El economista mexicano advierte del empleo precario en actividades como Uber, defiende el salario mínimo y rechaza la existencia generalizada de jóvenes ´ninis´
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Saúl Escobar, economista de la Universidad Nacional Autónoma de México. (Genaro Rodríguez)
GENARO RODRÍGUEZ NAVARRETE, CIUDAD DE MÉXICO (MÉXICO)
23/01/2019 06:00
A decir de Saúl Escobar Toledo, economista por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), “los temas laborales se han ocultado o minimizado, como sí recibir un ingreso para sobrevivir no fuera uno de los temas, o el principal tema, de una sociedad”.
Advirtió que los asuntos relativos al empleo ahora están resurgiendo, “y esperemos que se coloquen en el centro de la agenda nacional”. Escobar Toledo confió en que “esta discusión tome impulso” para una mayor comprensión, divulgación y entendimiento.
En entrevista exclusiva para la red de Lectores Corresponsales de La Vanguardia, disecciona de modo perspicaz la estructura del mundo laboral que prevalece en México, sin perder de vista el contexto internacional.
Perfil
Profesor, experto e investigador
Saúl Escobar Toledo se desempeña como profesor-investigador del Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH). Es miembro de la Junta de Gobierno del Instituto de Estudios Obreros ‘Rafael Galván’. Ha sido fundador del Partido de la Revolución Democrática (PRD), diputado federal y subsecretario del Trabajo y Previsión Social en el gobierno de la Ciudad de México. Es autor de ´La acumulación capitalista en el porfiriato´ y ´Los trabajadores en el siglo XX. Sindicato, Estado y sociedad en México: 1907-2004´.
– ¿Qué transformaciones recientes ha registrado el mundo del trabajo?
“A nivel mundial, las tendencias del trabajo han sido muy negativas. La globalización ha hecho que los empleos migren de un país a otro, sobre la base de salarios más bajos y condiciones muy precarias. El empleo en general se ha deteriorado. Por otro lado, el avance tecnológico ha provocado que la generación de empleos sea más lenta. La globalización ha afectado a las diferentes regiones del mundo de distinta manera. El país que más se ha beneficiado es China. Se ha convertido en la “fábrica del mundo”. Ha podido absorber una gran cantidad de mano de obra. Así, cuando en Estados Unidos escaseaba, en el sudeste asiático la oferta laboral aumentaba rápidamente. El mundo ha cambiado. El eje de la industrialización pasó de Europa y Estados Unidos a China y el sudeste asiático. México también se benefició parcialmente de este fenómeno sobre todo por el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN)”.
– ¿Las perspectivas de crecimiento de la economía contribuyen a la creación de empleos?
“Sí, porque tenemos desde hace tiempo un polo de crecimiento económico muy rápido en China, que en algún momento llegó hasta el 10 por ciento. Hoy está por el orden del 6 y 7. Mientras que Estados Unidos y Europa se ubican en 2 o 3 por ciento. Esto muestra una economía, como lo señaló el Fondo Monetario Internacional (FMI), a dos velocidades: una lenta y otra rápida. Con la crisis de 2008, las cosas empezaron a cambiar porque la economía cayó. China incluso redujo su ritmo de crecimiento. Diez años después las economías se recuperan, aunque en casos como Europa, todavía no terminan de dejar atrás la recesión porque se atravesó el problema de la integración del euro. Luego el Brexit, más o menos reciente, ha generado también un marco de incertidumbre”.
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– ¿Coincide en que los empleos que hoy se generan son en general ‘precarios’?
“Precario” tiene distintas acepciones. La más común es que se trata de un empleo sin seguridad social, inestable y carente de prestaciones contractuales; por tanto, es mal pagado e inseguro. Este tipo de trabajos se generalizaron durante la etapa neoliberal en México y por todo el mundo, debido a la migración mundial de los empleos de los países más prósperos a los menos desarrollados. Los empleos precarios se crearon como una política de atracción de inversiones extranjeras o porque las instituciones laborales eran muy débiles”.
– ¿Esto en sentido contrario del ‘trabajo decente’?
“Hace 10 o 15 años la Organización Internacional del Trabajo (OIT) hizo la propuesta del trabajo decente. Incluso la traducción ha sido cuestionada porque ‘decente’ en español tiene una connotación moral. A veces se habla mejor de ‘trabajo digno’. Se trata de un empleo protegido por la seguridad social, con un salario justo. Es resultado de una negociación colectiva, contractual y se basa en la libertad sindical de los trabajadores. Esta propuesta se lanzó como una manera de enfrentar las tendencias laborales predominantes en el mundo”.
Protesta de conductores de Uber y Cabify en el conflicto abierto en España con el sector del taxi, fenómeno que se ha dado en otros países. (Juan Medina / Reuters)
– ¿También se han diversificado los tipos de contratación y empleo?
