Soldados, sindicalismo y Washington


¿Qué efecto habría tenido sobre los trabajadores el hecho de tener que acudir a una base militar para votar, en vez de su sede sindical?
20 de Mayo de 2019
La titular de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje decidió que el recuento sindical para determinar si la Confederación de Trabajadores de México (CTM) o el sindicato perteneciente a Napoleón Gómez Urrutia serán el titular del contrato colectivo de la empresa Arneses UPK, que se realizara en la base militar de Ciudad Acuña, Coahuila. 
Del total de cinco mil 641 trabajadores empleados en la empresa finlandesa, votaron dos mil 231 mientras tres mil 410 prefirieron abstenerse de participar. Como era evidente, surgieron impugnaciones cuando el recuento arrojó que la CTM seguiría siendo titular del contrato colectivo. El grupo de Napito denunció que la empresa apoyó a la CTM, mientras la CTM alegó la complicidad entre la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje y el sindicato de Napoleón, dada su cercanía personal con el Presidente de la República y por ser senador de Morena.
Lo más probable es que todas las acusaciones contengan un elemento de verdad. Es cierto que una minoría de trabajadores acudió a la elección. Parece que la empresa apoyó con transporte a la base militar en Ciudad Acuña. Y también parece que el gobierno federal apoyó a Napoleón.
Pero lo más significativo de esta situación es la utilización de las Fuerzas Armadas para dirimir un conflicto intrasindical. ¿Qué efecto habría tenido sobre los trabajadores el hecho de tener que acudir a una base militar para votar, en vez de su sede sindical?
Probablemente desincentivó la participación de la base sindical en la elección, pensando que tendrían que votar delante de censores militares, como una elección en la era pinochetista en Chile. Mandaba un mensaje potente señalando que el gobierno, a través del Ejército, apoyaba Napoleón contra la CTM. En ese caso, era natural que muchos optaran por no expresarse, temiendo algún costo laboral personal.
¿Qué costos puede tener la utilización de la presencia de las Fuerzas Armadas en la vida de los sindicatos mexicanos? Además de la imposición autoritaria de decisiones políticas centralistas, y el uso antidemocrático y anticonstitucional del Ejército como medio de presión laboral, va contra el alegato de democracia sindical contenida en la recientemente aprobada reforma laboral.
¿Qué dirá Pelosi cuando se entere de este giro militarista en el sindicalismo mexicano? ¿Apoyará el T-MEC bajo estas condiciones, por más cabildeo de Napoleón y Ebrard en Washington?    

https://www.excelsior.com.mx/opinion/ricardo-pascoe-pierce/soldados-sindicalismo-y-washington/1313953

Ley laboral, cuna de sicarios


mayo 18, 2019 | Por Beatriz Pagés
El asesinato de  Gilberto Muñoz Mosqueda, secretario general del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Industria Química, Petroquímica, Carboquímica, Energía y Gases, no mereció una sola mención o frase de reprobación por parte del Presidente de la República.
Muñoz Mosqueda era uno de los líderes más importantes del país, no solo por el tipo de sindicato que presidía sino por ser secretario general sustituto de Carlos Aceves del Olmo, actual líder nacional de la CTM a quien AMLO le regala sonrisas y sobadas en la espalda cada vez que lo ve.
El silencio y la indiferencia presidencial permeó a los medios de comunicación e incluso al mismo PRI. Tal parece que nadie entendió el significado de ese homicidio.
Extrañamente, tampoco nadie supo dimensionar lo que sucedió un día antes, 10 de mayo, de manera insólita, en un centro deportivo del Ejército Mexicano ubicado en Ciudad Acuña, Coahuila.
De acuerdo a lo narrado por el propio Carlos Aceves del Olmo, la titular de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, hizo las veces de Suprema Comandante de las Fuerzas Armadas al ordenar que soldados supervisaran el recuento por el Contrato Colectivo de la empresa “Arneses PCK”.
Con la  presencia militar, el gobierno federal pretendía proteger los intereses de Napoleón Gómez Urrutia, líder del sindicato minero que buscaba arrebatar a la CTM la titularidad del  contrato en cuestión.
Votación que perdió Gómez Urrutia debido a que los trabajadores ven en él a un líder que se ha enriquecido a costa de ellos, sin importarle poner en riesgo su vida y seguridad.
El hecho de haber recurrido al Ejército, a petición de un líder que hoy goza de la protección presidencial, demerita la imagen de las Fuerzas Armadas y también representa una grave violación constitucional.
De acuerdo a la ley, solamente el Presidente de la República y el Secretario de la Defensa tienen facultades para dar ordenes al Ejército, lo que convierte a cualquier otro funcionario  en responsable de usurpar funciones constitucionales.
Pero, lo anterior, es apenas la antesala de lo que viene.
La reforma laboral, impuesta por Estados Unidos, y que la 4T ha presentado como conquista de  autonomía y democracia sindical, le vino como “anillo al dedo” al proyecto “chavista” de López Obrador para destruir a los sindicatos constituidos.
Lo que está haciendo AMLO es simple y sencillamente seguir la receta que utilizó el presidente Hugo Chávez para, desde la más importante Confederación de Trabajadores de Venezuela, la CTV, acabar con la estructuras y las diferentes ramificaciones del sistema político tradicional.
¿Cómo lo hizo? Cambiando el procedimiento para elegir a los dirigentes del sindicato. A partir del 8 de abril de 1999, las elecciones se dieron  mediante voto universal, directo y secreto. Lo que suena, en apariencia, a democracia pura, pero que tuvo como único y verdadero objetivo el control absoluto del sindicalismo venezolano.
López Obrador, como lo dicta y manda el modelo bolivariano, busca sustituir a la CTM por una confederación que esté bajo su más absoluto control para desde ahí estallar huelgas, fijar condiciones laborales y expropiar empresas, en caso de que los dueños no acaten las disposiciones oficiales.
El 30 de abril de este año, la Cámara de Diputados aprobó por 398 votos a favor, la Ley Federal de Trabajadores al Servicio del Estado para que todos los trabajadores de la administración pública federal puedan formar sindicatos.
Eso que, a simple vista, parece una victoria laboral, busca ser la punta de lanza para crear una serie de “sindicatos morenos” paralelos, diseñados para vaciar a la FSTSE y a cada una de las federaciones o confederaciones que agrupan en este momento a trabajadores de distintos gremios.
En la UNAM ocurre algo similar. Varios grupos académicos pretenden crear una serie de sindicatos como vía para posicionarse políticamente lo que contaminaría la autonomía y pondría en peligro la estabilidad de esa casa de estudios.
La parálisis económica y el desbasto que existe en este momento en Venezuela se debe en gran parte a que brotaron por todas partes “sindicatos bolivarianos” que dieron origen a conflictos inter sindicales, que han impedido la negociación de los contratos colectivos y llevado a las empresas a cerrar sus puertas.
Lo que está haciendo López Obrador, junto con su líder de bolsillo, Napoleón Gómez Urrutia, es crear las condiciones para llevar a la calles una guerra intestina entre sindicatos y trabajadores.
Pero, eso no es todo. El asesinato del dirigente Gilberto Muñoz Mosqueda, en Salamanca, Guanajuato, y de otros dos líderes cetemistas, Jesús García y Roberto Castrejón en Cuernavaca, Morelos, demuestra que el “paralelismo” sindical promovido por Gómez Urrutia ya está causando efectos perversos.
El “paralelismo” o creación de sindicatos dobles está dando origen, con ayuda del crimen organizado, al sicariato. Es decir, al asesinato por encargo, como sucedió en Plaza de Armas de Cuernavaca donde un joven de 22 años ejecutó a los dos líderes de la CTM que se enfrentaban a una nueva agrupación sindical promovida desde el gobierno de Cuauhtémoc Blanco.
Los totalitarismos crean fachadas de democracia para ocultar verdaderas intenciones. La Reforma Laboral fue llevada al Congreso envuelta en papel de celofán, pero los hechos demuestran que se está convirtiendo en cuna de sicarios.

