La mediación, como solución a los casos de acoso y hostigamiento sexual

Instancias encargadas de atender violencias prefieren conciliar.

por Redacción

mayo 31, 2019

Las Procuradurías de la Defensa del Trabajo y las Juntas de Conciliación y Arbitraje deben garantizar un ambiente laboral libre de violencia.

A pesar de que las Procuradurías de la Defensa del Trabajo y las Juntas de Conciliación y Arbitraje deben garantizar un ambiente laboral libre de violencia, rechazan las denuncias de las víctimas de acoso y hostigamiento sexual, las canalizan a otros organismos y en el mejor de los casos les piden conciliar con sus patrones o sus agresores.

Las mujeres, principales víctimas, no encuentran justicia porque las instancias gubernamentales no perciben el acoso y hostigamiento sexual como una violación a los derechos laborales, creen que estas denuncias deben resolverse entre particulares, o bien, consideran que no pueden intervenir en empresas privadas porque cada lugar de trabajo debe generar acciones para mitigar esta violencia de género.

Las pocas trabajadoras que logran ser atendidas en las Procuradurías y seguir su demanda ante las Juntas de Conciliación, como en todo proceso, deben presentar evidencias que confirmen la violencia, conseguir pruebas que avalen sus dichos, demostrar las afectaciones que les causó la violencia e incluso intentar que algún testigo -si es que lo tienen- declare contra el acusado.

Este círculo de violencia acompañado por cambios culturales profundos, podría transformarse con las reformas a la Ley Federal del Trabajo (LFT), la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y a la Ley Federal de la Defensoría Pública, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el pasado 1 de mayo, las cuales sientan las bases para un nuevo sistema de justicia laboral.

Con esta reforma las Juntas de Conciliación y Arbitraje desaparecen y se crean tribunales laborales, que van a depender del Poder Judicial; además se creará una instancia conciliatoria que en casos de acoso no será necesario que se agote, deberá evitar la revictimización y tendrá conciliadores con conocimientos en Derechos Humanos y perspectiva de género.

Mientras se implementan estas políticas laborales, a dos meses que sacudieron a diversos centros de trabajo las denuncias de acoso y hostigamiento sexual difundidas en Twitter con la etiqueta #MeTooMX, Cimacnoticias buscó a las responsables de las instancias laborales que deben atender estos casos en la Ciudad de México con el objetivo de indagar qué hacen para atender a las víctimas de acoso y hostigamiento sexual en los centros de trabajo.

En estas dependencias se reconoce el acoso y el hostigamiento como una forma de violencia en el entorno laboral pero no logran hacer más por falta de personal y porque prefieren que estas conductas se resuelvan en lo interno en cada centro de trabajo.

LA PRÁCTICA DE CANALIZAR CASOS

El acoso y hostigamiento sexual laboral son conductas definidas en la LFT y pueden ser causa de la rescisión de la relación de trabajo y de multas para los patrones que las realicen o toleren; sin embargo, el primer paso para hacer realidad la ley es que las víctimas que denuncian sean atendidas por las autoridades.

La subprocuradora de Atención a Mujeres en la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, María de Lourdes Lezama Aguilar, instancia que forma parte de la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo (STyFE) de la Ciudad de México, señala que cuando una mujer llega a pedir asesoría por causas relacionadas con el acoso sexual, la Subprocuraduría las canaliza a otras dependencias.

En este año, hasta abril de 2019, la Procuraduría de la Defensa del Trabajo local reportó que había realizado 8 mil 955 asesorías en materia laboral, de las cuales 4 mil 973 fueron para mujeres (55 por ciento) y 3 mil 982 para hombres (45 por ciento).

Por ejemplo, se les remite a la Secretaría de las Mujeres, para que reciban contención psicológica; o si es discriminación las mandan al Consejo para Prevenir y Eliminar la Discriminación de la Ciudad de México y en caso de que detecten un delito como violación sexual las mandan a la Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México (PGJDF) o al Centro de Atención a Víctimas de Delitos Sexuales (CTA), que depende de la Procuraduría.

