
01/05/2019
Manuel fuentes
La propuesta legislativa, que ahora es ley, representa un cambio de gran calado al buscar la democratización de las relaciones laborales. | Manuel Fuentes
Tuvieron que pasar 797 días, (dos años, dos meses con 8 días) para aprobarse esta tan debatida reforma laboral, que legisla la manera de cómo se aplicará el artículo 123 constitucional promulgado el 24 de febrero de 2017.
De las manos del PRI y grupos empresariales que elaboraron un proyecto con visión totalmente patronal, que con el cambio de gobierno pasó a manos de Morena dándole un vuelco de distintas magnitudes para lograr que sean los trabajadores los principales actores en las relaciones laborales.
En el proyecto se incrustaron petardos empresariales para apostarle al debilitamiento de los sindicatos (como el agregado al artículo 110 que permite la injerencia patronal en materia de cuotas sindicales) y al ejercicio de derechos colectivos (al continuar el outsourcing), pero aun así la propuesta legislativa, que ahora es ley, representa un cambio de gran calado al buscar la democratización de las relaciones laborales. Para lograrlo dependerá (contradictoriamente) de la organización sindical (a la cual se pretende debilitar) y de los propios trabajadores, a los cuales se pretende fortalecer.
Los trabajadores, actores amorfos por una ley laboral que nunca les permitió existir, tendrán que construir nuevos modelos de organización, nuevas formas de participación, que ahora la Ley Federal del Trabajo les dará una enorme cobertura, no para que participen de manera voluntaria, sino que será indispensable su participación para que opere la maquinaria de las relaciones laborales.
Los trabajadores: piezas vitales
Como una pieza estratégica, ese enorme aparato que se estuvo confeccionando sólo podrá caminar si los trabajadores aparecen en escena. Del Contrato Colectivo se hace a un lado a los dirigentes sindicales como entes hegemónicos de las decisiones fundamentales y comunes de los trabajadores. La Toma de Nota casi será un artículo decorativo porque no servirá como factor de representación para los sindicatos en el ejercicio de los derechos colectivos y en los convenios contractuales que pacte con el patrón.
La Toma de Nota no servirá para echar andar las revisiones de los Contratos Colectivos de Trabajo, para sólo con este documento iniciarlos o terminarlos, ahora será requisito la consulta de los trabajadores. Si ésta no se realiza, aunque el secretario general del sindicato tenga la mayor influencia en el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral no se admitirá el Contrato Colectivo de Trabajo.
Consulta a trabajadores: forzosa
La consulta tiene avances importantes en la reforma constitucional, porque esta no sólo será personal, libre y secreta, sino también directa. Ello quiere decir, que no será a través de delegados, apoderados o cartas poder, (como la anterior ley laboral lo consentía) como se aprobarán los acuerdos laborales en materia de prestaciones y salarios. Ahora los trabajadores tendrán que participar de manera forzosa, si no el convenio carecerá de validez.
La consulta representa enormes retos a vencer, el más importante será el de los trabajadores, vencer su propio miedo, entender que la fortaleza está en ellos y sólo en ellos y que recaerá la enorme responsabilidad de tomar decisiones si se acepta un día más de aguinaldo, más porcentaje en la prima vacacional, más recursos en la despensa o en otras prestaciones o simplemente se decide no revisar algunas cláusulas o derogar algunas otras. Valorar que las peticiones que aprueben deben lograr el equilibrio entre la sobrevivencia de la empresa y la mejora de prestaciones.
Los patrones, dirigentes y comisiones revisoras tendrán el enorme reto de dar información clara y suficiente a los trabajadores, porque de otra forma las votaciones pueden revertir los acuerdos pactados. Uno de los mayores retos es que no existirán inspectores suficientes para supervisar todas las revisiones reales de contrato, que en nuestro país apenas alcanzan un poco más del 5%.
La absoluta mayoría son Contratos Colectivos de Protección pactados entre el patrón y el patrón (no es error de redacción, el patrón así mismo finge pactos con dirigentes que son sus fieles empleados). El patrón está acostumbrado a negociar consigo mismo y a esto se pretende poner punto final.