http://www.siempre.mx/2019/05/ley-laboral-cuna-de-sicarios/

La implementación de la reforma laboral debe empezar ahora


David Kaplan
17 de mayo de 2019, 02:03
La reforma laboral recién aprobada en materia de justicia laboral, libertad sindical y negociación colectiva tiene dos objetivos principales. El primero es promover la transparencia y democracia sindical para que los trabajadores estén representados de manera más efectiva. El segundo es instaurar un proceso más ágil y confiable para resolver los conflictos laborales en el poder judicial (eliminando las juntas de conciliación y arbitraje), incluyendo una etapa prejudicial de conciliación en el poder ejecutivo. Pienso que es la reforma de justicia laboral más profunda en más de un siglo, pero hay que trabajar desde ya para alcanzar los impactos esperados.
El éxito de esta reforma dependerá de la calidad de la implementación. Basta recordar que, según la ley vigente antes de la reforma, una demanda por despido injustificado no debía tomar más de 105 días en resolverse, cifra que seguramente hace reír a los abogados laboralistas acostumbrados a juicios que duran años. Los problemas de justicia laboral se hubieran solucionado hace mucho con una aplicación estricta de las leyes.
La reforma contempla un periodo de implementación: cuatro años para que estén en funciones los nuevos tribunales laborales federales y el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral inicie sus funciones de conciliación. En un tiempo no mayor de dos años, el centro tendrá que iniciar el registro de los contratos colectivos. Pero los primeros hitos concretos de la implementación deben ocurrir mucho antes.
Se creará un Consejo de Coordinación que tendrá por objeto establecer la política y la coordinación necesarias para implementar el Sistema de Justicia Laboral. El consejo emitirá acuerdos, lineamientos, normas y procedimientos necesarios, de carácter vinculatorio para el debido cumplimiento de su objeto. Tendrá que estar en funciones a finales de agosto a más tardar porque en esa fecha debe recibir de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje un programa de trabajo para la conclusión de asuntos en trámite. Si los asuntos regidos por las reglas anteriores no se resuelven en un tiempo razonable, se convertirán en un lastre para el nuevo sistema.
Una tarea gigantesca que se debe empezar cuanto antes es la revisión de los contratos colectivos existentes. En un lapso de cuatro años, cada uno de los contratos colectivos (se estima que son 500,000) tendrá que revisarse, incluyendo su aprobación por los trabajadores cubiertos. Al respecto, a principios de agosto la Secretaría del Trabajo tendrá que establecer el protocolo para verificar las consultas a los trabajadores y disponer las medidas necesarias para su instrumentación.
El Congreso de la Unión también tiene su tarea en el corto plazo. Para finales de octubre a más tardar, tendrá que expedir la Ley Orgánica del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral. Dado que el siguiente periodo del Congreso empieza el 1 de septiembre, no hay tiempo que perder.
A pesar de todos los retos asociados a la implementación de esta reforma, que son considerables, prefiero enfatizar la oportunidad que presentan. En un tiempo muy corto la Secretaría del Trabajo y el Congreso de la Unión podrán cumplir con los primeros compromisos de la nueva legislación laboral y demostrar que la implementación de esta importante reforma es una prioridad del gobierno.
*El autor es especialista líder en mercados laborales del Banco Interamericano de Desarrollo.

