Oaxaca: 90% de los procesos iniciados en la Junta de conciliación en Tuxtepec, son por despido injustificado

 
16 May, 2019
JUNTA-DE-CONCILIACIÓN-830x467.jpg
Hizo un llamado a los trabajadores para que acudan a la junta en caso de que sientan que violan sus derechos como trabajadores
Dora  Timoteo
Tuxtepec, Oaxaca.-  El Presidente de la Junta Especial de conciliación y Arbitraje en Tuxtepec, Farid Kuri Ahuja, señaló que en lo que va del año llevan alrededor  40 demandas presentadas y unos 50 convenios, y de los cuales un 90% de los procesos que se inician son por despido injustificado.
Dijo que esta es la causa principal por la cual acuden trabajadores ante la junta, en una mínima medida acuden por falta de material en sus empresas, o porque no les pagan de manera puntual, o bien porque en diciembre no reciben aguinaldo.
Al acudir a la junta, les dan la opción de que resuelvan todo de manera conciliatoria, y no inicien un juicio que podría ser un poco más tardado.
Así mismo señaló que el contrato escrito no es una obligación, y la mayoría de las empresas del municipio optan por el contrato verbal, sin embargo para evitar problemas en un futuro es recomendable que haya un contrato escrito en donde se especifique el monto a pagar, el puesto, la modalidad laboral, así como la jornada laboral.
Aunque no hay una cifra de las empresas que si ofrecen un contrato por escrito, al iniciar un juicio se percatan que no existe un contrato como tal, por lo tanto hizo un llamado a los trabajadores para que tengan en su poder todos los documentos relativos a sus trabajadores.
Hizo un llamado a los trabajadores para que acudan a la junta en caso de que consideren que están violando sus derechos como trabajadores.

http://www.tvbus.tv/web/2019/05/16/90-los-procesos-iniciados-en-la-junta-conciliacion-en-tuxtepec-despido-injustificado/

La reforma laboral en México: ¿qué sigue? (I) 

page1image1747168.jpg
 Esta es la primera parte de un detallado análisis sobre modificaciones en la legislación laboral de México 
por 
HÉCTOR GONZÁLEZ L., SANTIAGO MARVÁN U., HÉCTOR GONZÁLEZ G., NELSON GUERRERO R., EMILIO I. GARZÓN J. Y CRISTIAN J. LAMAS 
13/05/2019 
En una fecha simbólica, el 1 de mayo, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por virtud del cual se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de: la Ley Federal del Trabajo; la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; la Ley Federal de la Defensoría Pública; la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores; y de la Ley del Seguro Social, en materia de justicia laboral, libertad sindical y negociación colectiva mexicana. 
La reforma ha generado expectativas e incertidumbre por su condicionamiento frente al Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), el proceso legislativo y la poca participación del sector empresarial. 
A continuación, les dejamos la primera parte de un análisis de algunos de los puntos más importantes de estas modificaciones. 
Relaciones individuales de trabajo 
La estabilidad en el empleo sufrirá una transformación. Por un lado, la reforma prevé la posibilidad de que el patrón termine la relación de trabajo con (i) los empleados de confianza, (ii) aquellos de menos de un año de antigüedad, (iii) trabajadores del hogar, (iv) eventuales, o bien (v) aquellos que por razón de sus servicios estén en contacto directo y permanente con este. Esto se contemplará mediante la tramitación de un procedimiento paraprocesal, por virtud del cual depositará ante un tribunal laboral el importe de la indemnización correspondiente. 
En segundo término, la reforma establece que la negativa del despido y el ofrecimiento del empleo al trabajador no eximirá al patrón de probar su dicho. Esto quiere decir que el patrón deberá acreditar la inexistencia del despido, por lo que quedará en desuso el ofrecimiento del trabajo como una estrategia de defensa. 
Por otro lado, la falta de la entrega del aviso de rescisión ya no hace el despido injustificado por definición legal. Esta omisión solo presume la injustificación del despido, ya que admite prueba al contrario. Así, se abre la posibilidad de que, en juicio, se pueda probar la justificación del despido, a pesar de no haber entregado o notificado el aviso. 
Los trabajadores del hogar serán susceptibles de aseguramiento ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), bajo el régimen que las leyes de la materia expidan, por lo que dicho derecho no es exigible a la fecha. 
Sindicatos y contratación colectiva 
La reforma regula, exhaustivamente, la creación y administración de los sindicatos. El nuevo modelo se sustenta en la democracia y representatividad, procurando asegurar la libertad de negociación colectiva y los intereses de sus integrantes. Los sindicatos deberán cumplir con requisitos formales que demuestren procesos democráticos, transparencia en su gestión, administración de recursos y limitar sus actividades inherentes a los fines legales previstos. 
Las actividades y fines sindicales se regulan con mayor detalle. A partir de la reforma, podrán establecer y gestionar sociedades cooperativas y cajas de ahorro para sus afiliados. Estarán, sin embargo, expresamente impedidos, entre otras cosas, para participar en esquemas de evasión de contribuciones o incumplimiento de obligaciones patronales respecto a los trabajadores, o participar en actos de simulación asumiendo el carácter de patrón. 
De igual forma, se sancionan los actos de extorsión sindical, incluso con la cancelación de su registro. 
La contratación colectiva estará supeditada a la obtención de una constancia de representatividad. Esta constancia se tramitará ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral. Exige el apoyo del 30 % de los trabajadores del centro de trabajo en que aplicaría el contrato colectivo y tendrá una vigencia de seis meses. 
El ejercicio del derecho a huelga para solicitar la celebración de un contrato colectivo estará condicionado a la obtención de la constancia de representatividad. Para el registro de un contrato colectivo de trabajo o convenio de revisión, será necesario someter a votación de los trabajadores el contenido del mismo. 