Lezama Aguilar argumentó que se les remite a otras instancias para que reciban atención especializada pero lo cierto es que con este método la Subprocuraduría se libera de casos y no debe seguir el camino administrativo hasta llegar a las Juntas de Conciliación y Arbitraje.

Sin embargo, las solicitudes de asesoría son pocas. En cinco meses, de diciembre de 2018 a abril de 2019, se registraron 14 casos de hostigamiento sexual y en el mismo periodo se registraron 77 por discriminación, en específico por despido de mujeres embarazadas, según datos proporcionados por la Subprocuraduría.

En los casos de acoso si las mujeres insisten en que quieren seguir su denuncia por la vía laboral y descartan el camino penal, la Subprocuraduría las acerca a programas sociales como el programa Jóvenes Construyendo el Futuro, el Seguro de Desempleo y a las ferias del empleo, pero no siguen la línea de violencia de género.

La funcionaria Lezama Aguilar reconoció que el acoso y hostigamiento sexual en los lugares de trabajo es una violencia que puede causar “bajo rendimiento, estrés, apatía, depresión” por ello dice que es mejor remitir a otras instancias.

También, porque en el área especializada de mujeres sólo hay dos abogados para atender todos los casos de trabajadoras que lleguen de la Ciudad de México y las víctimas incluso deben notificar oficios y demandas a su patrón porque la institución solo cuenta con una persona notificadora.

Por otra parte, si la instancia atiende a las mujeres, la primera recomendación es decirle que lleve su caso al órgano interno de su empresa y si no se logra una solución les piden que concilie con el patrón para que reciba una liquidación justa. Sólo en pocos casos, aunque no hay cifra pública, las denuncias llegan a juicio ante las Juntas de Conciliación y Arbitraje.

“Nosotros preferimos conciliar. En eso radica la asesoría, en orientar a la trabajadora, al trabajador. Nosotras tratamos de que las dos partes ganen. Entonces, la cuantificación que se hace de lo que le corresponde conforme a la ley, indemnización, liquidación, prestaciones, prima vacacional o de antigüedad, aguinaldo, todo es en una negociación”.

Ahora, con la reforma laboral de 2019, habrá centros de conciliación por lo que la negociación entre la trabajadora y el patrón seguirá siendo el primer camino para resolver una acusación de acoso u hostigamiento sexual y solo se tomarán previsiones cuando la autoridad encuentre un riesgo inminente de revictimización para la víctima.

“En la Subprocuraduría de Atención a Mujeres yo no aplico un protocolo en específico. Estamos trabajando en ello. El año pasado se publicó en el boletín de la STyFE, en marzo de 2018, un Protocolo para Prevenir, Erradicar y Sancionar el Acoso Laboral, con perspectiva de género y no discriminación. No se ha implementado”.

Explica: “Lo que pasa es que para tu poder aplicar una sanción administrativa por ese tipo de conductas hay que llevar a cabo un procedimiento, es una investigación donde tiene que haber un grupo especializado que discuta los casos, otro grupo especializado de contención a la víctima y después, si quiere, se haga una denuncia”.

Sobre las acciones para garantizar un ambiente libre de violencia agrega: “nosotros no tenemos competencia como tal en esas conductas” y explicó que la Procuraduría de Defensa del Trabajo y la Procuraduría de Justicia capitalina están trabajando en editar un manual de atención a víctimas de acoso laboral.

POCAS DENUNCIAS LABORALES

Una vez que las mujeres agotaron las instancias internas en su lugar de trabajo pueden presentar una denuncia ante la Junta de Conciliación y Arbitraje (JCyA), pero no es común que lo hagan, ya sea por desconocimiento, desisten de seguir el proceso, o algunos casos se resuelven internamente en los centros laborales.

En la Ciudad de México la JCyA creó en 2014 la Junta Especial 19 para atender asuntos laborales relacionados con grupos considerados en “situaciones de vulnerabilidad” en los que se encuentran mujeres, menores de edad, personas mayores y personas de la comunidad LGBTTTI. A la Junta 19 se turnan los expedientes de acoso u hostigamiento sexual.

