La reforma laboral que necesita México

Por: Farid Barquet Climent *

*Participación en el Foro Reforma Laboral para Todos. Desafíos sindicales en la industria automotriz. Efectuado el 25 de mayo de 2018, en Puebla, en el Sindicato Independiente de Trabajadores de la Industria Automotriz Volkswagen (SITIAVW)
Tenemos pendiente de instrumentar una reforma constitucional y tenemos pendiente que se apruebe una reforma a la Ley Federal del Trabajo y que haya subsecuentes modificaciones en las entidades de la República.
Me parece que en esto, si algún actor tiene que ser un actor activo, y son precisamente los sindicatos y sobre todo los sindicatos con una larga historia de independencia y democratización como es el caso de éste sindicato (SITIAVW).
No podemos ser ingenuos. Durante prácticamente 100 años el artículo 123 constitucional se mantuvo sin reformas. La gran reforma que se hizo al artículo 123 fue para crearle a su interior un régimen de excepción como es el Apartado B para darle un tratamiento a los trabadores burocráticos que fuera, como lo es, favorecedor de las dependencias públicas, en tanto patrones.
Después de eso tuvimos algunas modificaciones instrumentales, pero prácticamente ninguna reforma sustantiva a la Constitución, en un artículo icónico, como fue el del Constituyente de Querétaro, el 123.
Esta reforma, entonces, por qué llegó? Porque en los años del pináculo del neoliberalismo al constituyente le entró la sensibilidad laboral, o porque hay una genuina preocupación sobre la estructura productiva del país por parte del gobierno. Como lo afirma el maestro Héctor Barba, se trató de poner a México en consonancia con directrices de política internacional que iban a quedar plasmadas en la Alianza Transpacífico y que hoy están gravitando en la renegociación del Tratado de Libre Comercio, que además toca de manera muy directa a la industria automotriz de la que ustedes participan.
Creo que este sindicato, como en general debiera ser con la sindicación en la industria automotriz del país, no podemos seguir anclando la competitividad de la fuerza laboral de la industria en bajos salarios. No puede ser esa la ventaja competitiva del trabajador mexicano frente a sus pares de otros países.
Ya bien lo dijo el maestro Barba, se puede ser competitivo teniendo conquistas plasmadas en contrato colectivo que se traduzcan en mejores prestaciones, que se traduzcan en alzas salariales, que no nada más persigan la inflación y que guarden proporción con las ganancias y con los beneficios de la producción generada por la empresa y por la industria.
Hay una forma distinta de ser competitivos con remuneraciones dignas, con condiciones de trabajo satisfactorias, sobre todo con remuneraciones que sean proporcionales a la calidad del trabajo empeñado. Hay una forma distinta de ser competitivos.
Por eso es muy importante lo que se juega nuestro país en la reforma constitucional en materia de contratación colectiva. Lo decía el maestro Barba, la Alianza Transpacífico es el telón de fondo de reformas a la productividad laboral mexicana. Y, efectivamente lo es.
Al respecto quisiera detenerme en dos aspectos. Ya se habló aquí del flagelo que supone el contratismo de protección, esta simulación para darle vuelta a una genuina interlocución entre trabajadores organizados y empresa.
El órgano reformador de la Constitución, léase el presidente de la República presentando una iniciativa que fue finalmente aprobada por el Congreso de la Unión y por las legislaturas de los estados, planteó que para evitar este flagelo, para evitar que se siguiera expandiendo el contratismo de protección, se previera lo que conocemos en la agenda sindical como el recuento previo, que en vez de tener una presunción de representatividad, es decir, en vez de asumir que un sindicato por el sólo hecho de emplazar se refuta representativo, lo que planteó la iniciativa de reforma constitucional, es que ese sindicato, para emplazar a huelga, para firma o para, eventualmente, revisión de contrato colectivo, tuviera que acreditar desde el momento de ese emplazamiento, contar con representatividad al interior de la empresa.
Esto en principio parece razonable, porque el diseño actual que refuta como representativo al sindicato por el sólo hecho de serlo. Pensemos en los sindicatos de industria, en los sindicatos blancos, en los sindicatos charros, se valen de esa presunción para estar emplazando a mansalva, están subvirtiendo el propósito real y genuino de la contratación colectiva.
