La tan esperada reforma laboral nos dejó con sabor agridulce: CROM

JESÚS ENRIQUE RAMÍREZ PÉREZ · 04/05/2019
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“Tras una larga espera, la Reforma Laboral en México fue aprobada por el Senado de la República esta semana, si bien ya lo esperábamos, consideramos que hubo aspectos importantes que se quedaron en el tintero y otros que no esto como parte del cumplimiento de algunos requisitos y compromisos firmados en el acuerdo comercial con Estados Unidos y Canadá (T-MEC).
Primero, las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social y de Estudios Legislativos, avalaron en lo general la minuta de reforma a la Ley Federal del Trabajo, a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, a la Ley Federal de la Defensoría Pública, a la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y a la Ley del Seguro Social; todo ello englobado en materia de libertad sindical, justicia laboral y negociación colectiva. Posteriormente se presentó en el Pleno del Senado en donde con 120 votos a favor, 0 en contra y 2 abstenciones, la reforma se aprobó en lo general.
Si bien desde la CROM manifestamos nuestra celebración por el cambio que vendrá en cuanto a la libertad sindical y a la obligatoriedad a los sindicatos de rendir cuentas para transparentar el padrón de agremiados; insistimos en que la eliminación de las juntas de Conciliación y Arbitraje para crear los Tribunales Laborales en el Poder Judicial es un error fatal para la justicia laboral.
Entre las diversas disposiciones nuevas que establece esta reforma, podemos destacar la obligación que ahora tienen los patrones de entregar a los trabajadores sin costo alguno, un ejemplar impreso del contrato colectivo de trabajo inicial o de su revisión. A su vez, en la Ley Federal del Trabajo, Capítulo II artículo 357 sobre sindicatos, federaciones y confederaciones, se estableció que: “trabajadores y patrones, sin ninguna distinción ni autorización previa, tienen el derecho de constituir las organizaciones que estimen convenientes”. Los trabajadores tienen pues el derecho de libre afiliación y no pueden ser obligados a formar parte de ninguna agrupación. Esto como líder sindical lo celebro y considero que es por demás favorable, pues por décadas se ha malintencionado la labor de los sindicatos y confederaciones, lo que nos hace creer que a mediano y largo plazo nuestro trabajo ser dignificará y mejorará las oportunidades de representación sindical.
Ahora bien, siguiendo con el rubro sindical, el artículo 358 establece que la elección de directivas de sindicatos y federaciones será mediante voto personal, libre, directo y secreto de los miembros; destacándose que el periodo de duración de éstas no podrá ser ya indefinido.
Sobre la Ley del Seguro Social hay que aclarar que se modificó al grado de que las controversias entre los asegurados o sus beneficiarios y el Instituto, sobre las prestaciones que la ley otorga, deberán tramitarse ante los Tribunales Federales en materia laboral. Mientras que aquellas que sean entre el Instituto y los patrones (y demás sujetos obligados), se tramitarán ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa. Aquí es donde consideramos que genera mayor burocracia, confusión para los trabajadores e inclusive para el manejo de la documentación, retrasando las resoluciones y alargando los conflictos administrativos.
Otro punto es que en el Capítulo IX Bis de la LFT ahora establece la creación del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, mismo que se le faculta para realizar la función conciliadora en materia federal y llevar el registro de todos los contratos colectivos de trabajo, reglamentos interiores del mismo y de las organizaciones sindicales. Nuevamente centraliza la labor de la justicia laboral, da mayor carga a una instancia y se tiene el temor de que con tanta carga de trabajo no se les atienda con su debido tiempo a los trabajadores afectados en alguna violación a sus derechos o conflictos laborales.
La CROM siempre ha estado abierta a los cambios, mientras estos sean para beneficio de nuestros agremiados y de toda la base trabajadora del país; sin embargo, hay cambios que no son benéficos como el dejar opcional el pago de cuotas sindicales en el artículo 110, pues esta propuesta claramente fue para debilitar a los organismos gremiales. Al igual que lo señaló Napoleón Gómez Urrutia, presidente de la Comisión de Trabajo del Senado, es uno de los principales puntos en los que los dirigentes sindicales no estamos de acuerdo y exigiremos una reforma posterior para que corrijan este grave error, propuesto por quienes buscan debilitar al sindicalismo que está haciendo bien las cosas, con transparencia y con verdadera representación y lucha laboral.

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Arranca el proceso de democratización del mundo del trabajo con la publicación de la Reforma Laboral en el Diario Oficial de la Federación


BOLETÍN 84/2019
Ciudad de México, 1 de mayo de 2019

  • En el Día del Trabajo se publican las leyes secundarias en materia laboral que aprobó el Congreso de la Unión
  • La fuerza laboral mexicana podrá elegir libremente, a través del voto personal, libre y directo a sus dirigentes sindicales: Luisa María Alcalde Luján, titular de la STPS

