Sonora: Abatirá Reforma Laboral rezago de las Juntas de Conciliación y Arbitraje

Guaymas.- Gracias a los cambios que contempla la Reforma Constitucional en Materia Laboral, las Juntas de Conciliación y Arbitraje del Estado de Sonora lograrán abatir en menos de cuatros años los expedientes laborales que se encuentran en rezago.
Lo anterior lo aseguró el Secretario del Trabajo, Horacio Valenzuela Ibarra, en reunión con sectores productivos de Guaymas y Empalme.
Valenzuela Ibarra aseguró que el trabajo de la Gobernadora Claudia Pavlovich aunado a los cambios de la Reforma Laboral, beneficiarán a Sonora al privilegiar la mediación y la conciliación como medios alternativos para la solución de conflictos laborales.
“Sonora está creciendo porque la Gobernadora Claudia Pavlovich ha generado confianza, certidumbre jurídica y paz laboral; en dos años se generaron más de 60 mil empleos formales en nuestro estado, hoy podemos presumir una tasa de crecimiento de 5.6 por ciento”.
El Secretario del Trabajo detalló ante empresarios de la industria pesquera y agrícola, profesionistas, líderes obreros y estudiantes que la modificación contempla la creación en Sonora de un Centro Estatal de Conciliación Laboral.
Mediante un ejercicio de preguntas y respuestas, el funcionario estatal explicó que el Poder Judicial del Estado atenderá asuntos laborales nuevos a partir de noviembre del presente año.
Presentes en la reunión los diputados José Luis Castillo Godínez y Manuel Villegas Rodríguez.

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Sonora: Expone Secretario del Trabajo la Reforma Laboral ante la Barra Sonorense de Abogados

Cumplir con la Reforma Constitucional en Materia Laboral, es prioridad para la Gobernadora Claudia Pavlovich Arellano, aseguró el Secretario del Trabajo, Horacio Valenzuela Ibarra, ante integrantes de la Barra de Abogados A.C.
Presente en la primera sesión del año de éste grupo, el funcionario estatal expuso los cambios que se avecinan con la Reforma Laboral.
Los profesionistas del Derecho que conforman el comité directivo, presidido por Jorge Antonio Villa Miranda, también plantearon sus puntos de vista respecto a la eliminación de las Juntas de Conciliación y Arbitraje.
Valenzuela Ibarra indicó que esperan, al menos el 80% de los conflictos laborales se resuelvan por conciliación.
“Si logramos este grado de excelencia, de eficacia, la mayoría de expedientes los habremos de arreglar por la vía conciliatoria”, expresó.
La Secretaría del Trabajo, a través del Centro Estatal de Conciliación, busca el diálogo entre las partes en conflicto hasta agotar el procedimiento de conciliación.
Al término de la reunión, los abogados presentes reconocieron la disposición de Valenzuela Ibarra para dialogar y atender las inquietudes del gremio.

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Michoacán: Hasta 2019 STJE podrá asumir justicia laboral; 2018, sin recurso

