
Imelda García
En la Cámara de Representantes de EU, los demócratas ejercen presión en el Congreso mexicano para que apruebe la reforma laboral lo antes posible, a cambio de ratificar el T-MEC; en el Poder Legislativo ya se mueven los engranajes para su discusión
Abr 5, 2019
La reforma laboral que trabaja el Congreso mexicano no solo tiene la motivación del gobierno del presidente Andrés Manuel López Obrador, sino la presión de los Estados Unidos para aprobarla.
Los demócratas en el Congreso estadounidense han afirmado que no ratificarán el Tratado de Libre Comercio de México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC) a menos que el país modifique su legislación en materia de trabajo.
Aunque legisladores mexicanos aseguran que la declaración de Nancy Pelosi, presidenta de la Cámara de Representantes de los Estados Unidos, no influirá en el trabajo del legislativo mexicano, lo cierto es que su exigencia comenzó a mover los engranajes del Congreso mexicano.
En su conferencia matutina de ayer, López Obrador declaró que la reforma laboral debe ser aprobada en el Congreso de la Unión con el fin de que no sea reabierta la negociación del T-MEC y apegada a dicho tratado comercial
“Lo hemos expresado abiertamente al sector empresarial, obrero y lo hemos dado a conocer a los legisladores (…) que debe aprobarse una reforma laboral apegada a los acuerdos que se establecieron en el tratado. No queremos que se dé ningún motivo para reabrir las negociaciones del acuerdo”, dijo el jefe del Estado mexicano.
El punto nodal de la reforma laboral que se discutirá en las cámaras de Diputados y Senadores en los próximos días es terminar con las juntas de Conciliación y Arbitraje, tanto a nivel federal y local, y pasarlas al control del Poder Judicial.
Además, se busca fomentar la democracia sindical, así como la transparencia y la rendición de cuentas.
La bancada de Morena ha defendido que se trata de una legislación de avanzada; sin embargo, la oposición se niega a aprobar estos cambios bajo la presión de los Estados Unidos.
A unos días de que concluya el periodo ordinario de sesiones, los legisladores se preparan para discutir la reforma laboral la próxima semana o en un periodo extraordinario para avalarla y poder avanzar en la ratificación del T-MEC.
¿QUÉ BUSCA LA LEGISLACIÓN?
La nueva reforma laboral mexicana busca incorporar los principios de acuerdos internacionales que México suscribió en meses recientes.
Se trata de modificaciones a la Ley Federal del Trabajo para cambiar algunos principios relacionados con la vida sindical, la justicia laboral y promover la no discriminación.
La nueva legislación laboral que discutirá el Congreso de la Unión en los próximos días está basada en una iniciativa presentada en enero pasado por la bancada de Morena.
Uno de los ejes rectores de esa nueva legislación plantea la desaparición de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, así como de las juntas locales de Conciliación y Arbitraje.
Hoy día, estas juntas son las que resuelven los conflictos laborales en todo el país; sin embargo, su conformación ha provocado que las resoluciones muchas veces favorezcan a una de las partes.
Las juntas de Conciliación y Arbitraje tienen una integración tripartita, y en su estructura están un representante del gobierno (sea federal o estatal) e igual número de representantes de las empresas y del trabajo.
Estos representantes, acompañados por el participante del gobierno, son quienes resolvían las denuncias contra patrones, empresas y empleados.
La intención del Gobierno federal y de Morena es desaparecer dichas juntas y crear un Tribunal Laboral, que dependa del Poder Judicial. Con ello, la resolución de los conflictos quedaría en manos de jueces y no de los propios representantes de los afectados
“El país requiere que la justicia sea impartida por los órganos del Poder Judicial, otorgando mayor certeza al trabajador en su empleo y salario y evitando los abusos en el supuesto ejercicio de los derechos, como las demandas fraudulentas, que destruyen la pequeña y mediana empresa, o que desalientan la creación de más y mejores empleos.
“En lugar de conducir a un auténtico diálogo social, el tripartismo desembocó en un sistema basado en prácticas de simulación, perdiéndose así un poderoso instrumento para resolver los conflictos obrero-patronales e intersindicales”, argumenta la iniciativa.
La sustitución de las juntas de Conciliación y Arbitraje por un Tribunal Laboral quedó establecida en la reforma constitucional de febrero del 2017; para su puesta en marcha es necesario que quede escrito en la Ley Federal del Trabajo.
Una de las propuestas es que los sindicatos de trabajadores o patrones podrán solicitar a los tribunales laborales la modificación de las condiciones de trabajo que contienen los contratos colectivos o los contratos ley.
Otro punto nodal de la reforma laboral de Morena es el cambio en la organización de los trabajadores, pues se busca que quede prohibido a los patrones y al Estado cualquier tipo de injerencia en los sindicatos de trabajadores.
También quedará establecida la libertad sindical para elegir a sus directivas sindicales, sin la intervención de agentes externos.
“El propósito de dichos cambios y adiciones es dar cumplimiento eficaz al derecho a la democracia representativa previsto tanto en la Declaración Universal de Derechos Humanos, como en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, y ahora en la propia Constitución Federal, al establecerse que la designación de los representantes obreros deberá realizarse a través de elecciones auténticas, por ser éste el procedimiento que garantiza la libertad y eficacia del voto, así como el respeto integral de los derechos humanos vinculados con la democracia”, expone la iniciativa.