https://www.eleconomista.com.mx/opinion/La-implementacion-de-la-reforma-laboral-debe-empezar-ahora-20190517-0037.html

Reforma laboral: sus flancos débiles

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Gerardo Gutiérrez Candiani
Zonas de Desarrollo
jueves 16 de mayo de 2019
Lamentablemente, la nueva reforma laboral fue aprobada y publicada el 1º de mayo en el Diario Oficial de la Federación, sin que se tomara en cuenta una serie de inquietudes fundamentales de la iniciativa privada. Esto opacó en cierta medida los importantes avances que se lograron en la Ley Federal del Trabajo en aspectos como democracia, representatividad y transparencia sindical.
Finalmente, se hizo caso omiso de las observaciones y los ajustes sugeridos en lo particular por organismos como la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex) y el Consejo Coordinador Empresarial, además de los que hicieron por su cuenta centrales sindicales, incluyendo la Confederación de Trabajadores de México.
Sobre todo, lo que se buscaba con las precisiones promovidas era evitar riesgos de conflictividad laboral, generar certeza jurídica para los factores de la producción –trabajadores y empresas–, y preservar la competitividad de nuestra planta productiva y la economía en su conjunto.
La justificación para la celeridad del procesamiento de esta reforma fue que era requisito para que en Estados Unidos se ratifique el T-MEC. De hecho, representantes del Partido Demócrata han exigido para ello no sólo el ajuste en la ley, sino su implementación.
Sin embargo, podría haberse hecho todo eso, pero con la debida consideración a los riesgos señalados, que pueden convertirse en nuevas sombras para la estabilidad laboral, la inversión y la generación de empleos. Algo delicado, en un contexto complicado para la economía nacional.
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Fotografía: El Economista.
Como ha señalado el Presidente de la Coparmex, el riesgo que en Estados Unidos se impongan aranceles a nuestras exportaciones es grave, pero también lo es el que cambiemos normativas e instituciones por presiones desde el exterior, sin ponderar todos los pros y contras, así como las alternativas. Máxime cuando, como en este caso, tienen mucho qué ver con pugnas políticas en Estados Unidos.
En teoría, todavía estamos a tiempo de enmendar. Se ofreció la posibilidad de abrir espacios para la revisión y, en su caso, hacer modificaciones en lo particular a la reforma, ya sea en periodos ordinarios de sesiones o bien hasta septiembre, lo que parece más probable.
El sector empresarial debe ser proactivo en este sentido, para que los legisladores cumplan con este compromiso y se hagan los ajustes necesarios. La voz de la iniciativa privada, generadora nueve de cada diez empleos en México, necesariamente debe ser atendida.
Hay que corregir los elementos de riesgo que se incorporaron y que menoscaban una reforma que –reitero, en esencia–, es positiva, por su motivación para impulsar la democratización en la vida sindical. Pero insistamos: algunas disposiciones u omisiones que pueden abrir las puertas a problemas importantes para las empresas y, con ellas, a sus trabajadores. No se trata de un asunto menor. Ahí está como ejemplo, para prevenir, la situación que vimos en Matamoros.
Hay que equilibrar y, sobre todo, poner los derechos y las necesidades de los trabajadores y las empresas de México por delante de intereses de dirigencias sindicales y facciones políticas, de México o el extranjero.
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Fotografía: www.cdnoticias.com.mx.
Libertad sindical, sí, pero los trabajadores también deben de contar con el derecho de no afiliarse, si así lo deciden. Desde la contratación individual, que no debe condicionarse jamás a la integración a un sindicato.
De igual forma, hay que contemplar mecanismos y penalizaciones para evitar y sancionar la extorsión de parte de líderes u organizaciones, que, en algunos casos, lo último que buscan es cuidar el empleo.
La democracia implica libre elección de los trabajadores y competencia entre los sindicatos, pero no podemos caer en excesos como el que, desde la ley, tácitamente, se promueva que haya varios contratos colectivos en una empresa.
Es preciso revisar los amplios poderes que se dan a sindicatos y a sus líderes en materia de emplazamiento y negociación en materia de huelgas. Establecer que requieren de aprobación puntual de los trabajadores para esos procedimientos y los de revisión contractual.
Si verdaderamente queremos que haya democracia laboral, los líderes o representantes tampoco pueden ser los únicos facultados para llegar a acuerdos con las empresas, para impedir que trabajadores y patrones lo hagan, si en algún momento de huelga, la mayoría decide no continuarla.
Finalmente, pero igualmente importante, los derechos de las empresas no deben ser vulnerados en aras de impulsar las otras partes. Por eso se ha pedido revisar disposiciones como la que priva a los patrones de la posibilidad de pedir la calificación de una huelga estallada o la que los obliga a comprobar que no despidieron a un colaborador. Esto último puede afectar severamente la operación e incluso la supervivencia de muchas Pymes.
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Fotografía: Desinformémonos.
Es mucho lo que está de por medio. La subsistencia misma del modelo tripartito de conciliación laboral, que ha dado buenos resultados al país.
Hay que tener presente que en los últimos cinco años, sólo se registraron dos huelgas en el ámbito federal, en 2016 y 2017. De acuerdo datos del INEGI sobre conflictos laborales de jurisdicción local, el número de huelgas en nuestro país pasó de 271 en 2007 a sólo 17 en el 2017.
Para varios países, los conflictos laborales se han convertido en inhibidores de la inversión, una situación opuesta a la de México, con una estabilidad en este terreno que se ha traducido en elemento clave de la competitividad. Mejor aún, si tomamos en cuenta que la reforma previa había dado cauce a una relevante dinámica de reducción de la informalidad en el mercado de trabajo, con un incremento en las inscripciones a la seguridad social de 3% anual en promedio desde el 2012.
No deberíamos permitirnos poner en riesgo ese tipo de avances, porque todos saldríamos perdiendo: trabajadores, empresas y los tres niveles de gobierno.
Se trata de reformar para mejorar, sin abrir flancos a nuevos problemas. Siempre se puede.