Entonces, cuál es el dique que intenta poner la reforma constitucional? Que tengan que acreditar primero que tienen interés profesional y que verdaderamente tienen la fuerza de agremiación en la empresa.
Ahora bien. Ahí viene un gran escollo. Qué entendemos por representatividad. A mí me parece que la intención, en principio, podemos calificarla de positiva, creemos que puede tener un efecto benigno para acabar con estas simulaciones, con esta mentira de contratación colectiva que son los contratos de protección.
Pero si ese requisito de representatividad, que además no nos dice nada la reforma constitucional, no nos dice si va a ser uno por ciento, cinco por ciento, 50 por ciento, 75 por ciento, no nos dice nada, no nos dice cuántos trabajadores de la empresa tendrán que considerarse como representativos para entonces sí darle trámite a un emplazamiento. No nos dice nada.
Cuál es el riesgo de todo esto, que tenemos que esperar a que los tribunales tengan que pronunciarse en casos concretos para ir viendo qué entendemos por representatividad. Qué lo digan los jueces del Poder Judicial de la Federación, si no es que la Suprema Corte.
Pero lo peligroso de esto puede ser que en la reforma a la ley, es decir, en esa ley reglamentaria que va a tener que secundar supuestamente los propósitos de la reforma constitucional, corremos el riesgo que esa representatividad sea definida de una manera excesivamente gravosa para los trabajadores.
Pongo un ejemplo. Quizá estoy llevándolo al extremo absurdo, que se considere representatividad al 75 por ciento, tres cuartas partes de los trabajadores.
Yo quiero creer que un sindicato germinal, un sindicato en ciernes, no puede reunir esa cantidad de agremiados cuando apenas está iniciando. Es decir, so pretexto de acabar con los contratos de protección podemos estar matando de raíz al sindicalismo y esto puede ser muy delicado.
Me parece que aquí los sindicatos tienen que tomar postura, tienen que detectar estos vacíos que pueden ser llenados por el legislador de una manera desfavorecedora para las organizaciones de los trabajadores, que es a través de las cuales los trabajadores ejercen sus derechos de asociación, que son derechos fundamentales.
Los derechos de asociación previstos en todas las cartas constitucionales de las democracias contemporáneas previenen derechos de asociación en favor de las personas.
El derecho de asociación por antonomasia es formar partidos políticos y poder participar de la toma de decisiones que atañen a todo mundo, pero otra vía es la sindicación, es el derecho de asociación que está reservado a los trabajadores en tanto trabajadores, ya no solo como ciudadanos sino como trabajadores.
Entonces, por un lado somos un país que está viviendo un proceso electoral, donde se concentra la atención pública porque hay, además, una considerable inversión de recursos, pero resulta que en la otra vía, el derecho de asociación que es el sindicalismo podemos sufrir una regresión, y creo que estamos llamados a evitarla y a detectar y tomar acciones para impedir que se pongan obstáculos tanto a la libre asociación como a la genuina negociación de los contratos colectivos.
El licenciado José Arturo Blázquez aludía al vicio, permítaseme la expresión, de constitucionalidad y de legalidad que podría tener una iniciativa en un estado de la República que llegara a aprobarse sin que exista una legislación reglamentaria.
Como sabemos, en materia de trabajo no tiene atribuciones ningún congreso de los estados. La Ley Federal del Trabajo en realidad debería llamarse Ley General del Trabajo. Les está vedado a los estados de la República legislar en materia de trabajo.
Los derechos y obligaciones de trabajadores y patrones solo los puede dictar legislativamente el Congreso de la Unión.
Lo que sí puede hacer, incluso por mandato constitucional, tiene que hacer el legislador, incluso el constituyente Poblano o de cualquier otro estado de la República, es tomar en cuenta qué mandato constitucional hay y empatarlo en la esfera competencial de sus estados, para efectos de la creación de una nueva institución, que es la que se va a encargar ahora tanto de la conciliación en asuntos individuales, con el intento de que también puedan intervenir en asuntos colectivos.
Yo quiero compartirles mi opinión en relación con esta modificación a la reforma constitucional que prevé un nuevo organismo de naturaleza descentralizada, pero de alcance nacional y que va a concentrar ahora todos los asuntos a nivel nacional que tenga que ver con registros sindicales, tomas de nota, depósitos de contratos colectivos.