Ahora habrá sanciones en caso de que haya incumplimiento en la rendición de cuentas de las directivas sindicales, para asegurar la transparencia en el manejo de cuotas y finanzas sindicales.
Morena busca también establecer el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, que será un organismo descentralizado autónomo para que se registren los sindicatos y los contratos colectivos de trabajo, tanto a nivel federal y local. Este Centro estará facultado también para dirimir conflictos obrero-patronales.
En la discusión sobre la reforma, Morena deberá enfrentar a la oposición que se niega a aprobar estos cambios bajo presión de Estados Unidos
El director general de este Centro será electo por el Senado, de una terna propuesta por el presidente de la República; y su Junta de Gobierno estará integrada por las secretarías del Trabajo, Hacienda, el INEGI, el INAI y el INE.
Estas modificaciones son conocidas en el Congreso como la “Ley Alcalde”, en referencia a la secretaria del Trabajo, Luisa María Alcalde.
https://www.reporteindigo.com/reporte/reforma-laboral-el-paso-necesario-presiona-eu-aprobacion-para-ratyificar-tmec/
Categoría: Opinión
La libertad sindical ausente
Por Jorge Javier Romero Vadillo

Foto: Patricia Morales, Cuartoscuro
SinEmbargo
abril 04, 2019
SECCIÓN opinión
“El salario real calló en picada entre 1939 y 1953 y si bien durante el desarrollo estabilizador (1954–1970), el periodo tan añorado por el actual Presidente de la República, los salarios reales crecieron, al final del período apenas si habían recuperado el nivel de 1939”.
El lugar común se repite en todas las narraciones de la historia oficial: la mexicana de 1917 fue la primera Constitución que incorporó los derechos sociales, anticipándose a la de Weimar por dos años. La carta de Querétaro, en su artículo 123, en efecto, llevó al texto constitucional las principales demandas laborales de la época, como la jornada máxima de ocho horas, el día de descanso obligatorio, el pago de horas extras, la obligación patronal de proporcionar viviendas y escuelas y el derecho de huelga. La libertad de asociación también fue garantizada por el texto constitucional, con lo que los sindicatos adquirieron legalidad plena. Sin embargo, en la medida en la que la concebida democracia constitucional devino en un Estado corporativo de partido hegemónico, los derechos laborales establecidos por la Constitución se fueron deformando, al punto de que hoy en México –y desde los tiempos clásicos del régimen del PRI– no existe libertad sindical y el derecho de huelga no es una prerrogativa de los trabajadores, sino un mecanismo en manos de las corporaciones, usado por sus líderes en beneficio de sus intereses estrechos.
Desde la ley federal del trabajo de 1931, que reguló la formación de sindicatos, la contratación colectiva y los términos en los que se podrían llevar a cabo las huelgas, la titularidad de los derechos laborales se les concedió a las organizaciones gremiales, por encima de los derechos individuales de los trabajadores. El entramado institucional que se construyó a partir de aquella primera ley laboral acabó por escriturarle los contratos colectivos a los sindicatos y por concederles a estos la prerrogativa de decidir las huelgas.
El objetivo declarado de aquella legislación y su desarrollo posterior era favorecer el proceso de organización de los trabajadores, fortalecer a los sindicatos y evitar el divisionismo con una serie de mecanismos, como la facultad administrativa, conferida a la Secretaría del Trabajo, para reconocer la existencia, y por lo tanto la legalidad, de las organizaciones sindicales. Ideado como protección para los sindicatos contra iniciativas patronales de doble sindicalización y otras formas de inducir el divisionismo en la clase trabajadora, el mecanismo ha funcionado en la práctica para otorgar la legalidad solo a dirigencias y sindicatos afines a la autoridad o a la dirigencia obrera hegemónica y para mantener en la ilegalidad las iniciativas de agremiación independiente.
El pacto corporativo de 1938 –que transformó al Partido Nacional Revolucionario en Partido de la Revolución Mexicana– subordinó políticamente a las organizaciones gremiales al partido del régimen, el cual, a su vez, quedó sometido a los designios del Presidente en turno. La unificación sindical y su incorporación a la coalición política sindical fueron vistas en aquel tiempo como una forma de extender la protección estatal sobre los trabajadores, para fortalecerlos en su negociación con los empresarios.
Sin embargo, cuando en 1946 el pacto político se extendió a los empresarios, el control político de los sindicatos sirvió para garantizarle docilidad laboral al capital, con resultados devastadores sobre el nivel de vida de los trabajadores. El salario real calló en picada entre 1939 y 1953 y si bien durante el desarrollo estabilizador (1954–1970), el periodo tan añorado por el actual Presidente de la República, los salarios reales crecieron, al final del período apenas si habían recuperado el nivel de 1939. La falta de autonomía sindical fue la causa principal de que buena parte del crecimiento económico se diera con bajos salarios, lo que a la larga condujo a que el mercado interno no creciera lo suficiente y que, al final del ciclo, el modelo acabara por agotarse.
El corporativismo sindical benefició, en cambio, a los líderes sindicales que formaban parte de la elite política. La labor de intermediación de las dirigencias sindicales oficialistas estaba muy bien pagada, pues los líderes sindicales leales se enriquecieron y participaron en el reparto de rentas estatales a través de los cargos de elección estatal y del usufructo patrimonial de parcelas administrativas relacionadas con su materia de trabajo. La recaudación obligatoria de cuotas sindicales entre los agremiados, que en el caso de los sindicatos de empleados públicos hacía directamente el Gobierno, y la posibilidad de usar ese dinero de manera discrecional, sin ningún tipo de rendición de cuentas, hizo que los dirigentes de las organizaciones gremiales adquirieran un poder económico relevante. Así fue como el Estado postrevolucionario gobernó al mundo del trabajo.