Los patrones tendrán que olvidar los convenios de farsa
Casi la totalidad de los Contratos Colectivos de Trabajo en nuestro país, son redactados por los patrones con la derecha y firmados con la izquierda. Toda una apariencia, toda una farsa que la reforma que se promulga pretende acabar.
Romper este fraude laboral no será fácil, algunos patrones buscarán formas para mantener el control de los trabajadores. Los despidos, la figura del outsourcing, la amenaza de no renovar contratos de trabajo, serán las armas que se mantendrán, pero los trabajadores estarán dotados de facultades para presentar denuncias acusando que la consulta estuvo viciada, que se realizó con engaños, que se falsificaron firmas, será entonces cuando la autoridad laboral deberá intervenir.
Si bien a la autoridad laboral le corresponderá poner los cimientos de instituciones fuertes que vigilen y procuren una justicia eficaz, de nada servirá una reforma laboral si los trabajadores no toman la iniciativa, sino se convierten en actores de cambio y si no asumen nuevas responsabilidades.
El propósito de la reforma no será incrustar la democratización de las relaciones laborales sólo porque es una moda; el objetivo fundamental será mejorar las condiciones de trabajo, de vida, de seguridad, de prevención de riesgos, de trato digno, respeto a su condición de género, no solo la salarial.
La educación: papel central
Las organizaciones sindicales y las centrales que ahora se reconfiguran, deberán impulsar centros de capacitación sindical y política, de educación continua para que los trabajadores defiendan sus organizaciones, eviten la pulverización y la división (que se pregona por todas partes).
Apenas se ha puesto la primera piedra, de un gran edificio, de un nuevo modelo laboral que tiene rajaduras y partes blandas, pero que será misión del movimiento obrero fortalecerlo, de cubrir, de tapar esas debilidades con organización y conciencia, para salir de la miseria vergonzosa a la que se enfrentan la mayoría de los trabajadores, formales e informales.
Ese será el reto de esta reforma laboral que nace un primero de mayo.
Etiqueta: democratización de las relaciones laborales
Por una reforma laboral sin retrocesos
09/01/2019
MANUEL FUENTES
Existen muchos intereses para que todo cambie y al mismo tiempo todo siga igual. | Manuel Fuentes
PERFIL
La reglamentación de la reforma del artículo 123 Constitucional del 24 de febrero de 2017 y que debió estar lista un año después, aún no se materializa. El fracaso de no lograr su cometido se debió a la intentona cínica del gobierno peñista de forzar la aprobación de una contrarreforma que retomaba, sin rubor alguno, todas las demandas empresariales; los restos del carácter social del derecho laboral se pretendía extinguír, lo que generó una gran inconformidad de las organizaciones sindicales.
El cambio de gobierno encabezado por Andrés Manuel López Obrador fue una pésima noticia para los grupos empresariales empecinados en tener controlados a los sindicatos y hacer nula la justicia laboral. Ahora se retoma la posibilidad que se avance en un escenario distinto que permita la participación de los trabajadores en sus decisiones fundamentales.
En estos últimos días han empezado a aparecer iniciativas de diputados y de grupos parlamentarios que tienen la intención de iniciar una discusión sobre el tipo de reformas laborales que se requieren en esta etapa de un nuevo gobierno.
La propuesta del Partido Encuentro Social
El 4 de diciembre de 2018 la diputada Soraya Pérez Munguía del Partido Encuentro Social (PES) presentó una propuesta de reforma al artículo 371 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), de claro oscuros:
La elección de la representación sindical será universal, libre, directa y secreta. Para determinar el número de integrantes de la mesa directiva.
Pretende de manera absurda que la votación sindical sea «universal» (¿?), ello implicaría la participación de trabajadores de confianza y hasta empleados de otros centros de trabajo sólo por el hecho de ser sindicalizados, lo cual es inadmisible, porque lo universal no tiene límite, pero lo sindical sí. Esta diputada confunde la votación popular con la sindical.
Sin embargo, otra parte de su propuesta es que la votación para la elección de dirigentes sea directa, que daría el derecho a todos los trabajadores a decidir sobre quienes serían sus dirigentes, lo que la reciente reforma constitucional se constriñe al voto personal, libre y secreto, que permite el voto a través de representantes, la que representa una limitante a la libertad sindical.
