Sindicatos tendrán que ir a democracia: Alcalde


La Secretaria del Trabajo y Previsión Social, Luisa María Alcalde, dijo en entrevista para La Silla Roja, que con la reforma laboral los trabajadores dirán sí o no a un contrato colectivo y sindicato, además de que se reduce la posibilidad de tener huelgas como las de Matamoros.
La reforma laboral que aprobaron los diputados y está por pasar el filtro del Senado, obligará a los sindicatos de Pemex, CFE, IMSS y otros, a abrirse a la democracia, ya que la Ley Federal del Trabajo (LFT)establece el voto personal, libre y secreto para que las negociaciones colectivas cuenten con el respaldo de los trabajadores, afirmó Luisa María Alcalde.
La titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) aseguró que en el gobierno del presidente Andrés Manuel López Obrador no se controlarán sindicatos ni se “copiará” el esquema del anterior régimen, en quelos sindicatos eran un brazo político del partido en el gobierno, por el contrario, afirmó que la reforma garantiza libertad y procesos democráticos.
“La idea es que haya democracia en todos lados, incluyendo estos sindicatos, esta reforma es para el Apartado A de la Constitución (sector privado), no aplica para la CNTE o SNTE, pero sí para Pemex, para la CFE y el IMSS, pero lo interesante es eso, no se había permitido quelos trabajadores dijeran sí o no a este sindicato o contrato”, dijo.
Entrevistada en el programa‘La Silla Roja’, de El Financiero Bloomberg TV,consideró que la reforma laboral servirá para terminar con prácticas ‘viejas’ donde el sindicalismo mexicano decía que el presidente es el “primer obrero del país” o como escenarios de más huelgas en el país, como sucedió al inicio de este año en Matamoros en empresas maquiladoras.
“Siempre la huelga será un derecho, es un arma que tienen los trabajadores para presionar, siempre estará ahí, pero con la reforma laboral se reduce la posibilidad de tener huelgas como las de Matamorosporque el hecho de tener representaciones sindicales más auténticas, garantizan el diálogo y que no se tenga que llegar a la huelga”, expuso.
La titular de STPS dijo que con la reforma a la LFTse evitarán extorsiones sindicales, ya que los trabajadores serán los que decidan si quieren o no pertenecer a determinado sindicato, o bien, si están de acuerdo en los términos del contrato colectivo de trabajo.
“Lejos de tener riesgos, lo que habrá es una negociación colectiva auténtica que nos va a traer diálogo y productividad. El contrato colectivo es el corazón de las relaciones laborales y se perdió su importancia”, afirmó.
Alcalde Luján rechazó que con la nueva reforma haya proliferación de sindicatos en una misma empresa, que es una de las principales preocupaciones del sector empresarial.
“No hay que confundir el hecho de que haya varios sindicatos, será un solo sindicato el que tendrá la titularidad del contrato colectivo. Ha habido confusión pero el contrato no podrá estar firmado con 3 o 4 sindicatos. Solo aquel sindicato que ostente la mayoría de trabajadores con un recuento es el que va a tener la titularidad del contrato”, dijo.
Fin a sindicatos blancos
La funcionaria dijo que la reforma ‘acaba’ con los sindicatos blancos o llamados de protección patronal, “va a tener que haber necesariamente ese acercamiento con los trabajadores porque vas a requerir su respaldo, el sindicato no podrá firmar un contrato colectivo si no tiene el respaldo de los trabajadores, eso va a revitalizar la vida sindical”.
Alcalde mencionó que la democratización de los sindicatos es uno de los tres pilares de la reforma laboral. Los otros dos son, en primer lugar, un cambio “radical” en el sistema de impartición de justicia laboral para pasar de juntas de conciliación y arbitraje a tribunales laborales. En segundo, la creación del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, que se encargará de la conciliación previa a los juicios y del registro de sindicatos y contratos colectivos.

https://www.elfinanciero.com.mx/economia/sindicatos-tendran-que-ir-a-democracia-alcalde

En ASPA no estamos conformes con el modelo laboral vigente: Rafael Díaz Covarrubias

  • Los pilotos aviadores de la mayoría de las líneas aéreas del país padecen de los contratos de protección patronal leoninos

