
VIERNES 3 DE MAYO DE 2019
Aprendí el Derecho del Trabajo en la teoría, con el libro “Derecho Mexicano del Trabajo” del Maestro Mario de la Cueva. Abrevé, como la mayoría de estudiosos de la materia, en esta rama del Derecho Social, y entendí claramente su función: “Proteger la dignidad de los trabajadores”.
Este Derecho es el más humano, es el Derecho para vivir, tan solo comparado con el Familiar, en cuanto a las relaciones entre las personas por lazos consanguíneos o políticos. Pero aún más, en cuanto a que su finalidad es la Justicia social, ya que la Justicia Civilista basada en el Derecho Romano, establece en la definición de Ulpiano, “es la constante y perpetua voluntad de dar a cada quien lo que le pertenece”, indicando un criterio patrimonialista, mientras que la Justicia Social como la conceptuara Carlos Marx “es la constante y perpetua voluntad de dar a cada quien la satisfacción de sus necesidades”.
El artículo 123 de la Constitución de 1917, ante el azoro de los estudiosos de la materia a nivel mundial, elevó por primera vez los Derechos Sociales de los Trabajadores a nivel Constitucional, adelantándose en dos años a la Constitución de Weimar y logrando con ello una protección fundamental y necesaria para el trabajador al considerar que el trabajo no es un artículo de comercio y exige dignidad y respeto para quien lo realiza.
El 18 de agosto de 1931, siendo Presidente de la Republica el Ingeniero Pascual Ortiz Rubio, se promulgó la primera ley Federal del Trabajo en México. Posteriormente en 1970, el primero de mayo, con Gustavo Díaz Ordaz como Presidente se instaura la modernidad en la materia y se establece una clara distancia entre el contrato de origen civilista con la teoría alemana de Erich Mollitor, de la relación de trabajo. En 1980, con José López Portillo se da una reforma procesal a la ley, principalmente con la formalización del despido, y en el año 2012 con Felipe Calderón se instaura plenamente el concepto economicista en nuestro Derecho y la intrusión de los llamados “contratos precarios” el outsourcing y el abaratamiento del despido y la inclusión de los intereses mercantilistas en la materia laboral, acabando, en mi concepto, con los principios de “estabilidad en el empleo” y “la Justicia Social”.
Hoy, a partir del primero de mayo y siendo Presidente Andrés Manuel López Obrador se inicia un nuevo paradigma en la justicia laboral con la desaparición de las juntas de Conciliación y Arbitraje y la creación de los juzgados unitarios de lo laboral, dependiendo ya no del poder ejecutivo, sino del poder judicial, tanto a nivel federal como en los estados, rigiéndose por los principios de legalidad, imparcialidad, informalidad, inmediación, publicidad y oralidad, privilegiándose la conciliación de los conflictos a través de un órgano nuevo de carácter autónomo que se llamará “Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral”, que también registrará los contratos colectivos y a los sindicatos.
Esta es una transformación trascendental en la reglas del juego laboral. Si bien con Peña Nieto ya se había incluido el 24 de febrero del 2017 la llamada “Reforma a la Justicia Laboral”, ahora se concreta en la ley reglamentaria y se introduce plenamente el espíritu del Convenio 98 de la OIT, por el cual se privilegia la libertad sindical y la libre negociación colectiva, lo que abre la puerta a un nuevo “activismo sindical” que solo puede compararse a lo vivido en los años 30 con Lázaro Cárdenas, sometiendo a enorme presión la relaciones de los líderes gremiales con sus bases y de los empresarios con sus trabajadores.
Estamos pues, ante un nuevo paradigma laboral que a todos nos obliga a estudiarlo.
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México necesita transformarse y lo tiene que hacer con un nuevo paradigma laboral: Senadora Lucía Meza

15 de marzo de 2019
Por: Gabino Jiménez
En la inauguración del Foro Reforma Laboral para Todos. Justicia para el Desarrollo. Para dar a conocer las principales propuestas del Observatorio Ciudadano de la Reforma Laboral y sus impactos en el proceso productivo y los derechos laborales de la clase trabajadora. La senadora Lucía Meza Guzmán afirmó que “La cadena productiva no debe estar peleada con los derechos colectivos de los trabajadores debe ser una sinergía del desarrollo social y del crecimiento individual”
La legisladora del Grupo Parlamentario de Morena, señaló que la reforma constitucional de febrero de 2017, el Convenio 98 de la OIT y el Anexo 23 del Tratado Comercial entre México, Estados Unidos y Canadá, así como la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública deben ser instrumentos reguladores, no sólo para garantizar el acceso de la justicia independiente e imparcial, sino también debe asegurar el libre y pleno ejercicio de los derechos colectivos de los trabajadores, para generar un nuevo paradigma laboral que posibilite, por un lado, que el mercado de trabajo vuelva a ser un factor de inclusión social en lugar de un factor generador de pobreza y desigualdad, por otro lado que genere desarrollo y bienestar social.
Este nuevo paradigma laboral implica la revitalización de los sindicatos y la negociación colectiva como instrumentos de construcción de concensos entre el trabajo y el capital, en aras de mejorar los salarios y las condiciones laborales y dejando atrás la unilateralidad.
Se tiene la necesidad de avanzar hacia una nueva estrategia competitiva sustentada en el incremento de la productividad y la distribución equitativa de los ingresos, visiones que deberán ser compatibles con una auténtica representación sindical. Esto sólo será posible con la fuerza de los trabajadores organizados, bien representados, porque ha sido evidente que muchas organizaciones y distintos líderes sindicales sólo buscan mantener sus estructuras de poder y privilegios en contra de los derechos supremos de la clase trabajadora.
México necesita transformarse y lo tiene que hacer con un nuevo paradigma laboral en el que todos ganen y en éste se genere un equilibrio entre el capital, la productividad, la utilidad, el salario y el derecho laboral.
Este tema es fundamental para el desarrollo del país, concluyó.