Aprueban en lo general nuevas disposiciones en justicia laboral, libertad sindical y negociación

 

Categoría: Boletines
Publicado: Lunes, 29 Abril 2019 22:57
Número 1805

  • Miembros de sindicatos, federaciones y confederaciones elegirán a sus directivas mediante voto personal, libre, directo y secreto.
  • Crea el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, al que faculta para realizar la función conciliadora en materia federal.

El Pleno del Senado de la República aprobó, en lo general, reformar la Ley Federal del Trabajo en materia de libertad sindical, justicia laboral y negociación colectiva, por 120 votos en favor, cero en contra y dos abstenciones. 
El dictamen avalado también modifica la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, la Ley Federal de la Defensoría Pública, la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y la Ley del Seguro Social, en el mismo sentido. 
Ley Federal del Trabajo
Entre las modificaciones a la misma, en su artículo 132 establece como una obligación de los patrones entregar a sus trabajadores, de manera gratuita, un ejemplar impreso del contrato colectivo de trabajo inicial o de su revisión, dentro de los 15 días siguientes a que sea depositado ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral. 
También implementar, en acuerdo con los trabajadores, un protocolo para prevenir la discriminación por razones de género, atención de casos de violencia y acoso u hostigamiento sexual, así como para erradicar el trabajo forzoso e infantil.
En el artículo 280 Bis confiere a la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos la atribución para fijar los salarios mínimos profesionales de los trabajadores del campo. En el capítulo de trabajadores del hogar, en el artículo 337, ordena a los patrones a inscribirlos al Instituto Mexicano del Seguro Social y pagar las cuotas correspondientes. 
En su Capítulo II sobre sindicatos, federaciones y confederaciones, establece en su artículo 357 que los trabajadores y los patrones, sin ninguna distinción y sin autorización previa, tienen el derecho de constituir las organizaciones que estimen convenientes, así como el de afiliarse a las mismas, con la sola condición de observar los estatutos de las primeras. 
Dichas organizaciones deberán gozar de adecuada protección contra todo acto de injerencia, de unas a otras, cuando se realice directamente o por medio de sus representantes, en su constitución, funcionamiento o administración. 
En el artículo 357 Bis señala que el reconocimiento de la personalidad jurídica de las organizaciones mencionadas, de sus federaciones y confederaciones, no estará sujeto a condiciones que impliquen restricción alguna a sus garantías y derechos. 
La reforma estipula que los miembros de los sindicatos, federaciones y confederaciones, cuentan con los derechos de libre afiliación y no pueden ser obligados a formar, o no, parte de los mismos. 
En su artículo 358 establece que la elección de sus directivas deberá ser mediante voto personal, libre, directo y secreto de sus miembros, y que el periodo de duración de las directivas no podrá ser indefinido. Además, las federaciones y confederaciones deberán constituirse por al menos dos organizaciones sindicales.
En el artículo 369 se consigna que podrá cancelarse el registro de un sindicato cuando sus dirigentes, apoderados o representantes legales extorsionen a los patrones, exigiéndoles un pago en dinero o especie, para desistir de un emplazamiento a huelga o abstenerse de iniciar o continuar un reclamo de titularidad de contrato colectivo de trabajo. 
Prohíbe a los sindicatos, en su artículo 378, obstaculizar la participación de los trabajadores en los procedimientos de elección de sus directivas sindicales. 