Desde su creación en 2014 a 2018 la Junta Especial 19 sólo ha recibido 63 denuncias por acoso sexual. Según los datos que proporcionó la instancia a Cimacnoticias, 60 de las denuncias las presentaron mujeres y 3 las tramitaron hombres.

La coordinadora de Asuntos Jurídicos e Información de la JCyA de la Ciudad de México, Yedid Mendoza Hernández, abundó que la Junta Especial 19 se creó con el propósito de resolver este tipo de casos de forma eficaz y con atención especializada.

Sin embargo, de estas 63 denuncias de acoso sexual que ha recibido la Junta, no se sabe cómo se resolvieron, cuáles fueron las sanciones o cuál es el estado que guarda cada caso. A pesar de ello, la maestra Yedid Mendoza asegura que de las 23 personas trabajadoras que integran la Junta, 19 están capacitadas en perspectiva de género y sensibilizadas para resolver los casos.

De manera incipiente han incrementado en la Junta de Conciliación las denuncias por acoso sexual, en 2017 recibieron 22 casos, en 2018 se presentaron 32. En los años anteriores, las denuncias son pocas; en 2014 se presentaron cuatro; en 2015 hubo seis denuncias; en 2016 otras cuatro denuncias.

DESCONOCEN TIPOS DE SANCIONES

En las denuncias de acoso sexual, como en cualquiera de los casos que recibe la Junta Especial 19, se cuenta con dos conciliadores quienes primero ofrecen una solución a ambas partes para evitar iniciar el juicio.

Cuando los casos no se concilian, comienza el litigio donde fundamentalmente son las mujeres quienes deben comprobar que sufrieron el acoso u hostigamiento sexual por medio de pruebas psicológicas de la afectación, documentos o testigos, describe Yedid Mendoza.

La Organización Internacional del Trabajo (OIT) en la Conferencia Internacional del Trabajo de 2018 reconoció que en el acoso sexual es difícil tener pruebas porque frecuentemente no hay testigos durante las agresiones. Además de que la carga de evidencias recae en las víctimas y en la mayoría de los países no hay mecanismo de protección a las víctimas ni a los testigos, factores que desalientan denunciar.

La coordinadora de Asuntos Jurídicos asegura que en comparación con otras juntas que tardan hasta tres años en resolver un caso, la Junta Especial 19 en un máximo de cuatro meses revisa las pruebas y emite un laudo por una denuncia de acoso u hostigamiento sexual.

Sin embargo, Cimacnoticias en la primera parte de este reportaje, mostró el testimonio de una trabajadora que en marzo de 2018 interpuso una denuncia en esta Junta, la cual a la fecha no ha sido resuelta.

Eloisa Farrera, ex editora de la sección Internacional del periódico Reforma, fue una de las denunciantes en el #MeTooMx, quién narró que en junio de 2017 interpuso una queja en el área de Recursos Humanos de la empresa y determinaron que no ocurrió el acoso.

Con todo en contra, en marzo de 2018 Eloisa presentó una demanda contra la empresa en la Junta de Conciliación y Arbitraje argumentando que en aquel lugar no se garantiza un espacio libre de violencia para las mujeres. Aunque la demanda pudo quedar en una conciliación la empresa rechazó ofrecerle una disculpa, garantizar su atención psicológica y adoptar la Norma Mexicana 025 sobre Igualdad Laboral y No Discriminación, por lo que a más de un año el juicio sigue.

Sobre las sanciones que podrían recibir quienes acosen u hostiguen sexualmente a una mujer en el trabajo, Yedid Mendoza aseguró que la Junta Especial únicamente puede “orientar para que las empresas se abstengan de hacer esas conductas o solicitar a las contralorías que pongan sanciones internas”.

No obstante, la Ley Federal del Trabajo en sus artículos 51 y 994 establece que el hostigamiento y el acoso sexual son causas de rescisión de la relación de trabajo y que se impondrá multa, por el equivalente a 250 a 5000 veces el salario mínimo general, al patrón que cometa cualquier acto o conducta discriminatoria en el centro de trabajo; al que realice actos de hostigamiento sexual o que tolere o permita actos de acoso u hostigamiento sexual en contra de sus trabajadores.