Rebeca Hernández Marín/Quadratín   Morelia, Mich., 17 de enero de 2018.- El Poder Judicial estará en condiciones de asumir la impartición de justicia laboral hasta el 2019, ya que en el presupuesto de egresos 2018 no se asignaron recursos para ese cambio, afirmó el presidente del Supremo Tribunal de Justicia del Estado (STJE), Marco Antonio Flores Negrete. “Nosotros en el propio presupuesto hicimos un acotamiento en el sentido de que no estaba incluido ningún recurso para materia laboral porque no sabemos cómo va a funcionar; tentativamente la reforma a la Ley Federal entraría el seis de noviembre de este año y ahí se establece que todos los recursos tendrán que ser entregados para efectos de construcción, capacitación, etcétera; nosotros estamos esperando el término para ello”.
El próximo 25 de febrero vence el plazo para que el Congreso del Estado realice las adecuaciones legislativas que correspondan para dar cumplimiento a las reformas a los artículos 107 y 123 de la Constitución en materia de justicia laboral.
A partir de entonces iniciará la instalación de centros de conciliación, a los que trabajadores y patrones deberán acudir antes de hacerlo ante los tribunales laborales que sustituirán a las juntas locales de conciliación y arbitraje.
Esos centros de conciliación comenzarán a operar con los recursos asignados Junta y en caso de requerir más, la  Secretaría de Finanzas y Administración se los asignará conforme los solicite y justifique.
Sin embargo, cuando trabajadores no logren un acuerdo en los centros de conciliación acudirán a los tribunales que todavía no existen por lo que el Poder Judicial no podría hacer frente a ese compromiso este año.
“Con lo que tiene el Poder Judicial no podríamos hacer frente al compromiso laboral bajo ningún sentido, no tenemos ni espacios, hemos empezado a capacitar personal, pero aparte de esa capacitación inicial no tenemos absolutamente nada, se requiere construir o rentar espacios y contratar al personal”.
Flores Negrete recordó que al Poder Judicial se ingresa a través de concurso y la carrera judicial por lo que tienen que empezar por abrir las convocatorias correspondientes para la selección del personal que se hará cargo de la justicia laboral.
A esos concursos se podrán inscribir los trabajadores de la Junta de conciliación y Arbitraje ya que no será absorbido por el Poder Judicial y en caso de que no aprueben el Ejecutivo estatal debe prever su reubicación en otras áreas de la administración pública, previa capacitación para ello.
El magistrado presidente reconoció que es complicado conservar a todo el personal y en el Judicial lo saben porque lo vivieron con la entrada en vigor del sistema penal acusatorio, pero afortunadamente tanto el personal de contrato como sindicalizado se ha podido reubicar, incluso en otras ciudades ya que la finalidad es preservar la fuente de empleo.
“Conforme transcurre el tiempo hay distritos que su carga de trabajo se ve disminuida o se transforma y los juzgados penales se tienen que convertir en mixtos y el personal es capacitado para que pueda atender asuntos civiles, familiares o penales y ahora debemos tomar previsiones para que puedan emigrar a la materia laboral”, indicó el magistrado presidente del STJE.
https://www.quadratin.com.mx/principal/2019-stje-podra-asumir-justicia-laboral-2018-sin-recurso/
 

Las leyes de mi patrón

17/01/2018
Manuel fuentes
La libertad sindical cancelada desde la Constitución | Manuel Fuentes

La ley federal del trabajo hace decenas de años se convirtió en mercancía. Desde los años ochenta en que insertaron ese artículo 923 para legalizar los contratos colectivos de protección; después, el primero de diciembre de dos mil doce cuando Felipe Calderón Peña Nieto, de la mano con grupos empresariales metieron los contratos basura de carácter temporal en la ley laboral, cortaron los salarios caídos a un año y facilitaron los despidos sin indemnización alguna.
Este gobierno del actual régimen promovió el 24 de febrero de 2017 una reforma al artículo 123 constitucional, la más regresiva desde su creación, hace más de 100 años, en perjuicio de los trabajadores. Con el pretexto de desaparecer las Juntas de Conciliación y Arbitraje, para que todos los juicios fueran del conocimiento del poder judicial, se encargó de mantener el negocio de los contratos colectivos de protección, de legalizar las empresas outsourcing (para defraudar a los trabajadores) y una mayor intervención del gobierno federal en el control de los salarios para mantenerlos en el piso.

En el mismo artículo 123 constitucional el gobierno federal ideó una super dependencia para controlar el registro de todos los sindicatos del país, ya sea locales y federales, para quedar en manos del presidente de la República (léase empresarios). 

Se le otorgó al ejecutivo la facultad para designar al titular de ese bodrio, aun ante la oposición del Senado de la República, durante seis años, con la posibilidad de reelegirse otros seis años más y con el carácter de inamovible. Tuvieron el cinismo de darle un carácter «autónomo» a esa dependencia del monopolio del registro sindical, a pesar de ser un organismo totalmente dependiente de la estructura presidencial. Pero solo afirmarlo es una burla porque es como si se argumentara que una marioneta se puede mover por sí misma.
Un gran regalo de este gobierno para los empresarios y grupos financieros fue concederles la creación de un órgano de control sindical presidencial para asegurar que la libertad sindical se cancelaría desde la misma Constitución.
En la iniciativa de marras para reformar la ley federal del trabajo que promovieron dos senadores del partido revolucionario institucional (PRI) el pasado 7 de diciembre, por encargo gubernamental y de los empresarios, se han atrevido a proponer darle un carácter tripartito a este instituto del monopolio del registro sindical. Permitir que los empresarios y líderes sindicales adictos al régimen que los solapa puedan participar en las decisiones de esa institución, con total «autonomía» ajena a los intereses de los trabajadores.