La disolución del monopolio político, como resultado del proceso de democratización, no disolvió, sin embargo, al corporativismo sindical. El entramado legal en el que se basó el control estatal sobre los sindicatos apenas si se ha modificado. Los sindicatos siguen siendo monopolios, los contratos colectivos siguen siendo propiedad gremial y no un derecho de los trabajadores en tanto que individuos que se asocian libremente, el registro sindical sigue funcionando como una barrera de entrada a la libre organización sindical y las huelgas siguen siendo un instrumento en manos de los líderes, no un derecho individual de los trabajadores. La democracia sindical es inexistente, aunque es probable que esta se amplíe de manera notable una vez que entre en vigor en México, el próximo 23 de noviembre, el recientemente ratificado convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo, referente al derecho de sindicación y negociación colectiva.
El Presidente López Obrador ha incorporado a su coalición de poder a figuras notables de la vieja guardia sindical. El dueño por herencia del sindicato minero y la cacique sindical de los maestros son solo las figuras más visibles de lo que se antoja un pacto más amplio con las dirigencias corporativas que controlan la propiedad de la mayoría de los contratos colectivos en el país. La libertad sindical en México está lejos de alcanzarse y los derechos laborales siguen siendo gestionados por camarillas cerradas. Habrá que ver si el actual Gobierno se compromete en serio, como ha declarado, con el voto libre de los trabajadores a la hora de elegir a sus dirigencias, pero haría falta además que se eliminara el registro sindical restrictivo, el derecho de huelga se convirtiera en un ejercicio decidido libremente por los trabajadores y que la gestión de los contratos colectivos fuera temporal y estuviera sometida a la decisión democrática entre diversos sindicatos. Solo entonces podremos dar por muerto al corporativismo.
https://www.sinembargo.mx/04-04-2019/3560932
Sin libertad sindical en nuestro país
México es país miembro de la OIT desde 1931 y por ello esta comprometido a hacer valer los principios que protege su Constitución, entre ellos, el de libertad sindical.

Foto: Twitter @Telefonistas.
Por Valente Quintana Pineda*
El 23 de noviembre del 2018 se depositó en la sede de la Organización Internacional de Trabajo en Ginebra Suiza el instrumento de ratificación del Convenio 98 referente al Derecho de Sindicación y Negociación Colectiva aprobado previamente en el mes de septiembre por el Senado de la República, que sumado al Convenio 87 referente a la Libertad Sindical ratificado por nuestro país en 1950, presume unas bases sólidas para llevar un sano desarrollo en las relaciones colectivas de trabajo de nuestro país, ahora bien, conocemos la realidad practica de las mismas y sabemos que hasta hace unos meses se habían perfilado en sentido contrario contando con un 85% de estas relaciones simuladas, por lo que vale la pena hacer un breve análisis para saber qué es lo que sucedió.
México es país miembro de la Organización Internacional del Trabajo desde 1931, año en el que también sale a la luz la primera Ley Federal del Trabajo y cuando un país es miembro de esta organización internacional especializada en relaciones laborales se compromete a hacer valer los principios que protege su Constitución, entre ellos, el de Libertad Sindical, Derecho a la Sindicación y Negociación Colectiva, ahora bien, si además de ellos ratifica sus convenios, en este caso convenios fundamentales, adquiere la obligación de incorporar el contenido de estos convenios a la norma interna del país, como en este caso sería al artículo 123 constitucional, así como a la Ley Federal del Trabajo, y desde luego lo más importante será hacerlos respetar en la práctica y desarrollo de las relaciones colectivas de trabajo para que se dé efectivo cumplimiento a estos convenios.
En cuanto al tema de Libertad Sindical, materia del Convenio 87 de la Organización Internacional del Trabajo hay tres conceptos que debemos de revisar para diagnosticar el estado que guardan nuestras relaciones colectivas de trabajo, en primer lugar debemos de hablar de la “Libre Sindicación”, que significa que todos los trabajadores con derecho a sindicalizarse, deben de ejercer esta en sentido positivo o negativo, esto quiere decir que un trabajador tenga la libertad para afiliarse o no a una organización sindical, facultad que viola nuestra Ley Federal del Trabajo en su artículo 395, si bien ya no por separación, si por la admisión de los trabajadores a los centros de trabajo señalando; “En el contrato colectivo podrá establecerse que el patrón admitirá exclusivamente como trabajadores a quienes sean miembros del sindicato contratante…” por lo que es de sencilla deducción que los trabajadores no cuentan con Libre Sindicación al no contar con la libertad de decidir si pertenecen o no al sindicato titular del contrato colectivo que regula las relaciones de trabajo en la empresa, ya que en caso de no pertenecer al mismo no podrán prestar sus servicios.
Esta cláusula de exclusión por admisión a los centros de trabajo también hace imposible el respeto a nuestro segundo concepto a revisar referente a la “Pluralidad Sindical”, la cual debe de entenderse a la libertad de los trabajadores para decidir de entre varias organizaciones sindicales a cual desea pertenecer, en México solo es conocido un solo caso sui generis que atiende más a una decisión política que jurídica, en que los trabajadores pueden decidir a qué sindicato pertenecer, y es el caso del Hospital Español, en el que el contrato colectivo que regula sus relaciones colectivas de trabajo cuenta con la titularidad de dos organizaciones sindicales.
