La reforma aprobada adicionó el artículo 3 Bis estableciendo la definición de hostigamiento y acoso sexual en las que además señala las sanciones a las personas que cometan estas conductas.
Marisol Velázquez
20 de abril de 2019, 11:56
De acuerdo con la reforma laboral aprobada por la Cámara de Diputados el pasado 11 de abril, la iniciativa busca garantizar un ambiente libre de discriminación y violencia así como implementar protocolos para prevenir la discriminación por género y atender los casos de violencia y acoso sexual.
Según el informe Mujer, Empresa y el Derecho 2018 del Banco Mundial en 104 economías, las mujeres todavía no pueden trabajar en determinados empleos por el simple hecho de ser mujeres y en 59 economías, no hay ninguna ley sobre acoso sexual en el lugar de trabajo.
El documento señala que si bien los movimientos #YoTambien en América Latina y #MeToo en los Estados Unidos han puesto en evidencia la prevalencia del acoso y la violencia sexual en el lugar de trabajo, en muchos lugares las mujeres no cuentan con protección legal y prevalece la brecha salarial entre hombres y mujeres.
El dictamen de reforma laboral puntualiza que México también ha adoptado instrumentos internacionales que protegen los derechos laborales de las mujeres que abarcan la Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH) Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW) y los convenios 100 , sobre igualdad de remuneración, 111 sobre la discriminación en el empleo y ocupación, 156 de trabajadores con responsabilidades familiares y 183 de protección a la maternidad de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
La reforma aprobada adicionó el artículo 3 Bis estableciendo la definición de hostigamiento y acoso sexual en las que además señala las sanciones a las personas que cometan estas conductas.
De acuerdo con el artículo 994 en el décimo octavo capítulo de Procedimiento Especial del dictamen se establece una multa entre 21,122 a los 422,450 pesos a los patrones que realicen o permitan actos de hostigamiento sexual y discriminación en contra de sus trabajadores.
La Organización Internacional del Trabajo define el acoso laboral como la acción verbal o psicológica de índole sistemática, repetida o persistente por la que, en el lugar de trabajo o en conexión con el trabajo, una persona o un grupo de personas hiere a una víctima, la humilla, ofende o amedrenta.
El acoso laboral puede representarse a través de insultos, sobrecarga de trabajo, intimidaciones, dificultad para el desarrollo laboral, brecha salarial, entre otras.
Como otro instrumento para prevenir el acoso y discriminación laboral se encuentra la Norma Mexicana en Igualdad Laboral y No Discriminación en la que participan el Instituto de las Mujeres (Inmujeres), Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) y el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred) que reconoce a los centros de trabajo que cuentan con prácticas en materia de igualdad laboral y no discriminación, para favorecer el desarrollo integral de las y los trabajadores.
Tienen como ejes principales ejes la incorporación de la perspectiva de género y no discriminación en los procesos de reclutamiento, selección, movilidad y capacitación, garantizar la igualdad salarial, implementar acciones para prevenir y atender la violencia laboral y realizar acciones de corresponsabilidad entre la vida laboral, familiar y personal de sus trabajadoras y trabajadores.
Etiqueta: perspectiva de género
Privilegia derechos humanos

Manuel Baldenebro dice que la reforma laboral tiene perspectiva de género
El diputado del PES cree que el trabajador obtendrá certezas ante sus patrones.FOTO: CUARTOSCURO
POR HERALDO DE MÉXICO ABRIL 10, 2019
La nueva Reforma Laboral que se analiza en San Lázaro privilegia el respeto a los derechos humanos y a la perspectiva de género, para evitar la discriminación de los trabajadores por su preferencia sexual o por acoso; ahora podrán acudir a tribunales especializados en la materia para resolver este tipo de conflictos.
En entrevista con El Heraldo de México, el diputado Manuel de Jesús Baldenebro detalló que ahora casos de acoso sexual no irán a una mesa de negociación, de los Centros de Conciliación que se instalarán en los estados para dirimir los conflictos laborales.
“En el tema de derechos humanos, discriminación, problema de género y acoso sexual no tienen necesidad de ir a la conciliación, pasan directo con el juez. No tienen por qué verle la cara al que le estaba hostigando”, afirmó el legislador.
Para el próximo año, expuso, se tiene programado el presupuesto para los nuevos tribunales laborales, que iniciarán en el noroeste del país porque hay menos conflictos laborales.
“Hoy por hoy en un tema de conflicto sindical se violentan todos tus derechos al emitir un dictamen que te sanciona. En estos casos, el mismo líder sindical te quita el derecho de audiencia, te sanciona y despoja de tus los derechos laborales. Así, impide tu derecho constitucional al debido proceso, a ser citado, escuchado y ser vencido en juicio”, explicó el diputado del PES.
