Reforma laboral: unidos para modernizar

Por Luis Carlos Casiano el 14/05/2019
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Hasta hace pocos días, el futuro de México en materia laboral era incierto, pero hoy podemos afirmar que como país hemos dado un paso a la modernidad. Con la reforma laboral aprobada por las principales fuerzas políticas del país, mediante un consenso amplio y plural, se democratiza el sector obrero y se asesta un duro golpe contra el corporativismo sindical.
Esto responde a una necesidad de sellar acuerdos supranacionales que garanticen confianza en la región, como los Convenios 87 y 98 de la Organización Internacional del Trabajo, que pugnan por una libre negociación colectiva, así como el nuevo Tratado Comercial de México con EUA y con Canadá, que establezca la necesidad de mejorar las condiciones laborales de los mexicanos.
El entramado de leyes que se modifican en torno a esta reforma son la Ley Federal del Trabajo, la Orgánica del Poder Judicial de la Federación, la Ley Federal de Defensoría Pública, y la Ley del Fondo Nacional de la Vivienda para los trabajadores y del Seguro Social.
Como toda ley (o conjunto de leyes), tiene sus beneficios y contras. Aquí detallo lo más destacable.
Beneficios: libertad para los trabajadores de afiliarse o no a un sindicato; voto libre de los trabajadores para elegir a sus líderes sindicales; los sindicatos pueden perder su registro si sus líderes extorsionan a los patrones; creación del Centro Federal de Conciliación y Registro Federal que se encargará de atender lo relativo a los contratos colectivos y asociaciones sindicales.
De esta manera se reforma la manera en que los líderes de los sindicatos ejercían control sobre los mismos, se promueve la imparcialidad y libertad sindical y se crean tribunales laborales dependientes del sistema judicial, y no del ejecutivo. Entre otros beneficios destaca el derecho a seguridad social para empleadas domésticas, registro de antigüedad para trabajadores del campo por temporadas, incorporación de contratos de capacitación inicial de hasta un año, etc.
Por otra parte, pese a ser ampliamente aprobada en lo general, opositores al gobierno en turno y especialistas, advierten que la conciliación obligatoria como requisito para poder demandar, alargaría los procedimientos, además de no contar con el personal ni estructura adecuadas para llevar a cabo esta labor. Si esto ocurre así, sería inminente el encarecimiento de las negociaciones y los juicios laborales.
¿Pendientes? Desde luego los hay.
El tema de la subcontratación por medio de terceros a través del outsorcing es algo que debe concluirse, pues atenta contra el otorgamiento de prestaciones y seguridad social dignos para los obreros.
Ya no hay pretextos para el gobierno federal. Se tiene todo para crear más y mejores empleos, y contrarrestar las bajas perspectivas para la economía mexicana en los próximos años.
La tarea no es sencilla, ahora corresponde al gobierno de la República implementar esta reforma con éxito y no permitir que los intereses sindicales vuelvan a prevalecer. El personal deberá tener la capacidad de entender que los principios laborales son diferentes a los civiles y mercantiles pues la clase obrera ha sido históricamente muy vulnerable.

https://www.juarezadiario.com/plumas/gen-z-reforma-laboral-unidos-para-modernizar/

¿Se democratiza el mundo del trabajo? 


14/05/2019 
Alberto Aziz Nassif
Después de una larga y muy complicada lucha de más de 25 años, México ha llegado a un nuevo modelo para regular la vida laboral en el país. Es necesario abrir espacios de análisis para ver los cambios de fondo. No es fácil dejar de lado el anecdotario de las mañaneras, la disputa cotidiana que dejan los dichos del presidente con sus antagonistas, su crítica a las organizaciones de la sociedad civil o a los organismos autónomos y el debate sobre los megaproyectos de la 4T. La reforma laboral modificará en los próximos meses y años la vida de millones de trabajadores y de cientos de miles de patrones. La reforma se anunció el pasado 1o de mayo. 
El escenario de la reforma laboral abre la posibilidad de cambiar un universo dominado por la simulación, el control y la transa, y empezar a construir otro apegado a un Estado de derecho, con instrumentos democráticos y una mejor impartición de justicia. Antes de entrar en materia, se puede destacar una premisa para valorar este cambio. Detrás de este proceso hay un amplio grupo de actores, de académicos, laboralistas, legisladores, que durante años han insistido en la necesidad de tener una transición, una democratización del trabajo, similar a la que se hizo con el mundo electoral hace décadas. Sin duda, las nuevas reglas nos ubican en el comienzo de este proceso. Por experiencia sabemos que los cambios de reglas no llevan de forma automática a los cambios en la realidad, pero también sabemos que, si no se cuenta con una ingeniería de procesos, mecanismos y liderazgos, es imposible modificar las prácticas. 
Las piezas del rompecabezas se fueron colocando para formar el conjunto: un cambio de régimen político fue un detonante básico; el largo trabajo de años para generar consensos; una mayoría en el Congreso; la coyuntura internacional y el cambio del TLCAN al T-MEC. La premisa básica para cambiar las condiciones laborales y mejorar el salario es contar con actores colectivos empoderados que puedan impulsar los avances. Existe un triángulo que servirá de base para un nuevo pacto de regulación en el trabajo: la democratización sindical, la justicia profesional y una base institucional para regular las relaciones entre trabajadores y patrones. 
De forma puntual se pueden establecer algunas piezas que pueden cambiar la mala fama y el oscurantismo sindical. El voto personal, libre, secreto y directo será un instrumento poderoso para que los trabajadores puedan elegir a sus sindicatos, a sus liderazgos y puedan sancionar sus contratos de trabajo, nada más, pero nada menos. El esquema de juntas de conciliación y tripartismo será cosa del pasado, porque en su lugar se va a construir un Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, un organismo público descentralizado y con autonomía, que tendrá un carácter transversal en su junta de gobierno que se integrará por cinco miembros: los titulares del Trabajo y de Hacienda, y los titulares de tres órganos autónomos, el INE, el Inai y el Inegi, con lo cual se alimentarán los procesos electorales, la transparencia y la información. También se reformó el Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado para democratizar a este sector, lo cual le da al proceso un carácter de integralidad. Imaginemos en el Apartado B al SNTE y la CNTE en una elección de más de un millón doscientos mil afiliados, o en el Apartado A al sindicato del Seguro Social, con más de 400 mil integrantes. 
¿Qué cambios son esperables con la reforma? Puede empezar a desaparecer la extorsión a las empresas con falsas representaciones; terminar con los obstáculos para impedir la democracia sindical y poner fin a la simulación de los contratos colectivos de protección. Sin duda, los cambios más importantes tienen que venir desde abajo, con la organización social y no por decisiones verticales de arriba. La reforma no hará esos cambios, pero sí podrá establecer condiciones para que se modifique la viciada dinámica laboral. 
Los programas sociales que impulsa AMLO son ayudas, pero el cambio en la distribución del ingreso que pueda bajar los niveles de pobreza y desigualdad, sólo podrá venir de un nuevo pacto social en el mundo del trabajo… 