La reforma añade el Capítulo IX Bis, para crear el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, al que faculta para realizar la función conciliadora en materia federal y llevar el registro de todos los contratos colectivos de trabajo, reglamentos interiores del mismo y de las organizaciones sindicales.
Además, será competente para substanciar el procedimiento de la conciliación que deberán agotar los trabajadores y patrones, antes de acudir a los Tribunales. 
También confiere atribuciones a los Centros de Conciliación locales en su artículo 590-E, y estipula que tendrán el número de delegaciones que se considere necesario constituir.
En la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación establece que los Tribunales Colegiados de Circuito resolverán los conflictos de competencia y contarán con una Unidad de Peritos Judiciales -exclusivamente pericial- para auxilio específico a los tribunales en materia laboral, en los casos que lo determine la Ley.
La reforma a la Ley Federal de Defensoría Pública señala que los servicios de asesoría jurídica se prestarán, preferentemente, a las personas que dispongan los Tribunales Federales en materia laboral, en términos de la normatividad aplicable.
En la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, se modifica el artículo 23 para que su director general tenga la facultad de delegar la representación, incluyendo la facultad expresa para conciliar ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, así como ante los Tribunales federales en materia laboral.
En el artículo 53 de la misma ley, establece que las controversias entre los trabajadores o sus beneficiarios y el Instituto, sobre derechos de aquéllos, serán resueltos por los Tribunales Federales en materia laboral.
La reforma estipula, en la Ley del Seguro Social, que las controversias entre los asegurados o sus beneficiarios y el Instituto sobre las prestaciones que dicha ley otorga, deberán tramitarse ante los Tribunales Federales en materia laboral. En tanto que las que se presenten entre el Instituto y los patrones (y demás sujetos obligados), se tramitarán ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
Artículos transitorios 
En los artículos transitorios se establece un plazo de 180 días para expedir Ley Orgánica del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, después que entren en vigor los cambios realizados. 
También, un periodo no mayor a dos años para que el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral inicie sus funciones en materia de registro de asociaciones sindicales y contratos colectivos de trabajo.
Un tercer plazo, máximo de tres, años para que los Centros de Conciliación locales y los Tribunales del Poder Judicial de las Entidades Federativas, inicien operaciones. 
Finalmente, establece que en máximo cuatro años, a partir de la entrada en vigor de las este Decreto, cada delegación u oficina regional del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral iniciará la tramitación de solicitudes de conciliación que sean de su competencia, al mismo tiempo que los Tribunales del Poder Judicial de la Federación inicien su operación en el circuito judicial al que correspondan. Cada circuito judicial iniciará sus funciones en el orden y secuencia en que se determine en las declaratorias que emita el Senado de la República, a propuesta del Consejo de la Judicatura Federal, conforme a las disposiciones previstas en el presente Decreto.
Comisiones dictaminadoras
Napoleón Gómez Urrutia, presidente de la Comisión del Trabajo y Previsión Social, dijo que con la reforma se incorporan los principios de representatividad, transparencia y democracia en la vida de las organizaciones sindicales. 
Añadió que garantiza el derecho de libertad de agrupación de la clase trabajadora, y que sus decisiones sean consideradas y protegidas por la ley. La reforma contribuye al avance progresivo de los derechos de las personas asalariadas, al generar las condiciones mínimas para hacer valer el principio de libertad y democracia sindical. 