Un retroceso, desde la visión de la Organización Internacional del Trabajo, es la pretensión de limitar la duración de las directivas a seis años por una decisión legal y no de los trabajadores; sin embargo, mete a debate esa llamada «libertad» que ha permitido a los líderes sindicales eternizarse en el cargo.
Otra propuesta más del PES
El 18 de diciembre de 2018 el diputado Fernando Luis Manzanilla Prieto hizo la propuesta de crear el artículo 388 bis de la LFT en la que pretende establecer requisitos en el caso de la celebración de un contrato colectivo de trabajo, para que se requiera a la empresa emplazada proporcione un listado de los trabajadores a su servicio, puesto de trabajo y lugar de la fuente laboral, todo al momento de contestar el pliego de peticiones, para la realización de un recuento para consultar a los trabajadores con el emplazamiento a huelga para la celebración de un contrato colectivo de trabajo. El voto deberá ser libre, directo y secreto, y en este podrán participar uno o varios sindicatos.
La votación para aceptar un contrato colectivo deberá ser con la mayoría de los trabajadores y para rechazarlo se requerirá la votación en contra de las dos terceras partes de ellos.
Si es aprobatoria la votación por el contrato colectivo, se dará a las partes diez días para negociar y si no alcanzan acuerdo será hasta ese momento en que el sindicato que haya obtenido una mayoría de votos podrá emplazar a huelga exigiendo la celebración de un contrato colectivo de trabajo. La propuesta señala que este procedimiento será obligatorio para la celebración y depósito de un contrato colectivo de trabajo, que de no ocurrir la consulta obrera no se les dará validez.
Hay otras propuestas de legisladores que analizaremos posteriormente.
Del grupo Parlamentario de Morena
El 22 de diciembre de 2018, apareció una propuesta del grupo parlamentario de Morena sin que legislador alguno la suscribiera; posteriormente el 3 de enero de 2019 apareció la misma iniciativa en la Gaceta Parlamentaria (a la que se agregaron comas, se convirtieron algunas palabras de mayúsculas a minúsculas y un «deberá de…» por un «deberá…» sin cambiar la integralidad del texto), ahora suscrita por el diputado morenista Miguel Ángel Chico Herrera, «…e integrantes del Grupo Parlamentario de Morena…» (sin precisar cuántos y quienes la avalan). Ésta retoma propuestas formuladas por abogados laboralistas independientes, autoridades laborales de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje de la Ciudad de México, integrantes del poder judicial, algunos representantes sindicales y abogados patronales que participaron a título personal.
A pesar de lo disímbolo de la integración de ese grupo, se logró el consenso en la mayor parte de los puntos, su avance progresista es notable, sin embargo hay vacíos, y otros aspectos que son un retroceso para el derecho laboral social y que merecen ser mejor analizados para lograr una legislación verdaderamente tutelar de los derechos de los trabajadores sin perder un equilibrio razonable con el sector patronal. Su análisis, por ser muy extensa y amplia la propuesta, será realizado en este espacio posteriormente.
La necesidad de convocar a Foros
La complejidad de la reforma que se propone pretende llevar a cabo nuevas relaciones individuales y colectivas, nuevos procedimientos laborales e instituciones de justicia distintas, por lo que exige que las Comisiones de Trabajo de la Cámara de Diputados y de Senadores convoquen a foros abiertos en los que participen expertos en el tema, los sectores de trabajadores y patrones para escuchar sus puntos de vista.
El cambio será radical porque se pretenden quitar enormes vicios que ahogan las relaciones laborales individuales y colectivas en nuestro país, las cuales permiten bajos salarios, inestabilidad laboral, una justicia lenta e inequitativa y debilitamiento de la seguridad social.
Existen muchos intereses para que todo cambie y al mismo tiempo todo siga igual; hay la intención de los grupos de poder económicos para que las reformas laborales que se pretenden constituyan más obstáculos para el ejercicio de los derechos colectivos para anularlos y que estas «innovaciones» favorezcan más al sector patronal que a los trabajadores. No lo permitamos.
Por ello se requiere que las propuestas de reforma se den a conocer ampliamente y los trabajadores y sus organizaciones participen, opinen y logren con estas reformas, una verdadera democratización de las relaciones laborales y una verdadera mejora en su nivel de vida y poder adquisitivo.