El sindicalismo debe reinventarse: Óscar de la Vega 

REFORMA LABORAL
Los sindicatos ya no tendrán por dedazo o por acuerdo del gobierno la representación de los trabajadores, sino que tendrán que probarla, afirma Óscar de la Vega.
Lidia Arista
18 de mayo de 2019, 17:29
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Óscar de la Vega, socio director De la Vega & Martínez Rojas. Foto EE: Archivo.
Con la aprobación de la reforma laboral, que tiene como columna vertebral la democracia sindical, habrá reacomodos en el sindicalismo mexicano donde los viejos sindicatos deberán reinventarse, planteó Óscar de la Vega.
El socio director De la Vega & Martínez Rojas explicó que la reforma laboral abre la puerta al surgimiento de más sindicatos, al señalar que los trabajadores podrán organizarse en agrupaciones de la forma que lo decidan. Por ello, dijo, los sindicatos que ya existen deberán transformarse y demostrar que realmente son representantes de los empleados, pues de lo contrario la base trabajadora podrá recurrir a crear nuevos gremios laborales.
“Es una prueba para ver cuál ha sido la representación, cuál es el contacto o cuál es el apoyo que los trabajadores les brindan a estas dirigencias sindicales. Ya no será por dedazo o por acuerdo del gobierno que tengan o no la presentación de los trabajadores, sino que tendrán que probarla”.
Consideró que con esta modificación en la legislación, sin duda habrá reacomodos en el escenario, los cuales ya se perciben tan sólo a unos meses de haberse dado el cambio en el gobierno, ya que han surgido organizaciones como la Confederación Autónoma de Trabajadores y Empleados de México, liderada por el senador morenista Pedro Haces Barba, y la Confederación Internacional de Trabajadores, que dirige el legislador Napoleón Gómez Urrutia.
En entrevista, el experto en derecho laboral destacó que la relación entre el gobierno y los sindicatos, ya sean de nueva creación o con años de fundación, debe ser de respeto e independencia, en la que las organizaciones gremiales no sean usadas como brazos de partidos , pero que tampoco se beneficie a ciertos sindicatos sólo por apoyar a ciertas figuras o asociaciones políticas.
La tentación es mucha, explicó, porque los líderes sindicales tienen una representación importante, lo cual se convierte en lo que se conoce como un factor real de poder que puede incidir en temas partidistas.
Indicó que la función de los sindicatos es la representación de los empleados, así como luchar por mejoras laborales, mas no la participación en asuntos políticos.
“Creo que los sindicatos van a tener suficiente trabajo en estos momentos tanto para reinventarse como para pensar si van a poder participar o no en política. Está el atractivo porque son agrupaciones que tienen el apoyo de una cantidad importante de personas, pero creo que lo primero es reinventarse y buscar cómo conectar con las bases de trabajadores”, consideró.
El objetivo es que haya democracia sindical
Óscar de la Vega explicó que los principios rectores de la nueva legislación laboral son la democracia sindical y la negociación colectiva.
“Es un cambio importante en el país, desde 1970 no habíamos tenido un cambio de este nivel (…) Por primera vez vamos a estar viviendo una democracia sindical de fondo en la que la decisión no es del sindicato, sino de los trabajadores”, expuso.
Por primera vez, indicó, se incluye en el artículo 358 de la Ley Federal del Trabajo el derecho del trabajador a poder determinar si quiere o no estar sindicalizado, cuando anteriormente los sindicatos tenían el control de los trabajadores a través de la cláusula de exclusión por ingreso y por la cláusula de exclusión por separación. Pero con este cambio se reconoce el derecho del trabajador a estar o no sindicalizado.
Un cambio fundamental, explicó, es el que quedó plasmado en el artículo 110, fracción sexta, que refiere que el trabajador tiene el derecho de decidir si paga o no cuotas sindicales, cuando anteriormente el patrón se encargaba simplemente de descontar los pagos a sus empleados.
Sin embargo, dijo, quedó un pendiente en el artículo 395, en el cual se condiciona el empleo a que el trabajador se afilie al sindicato titular del contrato colectivo de trabajo, lo cual es en flagrante violación al derecho de la libertad de asociación del empleado.

lidia.arista@eleconomista.mx
https://www.eleconomista.com.mx/politica/El-sindicalismo-debe-reinventarse-Oscar-de-la-Vega-20190518-0022.html

Reforma laboral, con sello de EU y Canadá 


16/05/2019 | 􏰇􏰇 01:30 | Ivette Saldaña 
La reforma laboral mexicana lleva los sellos de Estados Unidos y Canadá, porque muchos de sus resultados tienen que ver con la renegociación del Tratado de Libre Comercio de América del Norte, el futuro T-MEC. 
En el Anexo 23-A del T-MEC, México se comprometió a tener listas las  modificaciones laborales en su legislación antes de enero de 2019, lo que no se logró por el cambio de administración federal. 
Sin embargo, de acuerdo con expertos, los convenios con sus socios comerciales presionaron al gobierno a concretar la reforma laboral, porque era condicionante para la raticcación y puesta en marcha del acuerdo. 
El texto del T-MEC dice: “Se entiende que la entrada en vigor de este acuerdo se retrasaría hasta que esta legislación laboral se haga efectiva” en México. 
El representante de la firma Holland and Knight, Carlos Vejar, explicó que la reforma laboral obedece a los tiempos de renegociación del Tratado de Libre Comercio de América del Norte, por los compromisos que se hicieron en la negociación. 
Con el T-MEC, el gobierno mexicano se comprometió a cambiar su legislación para que los trabajadores tuvieran derecho a organizarse libremente y pertenecer al sindicato de su elección, dijo el especialista en derecho laboral de EY, Alejandro Carlo. 
Está el compromiso de que las elecciones de los dirigentes sindicales sean forzosamente mediante un voto personal, libre y secreto, y ya no a mano alzada. 
Se creó el Centro de Conciliación y Registro Sindical, que será el encargado de emitir una certiccación al sindicato que tenga la mayor representación de trabajadores en una empresa y el que tenga la legitimidad para revisar el contrato colectivo, emplazar y levantar la huelga, agregó. 
Sin embargo, Carlo y Diego González, socio de EY, explicaron que se mantiene la “cláusula de exclusión por afiliación”, aquella por la que un patrón está obligado a admitir únicamente a trabajadores que se afilien al sindicato mayoritario del contrato colectivo. Por lo que, cuando ingrese un trabajador, deberá asociarse al sindicato principal de la empresa, pero una vez dentro podrá moverse a otro. 
Hay también una nueva obligación de equidad de género en el que se obligará a las empresas a tener un protocolo para evitar discriminación, violencia laboral, acoso y hostigamiento, en la que deberán decnir acciones ante esos casos. 
Además, en pro de la equidad de género que se estableció en el T-MEC, el Congreso aprobó en la reforma que la dirigencia de un sindicato esté representada en la misma proporción de hombres y mujeres. 
En línea con lo establecido. El coordinador del Laboratorio de Análisis de Comercio, Economía y Negocios (LACEN) de la UNAM, Ignacio Martínez, dijo que con la libertad sindical con la que se adopta el Convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo, el voto libre y secreto de líderes, entre otros ajustes, se cumple con el capítulo 23 del T-MEC. 
“Cumplimos con lo que dice el T-MEC, así que ya no tiene excusa Estados Unidos para no raticcarlo”. 
Por su parte, González comentó que “es cierto que viene una presión internacional de los socios comerciales para adoptar esta legislación y, probablemente, ésta nos ha llevado a esa vieja conclusión de que tuvimos la mejor reforma posible por los tiempos electorales del país vecino”. 
El socio fundador del Bufete Sales Boyoli, Jorge Sales Boyoli, mencionó que México se apega a los compromisos que hizo con Canadá y la Unión Americana, porque ambas economías señalaron al sistema laboral nacional de incurrir en prácticas de salarios bajos y sindicatos a modo en ciertas industrias. 
El presidente de la Comisión Nacional Laboral de Coparmex, Lorenzo Roel, dijo que más que la presión de Estados Unidos, en el gobierno mexicano existía la prisa de tener la legislación antes del 1 de mayo, el Día del Trabajo. 
Sales Boyoli, González y Roel coincidieron en que México ya cumplió con los compromisos del T-MEC, pero ahora faltará la implementación y el contar con presupuesto para la puesta en marcha, por lo que se espera que tarde entre tres o cuatro años la ejecución total de los cambios hechos en materia laboral. 

