Aprueban en lo general nuevas disposiciones en justicia laboral, libertad sindical y negociación

 

Categoría: Boletines
Publicado: Lunes, 29 Abril 2019 22:57
Número 1805

  • Miembros de sindicatos, federaciones y confederaciones elegirán a sus directivas mediante voto personal, libre, directo y secreto.
  • Crea el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, al que faculta para realizar la función conciliadora en materia federal.

El Pleno del Senado de la República aprobó, en lo general, reformar la Ley Federal del Trabajo en materia de libertad sindical, justicia laboral y negociación colectiva, por 120 votos en favor, cero en contra y dos abstenciones. 
El dictamen avalado también modifica la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, la Ley Federal de la Defensoría Pública, la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y la Ley del Seguro Social, en el mismo sentido. 
Ley Federal del Trabajo
Entre las modificaciones a la misma, en su artículo 132 establece como una obligación de los patrones entregar a sus trabajadores, de manera gratuita, un ejemplar impreso del contrato colectivo de trabajo inicial o de su revisión, dentro de los 15 días siguientes a que sea depositado ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral. 
También implementar, en acuerdo con los trabajadores, un protocolo para prevenir la discriminación por razones de género, atención de casos de violencia y acoso u hostigamiento sexual, así como para erradicar el trabajo forzoso e infantil.
En el artículo 280 Bis confiere a la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos la atribución para fijar los salarios mínimos profesionales de los trabajadores del campo. En el capítulo de trabajadores del hogar, en el artículo 337, ordena a los patrones a inscribirlos al Instituto Mexicano del Seguro Social y pagar las cuotas correspondientes. 
En su Capítulo II sobre sindicatos, federaciones y confederaciones, establece en su artículo 357 que los trabajadores y los patrones, sin ninguna distinción y sin autorización previa, tienen el derecho de constituir las organizaciones que estimen convenientes, así como el de afiliarse a las mismas, con la sola condición de observar los estatutos de las primeras. 
Dichas organizaciones deberán gozar de adecuada protección contra todo acto de injerencia, de unas a otras, cuando se realice directamente o por medio de sus representantes, en su constitución, funcionamiento o administración. 
En el artículo 357 Bis señala que el reconocimiento de la personalidad jurídica de las organizaciones mencionadas, de sus federaciones y confederaciones, no estará sujeto a condiciones que impliquen restricción alguna a sus garantías y derechos. 
La reforma estipula que los miembros de los sindicatos, federaciones y confederaciones, cuentan con los derechos de libre afiliación y no pueden ser obligados a formar, o no, parte de los mismos. 
En su artículo 358 establece que la elección de sus directivas deberá ser mediante voto personal, libre, directo y secreto de sus miembros, y que el periodo de duración de las directivas no podrá ser indefinido. Además, las federaciones y confederaciones deberán constituirse por al menos dos organizaciones sindicales.
En el artículo 369 se consigna que podrá cancelarse el registro de un sindicato cuando sus dirigentes, apoderados o representantes legales extorsionen a los patrones, exigiéndoles un pago en dinero o especie, para desistir de un emplazamiento a huelga o abstenerse de iniciar o continuar un reclamo de titularidad de contrato colectivo de trabajo. 
Prohíbe a los sindicatos, en su artículo 378, obstaculizar la participación de los trabajadores en los procedimientos de elección de sus directivas sindicales. 