Investigador del CIESAS. @AzizNassif 
https://www.eluniversal.com.mx/articulo/alberto-aziz-nassif/nacion/se-democratiza-el-mundo-del-trabajo

La reforma laboral en México: ¿qué sigue? (I) 

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 Esta es la primera parte de un detallado análisis sobre modificaciones en la legislación laboral de México 
por 
HÉCTOR GONZÁLEZ L., SANTIAGO MARVÁN U., HÉCTOR GONZÁLEZ G., NELSON GUERRERO R., EMILIO I. GARZÓN J. Y CRISTIAN J. LAMAS 
13/05/2019 
En una fecha simbólica, el 1 de mayo, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por virtud del cual se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de: la Ley Federal del Trabajo; la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; la Ley Federal de la Defensoría Pública; la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores; y de la Ley del Seguro Social, en materia de justicia laboral, libertad sindical y negociación colectiva mexicana. 
La reforma ha generado expectativas e incertidumbre por su condicionamiento frente al Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), el proceso legislativo y la poca participación del sector empresarial. 
A continuación, les dejamos la primera parte de un análisis de algunos de los puntos más importantes de estas modificaciones. 
Relaciones individuales de trabajo 
La estabilidad en el empleo sufrirá una transformación. Por un lado, la reforma prevé la posibilidad de que el patrón termine la relación de trabajo con (i) los empleados de confianza, (ii) aquellos de menos de un año de antigüedad, (iii) trabajadores del hogar, (iv) eventuales, o bien (v) aquellos que por razón de sus servicios estén en contacto directo y permanente con este. Esto se contemplará mediante la tramitación de un procedimiento paraprocesal, por virtud del cual depositará ante un tribunal laboral el importe de la indemnización correspondiente. 
En segundo término, la reforma establece que la negativa del despido y el ofrecimiento del empleo al trabajador no eximirá al patrón de probar su dicho. Esto quiere decir que el patrón deberá acreditar la inexistencia del despido, por lo que quedará en desuso el ofrecimiento del trabajo como una estrategia de defensa. 
Por otro lado, la falta de la entrega del aviso de rescisión ya no hace el despido injustificado por definición legal. Esta omisión solo presume la injustificación del despido, ya que admite prueba al contrario. Así, se abre la posibilidad de que, en juicio, se pueda probar la justificación del despido, a pesar de no haber entregado o notificado el aviso. 
Los trabajadores del hogar serán susceptibles de aseguramiento ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), bajo el régimen que las leyes de la materia expidan, por lo que dicho derecho no es exigible a la fecha. 
Sindicatos y contratación colectiva 
La reforma regula, exhaustivamente, la creación y administración de los sindicatos. El nuevo modelo se sustenta en la democracia y representatividad, procurando asegurar la libertad de negociación colectiva y los intereses de sus integrantes. Los sindicatos deberán cumplir con requisitos formales que demuestren procesos democráticos, transparencia en su gestión, administración de recursos y limitar sus actividades inherentes a los fines legales previstos. 
Las actividades y fines sindicales se regulan con mayor detalle. A partir de la reforma, podrán establecer y gestionar sociedades cooperativas y cajas de ahorro para sus afiliados. Estarán, sin embargo, expresamente impedidos, entre otras cosas, para participar en esquemas de evasión de contribuciones o incumplimiento de obligaciones patronales respecto a los trabajadores, o participar en actos de simulación asumiendo el carácter de patrón. 
De igual forma, se sancionan los actos de extorsión sindical, incluso con la cancelación de su registro. 
La contratación colectiva estará supeditada a la obtención de una constancia de representatividad. Esta constancia se tramitará ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral. Exige el apoyo del 30 % de los trabajadores del centro de trabajo en que aplicaría el contrato colectivo y tendrá una vigencia de seis meses. 
El ejercicio del derecho a huelga para solicitar la celebración de un contrato colectivo estará condicionado a la obtención de la constancia de representatividad. Para el registro de un contrato colectivo de trabajo o convenio de revisión, será necesario someter a votación de los trabajadores el contenido del mismo. 

https://www.lexlatin.com/opinion/la-reforma-laboral-en-mexico-que-sigue-i

Tiempo y recursos, retos de reforma laboral

Comunidad
Existen dos retos importantes para la implementación de la reforma laboral en nuestro país
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MILENIO DIGITAL
León / 13.05.2019 10:02:53
Existen dos retos importantes para la implementación de la reforma laboral en nuestro país, el primero de ellos es el tiempo que marca la ley, pues entre 2019 y 2023 deberá quedar en orden la entrega de asuntos laborales de las Juntas de Conciliación a los Tribunales Laborales, así como del Centro Federal de Conciliación y Registros Laborales y sus símiles en los estados, es decir todo el entramado institucional y burocrático para dirimir los temas relacionados con el trabajo.
El segundo y no por ello menos importante será el tema presupuestal para no solo adecuar las instalaciones necesarias donde se llevarán a cabo estos trabajos sino además contratar y capacitar a todos aquellos que llevarán bajo su responsabilidad la defensa de patrones y trabajadores a fin de dirimir primero en la conciliación y como último recurso en los tribunales los posibles conflictos en el país.
Así lo dieron a conocer en el programa Cambios de Multimedios Bajío, el subsecretario del Trabajo, Marco Rodríguez; el vicepresidente de la Comisión Laboral del Consejo Coordinador Empresarial de León, Roberto Roel, y José Moreno Fuentes, secretario de Transportes de la Confederación de los Trabajadores de México en Guanajuato.
Durante la mesa de análisis, los expertos señalaron los pros y los contras de la reforma laboral entre los que destacaron la rapidez con la que se pretende solucionar los posibles conflictos laborales, la democracia sindical así como el privilegio de la conciliación.
Sin embargo, señalaron que como toda ley es perfectible y requiere ajustes como subir el porcentaje de personas que puede echar abajo un contrato colectivo que en el caso de la legislación aprobada es del 30 por ciento, cuando en un proceso democrático debería ser del 50 por ciento más uno.

https://www.milenio.com/politica/comunidad/tiempo-y-recursos-retos-de-reforma-laboral