Refirió que es trascendental el establecimiento de una instancia de conciliación, como requisito prejudicial, que estará a cargo de centros de conciliación especializados e imparciales. Dijo que disminuirán los plazos de resolución. 
Ana Lilia Rivera Rivera, presidenta de la Comisión de Estudios Legislativos, Segunda, expuso que con la reforma se atienden exigencias sociales, en materia de derechos laborales colectivos, que no habían recibido atención legislativa durante décadas. 
En cuanto a la firma del contrato colectivo, detalló que el apoyo de los trabajadores mediante el voto libre, personal y secreto, constituye una garantía para la protección de la libertad de negociación colectiva.
En el rubro de las trabajadoras domésticas, señaló que los cambios deberán adecuarse a las últimas reformas en la materia, recientemente aprobadas por el Senado, a fin de completar su objetivo y reivindicar efectivamente los derechos de las trabajadoras del hogar. 
Posicionamientos 
El senador de Morena, Pedro Haces Barba, aseguró que este dictamen responde contundentemente a los enormes retos que tienen los trabajadores mexicanos. Es necesario brindar los elementos que revolucionen y fortalezcan la vida laboral de los años por venir, sobre todo en un país que cuenta con una fuerza laboral de 52 millones de trabajadores, y donde sólo uno por ciento gana más de 10 salarios mínimos al mes, precisó. 
Alejandra Noemí Reynoso Sánchez, del Grupo Parlamentario del PAN, aseguró que la reforma es una deuda histórica con la clase trabajadora. Atiende a una necesidad añeja derivada de un sistema legal obsoleto que ha frenado el desarrollo económico y laboral de las y los trabajadores. Ha impedido contar con el dinamismo productivo que se requiere para impulsar el desarrollo económico de México.
El senador Carlos Humberto Aceves del Olmo, del PRI, a su vez, indicó que el objetivo de los sindicatos es lograr certeza en el empleo, garantizar mejoras laborales y bienestar para las y los trabajadores, por lo que no se debe descalificar al movimiento obrero. La reforma aprobada da un giro total al derecho de los trabajadores mexicanos, comentó. 
En su participación, la senadora Patricia Mercado, de Movimiento Ciudadano, consideró que este nuevo modelo de justicia laboral ayudará a cerrar la brecha de desigualdad en el país, pues el respeto a los derechos de los trabajadores aumentará la productividad de éstos, y ello se traducirá en crecimiento económico.
Al fijar el posicionamiento del Grupo Parlamentario del PT, el senador Joel Padilla Peña, manifestó el respaldo de su bancada a la reforma al considerar que representa un gran avance en justicia laboral y recoge las demandas históricas de los trabajadores mexicanos.
El senador Raúl Bolaños-Cacho Cué, del PVEM, dijo que las modificaciones benefician a la clase trabajadora y contiene componentes fundamentales para el crecimiento de México. Coincidió en analizar más adelante, y en Parlamento Abierto, las observaciones que han enviado al Senado los grupos interesados.
Por el PRD, el senador Miguel Ángel Mancera dijo que la mayor parte de esta reforma tiene la intención de modernizar y adecuar la relación obrero-patronal. Sin embargo, dijo que se tienen que encontrar equilibrios entre productividad y buenas condiciones laborales, y espera que más adelante haya una discusión detallada y profunda en temas que quedaron pendientes.
En la discusión en lo general participaron los senadores Daniel Gutiérrez Castorena (Morena), Blanca Piña Gudiño (Morena), Samuel García Sepúlveda (MC), Clemente Castañeda Hoeflich (MC), Kenia López Rabadán (PAN), Enrique Murat Hinojosa (PVEM), Omar Obed Maceda Luna (PRD) y Geovanna Bañuelos de la Torre (PT). 