“Las formas del empleo como resultado de las nuevas tecnologías y la migración han cambiado. Ya no es la clásica relación trabajador asalariado-patrón. Ahora hay muchas formas de trabajo: tradicional, no tradicional; clásico, no clásico; y distintas formas de contratación: por honorarios, subcontratación, outsourcing, teletrabajo. Modalidades que lamentablemente no cumplen con los requisitos del trabajo decente”.
– ¿En qué consiste la economía gig?
“Es un término nuevo. Todavía no aceptado por todos los especialistas. Surge de una palabra que tiene su origen en el medio artístico. Podría traducirse como “palomazo”. Se da cuando un grupo musical no llega a un concierto programado, entonces se le piden apoyo a otro para cubrir la vacante. Ahora se usa para designar a un empleo que se contrata por medio de una plataforma digital, como característica fundamental, y se asume, en segundo lugar, como un trabajo propio, pero que en realidad es un trabajo asalariado al servicio de una empresa. Esta confusión, ambigüedad, disfraz y engaño, también es característica del trabajo gig. En tercer lugar, se distingue porque es un trabajo mal protegido, muy explotado, con bajos ingresos, sin seguridad social, no tiene contrato ni sindicalización, donde el trabajador asume todos los riesgos del trabajo; pero la empresa no adquiere ninguna responsabilidad y ni siquiera paga impuestos. El ejemplo más claro es el de Uber. Allí el trabajador es supuestamente independiente, conectado con una plataforma que solo es intermediaria entre el conductor y el usuario. En realidad es un trabajo al servicio de una empresa. La firma gana y le ordena al trabajador a quién tiene que recoger. Es un trabajo subordinado, aunque no se reconoce como tal. Lo que permite que sea un trabajo vulnerable. Incluso ha generado problemas con la seguridad de los pasajeros porque la compañía no se asume como patrón, solo como intermediario. En algunos países ha generado tal inconformidad que los taxistas regulares o tradicionales, han hecho paros. Y han logrado que los trabajadores de esa entidad se puedan sindicalizar y se reconozca la relación laboral. También se ha logrado que, en algunos casos, Uber pague impuestos y no burle al fisco. Y, aunque no exactamente, es el caso de Airbnb para conseguir alojamiento”.
Las nuevas tecnologías han comportado nuevas formas de empleo que,en algunos casos, aún buscan su encaje en el mundo laboral. (Richard Drew / AP)
– Debo insistir: ¿parece que el ritmo de la expansión económica mundial no ha sido suficiente para crear las plazas de trabajo necesarias?
“Uno de los rasgos de la etapa de globalización neoliberal que se ubica desde la crisis de 1982, es de un crecimiento muy bajo, con crisis económicas serias, aunque no tan recurrentes. Lo que ha generado un esquema laboral poco halagüeño, con una gran cantidad de empleos informales. El crecimiento no ha dado para crear las suficientes plazas formales. Tenemos ahora un problema en el mercado laboral de jóvenes que no encuentran empleo. Aunque es una tendencia a la baja, aún hoy es muy preocupante. Una salida a este fenómeno fue la migración. Entre 1990 y 2010, se fueron de México unas 500 mil personas al año. Es decir, cerca de 10 millones. ¿Qué hubiera sido sin la válvula de escape de la migración? Una situación angustiante”.
– Pese a ello, la administración anterior lanzó las campanas al vuelo por haber creado, según su parecer, una cantidad ‘histórica’ de empleos.
“Lo que pasa es que ahí hicieron una ‘trampa’ estadística: muchos de esos empleos ya existían; pero eran informarles, no acreditados en la seguridad social. Entonces lo que hicieron fue inscribirlos en la seguridad social. En realidad no eran plazas nuevas. De lo que no se habló es que al tiempo que aumentaban los trabajadores inscritos en la seguridad social, bajaban los salarios. Aumentó el número de empleos de dos a tres salarios mínimos y disminuyó la proporción con más de cinco salarios. Esto significó una pérdida del ingreso o un empobrecimiento de los trabajadores”.
– ¿Todavía es importante mantener como referencia los salarios mínimos?
“Creo que son muy importantes para la protección de los empleos más explotados, donde los trabajadores tienen muy poca calificación, como el trabajo de limpieza, en el sector rural o en la albañilería. Efectivamente, hubo una ofensiva encabezada por Agustín Carstens, exgobernador del Banco de México, para acabar con el salario mínimo. Afortunadamente parece que esa tendencia no prosperó y ahora vemos un renacimiento parcial del salario mínimo con el nuevo gobierno de Andrés Manuel López Obrador, que lo está utilizando como un instrumento de política económica para proteger a los más débiles”.
– ¿Cómo observa la política de López Obrador para enfrentar la problemática laboral?