La reforma añade el Capítulo IX Bis, para crear el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, al que faculta para realizar la función conciliadora en materia federal y llevar el registro de todos los contratos colectivos de trabajo, reglamentos interiores del mismo y de las organizaciones sindicales.
Además, será competente para substanciar el procedimiento de la conciliación que deberán agotar los trabajadores y patrones, antes de acudir a los Tribunales. 
También confiere atribuciones a los Centros de Conciliación locales en su artículo 590-E, y estipula que tendrán el número de delegaciones que se considere necesario constituir.
En la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación establece que los Tribunales Colegiados de Circuito resolverán los conflictos de competencia y contarán con una Unidad de Peritos Judiciales -exclusivamente pericial- para auxilio específico a los tribunales en materia laboral, en los casos que lo determine la Ley.
La reforma a la Ley Federal de Defensoría Pública señala que los servicios de asesoría jurídica se prestarán, preferentemente, a las personas que dispongan los Tribunales Federales en materia laboral, en términos de la normatividad aplicable.
En la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, se modifica el artículo 23 para que su director general tenga la facultad de delegar la representación, incluyendo la facultad expresa para conciliar ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, así como ante los Tribunales federales en materia laboral.
En el artículo 53 de la misma ley, establece que las controversias entre los trabajadores o sus beneficiarios y el Instituto, sobre derechos de aquéllos, serán resueltos por los Tribunales Federales en materia laboral.
La reforma estipula, en la Ley del Seguro Social, que las controversias entre los asegurados o sus beneficiarios y el Instituto sobre las prestaciones que dicha ley otorga, deberán tramitarse ante los Tribunales Federales en materia laboral. En tanto que las que se presenten entre el Instituto y los patrones (y demás sujetos obligados), se tramitarán ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
Artículos transitorios 
En los artículos transitorios se establece un plazo de 180 días para expedir Ley Orgánica del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, después que entren en vigor los cambios realizados. 
También, un periodo no mayor a dos años para que el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral inicie sus funciones en materia de registro de asociaciones sindicales y contratos colectivos de trabajo.
Un tercer plazo, máximo de tres, años para que los Centros de Conciliación locales y los Tribunales del Poder Judicial de las Entidades Federativas, inicien operaciones. 
Finalmente, establece que en máximo cuatro años, a partir de la entrada en vigor de las este Decreto, cada delegación u oficina regional del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral iniciará la tramitación de solicitudes de conciliación que sean de su competencia, al mismo tiempo que los Tribunales del Poder Judicial de la Federación inicien su operación en el circuito judicial al que correspondan. Cada circuito judicial iniciará sus funciones en el orden y secuencia en que se determine en las declaratorias que emita el Senado de la República, a propuesta del Consejo de la Judicatura Federal, conforme a las disposiciones previstas en el presente Decreto.
Comisiones dictaminadoras
Napoleón Gómez Urrutia, presidente de la Comisión del Trabajo y Previsión Social, dijo que con la reforma se incorporan los principios de representatividad, transparencia y democracia en la vida de las organizaciones sindicales. 
Añadió que garantiza el derecho de libertad de agrupación de la clase trabajadora, y que sus decisiones sean consideradas y protegidas por la ley. La reforma contribuye al avance progresivo de los derechos de las personas asalariadas, al generar las condiciones mínimas para hacer valer el principio de libertad y democracia sindical. 