https://www.eluniversal.com.mx/cartera/economia/reforma-laboral-con-sello-de-eu-y-canada

Nueva reforma laboral, mismo poder a sindicatos


Adrián Trejo
Las opiniones expresadas por los columnistas son independientes y no reflejan necesariamente el punto de vista de 24 HORAS.
30 DE ABRIL, 2019 ADRIÁN TREJO
El Senado de la República aprobó las leyes secundarias de la reforma laboral de 2017, para cumplir con el compromiso firmado con Estados Unidos y Canadá durante la negociación del acuerdo comercial de Norteamérica.
Y aunque los legisladores de Morena celebran la aprobación de esta reforma, quedaron asuntos pendientes que deberán resolverse en el corto plazo.
Uno de ellos es, desde luego, la utilización del outsourcing para evadir responsabilidades legales y laborales.
Los principales sectores donde se registra este tipo de subcontratación son en las empresas de limpieza y seguridad, en los que no se exige mayor preparación académica.
Otro punto que tiene preocupados no sólo a líderes, sino a empresarios es el hecho de que la nueva legislación laboral negó el derecho que tienen los trabajadores a no pertenecer a ningún sindicato.
El hecho de que obligatoriamente deben pertenecer a un sindicato concede a la organización el poder que tenían con la llamada cláusula de exclusión, que permitía al sindicato correr –terminar la relación laboral- al trabajador que no quisiera sindicalizarse.
Esta cláusula fue motivo de remoción de cientos de líderes disidentes; los sindicatos se coludían con las empresas para deshacerse de los trabajadores “problemáticos’’ al amparo de dicha cláusula.
Hoy la reforma laboral permite que haya dos o más sindicatos en la misma empresa, lo que representará graves problemas por las disputas de los contratos colectivos de trabajo.
Y aunque la ley establece que el sindicato que tenga mayor membresía será el que negocie los contratos colectivos de trabajo, los problemas laborales que ello desatará sólo podrán ser comparados con el sindicalismo post-revolucionario.
Se cumplió el compromiso con el T-MEC, pero estamos a años luz de que esta reforma laboral impulse la democracia sindical, mejores sueldos y desde luego mejores condiciones de trabajo en el país.
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Quién sabe cómo entendieron los priistas la reforma laboral, pero en vía de mientras, el diputado Carlos Pavón, que dirige la Unión Nacional de Sindicatos Minero, Metalúrgicos y Metalmecánicos de México (UNASIN), anunció que el tricolor analiza presentar un amparo en contra de estos cambios legales.
Según Pavón, que fue alguna vez miembro del sindicato de Gómez Urrutia, la nueva reforma “atenta contra la libertad sindical y es contraria a los acuerdos internacionales en la materia firmados por México’’.
El líder sindical dijo que la reforma atenta contra los sindicatos al establecer la posibilidad de que éstos pierdan su registro, lo que es contrario a los acuerdos que señalan que los sindicatos no podrán perder su registro por cuestiones administrativas.
Puro pataleo.
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https://www.24-horas.mx/2019/04/30/nueva-reforma-laboral-mismo-poder-a-sindicatos/