“Hay signos alentadores, como el aumento del salario mínimo, pero es un primer paso. Desde una perspectiva histórica es un avance pequeño. El chiste es que se mantenga. Espero que en 2020 haya un aumento de los mínimos similar al anunciado para 2019; es decir, de al menos un 16 por ciento. Esto es, la inflación más 10 o 12 puntos. De modo que el salario mínimo se convierta en un ingreso digno. Lo ideal sería que subiera en un 100 por ciento. Claro que esto no se puede hacer de un día para otro. Ojalá que a lo largo del sexenio se pueda ir aumentando paulatinamente. El otro tema es qué va a pasar con los salarios contractuales. En el pasado se utilizó el aumento de los mínimos como tope. Ahora eso no funcionará porque nadie va a dar un aumento del 16 por ciento. Lo que veremos son aumentos moderados por encima de la inflación. Lo que me gustaría ver es que se acabe con las formas de contratación precaria: los trabajos por honorarios, de tiempo parcial y la subcontratación. Es una vergüenza que en oficinas públicas los sanitarios sean limpiados por mujeres subcontratadas por alguna empresa, sin seguridad social. Se aprovechan de su condición femenina y sus necesidades para darles un empleo muy precario, con salarios muy bajos. No es posible que permanezcan estos tipos de subcontratación. El gobierno debe ser ejemplo en cumplir la ley, pero es el primero que la viola”.
Un empleado fumiga plantas en la zona de Xochimilco, Ciudad de México. (Nick Wagner / AP)
– ¿Qué opina del programa de empleo para jóvenes?
“Es un proyecto interesante. Es algo inédito. Antes existía, pero tenía pocos fondos y no era tan masivo. Ahora le van a destinar entre 40 y 45 mil millones de pesos. Visto en el presupuesto general es poco. Aunque como un programa específico sí es notable el monto. La idea es abarcar hasta 2.5 millones de jóvenes; sin embargo, creo que sólo alcanzará para 2 millones. El experimento puede ser muy interesante, empero, tiene sus riesgos. Por ejemplo, podría convertirse en un subsidio para las empresas porque van a poder contratar gratis a un joven pagado por el gobierno. Además, si a la persona se le ocupa en actividades auxiliares como limpiar o estibar, no ayudará a su formación, adiestramiento y capacitación. Otra preocupación es que no certifiquen las capacidades adquiridas. El secreto de esto en el mundo, como en Alemania donde existe esta práctica bajo la modalidad de aprendiz –aquí sería un becario–, es que el joven aprenda un oficio y sea certificado. Es decir, se le reconozca con un diploma lo que sabe hacer y con ese papel pueda ir a otra empresa y contratarse”.
– ¿Se busca brindar soluciones a los ninis?
“El término “nini” es ofensivo y falso. En realidad, hay muy pocos jóvenes que ni estudian ni trabajan. Gran cantidad de jóvenes desempeñan actividades no remuneradas, sobre todo, las mujeres. Llevan a cabo trabajos domésticos, de cuidado familiar y ayudantías en talleres. Los jóvenes sí hacen algo. Debe haber alguno que no haga absolutamente nada, sin embargo, la mayoría no son ninis en sentido estricto. Algunos realizan tareas indispensables en la familia, como el cuidado de los niños pequeños o de los abuelos. Son quehaceres no remunerados ni reconocidos, pero indispensables en el seno familiar”.
– Por otro lado, se anuncia un “cambio radical” en materia de justicia laboral, con la reforma a la Ley Federal del Trabajo. ¿Qué prevé en esta materia?
“Es una reforma que viene de febrero de 2017 con tres asuntos centrales: cambiar la justicia laboral suprimiendo las juntas de conciliación y arbitraje, locales y federales, y crear juzgados adscritos al poder judicial; un centro de conciliación laboral y de registro de contratos y sindicatos, independiente del gobierno; y garantizar el voto universal, directo y secreto de los trabajadores para elegir a sus dirigentes sindicales, así como para escoger el sindicato y el contrato colectivo de su preferencia. Eran reformas muy importantes que se han quedado congeladas porque no se cambió la Ley Federal del Trabajo. Ahora hay varios proyectos en la Cámara de Diputados para ver de qué manera se concretan estos avances”.
– ¿Qué prevalece entonces hoy en este renglón?
“Simulación y engaño. Una vida de mentiras mediante los contratos de protección laboral. Son contratos que se firman a espaldas de los trabajadores entre un sindicato de papel y un empresario que acepta firmar y utiliza como parapeto para fingir que se está respetando la ley, cuando en realidad es un engaño total. Es un negocio de abogados y líderes sindicales para beneficiarse de esos acuerdos mediante cuotas que el trabajador paga a un sindicato que nunca ha visto. O para extorsionar a los empresarios bajo la amenaza de hacerles una huelga. La ficción de los contratos colectivos de protección ha sido muy dañina para el mundo laboral y esperemos que con la reforma se vaya acabando con esa práctica”.
– ¿Lo que Usted señala sería un cambio radical?