https://elsemanario.com/colaboradores/gerardo-gutierrez-candiani/313237/reforma-laboral-sus-flancos-debiles/

TLCAN, T-MEC, reforma laboral, improvisación, simulación

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Arnulfo R. Gómez
 
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Imagen: La Opción de Chihuahua.
jueves 16 de mayo de 2019
Ellos se ríen de mí porque soy diferente
y yo me río de ellos porque todos son igualitos.

El tema laboral en nuestro país es un asunto cotidiano que ha cobrado enorme importancia ahora que nos han condicionado la firma del T-MEC a una reforma laboral, misma que debió haber sido pensada a partir de 1994, cuando entró en vigor el TLCAN, a fin de hacer convergente nuestra legislación con la de Canadá y Estados Unidos, así como incrementar la competitividad de México, favorecer la creación de empleos y elevar el nivel de vida de la población.
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Elaborado con datos del Foro Económico Mundial (WEF).
Con el objetivo de que se pudiera cumplir con ese proceso y sus objetivos, en marzo de 1991, siendo Consejero Comercial de México para Quebec y las Provincias Marítimas de Canadá, envié a Bancomext, a la SECOFI, al Consejo Empresarial Mexicano de Asuntos Internacionales (CEMAI), a la Secretaría del Trabajo, a diversos organismos empresariales y al Embajador de México ante la Organización Mundial del Trabajo, entre otros, el “Estudio Comparativo de la legislación laboral de aplicación general en Canadá, Estados Unidos y México”, (Comparison of Labour Legislation of General Application in Canada, The United States and Mexico), elaborado por el Ministerio del Trabajo de Canadá.
Conviene señalar que el Foro Económico Mundial nos habla de la competitividad de las economías señalando la importancia que en este aspecto juega el empleo y los factores que influyen en él como la flexibilidad del mercado laboral pues, a través de este, se busca estrechar la cooperación entre los patrones y los sindicatos, flexibilizar la ley de contratación y separación de los empleados, y la alineación entre salarios y productividad.
Desgraciadamente, parece que la información contenida en ese estudio comparativo de nada sirvió –ni tampoco los 25 años que han transcurrido desde la entrada en vigor del TLCAN–, pues Canadá y Estados Unidos, en materia de flexibilidad del mercado laboral, en 2016 se ubicaron en las 7ª y 3ª posiciones a nivel mundial, en tanto que México, lejanamente ocupó el 105º escalón entre un total de 137 países que fueron objeto de análisis por parte del Foro Económico Mundial.
Como siempre, todo a la carrera y con enorme improvisación en nuestro querido país, ya que en lugar de ponerse a trabajar en estos temas desde hace 25 años, nuestros altísimos funcionarios y teóricos del comercio exterior han ejercido su actividad con base en la simulación, la improvisación y una enorme frivolidad, y sólo hasta ahora, las autoridades y organismos mexicanos han reaccionado al verse presionados para realizar cambios al respecto.
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Imagen: Milenio.
El TLCAN era el proyecto más importante para el desarrollo de México, pero al no haber complemento alguno que nos permitiera aprovechar las supuestas ventajas negociadas, ninguno de los objetivos planteados se ha logrado a la fecha, pues no ha habido la integración comercial ni productiva que se planteaba como primer objetivo para generar más valor y riqueza en México y en la región, debido a que no se aprovecharon las ventajas comparativas ni se desarrollaron ventajas competitivas; consecuentemente, tampoco se logró mayor competitividad ni se captaron mayores flujos de inversión extranjera, por lo que el objetivo final de crear más empleos y elevar el nivel de vida de la población tampoco se ha logrado.
Todo esto, debido a que no hubo estrategia alguna ni un complemento adecuado pues, irresponsablemente, los altísimos funcionarios mexicanos se dedicaron a firmar TLC’s que presentaron el mismo problema que el TLCAN: carencia de una estrategia para capitalizar las supuestas ventajas negociadas.
Así, a partir de 1994, compulsivamente se firmaron TLC’s hasta alcanzar la cifra de 54 países, con 39 de los cuales, en el periodo 1993/2018, se acumuló un déficit de -844,535 millones US, periodo en el que México también cayó como economía mundial al pasar de la 9ª a la 15ª posición.
Específicamente en materia de empleo, durante la vigencia del TLCAN la población económicamente activa se incrementó en 22.37 millones de personas, en tanto que la creación de puestos de trabajo formales, incluyendo a la burocracia y a las fuerzas armadas sólo alcanzó la cifra de 10.94 millones, generando un déficit de 11.43 millones empleos formales, equivalente al 51% de los puestos de trabajo que era necesario crear en función del crecimiento de la PEA.
En resumen, ninguno de los primeros cuatro objetivos del TLCAN se lograron y, en consecuencia, el objetivo final del TLCAN de crear empleos y elevar el nivel de vida de los mexicanos tampoco, la pésima calidad de las instituciones públicas y de sus funcionarios es un freno total a la creación de políticas públicas que reducen la pesada tramitología, y son también un freno a la creación de una estrategia de comercio exterior, con programas y proyectos realistas.
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1) 1999. 2) 2009.
Anexo a la presente, encontrarán una copia de dicho estudio que estoy seguro les resultará de interés y utilidad.
Por cierto, los únicos que en su momento agradecieron el envío del estudio realizado por el Ministerio del Trabajo de Canadá, fueron el entonces Presidente del Comité Bilateral México Canadá del CEMAI, Don Gustavo de la Serna; el Excelentísimo Embajador Roberto Casellas Leal, Asesor para Asuntos Internacionales del titular de la STPS y el Embajador de México ante la OIT, el Excelentísimo Señor Pedro Vargas.
Aprovecho la ocasión para agradecer a mi amiga y catedrática de la Universidad Anáhuac, Ing. Telma Bernárdez, su invaluable cooperación para la elaboración de este análisis.

