Viene un terremoto sindical


MIGUEL CARBONELL martes 07 de mayo 2019
Una de las principales consecuencias de la reforma laboral que fue publicada en el Diario Oficial el pasado 1 de mayo tiene que ver con la vida sindical en México. La nueva regulación va a producir un efecto sísmico muy profundo al interior de las organizaciones sindicales y en la relación entre los sindicatos y las empresas.
Para empezar porque la reforma (cumpliendo uno de los compromisos suscritos por México en el T-MEC), obliga a que en un plazo de 4 años se revisen todos, absolutamente todos, los contratos colectivos de trabajo vigentes. Para dicha revisión, ya regirán los requisitos establecidos en la reforma para que se consulte el nuevo contenido de los contratos con los trabajadores, quienes deberán aprobarlos mediante voto personal, libre y secreto. Es decir, los sindicatos y las empresas deben darse prisa para llevar a cabo la revisión, y los liderazgos sindicales verán cuestionado su poder, si es que los trabajadores no aprueban lo acordado con los representantes patronales. No es difícil imaginar los enormes problemas que se pueden generar.
Además, la reforma laboral deja claras las reglas en materia de transparencia sindical, siempre tan regateadas por muchos dirigentes (empezando por los líderes del sindicato de Pemex, que hasta han recurrido a varios juicios de amparo para negarse a entregar información sobre la forma en la que administran los recursos sindicales).
Todos los documentos del registro sindical, de las tomas de nota, los estatutos, las actas de asamblea y demás documentos deberán estar en internet, disponibles para ser consultados por cualquier persona. También será público el padrón de integrantes del sindicato. De todos esos documentos podrá pedir copia cualquier persona.
La nueva ley señala que será causa de cancelación del registro sindical la extorsión que sobre el patrón hagan los dirigentes, apoderados o representantes legales del sindicato, cuando exijan un pago en dinero o en especie para desistirse de un emplazamiento a huelga o sobre reclamaciones relativas al contrato colectivo de trabajo. En la práctica, los patrones tendrán dificultades para acreditar estas conductas, pero ya la ley puso una pistola cargada apuntando a los sindicatos. Ojalá estas nuevas disposiciones terminen o al menos disminuyan las actividades extorsivas de varios líderes sindicales que se han enriquecido a costa violar una y otra vez la ley, con total impunidad.
La reforma asegura una vida sindical más democrática, pues obliga a la celebración de procesos periódicos de renovación de las dirigencias, con mucha mayor transparencia y además con representación proporcional en razón de género. Se acabaron, al menos en el texto legal, las elecciones sindicales en lo oscurito y el machismo sindical.
A partir de las nuevas reglas legales, cualquier trabajador podrá pedir cuentas de la administración del patrimonio sindical. Las actas de asamblea en las que se rinda cuenta del manejo del dinero del sindicato (lo cual debe suceder cada seis meses) deben ser entregadas a cada integrante del sindicato en forma completa y debe existir una constancia de que fueron recibidas.
Durante décadas la vida sindical transcurrió bajo reglas que eran entendidas y «administradas» por todos, para beneficio de muchos líderes que se hicieron inmensamente ricos sin trabajar. Los ejemplos más conocidos están a la vista de cualquier persona. La reforma laboral del 2019 puede suponer una palanca de cambio para esas reglas y esos acuerdos que funcionaron, para bien o para mal, durante muchos años.
¿Qué resultado dará la nueva legislación? ¿En verdad podremos tener en México sindicatos más transparentes, con una vida interna democrática y qué no se dediquen solamente a extorsionar a las empresas? Se antoja difícil, pero la mesa está puesta para que así sea.
Para lograrlo va a ser necesario que la futura autoridad laboral, que se va a llamar «Centro Federal de Conciliación y Registro Sindical» haga un buen trabajo, que se integre por personas preparadas y que demuestre que la ley puede más que la fuerza.
En todo caso, lo que es claro es que la reforma laboral va a transformar el derecho del trabajo con profundidad. Ojalá en esos cambios podamos ver el acompañamiento de los abogados, de las barras y colegios en los que se agrupan, puesto que la reforma también va a exigir nuevas capacidades y un mucho mejor trabajo de los profesionales del derecho. Esperemos que así sea.