Con la publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) de las leyes secundarias en materia laboral arranca el proceso de democratización del mundo del trabajo el cual históricamente había sido controlado y en donde los derechos de los trabajadores eran sistemáticamente violentados.
La titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), Luisa María Alcalde Luján, aseguró que con este hecho se hace una realidad el que todas las mujeres y hombres que viven de su trabajo puedan elegir libremente, a través del voto personal, libre y directo a sus dirigentes sindicales, además que acaba con los contratos de protección.
Al presentar el documento en la conferencia de prensa en Palacio Nacional, ante el Presidente de la República Andrés Manuel López Obrador, la responsable de la política laboral del país explicó que entre los cambios que trae consigo la reforma laboral está  la transición  de las juntas de Conciliación y Arbitraje a Tribunales Laborales, que dependerán del Poder Judicial, tanto a nivel local como federal, lo que hará una justicia laboral más ágil y expedita.
“Se establece que previo al juicio se va pasar por una etapa de conciliación y esta reforma también implica la creación de un nuevo órgano autónomo, el Centro Federal de Conciliación y Registro, que se encargará de la conciliación, pero también de todos los registros sindicales del país, tanto federales como locales”, añadió.
La titular de la STPS resaltó que con la creación de ese órgano autónomo se quita el control político que tenía el Ejecutivo para premiar a leales y castigar a disidentes.
“Esto nos va ayudar a rescatar el corazón de las relaciones laborales, que son los contratos colectivos y nos va a ayudar avanzar en el país, no sólo para ir aumentando salarios y condiciones de trabajo, sino también este diálogo responsable para aumentar productividad y fortalecer al sector productivo”.
El presidente López Obrador afirmó que “se llega a este acuerdo luego de dialogar con el sector empresarial, con el sector obrero, con todos los factores de la producción y también agradecer mucho a los legisladores, diputados, senadores, porque ellos aprobaron esta reforma”.
Calificó de histórico por ser “un acuerdo unánime. No es sólo la participación del Ejecutivo, es la participación de los representantes del gobierno, de los trabajadores, de los empresarios, de los poderes del Estado. Fue un avance importante lo que estamos ahora logrando, consiguiendo”.
Las modificaciones legales a las leyes secundarias que se dan a conocer en el DOF responden a la reforma constitucional de febrero de 2017. Se modificaron la Ley Federal del Trabajo, la ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, la Ley federal de Defensoría Pública, la Ley del instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y la Ley del Seguro Social.
La reforma impulsa la democracia en el trabajo;  contratos colectivos, en los que se garantizará que en las negociaciones se mejoren las condiciones laborales y se eleve la productividad de los empleadores; la creación de un órgano autónomo, que promoverá la imparcialidad y la libertad sindical.
Con la reforma busca la transformación del mundo laboral, hacia una nueva visión en materia de justicia, libertad sindical y negociación colectiva.  El diario detalla que todos los trabajadores tienen derecho a formar parte de un sindicato y a constituir sindicatos, sin necesidad de autorización previa, por lo que el trabajador ejercerá en todo momento de su libertad de adhesión o separación en un sindicato.
En los artículos transitorios del DOF se establece que la autoridad cuenta con plazos para la implementación de la reforma, entre otros para la creación del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral y Tribunales del Poder Judicial de la Federación, que entrará en funciones máximo en cuatro años.
La autoridad registral de sindicatos y contratos laborales operará en un plazo no mayor a dos años. Al día siguiente que se suspenda el servicio de registro de las juntas de Conciliación y Arbitraje, la STPS y los poderes ejecutivos de las entidades federativas, iniciará el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral.
Se cuenta con un plazo máximo de tres años para el inicio de los centros de Conciliación y Tribunales en las entidades federativas. Un año después del inicio del centro se realizará el traslado físico de archivos.
El documento se puede consultar para mayor detalle en https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5559130&fecha=01/05/2019

https://www.gob.mx/stps/prensa/arranca-el-proceso-de-democratizacion-del-mundo-del-trabajo-con-la-publicacion-de-la-reforma-laboral-en-el-diario-oficial-de-la-federacion-198380

Nace un nuevo modelo laboral


1/05/2019 02:05 | Luisa María Alcalde
Si alguien nos hubiera dicho que para el primero de mayo el Congreso habría modificado las normas que durante décadas permitieron un modelo laboral basado en el control y el corporativismo, y devolvería a los trabajadores los derechos de libertad y democracia conculcados, difícilmente lo hubiéramos creído, se enchina la piel de saber que nos tocó vivirlo.
Si bien en las últimas décadas se fueron registrando avances significativos en terrenos como el electoral o el empoderamiento de la sociedad civil, la democracia no permeó en el mundo del trabajo. El voto personal, libre, directo y secreto tanto para elegir a dirigentes como para participar en el curso de la negociación colectiva fueron exigencias que nunca encontraron eco en gobiernos más interesados en controlar la vida interna de los sindicatos que en garantizar derechos fundamentales.
El modelo laboral basado en el control tuvo como símbolo los contratos de protección. Contratos firmados con los mínimos derechos de ley firmados a espaldas de los trabajadores. Quienes han sido partícipes de relaciones laborales democráticas, comprenden la importancia de la negociación colectiva, saben que se trata del corazón de las relaciones entre empleadores y trabajadores y que consiste en el espacio más sano e idóneo para, por un lado, mejorar las condiciones laborales y salariales de los trabajadores y, por el otro, elevar la productividad y competitividad de las empresas. El hecho de tener liderazgos con legitimidad y representatividad directa abre la puerta a tener un diálogo social que sea tomado en serio.
Otro elemento esencial del modelo laboral de control encontraba su subsistencia en las Juntas de Conciliación y Arbitraje y en la posibilidad del Ejecutivo, tanto local como federal, de decidir a quién daba o negaba un registro sindical. La reforma contempla la desaparición de las Juntas, lo cual dará paso a la creación del Centro de Conciliación y Registro Laboral encargado de la conciliación y de llevar a cabo los registros de contratos colectivos y de sindicatos. La reforma dota a estos órganos de autonomía con el fin de que trámites que son meramente administrativos dejen de usarse por los gobiernos para premiar a leales y castigar a disidentes.
A la par, la reforma representa el cambio más estructural hasta la fecha en el modelo de justicia laboral. De entrada, corrige una excepcionalidad: órganos dependientes del Poder Ejecutivo ya no asumirán la función de arbitraje. De ahora en adelante, la impartición de justicia laboral recaerá en el Poder Judicial, como sucede con el resto de las materias, como la fiscal, la civil, la mercantil o la penal. Los principios rectores del nuevo modelo son la legalidad, la imparcialidad, la transparencia y la independencia, los cuales habrán de materializarse a través de procedimientos ágiles que privilegien la oralidad.
A todos conviene que el Estado de Derecho llegue al mundo del trabajo. Conviene a los empresarios, para que dejen de ser extorsionados por sindicatos fantasmas incapaces de acreditar su representatividad. Conviene también a los trabajadores para que no sean afiliados sin su consentimiento a sindicatos de protección que defienden todos los intereses menos los de sus representados.
El nuevo modelo laboral es resultado de la confluencia de múltiples esfuerzos provenientes de la academia, la sociedad civil, abogados, organizaciones de trabajadores y de empleadores. En foros y mesas de trabajo aportaron evidencia y puntos de vista que fueron indispensables para que el Congreso tomara una decisión informada y a la altura del momento histórico. No obstante, si a algo se debe esta reforma es a las décadas de luchas del sindicalismo democrático e independiente que la antecedieron. Hoy, finalmente, las causas que enarbolaron precursores como Valentín Campa, Rafael Galván, Demetrio Vallejo y Othón Salazar, se han convertido en ley.

