Libertad laboral


24/09/2018
Martí Batres
Despertador
La ratificación en el Senado de la República del Convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), ocurrida el pasado jueves 20 de septiembre, es un paso histórico que beneficia a los trabajadores y se corresponde con una de las exigencias de Estados Unidos en las recientes renegociaciones del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) consistente en fortalecer la contratación colectiva.
El Convenio 98 fue adoptado en Ginebra, durante la 32 reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo (CIT), el 1 de julio de 1949, y entró en vigor el 18 julio 1951. México firmó este convenio en 1956 interponiendo una reserva para mantener la llamada cláusula de exclusión, que permitía despedir del trabajo a los disidentes sindicales. La OIT rechazó dicha reserva por un lado porque estos convenios se aceptan en bloque o se rechazan en bloque, pero también porque la cláusula de exclusión era directamente contraria al espíritu de la libre sindicalización. En este sexenio, el gobierno mexicano eliminó la cláusula de exclusión. Entonces nuestro gobierno volvió a firmar el acuerdo y lo envió al Senado para su ratificación hace tres años.
Sin embargo, se mantuvo en la congeladora. Es decir, México tardó 69 años en incorporarse a este acuerdo y fue la última nación latinoamericana en hacerlo.
La ratificación de este tratado rompe con el corporativismo sindical pues establece que los trabajadores son libres a pertenecer o no a una organización sindical y que su decisión no puede ser motivo para causar el despido. También prohíbe que se condicione la permanencia en el empleo a no pertenecer a una organización sindical. Además, prohíbe la existencia de los llamados sindicatos de protección.
La tradición de control corporativo en México explica por qué nos tardamos tanto en ratificar este acuerdo y lo sucedido esta semana en el Senado encarrila a nuestro país en una ruta de modernización y normalización de las relaciones laborales.
Hay que decir que la ratificación del Convenio 98 no sólo beneficia a los trabajadores. El sector empresarial también resulta favorecido al liberarlo de chantajes y presiones por parte de los llamados sindicatos blancos.
Llama la atención que a pesar de que el presidente Peña Nieto dio los pasos necesarios para su ratificación, la anterior Legislatura condenó el trámite a la congeladora aún cuando cumplió con las consultas requeridas tanto a organizaciones sindicales como la CTM, la CROC y la UNT, así como a organismos empresariales como la Concamin, la Coparmex y el Consejo Coordinador Empresarial y a entidades gubernamentales. Con ello, se cumplió con los requisitos del Convenio 144.
La ratificación de este convenio internacional se da en dos contextos importantes:
Uno, el que llama más la atención, es que forma parte de las exigencias del gobierno norteamericano, el país más capitalista del mundo e insignia del libre mercado. Dos, es que la democracia sindical se presenta como consecuencia del arribo de la democracia política al país. Es decir, vía el libre comercio y el avance político de México se rompe con una de las principales características del Estado autoritario mexicano: el control de los trabajadores.
La noticia causó distintas reacciones. A mi parecer la principal es la de la ONU que saludó esta resolución del Senado y señaló que con esto “el Estado mexicano estará atendiendo las recomendaciones formuladas por el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales”.
Si bien esta ratificación no estuvo exenta de resistencias como la de los senadores del PAN que decidieron abandonar el salón de sesiones para no participar en su aprobación y dar un golpe mediático para tapar esta importante decisión, también es cierto que el Convenio 98 de la OIT contó con el apoyo unánime del resto de los partidos que estuvieron presentes en la sesión.
El hecho confirma la vocación transformadora del nuevo Senado. México está cambiando.

http://www.elfinanciero.com.mx/opinion/marti-batres/libertad-laboral

 

