva, Martí Batres Guadarrama, destacó que esta reforma es resultado de una larga lucha de los trabajadores mexicanos por la democracia y la libertad sindical, por el salario y mejores condiciones de vida. 
Responde también, agregó, a los compromisos del Estado mexicano derivados de la enmienda constitucional de 2017 y a los tratados internacionales como el Convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo y el Tratado México-Estados Unidos-Canadá.
Por mayoría, la Asamblea rechazó las reservas que presentaron senadores del PAN, PRI, PVEM, PRD y Movimiento Ciudadano para modificar diversos artículos del dictamen.
El proyecto de decreto fue enviado al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales. Reforma diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, la Ley Federal de Defensoría Pública, la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y la Ley del Seguro Social.
Con ello, se busca elevar la productividad, generar beneficios tanto a los patrones como a los trabajadores, mejorar las condiciones de trabajo y recuperar la confianza de la justica laboral.
Con 70 en pro y 50 en contra, el Pleno aprobó en los términos del dictamen los artículos 49, 110, 132, 133, 146, 245 bis, 279 quarter, 280 bis, 283, 331, 332, 333, 334, 336, 338, 340, 342, 360, 364, 369, 371, 371 bis, 373, 390 bis, 390 ter, 395, 399 ter, 400 bis, 451, 590-D, 784, 897, 897-F, 920, 923, 926, 927, 929 y 937 de la Ley Federal del Trabajo.
Además, los artículos sexto, décimo primero, décimo segundo, décimo tercero y vigésimo segundo del régimen transitorio del proyecto de decreto, que habían sido reservados. 

http://comunicacion.senado.gob.mx/index.php/informacion/boletines/44721-aprobada-sin-cambios-la-reforma-laboral.html

Aprueban en lo general nuevas disposiciones en justicia laboral, libertad sindical y negociación

 

Categoría: Boletines
Publicado: Lunes, 29 Abril 2019 22:57
Número 1805

  • Miembros de sindicatos, federaciones y confederaciones elegirán a sus directivas mediante voto personal, libre, directo y secreto.
  • Crea el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, al que faculta para realizar la función conciliadora en materia federal.