El secretario general de la Asociación Sindical de Pilotos Aviadores de México (ASPA) y Presidente Colegiado de la Unión Nacional de Trabajadores (UNT), Rafael Díaz Covarrubias, destacó que la impartición de justicia estará en manos de tribunales laborales dependientes del Poder Judicial. “Ya no se impondrá la voluntad del Ejecutivo local o federal”.Busca hacer realidad una negociación colectiva en la que los trabajadores intervengan mediante su voto personal, libre y secreto, sobre la decisión de su dirigencia sindical y la firma del contrato colectivo de trabajo.  Foto: Cámara de Diputados

 En la  Asociación Sindical de Pilotos Aviadores de México, ASPA, desde su surgimiento, hace 60 años, se practican los valores y principios que señala nuestra norma constitucional, “pero ello no quiere decir que estemos conformes con el modelo laboral vigente, ya que, como la mayoría de los trabajadores de México, somos testigos y de alguna manera víctimas del contratismo de protección, que los pilotos aviadores de la mayoría de las líneas aéreas del país padecen”, dijo Rafael Díaz Covarrubias Secretario General ASPA, en la audiencia pública para la reforma laboral del 27 de febrero 2019 Derecho colectivo, convocada por la Comisión de Trabajo y Previsión Social de la Cámara de Diputados, LXIV Legislatura. 
Díaz Covarrubias destacó que la reforma Constitucional en materia de justicia laboral del 24 de febrero de 2017 permiteque la impartición de justicia esté en manos de tribunales laborales dependientes de los Poderes Judiciales y no de las Juntas de Conciliación y Arbitraje, que con excusa del tripartismo imponen la voluntad del Poder Ejecutivo federal o local.
En segundo lugar, busca hacer realidad una negociación colectiva auténtica, en la que los trabajadores intervengan mediante su voto personal, libre y secreto, tanto de los procesos electorales en los conflictos entre sindicatos, como en la decisión sobre la firma de un contrato colectivo de trabajo. “Todos sabemos del brutal cáncer de los contratos de protección, firmados a espaldas de los trabajadores” dijo.