Privatizar el derecho laboral

La reforma constitucional del pasado 24 de febrero de 2017 cancela el carácter social del derecho del trabajo. Se formaliza el retiro del Estado en la vigilancia de las relaciones laborales para que los patrones, los empresarios o empleadores o como se les quiera decir, hagan de las suyas y apliquen la ley como les venga en gana sin que nadie los sancione.

Se acaba eso de los derechos irrenunciables y derechos adquiridos para que impere únicamente la voluntad del patrón.

Se le otorga al patrón, en la iniciativa priísta de esos senadores disparados, la posibilidad de imponerle a trabajadores convenios leoninos y darles el mayor valor, como si fueran suscritos ante un notario público.
Para confirmarlo basta revisar la redacción del segundo párrafo del artículo 1050 de la propuesta de marras de reforma laboral para darse cuenta de los retrocesos que implica la intención empresarial:
-Los convenios privados celebrados entre trabajadores y patrones tendrán validez, aun cuando no hayan sido ratificados, siempre que no contengan renuncia de derechos previstos por esta Ley.
Se establece en el artículo 53 fracción VI de esa basura de iniciativa, que una manera de terminar la relación laboral sin responsabilidad del patrón lo será:
-VI. La renuncia voluntaria del trabajador.
Es sabido que los patrones tienen posibilidades de imponer al trabajador convenios leoninos, renuncias en blanco desde el inicio de la relación laboral y con ello dar manga ancha para que hagan lo que quieran, al fin que la ley, dicen ellos, se los permitirá.
Serán las leyes de mi patrón, las que quieren se impongan con el auspicio de este mal gobierno, para que sigan los salarios miserables, condiciones de trabajo en las peores condiciones, sin seguridad social, sin protección por enfermedades o accidentes de trabajo, de jornadas extenuantessin organizaciones sindicalescontratos colectivos a modo, con despidos impunes para que capital se harte de ganancias a costa de la vida de hombres y mujeres presas del1 trabajo esclavizado que ya se impone en nuestro país.

https://lasillarota.com/opinion/columnas/las-leyes-de-mi-patron/200346#.Wl7p5-bJaJE.whatsapp

Guanajuato: Está en proceso una reforma constitucional en materia de justicia laboral

Por Salvador Contreras
Publicado: 16 Enero 2018
Guanajuato, Gto., enero 16.- El próximo 15 de febrero iniciará el penúltimo periodo ordinario de sesiones de la 63 legislatura del estado y una de las primeras acciones que realizarán los diputados será aprobar una reforma constitucional para que los procesos de las juntas de conciliación y arbitraje pasen a la jurisdicción del poder judicial.
La diputada Libia Denisse García Muñoz Ledo informó que la reforma contemplará crear un centro de conciliación laboral.
“Es decir, que será una etapa previa a que cualquier persona acuda a los tribunales tendría que pasar primero por este centro de conciliación para propiciar que haya los acuerdos previo a que hubiera algún conflicto en materia laboral”.
El poder judicial del estado no absorberá de inmediato la implementación de la justicia laboral.
“Aun cuando se aprobará ahora en febrero, en el periodo  se aprobara esta reforma constitucional todavía las juntas de conciliación seguirían llevando los asuntos, lo que necesitamos es que haya la reforma también para que el poder judicial tenga una razón jurídica para fomentar a prepararse en cuanto a capacitación, recursos humanos, materiales de los nuevos juzgados laborales”.
Una vez que a nivel federal se legislen las leyes secundarias sobre la materia el poder judicial podrá hacerse cargo de los procesos laborales del estado.

https://www.meganoticias.mx/leon/ultimo-minuto-leon/75043-esta-en-proceso-una-reforma-constitucional-en-materia-de-justicia-laboral.html

Aguascalientes : Reasignación de recursos al Poder Judicial está en espera por reformas