https://amp.eluniversal.com.mx/amp/note/amp/eluniversal/1611193?__twitter_impression=true&fbclid=IwAR1V8Hwjk0jIERz78xkrIv7XjJ9vQs97MC8PonbrQbrI8P5uHA2gn9pRlaA

La reforma laboral de la 4T


RICARDO MONREAL ÁVILA
30.04.2019/01:57
El Senado y la Cámara de Diputados aprobaron la reforma laboral más importante de las últimas décadas (en el Senado por unanimidad).
Es la primera en su tipo que se adapta al marco internacional más avanzado en la materia, al tomar en cuenta los convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) (Convenios 87 y 98) y las disposiciones que al efecto incorpora el nuevo tratado de libre comercio México-EU-Canadá, el llamado T-MEC. Pero también responde a los compromisos de cambios laborales de la 4T.
Si hubiera que sintetizar en tres términos la orientación de la reforma, éstos serían: simplificación de la justicia, democratización y medidas anticorrupción en el mundo laboral. En el terreno de la simplificación de la justicia laboral destacan los siguientes cambios:
1. Se suprimen las Juntas de Conciliación y Arbitraje.
2. La resolución de las diferencias o los conflictos entre trabajadores y patrones estará a cargo de los tribunales del Poder Judicial de la Federación o de las entidades federativas.
3. Se estipula que antes de acudir a los tribunales, trabajadores y patrones deberán asistir a la instancia conciliatoria correspondiente.
4. En el orden federal, la función conciliatoria estará a cargo de un organismo descentralizado al cual le corresponderá, además, el registro de todos los contratos colectivos de trabajo y las organizaciones sindicales, así como todos los procesos administrativos relacionados.
5. En el orden local, la función conciliatoria estará a cargo de los Centros de Conciliación que se instituyan en las entidades federativas.
En materia de democracia sindical (una demanda histórica de los movimientos sociales de izquierda en el país) destacan los siguientes cambios:
1. Se reconoce expresamente el derecho de libertad sindical, de libre sindicación, bajo los parámetros de los convenios ya mencionados de la OIT y de las sentencias que en este sentido ya se habían emitido por el Poder Judicial de México.
2. Se establece la elección de directivas y secciones sindicales mediante el voto personal, libre, secreto y directo de las y los trabajadores, así como la igualdad y paridad de género en la integración de las dirigencias sindicales. Se garantiza también un ambiente laboral libre de discriminación y violencia, y se regula el régimen de personas trabajadoras del hogar.
3. Se acaba con el monopolio de la representaciones sindicales “únicas”. Las y los trabajadores podrán organizarse en el número de sindicatos que libremente decidan. Podrán ser gremiales, de empresa, de rama, de oficios o nacionales.
Entre las medidas anticorrupción, destacan las siguientes:
1. Pérdida de registro si la dirigencia sindical incurre en actos de extorsión contra empresas y trabajadores.
2. Se les prohíbe: la evasión de contribuciones o el incumplimiento de obligaciones patronales respecto a sus representados; la simulación o realización de elecciones gremiales fraudulentas; ejercer actos de violencia contra los trabajadores o de los empleadores.
Quedan pendientes algunos temas como el outsourcing, pero lo avanzado es innegable. Se espera que ahora esta reforma se traduzca en mayor productividad y mejor ingreso para las y los trabajadores del país, que es su objetivo final.

ricardomonreala@yahoo.com.mx 
@RicardoMonrealA
https://www.milenio.com/opinion/ricardo-monreal-avila/antilogia/la-reforma-laboral-de-la-4t

Aprueban en lo general nuevas disposiciones en justicia laboral, libertad sindical y negociación

 

Categoría: Boletines
Publicado: Lunes, 29 Abril 2019 22:57
Número 1805

  • Miembros de sindicatos, federaciones y confederaciones elegirán a sus directivas mediante voto personal, libre, directo y secreto.
  • Crea el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, al que faculta para realizar la función conciliadora en materia federal.