Reforma laboral versión 4.T

 
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VARIOS AUTORES
14.05.2019
El pasado 1° de mayo, día internacional del trabajo, muy cerca de los primeros 150 días del gobierno federal autodenominado “de la cuarta transformación”, fue promulgado un decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, y otras leyes relacionadas, en materia de justicia laboral, libertad sindical y negociación contractual colectiva.
La reforma fue analizada en la Cámara de Diputados a principios de abril y fue aprobada de forma abrumadora. 
Los principales cambios serán poner fin a las Juntas de Conciliación y Arbitraje, ya no habrá elecciones personales y secretas para elegir dirigencias sindicales; abre la posibilidad de coexistencia de varios sindicatos en una misma empresa; crea beneficios para las empleadas domésticas; y obliga a protocolos para evitar la discriminación. 
Para finales de abril, la Cámara de Senadores la aprobó sin contratiempos, a juicio de los legisladores pretende dar respuesta a demandas históricas de los trabajadores, al establecer la libertad y democracia sindical y un nuevo sistema de impartición de justicia en materia laboral, que ya se venía cocinando desde el sexenio pasado.
Juan Fco. Torres Landa, de la firma de abogados Hogan Lovells, dijo que “el dictamen es resultado de la presión del gobierno americano por incluir en el marco mexicano una mayor libertad sindical para los trabajadores, pues Nancy Pelosi, presidente de la Cámara de Representantes, advirtió que no habría una firma del acuerdo de libre comercio EEUU-México-Canadá hasta que nuestro país tuviera una reforma laboral”.
El presidente de la Coparmex, Gustavo de Hoyos, afirmó que se tomó “una puerta falsa” para cambiar esta Ley, pues dejó “una gran oportunidad para lograr una legislación moderna y permanente”. 
Lamentó que se haya aprobado una ley “por mientras”, pues el propio Senado admitió que dejaron temas pendientes para una segunda etapa. Como sucede en este tipo de reformas, existe polaridad en las apreciaciones, por un lado, el legislador, con la bandera de abogar por la clase trabajadora, y por otra, el empresariado que busca cuidar sus intereses. 
Esperemos que esta reforma arroje los beneficios bien intencionados de esta nueva ley laboral e impulse la productividad en el país, eso sólo lo veremos con el tiempo y sabremos si esta nueva reforma laboral puso a México en una posición privilegiada para potenciar el desarrollo y crecimiento económico del país y se refleje directamente en la calidad de vida de los trabajadores, los empresarios y el pueblo en lo general.

https://www.milenio.com/opinion/varios-autores/voces-ibero/reforma-laboral-version-4-t

El reto de la aplicación de la reforma para una verdadera igualdad de género  

 
 JESÚS ENRIQUE RAMÍREZ PÉREZ · 12/05/2019
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Estamos en medio de un proceso histórico en materia laboral en México, la tan esperada Reforma Laboral tendrá su tiempo de adaptación y entrega de resultados, proceso en el que nosotros como organismos sindicales debemos estar atentos a observar, pero también abiertos a proponer. En lo personal y al ser una de las líneas de interés de la CROM, esperamos que con la apertura sindical se tome más en cuenta el papel de la mujer y una verdadera inclusión de género en las oportunidades laborales.
En el proceso de análisis de dicha Reforma se exhortó por diferentes organismos y especialistas, a establecer las garantías y mecanismos para la igualdad sustantiva en las contrataciones de trabajo, para prohibir y sancionar toda forma de violencia contra las trabajadoras, así como el acceso e impartición de justicia laboral para las trabajadoras; para lograrlo, se requiere primeramente de procedimientos libres de criterios sexistas e instancias especializadas en discriminación y violencia de género, puesto que como lo hemos repetido constantemente, las mujeres son el sector más afectado en materia laboral al no contar anteriormente con herramientas legales que respaldara  sus derechos.
Para que la Reforma Laboral sea efectiva, incluyente y democrática debe contener estos elementos fundamentales como el trabajo digno (que incluye toda una serie de elementos antes mencionados). Ahora los patrones y autoridades laborales deberán garantizar la libertad de las trabajadoras por ejemplo a ejercer sus derechos reproductivos cuando ellas lo deseen, esto es vital porque en la CROM históricamente hemos acompañado casos de despidos por embarazos, prohibición de embarazos o degradación de puestos por embarazos, lo cual es una clara violación a sus derechos. Si bien siempre ha estado prohibido todo tipo de discriminación, ahora se contará con instrumentos sancionadores más efectivos y públicos para acceder a la justicia laboral de manera más fácil.
Tanto en los gobiernos como en las empresas y organismos sindicales tendremos la encomienda de fomentar la participación femenina en espacios de decisión como direcciones y jefaturas, dejando atrás los estigmas de “ese trabajo es para varones” o “la mujer no puede mandarle a un hombre”, porque son pensamientos retrógradas que ya no deben caber en nuestra actualidad. Tampoco se trata de eliminar a los varones de todo cargo, sino de equilibrar con base en los conocimientos, la experiencia y capacidades sin importar el género.  
Las trabajadoras de las empresas del sector privado, e inclusive de instituciones gubernamentales, aún sufren de desigualdad en mayor porcentaje que los varones; según el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), en América Latina las mujeres controlan el 75% del gasto, sin embargo sólo el 17% tiene un cargo directivo. Aunado a especificar que una empresa puede obtener más ganancias de hasta un 15% si hay diversidad de género y hasta 35% si hay diversidad de género y de raza. En ese sentido, desde la OIT se ha señalado que México puede marcar un parteaguas en el avance de la equidad laboral, basado en tres elementos principales que la Reforma lo ha planteado pero que requiere de la voluntad de todas las partes: las inversiones económicas en programas de género para que verdaderamente tengan un impacto social; desarrollo de empresas dirigidas por mujeres con la misma importancia que aquellas lideradas por varones; una reeducación y capacitación en materia de género, porque no está mal desconocer el tema, lo malo es que como empresa, como representantes políticos y sindicales, nos neguemos a estudiar y conocer del rubro para implementar nuevas acciones y estrategias con perspectiva de género.
En suma, enfrentamos un gran reto todas y todos, no sólo la dependencia en la materia, por eso invitamos desde la CROM a todas las organizaciones sindicales, a las empresas, y a los propios trabajadores y trabajadoras a prepararse y estudiar de qué forma podemos erradicar en conjunto la desigualdad, toda vez que las herramientas que nos ha dado el Congreso de la Unión se quedarían en papel sino está la voluntad para ejecutarlas.