By Claudia Rodríguez Loera | 15/01/2018
Además de la materia laboral, habrá reformas constitucionales en Código Nacional de Procedimientos Civiles y en el tema de oralidad de los juicios en el tema Mercantil
No hay ningún impedimento por parte del Ejecutivo ni por parte de nosotros para reasignar recursos: diputado Francisco Martínez
El presidente de la Comisión de Justicia en el Congreso del Estado, Francisco Martínez Delgado, señaló que en este momento no es posible asignar mayores recursos al Poder Judicial si antes no se conoce cómo vienen desde la Federación las modificaciones en materia laboral, y del Código Nacional de Procedimientos Civiles, en los temas de Familia y de Juicios Mercantiles.
Ante la queja del presidente del Supremo Tribunal de Justicia del estado, Juan Manuel Ponce Sánchez, respecto a que el incremento de 400 mil pesos en el presupuesto de este año serán insuficientes para enfrentar los nuevos retos y compromisos, el diputado externó que asignar un recurso al Poder Judicial a fin de que enfrente las reformas para la Justicia Laboral en tanto no se den a conocer las modificaciones en esta materia en el ámbito federal.
Martínez Delgado recordó que las juntas laborales, a cargo del Poder Ejecutivo federal y estatal, ahora estarán en manos de los tribunales del Poder Judicial, para ello la fecha determinada para que entrara en vigor la reforma de Justicia Laboral era febrero de este año, a la que se le dio una prórroga hasta noviembre de este 2018: “Es un tema en el que no se pueden asignar en este momento recursos, pues desconocemos cómo vendría ahora la reforma federal, por ello es necesario esperar esa información para solicitar un reajuste al presupuesto; es decir que no podemos canalizar un presupuesto al Poder Judicial sin saber cuántos juzgados se van a requerir, entre otros aspectos”, explicó el panista.
Además del recurso que habrá de canalizar el estado al tema de justicia laboral -explicó-, también la Federación tendrá que hacer lo propio, al tratarse de una reforma en la Carta Magna.
Otro tema en el Poder Judicial que será necesario esperar como se desarrolla, luego de haber sido aprobado en el Congreso de la Unión, es el Código Nacional de Procedimientos Civiles y de Familia, por lo que es necesario revisar la manera en la que se habrá de implementar en el estado, y a partir de ahí determinar cómo debe de modificarse el presupuesto de egresos para otorgar los recursos al ente encargado de la impartición de justicia.
Además de la anterior, destacó el panista, viene otra reforma federal en el tema de la oralidad de Juicios Mercantiles: “No hay ningún impedimento por parte del Ejecutivo ni por parte de nosotros para reasignar recursos para la apertura, por ejemplo, de más juzgados familiares”, aseveró Francisco Martínez.

http://www.lja.mx/2018/01/reasignacion-recursos-al-poder-judicial-esta-en-espera-reformas/

 

Chiapas: Congreso, en busca de garantizar derechos laborales: Willy

14 enero, 2018
El presidente este recinto legislativo señaló que las reformas que se analizan buscan desaparecer las Juntas de Conciliación y Arbitraje, creando un nuevo Tribunal Laboral
Redacción
Dentro de la agenda de este periodo extraordinario de sesiones, se ha considerado la discusión de la iniciativa de Reforma al Sistema de Justicia Laboral, misma que presentó el Presidente de la Mesa Directiva Willy Ochoa en semanas pasadas, para las adecuaciones al marco jurídico estatal, por tal motivo para dar trámite legislativo a esta y otras iniciativas, la Comisión Permanente del Congreso del Estado aprobó por unanimidad el pasado viernes convocar al primer periodo extraordinario de Sesiones, del primer receso del tercer año de la LXVI Legislatura.
El Presidente de este recinto legislativo dijo que estas adecuaciones son para estar a la vanguardia en justicia laboral, y garantizar el cumplimiento de los derechos humanos a una plena justicia a trabajadores y patrones, acorde a la evolución de la creación de tribunales judiciales con independencia e imparcialidad que brinden una justicia efectiva a todos los chiapanecos.
Ochoa Gallegos sostuvo que con esta reforma se busca desaparecer las Juntas de Conciliación y Arbitraje, creando un nuevo Tribunal Laboral dependiente del Poder Judicial Estatal para judicializar los conflictos laborales y que estos sean resueltos por un organismo estrictamente jurisdiccional y se crea un organismo descentralizado dependiente del Poder Ejecutivo estatal, que tendrá la facultad en primera instancia de conciliar los litigios laborales. “Es de importancia mencionar que se establece que la facultad para conocer y resolver conflictos de competencia local entre patrones y trabajadores sea exclusiva del Tribunal Laboral del Poder Judicial del Estado de Chiapas”, dijo.
Por otra parte, durante la sesión extraordinaria de la Comisión Permanente, la Mesa Directiva dio lectura y turnó a la Comisión de Justicia –para su estudio y dictamen- el oficio signado por el Gobernador del estado Manuel Velasco Coello, por medio del cual se propone nombrar a Juan Oscar Trinidad Palacios, como magistrado del Tribunal Constitucional del Tribunal Superior de Justicia del Estado, el cual se discutirá y analizará en la sesión extraordinaria de este martes 16 de enero.