El Pleno del Senado de la República aprobó, en lo general, reformar la Ley Federal del Trabajo en materia de libertad sindical, justicia laboral y negociación colectiva, por 120 votos en favor, cero en contra y dos abstenciones. 
El dictamen avalado también modifica la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, la Ley Federal de la Defensoría Pública, la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y la Ley del Seguro Social, en el mismo sentido. 
Ley Federal del Trabajo
Entre las modificaciones a la misma, en su artículo 132 establece como una obligación de los patrones entregar a sus trabajadores, de manera gratuita, un ejemplar impreso del contrato colectivo de trabajo inicial o de su revisión, dentro de los 15 días siguientes a que sea depositado ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral. 
También implementar, en acuerdo con los trabajadores, un protocolo para prevenir la discriminación por razones de género, atención de casos de violencia y acoso u hostigamiento sexual, así como para erradicar el trabajo forzoso e infantil.
En el artículo 280 Bis confiere a la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos la atribución para fijar los salarios mínimos profesionales de los trabajadores del campo. En el capítulo de trabajadores del hogar, en el artículo 337, ordena a los patrones a inscribirlos al Instituto Mexicano del Seguro Social y pagar las cuotas correspondientes. 
En su Capítulo II sobre sindicatos, federaciones y confederaciones, establece en su artículo 357 que los trabajadores y los patrones, sin ninguna distinción y sin autorización previa, tienen el derecho de constituir las organizaciones que estimen convenientes, así como el de afiliarse a las mismas, con la sola condición de observar los estatutos de las primeras. 
Dichas organizaciones deberán gozar de adecuada protección contra todo acto de injerencia, de unas a otras, cuando se realice directamente o por medio de sus representantes, en su constitución, funcionamiento o administración. 
En el artículo 357 Bis señala que el reconocimiento de la personalidad jurídica de las organizaciones mencionadas, de sus federaciones y confederaciones, no estará sujeto a condiciones que impliquen restricción alguna a sus garantías y derechos. 
La reforma estipula que los miembros de los sindicatos, federaciones y confederaciones, cuentan con los derechos de libre afiliación y no pueden ser obligados a formar, o no, parte de los mismos. 
En su artículo 358 establece que la elección de sus directivas deberá ser mediante voto personal, libre, directo y secreto de sus miembros, y que el periodo de duración de las directivas no podrá ser indefinido. Además, las federaciones y confederaciones deberán constituirse por al menos dos organizaciones sindicales.
En el artículo 369 se consigna que podrá cancelarse el registro de un sindicato cuando sus dirigentes, apoderados o representantes legales extorsionen a los patrones, exigiéndoles un pago en dinero o especie, para desistir de un emplazamiento a huelga o abstenerse de iniciar o continuar un reclamo de titularidad de contrato colectivo de trabajo. 
Prohíbe a los sindicatos, en su artículo 378, obstaculizar la participación de los trabajadores en los procedimientos de elección de sus directivas sindicales. 
La reforma añade el Capítulo IX Bis, para crear el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, al que faculta para realizar la función conciliadora en materia federal y llevar el registro de todos los contratos colectivos de trabajo, reglamentos interiores del mismo y de las organizaciones sindicales.
Además, será competente para substanciar el procedimiento de la conciliación que deberán agotar los trabajadores y patrones, antes de acudir a los Tribunales. 
También confiere atribuciones a los Centros de Conciliación locales en su artículo 590-E, y estipula que tendrán el número de delegaciones que se considere necesario constituir.
En la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación establece que los Tribunales Colegiados de Circuito resolverán los conflictos de competencia y contarán con una Unidad de Peritos Judiciales -exclusivamente pericial- para auxilio específico a los tribunales en materia laboral, en los casos que lo determine la Ley.
La reforma a la Ley Federal de Defensoría Pública señala que los servicios de asesoría jurídica se prestarán, preferentemente, a las personas que dispongan los Tribunales Federales en materia laboral, en términos de la normatividad aplicable.
En la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, se modifica el artículo 23 para que su director general tenga la facultad de delegar la representación, incluyendo la facultad expresa para conciliar ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, así como ante los Tribunales federales en materia laboral.
En el artículo 53 de la misma ley, establece que las controversias entre los trabajadores o sus beneficiarios y el Instituto, sobre derechos de aquéllos, serán resueltos por los Tribunales Federales en materia laboral.
La reforma estipula, en la Ley del Seguro Social, que las controversias entre los asegurados o sus beneficiarios y el Instituto sobre las prestaciones que dicha ley otorga, deberán tramitarse ante los Tribunales Federales en materia laboral. En tanto que las que se presenten entre el Instituto y los patrones (y demás sujetos obligados), se tramitarán ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
Artículos transitorios 
En los artículos transitorios se establece un plazo de 180 días para expedir Ley Orgánica del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, después que entren en vigor los cambios realizados. 
También, un periodo no mayor a dos años para que el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral inicie sus funciones en materia de registro de asociaciones sindicales y contratos colectivos de trabajo.
Un tercer plazo, máximo de tres, años para que los Centros de Conciliación locales y los Tribunales del Poder Judicial de las Entidades Federativas, inicien operaciones. 
Finalmente, establece que en máximo cuatro años, a partir de la entrada en vigor de las este Decreto, cada delegación u oficina regional del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral iniciará la tramitación de solicitudes de conciliación que sean de su competencia, al mismo tiempo que los Tribunales del Poder Judicial de la Federación inicien su operación en el circuito judicial al que correspondan. Cada circuito judicial iniciará sus funciones en el orden y secuencia en que se determine en las declaratorias que emita el Senado de la República, a propuesta del Consejo de la Judicatura Federal, conforme a las disposiciones previstas en el presente Decreto.
Comisiones dictaminadoras
Napoleón Gómez Urrutia, presidente de la Comisión del Trabajo y Previsión Social, dijo que con la reforma se incorporan los principios de representatividad, transparencia y democracia en la vida de las organizaciones sindicales. 
Añadió que garantiza el derecho de libertad de agrupación de la clase trabajadora, y que sus decisiones sean consideradas y protegidas por la ley. La reforma contribuye al avance progresivo de los derechos de las personas asalariadas, al generar las condiciones mínimas para hacer valer el principio de libertad y democracia sindical. 
Refirió que es trascendental el establecimiento de una instancia de conciliación, como requisito prejudicial, que estará a cargo de centros de conciliación especializados e imparciales. Dijo que disminuirán los plazos de resolución. 
Ana Lilia Rivera Rivera, presidenta de la Comisión de Estudios Legislativos, Segunda, expuso que con la reforma se atienden exigencias sociales, en materia de derechos laborales colectivos, que no habían recibido atención legislativa durante décadas. 
En cuanto a la firma del contrato colectivo, detalló que el apoyo de los trabajadores mediante el voto libre, personal y secreto, constituye una garantía para la protección de la libertad de negociación colectiva.
En el rubro de las trabajadoras domésticas, señaló que los cambios deberán adecuarse a las últimas reformas en la materia, recientemente aprobadas por el Senado, a fin de completar su objetivo y reivindicar efectivamente los derechos de las trabajadoras del hogar. 
Posicionamientos 
El senador de Morena, Pedro Haces Barba, aseguró que este dictamen responde contundentemente a los enormes retos que tienen los trabajadores mexicanos. Es necesario brindar los elementos que revolucionen y fortalezcan la vida laboral de los años por venir, sobre todo en un país que cuenta con una fuerza laboral de 52 millones de trabajadores, y donde sólo uno por ciento gana más de 10 salarios mínimos al mes, precisó. 
Alejandra Noemí Reynoso Sánchez, del Grupo Parlamentario del PAN, aseguró que la reforma es una deuda histórica con la clase trabajadora. Atiende a una necesidad añeja derivada de un sistema legal obsoleto que ha frenado el desarrollo económico y laboral de las y los trabajadores. Ha impedido contar con el dinamismo productivo que se requiere para impulsar el desarrollo económico de México.
El senador Carlos Humberto Aceves del Olmo, del PRI, a su vez, indicó que el objetivo de los sindicatos es lograr certeza en el empleo, garantizar mejoras laborales y bienestar para las y los trabajadores, por lo que no se debe descalificar al movimiento obrero. La reforma aprobada da un giro total al derecho de los trabajadores mexicanos, comentó. 
En su participación, la senadora Patricia Mercado, de Movimiento Ciudadano, consideró que este nuevo modelo de justicia laboral ayudará a cerrar la brecha de desigualdad en el país, pues el respeto a los derechos de los trabajadores aumentará la productividad de éstos, y ello se traducirá en crecimiento económico.
Al fijar el posicionamiento del Grupo Parlamentario del PT, el senador Joel Padilla Peña, manifestó el respaldo de su bancada a la reforma al considerar que representa un gran avance en justicia laboral y recoge las demandas históricas de los trabajadores mexicanos.
El senador Raúl Bolaños-Cacho Cué, del PVEM, dijo que las modificaciones benefician a la clase trabajadora y contiene componentes fundamentales para el crecimiento de México. Coincidió en analizar más adelante, y en Parlamento Abierto, las observaciones que han enviado al Senado los grupos interesados.
Por el PRD, el senador Miguel Ángel Mancera dijo que la mayor parte de esta reforma tiene la intención de modernizar y adecuar la relación obrero-patronal. Sin embargo, dijo que se tienen que encontrar equilibrios entre productividad y buenas condiciones laborales, y espera que más adelante haya una discusión detallada y profunda en temas que quedaron pendientes.
En la discusión en lo general participaron los senadores Daniel Gutiérrez Castorena (Morena), Blanca Piña Gudiño (Morena), Samuel García Sepúlveda (MC), Clemente Castañeda Hoeflich (MC), Kenia López Rabadán (PAN), Enrique Murat Hinojosa (PVEM), Omar Obed Maceda Luna (PRD) y Geovanna Bañuelos de la Torre (PT). 