El Pleno del Senado de la República aprobó, en lo general, reformar la Ley Federal del Trabajo en materia de libertad sindical, justicia laboral y negociación colectiva, por 120 votos en favor, cero en contra y dos abstenciones. 
El dictamen avalado también modifica la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, la Ley Federal de la Defensoría Pública, la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y la Ley del Seguro Social, en el mismo sentido. 
Ley Federal del Trabajo
Entre las modificaciones a la misma, en su artículo 132 establece como una obligación de los patrones entregar a sus trabajadores, de manera gratuita, un ejemplar impreso del contrato colectivo de trabajo inicial o de su revisión, dentro de los 15 días siguientes a que sea depositado ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral. 
También implementar, en acuerdo con los trabajadores, un protocolo para prevenir la discriminación por razones de género, atención de casos de violencia y acoso u hostigamiento sexual, así como para erradicar el trabajo forzoso e infantil.
En el artículo 280 Bis confiere a la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos la atribución para fijar los salarios mínimos profesionales de los trabajadores del campo. En el capítulo de trabajadores del hogar, en el artículo 337, ordena a los patrones a inscribirlos al Instituto Mexicano del Seguro Social y pagar las cuotas correspondientes. 
En su Capítulo II sobre sindicatos, federaciones y confederaciones, establece en su artículo 357 que los trabajadores y los patrones, sin ninguna distinción y sin autorización previa, tienen el derecho de constituir las organizaciones que estimen convenientes, así como el de afiliarse a las mismas, con la sola condición de observar los estatutos de las primeras. 
Dichas organizaciones deberán gozar de adecuada protección contra todo acto de injerencia, de unas a otras, cuando se realice directamente o por medio de sus representantes, en su constitución, funcionamiento o administración. 
En el artículo 357 Bis señala que el reconocimiento de la personalidad jurídica de las organizaciones mencionadas, de sus federaciones y confederaciones, no estará sujeto a condiciones que impliquen restricción alguna a sus garantías y derechos. 
La reforma estipula que los miembros de los sindicatos, federaciones y confederaciones, cuentan con los derechos de libre afiliación y no pueden ser obligados a formar, o no, parte de los mismos. 
En su artículo 358 establece que la elección de sus directivas deberá ser mediante voto personal, libre, directo y secreto de sus miembros, y que el periodo de duración de las directivas no podrá ser indefinido. Además, las federaciones y confederaciones deberán constituirse por al menos dos organizaciones sindicales.
En el artículo 369 se consigna que podrá cancelarse el registro de un sindicato cuando sus dirigentes, apoderados o representantes legales extorsionen a los patrones, exigiéndoles un pago en dinero o especie, para desistir de un emplazamiento a huelga o abstenerse de iniciar o continuar un reclamo de titularidad de contrato colectivo de trabajo. 
Prohíbe a los sindicatos, en su artículo 378, obstaculizar la participación de los trabajadores en los procedimientos de elección de sus directivas sindicales. 
La reforma añade el Capítulo IX Bis, para crear el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, al que faculta para realizar la función conciliadora en materia federal y llevar el registro de todos los contratos colectivos de trabajo, reglamentos interiores del mismo y de las organizaciones sindicales.
Además, será competente para substanciar el procedimiento de la conciliación que deberán agotar los trabajadores y patrones, antes de acudir a los Tribunales. 
También confiere atribuciones a los Centros de Conciliación locales en su artículo 590-E, y estipula que tendrán el número de delegaciones que se considere necesario constituir.
En la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación establece que los Tribunales Colegiados de Circuito resolverán los conflictos de competencia y contarán con una Unidad de Peritos Judiciales -exclusivamente pericial- para auxilio específico a los tribunales en materia laboral, en los casos que lo determine la Ley.
La reforma a la Ley Federal de Defensoría Pública señala que los servicios de asesoría jurídica se prestarán, preferentemente, a las personas que dispongan los Tribunales Federales en materia laboral, en términos de la normatividad aplicable.
En la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, se modifica el artículo 23 para que su director general tenga la facultad de delegar la representación, incluyendo la facultad expresa para conciliar ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, así como ante los Tribunales federales en materia laboral.
En el artículo 53 de la misma ley, establece que las controversias entre los trabajadores o sus beneficiarios y el Instituto, sobre derechos de aquéllos, serán resueltos por los Tribunales Federales en materia laboral.
La reforma estipula, en la Ley del Seguro Social, que las controversias entre los asegurados o sus beneficiarios y el Instituto sobre las prestaciones que dicha ley otorga, deberán tramitarse ante los Tribunales Federales en materia laboral. En tanto que las que se presenten entre el Instituto y los patrones (y demás sujetos obligados), se tramitarán ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
Artículos transitorios 