Nueva ley; añejas prácticas

Corrupción y venalidad en los sindicatos; México debe su gran atraso en productividad a la existencia del aparato gremial oficial y su complicidad con patrones
Por Jesús González Schmal – abril 20, 2019
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Confederación de Trabajadores de México. Cumplió, por décadas, la función asignada
En 1970 se promulgó la actual Ley Federal del Trabajo. La precedente, también reglamentaria del artículo 123 constitucional entró en vigor en 1931. Ambas, pese a sus evidentes avances en cuanto a materializar los postulados de la primera Constitución social-demócrata en el mundo, fueron minimizadas por una realidad que se sobrepuso a los modernos derechos de los trabajadores que, al final de cuentas, quedaron reducidos a un enunciado teórico sujeto a los vaivenes de los intereses políticos acabando por servir sólo de bandera demagógica para tener a los trabajadores esperanzados en una mejoría de sus ingresos y prestaciones pero, fundamentalmente ser utilizados como votantes cautivos de un partido oficial que posteriormente sería el Revolucionario Institucional integrado por sectores para su mejor manejo.
Así, se crearon las grandes centrales obreras entre las que destacó la Confederación de Trabajadores de México (CTM) que cumplió por décadas la función asignada valiéndose de la aceptación en los contratos Colectivos de Trabajo de la “cláusula de exclusión” para los trabajadores que los sindicatos integrados a la CTM ordenaran al patrón que procediera al despido de cualquier agremiado disidente. Asimismo la “cláusula de admisión” mediante la cual cualquier nuevo ingreso de un trabajador sólo podía derivar de una propuesta del sindicato cetemista al empleador. Este mecanismo operó con resultados óptimos para el mantenimiento del PRI en el poder compensándose a los líderes sindicales con cargos públicos en el Senado, la Cámara de Diputados y hasta de gobernadores.
El engranaje del voto de trabajadores sindicalizados con el partido fue modelo que los fascistas más reconocidos en Europa hubieran envidiado. De igual manera se hizo con los ejidatarios sujetos para el reconocimiento de sus derechos a la obediencia de filiación política al partido oficial y de su asistencia a los actos de apoyo al gobierno y a su partido para los que fueran convocados. Todo se dejó al arbitrio de las decisiones de la dupla presidente y partido articuladas para la obtención de la mayoría del voto rural y urbano en toda la República, atando al mismo propósito a los tribunales laborales y agrarios que quedaban presionados por estos vínculos. Deben reconocerse sin embargo excepciones de impartidores de justicia que no acataron este sometimiento.
El siguiente sector más amplio y plural fue el popular que agrupaba básicamente a comerciantes, negociantes, profesionistas etcétera, pero que acabó manipulando a los ambulantes e informales que conformaban inmensos contingentes que todavía son materia de disputa entre diversos partidos. Los maestros, que si bien caerían en este sector, en realidad se manejaban habilidosamente a través del único gigantesco sindicato con más de 1 millón de afiliados que fue manejado por Jonguitud Barrios y hasta la fecha por Elba Esther Gordillo. Este macro sindicato disperso en toda la República, fue fundamental no sólo porque el voto del magisterio estaba garantizado sino porque también los maestros cumplían como funcionarios de casillas rurales para llevar a cabo las votaciones con sufragios planchados y urna llena con el total del padrón a favor del multicitado partido de gobierno.
Ahora se habla de una nueva ley laboral que desde siempre se había ofrecido con el agravante de que hoy es inaplazable porque ya la vieja y la menos vieja ley guardadas en el armario, están tambaleándose con la exigencia que, sin el menor recato, hizo la lideresa del Congreso norteamericano Nancy Pelosi en el sentido de que no se firmaría el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (hoy T-MEC) si el gobierno mexicano no emitía una nueva ley en la materia laboral porque son manifiestas las abismales diferencias de salarios entre los tres países. El origen de este vergonzoso hecho no puede sino encontrarse en la corrupción y venalidad de los sindicatos mexicanos con sus grandes centrales. La presidenta de la Cámara de Representantes conoce a fondo la lamentable situación de los trabajadores mexicanos.
Lo que ahora con tanta premura discute el Congreso mexicano respecto de la perversión y corrupción del sindicalismo nacional, amenaza con convertirse en un cambio de apariencias para mantener todo igual. Ello si se contempla que reduciéndose y hasta extinguiéndose la CTM, CROC, STRM, SNTE, CNTE, SNTM etcétera etcétera, tal cual serían reemplazados por la nueva central que está fraguando Napoleón Gómez Urrutia de Morena con la creación de la Confederación Internacional de Trabajadores (CIT) para reeditar la CTM que el padre del ahora senador de nombre Napoleón Gómez Sada capitalizó toda su vida y le permitió heredar a su primogénito las mejores prácticas de control y explotación sindical.
México debe su gran atraso en productividad a la existencia del aparato sindical oficial y su complicidad con patrones que preferían pagar sobornos a líderes, que implicar a los trabajadores verdaderos en la búsqueda y compromiso de mejor trabajo en beneficio mutuo. Ya desaparecieron el PNR, el PRM para convertirse en el PRI como siglas en el poder presidencial. Tal parece que los que lo hicieron, sus herederos y beneficiarios lo llevaron a mantenerse en el sitio sólo cambiando las siglas que parecen agotadas. Hoy el riesgo es que por lo que se ve las nuevas siglas podría ser Morena. Ojalá nos equivoquemos pero seríamos ingenuos si no advertimos que los datos dan para sospecharlo. La nueva ley quedaría con un camuflaje para encubrir el más anacrónico sistema de control de la libertad del trabajador.

https://impacto.mx/larevista/nueva-ley-anejas-practicas/

El ABC de la reforma laboral


¿Cuáles son los cambios propuestos en la nueva legislación? A continuación los enumeramos
Agencia Reforma
Sábado, 13 Abril 2019 | 06:00
Ciudad de México– Consultar los contratos colectivos, desaparecer las Juntas de Conciliación y Arbitraje, y echar a andar tribunales laborales son los puntos principales de la reforma debatida por diputados
Estos son los puntos más relevantes del dictamen de reformas a la Ley Federal del Trabajo que discuten los diputados, derivado de la reforma de febrero de 2017 al Artículo 123 de la Constitución, cuya reglamentación tiene 14 meses de atraso.
El régimen transitorio -es decir, el margen para aplicar todos los puntos de la reforma- es muy amplio, por lo que la reforma podría no concretarse totalmente en este sexenio.
Este 11 de abril, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó en lo general las reformas, entre reclamos de la Oposición de que el dictamen se había realizado con prisas y entre presiones por el T-MEC.
Hasta las 17:30 horas, la discusión sigue con 104 artículos reservados por 50 diputados.
Estos son los puntos más destacados del dictamen aprobado:

  1. Sindicatos

Consultas:

  • Tal vez el punto más importante es que se tendrá que poner a consulta de los trabajadores el contrato colectivo. Eso nunca se había legislado.
  • La consulta será por voto libre, personal y secreto, bastará mayoría simple para aprobarlo. Si el contrato no pasa, el sindicato puede ir a huelga (si había emplazamiento) o prorrogar la negociación.
  • La consulta a los trabajadores aplica para nuevos contratos colectivos y para las revisiones de los ya existentes, cada dos años.
  • Sólo se permite voto directo para elección de dirigencias sindicales. Ya no se contempla voto indirecto, por medio de delegados seleccionados previamente. La elección de Secretario General es independiente a las de delegados para congresos o convenciones.
  • El cumplimiento de requisitos de elección tendrá que ser certificado, ya sea por el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL, previsto en la Constitución desde 2017) o por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).
  • Al CFCRL, órgano descentralizado con autonomía técnica, se le faculta para convocar a recuentos “en caso de duda razonable sobre la veracidad de la documentación presentada” por el sindicato.
  • Se prohíbe la cláusula de exclusión, que permite a patrones despedir a un trabajador expulsado por el sindicato.  Ésta fue declarada inconstitucional por la Corte hace 15 años.
  • Se mantiene la obligación de la dirigencia sindical de rendir cuentas cada 6 meses, pero tendrá que enviar al CFCRL copia del acta de la asamblea respectiva.
  • Se crea la Constancia de Representatividad, que expedirá el Centro Federal; cuando más de un sindicato dispute la titularidad del contrato, el CFCRL supervisará la votación para decidir al ganador.
  • Se mantiene la reelección. La asamblea del sindicato decidirá el número de reelecciones permitidas y duración de los periodos, que no pueden ser indefinidos.  La Corte ya ha establecido que prohibir la reelección en sindicatos viola tratados internacionales.
  • Se agrega la extorsión a los patrones, vía amenazas de huelga para obtener recursos, como causal para pérdida de registro de un sindicato.
  1. Centro de conciliación

De acuerdo con la Constitución, el Senado designará al director del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL) de una terna enviada por el Ejecutivo. Si el Senado la rechazara, habría otra propuesta; si esto se repite, el Ejecutivo nombraría directamente al titular.
El CFCRL conciliará para evitar litigios y tendrá las funciones registrales de la STPS.
 El dictamen establece una Junta de Gobierno del CFCRL, presidida por la STPS, con la participación de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), así como los institutos nacionales de Acceso a la Información, Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales(INAI), de Estadística y Geografía (Inegi), y el electoral (INE).