“Sí, pero esperemos que no sea un cambio súbito porque el mal está tan extendido que acabar con él no será posible en poco tiempo. La ley es un instrumento muy importante para ir erradicando este cáncer que corroe al 80 o 90 por ciento de los trabajadores asalariados. Es tan grave que la OIT la pone como ejemplo de lo que no se debe hacer. Y en América Latina es una cosa sin comparación. Sólo en México existe esa práctica de los contratos de protección. En otros países, los patrones tratan de burlar la ley, pero no como en nuestro país que se ha convertido en una práctica generalizada. Ha sido un gancho para promover la inversión extranjera, sin embargo, es una vergüenza mundial. En uno de los puntos del Tratado Comercial entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC) hay una cláusula que prohíbe los contratos de protección y obliga a México a legislar para prohibir este tipo de convenios”.
Firma del acuerdo comercial entre México, Estados Unidos y Canadá. (EFE)
– ¿Esta situación tiene lugar en medio de una marcada debilidad institucional?
“En el medio académico y de las entidades multilaterales se habla de debilidad institucional para señalar un problema: la distancia entre la ley y la realidad. En otras palabras: no se aplica la ley. La autoridad encargada de velar por la aplicación de la ley simplemente no hace nada. En el caso de México, las autoridades laborales federales durante muchos años no han hecho nada para vigilar el cumplimiento de la ley. Han dado curso a estos contratos de protección, empleos vulnerables, al incumplimiento del pago del salario mínimo; muchas prácticas laborales que violan abiertamente la Constitución. Las autoridades ven para otro lado. A eso se le llama técnicamente debilidad institucional. En México eso quiere decir abierta corrupción. Una política que favorece a los patrones lastimando a los trabajadores. Las instituciones no cumplen con su obligación”.
– ¿Esto acentúa la desigualdad?
“Se manifiesta en varias desigualdades, por ejemplo, entre hombres y mujeres, que se hace más profunda en el mercado laboral. Las mujeres, en promedio, siguen ganando menos que los hombres incluso en puestos iguales. En general, las mujeres se colocan en empleos más vulnerables y más precarios que los hombres. También hay desigualdades cuando hablamos de edades: entre más jóvenes más desempleo. En cuando a grupos étnicos: los indígenas tienen empleos peor pagados. Y en desigualdad regional: el sureste del país es una región donde hay mucha más empleos precarios, informales y vulnerables que en el norte del país”.
Etiqueta: contratos colectivos de protección
Eliminarán Contratos Colectivos de protección con reforma laboral
Por: Redacción/El Pulso Laboral
27 diciembre 2017
Todos los contratos colectivos que existen en los centros de trabajo deberán ser revisados por lo menos una vez durante los cuatro años posteriores a la entrada en vigor de la reforma a la Ley Federal del Trabajo Lo anterior se estableció en la iniciativa que fue propuesta por el grupo legislativo de Morena sobre el tema.
Este procedimiento se plantea con el objetivo de legitimar los contratos colectivos y eliminar aquellos que se denominan de protección, es decir, los que funcionan como simulación y que se firman a espaldas de los trabajadores.
Ésta iniciativa recoge una de las condiciones exigidas a México en el marco del nuevo tratado comercial con Estados Unidos y Canadá (T-MEC).
En el capítulo laboral del acuerdo, se advierte que el Gobierno mexicano debe adecuar sus leyes y pone el plazo de cuatro años para hacer la revisión de los contratos.
En el texto que se publicó en la Gaceta Parlamentaria el 22 de diciembre, se establece que las revisiones contractuales deberán depositarse ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, el cual verificará que se haya hecho del conocimiento de los trabajadores el contenido del Contrato y que el patrón Ies haya entregado una copia del mismo.
También se debe reflejar que este contrato colectivo cuenta con el respaldo de la mayoría de los trabajadores mediante voto personal, libre y secreto En el artículo décimo primero transitorio se establece que si después de los cuatro años señalados, el Contrato carece del apoyo mayoritario de los trabajadores o se omite realizar la consulta, éste se tendrá por terminado pero se conservarán las prestaciones y condiciones contempladas. /Reforma
http://www.elpulsolaboral.com.mx/sindicatos/17183/eliminaran-contratos-colectivos-de-proteccion-con-reforma-laboral
La justicia laboral en la Ciudad de México
14/11/2018
MANUEL FUENTES
La desaparición de las Juntas de Conciliación y Arbitraje no debe significar disminución de su presupuesto. | Manuel Fuentes
PERFIL
Menudo paquete tendrá Claudia Sheinbaum, Jefa de Gobierno electa, a quién le tocará durante su gestión promover recursos económicos a la Junta Local de Conciliación y Arbitraje de la Ciudad de México, institución que a la fecha cuenta con 90 mil 600 expedientes en trámite y que la convierte como la mayor en el país.
Junta Local de Conciliación y Arbitraje
En días normales parece un monstruo come expedientes que camina con dificultad. La falta de recursos es notable, no hay personal suficiente y las salas de audiencias se encuentran rebasadas. Una audiencia tiene un periodo de retraso de hasta tres horas, si se tiene anunciada iniciar a las diez de la mañana ésta comienza hasta la una de la tarde, aproximadamente.