En los artículos transitorios se establece un plazo de 180 días para expedir Ley Orgánica del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, después que entren en vigor los cambios realizados. 
También, un periodo no mayor a dos años para que el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral inicie sus funciones en materia de registro de asociaciones sindicales y contratos colectivos de trabajo.
Un tercer plazo, máximo de tres, años para que los Centros de Conciliación locales y los Tribunales del Poder Judicial de las Entidades Federativas, inicien operaciones. 
Finalmente, establece que en máximo cuatro años, a partir de la entrada en vigor de las este Decreto, cada delegación u oficina regional del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral iniciará la tramitación de solicitudes de conciliación que sean de su competencia, al mismo tiempo que los Tribunales del Poder Judicial de la Federación inicien su operación en el circuito judicial al que correspondan. Cada circuito judicial iniciará sus funciones en el orden y secuencia en que se determine en las declaratorias que emita el Senado de la República, a propuesta del Consejo de la Judicatura Federal, conforme a las disposiciones previstas en el presente Decreto.
Comisiones dictaminadoras
Napoleón Gómez Urrutia, presidente de la Comisión del Trabajo y Previsión Social, dijo que con la reforma se incorporan los principios de representatividad, transparencia y democracia en la vida de las organizaciones sindicales. 
Añadió que garantiza el derecho de libertad de agrupación de la clase trabajadora, y que sus decisiones sean consideradas y protegidas por la ley. La reforma contribuye al avance progresivo de los derechos de las personas asalariadas, al generar las condiciones mínimas para hacer valer el principio de libertad y democracia sindical. 
Refirió que es trascendental el establecimiento de una instancia de conciliación, como requisito prejudicial, que estará a cargo de centros de conciliación especializados e imparciales. Dijo que disminuirán los plazos de resolución. 
Ana Lilia Rivera Rivera, presidenta de la Comisión de Estudios Legislativos, Segunda, expuso que con la reforma se atienden exigencias sociales, en materia de derechos laborales colectivos, que no habían recibido atención legislativa durante décadas. 
En cuanto a la firma del contrato colectivo, detalló que el apoyo de los trabajadores mediante el voto libre, personal y secreto, constituye una garantía para la protección de la libertad de negociación colectiva.
En el rubro de las trabajadoras domésticas, señaló que los cambios deberán adecuarse a las últimas reformas en la materia, recientemente aprobadas por el Senado, a fin de completar su objetivo y reivindicar efectivamente los derechos de las trabajadoras del hogar. 
Posicionamientos 
El senador de Morena, Pedro Haces Barba, aseguró que este dictamen responde contundentemente a los enormes retos que tienen los trabajadores mexicanos. Es necesario brindar los elementos que revolucionen y fortalezcan la vida laboral de los años por venir, sobre todo en un país que cuenta con una fuerza laboral de 52 millones de trabajadores, y donde sólo uno por ciento gana más de 10 salarios mínimos al mes, precisó. 
Alejandra Noemí Reynoso Sánchez, del Grupo Parlamentario del PAN, aseguró que la reforma es una deuda histórica con la clase trabajadora. Atiende a una necesidad añeja derivada de un sistema legal obsoleto que ha frenado el desarrollo económico y laboral de las y los trabajadores. Ha impedido contar con el dinamismo productivo que se requiere para impulsar el desarrollo económico de México.
El senador Carlos Humberto Aceves del Olmo, del PRI, a su vez, indicó que el objetivo de los sindicatos es lograr certeza en el empleo, garantizar mejoras laborales y bienestar para las y los trabajadores, por lo que no se debe descalificar al movimiento obrero. La reforma aprobada da un giro total al derecho de los trabajadores mexicanos, comentó. 
En su participación, la senadora Patricia Mercado, de Movimiento Ciudadano, consideró que este nuevo modelo de justicia laboral ayudará a cerrar la brecha de desigualdad en el país, pues el respeto a los derechos de los trabajadores aumentará la productividad de éstos, y ello se traducirá en crecimiento económico.
Al fijar el posicionamiento del Grupo Parlamentario del PT, el senador Joel Padilla Peña, manifestó el respaldo de su bancada a la reforma al considerar que representa un gran avance en justicia laboral y recoge las demandas históricas de los trabajadores mexicanos.
El senador Raúl Bolaños-Cacho Cué, del PVEM, dijo que las modificaciones benefician a la clase trabajadora y contiene componentes fundamentales para el crecimiento de México. Coincidió en analizar más adelante, y en Parlamento Abierto, las observaciones que han enviado al Senado los grupos interesados.
Por el PRD, el senador Miguel Ángel Mancera dijo que la mayor parte de esta reforma tiene la intención de modernizar y adecuar la relación obrero-patronal. Sin embargo, dijo que se tienen que encontrar equilibrios entre productividad y buenas condiciones laborales, y espera que más adelante haya una discusión detallada y profunda en temas que quedaron pendientes.
En la discusión en lo general participaron los senadores Daniel Gutiérrez Castorena (Morena), Blanca Piña Gudiño (Morena), Samuel García Sepúlveda (MC), Clemente Castañeda Hoeflich (MC), Kenia López Rabadán (PAN), Enrique Murat Hinojosa (PVEM), Omar Obed Maceda Luna (PRD) y Geovanna Bañuelos de la Torre (PT). 