https://www.lexlatin.com/opinion/la-reforma-laboral-en-mexico-que-sigue-i

Coahuila:  Despido injustificado ocupa 99% de los asuntos en JLCA


MIÉRCOLES 6 DE MARZO DE 2019
De éstos, el 70% de soluciona de manera pacífica
REDACCIÓN
El despido injustificado ocupa el 99 por ciento de los asuntos en la Junta Local de Conciliación y Arbitraje, de los cuales el 70 por ciento se solucionan de manera pacífica.
Un 99 por ciento de los asuntos que llegan a la Junta de Conciliación y Arbitraje, son por despidos injustificados, siendo así la principal causa que lleva a los parralenses a salir de sus trabajos, además un 70 por ciento de estos casos llega a solucionarse de manera pacífica, mencionó el titular de la Junta, José Manuel Ruiz Bugarini.
El año pasado alrededor de 375 personas acudieron a la Junta, de las cuales el 99 por ciento fueron por despidos injustificados; esta cifra se mantiene estable, ya que en lo que va del año acuden un estimado de 25 personas cada mes. Por lo cual, el titular de la JLCA dice que hay bastante estabilidad laboral en la ciudad.
El encargado explicó que las razones por las cuales existen los despidos son muy variables, ya que van desde malos entendidos por parte del trabajador-patrón y viceversa, de la misma forma que por el simple abandono de la fuente de trabajo.
Parral ocupa, por obvias razones, el cuarto lugar a nivel estado por cuestiones de este tipo, ya que se encuentra por detrás de Ciudad Juárez, Chihuahua y Delicias; éstas ciudades concentran mayor cantidad de empresas.
La mayoría de los casos se soluciona de manera pacífica, alrededor del 70 por ciento de los casos, mencionó el encargado, que esto se debe a que la Junta de Conciliación y Arbitraje auxilia e interviene para ambas partes; además en la mayoría de los casos el patrón y el trabajador tiene voluntad conciliatoria.

https://www.elsoldeparral.com.mx/local/despido-injustificado-ocupa-99-de-los-asuntos-en-jlca-3148453.html