http://comunicacion.senado.gob.mx/index.php/informacion/boletines/44716-aprueban-en-lo-general-nuevas-disposiciones-en-justicia-laboral-libertad-sindical-y-negociacion-colectiv.html


Número 1809

  • Podrán elegir sus directivas mediante voto personal, libre, directo y secreto; tienen derecho de formar parte o no de un sindicato.    

El Pleno reformó el artículo 69 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del apartado B) del Artículo 123 Constitucional, por 115 votos en favor y dos abstenciones.  
La modificación establece que todos los trabajadores tienen derecho a formar parte de un sindicato y a constituir sindicatos sin necesidad de autorización previa.
Asimismo, el trabajador ejercerá en todo momento su libertad de adhesión o separación de un sindicato, a nadie se le obligará a formar o no formar parte de él, o a permanecer en el mismo.
El dictamen avalado señala que las disposiciones normativas actuales de la ley confieren la libertad al trabajador de asociarse al sindicato de su preferencia, pero no la libertad de separación, y limita dicha acción únicamente a un proceso de expulsión.
Los legisladores consideraron que la expulsión, referida actualmente en el artículo 69, es un método obsoleto, al margen de las políticas nacionales e internacionales en tema de sindicación de los trabajadores.
Napoleón Gómez Urrutia, presidente de la Comisión del Trabajo y Previsión Social, refirió que la reforma armoniza el derecho a la libre sindicalización, dispuesto para los trabajadores contemplados en el Apartado A del artículo 123, y en el Convenio 98 de la OIT.  
Además, reconoce el derecho de las personas trabajadoras del Estado a gozar de forma plena y efectiva su derecho humano laboral y a decidir libremente sobre su pertenencia a un sindicato, lo que los coloca en un plano de igualdad, dijo.
En la ronda de posicionamientos, la senadora Nancy de la Sierra Arámburo, del PT, comentó que la libertad de asociación, en lo general, y la libertad sindical en lo particular, son dos derechos característicos de todo sistema democrático.   
Por el Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la senadora Patricia Mercado precisó que los trabajadores del Apartado B viven en un régimen de excepción. No obstante señaló que en Parlamento Abierto y como parte de la agenda laboral, se buscará que los todos los trabajadores ganen el derecho a la libertad sindical.
En el rubro de reservas, el senador Pedro Haces Barba, de Morena, propuso derogar el artículo 68, para quedar en los términos de la ley vigente. También, adicionar los artículos 69, 71, 73, 78, 79 y 84, a fin de hacer congruente la reforma propuesta.
Agrega un párrafo al artículo 69, relativo a la elección de directivas sindicales, mediante voto personal, libre, directo y secreto de todos y cada uno de los afiliados, previa convocatoria que se emitirá con un plazo no menor a 15 días; se difundirá entre los miembros del sindicato, y también deberá notificarse al Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje con la misma anticipación.
El Tribunal podrá verificar el procedimiento de la elección, a través de servidores públicos. Las elecciones que no cumplan estos requisitos serán nulas.
Lo anterior, para hacer precisiones en materia de elección de directivas sindicales, constitución y cancelación de los sindicatos, adhesión de éstos a las federaciones de sindicatos de trabajadores, y sobre las prohibiciones a estos grupos de trabajadores. 
Las adiciones a diversos artículos, planteadas por el senador Haces Barba, fueron aprobadas en votación nominal por 118 votos en favor, uno en contra y una abstención. Fue turnado a la Cámara de Diputados.

http://comunicacion.senado.gob.mx/index.php/informacion/boletines/44719-avalan-libertad-sindical-para-trabajadores-al-servicio-del-estado.html

Reconoce la STPS al Congreso de la Unión por los acuerdos alcanzados para aprobar la Reforma Laboral


BOLETÍN 83/2019
Ciudad de México, 29 de abril de 2019
• “Las leyes secundarias son un instrumento poderoso para hacer llegar la democracia al ámbito sindical”, Luisa María Alcalde

  • En cuanto se publique en el Diario Oficial de la Federación la dependencia federal iniciará su aplicación rumbo a la transformación del mundo del trabajo
  • Se trata de la transformación más importante en los últimos cien años en el sector laboral, destacó la titular de la STPS

La titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), Luisa María Alcalde Luján reconoció los acuerdos alcanzados por el Congreso de la Unión para aprobar las leyes secundarias de la Reforma Laboral y con ello “proveer al Gobierno de México de un instrumento poderoso para hacer llegar la democracia al ámbito sindical mediante el voto libre, directo y secreto de los trabajadores sobre sus representantes”.
Una vez que los legisladores aprobaron la reforma, la secretaria Alcalde Luján agradeció “una votación histórica. El congreso a favor de la libertad y la democracia sindical. Con diálogo social y representación auténtica de los trabajadores ganamos todos”.
Luego de que el Senado de la República fue la última instancia del Congreso de la Unión que avaló las leyes secundarias de la reforma constitucional de 2017, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social se alista para comenzar su implementación, en el ámbitos de sus atribuciones, una vez que el titular del Poder Ejecutivo, representado por el Presidente Andrés Manuel López Obrador, la publique en el Diario Oficial de la Federación.
Entre los objetivos que se plantea la Reforma Laboral están cinco:

  • Democracia en el trabajo: Elegirán los trabajadores a sus dirigentes por voto libre, directo y secreto.
  • Contratos colectivos: Se garantizará que en las negociaciones se mejoren las condiciones laborales y se eleve la productividad de los empleadores.
  • Creación de un órgano autónomo: Se promoverá la imparcialidad y la libertad sindical a través del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral.
  • Justicia laboral: Se sustituirán a las juntas de Conciliación y Arbitraje por los Tribunales laborales adscritos al Poder Judicial.
  • Eliminación de la extorsión: Con la acreditación ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral se evitará el chantaje de emplazamiento a huelga por parte de sindicatos.