Sitio web: www.centrocarbonell.mx
https://www.elsiglodetorreon.com.mx/noticia/1573854.viene-un-terremoto-sindical.html

Reforma laboral, un grano de sal


Raúl Trejo Delarbre
2019-05-06
Hay que matizar el optimismo ante la reforma laboral. La extensa modificación a la Ley Federal del Trabajo y otras disposiciones puede contribuir a que los trabajadores recuperen la conducción de los sindicatos. Pero la ausencia democrática que por lo general han padecido nuestros sindicatos no se debe a las reglas que los acotan sino al respaldo del gobierno a los líderes espurios, a la aceptación  e incluso promoción de sindicatos falsos por parte de los patrones y, también, a la resignación de la mayoría de los trabajadores que han tolerado a dirigentes ilegítimos.
   La reforma laboral reemplaza a las enmohecidas juntas de conciliación con dos instancias. Por una parte, surgirán tribunales laborales. Antes de llegar a ellos, habrá un proceso de avenencia a cargo de un poderoso Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral. Esa institución certificará la representatividad de los sindicatos, supervisará las votaciones dentro de ellos, vigilará la rendición de cuentas de los dirigentes y calificará el cumplimiento de los requisitos para establecer contratos colectivos, entre otras atribuciones.
   El Centro será un organismo público descentralizado del gobierno federal —ésa es la figura jurídica que tiene, por ejemplo, el IMSS—. El dictamen aprobado en la Cámara de Senadores dice que el titular del Centro Federal será designado por el propio Senado a partir de una terna que presentará el presidente de la República. Sin embargo, en las reformas a la Ley Federal publicadas en el Diario Oficial no se establece ese procedimiento. El asunto no es menor porque sin autonomía respecto del gobierno y de cualquier presión empresarial o sindical, el Centro, que es el pilar institucional de la reforma, funcionará con deficiencias.
   En las nuevas disposiciones hay restricciones a las trampas que abundan en la relación entre sindicatos y empresas. Los sobornos a empleados de organismos laborales y la alteración de documentos de los trabajadores son considerados como “improcedentes”. También se califica así a la práctica de sindicatos que demandan la titularidad de un contrato sin tener trabajadores afiliados en la empresa en cuestión. Habrá multas en esos casos, con la posibilidad de que la autoridad dé vista al Ministerio Público. Los contratos de protección, administrados por sindicatos fantasma, serán imposibles si se cumplen las nuevas reglas para negociar y aprobar contratos colectivos.
   Todo eso está muy bien. Sin embargo no hay que olvidar que la corrupción en las relaciones laborales no se origina en omisiones legales sino en un complejo entramado de cohechos y conveniencias. Contratos simulados, emplazamientos chantajistas y adulteración de expedientes siempre han sido prácticas ilegales. Habrá que ver si las nuevas normas propician una hasta ahora inexistente cultura de la legalidad entre los actores de las relaciones laborales. Una autoridad realmente autónoma y con calidad moral puede contribuir a ese cambio, que no será sencillo.
   Las modificaciones más llamativas pretenden que haya democracia en los sindicatos. La elección de los dirigentes será sólo por “voto personal, libre, directo y secreto de los miembros” de cada sindicato. Los líderes no podrán mantenerse de manera indefinida y deberán presentar informes financieros de manera regular.
   La elección directa y secreta reivindica la injerencia de los trabajadores en los asuntos de su sindicato pero tiene al menos tres desventajas. La primera es que el voto directo y secreto, al realizarse en urnas, puede debilitar a la asamblea sindical como espacio esencial para resolver los asuntos del sindicato. En segundo término, ese procedimiento desplazará a las instancias intermedias en la conducción del sindicato. Comités delegacionales, consejos de representantes e incluso comités de huelga, que pueden ser ámbitos de deliberación y para acotar a las direcciones nacionales o generales del sindicato, pierden atribuciones cuando la democracia directa define las principales decisiones de la vida gremial. De allí se deriva otro inconveniente: los líderes tendrán más motivos que nunca para emplear recursos clientelares con el propósito de obtener y mantener las simpatías de los trabajadores.