Por último habría que analizar la Autonomía Sindical, referente a que las organizaciones sindicales nacen por la voluntad única de los trabajadores, y únicamente deberán de ser reguladas por ellas mismas mediante los estatutos que redacte su respectiva Asamblea sindical, a lo cual se contrapone de nuevo la Ley Federal del Trabajo, mejor dicho, la aplicación de esta ley por lo que hace al otorgamiento de la famosa Toma de Nota, que es una certificación del registro de un sindicato expedido por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social en los casos de competencia sindical y por las Juntas Locales de Conciliación y Arbitraje en los casos de competencia local, y que encuentran su fundamento en el artículo 365 de la Ley Federal del Trabajo, la cual le concede naturaleza declarativa que aparentemente no se contrapone a esta Autonomía Sindical, pero que al ser un requisito indispensable para ejercer el derecho de huelga o de contratación colectiva adquiere de hecho un efecto totalmente constitutivo, aún más cuando las autoridades correspondiente niegan sistemáticamente este registro aun cuando se cumplen la totalidad de requisitos legales para el registro de su organización.
Como podemos ver a pesar de que la Libertad Sindical se encuentra consagrada en los artículos primero y 123 constitucional y en su Ley reglamentaria, así como en el Convenio 87 de la OIT ratificado por México en 1950, seguimos en un país ajeno a este principio de defensa colectiva de los trabajadores, ya habrá oportunidad de analizar el derecho de sindicación y negociación colectiva.
*Maestro en Relaciones Laborales por la Universidad de Castilla La Mancha. Maestría en Derecho Laboral en la Escuela Libre de Derecho. Profesor en las universidades Iberoaméricana y Anáhuac.
https://www.forbes.com.mx/sin-libertad-sindical-en-nuestro-pais/
Economía informal, el reto pendiente

MIÉRCOLES 3 DE ABRIL DE 2019
Claudia Corichi
La 4T ha puesto un especial énfasis en combatir la corrupción, promover la austeridad y en grandes líneas, simplemente tapar aquellos boquetes por los que los recursos públicos se desvanecían y destinaban a otros propósitos. Sin embargo, poco se ha hablado sobre incrementar los ingresos del país vía una ampliación de la base tributaria, reto que cruza de frente con combatir la informalidad, y que hoy los demócratas de Estados Unidos han puesto en evidencia.
Se calcula que, en México, 23 de cada 100 pesos del PIB son generados por el sector informal, siendo el comercio minorista, la actividad que más contribuye a la economía nacional. Sin embargo, más de la mitad de los trabajadores (57%) se encuentra laborando dentro de ese sector, mismo que concentra a los ocupados que trabajan bajo condiciones vulnerables, y que muchas veces les son violentadas sus garantías laborales (vacaciones, aguinaldo o acceso a instituciones de salud).
Ha sido la Presidenta de la Cámara de Representantes de Estados Unidos, la demócrata Nancy Pelosi, quien ha señalado que el Congreso estadounidense no votará sobre el último acuerdo comercial con México y Canadá, conocido como T-MEC, hasta que nuestro país apruebe una reforma laboral, pues indica “es un gran problema cómo se trata a los trabajadores en México».
Aunque la aseveración es en extremo importante, derivado del estrechamiento de relaciones comerciales en 1994 con la entrada en vigor del NAFTA, la precarización de los salarios y condiciones de contrataciones, fue benéfica principalmente a las empresas estadounidenses, esto toda vez que los bajos costos de mano de obra no solo redituaron en los niveles de competitividad de las industrias que se establecieron en el país, sino también en los márgenes de rentabilidad de las mismas.
La incorporación del capítulo laboral del T-MEC no sólo obliga a México a cumplir los compromisos firmados con la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en materia de libertad de asociación sindical y justicia laboral, por lo cual no hay alternativa que adoptar en la legislación laboral, los principios establecidos en los convenios con la OIT y en el artículo 123 constitucional.
Lo que es seguro, es que la 4T ha apostado fuertemente a la promoción del empleo, y es que la dependencia a cargo de Luisa María Alcalde goza de un aumento de 932% en comparación con 2018, con un presupuesto de más de 43 mil millones de pesos.
https://www.elsoldemexico.com.mx/analisis/economia-informal-el-reto-pendiente-3270031.html
Interjet: el difícil cambio

Foto: Facebook de Interjet
Rosario Avilés
02 de abril de 2019, 00:19
En los días que corren la aerolínea Interjet ha cancelado varios vuelos (unos 34 el fin de semana pasado) y se espera que entre lunes y sábado se cancelen un promedio de 13 diarios hasta completar 60. El argumento es que tienen dos Airbus 320 en mantenimiento y menos Sukhoi (superjets 100) disponibles, por lo cual estarían dejando toda su disponibilidad de horas y jornadas para los días más difíciles de la temporada alta de Semana Santa.
Lo cierto es que esta es sólo la punta del iceberg de lo que ocurre en la empresa de Miguel Alemán, creada hace 13 años, y cuyo propósito era conquistar gradualmente el lugar que dejó Mexicana. Pero hace un par de meses, en un giro inesperado, decidió competir de lleno con Viva Aerobús y Volaris, las campeonas del ultra bajo costo, al traer como director a un mexicano avecindado en Colombia, William Shaw, forjador de ese tipo de aerolínea.