En primer lugar, yo no comparto, no estoy de acuerdo con esta figura de registro sindical, me parece que es un obstáculo a la libre asociación de los trabajadores, les impone el requisito de contar con un aval de autoridad para formar organizaciones que en principio debieran depender sólo de su voluntad de agremiarse y de reunirse.
Pero en vista de que no sólo no hay ninguna intención de quitar el registro sindical de nuestro orden jurídico, sino de preservarlo e inclusive prevén un nuevo organismo para tenerlo como atribución, me parece que esta reforma puede ser en algún sentido peligrosa.
Por un lado, puede entenderse como una reforma virtuosa a la reforma constitucional, porque centraliza en un organismo a nivel nacional lo que desde aquella sentencia de la Suprema Corte que dijo que los gobiernos estatales podían otorgar registros nacionales vía juntas de conciliación y arbitraje, generó una “explosión” de registros sindicales, muchos de los cuales son sindicatos de fachada, sindicatos que no tienen una vida efectiva.
Y, por un lado puede parecer bien que hay que poner orden. Para decirlo de manera muy clara. Si los gobernadores hicieron un desastre, empezaron a componer este desastre. Pero me preocupa que en aras de poner orden, de darle a los gobernadores esa atribución de dar o negar los registros sindicales, el problema es que ahora habrá una híper concentración de esta atribución como nunca la ha habido en la historia de México.
Entre 1970 y 2012, todo lo que duró la vigencia de la Ley Federal del Trabajo original del primero de mayo de 1970, ni siquiera el presidente de la República tiene esa atribución. Ya sabemos que era un sistema político de partido hegemónico donde los gobernadores estaban supeditados a la voluntad del presidente, pero ni siquiera en esos años, normativamente, hubo un organismo que monopolizara todos los registros sindicales. Entonces me pregunto, si llega un presidente de la República que tenga una mayoría consensual o sea un control sobre el Congreso, va a decidir quién va a ser el titular de ese organismo, y entonces ahora sí, no va a haber escapatoria, o estás con el presidente y gozas de sus simpatías o no vas a tener registro sindical.
Es decir, me parece que potencialmente la reforma constitucional va a acrecentar el poder y el control gubernamental sobre los sindicatos. Este me parece que es un aspecto que hay que cuestionar.
Hay que cuestionar también la forma de integración de éste nuevo organismo. Dice la iniciativa de los senadores priistas de la CTM y de la CROC, que ese organismo tendrá en su junta de gobierno a representantes sectoriales, por un lado esas centrales obreras van a monopolizar esa representación en el nuevo instituto y lo hará también el sindicato patronal que todos conocemos.
La pregunta es si esas centrales por vía de esa supuesta integración tripartita se va a pronunciar sobre registros sindicales? No va a haber sindicatos adversarios que puedan entrar a la pista sindical. Es decir, aquí el tripartismo puede tener una de sus peores caras, contenedoras de la libertad sindical en lugar de fomentarla como debiera ser.
Por último, quisiera hacer una exhortación. El Sindicato de Volkswagen no necesitó esperar a la reforma de 2012, que a golpe de jurisprudencia tuvo que ceder y prever el voto libre y secreto al interior de los sindicatos, ni de efectos de recuento, ni de titularidad, ni de elección de directivas sindicales. Ustedes se lo dieron a sí mismos.
Que mejor que hacer valer, usar, esas disposiciones democráticas de su estatuto para vivificar realmente el debate sindical.
Yo celebro que a esto se avoque la academia sindical del SITIAVW con el apoyo de la Fundación Friedrich Ebert, porque solamente con trabajadores participativos es como realmente va a cambiar la arena sindical. No hay un interés del gobierno de cambiar el estatus quo, no hay un interés del empresariado nacional por cambiar el estatus quo, no hay un interés del sindicalismo parásito que se ha beneficiado de este estado de cosas.
Quiénes pueden ser lo que tengan interés en que avance la democratización de los sindicatos, aunque se avance en milímetros y de retrocesos en kilómetros: las organizaciones de trabajadores que históricamente ha hecho valer y defendido sus derechos de participación al interior de sus propias organizaciones y de llevar además a cabo un trabajo político legítimo que trascienda las fronteras de su sindicato y de su empresa.
Gracias