Manuel de Jesús Baldenebro detalló que reforma laboral de 2013 incluye el tema de los derechos humanos, pero falta capacitación de los jueces en materia laboral para desahogar estos temas.
Si hay una falta al debido proceso, es falta a un derecho constitucional y por lo tanto un juez debe otorgar un amparo federal, afirmó.
“Si vas a un juez de distrito reclamando tu derecho constitucional dice que no es materia de él, que es materia laboral, y es materia de derechos humanos, y los jueces no están acostumbrados a verlo porque en materia laboral no miran los derechos humanos. Y Si hubo una falta al debido proceso un juez federal me debería dar un amparo, un amparo federal dice no, es que los amparos son contra una institución, contra un juez, contra un ministerio público”, señaló.
También dijo que la Reforma Laboral permitirá acabar con los largos litigios que solo beneficiaban a los abogados.
“Entre más largo el proceso, ganaba más el abogado, y las Juntas de Conciliación y Arbitraje atascadas de demandas de cosas que no eran tangibles para la empresa y que el trabajador no quería pelear”, expuso.
Outsourcing para después
El legislador señaló que en otro momento se analizará el tema de las outsourcing, para cumplir con la aprobación de ésta reforma los acuerdos con el gobierno estadounidense para firma del Tratado de México-Estados Unidos-Canadá.
“El outsourcing es un enemigo de los trabajadores, les da chamba, pero les quita su derecho y evade muchos impuestos. Es enemigo de los trabajadores y del gobierno, que en los huecos se estableció y nos perjudica”, expresó.
En este momento, dijo, hay presiones de sindicatos charros y empresas que utilizaban sindicatos fantasmas y el incluir el monstruo del outsourcing sería echarse un enemigo más.
Por Rosa Elena Soto y Nayeli Cortés
https://heraldodemexico.com.mx/pais/privilegia-derechos-humanos/
Demandan sindicalista una reforma laboral con perspectiva de género

Igualdad de oportunidades, igualdad sustantiva y no discriminación, piden
Lizbeth Álvarez
SemMéxico, Cd. De México, 19 abril 2018.- Trabajadoras sindicalizadas del país demandaron respeto y protección a sus derechos laborales, contratación colectiva, justicia laboral, igualdad sustantiva, representación paritaria, igualdad de oportunidades, no discriminación, no violencia laboral ni sexual.
Lo anterior, lo manifestaron en el Senado de la República, acompañadas de las senadoras Martha Angélica Tagle Martínez y Angélica de la Peña Gómez, quienes les abrieron un espacio en el recinto para manifestar su inconformidad.
Mencionaron que en el 2011, la Reforma a la Ley Laboral significó un grave retroceso a los derechos de las y los trabajadores, aun cuando la misma haya incluido en sus principios generales el derecho al trabajo decente, la igualdad sustantiva y la prohibición del acoso y el hostigamiento sexual.
Dijeron que a raíz de la Reforma Constitucional en los artículos 107 y 123 publicados en el Diario Oficial de la Federación, el 24 de febrero de 2017, senadores del PRI presentaron una iniciativa de Reforma a la Ley del Trabajo que profundiza aún más la precarización del trabajo, reduce la representativa y el poder de negociación de los sindicatos, legaliza los contratos de protección patronal, vulnera el derecho a huelga e incorpora procedimientos que dificultan el acceso a la justicia laboral.
Aseguraron que las propuestas soslayan la realidad laboral en que se encuentran las trabajadoras; exigieron a las y los legisladores que la ley secundaria laboral derivada de la Reforma Constitucional garantice:
-Acceso a la justicia laboral pronta y expedita, con un enfoque de derechos humanos y perspectiva de género, a fin de erradicar los prejuicios sexistas.
-El derecho a la estabilidad laboral y a la libre sindicalización, tal como lo establece la OIT.
-La participación proporcional y efectiva de las trabajadoras en la celebración de contratos colectivos y en la elección de dirigentes sindicales, así como incorporar en los estatus sindicales mecanismos efectivos de igualdad de oportunidades y no discriminación para las mujeres, a fin de lograr la igualdad sustantiva.
-El derecho de huelga por violación de los derechos colectivos contemplados en los contratos de trabajo, previa consulta a las y los trabajadores, a través del voto libre personal y secreto para hacer efectivos los principios de transparencia y legalidad.
-A las trabajadoras, que los caso de acoso y hostigamiento sexual no sean materia de conciliación.
Expresaron que si lo anterior no se cumple, cualquier reforma laboral estará incompleta y perpetuará las desigualdades históricas que existen entre mujeres y hombres en el mundo del trabajo.