Pero en la Junta de Conciliación de la Ciudad de México no hay datos públicos que muestren cuántas veces se han aplicado las sanciones establecidas en la Ley.

“PREVENCIÓN CORRESPONDE A EMPRESAS”

En comparación con las denuncias que reciben en las Juntas de Conciliación de la ciudad, que son alrededor de 90 mil asuntos en trámite, los casos por acoso u hostigamiento sexual son mínimos, reconoció Yedid Mendoza.

La funcionaria consideró que el bajo número de denuncias está relacionado con el hecho de que las mujeres no perciben comportamientos como los comentarios ofensivos, miradas lascivas o contactos físicos no deseados como acoso u hostigamiento sexual.

Pero entre la responsabilidad de la Junta Especial 19, Mendoza afirmó que la instancia no tiene facultad para mitigar esta violencia en los centros laborales: “La Junta no puede incidir en las empresas o instituciones porque es un tema doméstico”, expresó la funcionaria e indicó que es una tarea que requiere “mucha labor interna” de las instituciones y empresas.

Como ejemplo, aseguró que la Junta de Conciliación ha difundido entre su personal un mensaje de cero tolerancia ante estas violencias y repartido folletos del código de ética y actuación en los casos.

INDOLENCIA A LAS DENUNCIAS

Las administradoras de las diversas cuentas de Twitter donde se publicaron los testimonios del #MeToo, junto con algunas denunciantes y defensoras feministas consideraron que ante el movimiento gestado en las redes sociales instancias de derechos laboral del Estado y empresas privadas debían responder y asegurar a las mexicanas su derecho a una vida libre de violencia.

El 11 de abril emplazaron en pronunciamiento a que les informarán dentro de un mes las acciones que realizarían ante las denuncias expuestas en el #MeToo. En la fecha límite, el 6 de mayo de 2019, ninguna Junta de Conciliación, Secretaría de Trabajo o Procuradurías de Defensa, respondieron.

Quienes atendieron al llamado fueron organismos de Derechos Humanos como la Comisión de Derechos Humanos y el Consejo para Prevenir y Erradicar la Discriminación, ambas de la Ciudad de México. Se comprometieron a acompañar a las mujeres que deseen presentar su denuncia.

Asimismo, la Procuraduría General de Justicia de la capital del país dijo que investigará las agresiones que enfrentaron en Twitter las administradoras de las diversas cuentas del #MeToo.

A nivel federal, la Secretaría de la Función Pública dijo que fortalecería las acciones para erradicar el hostigamiento y el acoso sexual, mientras el Instituto Nacional de las Mujeres (Inmujeres) exhortó a las víctimas a respetar la presunción de inocencia y el debido proceso, e invitó a denunciar con las autoridades competentes. (Anayeli García Martínez y Hazel Zamora Mendieta)

https://rotativo.com.mx/mujer/773888-la-mediacion-como-solucion-a-los-casos-de-acoso-y-hostigamiento-sexual/