Interjet no pasa por su mejor momento pues lleva meses padeciendo problemas operativos, lo que provocó la salida de varios superjets. A esto se suman otros elementos como el alza del precio del combustible, la rebatinga por los mercados y otros factores que también les pegaron a sus competidores, pero que le provocó a la empresa de los Alemán una crisis tal, que fue necesario despedir a casi 500 empleados en el segundo semestre del 2018. Nada que no se haya visto antes.
Pero en el México de la cuarta transformación, el entorno laboral en el que Interjet floreció y logró años completos de revisiones cómodas y sin ruido, está cambiando. El sindicato de la empresa, la “sección 15” —encabezada por Joaquín del Olmo— y que pertenece a la CTM, que dirige Carlos Aceves del Olmo, están sintiendo pasos en la azotea ante la reforma laboral que incluye la libertad sindical, la transparencia en el manejo de los recursos, el voto libre, secreto y universal y la posibilidad de que exista más de un sindicato por empresa.
El panorama se le complicó a la sección 15, que apenas a principios de febrero había enviado una circular donde instaba a los trabajadores a apoyar a la aerolínea por los malos resultados financieros observados en el 2018 y buscar soluciones a las demandas de las tripulaciones que llevaban meses pidiendo aumentos salariales y de viáticos.
En este entorno, la llegada de Shaw parece no haber caído muy bien. Un mes después de la misiva conciliadora y comprensiva, Del Olmo envió una carta bastante fuerte a la nueva dirección de la empresa dejándole claro que los trabajadores ya no creían en las promesas de la administración, después de meses de promesas incumplidas.
Se incluyó una larga lista de reclamos, entre ellos, una operación errática, un enorme desorden en la asignación de jornadas que resultaba improductivo para la empresa y fatigoso para las tripulaciones. A ese coctel se sumó la difusión de un video donde Shaw se muestra tan molesto con el ambiente hostil y las preguntas de los trabajadores, que acaba por decir que “Interjet ya estaba muerto”, antes de que él llegara. Dicho en otras palabras: se juntó el hambre con las ganas de comer.
Se sabe que finalmente que sindicato y empresa llegaron a un acuerdo. A partir de mayo habrá otras condiciones, menos viáticos, jornadas más extensas pero “más productivas” y otros ahorros para la aerolínea. Para los trabajadores, la promesa de que tendrán trabajo. Para el sindicato una gesta que contradice su pasado pero que podría asegurar su futuro (al menos ésa es la apuesta).
Para el público usuario unos días de cancelaciones que supusieron corajes y otras afectaciones y en el futuro un modelo de negocio más parecido a la pobreza franciscana pero que es —quizás— la única forma de salvar a la aerolínea después de la aventura rusa.
Lo oí en 123.45: ¿Y Mexicana para cuándo?
https://www.eleconomista.com.mx/opinion/Interjet-el-dificil-cambio-20190402-0008.html
Convenio laboral de liquidación, sus requisitos

SOCIEDAD Y DERECHO
Por: Juan Bautista Lizárraga Motta
01 de Abril 2019 · 04:00 hs
El pasado viernes 29 de marzo de 2019, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación publicó en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, la jurisprudencia de rubro: Convenio celebrado fuera de juicio laboral ratificado ante la Junta de Conciliación y Arbitraje. Para su validez es necesario que tenga la firma de todos sus miembros, así como del secretario de acuerdos que autoriza y da fe, en la cual dispone que en el evento de que el patrón y el trabajador decidan dar por concluida la relación laboral por medio de la celebración de convenio, este, para ser considerado como válido, al momento de ser ratificado ante la Junta de Conciliación y Arbitraje, debe contener la firma de todos los miembros de dicha Junta, y no sólo las del secretario de acuerdos, pues sólo así puede haber seguridad y certeza jurídica de que dicho instrumento no implica la renuncia de derechos del empleado, conforme a lo estipulado por el artículo 33 de la Ley Federal del Trabajo, que transcribo, destacando lo relevante:
“Artículo 33.- Es nula la renuncia que los trabajadores hagan de los salarios devengados, de las indemnizaciones y demás prestaciones que deriven de los servicios prestados, cualquiera que sea la forma o denominación que se le dé.
Todo convenio o liquidación, para ser válido, deberá hacerse por escrito y contener una relación circunstanciada de los hechos que lo motiven y de los derechos comprendidos en él. Será ratificado ante la Junta de Conciliación y Arbitraje, la que lo aprobará, siempre que no contenga renuncia de los derechos de los trabajadores.”
De ordinario, el convenio celebrado de conformidad al artículo 33 de la Ley Federal del Trabajo define aspectos sustantivos de la relación laboral, como lo son: el salario, la categoría, la jornada, vacaciones, liquidación, aguinaldo y antigüedad, entre muchos otros, como lo haría el laudo (sentencia) que en su momento se dicte en el procedimiento jurisdiccional al resolver el fondo del asunto, en el caso que se tramitará este.
El convenio relativo, para considerarlo legalmente ratificado (por no contener renuncia de derechos de parte del trabajador), debe contar con las firmas de todos los miembros de la Junta respectiva, así como del secretario de acuerdos que autoriza y da fe, al igual que acontece tratándose de los laudos, como lo disponen los artículos 889 y 890 de la Ley Federal del Trabajo que se reproducen a continuación:
“Artículo 889.- Si el proyecto de resolución fuere aprobado, sin adiciones ni modificaciones, se elevará a la categoría de laudo y se firmará de inmediato por los miembros de la Junta…
Artículo 890.- Engrosado el laudo, el secretario recogerá, en su caso, las firmas de los miembros de la Junta que votaron en el negocio y, una vez recabadas, turnará el expediente al actuario, para que de inmediato notifique personalmente el laudo a las partes.”