http://aquinoticias.mx/congreso-busca-garantizar-derechos-laborales-willy/

Justicia en el trabajo: Proyecto empresarial

13 enero 2018-01-14
Por: José Dávalos
En el proyecto de reforma laboral presentado a la Cámara de Senadores nuevamente aparece la mano empresarial arrebatando derechos a los trabajadores. Para comenzar quitan la obligación del patrón de dar aviso por escrito al trabajador de la causa o causas del despido y la clara advertencia que de no dar ese aviso el despido es nulo.
En su lugar solamente se estipula que el patrón que despida a un trabajador debe señalarle la conducta o conductas que motivaron la rescisión y la fecha o fechas en que se cometieron. El proyecto deroga la obligación de notificar el escrito de despido personalmente al trabajador o a través de la Junta de Conciliación y Arbitraje; que la prescripción de las acciones del trabajador empieza a contar a partir de la notificación personal; y, la nulidad del despido si no se dio el aviso.
El 30 de noviembre de 2012 se reformó la Ley Federal del Trabajo y se incorporaron cinco contratos para debilitar la estabilidad de los trabajadores en el empleo: el outsorcing, la capacitación inicial, el contrato de temporada, el contrato a prueba, y el contrato de pago por hora. No fue reformado el artículo 123 constitucional, pero el daño se hizo en la base con estos contratos.
Los principios rectores del procedimiento que actualmente aparecen en la ley con claridad y precisión, se cambian por un mar de principios generales que el trabajador difícilmente podrá invocar a la hora de formular su demanda. Son principios fundamentales de la fase contenciosa, principios fundamentales de la conciliación, principios fundamentales de los procedimientos laborales, principios fundamentales de la fase contenciosa, principios fundamentales de las sentencias.
En un estudio realizado por el profesor Porfirio Marquet Guerrero, encontró que los principios citados con mayor frecuencia son: uniinstancialidad, publicidad, gratuidad, inmediatez, oralidad, dispositividad, proteccionismo, economía, concentración, sencillez, informalidad, legalidad, imparcialidad, transparencia, autonomía, independencia. ¿El trabajador cómo podrá escoger alguno de esos principios? ¿Qué diferencia habrá entre autonomía e independencia? ¿Por qué el principio de legalidad, habrá un procedimiento que como principio tenga la ilegalidad?
La suplencia de la deficiencia de la demanda del trabajador y la carga de la prueba al patrón están referidos muy a medias. Es evidente que los trabajadores y sus representantes no participaron en la elaboración de este proyecto. La reforma a la fracción XX del artículo 123 constitucional primero y ahora el proyecto de las normas reglamentarias, son un golpe que se prepara contra los trabajadores.

josedavalosmorales@yahoo.com.mx
https://www.la-prensa.com.mx/columnas/proyecto-empresarial

Sonora: Reforma laboral… ¿sometimiento y supresión de derechos colectivos y sociales?