Acoso sexual no debe conciliarse

Cimacnoticias: Periodismo con perspectiva de género
El hostigamiento en el trabajo no es nuevo pero se mantuvo en lo privado. El movimiento #MeToo en las redes sociales lo sacó de ahí para reconocerlo como una violación a los derechos laborales.
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El movimiento #MeToo en las redes sociales. (Especial)
ANAYELI GARCÍA MARTÍNEZ Y HAZEL ZAMORA MENDIETA
Ciudad de México / 05.05.2019 04:55:23
Comentarios sugestivos o sexistas, bromas ofensivas, miradas obscenas, petición de pláticas indeseables relacionadas con asuntos sexuales, proposiciones directas o indirectas de relaciones íntimas, contacto físico no deseado, recompensas o incentivos laborales a cambio de favores sexuales o amenazas con daños o castigos en caso de no acceder constituyen acoso y hostigamiento y son formas de violencia, explicó la abogada feminista Andrea Medina Rosas.
Precisó que el acoso puede incluir todas estas variantes, desde la más leve hasta la más grave como la violación sexual, y deben ser investigadas para tener efectos en el ámbito administrativo o laboral.
Para que una queja llegue a las instancias laborales, la víctima debe reportarlo a las autoridades de su lugar de trabajo: el jefe inmediato, con el superior de éste o con el área de Recursos Humanos.
Las denuncias laborales tienen una primera fase que es administrativa, que es una investigación interna en el centro laboral que imponga sanciones o restricciones y que no necesariamente llegue a otro nivel.
En caso de que ésta determine la rescisión del contrato del denunciado, éste puede recurrir a la Junta de Conciliación y Arbitraje por “despido injustificado” y las víctimas serían terceras interesadas. O bien, la víctima puede demandar a la empresa por tolerar actos de hostigamiento y acoso sexual, en caso de que no se investigue internamente su queja.
Pero la mayoría de estos casos no llega a instancias superiores, porque a decir de la socióloga y sindicalista Rosario Ortiz Magallón, no se reconoce esta violencia como una agresión a los derechos laborales aunado a las dificultades para comprobar el acoso y/o hostigamiento sexual.
Si bien en 2012 se consiguió introducir en la Ley Federal del Trabajo (LFT) la prohibición de la discriminación por género y del hostigamiento y acoso sexual, entre otras cosas, aún faltan mecanismos para hacer realidad esos preceptos.
El 28 de septiembre de 2012, cuando la Cámara de Diputados aprobó estas reformas, la diputada Martha Lucía Micher Camarena pidió incluir la definición de hostigamiento sexual, acoso sexual, violencia psicológica y laboral en la ley y tener cuotas de participación de mujeres en la capacitación de los centros de trabajo, no fueron considerados ni siquiera para el análisis.
Ortiz Magallón opinó que la reforma laboral con perspectiva de género presentada desde años atrás fue fundamental, pues ahora el Congreso analiza una nueva reforma en la materia que impactará en el derecho de las trabajadoras a una vida libre de violencia.
Entre las modificaciones, que aún debe avalar el Senado, el artículo 132 de la LFT dirá “que es obligación de los patrones implementar, en acuerdo con los trabajadores, un protocolo para prevenir la discriminación por razones de género y atención de casos de violencia y acoso u hostigamiento sexual” y el 378 prohíbe estas conductas al interior de los sindicatos.
Si bien ello busca resolver los conflictos laborales por medio de la conciliación, el artículo 684 E, explica que se trate de acoso sexual, discriminación u otros actos de violencia, donde exista riesgo inminente de revictimización, la autoridad conciliadora tomará las previsiones para no encarar a víctima y agresor como actualmente sucede.
A pesar de los avances normativos Ortiz Magallón aseguró que todavía falta aterrizarlos y para explicar cómo debe ser la justicia laboral con perspectiva de género y las sanciones para el jefe o compañero que toca la cintura de su empleada, le da nalgadas, le manda imágenes con contenido sexual, para saber si debe existir conciliación o los debe ver un juez.
Las mujeres, dijo, deben tener mecanismos para comprobar esa violencia sutil e íntima, y aunque actualmente los videos, mensajes de texto, audios o fotografías pueden ser una prueba, hay que garantizar que patrones y centros de trabajo estén obligados a considerar que el acoso y hostigamiento son un riesgo del empleo.
Mientras ello ocurre, por ahora las redes sociales se convirtieron en un espacio de catarsis para las víctimas de estas violencias.

https://www.milenio.com/policia/violencia-de-genero/acoso-sexual-no-debe-conciliarse