Refirió que es trascendental el establecimiento de una instancia de conciliación, como requisito prejudicial, que estará a cargo de centros de conciliación especializados e imparciales. Dijo que disminuirán los plazos de resolución. 
Ana Lilia Rivera Rivera, presidenta de la Comisión de Estudios Legislativos, Segunda, expuso que con la reforma se atienden exigencias sociales, en materia de derechos laborales colectivos, que no habían recibido atención legislativa durante décadas. 
En cuanto a la firma del contrato colectivo, detalló que el apoyo de los trabajadores mediante el voto libre, personal y secreto, constituye una garantía para la protección de la libertad de negociación colectiva.
En el rubro de las trabajadoras domésticas, señaló que los cambios deberán adecuarse a las últimas reformas en la materia, recientemente aprobadas por el Senado, a fin de completar su objetivo y reivindicar efectivamente los derechos de las trabajadoras del hogar. 
Posicionamientos 
El senador de Morena, Pedro Haces Barba, aseguró que este dictamen responde contundentemente a los enormes retos que tienen los trabajadores mexicanos. Es necesario brindar los elementos que revolucionen y fortalezcan la vida laboral de los años por venir, sobre todo en un país que cuenta con una fuerza laboral de 52 millones de trabajadores, y donde sólo uno por ciento gana más de 10 salarios mínimos al mes, precisó. 
Alejandra Noemí Reynoso Sánchez, del Grupo Parlamentario del PAN, aseguró que la reforma es una deuda histórica con la clase trabajadora. Atiende a una necesidad añeja derivada de un sistema legal obsoleto que ha frenado el desarrollo económico y laboral de las y los trabajadores. Ha impedido contar con el dinamismo productivo que se requiere para impulsar el desarrollo económico de México.
El senador Carlos Humberto Aceves del Olmo, del PRI, a su vez, indicó que el objetivo de los sindicatos es lograr certeza en el empleo, garantizar mejoras laborales y bienestar para las y los trabajadores, por lo que no se debe descalificar al movimiento obrero. La reforma aprobada da un giro total al derecho de los trabajadores mexicanos, comentó. 
En su participación, la senadora Patricia Mercado, de Movimiento Ciudadano, consideró que este nuevo modelo de justicia laboral ayudará a cerrar la brecha de desigualdad en el país, pues el respeto a los derechos de los trabajadores aumentará la productividad de éstos, y ello se traducirá en crecimiento económico.
Al fijar el posicionamiento del Grupo Parlamentario del PT, el senador Joel Padilla Peña, manifestó el respaldo de su bancada a la reforma al considerar que representa un gran avance en justicia laboral y recoge las demandas históricas de los trabajadores mexicanos.
El senador Raúl Bolaños-Cacho Cué, del PVEM, dijo que las modificaciones benefician a la clase trabajadora y contiene componentes fundamentales para el crecimiento de México. Coincidió en analizar más adelante, y en Parlamento Abierto, las observaciones que han enviado al Senado los grupos interesados.
Por el PRD, el senador Miguel Ángel Mancera dijo que la mayor parte de esta reforma tiene la intención de modernizar y adecuar la relación obrero-patronal. Sin embargo, dijo que se tienen que encontrar equilibrios entre productividad y buenas condiciones laborales, y espera que más adelante haya una discusión detallada y profunda en temas que quedaron pendientes.
En la discusión en lo general participaron los senadores Daniel Gutiérrez Castorena (Morena), Blanca Piña Gudiño (Morena), Samuel García Sepúlveda (MC), Clemente Castañeda Hoeflich (MC), Kenia López Rabadán (PAN), Enrique Murat Hinojosa (PVEM), Omar Obed Maceda Luna (PRD) y Geovanna Bañuelos de la Torre (PT). 