El personal se encuentra saturado de trabajo, los escritorios tienen apilados expedientes para ser estudiados. Las mecanógrafas que son el pilar de esa institución laboral, se las ingenian para apresurar las audiencias lo más posible. Escriben con rapidez, casi salpicando las letras para lograr que termine la audiencia lo más pronto posible. Hasta regañan a los abogados que no saben qué decir, que quieren dictar lento o que dicen puras sandeces. Hasta les corrigen los dictados:
– ¡Ay abogado!, ¿pero dónde estudió?
Es común ver en Doctor Río de la Loza 68 en la colonia Doctores, entrada de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje de la Ciudad de México, largas filas de personas que la visitan. En horas pico, dentro de sus instalaciones es probable que lleguen a estar hasta 5 mil personas haciendo las gestiones de su expediente.
Margarita Darlene Rojas Olvera, presidenta en funciones de esa institución, permitió hacer visible la crisis que vive la justicia laboral en nuestro país. Fue, junto con otras voces, quién alertó que nada sirve impulsar una reforma laboral para desaparecer las Juntas de Conciliación y Arbitraje si los Tribunales Laborales, anunciados en la reforma constitucional del artículo 123 en febrero de 2017, carecen de recursos económicos.
Será sólo un cambió de fachada
Desde su gestión se lograron impulsar foros plurales con la participación de sectores empresariales, sindicales y académicos para que no se impusiera una reforma que significara un retroceso en el modelo de la justicia laboral. Se volvió una funcionaria incómoda en los espacios de la Federación al exigir que no se legislara al vapor sin que hubiera consultas en todos los sectores. Se implementó el programa de Calculadora de Compensación por Despido, el cual tiene como objeto predecir las probabilidades de concluir un juicio por convenio, laudo u otro modo, y así el trabajador tener la posibilidad de conocer si la cantidad es la adecuada para realizar un convenio.
El área de Asuntos Colectivos, cuyo titular Pablo Franco Hernández, archivó más de 40 mil contratos colectivos que se encontraban inactivos y que servían de parapeto patronal en perjuicio de los trabajadores. Todos ellos no revisaban los salarios desde 2011 y hasta se encontraban por debajo del salario mínimo general vigente. Fue de los pocos funcionarios que logró tener interlocución con todos los sectores, tanto obreros como patronales. También se tuvo avances al lograr asegurar el voto secreto mediante la celebración de recuentos y la elaboración de padrones confiables para la votación en los mismos, aún antes del surgimiento de la reforma constitucional. Se lograron implementar medidas para detener demandas por titularidad y emplazamientos a huelga por extorsión en contra de los pequeños y medianos empresarios.
El área de Conciliadores a cargo de Selene Isela Campos López logró implementar diplomados de carácter internacional para certificar a sus conciliadores, siendo la única institución en el país que logró estos resultados en materia de mediación y conciliación. Cursos, conferencias, intercambios de experiencias, simulacros, presentación de tesinas y exámenes con sinodales fueron la línea que marcó esa gestión. Durante los últimos seis años se resolvieron por la vía conciliatoria cerca de 60 mil expedientes, lo cual representa un avance de suma importancia para la justicia laboral.
Los conflictos de bomberos, del periódico La Jornada y de gasolineros marcaron la magnitud de las controversias laborales en la Junta Local de Conciliación y Arbitraje de la Ciudad de México. De acuerdo con el último informe de esta Institución, hasta septiembre de 2018 el total de huelgas en trámite fue de 50, mientras que el total de emplazamientos llegó únicamente a mil 950 a pesar de existir 40 mil contratos colectivos de trabajo que deberían ser revisables.
Gestión
Durante los últimos meses de la gestión de Darlene Rojas se impulsaron mesas de trabajo para tener una propuesta de reforma laboral que el Legislativo considerará. En la mesa grande de la presidencia de la Junta Local capitalina, durante catorce sesiones realizadas cada lunes se tuvo la presencia de abogados empresariales, de trabajadores, sindicalistas, académicos, magistrados del poder judicial federal y de funcionarios de esa Junta Local para buscar una propuesta consensada de reforma laboral.
Algunos puntos fueron motivo de mucha controversia, entre ellos, si la demanda inicial debería incorporar pruebas de manera forzosa o no.
Juicios con un modelo oral, con la presencia forzosa de jueces en la admisión de pruebas y desahogo de éstas, o bien, juicios con un modelo similar al actual en el que la etapa de demanda, excepciones, ofrecimiento y admisión de pruebas fuera a distancia para lograr una justicia con menos costos.
Si la subcontratación debiese incorporarse en el paquete de reformas o no. O cómo lograr celeridad en los juicios ante una doble notificación con la separación de la etapa de Conciliación en una institución a cargo del Ejecutivo y otra al inicio de la demanda a cargo del Poder Judicial.