Leyes secundarias aterrizarán Convenio 98: STPS


Preocupa a la IP que se permita más de un contrato colectivo por empresa, pero la política del nuevo gobierno no apunta en esa dirección, aseveró Roberto Campa.
Octavio Amador
24 de septiembre de 2018, 00:27
Las dudas del empresariado sobre un mayor poder de los sindicatos a partir de la ratificación mexicana del Convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) se despejarán al definirse las leyes secundarias laborales pendientes en el país, pero hay confianza en que las modificaciones preserven la paz laboral, afirmó Roberto Campa, titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).
Aprobado en 1949, el Convenio 98 plantea el compromiso de los países que lo suscriben de proteger el derecho de los trabajadores a la sindicación y a la negociación colectiva.
En los hechos, México ha permitido la constitución de sindicatos y la negociación de contratos colectivos de trabajo desde hace décadas, pero hasta la fecha no existen garantías sobre la democracia sindical y la libre afiliación a los sindicatos.
Ello propicia la existencia de sindicatos sin representatividad que o sirven a los intereses de los patrones socavando las condiciones laborales de sus agremiados, o pasan al extremo de extorsionar a los patrones, como sucede con las amenazas de huelgas decididas bajo medios no democráticos.
Al ratificar el Convenio 98, México se compromete a realizar acciones legislativas para dar lugar a una auténtica democracia sindical, aunque dicho compromiso ya existía, explicó Campa Cifrián, desde el 2017, cuando el Congreso mexicano aprobó la reforma constitucional en materia de justicia laboral.
“El Artículo 123 (reformado) dice que, para la solución de conflictos entre sindicatos, para la solicitud de celebración de un contrato colectivo de trabajo y para la elección de dirigentes, el voto de los trabajadores será personal, libre y secreto”, citó el titular de la STPS en entrevista radiofónica.
Recordó que la ratificación del Convenio 98 fue planteada por el actual gobierno del presidente Enrique Peña Nieto desde el 2015, lo cual fue posible, a su vez, por la reforma laboral del 2012, en la que se dio muerte a la cláusula de exclusión, que permitía a los sindicatos pedir el despido de los trabajadores que se negaran a afiliarse.
El fin de la cláusula de exclusión abrió la puerta a la democracia sindical, pues se garantiza así la libertad de los trabajadores de decidir pertenecer o no a los sindicatos, sin ser objeto de represalias.
La ratificación del Convenio 98, no obstante, fue objetada por organismos como el Consejo Coordinador Empresarial (CCE) pues, según su óptica, propiciará que exista más de un sindicato por empresa, lo cual amenaza con perturbar las relaciones laborales.
Campa Cifrián especificó que, más que la multiplicación de sindicatos, lo que preocupa es que pueda existir más de un contrato colectivo por empresa, lo cual “es una preocupación fundada porque las empresas mexicanas tienen malas experiencias en otros países en este tema”.
La posibilidad de que exista esta “multicontratación” dependerá de lo que estipule la legislación secundaria de la reforma en materia de justicia laboral del 2017, que quedó pendiente en la pasada legislatura y deberá ser retomada por la actual.
Sin embargo, expuso, ha externado al CCE que existe confianza en que este tema quede resuelto, pues la próxima administración de Andrés Manuel López Obrador le ha hecho saber que no tiene intenciones de “transitar por esa línea”.
“Yo he tenido una intensa comunicación con el equipo de transición, y la próxima secretaria del Trabajo (Luisa María Alcalde) me asegura que no hay intención de que la legislación secundaria prevea un esquema de multicontratación”, aseveró.
Al margen de la ratificación del Convenio 98, México se comprometió con Estados Unidos, en el acuerdo en principio anunciado por ambos países el pasado 27 de agosto para reformar el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN), a impulsar acciones legislativas específicas para garantizar la negociación colectiva.
En la negociación comercial, Estados Unidos acusó a México de tener una legislación laboral laxa que favorece salarios deprimidos y, por ende, una competencia desleal de nuestro país por la atracción de inversiones manufactureras.
empresas@eleconomista.mx

https://www.eleconomista.com.mx/gestion/Leyes-secundarias-aterrizaran-Convenio-98-STPS-20180924-0012.html