Por lo que, la sola presencia del secretario de acuerdos es insuficiente para considerar que la Junta haya analizado que el convenio no conlleva renuncia de derechos.
Lo anterior encuentra sustento en el artículo 18 de la mencionada ley laboral, al disponer que: “En la interpretación de las normas de trabajo… En caso de duda, prevalecerá la interpretación más favorable al trabajador…”
Por lo que la ratificación de los convenios a que se refiere el artículo 33 de la Ley Federal del Trabajo debe contener la firma de todos los miembros de la Junta para que pueda considerarse congruente con el mandato de impedir cualquier renuncia de derechos.
En consecuencia, si el convenio por el cual el patrón liquida al trabajador y dan por concluida la relación laboral, no tiene validez por carecer de alguna de las firmas de los miembros de la Junta de Conciliación y Arbitraje competente, deja abierta la posibilidad de que el empleado pueda nulificarlo y demandar al empleador por despido injustificado, pago de salarios vencidos, primas vacacionales, etc.
Como siempre, un placer saludarlo, esperando que estas pocas letras hayan sido de su agrado y, sobre todo, de utilidad.
https://www.debate.com.mx/opinion/Convenio-laboral-de-liquidacion-sus-requisitos-20190331-0161.html
La reforma laboral, la otra batalla

1 DE ABRIL, 2019 ALBERTO GONZÁLEZ
| Alberto González
Aún no se concluye el capítulo de la reforma educativa y ya hay que iniciar el de la reforma laboral, con todo lo que esto significa.
Si bien se ha trabajado en la propuesta, se debe dar en los próximos 30 días…
El Congreso de EU debe avalar en mayo el T-MEC, y para ese momento en México ya se debió resolver el tema laboral que pasa por sueldos, asunto en el que ya se dio un paso importante, y por modificaciones a la ley que obliguen a los sindicatos a someter a consulta y votación libre y secreta las negociaciones anuales de los contratos colectivos.
A pesar de que esos contratos deberían conocerse, si se aplicara la Ley de Acceso a la Información, el hecho de que tengan que votarse permeará más en las bases de las organizaciones laborales.
El compromiso con los socios Canadá y EU contempla también que el contrato colectivo deba someterse a consulta cada cuatro años, lo cual puede traer como consecuencia que se derogue.
A la 4T, que incluye al Ejecutivo y Legislativo, le queda un mes para presentar, discutir, aprobar y decretar la reforma laboral, con el fin de que en mayo ya esté resuelto el tema.
Muy apegados a los símbolos, la intención es que el 1 de mayo, Día Internacional del Trabajo, las reformas se presenten como un logro más del nuevo Gobierno en favor de los trabajadores.
Pero una reforma laboral así pisará muchos callos. Y el Gobierno federal, que en estos momentos lidia con la administración Trump por el tema migratorio, abrirá un nuevo frente.
Por un lado, centrales y líderes obreros han hecho de la opacidad una fuente de enriquecimiento durante años. Y por el otro, hay empresas que han logrado elevar sus ganancias a costa de los abusos laborales que son posibles por “líderes obreros” y “sindicatos fantasma”. Ambas partes no aceptarán tan fácil el golpe que representa una mayor transparencia sindical.
… Y ya hay un ejemplo del rechazo. Carlos Aceves del Olmo ya le manifestó al presidente López Obrador su desacuerdo con la iniciativa de Morena con la que se pretende dar respuesta a los compromisos del T-MEC.
En un primer momento, Aceves del Olmo se mostró satisfecho por la aparente receptibilidad del Presidente. Específicamente la parte con la que no está de acuerdo el líder de la CTM es la de que se permitan varios sindicatos en una empresa.
Hoy inicia esa cuenta regresiva, y depende de la capacidad de negociación del Presidente, apoyado en la secretaria del Trabajo, Luisa María Alcalde, el que este capítulo de la política laboral no venga a complicar el ambiente político interno y las relaciones con nuestros socios del Norte, que por el momento ya es suficiente con el desencuentro por la migración de Centroamérica hacia EU.
https://www.24-horas.mx/2019/04/01/la-reforma-laboral-la-otra-batalla/
Aún falta la cabeza del proletariado

Joel ortega Juárez
30.03.2019
No podrá haber cuarta transformación sin el diseño de una política para el mundo del trabajo.
La fuente principal de la desigualdad y la pobreza en México es la situación laboral de millones de asalariados y, peor aún, la gran mayoría de la población económicamente activa considerada como parte de la economía informal, que tiene al 60 por ciento situada ahí, es decir, sin salario, sin derechos de ningún tipo. No tienen días festivos, vacaciones, aguinaldo, retiro, mucho menos pensiones o jubilaciones, tampoco servicios médicos, tampoco vivienda, apoyo para educación a sus familiares; en síntesis, viven en una situación de extrema precariedad.
Ahora al proletariado hay que añadir el precariado y millones de jóvenes sin trabajo y sin educación −aunque cerca de 3 millones serán aprendices de la empresa privada con subsidio estatal por 3 mil 400 pesos mensuales−, además de los campesinos pobres, muchos despojados de sus tierras o sobreviviendo en tierras de temporal, sin crédito para insumos requeridos para la agricultura, convertidos en peones en sus propias tierras y, por todo ello en creciente abandono de las mismas, migrando a zonas del norte del país o directamente a los Estados Unidos.