Ahora las empresas deberán combatir el acoso sexual… o serán multadas


Según INEGI, 79.1% de los casos de violencia laboral contra la mujer sucede en las empresas. (Foto: IStock)
Las reformas a la Ley Federal del Trabajo harán obligatorio el protocolo para actuar en esos casos. El empresario que los tolere puede recibir multas de hasta casi 500,000 pesos.
jue 25 abril 2019 05:12 AM
Angélica Pineda
CIUDAD DE MÉXICO (Expansión) –Movimientos sociales como #Metoo hicieron que más personas tomaran consciencia de las conductas sexuales inapropiadas que muchas veces prevalecen en los lugares de trabajo, pero también pusieron en evidencia la necesidad de que en las empresas existan protocolos para prevenir y combatir esos casos. De lo contrario, se pueden enfrentar a multas por casi medio millón de pesos, coinciden varios expertos.
“El movimiento presionó a las empresas para que sean más proactivas para prevenir el acoso sexual”, considera Sung Hae Kim, jefa de Personal de la empresa de tecnología Wizeline.
El 79.1% de los casos de violencia laboral contra la mujer sucede en los centros de trabajo, y ésta suele ser emocional (48.45%) o sexual (47.9%), según datos del Inegi.
Pese a ello, hasta ahora es un tema sobre el que las compañías habían tenido una posición muy conservadora, señala José Alfonso Bouzas, investigador de la Unam en temas laborales. “No lo quieren revisar, discutir o enfrentar”.
Sin embargo, ya no pueden ignorarlo, porque el tema hizo eco en las reformas a la Ley Federal del Trabajo, que comenzará a discutir el Senado. “Las organizaciones feministas se preocuparon porque el tema de equidad de género, acoso sexual y discriminación se integrara en muchos artículos”, destaca el experto.
Las reformas contemplan castigos para el patrón que cometa o tolere actos discriminatorios o de hostigamiento sexual hacia sus trabajadores con multas de 21,000 hasta 422,000 pesos, según el artículo 994. También obligará a las empresas a implementar un protocolo para prevenir y atender casos de violencia y acoso sexual, de acuerdo con el artículo 132.
“Creo que es la primera reforma en la que el tema del acoso sexual entra por la puerta grande. Representa un avance muy importante”, dice Bouzas.
Y no sólo para México, sino también para región. En el estudio Mujer, Empresa y Derecho de 2018, el Banco Mundial señala que un tercio de las economías de América Latina carece de una legislación que proteja a las mujeres del acoso sexual en el trabajo.
Ahora bien, ¿cómo hacerlo?
Cuando Sung Hae Kim se integró a Wizeline en abril de 2017 una de las primeras acciones que hizo fue integrar un programa de capacitación sobre inclusión y contra el acoso, que fue obligatorio para todos los empleados, relata. “Utilizamos ejemplos de la vida real e involucramos a los participantes para reflexionar sobre lo sucedido y su papel en la creación de un lugar de trabajo seguro e inclusivo”.
Eso va de la mano con un protocolo para atender casos de hostigamiento y acoso sexual. El Instituto Nacional de las Mujeres (Inmujeres), que en 2017 registró 145 denuncias en las 248 dependencias de la Administración Pública Federal, ya cuenta con esta herramienta, que ahora sirve de guía para implantarla en las empresas. Esta considera acciones como designar a una persona responsable de la prevención y atención a las víctimas, quien además las acompaña durante el seguimiento del caso.
Wizeline tiene su propio método, y depende de la situación. Kim explica que si quien informa es un compañero de la víctima, se apoyan en este para alentarla a que hable del asunto de forma confidencia y segura. Luego se entrevista a la víctima y a personas que pudieron estar involucradas. Se recolecta evidencia, como correos electrónicos o capturas de pantalla de mensajes de texto, y se da seguimiento hasta que se resuelve el caso.
También hay canales para que los empleados informen sobre esos casos de forma segura y confidencial, y se capacita al equipo de recursos humanos para manejar información sobre incidentes de mala conducta.
Para Kim, eso es solo una parte de la tarea. “Debe haber un líder que comunique la postura de la empresa sobre el acoso sexual, educar a los gerentes sobre su rol y garantizar la seguridad psicológica de los empleados”, indica.
El informe del Banco Mundial señala que el acoso sexual en el trabajo provoca estrés financiero y puede alterar la trayectoria profesional de quien la padece, así que se deben establecer procesos estrictos y consistentes para las malas conductas, finaliza esta experta.

https://expansion.mx/carrera/2019/04/25/ahora-las-empresas-deberan-prevenir-y-combatir-acoso-sexual

 

“Por una reforma laboral con perspectiva de género”