http://comunicacion.senado.gob.mx/index.php/informacion/boletines/44716-aprueban-en-lo-general-nuevas-disposiciones-en-justicia-laboral-libertad-sindical-y-negociacion-colectiv.html


Número 1809

  • Podrán elegir sus directivas mediante voto personal, libre, directo y secreto; tienen derecho de formar parte o no de un sindicato.    

El Pleno reformó el artículo 69 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del apartado B) del Artículo 123 Constitucional, por 115 votos en favor y dos abstenciones.  
La modificación establece que todos los trabajadores tienen derecho a formar parte de un sindicato y a constituir sindicatos sin necesidad de autorización previa.
Asimismo, el trabajador ejercerá en todo momento su libertad de adhesión o separación de un sindicato, a nadie se le obligará a formar o no formar parte de él, o a permanecer en el mismo.
El dictamen avalado señala que las disposiciones normativas actuales de la ley confieren la libertad al trabajador de asociarse al sindicato de su preferencia, pero no la libertad de separación, y limita dicha acción únicamente a un proceso de expulsión.
Los legisladores consideraron que la expulsión, referida actualmente en el artículo 69, es un método obsoleto, al margen de las políticas nacionales e internacionales en tema de sindicación de los trabajadores.
Napoleón Gómez Urrutia, presidente de la Comisión del Trabajo y Previsión Social, refirió que la reforma armoniza el derecho a la libre sindicalización, dispuesto para los trabajadores contemplados en el Apartado A del artículo 123, y en el Convenio 98 de la OIT.  
Además, reconoce el derecho de las personas trabajadoras del Estado a gozar de forma plena y efectiva su derecho humano laboral y a decidir libremente sobre su pertenencia a un sindicato, lo que los coloca en un plano de igualdad, dijo.
En la ronda de posicionamientos, la senadora Nancy de la Sierra Arámburo, del PT, comentó que la libertad de asociación, en lo general, y la libertad sindical en lo particular, son dos derechos característicos de todo sistema democrático.   
Por el Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la senadora Patricia Mercado precisó que los trabajadores del Apartado B viven en un régimen de excepción. No obstante señaló que en Parlamento Abierto y como parte de la agenda laboral, se buscará que los todos los trabajadores ganen el derecho a la libertad sindical.
En el rubro de reservas, el senador Pedro Haces Barba, de Morena, propuso derogar el artículo 68, para quedar en los términos de la ley vigente. También, adicionar los artículos 69, 71, 73, 78, 79 y 84, a fin de hacer congruente la reforma propuesta.
Agrega un párrafo al artículo 69, relativo a la elección de directivas sindicales, mediante voto personal, libre, directo y secreto de todos y cada uno de los afiliados, previa convocatoria que se emitirá con un plazo no menor a 15 días; se difundirá entre los miembros del sindicato, y también deberá notificarse al Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje con la misma anticipación.
El Tribunal podrá verificar el procedimiento de la elección, a través de servidores públicos. Las elecciones que no cumplan estos requisitos serán nulas.
Lo anterior, para hacer precisiones en materia de elección de directivas sindicales, constitución y cancelación de los sindicatos, adhesión de éstos a las federaciones de sindicatos de trabajadores, y sobre las prohibiciones a estos grupos de trabajadores. 
Las adiciones a diversos artículos, planteadas por el senador Haces Barba, fueron aprobadas en votación nominal por 118 votos en favor, uno en contra y una abstención. Fue turnado a la Cámara de Diputados.

http://comunicacion.senado.gob.mx/index.php/informacion/boletines/44719-avalan-libertad-sindical-para-trabajadores-al-servicio-del-estado.html

Ya estamos entrando en una etapa nueva en materia de política laboral: AMLO


29 de abril de 209
Por Gabino Jiménez RLPT
El Presidente Andrés Manuel López Obrador, señaló que la reforma en materia de justicia laboral es un gran avance en beneficio de los trabajadores de México.
“En esa reforma se establece el que haya democracia sindical, voto personal, libre, directo, secreto, para que los trabajadores elijan libremente a sus representantes. Es, de aprobarse, una etapa nueva, se terminaría con la anti democracia en los sindicatos, sería realmente un avance importante. Ojalá  y los senadores aprueben esta reforma” dijo el presidente López Obrador en su conferencia matutina
Hoy se va a discutir y hoy se va a decidir sobre este asunto, dijo en referencia a la aprobación de la reforma laboral que se discutirá hoy en el Senado de la República
“Como titular del Poder Ejecutivo, manifestamos nuestro apoyo al proyecto que se van debatir y en su caso aprobar el día de hoy en el Senado, es cumplir con un anhelo de muchos años de los trabajadores, serían un gran avance. Ya estamos entrando en una etapa nueva en materia de política laboral