http://comunicacion.senado.gob.mx/index.php/informacion/boletines/44716-aprueban-en-lo-general-nuevas-disposiciones-en-justicia-laboral-libertad-sindical-y-negociacion-colectiv.html


Número 1809

  • Podrán elegir sus directivas mediante voto personal, libre, directo y secreto; tienen derecho de formar parte o no de un sindicato.    

El Pleno reformó el artículo 69 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del apartado B) del Artículo 123 Constitucional, por 115 votos en favor y dos abstenciones.  
La modificación establece que todos los trabajadores tienen derecho a formar parte de un sindicato y a constituir sindicatos sin necesidad de autorización previa.
Asimismo, el trabajador ejercerá en todo momento su libertad de adhesión o separación de un sindicato, a nadie se le obligará a formar o no formar parte de él, o a permanecer en el mismo.
El dictamen avalado señala que las disposiciones normativas actuales de la ley confieren la libertad al trabajador de asociarse al sindicato de su preferencia, pero no la libertad de separación, y limita dicha acción únicamente a un proceso de expulsión.
Los legisladores consideraron que la expulsión, referida actualmente en el artículo 69, es un método obsoleto, al margen de las políticas nacionales e internacionales en tema de sindicación de los trabajadores.
Napoleón Gómez Urrutia, presidente de la Comisión del Trabajo y Previsión Social, refirió que la reforma armoniza el derecho a la libre sindicalización, dispuesto para los trabajadores contemplados en el Apartado A del artículo 123, y en el Convenio 98 de la OIT.  
Además, reconoce el derecho de las personas trabajadoras del Estado a gozar de forma plena y efectiva su derecho humano laboral y a decidir libremente sobre su pertenencia a un sindicato, lo que los coloca en un plano de igualdad, dijo.
En la ronda de posicionamientos, la senadora Nancy de la Sierra Arámburo, del PT, comentó que la libertad de asociación, en lo general, y la libertad sindical en lo particular, son dos derechos característicos de todo sistema democrático.   
Por el Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la senadora Patricia Mercado precisó que los trabajadores del Apartado B viven en un régimen de excepción. No obstante señaló que en Parlamento Abierto y como parte de la agenda laboral, se buscará que los todos los trabajadores ganen el derecho a la libertad sindical.
En el rubro de reservas, el senador Pedro Haces Barba, de Morena, propuso derogar el artículo 68, para quedar en los términos de la ley vigente. También, adicionar los artículos 69, 71, 73, 78, 79 y 84, a fin de hacer congruente la reforma propuesta.
Agrega un párrafo al artículo 69, relativo a la elección de directivas sindicales, mediante voto personal, libre, directo y secreto de todos y cada uno de los afiliados, previa convocatoria que se emitirá con un plazo no menor a 15 días; se difundirá entre los miembros del sindicato, y también deberá notificarse al Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje con la misma anticipación.
El Tribunal podrá verificar el procedimiento de la elección, a través de servidores públicos. Las elecciones que no cumplan estos requisitos serán nulas.
Lo anterior, para hacer precisiones en materia de elección de directivas sindicales, constitución y cancelación de los sindicatos, adhesión de éstos a las federaciones de sindicatos de trabajadores, y sobre las prohibiciones a estos grupos de trabajadores. 
Las adiciones a diversos artículos, planteadas por el senador Haces Barba, fueron aprobadas en votación nominal por 118 votos en favor, uno en contra y una abstención. Fue turnado a la Cámara de Diputados.

http://comunicacion.senado.gob.mx/index.php/informacion/boletines/44719-avalan-libertad-sindical-para-trabajadores-al-servicio-del-estado.html

Avala Senado en lo general y en lo particular, reformas en materia de libertad sindical, negociación colectiva y justicia laboral