La responsable de la política laboral, Luisa María Alcalde Luján, destacó el proceso de deliberación de las leyes secundarias aprobadas en el cual participaron académicos, especialistas, organizaciones de la sociedad civil, empresarios, trabajadores, así como sindicatos.

https://www.gob.mx/stps/prensa/reconoce-la-stps-al-congreso-de-la-union-por-los-acuerdos-alcanzados-para-aprobar-la-reforma-laboral?idiom=es

Observatorio Ciudadano de la Reforma Laboral (OCRL) anuncia segunda etapa de análisis y propuestas de reformas

  • Napoleón Gómez Urrutia señaló que esta reforma es una oportunidad para democratizar el mundo del trabajo y del sindicalismo
  • Coinciden en que la Reforma Laboral es un paso importante que hay que mejorar

Integrantes del Observatorio Ciudadano de la Reforma Laboral (OCRL) fueron recibidos por el Senador Napoleón Gómez Urrutia, Presidente de la Comisión de Trabajo, con el que coincidieron que la reforma laboral que se discute en ese órgano legislativo debe ser aprobada en sus términos, ya que es un primer paso del cual se deberán desprender otras reformas para atender temas urgentes del mundo del trabajo.
En este sentido esperan tener la posibilidad de un diálogo social más amplio, en el que los legisladores puedan escuchar las propuestas que desde el OCRL y otros espacios plurales se están generando.
El Doctor Alfonso Bouzas Ortiz, informó que el OCRL iniciará en los próximos días una segunda etapa de discusión y análisis que considere los temas que esta reforma no abordó, entre ellos las formas tercerizadas del trabajo, Apartado B, seguridad social, igualdad de género, proceso individual, la reversión de la carga de la prueba, el pago de cuotas sindicales y la nueva Ley de Afores, entre otros
“En el OCRL apostamos a que en la medida que los trabajadores recuperen sus organizaciones, tengan posibilidad de decidir quién los representa, voten y aprueben el contrato colectivo que los rija, se involucren en el proceso productivo, en esa medida vamos a cambiar las relaciones laborales en México. Vamos a abrir un nuevo capítulo en el mundo del trabajo” señaló el Doctor Alfonso Bouzas, Coordinador del OCRL
El Magistrado Héctor Arturo Mercado señaló que el OCRL de manera paralela hará un seguimiento en la instrumentación que se debe dar a esta reforma con presupuesto adecuado e instituciones fortalecidas, bien construidas a partir del conocimiento que se tenga de la materia y no por el involucramiento de circunstancias ajenas que traban. Porque si la ley ya da las condiciones para instituciones fuertes, pueden por falta de un presupuesto adecuado o por otras circunstancias complicar su instrumentación.
Por su parte el senador Napoleón Gómez Urrutia destacó la coincidencia con el OCRL que se trata de una reforma importante. “Es un paso adelante en términos de democracia sindical, de justicia laboral, el voto libre, directo y secreto, para liberarse de todas las imposiciones que tenían las y los trabajadores y de los yugos que hasta ahora les han impuesto muchas organizaciones como el sindicato al que los obligan a pertenecer, con los líderes que ellos escogen, con contratos colectivos que se supone que existen y si existen nunca los ven los trabajadores “
Es un paso adelante como lo fue la firma del Convenio 98 de la OIT, que fue el primer paso para romper con este sistema de contratos de protección patronal. Esta reforma es una continuidad junto con el Convenio 87 de la OIT de libertad de asociación.
El presidente de la Comisión de Trabajo en el Senado de la República afirmó que vamos en la dirección correcta respecto de ese gran proyecto de reforma laboral, de transparencia, de libertad sindical, de autonomía. Coincidimos que todos los temas que han quedado pendientes tendrán que abordarse en otro período. Tenemos que proteger a los trabajadores, a los sindicatos. “No hay reforma laboral perfecta, ni en México, ni en el mundo. Todas las reformas son de ajuste, de cambio, porque cambia la economía, cambia la política, cambian las relaciones laborales, cambian muchas cosas y habrá que irla ajustando”