La inoperatividad de la reforma laboral aprobada en la Cámara de Diputados


ABRIL 16, 2019
POR  ARTURO HUERTA GONZÁLEZ
El dictamen discutido y aprobado el 11 de abril en la Cámara de Diputados, parte de un diagnóstico que señala que en 90 por ciento de las organizaciones sindicales no se llevan elecciones libres y secretas de sus dirigentes y que los contratos colectivos de trabajo los hace la dirigencia sindical con o sin acuerdo de los trabajadores. De ahí la urgencia de realizar reformas a la Ley Federal de Trabajo para terminar con dichas prácticas.
Sin embargo, a pesar que la reforma laboral aprobada por los diputados, que garantiza la implementación de los derechos laborales, tales como la participación de los trabajadores en la elección de sus dirigentes y en las actividades de negociación colectiva a través del voto personal, libre y secreto y se evita la injerencia del patrón en dicho proceso, y se eliminan los contratos colectivos de protección empresarial que impiden la declaración de huelga, no garantizará que ello se traduzca en mayor poder de negociación de los trabajadores frente a las empresas para mejorar salarios y prestaciones laborales, debido a que dichas reformas no eliminaron la contratación a través del outsourcing. Ello permitirá a las empresas seguir haciendo contrataciones y subcontrataciones con terceras empresas que no tienen sindicatos, ni otorgan salarios seguros, ni prestaciones a sus trabajadores. Asimismo, al continuar el desempleo y subempleo y la economía informal –lo cual se incrementará con la política de austeridad fiscal que el gobierno instrumenta, y al seguir el libre comercio que desplaza a la producción nacional frente a importaciones– proseguirá creciendo el outsourcing, como el poder el sector empresarial de mantener los bajos salarios, a pesar de la “democracia” sindical contemplada en la reforma.
La posición de los demócratas en la Cámara de Representantes en Estados Unidos de condicionar la firma del T–MEC a que México realice la reforma labor y la instrumente, va en la creencia que ello daría mayor poder a los trabajadores para demandar mayores salarios y prestaciones laborales y así disminuir el diferencial de salarios existentes entre dicho país y el nuestro, para de tal forma reducir la competitividad en el costo laboral que México tiene, como el traslado de empresas hacia nuestro país. Los demócratas estadounidenses están más preocupados en que se incrementen los salarios y prestaciones laborales en México, que los propios sindicatos mexicanos, los partidos políticos y el gobierno.
A pesar que en los Foros de consulta hubo muchos pronunciamientos de que se debería acotar a seis años el período de las dirigencias sindicales y no permitir la reelección, la ley establece que “el período de duración de los directivos no podrá ser indefinido o de una temporalidad que obstaculice la participación democrática de los afiliados y tampoco podrá ser lesivo al derecho de votar y ser votado”. Dicha resolución deja abierta la perpetuidad de los dirigentes sindicales en torno a la decisión de las asambleas sindicales, las cuales, a pesar del voto libre personal y secreto del trabajador, pueden ser manipulados por los dirigentes sindicales, como hasta ahora. Ello denota que seguirán las mismas prácticas –a pesar de las disposiciones de mayor democracia sindical y del establecimiento de Tribunales Laborales imparciales e independientes– debido a que se impone la posición del líder sindical que no representa los intereses de la clase obrera y trabajadora, así como el poder que ejercen las grandes empresas, lo cual ha llevado a que en México predominen los salarios más bajos de América Latina y la gran desigualdad del ingreso y la riqueza.
En el régimen transitorio de la reforma aprobada se señala que “los Centros de Conciliación locales y los Tribunales del Poder Judicial de las entidades federativas, iniciarán actividades dentro del plazo máximo de tres años a partir de la entrada en vigor del presente Decreto. Dentro del plazo máximo de cuatro años a partir de la entrada en vigor de este Decreto cada delegación u oficina regional del Centro Federal de Conciliación iniciará la tramitación de solicitudes de conciliación que sean de su competencia”. Se añade que “dentro de los 180 días siguientes que entre en vigor el presente Decreto, el Congreso de la Unión expedirá la Ley Orgánica de los Centros Federal de Conciliación y Registro Laboral. El Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral iniciará sus funciones en materia de registro de asociación sindicales y contratos colectivos de trabajo en un plazo no mayor de dos años a partir de la entrada en vigor del presente Decreto atendiendo las posibilidades presupuestales” ¿por qué hay que esperar tanto tiempo para que empiecen operar, si se reconoce que las Juntas de Conciliación y Arbitraje han sido un fracaso y que son controladas por los gobiernos, líderes sindicales y patrones y no responden a los intereses de los trabajadores?
Se establece también que “los contratos colectivos de trabajo existentes, deberán revisarse al menos una vez durante los cuatro años posteriores a la entrada en vigor de este Decreto”. Si el diagnóstico del dictamen reconoce que alrededor de 90 por ciento de los contratos colectivos de trabajo existentes no fueron consultados a los trabajadores, ¿por qué hay que esperar cuatro años para su revisión, si dichos contratos fueron violatorios a la Ley Federal del Trabajo?
Ello deja entrever que no hay voluntad política para defender los derechos sindicales de incremento salarial y mejores prestaciones laborales, a fin de no afectar la competitividad que México tiene en ese rubro para atraer inversiones para impulsar exportaciones. Se sigue apostando a favorecer a las empresas transnacionales, a costa de deteriorar el nivel de vida de los trabajadores y de contraer el mercado interno y la dinámica económica nacional, pues la estrategia de crecer hacia fuera no ha impulsado el crecimiento del país. También el gobierno quiere evitar una espiral de salarios–precios para no afectar al sector financiero que está por la estabilidad de la moneda, controlada por ellos.
Dicha reforma laboral y la política económica predominante, no mejorarán el poder de negociación de los trabajadores para incrementar sus salarios.

http://www.lajornadadeoriente.com.mx/puebla/la-inoperatividad-de-la-reforma-laboral-aprobada-en-la-camara-de-diputados/

Chantaje y extorsión sindical serán eliminados con Reforma Laboral: Secretaria del Trabajo

 Luisa María Alcalde dijo que para conformar un sindicato, los líderes tendrán que solicitar una constancia ante un órgano autónomo, con el respaldo de sus agremiados.