29 de Abril de 2019
El Pleno del Senado de la República, avaló en lo general, con 120 votos a favor, cero en contra y dos un dictamen con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo y otros ordenamientos legales en materia de justicia laboral, libertad sindical y negociación colectiva.
Para fundamentar el dictamen, el senador Napoleón Gómez Urrutia (Morena) comentó que el principal objetivo de las reformas es garantizarla libertad sindical, fortalecer la justicia laboral y proteger la libertad de negociación colectiva; asimismo, comentó que se alcanzarán los parámetros óptimos de una sociedad justa y responsable, tanto con los trabajadores y empleadores, generando mejores condiciones laborales.
El dictamen, reforma, adiciona y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, de la Ley Federal de Defensoría Pública, de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y de la Ley del Seguro Social.
Por su parte, la senadora Ana Lilia Rivera Rivera (Morena) externó que, con las reformas propuestas, se armoniza la legislación secundaria para reglamentar la reforma en materia laboral; comentó que las modificaciones establecidas, permiten que la legislación se adecue a los Tratados Internacionales que amplían y protegen los derechos humanos de la clase trabajadora.
En el dictamen de las Comisiones Unidas, se señala que los trabajadores deberán gozar de una adecuada protección contra todo acto que tenga por objeto sujetar el empleo de un trabajador a la condición de que se no se afilie o deje de ser miembro de un sindicato, perjudicando al trabajador a causa de su afiliación sindical.
Por otra parte, en el registro de sindicatos, federaciones y confederaciones, así como en la actualización de las directivas sindicales, se deberán observar los principios de autonomía, equidad, democracia, legalidad, transparencia, certeza, gratuidad, inmediatez, imparcialidad y respeto a la libertad sindical y sus garantías. 
Respecto a los procedimientos de elección de directivas sindicales, se señala que, por medio de una cláusula democrática, se garantizará la salvaguarda del voto libre, personal y secreto de los miembros en dichos procesos; también, se precisa que el período de duración de las directivas no podrá ser indefinido o lesivo al derecho de participación y de votar y ser votado. 
En la minuta se detallan sanciones en caso de que no se entregue la información sobre la administración del patrimonio sindical o irregularidades en la gestión de los fondos sindicales. Sin prejuicio a lo anterior, os trabajadores conservarán la prerrogativa de acudir ante la autoridad registral para denunciar la omisión de dicha información. 
Respecto a los contratos colectivos de trabajo, se señala que se deberá entregar de manera gratuita un ejemplar impreso dentro de los 15 días siguientes a que dicho contrato sea depositado ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral. Se establece la implementación en acuerdo con los trabajadores, de un protocolo para prevenir la discriminación por razones de género y atención de casos de violencia y acoso sexual. 
Por su parte, la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos fijará los salarios mínimos profesionales de las y los trabajadores del campo debiendo tomar en consideración, entre otras las circunstancias siguientes: la naturaleza, cantidad y calidad de los trabajos; el desgaste físico ocasionado por las condiciones del trabajo; y los salarios y prestaciones percibidas por los trabajadores de establecimientos y empresas dedicadas a la producción de productos agrícolas.
Por su parte, la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos fijará los salarios mínimos profesionales de las y los trabajadores del campo debiendo tomar en consideración, entre otras las circunstancias siguientes: la naturaleza, cantidad y calidad de los trabajos; el desgaste físico ocasionado por las condiciones del trabajo; y los salarios y prestaciones percibidas por los trabajadores de establecimientos y empresas dedicadas a la producción de productos agrícolas.
Luego de no aprobar ninguna de las reservas presentadas por las y los senadores, el dictamen fue aprobado en lo particular, con 70 votos a favor y 50 en contra. Por lo que el dictamen fue aprobado en lo general y en lo particular y se remitió al Ejecutivo Federal.

@NoticiaCongreso
https://www.canaldelcongreso.gob.mx/noticias/11954/Avala_Senado_en_lo_general%2C_reformas_en_materia_de_libertad_sindical%2C_negociacion_clectiva_y_justicia_laboral

Reconoce la STPS al Congreso de la Unión por los acuerdos alcanzados para aprobar la Reforma Laboral


BOLETÍN 83/2019
Ciudad de México, 29 de abril de 2019
• “Las leyes secundarias son un instrumento poderoso para hacer llegar la democracia al ámbito sindical”, Luisa María Alcalde

  • En cuanto se publique en el Diario Oficial de la Federación la dependencia federal iniciará su aplicación rumbo a la transformación del mundo del trabajo
  • Se trata de la transformación más importante en los últimos cien años en el sector laboral, destacó la titular de la STPS

La titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), Luisa María Alcalde Luján reconoció los acuerdos alcanzados por el Congreso de la Unión para aprobar las leyes secundarias de la Reforma Laboral y con ello “proveer al Gobierno de México de un instrumento poderoso para hacer llegar la democracia al ámbito sindical mediante el voto libre, directo y secreto de los trabajadores sobre sus representantes”.
Una vez que los legisladores aprobaron la reforma, la secretaria Alcalde Luján agradeció “una votación histórica. El congreso a favor de la libertad y la democracia sindical. Con diálogo social y representación auténtica de los trabajadores ganamos todos”.
Luego de que el Senado de la República fue la última instancia del Congreso de la Unión que avaló las leyes secundarias de la reforma constitucional de 2017, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social se alista para comenzar su implementación, en el ámbitos de sus atribuciones, una vez que el titular del Poder Ejecutivo, representado por el Presidente Andrés Manuel López Obrador, la publique en el Diario Oficial de la Federación.
Entre los objetivos que se plantea la Reforma Laboral están cinco:

  • Democracia en el trabajo: Elegirán los trabajadores a sus dirigentes por voto libre, directo y secreto.
  • Contratos colectivos: Se garantizará que en las negociaciones se mejoren las condiciones laborales y se eleve la productividad de los empleadores.
  • Creación de un órgano autónomo: Se promoverá la imparcialidad y la libertad sindical a través del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral.
  • Justicia laboral: Se sustituirán a las juntas de Conciliación y Arbitraje por los Tribunales laborales adscritos al Poder Judicial.
  • Eliminación de la extorsión: Con la acreditación ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral se evitará el chantaje de emplazamiento a huelga por parte de sindicatos.

La responsable de la política laboral, Luisa María Alcalde Luján, destacó el proceso de deliberación de las leyes secundarias aprobadas en el cual participaron académicos, especialistas, organizaciones de la sociedad civil, empresarios, trabajadores, así como sindicatos.

https://www.gob.mx/stps/prensa/reconoce-la-stps-al-congreso-de-la-union-por-los-acuerdos-alcanzados-para-aprobar-la-reforma-laboral?idiom=es

Coparmex rechaza reforma laboral; Secretaría del Trabajo la aplaude

Gustavo de Hoyos, líder patronal, consideró que con la aprobación de la reforma el Senado dio un paso atrás en la soberanía legislativa.
Luisa María Alcalde, secretaria del trabajo, festejó en su cuenta de Twitter que el Congreso estuviera a favor ‘de la libertad y la democracia sindical’.
ZENYAZEN FLORES 29/04/2019
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Gustavo de Hoyos, presidente de la Coparmex, y Luisa María Alcalde, titular de la STPS.Fuente: Especial Cuartoscuro
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La Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex) rechazó la reforma laboral aprobada este lunes en el Senado al considerar que se trata de una norma impuesta desde Washington que responde a intereses de Estados Unidos y Canadá, y no de las empresas mexicanas.
En contraste, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) aplaudió el aval de la reforma por parte de los senadores.
“Hoy el Senado dio un paso atrás en la soberanía legislativa, y si bien en cierto es grave que desde el exterior se impongan aranceles, mucho más grave es que desde el exterior se nos impongan normas e instituciones”, sostuvo Gustavo de Hoyos, presidente de la Coparmex, en entrevista al término de la votación en lo particular de la reforma laboral en el Senado.
Más temprano, el Pleno del Senado aprobó en lo general y en lo particular el dictamen de reforma laboral que busca, entre otras cosas, fijar reglas claras para elegir a líderes sindicales, disminuir tiempos de juicios individuales de conciliación y garantizar representatividad óptima en negociaciones colectivas.
El dirigente patronal calificó como “imperfecta” la reforma y como un factor de incertidumbre de pérdida de competitividad de México frente a sus socios norteamericanos.
“Este era el momento del Senado. Sabemos que la prisas tienen que ver con un proceso de ratificación del T-MEC, pero siendo ese un proceso en el cual el Senado no podrá cambiar una sola coma, palabra o letra, aquí es donde tenía que regularse la política exterior del país y no permitir que las presiones del extranjero, las posiciones fundamentalistas de otros congresos, determinen la forma en que se instituyen las leyes del país”, expuso.
De Hoyos dijo que los temas que estaban contenidos en diversas reservas presentadas por senadores de la oposición, y que fueron rechazas por el Pleno del Senado, permitían generar un equilibrio entre los derechos individuales de trabajadores y sindicatos, así como la paz laboral, por lo que al no haber cambios el país tendrá más complicaciones en la implementación de su marco laboral.
“Es decir, de forma deliberada se está perdiendo competitividad laboral frente a nuestros competidores comerciales, muchos de los extremos y excesos de esta reforma no fueron elaborados en San Lázaro ni en el Senado, sino que fueron elaborados desde Washington, por eso nos parece que no se ha cumplido hoy con el compromiso de asegurar que tengamos normas que sirvan al interés nacional”, afirmó.
Por separado, la titular de la STPS, Luisa María Alcalde, aplaudió la aprobación de la reforma laboral en el pleno senatorial a través de su cuenta de Twitter.
“Una votación histórica! El Congreso a favor de la libertad y la democracia sindical. Con diálogo social y representación auténtica de l@s trabajadores ganamos todos!! #EnHoraBuena”, escribió en su cuenta de la red social.