A continuación, la intervención de Rafael Díaz Covarrubias, Secretario General de la Asociación Sindical de Pilotos Aviadores de México, ASPA en la audiencia pública de la Reforma Laboral, del 27 de febrero de 2019, en la Mesa número dos en la que se abordaron cuatro temas: Derecho de asociación y negociación colectiva; Voto secreto y democracia sindical; Transparencia y rendición de cuentas en los sindicatos y Contratación colectiva.
Antes que nada, deseamos expresar nuestro reconocimiento a la Comisión de Trabajo y Previsión Social por la realización de este foro, que tiene como tarea fundamental la reglamentación de la reforma constitucional de febrero de 2017.
Nos permiten, en primer término, que la impartición de justicia esté en manos de tribunales laborales dependientes de los Poderes Judiciales y no de las Juntas de Conciliación y  Arbitraje, que con excusa del tripartismo imponen la voluntad del Poder Ejecutivo federal o local.
En segundo lugar, busca hacer realidad una negociación colectiva auténtica, en la que los trabajadores intervengan mediante su voto personal, libre y secreto, tanto de los procesos electorales en los conflictos entre sindicatos, como en la decisión sobre la firma de un contrato colectivo de trabajo. Todos sabemos del brutal cáncer de los contratos de protección, firmados a espaldas de los trabajadores.
En lo que se refiere a la vida democrática interna, en ASPA desde nuestro surgimiento hace más de 60 años, practicamos la vida democrática en todas sus etapas. Elegimos a nuestros representantes a través del voto personal directo, libre y secreto. Rendimos cuenta cabal de cada centavo que recibimos de los afiliados y de las empresas. Decidimos en la asamblea todo el proceso de la negociación colectiva, incluyendo la elaboración del pliego de peticiones, la integración de la comisión negociadora y aprobamos la negociación final, incluyendo si se estalla la huelga o no.
En ASPA se puede decir que se practican desde nuestro surgimiento los valores y principios que señala nuestra norma constitucional, pero ello no quiere decir que estemos conformes con el modelo laboral vigente, ya que, como la mayoría de los trabajadores de México, somos testigos y de alguna manera víctimas del contratismo de protección, ya que los pilotos aviadores de la mayoría de las líneas aéreas del país padecen de los contratos de protección patronal leoninos, producto de una decisión unilateral de las empresas aéreas que antes de iniciar operaciones escogieron el sindicato de su preferencia, sin consultar a los trabajadores, les impusieron condiciones de trabajo y a toda costa les impiden su derecho de afiliarse al sindicato de su preferencia.
En muchos eventos internacionales se nos plantea la interrogante de que cómo es posible que el patrón firmara los contratos colectivos con un sindicato que no conoce ni los pilotos, ni los sobrecargos, ni los trabajadores de tierra. Les explicamos que ello era parte de un sistema político, corporativo, autoritario, que imponía el control empresarial de los patrones para impedir las reformas salariales e imponer un modelo de trabajo basado en la mano de obra barata.
Cuando los pilotos de una línea aérea han querido afiliarse se les impide alegando la autoridad que no tienen ese derecho, puesto que el contrato colectivo fue firmado con un sindicato nacional de industria que agremia tanto pilotos, como sobrecargos y personal de tierra.
Se plantea en lo absurdo de que permitir a los pilotos afiliarse a ASPA debilitaría el contrato colectivo impuesto por el patrón, una verdadera ironía, esto es un gran engaño, porque como todo el mundo los pilotos desean asociarse con los pilotos.
Nos interesa, señores, diputadas y diputados, que haya una debida comprensión sobre las características especiales de cada profesión que priva en el sector aéreo. Las tripulaciones aeronáuticas que incluyen solamente pilotos y sobrecargos se encuentran dentro de un capítulo especial de la Ley Federal de Trabajo.
Tenemos jornadas de vuelo y de servicio, descaso en base y fuera de base, adiestramientos periódicos obligatorios, exámenes médicos y psicológicos permanentes, obligaciones especiales e incluso causales de separación más estrictas que el resto de los trabajadores. Nuestra actividad es de alta especialidad y exige una entrega absoluta, en virtud de que se protege como un valor fundamental de las operaciones aeronáuticas en las que intervenimos, la seguridad de los pasajeros y del entorno geográfico.
En nuestra experiencia ha sido un verdadero calvario el que los pilotos y sobrecargos podamos afiliarnos a los sindicatos de nuestra especialidad, que es el de nuestra preferencia. Obviamente, los pilotos de otras aerolíneas aéreas buscan incorporarse a ASPA, no solo porque somos una organización democrática, sino porque hemos desarrollado al correr de los años un sólido esquema de protección social que incluye seguros de diversos tipos acorde a nuestra condición profesional y riesgos exclusivos de nuestra actividad.
Tenemos limitaciones en nuestra edad y cualquier deficiencia física o mental puede ser motivo de la pérdida de la licencia de piloto. También contamos con un consolidado fondo de ahorro que coadyuva a esquemas de retiro más favorables.
A nivel internacional pertenecemos a las organizaciones gremiales especializadas de pilotos aviadores regional y mundial, pero no sólo en el ámbito sindical sino también en cuestiones de seguridad aérea.
Con nuestras empresas somos un factor positivo de mejora en el servicio y en su desarrollo competitivo. Entendemos claramente que una empresa consolidada y competitiva en el 
mercado es un elemento clave para la permanencia de nuestros empleos y del progreso de nuestra vida personal, familiar y profesional.
A pesar de todo ello, se impide a toda costa que los aviadores de las aerolíneas puedan optar libremente por el sindicato de su preferencia. Hacerlo ha significado riesgos, desgastes, despidos y múltiples formas de represión. Nos hemos visto obligados a acudir a las denuncias internacionales ante la OIT y ante organismos regionales de derechos humanos.
Todo ello a pesar de que el artículo 1388 en su fracción III dice que sí se puede disputar la titularidad de un sindicato gremial a un sindicato de industria, y el artículo 1389 señala qué pasaría en caso de ganarse. A pesar de esta disposición, se nos ha impedido el derecho a que los pilotos accedan por vía de la firma o la titularidad agremiarse con sus pares de profesión.
A partir de los principios de la reforma constitucional de febrero de 2017 y de la aplicación de los convenios internacionales de la OIT, Convenio 87 y Convenio 98, así como la indebida interpretación que se ha dado a esta norma, en las iniciativas presentadas por el Partido Morena se contempla adicionar el artículo 245 Bis al Capítulo de Tripulaciones Aeronáuticas con el siguiente texto que dice que la existencia de un contrato colectivo de trabajo que abarque a la totalidad de trabajadores no será impedimento para que coexista con otro pacto sindical celebrado con un sindicato gremial de pilotos o sobrecargos, si la mayoría de los trabajadores de la misma profesión manifiestan su voto a favor del sindicato gremial.
Esto quiere decir que si los pilotos quieren estar con los pilotos y los sobrecargos quieren estar con los sobrecargos, esa es la petición que nosotros estamos haciendo.
Se considera de manera errónea que esta reforma legislativa es riesgosa porque permite que haya varios contratos colectivos en una empresa. Ello es equivocado en virtud de que la situación de las tripulaciones aeronáuticas es excepcional, ya que nuestros sindicatos son de carácter gremial y esta diferenciación no es aplicable a otros centros laborables, sino tan solo a este trabajo especial cuyas condiciones de trabajo y características con propias y no se comparten con el resto de los trabajadores.
Confiamos plenamente en que esta Legislatura aprobará este proyecto de reforma que constituye una simple aclaración de la ley para garantizar que la libertad de la asociación y de la contratación colectiva responsable, sea una realidad en nuestro país. Muchas gracias.
 