crom_ags@hotmail.com | /CROMAguascalientes
 https://www.lja.mx/2019/05/el-reto-de-la-aplicacion-de-la-reforma-para-una-verdadera-igualdad-de-genero-la-formula-del-cafe-con-leche/

Aguascalientes: Igualdad es reto laboral

DOMINGO 12 DE MAYO DE 2019
Independientemente de la Reforma Laboral legal, en Aguascalientes y gran parte del país, tenemos el enorme reto de lograr una verdadera equidad de género al interior de las empresas
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Foto: Enrique Oporta
Mario Luis Ramos Rocha
Independientemente de la Reforma Laboral legal, en Aguascalientes y gran parte del país, tenemos el enorme reto de lograr una verdadera equidad de género al interior de las empresas, no solo en número, sino especialmente en cargos directivos, mandos medios e igualdad de salarios.
El secretario general de la Confederación Regional Obrero Mexicana (CROM), en Aguascalientes, Jesús Enrique Ramírez Pérez, advirtió que incluso durante las negociaciones de la reforma, especialistas pidieron a legisladores federales establecer garantías y mecanismos para la igualdad sustantiva en las contrataciones de trabajo.
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Foto: Cortesía
De igual forma es importante establecer reglas y mecanismos para prohibir y sancionar toda forma de violencia contra las trabajadoras, así como el acceso e impartición de justicia laboral para todos.
Para lograr estos objetivos, se requiere hacer a un lado criterios sexistas. Para nadie es un secreto que las mujeres son el sector más afectado en materia laboral al no contar con herramientas legales que respalden sus derechos
En pleno Siglo XXI, dijo, es momento que tanto patrones como autoridades garanticen la libertad de las trabajadoras a ejercer sus derechos reproductivos cuando ellas lo deseen y se deje de no contratar, despedir o degradar de puesto a quienes se embaracen.
Ramírez Pérez reiteró su compromiso por prepararse para coadyuvar con todos los niveles gubernamentales para el combate a la desigualdad laboral por razones de género,
las herramientas que nos ha dado el Congreso de la Unión se quedarán en papel sino está la voluntad para ejecutarlas, y para eso nos necesitamos todos.
Jesús Enrique Ramírez Pérez
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https://www.elsoldelcentro.com.mx/local/igualdad-es-reto-laboral-3608815.html

La Forma y el Fondo de la Reforma Laboral


Diálogos Ciudadanos
Por: Esteban Ángeles Cerón
12 de Mayo
El nuevo modelo de relaciones laborales se gesta con la reforma constitucional a los artículos 107 y 123 de febrero de 2017; la ratificación del Convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT); y los compromisos asumidos en el Capítulo Laboral y el Anexo 23-A, del Tratado de Libre Comercio entre México, Estados Unidos y Canadá (T-EMEC).
La reforma constitucional dispone que la conciliación local se encargue a organismos especializados con personalidad jurídica y autonomía técnica, presupuestal y de operación para tomar sus decisiones, a nivel federal mediante la creación de un organismo descentralizado, encargado de registrar los contratos colectivos, las organizaciones sindicales, los procesos administrativos y la resolución de conflictos; asimismo, ordena desaparecer las juntas de conciliación y arbitraje locales y federales; dispone que los poderes judiciales impartan la justicia con tribunales en materia laboral; y confiere al trabajador la libertad sindical y el voto personal, libre y secreto en la elección de las dirigencias sindicales.
La Ratificación del Convenio 98 de la OIT implica fortalecer la libertad sindical con los principios del derecho de sindicalización y negociación colectiva, lo que implica que no se puede obligar a ningún trabajador a afiliarse o no a un sindicato, o a ser despedido por formar parte de alguno, y dispone medidas de protección para no ser discriminado.
En el T-MEC, México se comprometió a plasmar en su legislación el reconocimiento expreso de la representación de los trabajadores en la negociación colectiva; crear un órgano independiente encargado de la conciliación y el registro de los contratos colectivos de trabajo; al voto libre, secreto y personal en la elección de los líderes sindicales; a la publicidad de contratos y documentos relacionados, y a la transparencia a través de un sitio web centralizado para la consulta de contratos y documentos.
El manto retórico que cubre esta reforma pretende refuncionalizar la democracia sindical que requieren los trabajadores, garantizar su libertad y un ambiente exento de politización e injerencia de grupos políticos o del Estado; condición que entroniza con la estructura de obligaciones y principios de la OIT y con el nuevo Acuerdo de Libre Comercio T-MEC.
Destaco de la reforma laboral tres aspectos nodales: primero, modifica los fundamentos del sindicalismo y la negociación colectiva e individual; segundo, da paso a los tribunales laborales que dependerán del Poder Judicial de la Federación o Locales; y tercero, crea el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL) para fortalecer la conciliación como práctica previa a la intervención de los tribunales laborales.
Este Centro de Conciliación deberá garantizar los diálogos y las relaciones de trabajo como figuras efectivas de negociación y de calidad en la interacción jurídica. Asimismo, el uso de una Agenda Laboral le permitirá agotar las instancias de diálogo y sanear los vicios y vacíos que dejaron las Juntas de Conciliación y Arbitraje. Se encargará de extender a los Sindicatos la Constancia de Representatividad; registrar los contratos colectivos de trabajo; y verificar la legalidad de los procesos al interior de los sindicatos mediante el recuento de votos de los trabajadores
La pretensión del nuevo marco jurídico laboral gira en torno a debilitar las estructuras sindicales blancas, que históricamente han implicado organizaciones amafiadas bajo el control de patrones, cuyos vicios y abusos han impedido que las relaciones laborales se den en el marco del Estado Democrático de Derecho, y lo que es peor, han frenado la participación activa de los sindicatos como estructura laboral de integración productiva y dignidad social.
En este sentido, si muerto el perro se acabó la hidrofobia, una vez que se derrote al sindicalismo blanco, el poder de las mafias sindicales pasará a mejor vida y la salud física y mental de los trabajadores se verá incrementada en un escenario horizontal, asociativista y limpio de malos manejos y, por ende, la producción y la productividad del país, deberán expresarse en sendos incrementos, producto de la despolitización sindical.
Empero, amén de que la rectificación del camino es loable, el nuevo entramado sigue siendo incierto, ya que lo que se dice en verso pocas veces se concreta en prosa; dadas las pruebas empíricas de lo que históricamente han implicado las relaciones laborales en el país; pero como Santo Tomás, “hasta no ver no creer”.
El ajedrez laboral lo completan diversas disposiciones, entre las que resaltan la regulación de los trabajadores del hogar o domésticos, mismos que han carecido de seguridad social, ya que los patrones, al no darlos de alta en el IMSS, violan su seguridad laboral y jubilaciones, con lo que se vulnera el derecho humano al trabajo digno y reconocido.
En esta revalorización la igualdad de género, se plasma en el artículo 3º de la Ley Federal del Trabajo (LFT), con lo que se brinda respeto para las libertades, dignidad y mayores posibilidades de movilidad e inserción laboral de las mujeres y se evita su discriminación, lo que presupone que a responsabilidades y trabajo igual entre hombres y mujeres, remuneraciones iguales.
Asimismo, la reforma laboral tipifica como delito la subcotización, estratagema de las empresas donde a un trabajador le señalan un ingreso menor, y subrepticiamente le reincorporan dinero, evadiendo obligaciones fiscales y laborales.
Sin embargo, la subcontratación (Outsorcing) y los derechos de los trabajadores del campo, no fueron contemplados, quedando postergados derechos que están en el ojo del huracán de las relaciones laborales en México, y cuya solución es un imperativo, máxime en un modelo laboral que hace referencia a la justicia social, como premisa sine qua non de la 4T.
El nuevo rol fiscalizador del Estado en las relaciones laborales resultó infausto en esta reforma laboral, que realizada al vapor, no se erige como el parteaguas para reconciliar el trabajo asalariado con un estadio de vida superior, deuda social causada por el laberinto político y de corrupción que controla las relaciones laborales.
Imperdonable que el actual gobierno haya decapitado lo que era una oportunidad inmejorable para profundizar en una estructura jurídica dinámica, moderna y acorde con la justicia social.
Agenda
• El Presidente López Obrador y el Gobernador Omar Fayad Meneses, inauguraron el C-5i en el municipio de Zapotlán de Juárez, que brindará una nueva cobertura a la seguridad pública del Estado de Hidalgo.
• Se canceló la licitación restringida para la construcción de La Refinería de Dos Bocas y se anunció su construcción por administración directa bajo la responsabilidad de la Secretaría de Energía y de PEMEX.

