La nueva Ley Federal del Trabajo contemplará modificaciones en el establecimiento de los contratos colectivos de trabajo, en la manera de presentar los despidos y el comportamiento que deberán tener los sindicatos para representar a los trabajadores.
María Del Pilar Martínez
05 de febrero de 2019, 17:51
Foto EE: Archivo
Los cambios a la Ley Federal del Trabajo se podrían ver concluidos en el mes de abril, lo que representa modificaciones en el establecimiento de los contratos colectivos de trabajo, en la manera de presentar los despidos y el comportamiento que deberán tener los sindicatos para representar a los trabajadores.
En el marco de la Conferencia “Temas laborales relevantes en América Latina”, que presentaron las firmas de abogados D&M abogados y L&E Global, expusieron temas en los que se involucran los cambios que vienen en México en las relaciones laborales, “es momento de terminar con la simulación, en la contratación colectiva, en las representaciones laborales, tenemos una oportunidad de avanzar como país”, dijo Ricardo Martínez Rojas, socio director de D&M.
Con la participación de representantes de Estados Unidos, James Stone; Canadá, Carl Peterson; y Colombia, Juan Pablo López, expusieron sus experiencias frente a los convenios que han ratificado ante la Organización Internacional del Trabajo (OIT) como lo es el Convenio 98 que lleva a las naciones a garantizar la libertad de asociación y la contratación colectiva efectiva.
En el caso de Colombia, el Convenio 98 llevó a un crecimiento importante la participación de los sindicatos, “ la tasa de sindicalización en el país pasó de 3.5% en 2003, a 16.1% en 2018”, dijo Juan Pablo López, ello, ha dificultado la negociación.
En el caso de Estados Unidos, se busca la no sindicalización, pero para ello, recomendó James Stone, es importante que se dé un buen trato a los trabajadores, “en Estados Unidos los sindicatos dificultan la flexibilidad, por eso hay que hacer campaña con los trabajadores pero ofreciéndoles buenas condiciones laborales”.
Outsourcing, ¿cómo regularlo?
Es una realidad que en México nació el outsourcing por el tema del PTU (Participación de los Trabajadores en las Utilidades), ya que en nuestro país es muy alto el porcentaje que se paga y que se ubica en 10%, y no debería haber ningún problema en usar esta figura, el problema es que se ha abusado de la figura evadiendo el pago de impuestos», dijo Mario Yáñez, director de Consultoría de D&M.
“Durante mucho tiempo, desde punto de vista laboral se ha tratado de regular en el 15-A en 2012, y entonces se pidió que sólo fuera para trabajos especializados y que no abarcara la totalidad de las funciones, al final del día nada pasó”, explicó.
No obstante, desde hace dos años encontraron la forma de encontrar a quienes hacen mal uso de esta figura, pero por la parte fiscal.
Aun cuando se pide su desaparición en algunas propuestas laborales, “esta es una actividad que prevalece en todo el mundo, y seria mejor que se lleve de manera adecuada una supervisión e inspección por parte de la autoridad laboral para que se cumpla con el reconocimiento al derecho de os trabajadores”, dijo Ricardo Martínez Rojas.
Etiqueta: contratación colectiva efectiva
Hay bases para nuevo modelo laboral: Arturo Alcalde

Es falso que no hubiera consultas con patrones previo a la aprobación del Convenio 98 de la OIT, pues se hicieron en el 2015, cuando EPN envió la iniciativa, afirmó el abogado laboralista.
María Del Pilar Martínez
27 de septiembre de 2018, 01:00
México debe construir su nuevo modelo laboral a partir de las reformas y los acuerdos internacionales que ha adoptado como son: la Reforma Constitucional del 2017 y el , Convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), donde el objetivo es terminar con la simulación y encaminarse hacia el trabajo digno.
En entrevista, Arturo Alcalde Justiniani, abogado laboral, expuso que ya están los puntos de partida para que nuestro país se encamine a otorgar libertad sindical y , ; y rechazó que ello vaya a provocar una inestabilidad en las empresas por la presencia de uno o más sindicatos.
“Actualmente hay patrones que negocian con uno o varios sindicatos, es mentira que ese tipo de negociación impida tomar acuerdos. En todo caso, habrá más sindicatos en sectores en donde no los había, como por ejemplo autopartes o en el sector de la construcción o la maquila”.
Tras destacar que México “fue el último país de América Latina en ratificar el Convenio 98”, Alcalde señaló que las consultas que ahora solicita el sector empresarial “ocurrieron en el 2015, cuando el presidente Enrique Peña Nieto envió la propuesta para que fuera ratificado por parte del Senado de la República”.
En ese sentido, dijo que el cambio empezó a gestarse desde que se realizó la reforma del 2012, pero tuvo su mayor fuerza cuando se modificó la Constitución en febrero del 2017, pues claramente se da la posibilidad a los trabajadores de tomar decisiones sobre quién debe representarlos.
“El Convenio 98 es totalmente compatible con el nuevo marco constitucional, tanto en la Constitución general, como la de la Ciudad de México, a la que no se le ha dado la importancia y tiene mucha, porque se trata de una gran ciudad que marca un derrotero en el ámbito local y obviamente siempre genera influencia en el resto del país, y se encamina a los principios relacionados con lo que es el trabajo decente de la OIT”, explicó.
El Convenio, que tiene 70 años, era una asignatura pendiente que durante esos años se le planteó a México que lo suscribiera, “cosa que no hacía nuestro país porque alegaba que tenía la cláusula de exclusión, pero en el fondo era la defensa del corporativismo, en donde el patrón decidía con qué sindicato firmaba el contrato de trabajo para favorecer un modelo de control, político y económico”.
La SCJN frenó a sindicatos
La cláusula de exclusión, que es aquella que impedía a un trabajador incorporarse a su empleo si no estaba sindicalizado, fue declarada inconstitucional por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, “ello permitió que la reforma en el 2012 la tuvieron que quitar, pues violaba el Convenio 87 y los derechos fundamentales, además en Europa se consideró una violación a los derechos humanos que te puedan correr del trabajo porque dejas de formar parte de un sindicato”.
Luego de esa decisión, no existían argumentos para no ratificar el Convenio 98, además de que la presión internacional creció y se empezó a vincular con los temas comerciales, “particularmente con el TPP, y el TLC, pues a México se le señaló como un mal ejemplo por aplicar contratos de protección”.
Dijo que todo este escenario permite lograr mayor transparencia, y negó que, “a partir del Convenio 98 vaya a haber más sindicatos, eso es un invento, porque el Artículo 389 de la Ley Federal del Trabajo dice que quien tenga la mayoría tendrá la titularidad del contrato. Siempre ha podido haber muchos sindicatos. Una cosa es el registro y la existencia del sindicato y otra cosa es que el patrón tratará con quien tenga la mayoría”.
pmartinez@eleconomista.mx
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