Ley secundaria en materia laboral pondrá al país en una nueva era


NOTIMEX 21.02.2019 – 17:16H 
La discusión de la ley secundaria en materia de justicia laboral, pondrá al país en la antesala de una de las transformaciones de mayor calado desde la promulgación del Artículo 123 de la Constitución, afirmó Luisa María Alcalde Luján, secretaria del Trabajo y Previsión Social (STPS).
Ante el director general de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), Guy Ryder, dirigentes de confederaciones sindicales y empresariales, estableció que esta transformación tiene que caminar de la mano del diálogo social y productivo.
En el auditorio Jaime Torres Bodet, del Museo Nacional de Antropología e Historia, la funcionaria apuntó que en la STPS se tiene claro que para tener más y mejor empleo debe haber crecimiento económico, lo cual implica fortalecer la certidumbre entre los inversionistas nacionales y extranjeros.
Manifestó que el Estado de derecho será una realidad, y que por ende la impartición de justicia laboral tendrá que ser imparcial y eficiente; que las negociaciones para elevar los salarios favorezcan la mejora de la productividad y la competitividad de las empresas.
En el marco de la firma del Acuerdo Tripartita por el Trabajo Decente, que tuvo como testigos de honor a Guy Rider, director general de la OIT, y a Antonio Molpeceres, coordinador Residente del Sistema de Naciones Unidas, Alcalde Luján apuntó que México demuestra su capacidad de poner por delante la unidad, de construir puentes y derribar muros.
Sostuvo que este acuerdo no debe ser visto solamente como una carta de buenas intenciones, porque adoptarán el plan de acción con el mayor de los compromisos para cumplirlo y traducirlo en programas de gobierno y políticas públicas monitoreables y evaluables.
Aclaró que no hay futuro digno para el trabajo sin el fortalecimiento de los sindicatos, organizaciones que deben jugar un papel protagónico para elevar los ingresos y mejorar las condiciones laborales de sus agremiados a través de la negociación colectiva.
A diferencia del pasado, el gobierno ya no promoverá sindicatos ni líderes y serán solamente los trabajadores, quienes decidan con plena libertad quiénes serán sus representantes, porque se tomará en serio el Convenio 87 de la OIT, dijo, al destacar que el futuro ya inició con la ratificación del Convenio 98 de la OIT sobre libre sindicación y negociación colectiva auténtica.
Hizo notar que es turno ahora de la construcción de consensos en el Poder Legislativo para armonizar las leyes secundarias en materia de justicia laboral con la reforma constitucional aprobada en febrero de 2017.
Asimismo, señaló que con este evento se inauguran en México los festejos por el primer centenario de la OIT, organización que a nivel global conmina a hacer un alto en el camino e imaginar cómo puede ser el futuro del trabajo que queremos.
Consideró que el futuro del trabajo debe considerar que la automatización, la inteligencia artificial y la robotización, no representan necesariamente una amenaza para la estabilidad en el empleo, sino que pueden acarrear beneficios para los trabajadores y el desarrollo social.
También externó que el futuro del trabajo se escribe en femenino y con igual remuneración, por lo que es inadmisible que en el Siglo XXI esta situación siga siendo una demanda y no una realidad, pues a nivel mundial la brecha salarial de género se sitúa en 23 por ciento y según la ONU, de seguir así, se necesitarían otros 68 años para igualar los salarios entre hombres y mujeres.
Expresó que en México el futuro del trabajo será de la juventud y en se sentido destacó el programa Jóvenes Construyendo el Futuro, que es una inversión estratégica tanto para prepararlos con las destrezas, habilidades y competencias que requerirán para insertarse de mejor manera en los trabajos del futuro, como para edificar una sociedad más incluyente y cohesionada.
Además, resaltó que el futuro que se quiere para el trabajo, está ligado a la formalidad y al goce de derechos universales, por lo que hay que ser creativos para hallar modalidades de seguridad social ante un mundo del trabajo cada vez más cambiante y versátil.