Fueron algunos de los disensos, pero hubo otros de enorme coincidencia en esa mesa grande de la Junta Local de la Ciudad de México.
Justicia laboral
Los retos de la justicia laboral en la Ciudad de México van aparejados en una mayor sensibilidad de los gobernantes que vienen, de los legisladores encargados de autorizar el presupuesto. La desaparición de las Juntas de Conciliación y Arbitraje no debe significar disminución de su presupuesto, por el contrario, se requiere incrementarlo.
La Junta Local de Conciliación y Arbitraje actualmente cuenta con un presupuesto ejercido de 448 millones 936 mil 105 pesos, representando de ese presupuesto el 92% para el pago al personal y resultando únicamente el 8% para el pago de servicios que de reducirse el presupuesto implicaría también una reducción en el personal, lo cual resultaría perjudicial para la justicia laboral en la Ciudad de México.
Hacen falta nuevas leyes, es cierto, pero debe concitarse un ejercicio de pluralidad, sin perder la tutela al trabajador, que fortalezca la estabilidad en el empleo, incorpore la perspectiva de género, termine con los contratos colectivos de protección y la subcontratación, logre la democratización en las organizaciones sindicales y en las revisiones contractuales.
Que se impulsen foros de discusión en todo el país, al menos en los siguientes seis meses, para arribar a una reforma en el segundo semestre de 2019 que se materialice con propuestas reales, y suficiente presupuesto.
Una reforma laboral apresurada estaría condenada al fracaso y a numerosos cuestionamientos.
@Manuel_FuentesM | @OpinionLSR | @lasillarota
https://lasillarota.com/la-justicia-laboral-en-la-ciudad-de-mexico/257314
14 puntos relevantes del Convenio 98 de la OIT

26/09/2018
MANUEL FUENTES
La ratificación de este convenio por parte del Senado de la República es un paso muy importante para democratizar las relaciones laborales en nuestro país. | Manuel Fuentes
En cuanto supieron el acuerdo del Senado para aprobar el Convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo(OIT), los empresarios (unos cuantos) empezaron a salir gritando por las calles: ¡Llegarán sindicatos! ¡por todos lados!, ¡Llegarán sindicatoscomo el demonio!, ¡Y muchos contratos colectivosa la vez!
¡aparecerán como hongos!, ¡Será lacatástrofe financieray laboral! ¡es el totalitarismo!
Hasta fueron corriendo a buscar al secretario de trabajo, Campa Cifrian, aprovechando su buena fe, para que éste saliera en su defensa. Lo convencieron de hacer una declaración (penosa), alarmado por la llegada de los sindicatosen tropel. Hasta buscaron a la próxima Secretaria de Trabajo, Luisa María Alcalde para que detuviera esa, que llamaban: atrocidad laboral.
Decían los empresarios (algunos): ¡consultas! ¡consultas! ¡no al convenio 98!
Pero nada les funcionó: ni los chantajes, ni las mentiras, ni las llamadas al más alto nivel, ni las declaraciones a la prensa, nada, nada…
En noviembre de 2015cuando el presidente Enrique Peñaaceptó suscribir el Convenio 98 de la OITse hicieron las consultasa los sectores, a los sindicatos oficiales e independientes y al sector patronal. Éste último al pedirle su opinión se opuso y alegó lo de siempre: que se afectarían fuentes de trabajo, empleos y otros cuentos más. Por esa razón la ratificación se fue indebidamente a la congeladora del Senado, por la intervención patronal. Ahora dicen no saber nada del Convenio 98 y se desgarran las vestiduras como si fueran víctimas. Deberían ser más serios.
Basta revisar el dictamen que en su momento emitiera la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) sobre el Convenio 98 de la OIT. En la página 16 dice que cumplió con la obligación del Convenio 144 y realizó consultas a la CTM, CROC y UNT, COPARMEX, CONCAMIN, CCE, y CONCANACO-SERVYTUR, y Subsecretaría del Trabajo, Dirección General de Asuntos Jurídicos y Oficialía Mayor de la STPS, JFCA y TFCA.
En la página 37 dice que se tomaron en consideración las respuestas a las consultas realizadas a los interlocutores sociales, y aunque no dice cuál fue la respuesta a dicha consulta, en su dictamen la STPS recomienda la ratificación del convenio. Basta asomarse a esta dirección electrónica:
http://infosen.senado.gob.mx/sgsp/gaceta/64/1/2018-09-20-1/assets/documentos/Convenio_98_Ginebra_200918.pdf
También se ha dicho por algunos de los promotores del Convenio 98 de la OIT, que con el acuerdo, regresará el poder adquisitivo y el equilibrio de las fuerzas laboral y empresarial. Eso no es así. La aprobación del Convenio por sí misma no va a lograr una mejora en el poder adquisitivode los trabajadores, se requieren de otros factores no sololegalessi no también económicos: una reforma laboral que acabe de una vez por todas con los contratos colectivos de proteccióny las empresas outsourcing, que posibilitan el fraudeen contra de los asalariadosy laHacienda Pública. Se requiere de un nuevo modelo sindical que le dé poder a las asambleasy no a los líderes. Autoridades laborales con fortaleza, en materia de inspección y procuración de justicia.