Foto: Cuartoscuro
La Reforma Laboral permitirá eliminar el chantaje y la extorsión que actualmente ejercen los líderes sindicales hacia las empresas y agremiados, afirmó la secretaria del Trabajo, Luisa María Alcalde
En entrevista para #AristeguiEnvivo, la funcionaria comentó que “estamos ante un cambio profundo” tras años de lucha por lograr un sindicalismos independiente, “peleando por que no haya controles y que exista la posibilidad de que hombres y mujeres que viven de su trabajo se puedan organizar libremente, puedan decidir quién los representa frente a los empleadores en las negociaciones”.
Explicó que la Reforma Laboral se ha trabajado desde tiempo atrás, con la reforma constitucional desde febrero de 2017, “que ya establecía cambios muy importantes”.
“Ya hablaba del voto libre y secreto para elegir a dirigentes, ya hablaba de las consultas a los trabajadores frente a las negociaciones colectivas, ya hablaba de la parte de pasar de la Junta de Conciliación Arbitraje a los tribunales laborales, y a esto se suma después la ratificación del Convenio 98, en septiembre del año pasado, por parte del Senado, de libertad sindical y finalmente los compromisos asumidos por México en el  Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC)“, abundó.
Expuso que la reforma a la Ley del Trabajo, la cual ya fue aprobada por la Cámara de Diputados, es una ley secundaria a la reforma constitucional, en la que no se hablaba de subcontratación, que para este gobierno es un tema pendiente.
La funcionaria precisó que regular el tema de la subcontratación no requiere una reforma constitucional, ya que “se puede modificar en la Ley Federal del Trabajo”.
Comentó que si bien en la reforma de 2012 se lograron poner candados a la subcontratación, no se han utilizado correctamente.
“Hay muchísima subcontratación al margen de la ley y sumamente abusiva, que es utilizada solamente para precarizar el empleo y los salarios“, señaló.
Por otra parte, Alcalde Luján destacó que con la Reforma Laboral existe la posibilidad de rescatar la negociación y la contratación colectiva.
De acuerdo con la funcionaria, esto le permitiría a los trabajadores decidir quiénes son sus líderes sindicales, a través del voto personal, libre, secreto y directo, mientras que a los empleadores podrán eliminar de tajo el chantaje y la extorsión por parte de los dirigentes.
Con las nuevas reglas, expuso, “tú (líder sindical) antes de poder emplazar y solicitar la firma de un contrato colectivo, vas a tener que acudir a una autoridad distinta, a un órgano autónomo que se va a crear, y vas a tener que pedir una constancia de representación, la cual sólo la puedes obtener si por lo menos representas al 30 por ciento de los trabajadores. Es decir, primero tendrá que haber trabajadores contratados y ellos tendrán que respaldarte como sindicato, irás a la autoridad y solicitar esta constancia de representación”.
La secretaria del Trabajo dijo que se prevé la creación de un órgano autónomo encargado de todos los registros de los sindicatos del país, tanto de los federales como los locales, con el propósito de evitar que su conformación dependa de intereses particulares.
Sin embargo, aclaró que aunque en una empresa puede haber más de un sindicato, sólo uno, el que represente a la mayoría, será el que tenga la titularidad del contrato colectivo.
“Eso quiere decir que habría una disputa (del contrato colectivo) entre los dos, tres o los que sean, y quien tendría mayor respaldo es el que tiene la titularidad“, anotó.
Al ser cuestionada sobre qué pasará con los sindicatos que han jugado un papel central en la política mexicana, Alcalde respondió que “tendrán que ir cambiando porque finalmente se van a encontrar frente a este momento en el cual las bases son trabajadores en lo individual los que van y depositan un voto en una urna de manera secreta”.
“Los sindicatos y los líderes tendrán que hacer esa tarea de nuevamente acercarse nuevamente y construir desde abajo“, indicó.
Al hablar de los desafíos de la reforma, consideró que el gran reto es la implementación.
“Tiene que haber esta mesa de trabajo que ya empezó a generarse, porque desde el inicio esta reforma se fue formando con la academia, el Poder Judicial y muchos actores que han planteado cómo es el mejor modelo mexicano frente a estos cambios”, agregó.
Detalló que se requieren dos años para crear el órgano encargado de los registros de los sindicatos, y cuatro años para revisar todos los contratos colectivos depositados actualmente, que suman medio millón.
Asimismo, destacó que otro objetivo es agilizar la justicia laboral a través del Poder Judicial.
“La idea es que en una sentada se pueda resolver a través de una conciliación. El órgano autónomo se encargará primero de sentar a las partes para que traten de conciliar, y de no ser así se iría a los tribunales laborales especializados que tendrán plazos muy cortos para poderse resolver. La idea es que en meses se puedan resolver los conflictos“, subrayó.
Sobre el tema de los trabajadores y trabajadoras del hogar, la funcionaria recordó que el 99 por ciento de estas personas no tienen seguridad social, por lo que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) poner en marcha un programa para incluirlas.
“Ya está operando y la idea es ir obviamente hacia la obligatoriedad. Es un piloto que se va a evaluar, ahorita seguimos en que el piloto es una inscripción voluntaria, pero la idea es poderlo ir evaluando para que finalmente se convierta en lo que la Corte ya dijo debe ser: un esquema obligatorio“, señaló.
Al hablar del programa Jóvenes Construyendo el Futuro, informó que “más de 350 mil jóvenes ya se están capacitando”.
“Eso quiere decir que probablemente en este año podamos alcanzar el millón de jóvenes aprendices, y para el siguiente año pensar en la meta que son 2 millones 300 mil jóvenes. Esta cifra es un alto en el camino para ver si hay más jóvenes. Según el Inegi, es la cifra de jóvenes entre 18 a 29 años que no están estudiando o no están trabajando, pero buscan empleo o están disponibles para trabajar”, anotó.