https://www.20minutos.com.mx/noticia/483642/0/ley-secundaria-en-materia-laboral-pondra-al-pais-en-una-nueva-era/

 
 

Iniciativa para transformar el mundo del trabajo 


28/12/2018 
La iniciativa presentada ante la Cámara de Diputados en materia de justicia y democracia sindical es un elemento clave para enfrentar los enormes pendientes que en esta materia subsisten en nuestro país. 
Dicha reforma es producto de varias piezas de un rompecabezas que, en su conjunto, forman un punto de quiebre con un modelo laboral basado en el control, la opacidad y la falta de democracia. 
El primer elemento en el que se basa esta iniciativa son los cambios constitucionales aprobados en febrero de 2017, cuyas leyes reglamentarias quedaron para después. Otro elemento es la rati^cación del Convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo, por el cual México se comprometió a fomentar la negociación colectiva auténtica y la libre sindicalización. Finalmente, la iniciativa responde a los compromisos asumidos por México en el reciente acuerdo comercial T-MEC. 
La iniciativa es producto de un amplio proceso de participación no sólo de organizaciones sindicales y empresariales sino también de académicos, especialistas, abogados laborales, integrantes del poder judicial y autoridades en esta rama del derecho. ¿En qué consisten y por qué son tan relevantes estos cambios en puerta? Señalemos cinco razones clave. 
1. Democracia en el trabajo. Así como los ciudadanos eligen libremente a sus autoridades, ahora también los trabajadores elegirán a sus dirigentes por voto personal, libre, directo y secreto. Sus representantes tendrán que sujetarse constantemente a la rendición de cuentas, principalmente cuando renueven los términos de los contratos colectivos. Así, la reforma contribuirá a devolver el poder del sindicato a sus aliados. 
2. Contratos colectivos genuinos. La reforma rescata la negociación colectiva de la simulación y la corrupción, propios de los contratos de protección, para que los acuerdos entre trabajadores y empleadores comiencen a girar en torno a mejorar la productividad y las condiciones laborales. 
3. Se crea un órgano autónomo para la conciliación y el registro de sindicatos y contratos colectivos. Uno de los mecanismos de control político de los pasados gobiernos consistía en que el Poder Ejecutivo entregaba o negaba el 
registro a un sindicato bajo criterios discrecionales: a los leales, lo concedía; a los disidentes, lo negaba. Para asegurar la libertad sindical, el registro quedará a cargo de un órgano autónomo e imparcial. 
4. Justicia laboral. Tribunales laborales adscritos al Poder Judicial sustituirán a las Juntas de Conciliación y Arbitraje. Al independizar la justicia laboral de la órbita del Poder Ejecutivo, finalmente se corrige una anomalía que perduró durante muchos años. En adelante, el proceso será predominantemente oral y más expedito, en presencia de un juez en las audiencias. 
5. Eliminación de la extorsión por sindicatos fantasmas. 
Una práctica que ha agobiado a los empresarios es el constante chantaje de siglas sindicales que utilizan el emplazamiento a huelga como medio de extorsión sin contar con representación alguna. En la iniciativa se exige acreditar previamente dicha representación y se establecen distintos mecanismos para evitar estas prácticas. 
Sabemos que quedan varios pendientes de la agenda laboral, entre ellos el abuso de la subcontratación y el régimen laboral burocrático. Concluida esta tarea, tenemos la responsabilidad de abrir espacios de diálogo en relación con estos temas fundamentales. Aprovechemos esta oportunidad histórica. 
Secretaria del Trabajo y Previsión Social 

https://www.eluniversal.com.mx/articulo/luisa-maria-alcalde/nacion/iniciativa-para-transformar-el-mundo-del-trabajo