  1. Justicia laboral
  • Desaparecerán las Juntas de Conciliación y Arbitraje.
  • Se reglamenta la operación y procedimientos ante los juzgados y tribunales especializados en materia de trabajo, parte del Poder Judicial de la Federación, y en los estados, de los tribunales superiores de justicia.
  • Se prevé que las audiencias en estos juzgados serán públicas y orales.
  • Se crea una medida cautelar para que se prohíba a un patrón concretar la baja de una trabajadora embarazada, si se sospecha que por el embarazo fue despedida.
  • Obligación de pagar cuotas al IMSS por trabajadores del hogar, hasta que el IMSS implemente un sistema para ello.
  1. Régimen transitorio

Para dar seguimiento a lo aprobado, se crea un Consejo de Coordinación para la Implementación de la reforma, similar al que hubo para la reforma penal, con seis integrantes: dos del Ejecutivo federal, uno del PJF, uno de los tribunales estatales, uno de las secretarías de trabajo estatales y uno de la Conago.
Habrá 6 meses para expedir la ley del CFCRL.
Todos los contratos colectivos tendrán que ser revisados al menos una vez en los cuatro años siguientes a la publicación de la reforma.  Si el CFCRL aún no opera, la STPS verificará que se consulte a los trabajadores.
Fechas límite:

  • Hasta un año para que sindicatos ajusten sus estatutos y reglamentos a la ley, y 240 días para que entre en vigor la obligación de elección por voto directo.
  • Hasta dos años para inicio de funciones del CFCRL, en cuanto a registro de sindicatos y contratos.
  • Hasta tres años para inicio de funciones de los centros locales, así como de los juzgados locales en materia de trabajo. Será necesaria declaratoria del Congreso local.
  • Hasta cuatro años para inicio de funciones del CFCRL en cuanto a conciliación, así como de los juzgados federales en materia de trabajo. Será necesaria declaratoria del Senado sobre el inicio del nuevo sistema, como sucedió con el nuevo sistema penal.
https://diario.mx/economia/el-abc-de-la-reforma-laboral-20190412-1502076/

Los temas más importantes sobre las huelgas y los sindicatos en la Reforma Laboral


Foto propiedad de: Internet
Vladimir Ricardo Landero Aramburu
@riclandero
dom 24 mar 2019 20:37
 
“Todos pensaríamos que viene una solución de fondo con la reforma laboral que se está discutiendo en la Cámara de Diputados, que ahora sí, gracias a la coyuntura del T-MEC, la presión de EU y Canadá, se avecinan cambios radicales, pero les tenemos malas noticias, se mantienen vicios, se mantienen formas, todo cambia para seguir igual»
Cuando hablamos de huelgas y sindicatos en México, es difícil ubicar un punto concreto de dónde partir, la discusión no es redonda, más bien es pentagonal, un lado abarca la corrupción del sindicalismo oficial, tanto al interior de las organizaciones como en las fuentes de trabajo, otro el chantaje que se hace con los emplazamientos a huelga, que es otro lado distinto del mismo problema, también están los sindicatos de protección, como en los momentos de las mafias de Chicago, se paga para que se tenga paz para trabajar, y lo marcan con lonas como el crimen organizado, no hay construcción que no diga “esta obra está totalmente controlada” por tal o cual sindicato, es la legalización del cobro de piso, el secuestro, la extorsión, pero bueno, también hay otros lados, el de los sindicatos que han logrado condiciones y prestaciones superiores a la ley para los trabajadores, los que lucharon contra todos los anteriores para lograr una organización legítima, algunos con vida democrática, la lucha obrera viva, otros con reelecciones eternas (verdaderos tótems del sindicalismo mexicano). Las autoridades laborales han jugado un papel fundamental en todo este andamiaje, pues ellas son las que han dado las autorizaciones, las tomas de nota, los emplazamientos, los registros sindicales y de contratos colectivos.
Como en los momentos de las mafias de Chicago, se paga para que se tenga paz para trabajar, y lo marcan con lonas como el crimen organizado, no hay construcción que no diga “esta obra está totalmente controlada” por tal o cual sindicato, es la legalización del cobro de piso…”
Todas las anteriores son efectos interconectados, pero las causas también son variables y conexas, por un lado, están la clase patronal que fomentó, pagó y procuró una estructura sindical oficial, que a un costo carísimo les vendió una “paz laboral”, violenta e improductiva, pues la inclusión de agentes externos, ajenos a la fuente de trabajo, en la administración de las relaciones laborales, les ha implicado buscar por otros medios la formación productiva y la vinculación del trabajador en los objetivos de la fuente de trabajo, por eso la proliferación de cursos y sistemas para tratar de integrar un diálogo, cuando en realidad el divorcio se fomentó de origen, pues no se permitió que hubiera organización y comunicación colectiva entre los factores de la producción. Hoy les pasa como a los niños con el coco (primero se lo imaginan y luego se espantan solitos de ellos), no saben como van a convivir con sus líderes peleando sus contratos con la reforma laboral. El aspecto político no puede dejarse de lado, cuando hablamos de las causas, el ilusorio control de las masas trabajadoras para fines obreros, en marchas y mítines de matracas, con banderitas a favor del candidato, sólo se explica por la amenaza del descuento de días en la nómina (los salarios no están para darse esos lujos), pero es inminente que con las reformas electorales la gente vota lo que se le da la gana en sus casillas, los líderes no controlan nada, ofrecen espejos en los que los candidatos les encanta mirarse. Entonces, el gobierno asumía que ese control servía, por eso se aferró al corporativismo, para seguir teniendo el dedo mágico que registra y controla sindicatos, algunos por generación espontánea, que en lo laboral significa sin un sólo trabajador, y con ese poder omnipotente decide qué huelga es legal y cuál no, a cuál mandar a la policía a cuidar a los trabajadores que tienen un conflicto intersindical y en cuál otra mandar a esos mismos policías a romperles cualquier intento de protesta, reprimirlos, es una autoridad muy activa que sigue trabajando sobre causas y no sobre efectos, al final, como en muchos rubros de gobierno, lo importante son las estadísticas, “que en mi Estado no aparezcan huelgas”, no importa si  la población se vuelve precaria, la violencia es insoportable en las colonias de los trabajadores o la mercancía que se produce en sus fábricas se la roban en carreteras y calles, por lo menos el gobernador se ponen una estrellita en la frente en un tema: la “paz laboral”.
… no importa si  la población se vuelve precaria, la violencia es insoportable en las colonias de los trabajadores o la mercancía que se produce en sus fábricas se la roban en carreteras y calles, por lo menos el gobernador se ponen una estrellita en la frente en un tema: la “paz laboral”. 
Pues todos pensaríamos que viene una solución de fondo con la reforma laboral que se está discutiendo en la Cámara de Diputados, que ahora sí, gracias a la coyuntura del T-MEC, la presión de EU y Canadá, se avecinan cambios radicales, pero les tenemos malas noticias, se mantienen vicios, se mantienen formas, todo cambia para seguir igual. En los siguientes puntos te explicamos las razones:

  1. La autoridad continúa en su papel omnipotente, pero no sólo sigue invitada al banquete sino que además se tragó todo y engordó, le salieron lonjas y papada en forma de atribuciones y competencia, el niño se llama Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, quien no sólo llevará el registro de todos los sindicatos del país, sino además de los contratos colectivos. El punto no está sólo en mantener la botarga Michelin, que será carísima, sino que además siempre estaremos con la incertidumbre de quién se meta adentro para manejarla, porque hoy podemos decir con certeza que las actuales autoridades encabezadas por María Luisa Alcalde no son represoras, pero la política es una ruleta, nadie nos asegura que después llegará un Arsenio Farell o un Javier Lozano recargados, para usar el muñeco en contra de los sindicatos independientes o de lucha. Pusieron la iglesia en manos de Lutero.
  2. El tema es que le dieron facultades a la autoridad para tener total injerencia y posibilidad de vigilancia en las organizaciones sindicales, ahora se tiene que expedir constancias de representatividad para existir, es decir, que no sólo se mantuvo el registro corporativo (copia de la ley fascista de Mussolini), sino que ahora además se deberá contar con el gracioso aval de un inspector que deba decir la verdad de las decisiones colectivas, como si la fe pública burocrática estuviera exenta de corrupción y órdenes desde arriba, como sino estuviera envuelta de lo que más adolece la justicia: corrupción. Este guion de película sub realista lo hubiera querido tener Fellini para hacernos jalar los pelos viendo la pantalla.
  3. Por otro lado, las huelgas también serán materia de autorización, el muñecote gordo será quien decida si se dio o no la voluntad de los trabajadores. Pasamos de tener papá gobierno a un híper papá en materia sindical, el que además de dar la vida en la niñez, da permiso en la juventud y sigue dando órdenes en la edad adulta, el complejo de Electra como Jung jamás lo imaginó.

Las huelgas se deben limitarán a la suspensión de labores de los trabajadores que así lo deseen, sin que se pueda obligar a nadie a participar, castigando el uso de la violencia en contra de quien desee laborar, se deberán respetar en el derecho al trabajo de cada persona en todo momento.
Hasta aquí el recorrido de lo que se está proponiendo y discutiendo en la Cámara de Diputados, lamentablemente lo que se puede aprobar; ahora pasemos a nuestras propuestas en materia colectiva, que  Juan Ortega Arenas planteó en un documento llamado: modificaciones necesarias a la Ley Federal del Trabajo y el Artículo 123 Constitucional:

  1. a)          LIBRE DERECHO DE ASOCIACIÓN. Basta de simular la libre asociación de sindicatos y patrones, que se modifique la Constitución y la Ley laboral para que se puedan asociar sin limitación de control o registro de ninguna especie, para que su registro pueda llevarse como cualquier sociedad civil y organización social ante notario, para que sus miembros constituyan libremente su acta constitutiva, reglamentos o estatutos. Suprimir en consecuencia los artículos 355 al 377, del 379 al 385 de la Ley Federal del Trabajo. Lo mismo para la asociación federal sindical o empresarial en federaciones o confederaciones.
  2. b)          SOBRE LA CONTRATACIÓN OBRERO PATRONAL. Debe existir libertad para revisar las condiciones de trabajo, tanto por el Sindicato como por el patrón, en cualquier momento, no sujeto a revisiones anuales, salariales o contractuales, sino con base en la situación que esté viviendo la fuente de trabajo.
  3. c)            SOBRE EL DERECHO DE HUELGA. Las huelgas se limitarán a la suspensión de labores de los trabajadores que así lo deseen, sin que se pueda obligar a nadie a participar, castigando el uso de la violencia en contra de quien desee laborar, se deberán respetar en el derecho al trabajo en todo momento.
  4. d)         CLÁUSULA DE EXCLUSIÓN. Suprimir el artículo 395 de la Ley actual, eliminar cualquier tipo de represión por parte de los dirigentes. Es increíble que no se haya eliminado ese artículo de en la propuesta de reforma a la ley laboral de Morena.
  5. e)          QUITAR LA COTIZACIÓN OBLIGATORIA. Eliminar del artículo 110 las fracciones IV y VI. El trabajador debe recibir íntegro su salario, sólo se aplican las deducciones de ley, pues la constitución de una organización social como un sindicato sólo puede darse mediante la absoluta voluntad de sus agremiados, quienes decidirán participar de forma voluntaria en su formación también tiene derecho a decidir como lo hace económicamente, por lo que sus aportaciones se harían directamente en el sindicato. Prohibido que el patrón haga descuentos de nómina relacionados a la organización sindical. Con esto se combate a todos los sindicatos que ven en las cuotas un modo de subsistencia de sus dirigentes. Los trabajadores ponen y ellos deciden.
  6. f)                JUSTICIA LABORAL JUDICIALIZADA. Eliminar la simulación del tripartidismo, tanto las Juntas de Conciliación y Arbitraje como de cualquier estructura laboral institucional, judicializar la justicia laboral. En esto hay coincidencia con la reforma que promueve la STPS, aunque hay aspectos que deben discutirse.
A la menoría de mi maestro Juan Ortega Arenas.Si quieres conocer el texto completo de propuestas de reforma que hemos señalado, así como todo lo relacionado a la reforma laboral te invitamos a entra a www.reformalaboralmexico.com*** Maestro en Derecho UNAM
https://www.sdpnoticias.com/nacional/2019/03/24/los-temas-mas-importantes-sobre-las-huelgas-y-los-sindicatos-en-la-reforma-laboral

 

Propuesta de reforma laboral del PRI cojea por la derecha

06/02/2019
MANUEL FUENTES
Un retroceso en la justicia laboral, muy lejos de ser una verdadera reforma laboral que democratice las relaciones laborales en este país. | Manuel Fuentes
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PERFIL
El miércoles 23 de enero de 2019 los senadores del PRI salieron del tapanco en el que se encontraban escondidos para presentar una nueva versión de su propuesta de reforma laboral. Lo hicieron con cierto temor porque la que presentaron en diciembre 7 de 2017 fue vapuleada por estar redactada, casi integralmente, por el sector patronal.
No hubo disimulo en esa propuesta priísta, era el mundo feliz del sector empresarial que lanzó un arcabuz para:
(1) Intentar romper (aún más) la estabilidad en el empleo;
(2) Fortalecer el modelo de contratos colectivos de protección;
(3) Otorgar impunidad total a la subcontratación (como en los hechos existe hoy en día);
(4) Sustituir el pago de indemnizaciones basadas en el salario integrado por las llamadas U.M.A. (Unidad de Medida y Actualización);
(5) Obstaculizar el ejercicio del derecho de huelga;
(6) Legitimar el control de los sindicatos y de los contratos colectivos a través de un organismo descentralizado controlado por el presidente de la república;
(7) Separar la Conciliación del proceso judicial y convertir a la primera en punitiva en contra del trabajador;
(8) Legitimar los acuerdos privados entre trabajador y patrón quitando toda intervención de la autoridad laboral y
(9) Crear un procedimiento judicial casi idéntico a los procesos mercantiles, anulando la tutela al trabajador.
Reforma Laboral
La iniciativa que presentaron este enero de 2019 catorce «destacados» senadores priístas: Miguel Ángel Osorio Chong, Ángel García Yáñez, Beatriz Elena Paredes Rangel, Carlos Humberto Aceves del Olmo, Claudia Edith Anaya Mota, Claudia Ruiz Massieu Salinas, Eruviel Ávila Villegas, Jorge Carlos Ramírez Marín, Manuel Añorve Baños, Mario Zamora Gastélum, Nuvia Magdalena Mayorga Delgado, Sylvana Beltrones Sánchez, Vanessa Rubio Márquez, Verónica Martínez García, es una (¿nueva?) versión que cojea por la derecha.
Le dan una barnizada de rojo (pero de pintura de agua para que se deslave pronto), de aparente progresismo (pero con casimir importado), que en realidad debajo de ese disfraz busca destruir a las organizaciones sindicales y legitimar un proceso judicial ante los nuevos tribunales laborales (que no hay certeza de cuándo llegarán) para favorecer a los empresarios (como hoy sucede con las anquilosadas Juntas de Conciliación y Arbitraje).
Los aspectos principales propuestos por los senadores priístas en detrimento de los trabajadores son los siguientes:
1.- Anular la cláusula de exclusión por ingreso prevista en el artículo 395 de la Ley Federal del Trabajo, que actualmente permite a los sindicatos titulares de los contratos colectivos que los trabajadores de nuevo ingreso formen parte de su organización como requisito para ingresar a laborar.
La desaparición de esta cláusula de exclusión, como lo proponen los senadores priístas, en países de Centroamérica o Colombia ha traído como consecuencia una baja en la tasa de sindicación y permitido la aparición de numerosas organizaciones sindicales para pulverizar los frentes de resistencia de los trabajadores bajo la bandera de «libertad sindical«.
La «libertad sindical« que se quiere anular, con la propuesta priísta, es la colectiva para permitir que los patrones presionen a sus trabajadores para evitar se afilien a organizaciones sindicales, y éstas se hagan pequeñas y más pequeñas y anularlas por completo.
Esa es la «libertad sindical» que ahora abanderan los senadores del PRI
El fenómeno «Matamoros» será la principal motivación para intentar desaparecer esta cláusula de exclusión por ingreso, que de tener mal uso el voto secreto será su principal antídoto.
Lo que llama la atención es que uno de los senadores firmantes sea Carlos Humberto Aceves del Olmo, actual dirigente de la CTM ¿le habrán informado del contenido de la iniciativa que afecta a las organizaciones sindicales de cualquier rango?, (es pregunta, no reclamo).
2.- La presencia de 15 miembros integrados de manera «paritaria» del sector patronal y sindicalismo (el más «representativo», es decir ellos, para que no molesten los independientes de siempre) y el gubernamental, en nada más y nada menos, que en el organismo controlador del registro de sindicatos y contratos colectivos (organismo inventado por los priístas y empresarios y hasta elevado a rango constitucional).
Antes a sectores no les preocupaba la forma de organización de este organismo controlador de registros porque suponían que estaría un funcionario incondicional. Con la perdida de las elecciones presidenciales y estando un gobierno distinto ahora quieren tener injerencia de alguna manera en ese super organismo del monopolio de registros de sindicatos y de contratos colectivos de trabajo.
3.- La legitimación de una etapa de Conciliación, amparada en la reforma constitucional, separada del proceso judicial que la convertirá en punitiva al forzar a arreglos conciliatorios por debajo de la ley federal del trabajo. Encarecerá la justicia laboral porque requerirá de actuarios, con fe pública para notificar a las partes y alargará los procesos.
4.- Un proceso judicial que obligará a los trabajadores a ofrecer pruebas desde el escrito inicial de demanda, sin permitir su modificación o enderezamiento. Proceso compuesto de una primera etapa por escrito de demanda y contestación y ofrecimiento de pruebas y una segunda etapa oral, que se desarrollará en un sistema de audiencias denominadas: preliminar, de juicio y de continuación de audiencia de juicio con la presencia de un juez laboral, lo que significará grandes costos de logística y de personal, haciéndola inviable en el corto y mediano plazo.
Esta propuesta de los senadores priístas representa, en estos puntos y otros a analizar posteriormente, un retroceso en la justicia laboral, y está muy lejos de ser una verdadera reforma laboral que democratice las relaciones laborales en este país.

@Manuel_FuentesM | @OpinionLSR | @lasillarota
https://lasillarota.com/opinion/columnas/propuesta-de-reforma-laboral-del-pri-cojea-por-la-derecha/269834

Otro round Congreso-patrones 


28/11/2018 
Estancada por falta de leyes secundarias en el Senado, la Ley de Justicia Laboral, cuyo punto toral es la sustitución de la Secretaría del Trabajo y las Juntas de Conciliación y Arbitraje por un Centro de Conciliación y Registro Laboral, la tarea por delante es adecuar el esquema las pautas aceptadas en la negociación del acuerdo mercantil en Estados Unidos y Canadá 
Entre los puntos exigidos está la revisión, de cara a los trabajadores sindicalizados en un lapso de cuatro años, de los contratos colectivos en vigor. 
El escenario, además, implica ajustar el marco de la Ley Federal del Trabajo en congruencia con la aprobación por parte del Senado de la adhesión de México al Convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo en materia de libertad sindical. 
Aunque el documento Znal del llamado por sus siglas T- MEC que se Zrmará el viernes por los secretarios de Comercio o Economía de las naciones en concierto en Buenos Aires, Argentina, en el marco de la reunión del Grupo de los 20, no reclama la armonización previa de los acuerdos, es evidente que el mejor escenario sería darle velocidad al nuevo marco laboral. 
La exigencia de Estados Unidos y Canadá es que la reforma rija el primer día del próximo año. 
El panorama ha provocado un posicionamiento de la Coparmex, cuya beligerancia contra el gobierno al relevo ha desplazado como vocero al Consejo Coordinador Empresarial, en cuyo marco plantea cinco puntos a título de “línea”. 
De entrada, solicita que el órgano de gobierno al ensamblaje del nuevo esquema tenga una representación tripartita, es decir que los patrones sean parte de la tramoya. 
El subrayado mayor, sin embargo, apunta a la posibilidad de que se duplique o triplique la representación de los trabajadores en las empresas 
La ruta plantea, desde el ángulo del convenio con la OIT, que los trabajadores que reúnan determinados porcentajes podrían optar por crear un nuevo sindicato o exigir un recuento sobre la aceptación del actual, escenario que agrava la desaparición de la cláusula de exclusión que se emplea para castigar disidentes y el escalafón ciego que permite ascensos sin mérito para incondicionales. 
El órgano de registro sindical operará con criterios técnicos, no políticos, la llamada “toma de nota”. 
Desde la óptica de los negociadores del T-MEC, la revisión de los contratos colectivos, que la Coparmex solicita sea de la manera más ágil, en un lapso de cuatro años, apunta no sólo a la reivindicación salarial sino a desterrar simulaciones bajo el aval de sindicatos blancos a los que los trabajadores fueron afiliados de leva con la novedad de que ni siquiera conocen a sus dirigentes. 
Lo cierto es que la adhesión de México al Convenio 98 de la OIT se había planteado como condición para el fallido Acuerdo Transpacífico de Asociación Económica, sólo que la bala apuntaba también a Vietnam, país en el que prácticamente no existen sindicatos, lo que permite el pago de salarios simbólicos y jornadas extenuantes. 
De acuerdo con la política esbozada por el nuevo gobierno se mantendrá una sana distancia en la vida interna de los sindicatos, pero se garantizará la elección democrática de dirigentes vía votaciones secretas y directas. 
La posibilidad de hacerlo vía delegados a mano alzada ha permitido la eternización de dirigentes que no necesariamente cuentan con el apoyo de la base sindical, así el de los petroleros, Carlos Romero Deschamps; el de los ferrocarrileros, Víctor Flores; el de los telefonistas, Francisco Hernández Juárez… 
El jaloneo será espectacular dada la resistencia patronal a abrir la ventana hacia el aire fresco. 
Balance general. Lo único evidente en el marco del “lunes negro” en la Bolsa Mexicana de Valores es que la espectacular caída en el Índice de Precios y Cotizaciones de 4.2% no fue derivada de vaivenes externos. 
La gran incógnita es el epicentro. Mientras algunos analistas lo ubican en las amenazas del presidente de Estados Unidos, Donald Trump, de cerrar la frontera ante la “amenaza” de los migrantes centroamericanos, como lo hizo por algunas horas la semana pasada, cancelando el tráfico de mercancías, otros hablan del resultado de la consulta ciudadana, y los más de la iniciativa del Partido del Trabajo para que la masa de recursos acumulada en el Sistema de Ahorro para el Retiro sea administrada por el gobierno. 
De ser éste el caso, estaríamos hablando de un desborde inaudito de la sensibilidad de los inversionistas, dado que la iniciativa ni siquiera se había presentado, y de ser así tampoco estaba garantizado el paso dado lo absurdo de sus propuestas. 
Sí dolió. Contra la exigencia de los productores de acero en el país de aplicar una acción “espejo” frente a la imposición de un arancel de 25% al ingreso del producto a Estados Unidos, es decir castigar a su vez las exportaciones del mismo provenientes del país del norte, lo cierto es que las represalias aplicadas por México si han dolido. 
Como usted sabe, en el ojo por ojo permitido por la Organización Mundial de Comercio el país impuso aranceles a productos de Estados Unidos que en conjunto representaran un valor similar a lo que pagarían los envíos mexicanos de acero. En la canasta estaban quesos y tocino, en cuyo marco los productores acaban de enviar una carta a la Casa Blanca solicitando, justo, que se excluya a México del gravamen de la discordia ante las consecuencias que les han provocado. 
 

https://www.eluniversal.com.mx/columna/alberto-barranco/cartera/otro-round-congreso-patrones

Tomará un año hacer aplicable el Convenio 98


Hecha la ratificación, México debe notificar al organismo internacional y los patrones expresarán sus observaciones.
Pilar Martínez
25 de septiembre de 2018, 00:04
La aplicación en México del Convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) tomará un año, que es el tiempo que tardará el organismo en validar la reciente ratificación mexicana de dicho instrumento, de acuerdo con especialistas laborales.
El Convenio 98, que garantiza la protección del derecho a la libre sindicación y a la negociación colectiva, fue ratificado por el Senado mexicano el pasado jueves 20 de septiembre, pero varias actuaciones faltan antes de que la OIT reconozca a México como firmante del Convenio.
De acuerdo con Luis Monsalvo Valderrama, abogado laboral, quien participó en el Foro IDC 2018 con la ponencia “Recomendaciones para evitar sindicatos fantasmas”, una vez que se dio el aval legislativo, la ratificación deberá ser notificada a la OIT y, a su vez, el sector patronal podrá manifestarse respecto del Convenio, “y todo ello llevará más de un año”.
Salvador Pasquel Villegas, de la firma Baker & Mckenzie, comentó en la misma línea que “conforme con los términos del Artículo 8, el gobierno mexicano tiene que acudir a la dirección general de la OIT para registrar la ratificación y de ahí entra en vigor 12 meses después”.
Añadió que es probable que “en ese transcurso veamos modificaciones a la Ley Federal del Trabajo, no sólo constreñidas al artículo 395 de la Ley Federal del Trabajo, que habla de la cláusula de exclusión —que obliga a los trabajadores a estar dentro de una organización sindical— sino que se deberían revisar otros aspectos como el emplazamiento a huelga o el registro de verdaderos sindicatos”.
Monsalvo Valderrama se refirió al desarrollo de la vida sindical y la relación con las empresas en el país, la cual “no tiene mecanismos efectivos para evitar la existencia de sindicatos blancos, ni la legislación; pues en México hay sindicatos fantasmas y sindicatos blancos. La diferencia entre uno y otro es que estos últimos existen, pero sin actividad sindical, y los primeros, no existan más que en el membrete”.
En febrero del 2017 se aprobó una reforma constitucional en materia de justicia laboral, que según la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) ya se adapta a los preceptos del Convenio 98. Sin embargo, la legislación secundaria correspondiente no se ha promulgado, cuando debería haberse hecho desde febrero pasado.
¿Pertenecer o no a un sindicato?
Para los especialistas laborales, la firma del Convenio 98, que mantiene inquietas a muchas empresas mexicanas, tiene tres vertientes de importancia, pues de una verdadera representación sindical se pueden derivar o no los contratos colectivos de trabajo y terminar con los contratos de protección, las extorsiones y los sindicatos blancos.
“Una de las principales vertientes que trae el Convenio es que se respete la libertad sindical, es decir, que haya uno o dos sindicatos; pero también la posibilidad de que los trabajadores decidan si quieren estar representados en un sindicato o no. Para ello se requiere la modificación de todas las normas que llevan al inicio de la contratación colectiva”, afirmó Monsalvo Valderrama.
Un segundo punto consiste en el hecho de que “no se fomente la afiliación a uno u otro sindicato, e incluso no fomentar la creación de sindicatos, desde el punto de vista patronal, o al revés, que las organizaciones sindicales sean quienes lo promueven”.
Y el tercer aspecto es la existencia de los organismos adecuados para el fomento del pleno desarrollo de las negociaciones colectivas, ahí se refiere a la creación del Instituto de Conciliación, que se encuentra en la legislación secundaria pendiente.
Este Convenio 98 tiene muchas implicaciones, “por eso México tardó muchos años en ratificarlo, porque hay que cambiar radicalmente la forma como se llevan a cabo las relaciones laborales colectivas y la forma como se entienden estos procedimientos”, destacó Salvador Pasquel Villegas.