Todo ese mundo, abrumadoramente mayoritario está en la orfandad política, social y sometido a la dominación cultural que exalta el éxito y la adoración de la propiedad privada.
Sin desconocer las interesantes posturas de la secretaria del Trabajo, Luisa María Alcalde (una de las pocas jóvenes del gabinete), en torno a la reforma laboral que ella denomina como el establecimiento de la libertad sindical y aunque por ahora sean solo pronunciamientos, son insuficientes para procesar una política tendiente a dar un viraje hacia el mundo del trabajo.
Las huelgas locas en Matamoros y algunos focos de resistencia en otros sectores y regiones del país, requieren de una estrategia.
Es indiscutible que habrá una nueva conformación política en el medio sindical. Existe la abierta pretensión del senador Napoleón Gómez Urrutia de conformar una central oficialista, quizá en alianza con Elba Esther Gordillo. Algo semejante intenta la Unión Nacional de Trabajadores bajo la dirección del anciano secretario del sindicato de telefonistas y el decano Agustín Rodríguez del STUNAM. También está en la lista el grupo que encabeza el secretario general de los residuos del SME. Todo ello sin olvidar al charrismo tradicional de la CTM, la CROC y demás estructuras en decadencia del corporativismo.
Impulsar una reforma laboral que elimine las bases legales del control corporativo mediante una propuesta de libertad sindical genuina es el punto de partida para construir esa estrategia que dote al proletariado y al precariado de una cabeza propia.
A mi juicio, esta es la tarea central de los que aspiramos a realizar un cambio de raíz, radical, del capitalismo mexicano, no solamente de su faceta neoliberal.
Sin duda que ese proceso no podrá avanzar, negando la inmensa rebelión electoral que triunfó el 1 de julio de 2018. Es una plataforma de gran importancia para reemprender en los términos del siglo XXI, la lucha por la emancipación de los trabajadores y de los nuevos actores del cambio.
joelortegajuarez@gmail.com
https://www.milenio.com/opinion/joel-ortega-juarez/otro-camino/aun-falta-la-cabeza-del-proletariado
Va la nueva Ley Federal del Trabajo

LA CUARTA TRANSFORMACIÓN
Por: Darío Celis Estrada
29 de Marzo 2019 · 04:00 hs
Si la CNTE no trastoca los tiempos políticos del Congreso, los legisladoress de Morena aprobarán la nueva Ley Federal del Trabajo (LFT) y el gobierno de Andrés Manuel López Obrador convocará a una mega marcha el 1 de Mayo en el Zócalo de la CDMX.
Todo apunta a que una vez derogada la reforma educativa de Enrique Peña, la Cámara de Diputados, a través de la Comisión del Trabajo que preside Manuel de Jesús Baldenebro Arredondo, iniciará el debate la próxima semana sobre la propuesta de la LFT propuesta por Morena y conocida como la “Ley Alcalde”.
Diputados consultados estiman que se aprobará la ley antes de Semana Santa, de tal suerte que el Senado de la República sólo tendrá del 22 al 30 de abril, fin del Periodo Ordinario de Sesiones, para ratificar lo aprobado.
Hay quienes dicen que la cámara de origen fue diputados para evitar el manoseo de Napoléon Gómez Urrutia, Pedro Haces y otros legisladores afines a Francisco Hernández Juárez.
Las mayorías que tiene Morena en diputados y senadores garantizan que la “Ley Alcalde” va a pasar sin ningún problema, lo que los expertos en derecho laboral estiman es que la puesta en marcha de la nueva LFT será lo que enfrente al sindicalismo cercano al PRI.
Estamos hablando de la CTM de Carlos Aceves del Olmo, la CROC de Isaías González, la CROM que dirige Rodolfo González Guzmán y la CTC que encabeza Abel Domínguez.
Uno de los puntos controversiales de la nueva ley es el que se refiere a la “detentación del contrato”, o la titularidad del contrato por parte de un sindicato.
Con la actual legislación el recuento por la titularidad se da al final de un proceso ante la Junta de Conciliación y Arbitraje, cuando se exhibe qué grupo o qué sindicato tiene el mayor número de trabajadores sindicalizados.
Con la nueva el proceso se acelera: un grupo nuevo, que no sea el titular del contrato, puede pedir un recuento previo y la autoridad puede dar una “constancia de mayoría”, lo que representa que la vida de la empresa cambie inmediatamente por la agitación sindical.
De aprobarse la LFT antes del 30 de abril, quedaría abierta la puerta para la gran marcha del nuevo sindicalismo mexicano encabezada por Pedro Haces de la Catem y Napoleón Gómez Urrutia de la Confederación Internacional de Trabajadores.
https://www.debate.com.mx/opinion/Va-la-nueva-Ley-Federal-del-Trabajo-20190328-0164.html
Y… QUÉ PASA? XI Encuentro Obrero Empresarial 2019

JUEVES 28 DE MARZO DE 2019
Miguel Jiménez Ibañez
En el marco del XI Encuentro de la Unidad Obrero Empresarial 2019, se llevó a cabo el pasado viernes 22, organizado por la Federación Revolucionaria de Obreros y Campesinos del Estado de Jalisco (FROC), su dirigente Antonio Álvarez Esparza dijo que “este es el día de la estabilidad laboral”, al recordar que en la entidad perdura el pacto no escrito entre los extintos dirigentes sindicales Francisco Silva Romero y Heliodoro Hernández Loza de la CROC y la CTM respectivamente.