Anexos:
Comparación legislación laboral Canadá, EE.UU., México, 1991.
Comparativo México 2017_ Principales variables económicas competitividad.
México_Población económicamente activa y empleo.
https://elsemanario.com/colaboradores/arnulfo-r-gomez/313335/tlcan-t-mec-reforma-laboral-improvisacion-simulacion-el-semanario/

Juntas de Conciliación a Tribunales laborales

/ JUEVES 16 DE MAYO DE 2019
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Patricia Carrasco
DOBLE EFECTO
Tras aprobarse la Reforma Laboral que responde a requerimientos de Estados Unidos y Canadá dentro del T-MEC, así como a la nueva clase sindical del gobierno federal, los trabajadores de las Juntas de Conciliación y Arbitraje se preguntan qué pasará con ellos.
Hay 66 Juntas Especiales de carácter federal y más de 200 locales, las cuales se determinó sustituir por juzgados dependientes de los poderes judiciales, Federal y de los estados.
Ejemplifican que en la Ciudad de México, las 20 Juntas existentes deberán ser sustituidas por más de 300 tribunales. Las 20 Juntas celebran cerca de 1000 audiencias diarias, mientras que cada uno de los Tribunales podrá realizar cuando mucho tres.
El costo de construcción, equipamiento, capacitación y salarial de esos 300 Tribunales será muy oneroso, si se considera que los salarios actuales en los tribunales son muy superiores al de las juntas. Un actuario de la Junta Federal percibe cerca de 10,000 pesos mensuales y uno delos Tribunales Federales 40,000 al mes.
Sin embargo, las Juntas deberán subsistir algunos años, toda vez que deben concluir los juicios en trámite, incluidos los que inicien hasta la fecha. Y una vez que inicien su funcionamiento los tribunales -lo cual se calcula que suceda dentro de 3 años si se asigna el presupuesto suficiente-contarán con cerca de un millón de juicios en trámite en todas las juntas del país.
Abogados laborales señalan que será enorme el costo que implicará la creación y el mantenimiento de ese monstruo burocrático que tendrá a su cargo el control corporativo de todos los sindicatos del país y de las huelgas que se promuevan.
Vaticinan que será alguien muy cercano a la secretaria delTrabajo, Luisa María Alcalde quien presidirá el poderoso instrumento de control denominado Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, organismo autónomo que será el encargado del registro de los contratos colectivos. El 1de noviembre deberá promulgarse la Ley Orgánica de dicho Centro.
EN ESE TENOR. El 23 de noviembre entrará en vigor el Convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) que garantiza la libertad de afiliación sindical y la ratificación por las bases de los acuerdos de los dirigentes para modificar las condiciones salariales y de trabajo.

Sígueme @Patri17Carrasco
https://www.la-prensa.com.mx/analisis/juntas-de-conciliacion-a-tribunales-laborales-3626232.html