Buscan reforma laboral previa a T-MEC


Agencia Reforma
Jesús Seade indicó que el Congreso debe aprobar una reforma laboral sobre libertad sindical antes de fin de año, previo al inicio del T-MEC.
Jesús Seade, representante del Presidente Electo, Andrés Manuel López Obrador, en las negociaciones del Tratado Comercial México, Estados Unidos y Canadá, indicó que el Congreso tiene que aprobar una reforma laboral sobre libertad sindical antes de fin de año.
Indicó que en los anexos del capítulo laboral se acordó la obligación de México a realizar la reforma laboral previo a la entrada en vigor del acuerdo.
«Inicialmente se había pensado que se hiciera todo eso antes de la primera firma del Tratado, que es el próximo 30 de noviembre, en Argentina, pero quedó claro que era algo muy forzado; entonces, se dio un mes de plazo, de buena fe», dijo en la Cámara de Diputados.
Detalló que se dará la firma por parte de los Ejecutivos de los tres países como un primer paso para avalar el tratado y luego de eso vendrá la ratificación en los respectivos Congresos.
En ese lapso, en lo que se da la ratificación, se tendrá que avalar la reforma laboral en materia de democracia y transparencia sindical, mencionó.
Tras participar en el foro «Perspectivas para el mundo laboral: tareas legislativas pendientes y nuevo tratado comercial México-Estados Unidos-Canadá», Seade Kuri indicó que las eventuales reformas laborales son cambios que México quiere realizar y que no se están imponiendo.
Explicó que son compromisos que acordaron en la negociación, en consulta con la Secretaría del Trabajo y en particular con la próxima titular, Luisa María Alcalde.
«Es un paso enorme para México, me llena de orgullo. Nos apalancamos con el Tratado y que bueno.
«Hay disposiciones que hemos empujado y se tienen que pasar, no es un llamado (a los legisladores) es un diálogo para que haya completa apreciación de los temas y cómo encajan con la dinámica de un México nuevo», dijo.
El compromiso, explicó, es que a fin de año se aprueben.
Arturo Alcalde, abogado laborista y padre de la futura secretaria del Trabajo, detalló que las reformas laborales que deben estar listas antes de fin de año se refieren al reconocimiento de la democracia sindical y la transparencia en la elección de dirigentes.
También se prevé legislar sobre crear bases multilaterales para resolver controversias laborales y mecanismos para que todos los contratos colectivos sean ratificados en no más de 4 años.
Además, se debe establecer que la revisión salarial debe ser consultada con los trabajadores para evitar contratos de protección laboral, precisó.
«Los liderazgos sindicales basados en la simulación van a desaparecer y se dará una negociación colectiva auténtica«, comentó.

http://www.zocalo.com.mx/reforma/detail/buscan-reforma-laboral-previa-a-t-mec

Alcances de la ratificación del convenio 98 de la OIT


Carlos de Buen
Dados los rumores y la información distorsionada que ha surgido, conviene precisar qué dice y qué no dice el Convenio 98 de la OIT que México no había ratificado.
El 20 de septiembre de 2018 el senado de la República ratificó el Convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva, que data de 1949 y es uno de los ocho “convenios fundamentales” de la Organización, el único de ellos que México no había ratificado.
Conforme a las reformas de 2011 al artículo 1ro. constitucional, los tratados internacionales sobre derechos humanos ratificados por México están al mismo nivel de la Constitución por lo que, siendo la sindicación y la negociación colectiva derechos humanos, el Convenio 98 está por encima de la Ley Federal del Trabajo (LFT).
Lo cierto, sin embargo, es que las reglas de la Ley no contradicen al Convenio 98 por lo que el cambio fundamental es el compromiso de México en favor de la libertad sindical y de una negociación colectiva auténtica.
Dados los rumores y la información distorsionada que ha surgido, conviene precisar qué dice y qué no dice este Convenio:

  1. Prohíbe condicionar el ingreso de un trabajador a que no se afilie a un sindicato o a que salga del mismo. En consecuencia, no prohíbe la llamada “cláusula de exclusión por ingreso” o “cláusula de admisión” contemplada en el artículo 395 de la LFT que permite pactar en los contratos colectivos de trabajo (CCT) que el patrón admita exclusivamente a los trabajadores que sean miembros del sindicato contratante.