Agregó que ese pacto está vigente: “no es cosa política. Forma parte de la construcción del Estado, aún en la alternancia de Gobierno porque privilegia la paz social, cuida el sector productivo y lo hace crecer en beneficio de trabajadores y patrones y evita las discordias inter gremiales”.
“Hoy que hay fuertes vientos de cambio, -dijo- algunas embarcaciones quieren soltar amarras para navegar en aguas procelosas para ver que pescan. Se avizora anarquía laboral de ocurrir lo que puede significar un grave retraso en la convivencia obrero patronal”.
Ante el gobernador Enrique Alfaro, Secretario General de Gobierno Enrique Ibarra Pedroza, el presidente de la CANACO Guadalajara, Xavier Orendáin de Obeso, el Coordinador del Consejo de Cámaras Industriales de Jalisco (CCIJ) Rubén Massaí González Uyeda, representantes de COPARMEX, del presidente del Supremo Tribunal de Justicia, Ricardo Suro, de sindicatos fraternos y autoridades municipales y dirigentes froquistas, Álvarez Esparza afirmó que “ni la disociación ni la discordia son las formas de ganar más salarios.
“No es la polarización ni la pulverización de la representación de los trabajadores, la forma de obtener mejoras ni ser más productivos. La actitud beligerante en que se puede incurrir por la aprobación de la propuesta de reforma a la Ley del Trabajo, no apoya la competitividad ni la obtención de un salario decente, ni la justa distribución de la riqueza ni la integración obrera”. Demandó a los legisladores “que protejan la equidad y la justicia laboral no burocratizando ni partidizando la jurisdicción con criterios de prelación jurídica”.
Frente a representantes de sindicalistas de una veintena de Estados de la República conjuntados en el Consejo Nacional Laboral, que coordina Álvarez Esparza, este dijo que la mejoría no se logra por decreto. “En el núcleo laboral no se puede decretar cómo hacer mejor las cosas porque son las empresas con sus trabajadores las que planean y producen resultados. La productividad, la competitividad y la educación laboral están referidas en la Ley pero “se hacen con el ruido del taller”.
Entre los productos esenciales de exportación en el TMEC, como el automotriz y pantallas de TV entre otros, “tenemos bajísimos contenidos locales con beneficios que, con la exigencia de reformas, hacen parecer ridículo que modifiquemos todo el sistema legal para que otros países se lleven la mayor parte. Los costos de la reforma no corresponden, por su desproporción, al interés nacional.
“Por ello la FROC Jalisco y CONLABOR, organismos de alternativas para los nuevos tiempos, estamos de acuerdo en blindar en el Estado mejorando nuestra relación laboral para encaminarla a la defensa del trabajo estable, a la generación de mejores prácticas laborales para transitar, sin violencia, la moda que viene con la nueva política. Estamos alejados en todo nuestro espíritu de cualquier inmovilismo paralizante que ciegue nuestra razón. Pensamos en el futuro”.
Por su parte, Alberto Juárez Bautista a nombre del Consejo Nacional Laboral dijo que ahora “no son tiempos de improvisación ni de ocurrencias políticas” y se refirió a los cambios en el artículo 123 de la Constitución “que originó la creación de organismos mundiales como la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y se pronunció a favor de fortalecer la relación entre nuestros representados, los empresarios y el gobierno”. Recordó que CONLABOR está conformado por más de 2.5 millones de trabajadores. Finalmente, refrendo “el apoyo incondicional a las instituciones, al gobierno, a nuestros empresarios y a nuestros representados”.
En su intervención, Cesar Castro de la empresa Jabil Electronics, quien habló a nombre de los 14 empresarios reconocidos, ponderó la relación sindical que tiene 22 años desde que nació en Jalisco y recordó que en esa etapa, Jabil daba empleo a 8 mil trabajadores, hoy lo hace favoreciendo a más de 15 mil, pero la demanda de mano de obra abre la posibilidad de contratar para el 2019, dos mil 500 trabajadores más.
También habló Juan Arturo Covarrubias Valenzuela ex presidente de Coparmex y ponderó la unidad expresada en el evento y aceptó que “hay sindicatos que tratan de sacar ventaja. En Jalisco debemos hacer una gran alianza en donde los salarios aumenten en función de la productividad y la empresa sea competitiva. Así Jalisco seguirá siendo líder. Trabajar para que no nos pare nadie. Porque Jalisco tiene voz propia”. A nombre de los trabajadores homenajeados habló la señora María Guadalupe Isabel Nava quien agradeció los reconocimientos a trabajadores de entre 30 y 48 años de antigüedad laboral. Clausuró el vice presidente del Congreso del Trabajo Oscar Moreno.
Por su parte, el gobernador Enrique Alfaro reiteró su propuesta de que en Jalisco haya unidad entre los factores de la producción, es decir, el sector privado, los trabajadores y el oficial y pidió cerrar filas por la estabilidad laboral y s pronunció contra el manoseo político sindicalista. Alertó ante los riesgos que corre la nación con oportunistas y vividores que quieren hacer del tema sindical un negocio disfrazado de causa”. Y… qué pasa?
La actitud beligerante en que se puede incurrir por la aprobación de la propuesta de reforma a la Ley del Trabajo, no apoya la competitividad ni la obtención de un salario decente