https://www.elfinanciero.com.mx/empresas/coparmex-rechaza-reforma-laboral-secretaria-del-trabajo-la-aplaude

Senadores extienden libertad sindical para los burócratas

La iniciativa aprobada con 118 votos a favor, uno en contra y una abstención será enviada a la Cámara de Diputados para que la modificación se avalada por completo.
María Del Pilar Martínez
29 de abril de 2019, 21:45
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Foto EE: Archivo
Haciendo el uno dos, los senadores de Morena, Napoleón Gómez Urrutia y Pedro Haces, presentaron una nueva iniciativa para reformar el Artículo 69 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, reglamentaria del Apartado B, del artículo 123 constitucional, para dar libertad a los burócratas para elegir sindicato.
Al exponer las modificaciones, Gómez Urrutia dijo que dado que se aprobó la reforma laboral, “no podría ser completa si no igualamos y modificamos en términos de libertad sindical a los trabajadores también del Apartado B junto con los del Apartado A”. 
Añadió el tema fue debatido en la Comisión de Trabajo y Previsión Social, en donde se tomaron las discusiones y los análisis correspondientes y finalmente se votó a favor de la libertad sindical para todos los trabajadores mexicanos, sean del Apartado A o del 
Apartado B, para poder igualar también con las condiciones de los convenios internacionales de los derechos de los trabajadores.
De esta manera, los trabajadores del Estado tendrán la decisión libre, personal y secreta para elegir a la organización sindical a la que desean pertenecer, para elegir a sus dirigentes y a la contratación colectiva, pudiera ser igual para todos.
Actualmente el Apartado B establece claramente que los trabajadores, una vez que fueron admitidos a formar parte del sindicato del servicio público federal o de cualquier institución pública u organismo, como Apartado B, solo podrán dejar de pertenecer al sindicato si son expulsados. 
Pese a la oposición de algunos legisladores, quienes argumentaron que no se tuvo el tiempo suficiente para analizar los cambios y las reservas, se sometió a votación la reforma que con 118 votos a favor; uno en contra y una abstención, ahora pasará a la Cámara de Diputados para que sea aprobada por completo la modificación.
El presidente del Senado, Martí Batres Guadarrama, dijo que “se aprobó en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto, por el que se reforman los artículos 69, 71, 73, 78, 79 y 84 y, se deroga el artículo 68 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, reglamentaria del Apartado B del artículo 123 constitucional, en materia de libertad y democracia sindical. Se remite a la Cámara de Diputados para los efectos del artículo 72 constitucional”.

https://www.eleconomista.com.mx/politica/Senadores-extienden-libertad-sindical-para-los-burocratas-20190429-0109.html

Abogados potosinos preparados para la Reforma Laboral 


Inicio/ San Luis Potosí 7:30 29 de abril de 2019 Cristian Morales/Quadratín SLP SAN LUIS POTOSÍ, SLP., 29 de abril de 2019.- El presidente de la Asociación de Abogados de San Luis Potosí, Huitzilihuitl Ortega Pérez, aseguró que los juristas potosinos están preparados para la implementación de la Reforma Laboral que obligará al poder Judicial de los estados a resolver las demandas de este tipo. 
Sin embargo admitió que también es un reto, debido a que los esquemas de justicia laboral tienen que ver con el contexto de la economía global y por ende, es un tema en el que se juega parte importante del desarrollo del país. 
Ortega Pérez señaló que la eliminación de la injerencia del poder Ejecutivo en las demandas laborales a través de las Juntas de Conciliación, debe establecer un análisis muy profundo para garantizar el respeto a los derechos de los trabajadores, particularmente sobre temas como la libre contratación y el otorgamiento de prestaciones y derechos laborales.
 «San Luis Potosí tiene laboralistas de muy buen nivel, la preocupación más bien sería ver en qué condiciones quedarán los sindicatos, la parte trabajadora y la protección de sus derechos, eso es lo que tienen que cuidar muy bien los diputados y los senadores al momento de emitir los lineamientos para esta nueva legislación», concluyó el abogado.