Profa. Martha Elva González/ Dia de publicación: 2018-01-14
Un futuro laboral incierto se prevé ocurra en perjuicio de las grandes masas sociales en México, las iniciativas de reforma laboral propuesta a finales del año anterior a la Ley Federal del Trabajo, así como la relativa al nuevo organismo encargado del registro de sindicatos, contratos colectivos y de conciliación, por dos senadores del Partido Revolucionario Institucional que se ostentan como líderes sindicales: Tereso Medina Ramirez de la Confederación de Trabajadores de México (CTM) e Isaías González Cuevas de la Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos (CROC), contribuye a que los derechos de los trabajadores sufran un severo retroceso.
Con esta nueva iniciativa, la condición de los trabajadores, cuyas actividades se encuentras enmarcadas en la Ley Federal del Trabajo se vislumbra traerá como consecuencia un debilitamiento a los derechos laborales y humanos del grueso de la población, es decir, los grupos sociales que históricamente han sostenido la economía del país, estarán mayormente expuestos y sujetos a disposiciones legales que laceran su esfera jurídica, los somete al arbitrio de las decisiones de los patrones y a la discrecionalidad con la que “suelen” operar las autoridades e instancias impartidoras de justicia en materia laboral, irónicamente, las personas con paupérrimos salarios son los que seguirán sosteniendo los caprichos de un reducido grupo de personas enquistada en el poder gubernamental, político y económico.
Lamentable, que personajes que emanan de grupos obreros y campesinos traicionen la confianza de las personas que “dicen” representar, pero, además el golpe lo asestan por partida doble, toda vez, que su posición en la curul debiera ser para velar por la progresividad de la seguridad social no sólo de éstos grupos sociales, sino de los mexicanos, empero, realizan lo contrario… ¿será que existe un jugoso bono por recompensa?
Luego entonces, una pregunta obligada reside en pretender saber… ¿Cómo se podrá alcanzar la democracia y la justicia, respecto a los derechos humanos laborales contenidos en el Convenio signado con la Organización Internacional del Trabajo (OIT)?
Se observa con justificada molestia que el halo protector que ha significado el artículo 123 constitucional se desdibuja con la flagrante violación a las garantías mínimas de los trabajadores mexicanos, más aún, porque la balanza se ha inclinado peligrosamente en beneficio de la parte patronal.
En relación a la constitucionalización del derecho al trabajo, Rafael Sastre Ibarreche, señala que con la Constitución Política de 1917 se realizó un reconocimiento histórico sobre las exigencias sociales, situación que deriva en un compromiso del Estado con los trabajadores. Para el derecho del trabajo las normas constitucionales conforman un marco regulador que delimita y prefigura el contenido de la norma legal, a la luz de los principios de la Constitución Mexicana, que interpreta y aplica el ordenamiento legal en su conjunto, con el fin de garantizar plenamente la efectividad de los derechos fundamentales de carácter laboral contenidos en dicho documento.
Es importante destacar que con la reforma laboral planteada el escenario se recrudece para la clase trabajadora, tornándose más crítica, toda vez que el ejercicio de los derechos colectivos laborales e individuales sería de imposible realización, de allí, que especialistas en la materia, académicos y sindicalistas democráticos manifiesten su inconformidad a través de los diferentes espacios de opinión, señalando, que con esta “aparente” transformación en beneficio de México, se esconden propósitos oscuros y adversos para el desarrollo social, pues, sólo responde a los intereses de los abogados patronales, beneficiarios del mezquino negocio del contratismo de protección patronal, las disposiciones son violatorias y contravienen los convenios internacionales suscritos por México.
Las iniciativas contienen entre otros agravios, los expresados a continuación:
Se cancelan de manera integral los derechos laborales al permitir una subcontratación libre (outsorcing), desaparecen las hipótesis normativas contenidas en la ley laboral de 2012, la subcontratación se podrá realizar cumpliendo tan sólo con los derechos mínimos de ley y para justificarla, se señala que era necesaria para poder crear más empleos. No habrá más limitación que lo pactado entre subcontratista y el contratante patrón, de quien se encubre su responsabilidad. El trabajo se convierte en una mercancía cuyo precio y condiciones serán pactados libremente en el contrato mercantil. Se protege sin reclamo alguno a las empresas que por la vía outsourcing general, no tienen trabajadores reconocidos para que no puedan ser emplazadas a huelga-
El importante avance de la reforma constitucional relacionada con la consulta mediante voto secreto como condición previa a la firma de un contrato colectivo, se deja de lado, aún cuando, el gobierno se había comprometido con la comunidad internacional a terminar con los contratos colectivos de protección patronal, por cierto, se otorga completa libertad al patrón para seguir escogiendo al sindicato de su preferencia, poniendo obstáculos insalvables para aquellos gremios que de manera legítima pretendan este reconocimiento.
Se confirma la concesión al sector empresarial para que el nuevo organismo de registro de sindicatos y contratos colectivos quede en manos de los sindicatos charros y los propios patrones, cuatro representantes de cada uno de ellos formarán parte del organismo rector; así, el director del instituto supuestamente autónomo queda relegado a grado tal, que ni derecho a voto tiene en el órgano de gobierno. El control queda en condiciones peores que las actuales, en consecuencia se regresa al tripartismo cuya aniquilación había justificado la reforma constitucional.
Se violentan las reglas establecidas en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, publicada en mayo de 2015, entre ellas, las disposiciones establecidas en su artículo 78 que obligan a la autoridad a poner a disposición del público y mantener actualizada la documentación sindical y contractual. En la iniciativa se pretende restringir este derecho a simples versiones públicas e índices. La falla es tan elemental que ignora la nueva ley general y sigue haciendo referencia a la anterior.
Se accede a la petición de las líneas aéreas para limitar la libertad de asociación y contratación colectiva de los sindicatos gremiales, entre ellos, las asociaciones democráticas de sobrecargos (ASSA) y de pilotos (ASPA). Queda establecido en las iniciativas, como lo habían pedido reiteradamente a la autoridad las empresas aéreas Interjet y Volaris, que no puedan demandar la titularidad de contratos colectivos para sus propios gremios.
En materia de aviso de despido por escrito y en el procedimiento se cancelan garantías vigentes, situación que deja en estado de indefensión a los trabajadores frente a los términos concedidos a los patrones ante la fijación de nuevas reglas procesales.
Se crea un mecanismo de autorización ficto o automático, cuando la autoridad no responda en tiempo para beneficiar una vía patronal de registro de contratos colectivos que no cumplan con los requisitos legales.
Otra situación que no debe pasarse por alto, estriba en relación a la suspensión del derecho a voz y voto de la CTM y la CROC en la Central Sindical Internacional (CSI) −la organización más grande del mundo− por proceder en contra de sus estatutos y actuar con pasividad en perjuicio de sus agremiados, por lo que se augura que en corto tiempo les estarán cancelando su registro, derivado de su penosa y vergonzosa actuación en el plano nacional e internacional.