• Nosotrxs presentó la plataforma “No al huachicol de medicinas” para reportar el desabasto de medicamentos. https://www.huachicoldemedicinas.org/
https://www.am.com.mx/hidalgo/opinion/La-Forma-y-el-Fondo-de-la-Reforma-Laboral-20190512-0022.html

Ley federal del trabajo; Reforma laboral: las reglas cambian

Opinión
12 Mayo 2019
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Foto: Especial
Edgar González
La nueva legislación laboral en México, que busca principalmente homologar su marco legal con Estados Unidos y Canadá, está en marcha
En la anterior administración había 19 dependencias que formaban el Gabinete Legal del Poder Ejecutivo de Coahuila; ahora serán únicamente 13 las dependencias.
Desde el inicio de su gestión, el gobernador Miguel Riquelme había anunciado la transformación de las Secretaría de la Mujer y de la Juventud en Institutos.
Además, desde la anterior administración estatal, poco antes del final fueron eliminadas de la Ley Orgánica las Secretarías de Turismo, que fue fusionada a la de Desarrollo Económico, y la de Gestión Urbana, Agua y Ordenamiento Territorial, cuyos departamentos pasaron a diferentes dependencias afines a cada uno.
Actualmente el Gabinete Legal no contempla a la Fiscalía General del Estado, cuando anteriormente la Procuraduría General de Justicia del Estado era parte, lo mismo que la Procuraduría de los Niños, Niñas y la Familia (Pronnif), que ahora se integra a las unidades administrativas que dependen del Gobernador del Estado.
Llama la atención en la actual administración que siete unidades administrativas dependan del Ejecutivo, entre ellas la Pronnif, la unidad que atenderá a la región Laguna de manera específica y la unidad para la Implementación del Nuevo Sistema de Justicia Penal.
La anterior administración sólo tenía adscritas al despacho del Gobernador del Estado a la Secretaría Técnica y de Planeación, la Unidad de Derechos Humanos, la Unidad de Comunicación Social, una unidad administrativa y la Representación del Gobierno de Coahuila en el Distrito Federal.
La nueva Ley Orgánica de la Administración Pública de Coahuila fue aprobada apenas en diciembre del año pasado y publicada en el Periódico Oficial el 19 de diciembre, para iniciar vigencia.
En esta nueva legislación se delinea la forma en que el Gobierno de Miguel Riquelme trabajará: prevalece el Consejo del Estado, con algunas modificaciones en la toma de decisiones, y también se mantiene la prohibición para los integrantes del Gabinete Legal de ejercer otros cargos y sólo podrán laborar como docentes e investigadores en otro ámbito.
La Ley Orgánica contempla el funcionamiento del Gobierno Estatal en la función pública centralizada y la paraestatal, cuyas diferencias son la cercanía con el Poder Ejecutivo y su actuar.
De igual forma, para continuar con las inversiones de empresas que generan empleo, en la Ley Orgánica nueva se mantiene la facultad del gobernador de Coahuila de poder otorgar estímulos fiscales de carácter general y apoyos específicos, sin embargo deberán ser propuestos por el Secretario de Finanzas y el Secretario de Economía y Turismo, con el aval del Consejo de Estado.
 
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Foto: Archivo
El Consejo de Estado funciona con el Gabinete Legal en pleno, convocado por el Gobernador de la entidad, y funciona como órgano de consulta para la toma de decisiones en situaciones extraordinarias, gobernabilidad, así como situaciones de importancia y trascendencia.
Además el Consejo de Estado, integrados por los miembros del Gabinete Legal, también votarán y opinarán en el seguimiento de temas específicos como el Plan Estatal de Desarrollo, el Programa Estatal de Seguridad Pública, desastres naturales, temas de salud, estímulos fiscales y la contratación de deuda pública.
Se contempla un Secretariado Ejecutivo del Sistema Estatal para la Garantía de los Derechos Humanos de los Niños y las Niñas, que dependerá de la Secretaría de Inclusión y Desarrollo Social.
La administración estatal funcionará con un Consejo Estatal, integrado por el Gabinete Legal, que opinará y votará la toma de decisiones en diferentes temas.
Como parte de las obligaciones contraídas por la firma del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (TMEC, antes TLCAN), la recién aprobada Reforma Laboral en México, prevé luchas sindicales, la eliminación de las Juntas de Conciliación y un impacto aún no cuantificado para patrones por incrementos y protecciones obligatorias para trabajadores.
A finales del mes de abril, el Senado de la República aprobó por mayoría el dictamen final de la Reforma Laboral, que incluye cambios en la Ley Federal del Trabajo, la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, la Ley Federal de Entidades Paraestatales, la Ley Federal de Defensoría Pública, la Ley del Infonavit, y la Ley del Seguro Social.
 UNA REFORMA OBLIGADA
Aunque también estaba en la agenda inicial de los legisladores, el outsourcing o subcontratación, quedó fuera de la reforma aprobada, pero se hizo la promesa de una nueva ronda para determinar la regulación adecuada de esta figura de la cual existen opiniones divididas entre trabajadores y patrones.
Con todo, la Reforma Laboral no fue una iniciativa ni de los legisladores federales de México, ni tampoco del Gobierno de la República, sino en gran medida una necesidad para cumplir con el Anexo 23, que implica un mejoramiento sustancial en la vida de los trabajadores y garantías sobre la sindicalización.
El Anexo 23 del TMEC planteó desde su origen el derecho de los trabajadores a participar en la negociación colectiva y a organizar, formar y unirse al sindicato de su elección, sin la interferencia de los patrones en las actividades sindicales.
México carecía de la regulación adecuada y homologada de la vida laboral, aún con el Tratado de Libre Comercio (TLCAN), por ello resultó necesario hacer reformas para igualar, al menos en el papel, las garantías de los trabajadores, patrones y organizaciones sindicales en este País.
 