Héctor Barba García: La iniciativa de reforma en materia de justicia laboral de la UNT *


Por: Reformalaboralparatodos.mx
25 de mayo de 2018
Puebla, Puebla.
Advierto que está aquí la mayoría del Congreso General del Sindicato Independiente de Trabajadores de la Industria Automotriz Volkswagn (SITIAVW).
Entre todos hemos construido en la rama automotriz, sin discusión alguna, el mejor contrato colectivo de trabajo, prestaciones, salarios y condiciones de trabajo en el área automotriz y es una actividad que a ustedes los distingue como un sindicato eminentemente democrático, participativo y representativo de los trabajadores.
Antecedentes de la reforma constitucional en materia de justicia laboral.
Sin duda esta reforma es la más importante en los 100 años de vigencia de la Constitución en materia laboral.
Para llegar a estos resultados, ustedes desde el Sindicato de Volkswagen ingresaron desde el origen en 1997 a la Unión Nacional de Trabajadores, que es sin duda, la organización más representativa de los trabajadores libres y democráticos de éste país, y que ha adquirido una gran relevancia internacional por sus acciones defensivas del conjunto de la clase trabajadora.
Desde la UNT en 2002, en 2010 y en 2012, presentamos conjuntamente con el Partido de la Revolución Democrática iniciativas de reforma a la Ley Federal del Trabajo, pero también a la Constitución en materia laboral.
Y si ustedes ven el contexto de esas iniciativas advertirán que nosotros lo planteamos desde hace más de 15 años.
Cómo lo logramos? Una conjunción de fuerzas extraordinarias que se generó por:

  1. las acciones ante la Organización Internacional del Trabajo, en donde en el ámbito de la defensa de la libertad sindical y la negociación colectiva, planteamos muchas veces, con mucho vigor, que había que acabar con un cáncer en lo trabajadores de México: Contratos Colectivos de Protección Patronal.

 

  1. En México hay más de 50 millones de trabajadores y de ellos sólo una parte mínima está sindicalizada y de éstos la mayoría está      sindicalizada en falsos sindicatos en donde se firman Contratos      Colectivos de Protección Patronal, para impedir contrataciones   colectivas reales y para impedir la sindicalización real.