Tras 15 años, aún no se resuelve caso contra Siete Leguas


FABIOLA PÉREZ-CANEDO / EL SIGLO DE TORREÓN GÓMEZ PALACIO, DGO, sábado 02 de marzo 2019,
Tras más de 10 amparos y cerca de 15 años de litigio, aún no se resuelve el caso en contra de la empresa Siete Leguas que se ventila en la Junta Local de Conciliación y Arbitraje de Gómez Palacio. El abogado indicó que se trató de pagar a la trabajadora con miles de pantalones.
Antonio Palacios Ramírez, abogado, explicó que se hizo un embargo en cumplimiento del laudo después de muchos años de juicio en contra de la maquiladora por el despido injustificado de una trabajadora, por lo que se ha acumulado cerca de un millón y medio de pesos en salarios caídos.
«No se ha visto ninguna disposición de las autoridades del trabajo ni del gobierno del estado, menos de la empresa, ha habido acercamientos con los abogados, pero dicen que no están en condiciones de terminar con el asunto», explicó, «a la trabajadora le quisieron pagar con pantalones pero son de marca extranjera y no tienen el mismo precio a nivel nacional, y podría tener problemas con el fisco si los quisiera vender».
Señaló que se ha buscado la atención de las autoridades competentes en este sentido, partiendo del gobernador, la Secretaría del Trabajo en el estado, la JLCA, los inspectores del trabajo y a quien corresponda, a fin de lograr un acercamiento y una solución adecuada para ambas partes.
«No obstante el tiempo que ha transcurrido, no queremos que nos den hasta el último peso, pero que tampoco nos paguen con espejitos, porque la trabajadora ha soportado todo el tiempo que ha transcurrido y hemos recurrido, mínimo a ocho o 10 amparos buscando e insistiendo que se pueda solucionar este problema», expresó.
Dijo que el juicio data de la Ley anterior laboralmente vigente, por lo que la indemnización de la trabajadora se ha acumulado. El abogado indicó que existen muchas anomalías en términos de la demora que se tiene para que exista un laudo, además de que se ha cambiado en varias ocasiones de presidente en la Junta Local de Conciliación y Arbitraje.
«Estamos esperando un par de días, pues si ya no hay una solución, vamos a recurrir a Derechos Humanos», dijo, «estamos pidiendo una cosa justa, por eso cada amparo que hemos pedido se nos ha otorgado, los presidentes que han estado en la Junta han acomodado la constancia del juicio para dar apoyo a la parte patronal», finalizó.

https://www.elsiglodetorreon.com.mx/noticia/1552233.tras-15-anos-aun-no-se-resuelve-caso-contra-siete-leguas.html

Tabasco: Atora la corrupción conflictos laborales

Compran patrones voluntad de abogados y de la JCyA. La mitad de los pleitos los pierden trabajadores.
Redacción – Tabasco HOY
463574_grande_iYLQp0gx.jpg
(Foto: TH)
La JCyA debe garantizar transparencia en los conflictos laborales.
12/12/2018 05:06 / Centro, Tabasco
La corrupción entre despachos de defensa laboral, patrones y la Junta de Conciliación y Arbitraje(JCyA) es una de las principales causas por las que se atoran los conflictos laborales en Tabasco, y llevan a que no haya justicia para los trabajadores.
Cifras del INEGI y el sector patronal coinciden en que Tabasco se encuentra entre las cinco entidades con mayor cantidad de conflictos laborales, con un promedio de 17 mil durante el 2017.
Señala que en el país los conflictos individuales y colectivos de trabajo registraron una disminución de 1.5 por ciento con respecto al 2016, al pasar de 233 mil 036 a 229 mil 464.
De ese total, la Ciudad de México encabeza con el 14.1 por ciento; Jalisco, el 10.6%; Nuevo León, 7.8%; Tabasco, 7.4%; Guanajuato, 7.0%; Estado de México, 5.8%; Chihuahua, 4.9%; Sonora, 4.8%, y Coahuila, con el 4.4%.
Del total de conflictos, 8 mil 738, el 51.4 por ciento se solucionaron por convenios, mientras que el resto, unos 8 mil 262, el 48.6 por ciento, queda atorado o se desiste el trabajador.
«Los despachos de abogados muchas veces se coluden con los patrones y la propia JCyA, lo que causa que el trabajador desista o que el conflicto laboral se atore», señaló Enrique García, del despacho García y Co.
«Cuando la demanda laboral es por mucho miles de pesos, el patrón compra al litigante, e incluso a los empleados de la Junta», aseguró.
Por su parte, Edgar Monroy, director de la Coparmex Tabasco, dijo que el aumento de los conflictos laborales se debe a que las empresas despiden a sus empleados sin una liquidación adecuada, o de manera injustificada.
El Inegi señala que el 92.9 por ciento de los conflictos individuales tuvieron como motivo la demanda por despido injustificado, y que de cada 100 conflictos, 38 reclamaron la indemnización de ley, y 16 la prima de antigüedad.
CONVENIOS SIN JUICIO 
Cabe señalar que además a nivel nacional en el 2017 hubo un total de 533 mil 082 convenios fuera de juicio; es decir, que no llegaron a la Junta de Conciliación. De las entidades con mayor número está Tabasco, con el 5%, que hace un total de 26 mil 654 casos.

https://www.tabascohoy.com/nota/463574/atora-la-corrupcion-conflictos-laborales