Abusan representaciones mexicanas de empleados locales

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Las representaciones mexicanas en el extranjero pueden contratar empleados locales, sin embargo éstos estan imposibilitados en acreditar una relación laboral pues no con considerados ni miembros del Servicio Exterior Mexicano ni trabajadores de la Secretaría de Relaciones Exteriores, lo que es ilegal.

El artículo 27 del reglamento de la Ley del Servicio Exterior Mexicano establece que el personal contratado no será considerado, bajo ninguna circunstancia, miembros del Servicio Exterior ni de la Secretaría.

Se añade que la contratación de trabajadores locales se hará bajo el régimen de prestación de servicios por honorarios y por tiempo determinado.

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación señala que la proporción normativa referida contiene un vicio de incostitucionalidad ya que impide a la parte contratada acreditar la existencia de una relación laboral.

“Las personas contradas bajo dicho esquema que reclamen prestaciones derivadas de una relación laboral, deberán ofrecer las pruebas necesarias a fin de demostrar que entre el Estado y ellos existe un vínculo laboral y por lo tanto, que tienen el carácter de trabajadores al servicio del Estado, a fin de que pueda resolverse sobre la procedencia de las prestaciones reclamadas”, asegura.

Por: Arturo Rivero

Fuente: https://elpulsolaboral.com.mx/mercado-laboral/27156/abusan-representaciones-mexicanas-de-empleados-locales 

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