Los sindicatos que convocaron a esta rueda de prensa fue la Organización que integra la Campaña de Trabajo Digno de las Mujeres, Campaña Reforma Laboral para Todos, Sindicato de Telefonistas de la República Mexicana, Sindicato de Trabajadores de la Universidad Nacional Autónoma de México, Sindicato de Trabajadores del Instituto de Educación Media Superior del Distrito Federal, Red de Trabajadoras de la Educación, Red de Mujeres Sindicalistas, Sindicato Nacional de Trabajadores del Instituto del Petróleo, entre otros.
SEM/la/sj
http://semmexico.com/gallery-post.php?id=4575
“Por una reforma laboral con perspectiva de género”

A los y las Senadoras de la LXIII (sexagésima tercera) Legislatura
A los medios de comunicación
A los y las trabajadoras
En 2011, la Reforma a la Ley Laboral significó un grave retroceso a los derechos de los y las trabajadoras de este país, aun cuando la misma haya incluido en sus principios generales el derecho al trabajo decente, la igualdad sustantiva y la prohibición del acoso y el hostigamiento sexuales.
A raíz de la Reforma Constitucional en los Artículos 107 y 123 publicada en el Diario Oficial de la Federación, el 24 de febrero de 2017, Senadores del PRI, representantes de CROC y CTM presentaron una iniciativa de Reforma a la Ley Federal del Trabajo que profundiza aún más la precarización del trabajo, reduce la representatividad y el poder de negociación de los sindicatos, legaliza los contratos de protección patronal, vulnera el derecho a huelga e incorpora procedimientos que dificultan el acceso a la justicia laboral.
Estas propuestas soslayan la realidad laboral en que nos encontramos las trabajadoras; nuestra exigencia a los y las legisladoras de la LXIII (sexagésima tercera) Legislatura, es que la ley secundaria laboral derivada de la Reforma Constitucional garantice:
- Acceso a la justicia laboral pronta y expedita, con un enfoque de derechos humanos y perspectiva de género, a fin de erradicar los prejuicios sexistas, en donde la carga de la prueba corresponderá al patrón.
- El derecho a la estabilidad laboral y a la libre sindicalización, tal como lo establece la OIT.
- La participación proporcional y efectiva de las trabajadoras en la celebración de contratos colectivos y en la elección de dirigencias sindicales, así como incorporar en los estatutos sindicales mecanismos efectivos de igualdad de oportunidades y no discriminación para las trabajadoras, a fin de lograr la igualdad sustantiva.
- El derecho de huelga por violación de los derechos colectivos contemplados en los contratos de trabajo, previa consulta a los y las trabajadoras, a través del voto libre personal y secreto para hacer efectivos los principios de trasparencia y legalidad.
- La Conciliación con base en las condiciones de trabajo que enfrentan las trabajadoras de discriminación y segregación, que menoscaban sus derechos. Este proceso debe salvaguardar el estándar más alto en derechos humanos y laborales.
- A las trabajadoras, que los casos de acoso y hostigamiento sexuales, NO SEAN MATERIA DE CONCILIACIÓN.
- La instancia conciliatoria este integrada por personal con conocimientos y experiencia probada en el enfoque de derechos humanos, perspectiva de género y política pública.
- Paridad en la integración de la terna que se presente al Senado para la elección de la persona titular del Organismo Público Descentralizado.
Las trabajadoras demandamos el respeto y protección de nuestros derechos laborales: estabilidad laboral, contratación colectiva, justicia laboral, igualdad sustantiva, representatividad paritaria, igualdad de oportunidades, no discriminación, no violencia laboral ni sexual.
Exigimos que la ley secundaria en materia laboral derivada de la reforma constitucional sea sometida a consulta y revisión e integre los estándares más altos contenidos en Convenios y Tratados Internacionales como lo establecen:
- Artículo 1º Constitucional “todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en la Carta Magna y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano es parte”;
- Artículo 4º, establece que hombres y mujeres son iguales ante la ley.
- Convenios fundamentales de la Organización Internacional del Trabajo (OIT),
- Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW),
- Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer «Convención DeBelém Do Pará”,
- Ley General por una Vida Libre de Violencia para las Mujeres, y
- Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Si lo anterior no se cumple, cualquier reforma laboral estará incompleta y perpetuará las desigualdades históricas que existen entre mujeres y hombres en el mundo del trabajo.
Convocan esta rueda de prensa:
Senadora Martha Tagle
Vicepresidencia de Género de la UNT
Organizaciones que integran la Campaña de Trabajo Digno de las Mujeres
Sindicato de Telefonistas de la República Mexicana
Sindicato de Trabajadores de la Universidad Nacional Autónoma de México
Sindicato de Trabajadores del Instituto de Educación Media Superior del Distrito Federal
Red de Trabajadoras de la Educación
Red de Mujeres Sindicalistas
Sindicato Nacional de Trabajadores del Instituto Mexicano del Petróleo