Los contratos colectivos y sus revisiones también serán aprobados por los trabajadores mediante voto “personal, libre y secreto”. Se trata de otra medida que parece democrática pero que puede conducir, al menos en algunos casos, a una suerte de populismo sindical. Las medidas más atractivas (por ejemplo dinero para festejos sindicales o más días de descanso) serán aprobadas con mayor facilidad que otras que pudieran resultar más importantes pero menos vistosas (planes de capacitación, escala móvil de salarios, reglas para cambiar de puesto de trabajo en la empresa, entre otras).
   En cada empresa podrá haber más de un sindicato si así lo quieren los trabajadores. Un trabajador, además, puede dejar de formar parte de la organización gremial. El pago de la cuota sindical será voluntario y el trabajador puede pedir que no se la descuenten del salario. En otras palabras, terminan la exclusividad y la membresía obligatoria. Ambas ya funcionaban de hecho merced a decisiones judiciales pero la legitimación legal de esas disposiciones tiene implicaciones contradictorias.
Por una parte se respalda la decisión de los trabajadores que quieran renunciar al sindicato o crear otro. Por otra, con esas medida se debilita a los sindicatos y se propicia la dispersión de sus organizaciones gremiales.
   En los años setenta del siglo XX, cuando despuntaba una vehemente insurgencia obrera, había grupos que, frente a la hegemonía de los líderes charros en los sindicatos más importantes, proponían crear organizaciones paralelas pero democráticas. Esa posición estuvo abanderada por el Frente Auténtico del Trabajo.
   Otra corriente, encabezada por los electricistas de la Tendencia Democrática, sostuvo que era preferible que los trabajadores se empeñaran en quitarles a los dirigentes ilegítimos el control de los grandes sindicatos porque la creación de sindicatos paralelos atomizaba la fuerza del movimiento obrero. Varias de las disposiciones de la reforma laboral están inspiradas en la primera de esas concepciones.
La reforma laboral tendrá plena vigencia dentro de cuatro años. Esas reglas cambiarán las pautas de la negociación obrero-patronal y terminan con el esquema tripartita que ha cobijado las relaciones laborales durante más de nueve décadas. La connivencia y la corrupción volvieron inoperante gran parte del trabajo de las juntas de conciliación pero, como se indicó antes, no por ausencias en la ley sino por excesos y omisiones del poder político.
La secretaria del Trabajo, Luisa María Alcalde, atribuye esta reforma a “las décadas de luchas del sindicalismo democrático e independiente que la antecedieron” (El Universal, 1 de mayo). Esa funcionaria considera: “Hoy, finalmente, las causas que enarbolaron precursores como Valentín Campa, Rafael Galván, Demetrio Vallejo y Othón Salazar, se han convertido en ley”.
El optimismo de la secretaria Alcalde es comprensible pero resulta desmesurado y desinformado. Vallejo y Campa, que encabezaron a fines de los años 50 la democratización del sindicato ferrocarrilero,  estuvieron presos no por deficiencias en la legislación laboral sino por la intolerancia del gobierno del presidente López Mateos. Othón Salazar padeció persecuciones por enfrentarse a las mafias dirigentes del SNTE y no se propuso crear un sindicato paralelo. Rafael Galván y los trabajadores electricistas proponían la democratización de los sindicatos nacionales de industria y no buscaban una legalidad laboral distinta, sino el respeto a la que ya había.
   La exigencia esencial de todos ellos fue que el gobierno dejase de respaldar a la ilegítima burocracia sindical. Aquellos dirigentes de la insurgencia obrera entendían que la desnaturalización del sindicalismo se debía a la complicidad del poder político con líderes antidemocráticos.
   La reforma laboral tiene aspectos muy relevantes. Pero es difícil suponer que el gobierno actual respetará la democracia en los sindicatos cuando el presidente López Obrador se apoya, avalándola, en la anticuada e inoperante CTM, o cuando su principal operador sindical es el desprestigiado y oscuro Napoleón Gómez Urrutia, senador de la República por sortilegio de la Cuarta Transformación.

 http://www.cronica.com.mx/notas/2019/1118346.html