El 3 de octubre de 2022 dejarán de recibir nuevos casos la Junta de Conciliación y Arbitraje (JCYA) y comenzarán a recibirse bajo el nuevo modelo de justicia laboral a través de tribunales de conciliación.
El secretario de Trabajo y Fomento al Empleo de la Ciudad de México, José Luis Rodríguez Díaz de León, dijo que las dos iniciativas que se presentarán en el Congreso Local para crear tribunales de conciliación detonarán el proceso legislativo para garantizar los derechos humanos laborales de las personas trabajadoras en la capital del país que se suma a la construcción del Centro de Justicia Laboral.
Detalló que actualmente se tiene un rezago de 140 mil expedientes con casos que tienen hasta 10 años, ya que es un sistema que tiene 50 años en la ciudad.
Además, esta reforma dará la posibilidad de acceder a un modelo de justicia laboral diferente que juzgue con perspectiva de género y de derechos humanos laborales, acceso a la justicia y reducir los tiempos de espera.
La reforma en materia de justicia laboral es la más trascendental en esa materia, al suprimir las Juntas de Conciliación y Arbitraje e instituyendo a los Tribunales Laborales.
Esta modificación a los Artículos 107 y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos señala que antes de acudir a los Tribunales Laborales, las personas trabajadoras y patronas deberán comparecer a la instancia conciliatoria correspondiente, cuya función estará a cargo de un Centro de Conciliación especializado e imparcial, señala la iniciativa de Ley Orgánica del Centro de Conciliación Laboral de la Ciudad de México.
Establece que el Centro de Conciliación Laboral tendrá la naturaleza de un organismo descentralizado que gozará de personalidad jurídica y patrimonio propio con autonomía de gestión para el ejercicio de sus atribuciones y estará sectorizado en la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo.
Se específica que el Centro de Conciliación tenga, entre otras atribuciones, la de realizar la función conciliadora en los conflictos laborales de competencia local, como una instancia prejudicial a petición de las partes o de los Tribunales Laborales competentes de conformidad con la normativa aplicable; e impulsar el diseño de políticas y acciones públicas con el propósito de difundir entre patrones y trabajadores la conciliación, como un mecanismo previo a acudir a los tribunales laborales, entre otras.
En tanto, la reforma a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Ciudad de México tiene por objeto, realizar las adecuaciones pertinentes a efecto de estar en condiciones de implementar los nuevos Tribunales laborales, donde se tramiten y resuelvan los conflictos de la materia, así como preparar a las personas juzgadoras y demás personal responsable de aplicar el Derecho Social, garantizando eficacia, calidad y legalidad en los servicios que se presten a los justiciables, así como el respeto a los principios que rigen los procedimientos laborales.
Por: Arturo Rivero / El Pulso Laboral