2018-05-26 | LORENA ROSAS PÉREZ
Con el argumento de que dicho ordenamiento discrimina.
La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) impugnó la Ley del Centro de Conciliación Laboral del Estado de Hidalgo, al considerar que vulnera garantías de igualdad y no discriminación toda vez que excluye “injustificadamente” a los mexicanos por naturalización.
Luis Raúl González Pérez, presidente de la CNDH fue quien el pasado 16 de mayo promovió la acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Esto, tras justificar que la Ley del Centro de Conciliación Laboral de Hidalgo va en contra de los derechos a la igualdad, no discriminación, así como al derecho a dedicarse a cualquier trabajo lícito.
Por tal motivo, este organismo solicitó a través de una impugnación que los ministros que integran el pleno de la SCJN invaliden la normativa que excluye a los mexicanos por naturalización para desempeñarse como “director general” del Centro de Conciliación Laboral de Hidalgo.
LEY FUE PUBLICADA EN ABRIL DE 2018
Es decir la CNDH pide la invalidez de la ley de dicho centro, misma que se expidió en el decreto 426 y se publicó el 16 de abril del 2018 en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo.
La acción de inconstitucionalidad, de acuerdo al documento publicado en la plataforma oficial del organismo autónomo deriva de la reforma en materia laboral del 24 de febrero del 2017.
En dicho cambio se expidió la Ley del Centro de Conciliación Laboral del Estado de Hidalgo con el objetivo de “de ofrecer el servicio de conciliación en los conflictos laborales del orden local”, dictamina la publicación de la CNDH.
Sin embrago, los requisitos para conseguir el trabajo como titular de dicho Centro de Conciliación no garantizan la igualdad y la no discriminación
Lo anterior, debido a que para ostentar el cargo de director general “se requiere ser mexicano por nacimiento”.
Con lo anterior, se excluyen a los mexicanos por naturalización; es decir, a los extranjeros casados con un mexicano, o bien, a quienes obtuvieron su carta expedida por la Secretaria de Relaciones.
EXCLUYEN A MEXICANOS POR NATURALIZACIÓN
La acción de inconstitucionalidad que promovió la CNDH considera que cumplir con el requisito de ser mexicano por nacimiento para ostentar un cargo es una “exigencia excesiva e injustificada”, toda vez que es un acto de discriminación por origen nacional.
La CNDH considera que una persona nacida en territorio mexicano no es sinónimo de habilidades o conocimientos para desempeñar un empleo.
Además, expone que las facultades que le competen al director general del Centro de Conciliación Laboral solo son técnicas y administrativas, por lo que el puesto no afecta “la soberanía nacional”.
ARGUMENTOS DE LA CNDH PARA PROMOVER INCONSTITUCIONALIDAD
Respecto al hecho de garantizar igualdad, la CNDH argumentó que el artículo primero de la Constitución se reconoce “el derecho a la igualdad y consagra la prohibición de discriminación motivada por origen étnico o nacional”.
Asimismo, la demanda de inconstitucionalidad es por atentar con las leyes de carácter federal o estatal que vulneren los derechos humanos que contiene la Constitución y “los tratados internacionales de los que México sea parte”.
La impugnación fue interpuesta en la Ciudad de México el pasado 16 de mayo, por lo que está en proceso de resolución.

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