Diccionario mínimo de la reforma laboral


Luis Miguel González
26 de abril de 2019, 01:02
En la reforma, hay una pequeña bolsa de golosinas que los trabajadores encontrarán deliciosa, pero provocará caries en la boca de algunos empresarios
Democracia sindical. Concepto que abunda en los discursos pero es casi inexistente en la práctica. Democracia y sindicatos son dos palabras que han vivido divorciadas en México, aunque ahora tendrán que vivir en la misma habitación, por obra y gracia de la reforma laboral; la presión de Estados Unidos en el T-MEC y los compromisos de México ante la OIT. Los trabajadores mexicanos elegirán a sus líderes mediante voto libre, directo y secreto. Para México es la dimensión desconocida. En el corto plazo vendrán inestabilidad y turbulencias. A mediano y largo plazos, si las cosas salen bien, tendremos un sistema mucho más equilibrado y con otra forma de estabilidad.
Contratos de protección. Invento mexicano que constituye una aportación del ingenio mexicano a la teoría y práctica del derecho laboral. Se trata de un documento que señala derechos y obligaciones que casi ningún trabajador conoce. Los abogados de las empresas los justifican como un mecanismo de blindaje para protegerse de los “abusos” de los sindicatos. Los representantes de los trabajadores los señalan como ejemplo de las malas prácticas que dañan al trabajador. Todos coinciden en que se trata de algo que sólo existe en México, como la torta de tamal, el ajolote o la casa de Frida y Diego. Muy pronto, estará en el catálogo de especies en extinción. En cuatro años deberán revisarse todos y cada uno de los contratos en México. Los trabajadores deberán conocerlos y, en su caso, aprobarlos.
Trabajadoras del hogar. Fuerza dizque invisible que sostiene los hogares, la economía y el guión de una película mexicana nominada al Oscar en el 2018. Ejército de 2.5 millones de personas que supera en número (y quizá en productividad) a cualquier otro colectivo gremial o profesional de México: maestros, médicos,  burócratas… periodistas. El reconocimiento de algunos de sus derechos es uno de los aspectos más relevantes de la reforma laboral. Los patrones estarán obligados a registrarlas en el IMSS y tendrán dos días de descanso semanal, además de un salario que no podrá ser menor a dos sueldos mínimos. En una primera etapa, esta parte de la reforma laboral formará parte de un programa piloto que durará 18 meses. A fines del 2020, su cumplimiento será obligatorio. Para entonces, el hogar será diferente. En Roma Parte 2, Cleo (Yalitza Aparicio) ya no tendrá que preparar licuados para los niños Cuarón a las 10 de la noche.
Juntas de Conciliación y Arbitraje. Instrumento de tortura que soñó Kafka en Praga, pero tomó vida en México. Lugar donde el principio de justicia expedita se puede convertir en juicios que duran mas de 1,000 días, en donde pierden trabajadores y/o patrones, pero ganan los abogados. Sus días están contados, aunque su muerte será lenta porque los órganos que la sustituirán no están listos. Se llamará Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral y tendrá centros espejo a nivel local. El plazo para hacer la transición en justicia laboral será de cuatro años, al término de los cuales dependerá en su totalidad del Poder Judicial.
Caramelos. En la reforma, hay una pequeña bolsa de golosinas que los trabajadores encontrarán deliciosa, pero provocará caries en la boca de algunos empresarios. La reforma laboral incrementará los pagos por descanso dominical, prima vacacional y aguinaldo. En este caso, en vez de 15 días, serán 20.
lmgonzalez@eleconomista.com.mx

https://www.eleconomista.com.mx/opinion/Diccionario-minimo-de-la-reforma-laboral-20190426-0029.html