http://comunicacion.senado.gob.mx/index.php/informacion/boletines/44716-aprueban-en-lo-general-nuevas-disposiciones-en-justicia-laboral-libertad-sindical-y-negociacion-colectiv.html


Número 1809

  • Podrán elegir sus directivas mediante voto personal, libre, directo y secreto; tienen derecho de formar parte o no de un sindicato.    

El Pleno reformó el artículo 69 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del apartado B) del Artículo 123 Constitucional, por 115 votos en favor y dos abstenciones.  
La modificación establece que todos los trabajadores tienen derecho a formar parte de un sindicato y a constituir sindicatos sin necesidad de autorización previa.
Asimismo, el trabajador ejercerá en todo momento su libertad de adhesión o separación de un sindicato, a nadie se le obligará a formar o no formar parte de él, o a permanecer en el mismo.
El dictamen avalado señala que las disposiciones normativas actuales de la ley confieren la libertad al trabajador de asociarse al sindicato de su preferencia, pero no la libertad de separación, y limita dicha acción únicamente a un proceso de expulsión.
Los legisladores consideraron que la expulsión, referida actualmente en el artículo 69, es un método obsoleto, al margen de las políticas nacionales e internacionales en tema de sindicación de los trabajadores.
Napoleón Gómez Urrutia, presidente de la Comisión del Trabajo y Previsión Social, refirió que la reforma armoniza el derecho a la libre sindicalización, dispuesto para los trabajadores contemplados en el Apartado A del artículo 123, y en el Convenio 98 de la OIT.  
Además, reconoce el derecho de las personas trabajadoras del Estado a gozar de forma plena y efectiva su derecho humano laboral y a decidir libremente sobre su pertenencia a un sindicato, lo que los coloca en un plano de igualdad, dijo.
En la ronda de posicionamientos, la senadora Nancy de la Sierra Arámburo, del PT, comentó que la libertad de asociación, en lo general, y la libertad sindical en lo particular, son dos derechos característicos de todo sistema democrático.   
Por el Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la senadora Patricia Mercado precisó que los trabajadores del Apartado B viven en un régimen de excepción. No obstante señaló que en Parlamento Abierto y como parte de la agenda laboral, se buscará que los todos los trabajadores ganen el derecho a la libertad sindical.
En el rubro de reservas, el senador Pedro Haces Barba, de Morena, propuso derogar el artículo 68, para quedar en los términos de la ley vigente. También, adicionar los artículos 69, 71, 73, 78, 79 y 84, a fin de hacer congruente la reforma propuesta.
Agrega un párrafo al artículo 69, relativo a la elección de directivas sindicales, mediante voto personal, libre, directo y secreto de todos y cada uno de los afiliados, previa convocatoria que se emitirá con un plazo no menor a 15 días; se difundirá entre los miembros del sindicato, y también deberá notificarse al Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje con la misma anticipación.
El Tribunal podrá verificar el procedimiento de la elección, a través de servidores públicos. Las elecciones que no cumplan estos requisitos serán nulas.
Lo anterior, para hacer precisiones en materia de elección de directivas sindicales, constitución y cancelación de los sindicatos, adhesión de éstos a las federaciones de sindicatos de trabajadores, y sobre las prohibiciones a estos grupos de trabajadores. 
Las adiciones a diversos artículos, planteadas por el senador Haces Barba, fueron aprobadas en votación nominal por 118 votos en favor, uno en contra y una abstención. Fue turnado a la Cámara de Diputados.

http://comunicacion.senado.gob.mx/index.php/informacion/boletines/44719-avalan-libertad-sindical-para-trabajadores-al-servicio-del-estado.html

Avala Senado en lo general y en lo particular, reformas en materia de libertad sindical, negociación colectiva y justicia laboral


29 de Abril de 2019
El Pleno del Senado de la República, avaló en lo general, con 120 votos a favor, cero en contra y dos un dictamen con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo y otros ordenamientos legales en materia de justicia laboral, libertad sindical y negociación colectiva.
Para fundamentar el dictamen, el senador Napoleón Gómez Urrutia (Morena) comentó que el principal objetivo de las reformas es garantizarla libertad sindical, fortalecer la justicia laboral y proteger la libertad de negociación colectiva; asimismo, comentó que se alcanzarán los parámetros óptimos de una sociedad justa y responsable, tanto con los trabajadores y empleadores, generando mejores condiciones laborales.
El dictamen, reforma, adiciona y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, de la Ley Federal de Defensoría Pública, de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y de la Ley del Seguro Social.
Por su parte, la senadora Ana Lilia Rivera Rivera (Morena) externó que, con las reformas propuestas, se armoniza la legislación secundaria para reglamentar la reforma en materia laboral; comentó que las modificaciones establecidas, permiten que la legislación se adecue a los Tratados Internacionales que amplían y protegen los derechos humanos de la clase trabajadora.
En el dictamen de las Comisiones Unidas, se señala que los trabajadores deberán gozar de una adecuada protección contra todo acto que tenga por objeto sujetar el empleo de un trabajador a la condición de que se no se afilie o deje de ser miembro de un sindicato, perjudicando al trabajador a causa de su afiliación sindical.
Por otra parte, en el registro de sindicatos, federaciones y confederaciones, así como en la actualización de las directivas sindicales, se deberán observar los principios de autonomía, equidad, democracia, legalidad, transparencia, certeza, gratuidad, inmediatez, imparcialidad y respeto a la libertad sindical y sus garantías. 
Respecto a los procedimientos de elección de directivas sindicales, se señala que, por medio de una cláusula democrática, se garantizará la salvaguarda del voto libre, personal y secreto de los miembros en dichos procesos; también, se precisa que el período de duración de las directivas no podrá ser indefinido o lesivo al derecho de participación y de votar y ser votado. 
En la minuta se detallan sanciones en caso de que no se entregue la información sobre la administración del patrimonio sindical o irregularidades en la gestión de los fondos sindicales. Sin prejuicio a lo anterior, os trabajadores conservarán la prerrogativa de acudir ante la autoridad registral para denunciar la omisión de dicha información. 
Respecto a los contratos colectivos de trabajo, se señala que se deberá entregar de manera gratuita un ejemplar impreso dentro de los 15 días siguientes a que dicho contrato sea depositado ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral. Se establece la implementación en acuerdo con los trabajadores, de un protocolo para prevenir la discriminación por razones de género y atención de casos de violencia y acoso sexual. 
Por su parte, la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos fijará los salarios mínimos profesionales de las y los trabajadores del campo debiendo tomar en consideración, entre otras las circunstancias siguientes: la naturaleza, cantidad y calidad de los trabajos; el desgaste físico ocasionado por las condiciones del trabajo; y los salarios y prestaciones percibidas por los trabajadores de establecimientos y empresas dedicadas a la producción de productos agrícolas.
Por su parte, la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos fijará los salarios mínimos profesionales de las y los trabajadores del campo debiendo tomar en consideración, entre otras las circunstancias siguientes: la naturaleza, cantidad y calidad de los trabajos; el desgaste físico ocasionado por las condiciones del trabajo; y los salarios y prestaciones percibidas por los trabajadores de establecimientos y empresas dedicadas a la producción de productos agrícolas.
Luego de no aprobar ninguna de las reservas presentadas por las y los senadores, el dictamen fue aprobado en lo particular, con 70 votos a favor y 50 en contra. Por lo que el dictamen fue aprobado en lo general y en lo particular y se remitió al Ejecutivo Federal.