https://sanluispotosi.quadratin.com.mx/san-luis-potosi/abogados-potosinos-preparados-para-la-reforma-laboral/

Laboral pone candados para emplazar a huelga

Nación martes 30 de abril de 2019 – 03:15
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POR LAURA ARANA
La nueva Reforma Laboral pone el candado a los líderes sindicales, ya que será válida la huelga cuando acrediten el apoyo del 30 por ciento de sus agremiados, por lo que tendrán que solicitar una Constancia de Representatividad expedida por el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral que sustituirá a las Juntas de Conciliación y Arbitraje.
Con 120 votos a favor, cero en contra y dos abstenciones, el pleno del Senado de la República aprobó, en lo general, cambios a las leyes Federal del Trabajo, Orgánica del Poder Judicial de la Federación, de la Defensoría Pública, del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y del Seguro Social donde se precisa en materia de huelga que, “el sindicato solicitante deberá contar con la Constancia de Representatividad expedida por el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral antes de iniciar la negociación colectiva y emplazar a huelga”.
Indica que, para la obtención de la constancia, se deberá presentar un listado donde acredite que cuenta con el respaldo de por lo menos 30 de los trabajadores cubiertos por el contrato colectivo.
El requisito abonará a disminuir, “la problemática del abuso por parte de organizaciones poco escrupulosas y sindicatos “fantasma” del derecho de emplazar a huelga al patrón para exigir la firma de un contrato colectivo”.
Erradicará “las huelgas por extorsión… La simulación que ha pervertido los esquemas de negociación colectiva, proviene en buena medida de una falta estructural de legitimidad democrática en la vida interna de los sindicatos”.
Otro punto que se destaca en la Reforma Laboral es la desaparición de las Juntas de Conciliación y Arbitraje para dar paso a tribunales especializados a cargo del Poder Judicial de la Federación.
Actualmente no existen recursos para la transición de la Junta de Coordinación a los Tribunales, por lo que se será en el Presupuesto de Egresos de la Federación 2020 donde se etiqueten los nuevos recursos para la transición.
“Se dispone que durante la etapa transitoria deberán participar coordinadamente los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de las entidades Federativas, los que deberán disponer el presupuesto necesario para constituir tribunales laborales, desarrollar programas de capacitación del personal, entre otras tareas”, se expone.
Al respecto, el Presidente de la Coparmex, Gustavo de Hoyos, lamentó que el Senado tome la puerta falsa y apruebe una reforma laboral, dictada desde Estados Unidos.
“No queremos entrar a un país donde se legisla en la primavera y se cambia en el otoño. Necesitamos dar estabilidad al Estado de Derecho” ante presiones por la ratificación del Tratado Mexico, Estados Unidos y Canadá.
Denunció que, con las nuevas facultades del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, el órgano es como un “INE pequeño” que está convirtiendo a las asambleas sindicales en “procesos electorales políticos en lugar de ser procesos electivos al interior de un sindicato”.
Ello, al mencionar que debido a sus nuevas funciones este centro tendrá, en los próximos cuatro años, la obligación de revisar 100 por ciento de todos y cada uno de los cerca de 500 mil contratos colectivos de trabajo en el país, así como la presencia de 375 mil asambleas sindicales.
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https://www.contrareplica.mx/nota-Laboral-pone-candados-para-emplazar-a-huelga201930411