Lo que va a destruir esta reforma constitucional es ese esquema vigente falso que ha impedido el progreso nacional con justicia social.
Otros elementos que influyen son los que están en el Tratado Transpacífico que planteaban la necesidad de que México cambiara su esquema laboral que se ha distinguido por el corporativismo sindical, que significa el control de los trabajadores para impedir que ejerzan sus derechos de libertad sindical y contratación colectiva auténtica y mantener un sistema salarial de los más bajos del mundo.
Es una vergüenza que en nuestro país tengamos un salario mínimo de los más bajos del mundo.
El salario mínimo en México representa cuatro dólares al día, cantidad que un jornalero en Estados Unidos los gana en 20 minutos de trabajo. Esto ha impedido el progreso nacional con justicia social y que tiene calificado al país, en el ámbito internacional, como un país que ejerce competencia desleal y dumping laboral.
Es el sistema de control corporativo que impide el desarrollo de los trabajadores aunque vean condiciones justas y equitativas en el resultados de la producción y los servicios.
Esta reforma constitucional es la más importante, pero qué está pasando con ella?
Toda reforma constitucional requiere reglamentación en las leyes secundarias.
Hay un proceso de reglamentación a las leyes secundarias en donde el estado mexicano estaba obligado a convocar a todas las fuerzas representativas, tanto de los trabajadores, como de los patrones a la generación de una propuesta común conforme al Convenio 144 de la Organización Internacional del Trabajo, que es el Convenio sobre el tripartismo, pero en éste país dicho convenio es letra hueca.
Existe el tripartismo? Sí, pero un falso tripartismo que está representado por sindicatos corporativos o charros y por una patronal que no representa ni siquiera a la mitad de los productores de éste país, que se apropia del sistema nacional y mantiene bajos salarios para obtener ganancias no sobre la base de productividad y organización del trabajo, sino sobre la base de la explotación de la fuerza del trabajo.
Ustedes conoce el sistema del partido en el poder, de cooptar el voto mediante la compra. Cómo lo hacen? Manteniendo en la miseria a millones de trabajadores mexicanos. Como datos, de los más de 50 millones de trabajadores en éste país, la mitad de ellos percibe salarios por debajo de la línea de la pobreza, y eso es una vergüenza. Por qué lo hacen? Para favorecer una explotación patronal indebida, ganancias indebidas, para mantener un sistema de voto duro que compran para ganar las elecciones con un tercio de la votación mediante voto comprado de ciudadanos mexicanos cuyo problemas es saber que comerán al día siguiente porque no tienen recursos alguno.
De esa manera es importante acabar el corporativismo sindical, con los sindicatos democráticos como el de ustedes (SITIAVW), que en el sector automotriz es un sindicato de punta, que luchemos para acabar con el sistema corporativo, y esta ley que estamos intentando reglamentar es uno de los principales intentos para lograrlo
Cómo va el proceso de la reforma secundaria?
Existen varias iniciativas presentadas, no hubo diálogo social previo, el gobierno y la patronal, el mal sector de la patronal porque no podemos generalizar, están coludidos para impedir que haya libertad sindical y contratación colectiva auténtica, y utilizaron a dos peleles uno de la CTM y otro de la CROC para generar una iniciativa que es una auténtica cotrarreforma laboral. Si ustedes leen esa iniciativa de un señor llamado Tereso Medina y otro Isaías González, esa iniciativa es nefasta no contempla ningún aspecto constitucional de los que debe reglamentar y en cambo establece una serie de cuestiones que darían al traste con el derecho colectivo y con el derecho individual del trabajo en México. De ese tamaño es el problema que enfrentamos.
Hay otra iniciativa presentada por el PAN, que no tiene ni pies ni cabeza, lo digo con todo respeto. Pero hay otras iniciativas que si son implementables y convenientes.
La UNT nuevamente y senadores del Partido de la Revolución Democrática, se prestaron para presentar en el Senado de la República nuestra iniciativa de reforma a la Ley Federal del Trabajo y a la Ley de Amparo, que refleja claramente un sistema que termine con el manejo corporativo del sindicato, que permita un aumento del salario, contratación colectiva auténtica y libertad sindical para todos los trabajadores de México.
*Apuntes de la participación del Lic. Héctor Barba García en el Foro Reforma laboral para todos, en el Sindicato Independiente de Trabajadores de la Industria Automotriz Volkswagen (SITIAVW), el 25 de mayo de 2018, en la Ciudad de Puebla.

Puebla: Inversión de empresas extranjeras no ha beneficiado a trabajadores: Sitiavw


Viernes, 25 Mayo 2018 14:11
Constanza Pérez @Constan_ph
También criticaron al gobierno del PRI, la Confederación de Trabajadores de México (CTM) y la CROC de ceder a favor de las empresas y no de los trabajadores.

  • Durante el foro que organizó el Sindicato de trabajadores de Volkswagen en México reconocieron que la inversión realizada por las empresas extranjeras no ha beneficiado a los trabajadores ya que sus sueldos siguen siendo precarios.

Señalaron que el presidente de Estados Unidos, Donald Trump quiere que en un año los aranceles para las empresas automotrices sea del 25 por ciento, sin embargo aún no saben si se aplicará para Corea, Alemania u otros países. Agregaron que es una forma para presionar a México y Canada a aceptar las reglas del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) en beneficio a Estados Unidos.
También criticaron al gobierno del PRI, la Confederación de Trabajadores de México (CTM) y la CROC de ceder a favor de las empresas y no de los trabajadores.
También hubo críticas hacia Ricardo Anaya y José Antonio Meade que no le han dado respuesta a este sindicato sobre las propuestas y mejoras que tienen para ellos en caso de ganar. Quien si respondió fue el candidato de Morena,  Manuel López Obrador. A quien no le hicieron la petición fue a Jaime Rodríguez ‘El Bronco’ porque aún no era candidato aunque señalaron que tampoco valdría la pena.
Para ver los videos en Facebook:
https://www.facebook.com/Oficialsitiavw/videos/1241772229259046/
https://www.facebook.com/Oficialsitiavw/videos/1241639879272281/

http://www.diariocambio.com.mx/2018/zoon-politikon/item/13661-inversion-de-empresas-extranjeras-no-ha-beneficiado-a-trabajadores-sitiavw