Expuso que entre los jóvenes que se han registrado hay más mujeres que hombres, lo cual indica que es más complicado para ellas incorporarse al mercado laboral.
“La gran mayoría tiene preparatoria o preparatoria trunca, luego primaria y luego licenciatura. Tenemos muchos jóvenes con licenciaturas concluidas que salen de la universidad, tocan puertas y no consiguen trabajo”, agregó.
A continuación la entrevista completa:
“Los sindicatos y los líderes tendrán que hacer esa tarea de nuevamente acercarse nuevamente y construir desde abajo“, indicó.
Al hablar de los desafíos de la reforma, consideró que el gran reto es la implementación.
“Tiene que haber esta mesa de trabajo que ya empezó a generarse, porque desde el inicio esta reforma se fue formando con la academia, el Poder Judicial y muchos actores que han planteado cómo es el mejor modelo mexicano frente a estos cambios”, agregó.
Detalló que se requieren dos años para crear el órgano encargado de los registros de los sindicatos, y cuatro años para revisar todos los contratos colectivos depositados actualmente, que suman medio millón.
Asimismo, destacó que otro objetivo es agilizar la justicia laboral a través del Poder Judicial.
“La idea es que en una sentada se pueda resolver a través de una conciliación. El órgano autónomo se encargará primero de sentar a las partes para que traten de conciliar, y de no ser así se iría a los tribunales laborales especializados que tendrán plazos muy cortos para poderse resolver. La idea es que en meses se puedan resolver los conflictos“, subrayó.
Sobre el tema de los trabajadores y trabajadoras del hogar, la funcionaria recordó que el 99 por ciento de estas personas no tienen seguridad social, por lo que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) poner en marcha un programa para incluirlas.
“Ya está operando y la idea es ir obviamente hacia la obligatoriedad. Es un piloto que se va a evaluar, ahorita seguimos en que el piloto es una inscripción voluntaria, pero la idea es poderlo ir evaluando para que finalmente se convierta en lo que la Corte ya dijo debe ser: un esquema obligatorio“, señaló.
Al hablar del programa Jóvenes Construyendo el Futuro, informó que “más de 350 mil jóvenes ya se están capacitando”.
“Eso quiere decir que probablemente en este año podamos alcanzar el millón de jóvenes aprendices, y para el siguiente año pensar en la meta que son 2 millones 300 mil jóvenes. Esta cifra es un alto en el camino para ver si hay más jóvenes. Según el Inegi, es la cifra de jóvenes entre 18 a 29 años que no están estudiando o no están trabajando, pero buscan empleo o están disponibles para trabajar”, anotó.
Expuso que entre los jóvenes que se han registrado hay más mujeres que hombres, lo cual indica que es más complicado para ellas incorporarse al mercado laboral.
“La gran mayoría tiene preparatoria o preparatoria trunca, luego primaria y luego licenciatura. Tenemos muchos jóvenes con licenciaturas concluidas que salen de la universidad, tocan puertas y no consiguen trabajo”, agregó.
A continuación la entrevista completa: “Los sindicatos y los líderes tendrán que hacer esa tarea de nuevamente acercarse nuevamente y construir desde abajo“, indicó.
Al hablar de los desafíos de la reforma, consideró que el gran reto es la implementación.
“Tiene que haber esta mesa de trabajo que ya empezó a generarse, porque desde el inicio esta reforma se fue formando con la academia, el Poder Judicial y muchos actores que han planteado cómo es el mejor modelo mexicano frente a estos cambios”, agregó.
Detalló que se requieren dos años para crear el órgano encargado de los registros de los sindicatos, y cuatro años para revisar todos los contratos colectivos depositados actualmente, que suman medio millón.
Asimismo, destacó que otro objetivo es agilizar la justicia laboral a través del Poder Judicial.
“La idea es que en una sentada se pueda resolver a través de una conciliación. El órgano autónomo se encargará primero de sentar a las partes para que traten de conciliar, y de no ser así se iría a los tribunales laborales especializados que tendrán plazos muy cortos para poderse resolver. La idea es que en meses se puedan resolver los conflictos“, subrayó.
Sobre el tema de los trabajadores y trabajadoras del hogar, la funcionaria recordó que el 99 por ciento de estas personas no tienen seguridad social, por lo que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) poner en marcha un programa para incluirlas.
“Ya está operando y la idea es ir obviamente hacia la obligatoriedad. Es un piloto que se va a evaluar, ahorita seguimos en que el piloto es una inscripción voluntaria, pero la idea es poderlo ir evaluando para que finalmente se convierta en lo que la Corte ya dijo debe ser: un esquema obligatorio“, señaló.
Al hablar del programa Jóvenes Construyendo el Futuro, informó que “más de 350 mil jóvenes ya se están capacitando”.
“Eso quiere decir que probablemente en este año podamos alcanzar el millón de jóvenes aprendices, y para el siguiente año pensar en la meta que son 2 millones 300 mil jóvenes. Esta cifra es un alto en el camino para ver si hay más jóvenes. Según el Inegi, es la cifra de jóvenes entre 18 a 29 años que no están estudiando o no están trabajando, pero buscan empleo o están disponibles para trabajar”, anotó.
Expuso que entre los jóvenes que se han registrado hay más mujeres que hombres, lo cual indica que es más complicado para ellas incorporarse al mercado laboral.
“La gran mayoría tiene preparatoria o preparatoria trunca, luego primaria y luego licenciatura. Tenemos muchos jóvenes con licenciaturas concluidas que salen de la universidad, tocan puertas y no consiguen trabajo”, agregó.

A continuación la entrevista completa: https://youtu.be/7aSBjGCPXOY
https://aristeguinoticias.com/1504/mexico/chantaje-y-extorsion-sindical-seran-eliminados-con-reforma-laboral-secretaria-del-trabajo/