Se requieren autoridades laborales con recursos económicos suficientespara hacer efectivas las reformas laborales, entre otros factores.
Las actuales juntas de Conciliacióny Arbitrajetienen un abandono de años y su situación es deplorable.
Tan solo la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje(JFCA)al mes de agosto de 2018 tenía ¡63,185 expedientes en dictamen!Si quisiera salir del rezago esa debilitada institución el siguiente año, en 2019, tendría que laudar¡288 expedientes diarios! Hecho que se ve imposible porque en el último periodo le han arrebatado 350 plazas ¡por un programa de austeridad!
Para impulsar los nuevos Tribunales Laborales adscritos al poder judicial de la federación y de los Estados ni siquiera hay presupuesto disponible. ¿Cómo queremos hacer avanzar los derechos de los trabajadoressi las instituciones que los pueden hacer operar están en una situación que dan lástima?
14 puntos relevantes del recién ratificado Convenio 98 de la OIT
- El convenio es «el que», falta «el cómo». Se requiere una eficiente legislación laboralque la pueda aplicar, y aún no se tiene.
- Se requiere prohibir el outsourcing para hacer operable el Convenio. La libertad sindical y de negociación se anula en ese tipo de empresas fraudulentas.
- Se requiere acabar con los contratos colectivos de protección actuales; para ello deberá exigirse el aval de los trabajadores para que tengan validez estos documentos.
- Para su entrada en vigor no basta su publicación en el Diario Oficial, que aún no ocurre.
- Se requiere que la ratificación del Convenio quede registrada por el Director General de la OIT, lo que aún no sucede. (artículo 8.1)
- Entrará en vigor doce meses después de la fecha en que haya sido registrada su ratificación. (artículo 8.3)
- Aporta nuevas obligaciones al Estado para que adopte todas las medidas necesarias para evitar se afecte la estabilidad en el empleo en el ejercicio de la libertad sindical.
- Le da una connotación especial a las medidas de protección contra la discriminaciónligadas al ejercicio de la libertad sindical y la conservación del empleo.
- Da una protección especial a quién ejerza actividades sindicalesfuera o dentro de los centros de trabajo.
- Fortalece la libertad sindical individual, para evitar que se sujete el empleode un trabajador a su preferencia sindical. Este punto puede dar motivo al debilitamiento de la libertad sindical colectiva en especial a los sindicatos que mantienen la clausula de exclusividad en la contratación ya que permitiría al patrón intervenir en desalentar la afiliación sindical. En otros países el Convenio 98 en este apartado, es un arma patronal.
- Considera inadmisible los actos de injerencia patronal que lleven a formar sindicatos bajo su control. Este punto es esencial para terminar con esa practica que afecta a la mayor parte de los sindicatos en el país, pero depende de una adecuada legislación laboral.
- Considera indispensable el Convenio que haya Instituciones u organismos públicos(inexistentes en la actualidad) que garanticen el pleno respeto al derecho de sindicalización.
- Fomenta la negociación voluntaria, que requiere de organizaciones sindicales fuertes para reglamentar condiciones de trabajo dignas mediante la contratación colectiva.
- El Convenio 98 será aplicable en todo tipo de empresas privadas, organismos descentralizados y organismos autónomos de la administración pública.
La ratificación del Convenio 98 de la OITpor parte del Senado de la República es un paso muy importante para democratizar las relaciones laborales en nuestro país. Faltan muchas acciones del Estado mexicano para lograr sus objetivos pero la decisión de los senadores para ratificar este Convenio es un motivo de felicitación para ellos.
De otros avatares
Es lamentable que el periódicoLa Jornada haya arrebatado de sus páginas el espacio de opinión que quincenalmente compartía con sus lectores el destacado abogado Arturo Alcalde Justiniani. Los directivos de ese diario se dan un tiro en el pie con esta medida y a la libertad de expresión también.
@Manuel_FuentesM| @OpinionLSR| @lasillarota
https://lasillarota.com/14-puntos-relevantes-del-convenio-98-de-la-oit/248829#.W6tgHnZwRLI.whatsapp
El convenio 98, su peso, atribuciones y la lección detrás de su aprobación

El autor de este artículo de opinión saca una lección política, y no laboral, de la ratificación por el Senado del Convenio 98 OIT. Según él, esta ratificación no significa necesariamente el fin de los contratos colectivos de protección. En su entender, son más bien las leyes secundarias pendientes de la Reforma Constitucional de 2017 que podrán significar el ocaso de la extorsión sindical y el auge de la representatividad y de la negociación colectiva proactiva.