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Foto: Archivo
Otra de las peticiones contenidas en el TMEC es la creación de un órgano independiente encargado de la conciliación y el registro de los contratos colectivos de trabajo, así como la necesidad de que los trabajadores participen en la elección de sus líderes sindicales mediante el voto personal, libre y secreto; por lo que con ello se elimina la tradicional elección a mano alzada.
Puntos igual de importantes se consideraron en el Anexo 23 del TMEC, como el de que para el registro inicial de un contrato colectivo de trabajo, exista un órgano independiente que debe verificar que el centro de trabajo está en operaciones, que los empleados hayan tenido acceso a una copia del contrato y que la mayoría de los trabajadores estén de acuerdo en la celebración del contrato.
Además, señala el anexo, para las futuras revisiones de los contratos colectivos de trabajo, incluyendo los que estén actualmente depositados, se deberá acreditar el apoyo de la mayoría de los trabajadores del centro de trabajo.
De igual forma, obliga a revisar, por lo menos una vez dentro de los siguientes cuatro años, la entrada en vigor de la legislación de todos los contratos colectivos de trabajo, y adicionalmente todos los contratos colectivos de trabajo y los documentos relacionados para que sean públicos, y que se cree un sitio web centralizado que permita su consulta.
 PRIMERO LOS TRABAJADORES
La reforma aprobada, permite que los trabajadores reciban mayor protección, anulando viejas prácticas que estaban enraizadas entre la iniciativa privada y el sector público.
Por ejemplo, la reforma establece ahora un mecanismo de defensa para que los trabajadores que se vean obligados por su patrón a firmar un documento en blanco, que regularmente es la carta de renuncia, puedan acudir ante la Procuraduría del Trabajo.
Una vez que se haya puesto la queja ante la Procuraduría, la autoridad deberá mantener en secreto el acta para la aportación a juicio en caso de ser necesario en el futuro; esto es un avance significativo para ir contra los patrones que se quieran pasar de listos.
Además se contempla ponerle fin al contrato de capacitación inicial y ahora será sólo válido para quienes realicen actividades de dirección o bien administrativas en una empresa, pero no para los operarios.
Sin embargo, se mantiene el tiempo de tres meses para el contrato de capacitación, tiempo durante el cual un trabajador deberá recibir un salario y en caso de no cumplir con las habilidades requeridas, sí podrá ser dado de baja, bajos las condiciones que la misma Ley establece.
 
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Hay ahora más garantías para las mujeres trabajadoras, porque cuando está en estado de gestación no podrá ser despedida, excepto por una causa grave que le impida seguir laborando.
Algunas otras mejoras que recibe el trabajador con esta reforma, es que se eleva el tope de salarios por despido injustificado de 6 a 18 meses y, en su caso, procede la reinstalación.
Prestaciones contempladas en la Ley como el aguinaldo, y las primas dominical y vacacional, -contenidas en los artículos 71, 80 y 87 de la Ley Federal del Trabajo- tienen sensibles mejoras para los trabajadores.
En el caso de la prima vacacional tendrán incrementos del 25 al 50 por ciento, mientras que en la propuesta original el proyecto de aguinaldo era de 15 a 20 días por año.
Para mantener la igualdad de género, los patrones ahora deberán garantizar las oportunidades tanto a mujeres como a hombres en el sector productivo por medio de la capacitación.
Los trabajadores, hombres o mujeres que se sientan discriminados, podrán presentar una denuncia ante el Tribunal para recibir tres meses de indemnización de la diferencia del salario que le correspondió ocupar y que no fue efectivo por darle preferencia al sexo opuesto.
 Reforma laboral
> A finales de abril, el Senado de la República aprobó por mayoría los aspectos más importantes de la nueva reforma.
> Ley Federal del Trabajo
> Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación
> Ley Federal de Entidades Paraestatales
> Ley Federal de Defensoría Pública
> Ley del Infonavit
> Ley del Seguro Social
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Abogados ven lejos los efectos de la Reforma Laboral
La transformación a la que estб llamada la nueva legislación laboral en México no tendrб repercusiones inmediatas
Los efectos de la Reforma Laboral sobre los trabajadores y sobre los litigantes que los defienden, se ven lejos, dijo el presidente del Foro Profesional de Abogados de Saltillo, Armando Rico Almanza.
Debido a que las Juntas de Conciliación y Arbitraje desaparecerán en un período máximo de tres años, por lo pronto se espera que las Juntas sigan operando antes de pasar a convertirse en Tribunal del Poder Judicial del Estado, en el caso de las Juntas Locales, y del Poder Judicial de la Federación, para el de las Juntas Federales.
Rico Almanza advirtió que donde sí se ve un fuerte impacto de la Reforma Laboral, será en la vida sindical, pues se da mayor facilidad para el surgimiento de nuevos sindicatos, pero también para la eliminación de los llamados “sindicatos blancos” que no son más que una extensión del patrón.
“El impacto va a depender mucho de cómo funcionen los abogados”, explicó. “En el caso de nosotros, lo que queremos es que le den más fluidez a los asuntos porque es algo muy lento. Por ejemplo, actualmente la Junta estб fijando fechas de audiencia de conciliación para julio y agosto”.
Agregó que “lo que hace falta es recurso humano para que atiendan, porque de nada vale tener toda la intención y que ahora existan más instancias. De nada servirá si no hay fluidez con mesas de atención”.
Respecto a la vida sindical de Coahuila, Rico explicó que sí habrá cambios, y adelantó que estos empiezan a notarse, porque habrá surgimiento de nuevos organismos sindicales, al tiempo que desaparecerán otros.
SE AVISORAN DISPUTAS
Para los especialistas, la vida de las organizaciones sindicales se espera de intensos agarrones, buscando quedarse con las millonarias cuotas que aportan los trabajadores de empresas grandes.
Si bien es cierto que la lucha será entre organizaciones, también van inmersos los partidos políticos, porque el PRI tiene como organizaciones satélite a la CTM, la CROC y la CROM desde su nacimiento, y con la llegada de Morena al poder, más la relación que hay con Napoleón Gómez Urrutia, dirigente de los sindicatos mineros, se prevé una disputa de contratos colectivos, pero sobre todo por aglutinar la mayor cantidad de sindicatos.
Los hechos registrados hace algunos meses en Matamoros, Tamaulipas, donde 40 maquiladoras estallaron en huelga, no se puede considerar un hecho aislado de la reforma laboral, sino más bien el comienzo de lo que podría suceder en otros puntos del País si no se contiene estratégicamente la disputa sindical.
Detrás del movimiento en Matamoros se señaló a Juan Luis Zúñiga, quien es operador del senador Napoleón Gómez, a su vez líder nacional del sindicato minero.
Algunos especialistas opinan que lo claro estб en debilitar a la CTM y a la CROC, principalmente, pero además quedarse con los órganos laborales a nivel nacional, empezando por ganar contratos colectivos con sindicatos paralelos a los existentes, y posteriormente arrebatar las mayorías en las entidades para de esta manera convertirse en lo mismo: organizaciones de trabajadores tipo satélite, pero ahora de Morena.
 