Inicio del fin al sindicalismo corporativo


Jesús Cantú
Domingo 23 de sep 2018
Finalmente el pasado jueves se votó en el Senado la adhesión de México al Convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo, que había sido adoptado desde 1949, y que garantiza la libertad de asociación y la libertad sindical de los trabajadores, además de establecer la eliminación de todas formas de trabajo infantil, la discriminación en materia de empleo y ocupación y de cualquier forma de trabajo forzoso u obligatorio.
México fue el último de los países de América Latina y el Caribe en ratificar el convenio, que previamente fue adoptado por 165 países del mundo. 
Durante muchos años el convenio estuvo archivado en la Presidencia de la República porque la legislación laboral mexicana incluía desde 1931 la llamada cláusula de exclusión, que permitía a líderes sindicales y patrones separar a un trabajador que se negara a afiliarse al sindicato que detentaba el contrato colectivo de trabajo.
Dicha disposición se encontraba en el artículo 236 de la ley expedida en 1931 y se trasladó al artículo 395 de la Ley Federal del Trabajo promulgada en 1970, con lo cual se mantuvo vigente hasta el 17 de abril de 2001, cuando el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, declaró inconstitucional dicha norma. Sin embargo, fue hasta el 2015, cuando el actual presidente Enrique Peña Nieto envió el convenio para su ratificación al Senado, sin embargo, el dictamen nunca se había elevado al Pleno del mismo.
Y fue hasta el 17 de febrero del 2017 que se publicó en el Diario Oficial de la Federación, la reforma a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que sienta las bases para un nuevo modelo de impartición de justicia laboral y de relaciones obrero-patronales. Otro paso para el desmantelamiento de esta protección se dio en el proyecto de Tratado de Libre Comercio, que acordaron México y Estados Unidos hace algunas semanas, pues se incluyó un capítulo especial que garantiza, entre otros, estos mismos derechos laborales. 
La cláusula de exclusión era la columna que soportaba al sindicalismo corporativo mexicano, sea aquel que tenía como principal soporte al gobierno federal, llamado el sindicalismo charro, con la Confederación de Trabajadores Mexicanos (CTM) como su más conspicuo representante; pero que se extendía a muchos otros sindicatos que respaldaron al Partido Revolucionario Institucional, otrora partido hegemónico.
Pero también era el sostén del llamado sindicalismo blanco, que respaldado por los distintos grupos empresariales mexicanos, se convertían en el instrumento que les permitía mantener deprimidos los salarios e imponer sus condiciones a cambio de ciertas prebendas a los líderes sindicales.
La llamada cláusula de exclusión es la que abría la puerta a los llamados contratos de protección (todavía vigentes el día de hoy), mediante los cuales el patrón firmaba el contrato colectivo de trabajo con una central sindical a espaldas de los trabajadores, en muchos casos dicho documento se tenía desde antes de iniciar operaciones. Los líderes del sindicalismo charro y del blanco, por igual, se prestaban a dicha simulación a cambio de pingües ganancias económicas o posiciones políticas y demás prebendas.
Y, desde luego, esto les permitía a los empresarios mantener los bajos niveles salariales, que ya han sido ampliamente tratados en este espacio en colaboraciones previas, además de limitar las prestaciones que les otorgaban. Entre otras, ésta es una de las razones de la creciente desigualdad en México, pues es una de las razones de que los beneficios del crecimiento económico -de por sí bajo para un país emergente- se concentraran en los dueños de las empresas y no se derramara hacia empleados y trabajadores.
Había razones de peso (y de pesos) para que los gobiernos emanados del PRI y el PAN no ratificaran el citado convenio y mantuvieran vigente -en los hechos- la llamada cláusula de exclusión, incluso una vez que la Corte declaró su inconstitucionalidad y que ya se había promulgado una reforma constitucional que pretendía precisamente desarrollar un nuevo modelo sindical y de relaciones obrero-patronales.
Seguramente por la influencia política que todavía mantienen los líderes sindicales y los empresarios, los senadores de la pasada legislatura habían eludido dictaminar el citado convenio y fue hasta el pasado martes, cuando el Senador Napoleón Gómez Urrutia publicó en la Gaceta Parlamentaria una excitativa para que las Comisiones de Relaciones Exteriores, Organismos Internacionales y Trabajo (que todavía no se han conformado y, mucho menos, instalado) emitieran un dictamen sobre el convenio que ya llevaba más de tres años en dicha Cámara, que el tema cobró relevancia en la opinión pública.
La Mesa Directiva de la Cámara Alta decidió convertir dicha excitativa en dictamen y lo elevó al Pleno el pasado jueves 20 de septiembre para su inmediata discusión y aprobación. El dictamen fue avalado por legisladores de todos los partidos políticos representados en el Senado, excepto del PAN. Los legisladores blanquiazules hicieron suyas las preocupaciones de los empresarios, que pedían ser consultados previamente, pues temen que la adopción del mismo impulse la creación de cientos de sindicatos que afecten la productividad de sus empresas.
La adopción del Convenio 98 es un paso más en la dirección correcta, sin embargo, todavía falta emitir la legislación secundaria en el que se norme el nuevo modelo de impartición de justicia laboral y defina las nuevas reglas que regularán la vida de los sindicatos mexicanos. Y, una vez que eso se logre, la mesa estará servida para que gobierno, trabajadores y empresarios empiecen a construir una nueva era en el sindicalismo mexicano y las relaciones obrero-patronales, en beneficio de la clase trabajadora y de México.

https://www.elsiglodetorreon.com.mx/noticia/1501724.inicio-del-fin-al-sindicalismo-corporativo.html