El cambio toca a los sindicatos

Por años, los trabajadores en México no han contado con una verdadera representación ante sus empleadores, aunque eso podría empezar a cambiar.
BLOOMBERG / NACHA CATTAN4:50
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Fuente: Especial
La señora Martínez gana el equivalente a unos 79 dólares por una semana de seis días trabajando en la sección de vegetales de un Walmart en la Ciudad de México. Son 13.16 dólares al día o 1.64 dólares por hora.
Un sindicato negoció con el gigante minorista para obtener ese salario, pero ella nunca ha conocido a un representante de ese sindicato. No quiso ser nombrada por temor a represalias, pero dice que ni siquiera ha oído hablar de esa organización.
“Negociación” es una palabra muy generosa para describir lo que realmente hizo el sindicato. El contrato colectivo que cubre la tienda de la señora Martínez permite salarios iniciales en torno al mínimo legal, que ha caído tan lejos del mercado que pocos en la capital realmente trabajan por ello. Walmart, además, paga las cuotas sindicales en nombre de los trabajadores.
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No es así como los sindicatos deberían funcionar. Pero en México lo hacen, por lo menos hasta ahora. La baja remuneración ha sido fundamental para la estrategia económica del país en el cuarto de siglo desde que comenzó el Tratado de Libre Comercio, ahora renegociado como T-MEC, aumentando su atractivo como una base de mano de obra barata para las exportaciones al gigantesco mercado de consumidores en el resto de Norteamérica. Muchas empresas que aprovecharon la fuerza laboral mexicana eran estadounidenses, lo que convirtió la brecha salarial en un constante punto de discordia entre los dos países, o al menos entre los sindicatos norteamericanos y México.
El nuevo acuerdo entre Estados Unidos, México y Canadá, negociado el año pasado, tiene más protecciones para los trabajadores. Pero los legisladores estadounidenses, especialmente los demócratas de la Cámara de Representantes, insisten en obtener más pruebas de que México finalmente toma en serio el aumento de los salarios de los trabajadores mexicanos y amenaza con bloquear la ratificación del acuerdo hasta que lo consigan. El presidente Andrés Manuel López Obrador asegura que quiere una economía que sea más impulsada por la demanda interna, lo que coloca a los sindicatos ante una encrucijada.
Los esfuerzos de Estados Unidos para garantizar que más protecciones de los trabajadores se incorporen al nuevo acuerdo se han centrado, principalmente, en las compañías que venden productos en su territorio, incluidos los fabricantes de automóviles a los que la administración de Trump también se ha dirigido para revisar los salarios. Pero los grupos de trabajadores estadounidenses, que han estado trabajando con los demócratas en los detalles del nuevo acuerdo comercial trilateral, aseguran que el problema es mucho más amplio.
Aunque no exporten, empresas como WalMart de México, el mayor empleador privado de la nación, son una parte clave de esto.
Los acuerdos que los sindicatos, realmente inexistentes, hacen con los empleadores se conocen como “contratos de protección”. Las empresas señalan que los necesitan porque, si no tienen un contrato vigente, cualquier sindicato puede acudir a la junta laboral y exigir un paro laboral mientras negocia con la empresa.
Ben Davis, director de asuntos internacionales de United Steelworkers, un afiliado de AFL-CIO, la mayor central obrera de EU y Canadá, interpreta el término de manera diferente.
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Según él, lo que realmente protegen los contratos es “la capacidad de seguir pagando a las personas 50 centavos por hora”.
Un estudio de la OCDE de entre unos 30 países descubrió que México tenía, con mucho, la menor participación de los trabajadores dentro del producto de la economía, en forma de salarios y beneficios, mientras que la participación de las ganancias empresarias fue la más alta.
Joyce Sadka, experta laboral del Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM), que desarrolló algoritmos para analizar contratos colectivos, estima que alrededor de tres cuartos de los acuerdos firmados a nivel nacional no otorgan a los trabajadores nada más allá de sus derechos legales básicos.
Estima que cuando las cuotas pasan de empresas a sindicatos a cambio de contratos que ofrecen poco a los trabajadores, que no saben que existen, estos a menudo equivalen a “tratos de colusión entre la empresa y el sindicato”.
El líder de la Confederación de Trabajadores de México (CTM), la agrupación sindical responsable del contrato laboral de la señora Martínez y una de las mayor peso a nivel nacional, sostiene que el hecho de que las empresas paguen a los sindicatos directamente ayuda a los trabajadores porque el dinero no sale de sus bolsillos. Los contratos laborales de CTM “son legalmente válidos y sus revisiones periódicas se realizan de acuerdo con la ley”, escribió el senador Carlos Aceves, secretario general del grupo, en un comunicado enviado por correo electrónico.
