7 aspectos para considerar sobre la aplicación de la reforma de vacaciones

Carlos Olivares

La reforma de vacaciones estará vigente a partir de enero, pero el incremento no será efectivo para todos los trabajadores al mismo tiempo, este es uno de los aspectos a considerar sobre el incremento.

En enero la reforma de vacaciones entrará en vigor y con ello, la fuerza laboral que se rige bajo la Ley Federal del Trabajo (LFT) tendrá derecho a más días de descanso. Sin artículos transitorios que marquen un incremento gradual, las modificaciones legales estarán vigentes a partir del primer día del 2023 y serán obligatorias para todos los empleadores.

Lo primero que tienes que saber, es que esta reforma duplicó el piso mínimo de vacaciones, una prestación protegida por la legislación laboral y que tenía poco más de cinco décadas sin modificarse.

Algunas de las preguntas frecuentes entre las personas trabajadoras son sobre si existirá una compensación de días por la antigüedad previa a la vigencia de la reforma, a partir de cuándo será efectivo el nuevo marco regulatorio o cómo será la continuidad de los días.

Estos son los 7 aspectos que debes tomar en cuenta frente a la nueva disposición:

1. Entrada en vigor

De acuerdo con la publicación en el Diario Oficial de la Federación, la reforma estará vigente a partir del 1 de enero del 2023. Esto significa que el siguiente año todas las empresas deberán otorgar más días de vacaciones a sus trabajadores a partir de que completen un año o más de servicio.

2. ¿Cuándo será efectivo?

Aunque la modificación legal estará vigente desde el primer día de 2023, el nuevo piso mínimo no será efectivo al mismo tiempo para todos. En otras palabras, las personas verán el beneficio conforme a la fecha en la que acumulen antigüedad. Por ejemplo, quienes cumplan un año o más de servicio en enero, accederán al nuevo piso mínimo antes que las personas que tienen aniversario de trabajo en octubre o noviembre.

De acuerdo con especialistas en derecho laboral, mientras la persona en 2023 no sume un nuevo año de antigüedad, le corresponderán los días de vacaciones que marcaba la Ley antes de la reforma, y cuando ajuste un año más de servicio, dará el salto al nuevo período; es decir, los empleadores no están obligados a otorgar antes el incremento.

3. Prima vacacional

La reforma a la LFT sólo modificó los días y la fórmula para disfrutar del descanso, pero la prima vacacional que reciben los trabajadores no tuvo cambios, seguirá equivaliendo a 25% del salario percibido durante el período que corresponde con base en la antigüedad. Sin embargo, al elevarse los días a los que tiene derecho una persona, el monto de la prima vacacional será mayor pues el cálculo será sobre una base más alta.

4. ¿Cómo serán los días continuos?

Las modificaciones aprobadas por el Congreso contemplan que las personas pueden tomar 12 días continuos por lo menos del período vacacional al que tienen derecho. Pero uno de los cambios en la regulación, es que la potestad de decidir si quieren fraccionar sus días y cuándo quieren tomarlos, fue transferida a los trabajadores.

5. ¿Cómo quedan los contratos?

Es probable que algunas empresas realicen ajustes a los contratos, aunque la mayoría de las veces estos documentos hacen referencia a las prestaciones mínimas de Ley, coinciden especialistas en derecho laboral.

Los cambios beneficiarán tanto a las personas de nuevo ingreso, como a quienes tienen más de un año de servicio en una empresa.

6. ¿Cómo van a incrementar los días?

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *