Iniciativa del Senador Alejandro Encinas Rodríguez, con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo.
MIÉRCOLES 25 DE ABRIL DE 2018, GACETA: LXIII/3SPO-123/80705
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
En el contexto de un Estado Constitucional de Derecho y legitimidad democrática, la sociedad demanda una justicia impartida en el sistema legal mexicano más abierta, moderna y previsible, que sea capaz de dar servicio a las personas, con mayor agilidad, calidad, eficiencia y transparencia. La percepción del ciudadano común sobre la realidad jurídica en México y para este caso en específico, de la realidad laboral, se configura a través de las instituciones que regulan los conflictos laborales que se presentan.
En este sentido, las nuevas formas de Estado no son provenientes de paradigmas ideológicos, sino de la realidad moldeada en instituciones. Así́, las demandas ciudadanas tanto locales como internacionales, por una parte y las decisiones emanadas del poder público, por la otra, tienden a buscar algún acuerdo, lo que da origen a una institución política, una reforma o adecuación de las instituciones políticas actuales con problemas en su funcionamiento.
Para el caso, la competencia para conocer y resolver los conflictos laborales en México ha correspondido durante un siglo a las Juntas de Conciliación y Arbitraje; siri embargo, hoy por hoy la Justicia Laboral presenta problemas en su funcionamiento, porque sus instituciones y procesos fueron creados en una condición histórica que contrasta abismalmente con la que actualmente se vive.
Consecuentemente, el 24 de febrero de 2017 el Estado Mexicano en atención a las demandas sociales publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se declaran reformadas y adicionadas diversas disposiciones de los artículo 107 y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Justicia Laboral, en virtud del cual se emprende una profunda reforma al sistema de justicia laboral.
Así́, con base en la llamada reforma constitucional, esta iniciativa de reforma a la Ley Federal del Trabajo centra sus modificaciones en tres premisas: los procesos de conciliación y registros; los procesos de resolución de controversias; y, los temas concurrentes en ambos procesos.

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