El presidente López Obrador fue elegido el año pasado con la promesa de una distribución más justa de los ingresos en el país. Después de asumir el cargo en diciembre, aumentó el salario mínimo de alrededor de 4.60 dólares por día a alrededor de 5.40, que sigue siendo uno de los más bajos de la región. Incluso, tras el incremento, las remuneraciones que se pagan en el país siguen palideciendo de forma importante ante lo que perciben sus contrapartes en EU y Canadá. De acuerdo con datos del Inegi y la OCDE, el salario mínimo mensual este año en el país asciende a poco más de 3 mil pesos. En tanto, el monto pagado en Estados Unidos asciende 23 mil 928 pesos y 31 mil 511 pesos en Canadá.
Ante esta situación, el nuevo gobierno federal mexicano se está apresurando a cumplir con las renovadas normas laborales que se estipularon en el T-MEC para que el pacto pueda pasar por el Congreso de Estados Unidos antes de su receso de verano. Los demócratas no estarán satisfechos con los cambios en el papel, incluso si son promulgados por un líder mexicano amigable con los trabajadores. Los legisladores estadounidenses querrán seguimiento, incluidos los recursos financieros disponibles para su cumplimiento y una mayor evidencia de que el sistema judicial puede abordar casos de tratamiento injusto de los trabajadores.
Las nuevas leyes que requerirán que cada trabajador vote sobre los sindicatos, su representación y los contratos laborales fueron aprobadas en el Senado a fines de abril, luego de pasar por la Cámara baja a principios de ese mes.
De hecho, la Secretaría del Trabajo lanzó ya la convocatoria para que los sindicatos de trabajadores y patrones, así como los patrones independientes, elijan a los integrantes del Consejo de representantes de la Comisión Nacional de Salarios Mínimos (Conasami) para el periodo 2019-2023, cuyo objetivo será determinar si las remuneraciones mínimas en el país deben aumentar.
De acuerdo con el gobierno federal, la gran virtud de la legislación laboral recién aprobada es que se otorga una mayor y verdadera libertad sindical a los trabajadores, algo de lo que cual carecían en el pasado. En el país existen alrededor de 3 mil 800 sindicatos registrados, sin embargo, la mayoría de ellos, como en el caso del que agrupa a la señora Martínez, simplemente pasan de largo de las necesidades e inquietudes de los trabajadores.
“Había reglas del juego donde los trabajadores no tenían la oportunidad de incidir, a través de un voto secreto, directo, personal para poder elegir a su sindicato, a sus dirigencias”, dijo Patricia Mercado, senadora de Movimiento Ciudadano, en una entrevista con El Financiero Bloomberg TV. “Por esta falta de representatividad no creció la economía, no creció la productividad, esta falta de organización colectiva llevó a una precariedad muy grande”.
Del otro lado de la mesa, algunas organizaciones como la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex) han señalado que la ley laboral aprobada tiene claroscuros y que más allá de ser el cambio de profundidad que requerían los sindicatos y los trabajadores del país, la legislación se realizó bajo la presión del T-MEC y su aprobación en el Congreso de EU. Una de las principales inquietudes de los empresarios es la posibilidad de que haya más de un sindicato por empresa, pues si bien las más grandes tienen la capacidad administrativa, las medianas y pequeñas están en una clara desventaja.
Además, López Obrador no controla a los gobiernos locales que aprueban muchos contratos laborales, y los líderes estatales de las agrupaciones de trabajadores se apresuran a cerrar pactos a nivel estatal con sindicatos proempresariales que podrían frenar el derecho de huelga.
La secretaria del Trabajo, Luisa María Alcalde, menciona que los plazos estrictos de la ley laboral, la fuerte voluntad política del presidente López Obrador y un grupo de trabajo integrado por su secretaría, la de Hacienda y los gobernadores, garantizarán una rápida aplicación en todo el país.
La ley “da en el meollo del asunto”, dice. “Esto no es solo maquillaje”. Alcalde ha repetido ese mensaje constantemente en sus intervenciones con medios de comunicación y redes sociales, al tiempo que desestima las críticas de una legislación hecha al vapor y a la medida de lo que se requería para poder firmar el T-MEC.
Mientras tanto, a pesar de que López Obrador enfrenta la presión de Estados Unidos de no arrastrar los pies en las reformas a favor de los trabajadores, también se le advierte que no se mueva demasiado rápido en el asunto. Después de décadas de gobierno por parte de partidos amigables con los negocios, hay una demanda acumulada entre los trabajadores mexicanos, y la llegada de un presidente más empático con su causa provocó una ola de paros.
Walmart se encuentra entre las compañías que han anunciado un aumento salarial desde que López Obrador asumió el cargo. En marzo, prometió un aumento del 5.5 por ciento en el pago promedio a nivel nacional. Walmart menciona que también ofrece bonos de productividad a la mayoría de los empleados y está trabajando para ajustar los contratos de negociación colectiva para cumplir con la nueva ley laboral que se está aprobando. En la tienda de la Ciudad de México, el señor Hernández, quien gana 59 dólares por su semana de seis días, dice que aún no ha recibido un aumento. La señora Martínez detalla que los bonos de productividad que recibió de la compañía ascendieron a diez dólares por año o dos.
La madre de cuatro hijos de 58 años podría usar un poco de dinero extra. De hecho, comenta que su esposo contribuye con trabajos esporádicos que puede encontrar, como colgar luces de Navidad, pero no en México. Para conseguir ese trabajo, tuvo que cruzar la frontera. 
Con información de Zenyazen Flores y Héctor Usla*

https://www.elfinanciero.com.mx/bloomberg-businessweek/el-cambio-toca-a-los-sindicatos?fbclid=IwAR1nxUG8p57lPApPF5Xmv0NnRdyBhS3fDfc2MZMw-PJ27ob4QkaHEPwokRw

La reforma laboral en México: ¿qué sigue? II 

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 Incorpora disposiciones que refuerzan el cumplimiento de la ley, así como derechos y obligaciones de los trabajadores y patrones en el desarrollo de las relaciones de trabajo 
por 
HÉCTOR GONZÁLEZ L., SANTIAGO MARVÁN U., HÉCTOR GONZÁLEZ G., NELSON GUERRERO R., EMILIO I. GARZÓN J., CRISTIAN J. LAMAS 
15/05/2019 
En una fecha simbólica, el 1 de mayo, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por virtud del cual se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, de la Ley Federal de la Defensoría Pública, de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y de la Ley del Seguro Social, en materia de justicia laboral, libertad sindical y negociación colectiva en México. 
El pasado 13 de mayo utilizamos este espacio de opinión para publicar la primera parte (https://lexlatin.com/opinion/la-reforma-laboral-en-mexico-que-sigue-i) de un análisis sobre estas novedades en legislación mexicana. 
A continuación tienen la segunda entrega. 
Función conciliatoria 
La conciliación prejudicial es un requisito previo para el ejercicio de la acción legal del trabajador en los tribunales laborales. No podrá promoverse demanda sin previamente haber agotado la instancia conciliatoria, salvo en: los casos de discriminación en el empleo; designación de beneficiarios; reclamo de prestaciones de la seguridad social; reclamo por la titularidad de contrato colectivo o contrato-ley, así como conflictos relacionados con estatutos de sindicatos y sus modificaciones. 
La instancia conciliatoria prejudicial comprende: la solicitud de las partes o de una de ellas para iniciar el procedimiento ante el centro de conciliación —ya sea federal o local— así como la celebración de la audiencia de conciliación (obligatoria) y, finalmente, la celebración de convenio. Este surtirá pleno efecto legal y solo podrán impugnarse condiciones que impliquen renuncia de derechos. 
Nuevos procedimientos de administración de justicia 
Los tribunales laborales de los estados conocerán los conflictos que se susciten en su jurisdicción y que por excepción no correspondan a la competencia de los tribunales federales. 
En lo que al procedimiento ordinario respecta, los trabajadores accionantes deberán promover su demanda acompañando las pruebas de su parte. El patrón deberá contestar por escrito dentro de los 15 días siguientes a la fecha de emplazamiento, presentando las pruebas correspondientes. 
El nuevo procedimiento prevé notificaciones por buzón electrónico y un trámite más ágil. Destaca el reconocimiento de los CFDI (comprobante fiscal digital por internet) como medio de prueba para el salario y dispone sanciones frente a conductas notoriamente indebidas e improcedentes de las partes y autoridades. 
De acuerdo con los principios de la reforma referentes a la libertad y democracia sindical, se establece dentro del procedimiento especial el procedimiento especial colectivo. Este no requiere la constancia de representatividad para el ejercicio de la acción y, dada su naturaleza, no permite la negociación previa. 
Es un mecanismo diseñado para que se diriman, mediante la consulta de los trabajadores (recuento), la titularidad del contrato y cuestiones colectivas como la suspensión y terminación colectiva de las relaciones de trabajo, entre otros. 
Autoridades y reglas de transición 
La reforma dispone la creación o modificación del ámbito de autoridades relacionadas con la administración de las relaciones de trabajo, en los términos siguientes: 
Función registral y administración de contratos colectivos 
Mientras no entre en funciones el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (máximo dos años), la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) y las juntas de conciliación y arbitraje continuarán con las responsabilidades registrales en relación a los sindicatos, conforme a la ley vigente hasta el 1 de mayo de 2019. 
Función jurisdiccional y conciliatoria 
Las juntas continuarán conociendo de los asuntos vigentes a la fecha, así como de aquellos que se generen a partir de la entrada en vigor del decreto hasta que entren en funciones los tribunales, conforme a las disposiciones de las leyes anteriores al decreto. Deberán, además, presentar un plan de conclusión de asuntos en trámite dentro de los 120 días siguientes a la entrada en vigor. 
Los tribunales y centros de conciliación locales deberán entrar en funciones dentro de los tres años. Los tribunales de carácter federal y el centro federal, por lo que respecta a la función conciliatoria, deberán hacerlo dentro de los siguientes cuatro años a partir de la vigencia del decreto. 
Los contratos colectivos deberán revisarse, por lo menos, una vez dentro de los siguientes cuatro años conforme al procedimiento previsto en la reforma. La falta de revisión o cumplimiento con los requisitos de conocimiento y aprobación de los trabajadores causará la terminación del contrato colectivo. 
Para efectos de la consulta a los trabajadores respecto al contenido del contrato, la STPS deberá establecer un protocolo de verificación dentro de los tres meses siguientes a la entrada en vigor del decreto. 
La reforma laboral generará efectos gradualmente. Las cuestiones que incidan en los procedimientos administrativos y/o jurisdiccionales individuales y colectivos quedarán supeditadas al funcionamiento de las nuevas autoridades conciliatorias, registrales y jurisdiccionales, por lo que continuará siendo aplicable el marco legal previo a la reforma. 
Sin embargo, incorpora disposiciones que refuerzan el cumplimiento de la ley, así como derechos y obligaciones de los trabajadores y patrones en el desarrollo de las relaciones de trabajo. Estos serán exigibles a partir de la vigencia general del decreto. 

https://www.lexlatin.com/opinion/la-reforma-laboral-en-mexico-que-sigue-ii

Reforma laboral


Por Felipe González –
14 mayo 2019 @ 7:32
El estado de México ha dado pasos hacia la reforma de la justicia laboral, a tono con una reforma del año pasado y con las recientes modificaciones que hizo el Congreso de la Unión.
Por instrucciones del presidente del Poder Judicial estatal, Sergio Medina, se creó un grupo de trabajo para que aceitar el paso de la justicia laboral del Poder Ejecutivo al Tribunal Superior de Justicia estatal. El grupo está a cargo del consejero de la judicatura Gerardo de la Peña que, protagonismos aparte, ha conseguido que un centenar de jueces estén listos para atender los tribunales laborales —que necesitarán espacios que podrían costar 150 millones de pesos—. En esta ruta, el trayecto de la reforma avanza.
En otra parte, la secretaria del Trabajo, Martha Hilda González Calderón, tiene una propuesta interesante, que de concretarse permitiría que se conserve la paz laboral de la que ha gozado el aparato productivo mexiquense: crear un Consejo de Conciliación Laboral.
La reciente reforma permite con mucha amplitud la libertad sindical, que siendo un elemento positivo en términos democráticos, puede ser un riesgo y llevar a sindicatos y empresas a puntos críticos. Es posible que la elección de dirigentes sindicales, la decisión de pertenecer a tal o cual sindicato, conduzca a conflictos o a daños en las empresas.
De ahí que la propuesta de González Calderón deba ser tomada nuy en serio. Serán indispensables las herramientas e instrumentos en materia de conciliación, donde sindicatos —entre sí— y patrones puedan dirimir diferencias y lograr acuerdos, sin arriesgar ni poiner en peligro la fuente de trabajo.
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Hablando del Poder Judicial, ya se menciona con insistencia el nombre del juez Ricardo Alfredo Sodi Cuéllar. Pero su falta de expertise como juez y administrador lo pone en duda en los círculos judiciales de Toluca, aunque estos suelen ser endogámicos. También aparece en las muy adelantadas quinielas el dinámico magistrado José Luis Maya Mendoza y la laureada magistrada María del Refugio Elizabeth Rodríguez Colín. Hagan sus apuestas.
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El diputado Maurilio Hernández ya tiene fecha para un periodo extra en el que la sexagésima Legislatura vote la reforma educativa, como parte del Constituyente Permanente. El mandamás de la Cámara de Diputados del estado de México afina los hilos para que eso ocurra el próximo jueves.
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