Dirección electrónica: marelv_tita32@yahoo.com.mx
http://www.dossierpolitico.com/vercolumnas.php?artid=199499&relacion=dossierpolitico&categoria=292

 

Chiapas: Congreso del estado abre periodo extraordinario de sesiones

13 enero, 2018

  •  Debido al trabajo legislativo por parte de los grupos parlamentarios y la Mesa Directiva, la Comisión Permanente considera llevar a cabo trabajos extraordinarios de Sesiones para dar trámite a diversas iniciativas

El presidente de la Mesa Directiva del Congreso del estado, Willy Ochoa, se pronunció a favor de eliminar el pase directo de Procurador a Fiscal General acorde a la votación en el Senado de la República que registró 73 votos a favor, 4 en contra y 13 abstenciones, en Chiapas, los legisladores aprobaron reformar en el mismo sentido diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia política-electoral.
“Dicha reforma elimina el pase automático y se le da autonomía constitucional a la Fiscalía General de la República, lo que la vuelve garante de la impartición de justicia en todo el país”, expresó Ochoa Gallegos.
Asimismo, la Comisión Permanente del Congreso del estado de Chiapas, consideró que  para dar trámite a diversas iniciativas, entre ellas, la iniciativa en materia de Justicia Laboral presentada por el diputado presidente de la Mesa Directiva, Willy Ochoa, el Congreso debía llevar a cabo trabajos extraordinarios por lo que convocó al primer periodo Extraordinario de Sesiones, del primer receso del tercer año de la LXVI Legislatura.
“Con estas adecuaciones al marco jurídico laboral, estaríamos poniéndonos en el camino para garantizar el cumplimiento de los Derechos Humanos al momento de impartir una plena justicia a trabajadores y patrones acorde a la evolución de la creación de tribunales judiciales con independencia e imparcialidad que brinden el servicio público a los seres humanos que en calidad de gobernadores se encuentren en territorio chiapaneco y con las facultades para conocer y resolver en términos de la Ley Federal del Trabajo reglamentaria del artículo 123, apartado A de la Carta Fundamental mexicana”, dijo el congresista.
Ochoa Gallegos agregó que una de las prioridades de la presente administración ha sido la de mantener en constante revisión, análisis y actualización el marco jurídico que regula la Administración Pública Estatal y en materia de justicia, motivo por el cual se requiere armonizar el marco normativo estatal para dar paso a la creación del tribunal laboral y al Centro de Conciliación, además se establece que la facultad para conocer y resolver conflictos de competencia local entre patrones y trabajadores sea exclusiva del Tribunal Laboral del Poder Judicial del Estado de Chiapas.

http://www.diariodechiapas.com/landing/congreso-del-estado-abre-periodo-extraordinario-de-sesiones/