A los y las Senadoras de la LXIII (sexagésima tercera) Legislatura
A los medios de comunicación
A los y las trabajadoras
En 2011, la Reforma a la Ley Laboral significó un grave retroceso a los derechos de los y las trabajadoras de este país, aun cuando la misma haya incluido en sus principios generales el derecho al trabajo decente, la igualdad sustantiva y la prohibición del acoso y el hostigamiento sexuales.
A raíz de la Reforma Constitucional en los Artículos 107 y 123 publicada en el Diario Oficial de la Federación, el 24 de febrero de 2017, Senadores del PRI, representantes de CROC y CTM presentaron una iniciativa de Reforma a la Ley Federal del Trabajo que profundiza aún más la precarización del trabajo, reduce la representatividad y el poder de negociación de los sindicatos, legaliza los contratos de protección patronal, vulnera el derecho a huelga e incorpora procedimientos que dificultan el acceso a la justicia laboral.
Estas propuestas soslayan la realidad laboral en que nos encontramos las trabajadoras; nuestra exigencia a los y las legisladoras de la LXIII (sexagésima tercera) Legislatura, es que la ley secundaria laboral derivada de la Reforma Constitucional garantice:

  • Acceso a la justicia laboral pronta y expedita, con un enfoque de derechos humanos y perspectiva de género, a fin de erradicar los prejuicios sexistas, en donde la carga de la prueba corresponderá al patrón.
  • El derecho a la estabilidad laboral y a la libre sindicalización, tal como lo establece la OIT.
  • La participación proporcional y efectiva de las trabajadoras en la celebración de contratos colectivos y en la elección de dirigencias sindicales, así como incorporar en los estatutos sindicales mecanismos efectivos de igualdad de oportunidades y no discriminación para las trabajadoras, a fin de lograr la igualdad sustantiva.
  • El derecho de huelga por violación de los derechos colectivos contemplados en los contratos de trabajo, previa consulta a los y las trabajadoras, a través del voto libre personal y secreto para hacer efectivos los principios de trasparencia y legalidad.
  • La Conciliación con base en las condiciones de trabajo que enfrentan las trabajadoras de discriminación y segregación, que menoscaban sus derechos. Este proceso debe salvaguardar el estándar más alto en derechos humanos y laborales.
  • A las trabajadoras, que los casos de acoso y hostigamiento sexuales, NO SEAN MATERIA DE CONCILIACIÓN.
  • La instancia conciliatoria este integrada por personal con conocimientos y experiencia probada en el enfoque de derechos humanos, perspectiva de género y política pública.
  • Paridad en la integración de la terna que se presente al Senado para la elección de la persona titular del Organismo Público Descentralizado.

Las trabajadoras demandamos el respeto y protección de nuestros derechos laborales: estabilidad laboral, contratación colectiva, justicia laboral, igualdad sustantiva, representatividad paritaria, igualdad de oportunidades, no discriminación, no violencia laboral ni sexual.
Exigimos que la ley secundaria en materia laboral derivada de la reforma constitucional sea sometida a consulta y revisión e integre los estándares más altos contenidos en Convenios y Tratados Internacionales como lo establecen:

  • Artículo 1º Constitucional “todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en la Carta Magna y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano es parte”;
  • Artículo 4º, establece que hombres y mujeres son iguales ante la ley.
  • Convenios fundamentales de la Organización Internacional del Trabajo (OIT),
  • Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW),
  • Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer «Convención DeBelém Do Pará”,
  • Ley General por una Vida Libre de Violencia para las Mujeres, y
  • Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

Si lo anterior no se cumple, cualquier reforma laboral estará incompleta y perpetuará las desigualdades históricas que existen entre mujeres y hombres en el mundo del trabajo.
Convocan esta rueda de prensa:
Senadora Martha Tagle
Vicepresidencia de Género de la UNT
Organizaciones que integran la Campaña de Trabajo Digno de las Mujeres
Sindicato de Telefonistas de la República Mexicana
Sindicato de Trabajadores de la Universidad Nacional Autónoma de México
Sindicato de Trabajadores del Instituto de Educación Media Superior del Distrito Federal
Red de Trabajadoras de la Educación
Red de Mujeres Sindicalistas
Sindicato Nacional de Trabajadores del Instituto Mexicano del Petróleo