@NoticiaCongreso
https://www.canaldelcongreso.gob.mx/noticias/11954/Avala_Senado_en_lo_general%2C_reformas_en_materia_de_libertad_sindical%2C_negociacion_clectiva_y_justicia_laboral

Reconoce la STPS al Congreso de la Unión por los acuerdos alcanzados para aprobar la Reforma Laboral


BOLETÍN 83/2019
Ciudad de México, 29 de abril de 2019
• “Las leyes secundarias son un instrumento poderoso para hacer llegar la democracia al ámbito sindical”, Luisa María Alcalde

  • En cuanto se publique en el Diario Oficial de la Federación la dependencia federal iniciará su aplicación rumbo a la transformación del mundo del trabajo
  • Se trata de la transformación más importante en los últimos cien años en el sector laboral, destacó la titular de la STPS

La titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), Luisa María Alcalde Luján reconoció los acuerdos alcanzados por el Congreso de la Unión para aprobar las leyes secundarias de la Reforma Laboral y con ello “proveer al Gobierno de México de un instrumento poderoso para hacer llegar la democracia al ámbito sindical mediante el voto libre, directo y secreto de los trabajadores sobre sus representantes”.
Una vez que los legisladores aprobaron la reforma, la secretaria Alcalde Luján agradeció “una votación histórica. El congreso a favor de la libertad y la democracia sindical. Con diálogo social y representación auténtica de los trabajadores ganamos todos”.
Luego de que el Senado de la República fue la última instancia del Congreso de la Unión que avaló las leyes secundarias de la reforma constitucional de 2017, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social se alista para comenzar su implementación, en el ámbitos de sus atribuciones, una vez que el titular del Poder Ejecutivo, representado por el Presidente Andrés Manuel López Obrador, la publique en el Diario Oficial de la Federación.
Entre los objetivos que se plantea la Reforma Laboral están cinco:

  • Democracia en el trabajo: Elegirán los trabajadores a sus dirigentes por voto libre, directo y secreto.
  • Contratos colectivos: Se garantizará que en las negociaciones se mejoren las condiciones laborales y se eleve la productividad de los empleadores.
  • Creación de un órgano autónomo: Se promoverá la imparcialidad y la libertad sindical a través del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral.
  • Justicia laboral: Se sustituirán a las juntas de Conciliación y Arbitraje por los Tribunales laborales adscritos al Poder Judicial.
  • Eliminación de la extorsión: Con la acreditación ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral se evitará el chantaje de emplazamiento a huelga por parte de sindicatos.

La responsable de la política laboral, Luisa María Alcalde Luján, destacó el proceso de deliberación de las leyes secundarias aprobadas en el cual participaron académicos, especialistas, organizaciones de la sociedad civil, empresarios, trabajadores, así como sindicatos.

https://www.gob.mx/stps/prensa/reconoce-la-stps-al-congreso-de-la-union-por-los-acuerdos-alcanzados-para-aprobar-la-reforma-laboral?idiom=es