Un patrón no puede rechazar a un trabajador por pertenecer a un sindicato, pero si puede quedar obligado a admitir solo a quienes formen parte del sindicato con el que celebró el CCT si así lo dispone el propio contrato.

  1. Prohíbe despedir o perjudicar de cualquier forma a un trabajador por ser miembro de un sindicato o por participar en actividades sindicales, sin importar si la empresa tiene CCT o si se trata o no del sindicato titular de dicho contrato.

En sentido estricto, tampoco prohíbe incluir en los CCT la “cláusula de exclusión por separación” por la que el patrón se obliga a separar a los trabajadores que renuncian o son expulsados del sindicato contratante, la cual estaba expresamente permitida en el segundo párrafo del artículo 395 de la LFT, que fue derogado en 2012. Sin embargo, el párrafo se suprimió, pero la cláusula no se prohibió por lo que, bajo el principio de que los particulares podemos hacer lo que la ley no nos prohíbe, esta cláusula puede conservar su validez.
No obstante, en una tesis aislada de 2011 la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucional esta cláusula por estimar que transgrede la libertad de trabajo que establece el artículo 5to constitucional, el derecho de asociación que consagra su artículo 9no y la libertad sindical que contempla su artículo 123, 2 apartado A, fracción XVI. No es una jurisprudencia y por ello no obliga a los tribunales, pero es un precedente importante.

  1. Protege a los sindicatos de trabajadores de cualquier injerencia de los patrones y considera como actos de injerencia los que buscan que el patrón controle a los sindicatos de sus trabajadores, lo que es una práctica común en México a través de los llamados “contratos colectivos de trabajo de protección patronal”. En sentido estricto no agrega nada nuevo ya que el artículo 357 de la LFT dispone que cualquier injerencia indebida debe ser sancionada.
  2. Obliga a fomentar la sindicalización y la negociación colectiva, derechos ambos reconocidos en el artículo 123 constitucional.

Como se puede observar, la ratificación del Convenio 98 implica un cambio más simbólico que real, pero establece un compromiso serio del país para respetar y fomentar los derechos de asociación profesional y de negociación colectiva, lo que es contrario a la muy difundida práctica de los contratos de protección que siempre han sido ilegales, pero que hasta ahora fueron tolerados por las autoridades.
Es importante precisar que las quejas que en lo futuro se presenten ante el Comité de Libertad Sindical de la OIT por violaciones a estos derechos, podrán fundarse en el Convenio 98 y no solo en el 87 que está vigente en México desde 1951.
La ratificación del Convenio 98 implica un cambio más simbólico que real, pero establece un compromiso serio del país para respetar y fomentar los derechos de asociación profesional y de negociación colectiva, lo que es contrario a la muy difundida práctica de los contratos de protección que siempre han sido ilegales, pero que hasta ahora fueron tolerados por las autoridades
Siguen los requisitos que establece la LFT para constituir sindicatos de trabajadores, entre ellos el reunir a veinte trabajadores en servicio activo, así como el modelo de negociación que reconoce al sindicato mayoritario como el único titular del CCT, por lo que es absolutamente falso que vayan a surgir sindicatos como si fueran hormigas, que los patrones tengan que negociar con varios sindicatos a la vez y que vayan a aumentar las extorsiones de quienes emplazan a huelga sin representar a los trabajadores.
Lo que si puede y debe ocurrir es que se extingan los sindicatos controlados por los patrones junto con los contratos de protección. Finalmente cabe agregar que el convenio 98 no entrará en vigor en nuestro país sino hasta un año después de que la OIT registre la ratificación de México, de acuerdo con lo que dispone su artículo 8.

https://www.arenapublica.com/opinion/carlos-de-buen/2018/09/21/13722/alcances-de-la-ratificacion-del-convenio-98-de-la-oit?amp&__twitter_impression=true