pmartinez@eleconomista.mx
https://www.eleconomista.com.mx/gestion/Tomara-un-ano-hacer-aplicable-el-Convenio-98-20180925-0001.html

Justicia laboral en México. Inicio del fin al sindicalismo corporativo


Jesús Cantú (*)
Finalmente el pasado jueves se votó en el Senado la adhesión de México al Convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo, que había sido adoptado desde 1949 y que garantiza la libertad de asociación y la libertad sindical de los trabajadores, además de establecer la eliminación de todas formas de trabajo infantil, la discriminación en materia de empleo y ocupación y de cualquier forma de trabajo forzoso u obligatorio.
México fue el último de los países de América Latina y el Caribe en ratificar el convenio, que previamente fue adoptado por 165 países del mundo.
Durante muchos años el convenio estuvo archivado en la Presidencia de la República porque la legislación laboral mexicana incluía desde 1931 la llamada cláusula de exclusión, que permitía a líderes sindicales y patrones separar a un trabajador que se negara a afiliarse al sindicato que detentaba el contrato colectivo de trabajo.
Dicha disposición se encontraba en el artículo 236 de la ley expedida en 1931 y se trasladó al artículo 395 de la Ley Federal del Trabajo promulgada en 1970, con lo cual se mantuvo vigente hasta el 17 de abril de 2001, cuando el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucional dicha norma. Sin embargo, fue hasta el 2015 cuando el actual presidente Enrique Peña Nieto envió el convenio para su ratificación al Senado, sin embargo, el dictamen nunca se había elevado al pleno del mismo.
Y fue hasta el 17 de febrero de 2017 que se publicó en el Diario Oficial de la Federación la reforma a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que sienta las bases para un nuevo modelo de impartición de justicia laboral y de relaciones obrero-patronales. Otro paso para el desmantelamiento de esta protección se dio en el proyecto de Tratado de Libre Comercio que acordaron México y Estados Unidos hace algunas semanas, pues se incluyó un capítulo especial que garantiza, entre otros, estos mismos derechos laborales.
La cláusula de exclusión era la columna que soportaba al sindicalismo corporativo mexicano, sea aquel que tenía como principal soporte al gobierno federal, llamado el sindicalismo charro, con la Confederación de Trabajadores Mexicanos (CTM) como su más conspicuo representante, pero que se extendía a muchos otros sindicatos que respaldaron al PRI, otrora partido hegemónico.
Pero también era el sostén del llamado sindicalismo blanco, que respaldado por los distintos grupos empresariales mexicanos se convertía en el instrumento que les permitía mantener deprimidos los salarios e imponer sus condiciones a cambio de ciertas prebendas a los líderes sindicales.
La llamada cláusula de exclusión es la que abría la puerta a los llamados contratos de protección (todavía vigentes el día de hoy) mediante los cuales el patrón firmaba el contrato colectivo de trabajo con una central sindical a espaldas de los trabajadores, en muchos casos dicho documento se tenía desde antes de iniciar operaciones. Los líderes del sindicalismo charro y del blanco, por igual, se prestaban a dicha simulación a cambio de pingües ganancias económicas o posiciones políticas y demás prebendas.
Y, desde luego, esto les permitía a los empresarios mantener los bajos niveles salariales que ya han sido ampliamente tratados en este espacio en colaboraciones previas, además de limitar las prestaciones que les otorgaban. Entre otras, esta es una de las razones de la creciente desigualdad en México, pues es una de las razones de que los beneficios del crecimiento económico —de por sí bajo para un país emergente— se concentraran en los dueños de las empresas y no se derramara hacia empleados y trabajadores.
Había razones de peso (y de pesos) para que los gobiernos emanados del PRI y el PAN no ratificaran el citado convenio y mantuvieran vigente —en los hechos— la llamada cláusula de exclusión, incluso una vez que la Corte declaró su inconstitucionalidad y que ya se había promulgado una reforma constitucional que pretendía precisamente desarrollar un nuevo modelo sindical y de relaciones obrero-patronales.
Influencia
Seguramente por la influencia política que todavía mantienen los líderes sindicales y los empresarios, los senadores de la pasada legislatura habían eludido dictaminar el citado convenio y fue hasta el pasado martes, cuando el senador Napoleón Gómez Urrutia publicó en la Gaceta Parlamentaria una excitativa para que las Comisiones de Relaciones Exteriores, Organismos Internacionales y Trabajo (que todavía no se han conformado y, mucho menos, instalado) emitieran un dictamen sobre el convenio que ya llevaba más de tres años en dicha Cámara, que el tema cobró relevancia en la opinión pública.
La Mesa Directiva de la Cámara Alta decidió convertir dicha excitativa en dictamen y lo elevó al pleno el pasado jueves 20 de septiembre para su inmediata discusión y aprobación. El dictamen fue avalado por legisladores de todos los partidos políticos representados en el Senado, excepto del PAN. Los legisladores blanquiazules hicieron suyas las preocupaciones de los empresarios, que pedían ser consultados previamente, pues temen que la adopción del mismo impulse la creación de cientos de sindicatos que afecten la productividad de sus empresas.
La adopción del Convenio 98 es un paso más en la dirección correcta, sin embargo, todavía falta emitir la legislación secundaria en el que se norme el nuevo modelo de impartición de justicia laboral y defina las nuevas reglas que regularán la vida de los sindicatos mexicanos. Y, una vez que eso se logre, la mesa estará servida para que gobierno, trabajadores y empresarios empiecen a construir una nueva era en el sindicalismo mexicano y las relaciones obrero-patronales, en beneficio de la clase trabajadora y de México.— Ciudad de México.
jecantue@gmail.com
Periodista
http://www.yucatan.com.mx/editorial/justicia-laboral-en-mexico