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COAHUILA SE BLINDÓ
Desde el mes de marzo, cuando estaba en discusión la Reforma Laboral, el Estado se blindó a través del “Pacto Laboral Coahuila”, que hoy ya es ejemplo nacional para garantizar que el sector productivo no se detenga por motivos de los conflictos sindicales.
Actualmente, los objetivos primordiales impulsados por el gobernador de la entidad, Miguel Riquelme Solís, en el Pacto Laboral Coahuila son mantener la estabilidad laboral y continuar con el desarrollo económico, porque hoy la Entidad es uno de los principales destinos de inversiones extranjeras.
Con motivo de la firma, además del Gobernador de Coahuila, los poderes Legislativo y Judicial, así como la iniciativa privada y organizaciones sindicales, estuvo también Gerardina González Marroquín, directora de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) para México y Cuba.
LA VIDA SINDICAL
SE TRANSFORMA
Además de la reforma que incluye que la elección de los titulares de los sindicatos sea con voto libre y secreto, y ya no a mano alzada para identificar fácilmente a los empleados que estaban en contra del grupo establecido, también tienen algunas fórmulas para garantizar mayor democracia.
Los patrones tendrán la obligación de publicar en sus empresas las demandas de titularidad, de nulidad del contrato colectivo y los emplazamientos por firma de contrato colectivo, así como los procedimientos notificados para consulta de todos los trabajadores, así, los trabajadores podrán manifestar su acuerdo o desacuerdo en las determinaciones que tome su comité sindical.
Para los trabajadores del campo habrá mejoras al atenderse este tema olvidado desde hace muchos años. Ahora podrán contar con utilidades, v salario profesional y mejores condiciones de vida cuando se encuentren concentrados en el campo.
En justicia a las trabajadoras del hogar, a quienes por Ley ya no podrá llamárseles “domésticas”, se incluye el derecho al Seguro Social, con cargo al patrón.
>ADIOS A LAS JUNTAS
Desaparecen las Juntas de Conciliación y Arbitraje. En el caso de las Federales pasarán a constituirse como Tribunal Laboral del dependiente del Poder Judicial de la Federación, y en el caso de las Locales serán también Tribunal, pero dependerá de los poderes judiciales de cada entidad.
 
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>BIENVENIDOS AL CENTROS DE CONCILIACIÓN
– Se crean el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, que también existirán en las entidades federativas como centros estatales.
– En el Centro Federal se concentrar los contratos colectivos de todo el País, que además los haría públicos, los reglamentos interiores de trabajo y todas las organizaciones sindicales que existen.
–  Algunas de estas funciones las desempeña la Secretara del Trabajo y Previsión Social, pero ahora los Centros serán la autoridad de primera instancia, y un trabajador antes de llegar a promover un juicio, primero deberá agotar la oportunidad de conciliar con el patrón.
>LIBRE SINDICACIÓN
–  Para los trabajadores habrá libre sindicación; es decir, podrán elegir con libertad y sin perjuicio de su desempeño laboral, al sindicato al que quieran pertenecer, incluso a formar uno nuevo observando las leyes vigentes.
–  De esta manera, y con el voto libre y secreto, se garantiza que los trabajadores no tengan que sujetarse de manera obligatoria a un sindicato. Tendrá la libertad de elegir a sus representantes también de manera libre. Para todo lo anterior habrá una autoridad, que ahora sí, vigile su cumplimiento.
–  También se combatirá a los llamados sindicatos “blancos” que favorecen a los patrones, pero en caso de denunciarse extorsión de parte de los sindicatos también podrán perder su registro.
 >JUSTICIA E IGUALDAD
–  La justicia manifestada en el derecho a la seguridad social otorgado a las trabajadoras del hogar y el precepto de igualdad para que hombres y mujeres tengan las mismas oportunidades, responsabilidades y remuneraciones, son puntos que incluye la Reforma Laboral de manera precisa.
LOS PUNTOS BБSICOS DE LA REFORMA
Conozca el impacto de las nuevas leyes laborales a vuelo de pájaro.

https://vanguardia.com.mx/articulo/ley-federal-del-trabajo-reforma-laboral-las-reglas-cambian