Juan José Díaz Mirón S.*
24 de septiembre de 2018
Mientras los noticieros y amplias fracciones del Senado de la República pregonan el fin de los contratos colectivos de protección solo por haber ratificado el convenio 98 sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva de 1949, habrá que analizar objetivamente el contenido de dicho convenio (Tratado internacional ratificado ya por el Senado) y contrastarlo objetivamente con la realidad y coyuntura legislativa laboral a septiembre 2018. Al respecto cabe hacer las siguientes puntuales y objetivas observaciones:
- En ningún lugar y bajo ningún supuesto el citado convenio prohíbe, inhibe o siquiera menciona explícitamente la práctica de firmar contratos colectivos sin la aprobación de la mayoría o bien sin una justificación objetiva de la parte obrera.
- A mayor razón, si el convenio no menciona la práctica, mucho menos la prohíbe y por ende es la primera acotación objetiva que habremos de hacer.
- No perdamos de vista el “hecho” objetivo de que, dadas las circunstancias legales actuales y la mala praxis llevada a cabo por algunos sindicatos extorsionadores, la mayoría de los contratos colectivos de protección firmados el día de hoy en México, deben su naturaleza no a una practica para inhibir o coartar el derecho de los trabajadores sino mas bien, a una necesidad preventiva y protectora en contra de la extorsión, ergo: el nombre, contratos colectivos de protección. He de dejar claro que no todos los sindicatos son malos ni mucho menos extorsionadores, así como no todos los patrones son malos ni mucho menos explotadores de sus trabajadores.
- Lo que si contempla el convenio específicamente: “Los trabajadores deberán gozar de adecuada protección contra todo acto de discriminación tendiente a menoscabar la libertad sindical en relación con su empleo. Dicha protección deberá ejercerse especialmente contra todo acto que tenga por objeto: A. Sujetar el empleo de un trabajador a la condición de que se afilie a un sindicato o a la de dejar de ser miembro de un sindicato. Despedir a un trabajador o perjudicarlo en cualquier otra forma a causa de su afiliación sindical o de su participación en actividades sindicales fuera de las horas de trabajo o, con el consentimiento del empleador, durante las horas de trabajo. “
- Al respecto, cabe mencionar que desde el año 2000 se cuenta en México con jurisprudencia que prohíbe tajantemente lo anterior y promueve la libertad sindical en su sentido más amplio como bien es consagrado en los artículos 5º, 9º y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
- Aunado a lo anterior, hay que hacer alusión a la reforma Constitucional del 24 de febrero del 2017 (que también antecede la firma del citado convenio) mediante la cual, de forma aún mas tajante, con mucha más claridad legislativa y con mucho más peso jerárquico, se normó sobre la libertad sindical reformando la fracción XXII BIS del artículo 123 para sentar (ahí si) las bases del futuro del derecho colectivo en el país. Al respecto, se explicitóla libertad de negociación colectiva y los legítimos intereses de los trabajadores y patrones,así como la necesidad de garantizar la representatividad de las organizaciones sindicales y la certeza en la firma, registro y depósito de los contratos colectivos de trabajo.
A manera de conclusión, habrá que admitir quela reforma aludida en el último numeral, se adelantó en tiempo, congruencia y certeza a lo que pretenden hoy los noticieros y senadores del país, toda vez que el convenio por ningún lado o motivo tiene el peso o atribución que se le pretende dar. Aunado a ello, como gremio y como país, habremos de reconocer que nos encontramos en la antesala de la promulgación de una ley secundaria que tendrá que obedecer a los principios constitucionales dados desde febrero 2017.
Es por ello (y no por el convenio), que se espera no necesariamente el fin de los contratos colectivos de protección ni tampoco el inicio de las relaciones colectivas transparentes y representativas (ya que existen en gran medida y funcionan) sino más bien, el ocaso (ojalá) de la extorsión sindical y el auge de la representatividad y de la negociación colectiva proactiva.
Habremos de ser muy cautos e inteligentes para aprovechar estas negociaciones para pactar no solo en beneficio de los trabajadores sino más bien, en beneficio del aumento de la productividad y del bienestar generalizadotanto para los patrones como para los trabajadores. Habremos de reconocernos por fin, no como dos clases antagónicas sino más bien como sola una clase productiva y, solamente en tal virtud, podremos avanzar efectivamente en torno al trabajo productivo y justo en el país.
La verdadera lección detrás del convenio 98 sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva de 1949 no es laboral. Dicho convenio se aprobó después de tres años de no ser votado, mediante una abrumante votación de mas de 70 votos a favor y cero en contra con la mayoría de los senadores de morena y del PRI así como con la abstención de todos los del PAN (que no importó mucho). Nuestros ojos deberán estar puestos en esta realidad legislativa y mayoritaria y nuestra atención deberá estar puesta en las pautas que se están marcando. De nuevo,la lección no es laboral sino política.
*Juan José Díaz Mirón S. es socio del Bufete Díaz Mirón