La nueva ley


SÁBADO 11 DE MAYO DE 2019
Dos cuestiones destacan en la Ley Federal del Trabajo promulgada el 1º de mayo de 2019: La parte colectiva que comprende a los sindicatos y a los contratos colectivos, y la parte que se ocupa del curso que siguen los juicios laborales. En lo que hace al derecho individual, permanecen los 5 contratos que desmoronan la estabilidad de los trabajadores en el empleo, uno de ellos está el outsourcing.
Se crea un Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral al que corresponde el registro de todos los contratos colectivos de trabajo, los reglamentos interiores de trabajo y las organizaciones sindicales. Ahí también se registrarán los contratos colectivos y los sindicatos de todos los Estados de la República.
La finalidad de la concentración de estas funciones es acabar con los sindicatos y con los contratos colectivos de protección patronal. La carga de la institución será inmensa, se supone que en lo sucesivo habrá limpieza y transparencia en esos renglones del ámbito laboral.
En el artículo 110, fracción IV de la Ley, hay una cuestión que ataca a los sindicatos, pues no contarán con las cuotas de sus afiliados. Textualmente dice la disposición legal: “El trabajador podrá manifestar por escrito su voluntad de que no se le aplique la cuota sindical, en cuyo caso el patrón no podrá descontarla”. Es decir, el trabajador gozará de la libertad de afiliarse a los sindicatos, podrá permanecer en ellos, pero sin pagar la cuota sindical.
Antes de comenzar un litigio laboral, los trabajadores y los patrones acudirán al Centro Federal mencionado para buscar, de manera indispensable, la conciliación; en el ámbito de los Estados de la República esa función conciliatoria queda a cargo de los Centros de Conciliación que se crearán con esa finalidad. Ese procedimiento de conciliación no excederá de 45 días naturales.
Con la introducción del nuevo procedimiento en lugar de las Juntas de Conciliación y Arbitraje se crean Tribunales Laborales para las materias federales y locales. Las pruebas deben ofrecerse y acompañarse desde los escritos de demanda y contestación de la demanda. Antes de iniciarse el juicio hay una audiencia preliminar en la que el Tribunal admite y desecha pruebas y se prepara la recepción de esas pruebas. Luego el Tribunal señala la fecha y la hora para la celebración de la audiencia del juicio.
Recordemos que la justicia que tarda en aplicarse es la peor injusticia.

josedavalosmorales@yahoo.com.mx
https://www.la-prensa.com.mx/analisis/la-nueva-ley-3602904.html

Reforma laboral

 
Por: Laura Castro Golarte
11 de Mayo de 2019 – 06:05 hs
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Reforma laboral
Una de las “genialidades” del sistema autoritario que prevaleció en México por décadas fue el control sindical (léase corporativismo). Era muy sencillo. Se compraba a los líderes de diferentes formas (privilegios, negocios, prebendas, manejo libre de cuotas, reelecciones ad infinitum) y los acuerdos “tripartitas” posteriores eran fáciles y tersos.
Algunas veces se montaron representaciones teatrales de amenazas de huelga y cosas por el estilo, sin duda algunas auténticas pero por lo general fallidas con historias de esquiroles incluidas; igual se “concedían” a los dirigentes algunas de las demandas para que parecieran de verdad y los trabajadores se sintieran representados; y finalmente todos confluían y coincidían en las elecciones para gobernador o presidente y los trabajadores, que debían sentirse agradecidos con sus líderes, recibían línea para votar por el partido hegemónico, el PRI, pues.
Esto pasó por muchos, muchos años y es, en realidad, parte de nuestra historia reciente y actual. Basta con recordar algunos nombres de líderes sindicales históricos como Fidel Velázquez, un hombre que ayudó a fortalecer y consolidar el sistema corporativo y autoritario en México y que se enriqueció hasta la náusea; como Leonardo Rodríguez Alcaine y Joaquín Gamboa Pascoe, los tres de la CTM (Confederación de Trabajadores de México) y, por mencionar sólo otro caso y además totalmente vigente, el de Carlos Romero Deschamps, dirigente del Sindicato de Petróleos Mexicanos, capaz de excesos que son secretos a voces pero sigue inamovible.
Pues bien, aunque es un texto complejo, la recomendación aquí es leer la reforma laboral que fue aprobada al inicio de esta semana en el Senado de la República con 70 votos a favor y 50 en contra. Por primera vez se refleja en las leyes (se modificaron varios marcos legales) la realidad laboral de México y se propone un cambio, publicado ya (justo el 1 de Mayo, Día del Trabajo) y, por lo tanto, en vigor, que rompe con la falta de democracia en las grandes centrales obreras, con esos acuerdos “tripartitas” que favorecían chantajes y abusos contra los trabajadores e incluso contra empresarios en ocasiones; y concluye con años de simulación, de una “política” dizque de defensa de los intereses de los trabajadores.
Antes de la aprobación, dada la celeridad que se le imprimió a la reforma, se señaló que se atendían exigencias del vecino del Norte, específicamente de la poderosa Nancy Pelosi, presidenta de la Cámara de Representantes de Estados Unidos, por las acciones pendientes vinculadas con el T-MEC, sin embargo, habría que hacer un poco de memoria y recordar las luchas sindicales en México, las auténticas, las que buscaron por años precisamente terminar con la alianza contra los trabajadores que encabezaban gobernantes y líderes sindicales.
Los puntos principales, entonces, tienen que ver con eso, con la libertad sindical y también con la justicia laboral. La elección de dirigentes sindicales se realizará mediante voto libre, directo y secreto; no se podrá obligar a ningún trabajador a formar parte de un sindicato y los contratos colectivos no podrán contener cláusulas de exclusión; se prohíbe de manera expresa que los líderes usen a los sindicatos para evadir responsabilidades, incluso fiscales; y también que se ejerza violencia contra los trabajadores.
Las juntas de conciliación se cierran y se crea el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, un asunto, por cierto, que requerirá una operación cuidadosa y detallada por las facultades que los gobiernos de los estados tienen en la materia.
Entre otros, también se contemplaron modificaciones contra la discriminación laboral, particularmente por cuestiones de género; contra el trabajo forzoso y contra el trabajo infantil.
Hay puntos, sin embargo, que es preciso considerar como riesgosos como lo advirtió el presidente de la Coparmex, Lorenzo Roel Hernández y otros que quedaron pendientes como la subcontratación. Lo que dijo Roel Hernández fue que se eliminaron ciertos aspectos de la reforma que podrían “encarecer las negociaciones” entre empresas y sindicatos; así como los juicios laborales.
Sin duda hay aspectos para mejorar y perfeccionar, pero creo que se dio un paso fundamental a favor de los trabajadores, histórico, que la reforma no es consecuente ni sobreprotectora y propicia una auténtica representación sindical. Como todo, falta la operación. Vamos a ver.

(Aquí dejó la liga al sitio del Diario Oficial de la Federación, sólo hay que hacer click en donde dice PDF y listo: https://www.dof.gob.mx/index.php?year=2019&month=05&day=01).
(lauracastro05@gmail.com)
https://www.informador.mx/ideas/Reforma-laboral-20190511-0032.html