Reforma laboral tiene ‘visto bueno’ de empresarios y cumple con acuerdos del T-MEC: Alcalde

La titular de la Secretaría del Trabajo respondió así a la solicitud de la iniciativa privada de modificar hasta 12 artículos de la minuta que fue aprobada por la Cámara de Diputados.
ZENYAZEN FLORES 23/04/2019
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Luisa María Alcalde, secretaria del Trabajo y Previsión Social Fuente: Cuartoscuro
 
Ante la petición del sector empresarial al Senado para realizar ajustes a la minuta de reforma laboral, Luisa María Alcalde, secretaria del Trabajo y Previsión Social, aseguró que los cambios propuestos a la Ley Federal del Trabajo (LFT) fueron consensuados con patrones y cumplen con los compromisos del país en el Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC).
A pregunta expresa sobre si ajustar la reforma laboral como piden los empresarios sería un riesgo para que Estados Unidos o Canadá rechacen la reforma, la funcionaria respondió que si bien le corresponde al Senado la aprobación de la iniciativa, su dependencia considera que la minuta responde a los compromisos del T-MEC.
«Considero que es una iniciativa que, por un lado, es acorde con nuestra Constitución, lo cual es fundamental porque responde a la reforma de febrero de 2017 y, por otro lado, responde a los compromisos asumidos por México en T-MEC», explicó.
Entrevistada al término de la inauguración de la Semana de la Seguridad Social, indicó que la reforma laboral toca «medularmente» temas como los contratos de protección y garantiza, mediante el voto libre, personal, directo y secreto de los trabajadores, la posibilidad de que mujeres y hombres se puedan organizar de manera libre y decidan qué sindicato los representa.
Alcalde Luján dijo que los cambios a la LFT también garantizan que no haya extorsiones y chantajes por parte de sindicatos que no representan a trabajadores y que llegan a estafar a los empleadores, así como la transición a un nuevo sistema de justicia laboral.
«Creo que es una reforma que responde a esos derechos establecidos en la Constitución, también a los compromisos asumidos cuando se ratificó el Convenio 98 de la OIT. Considero que es una iniciativa crucial de fondo, de raíz, y que atiende a una nueva realidad», sostuvo.
¿Cuáles son las modificaciones que pide la IP a la reforma laboral?
El Consejo Coordinador Empresarial (CCE) exhortó al Senado para que, en cumplimiento de su papel como cámara revisora, analicen la minuta aprobada por los Diputados, y se abran espacios de diálogo con los distintos sectores involucrados.
Los empresarios piden modificar 12 artículos de la minuta que consideran importantes porque regulan las relaciones laborales entre patrones y sindicatos, “salvaguardan” las fuentes de empleo y darían seguridad y certeza jurídica a la inversión.
Gustavo de Hoyos, presidente de la Coparmex, consideró que entre los artículos que deben modificarse está el 390Bis que aprobó la Cámara de Diputados, en el cual “se quita a los trabajadores el derecho de señalar su voluntad de no ser representados por un sindicato. El Senado debe corregir esta limitación a la contratación individual”.
Coparmex pidió al Senado adecuar el artículo 937 de la LFT aprobada por los diputados para que las empresas tengan derecho a pedir la calificación de una huelga estallada.
La IP también solicitó ajustar los artículos 920 y 929 de la Ley avalada por diputados para que no quede a la voluntad del líder sindical estallar una huelga y concluirla.
*Con información de Leticia Hernández
https://www.elfinanciero.com.mx/economia/reforma-laboral-tiene-visto-bueno-de-empresarios-y-cumple-con-acuerdos-del-t-mec-alcalde

T-MEC y Reforma Laboral


Por Carlos Monroy en 18/04/2019
Recientemente se aprobó en la Cámara de Diputados una reforma a la Ley Federal del Trabajo que, al amparo de la negociación del Tratado de México, Estados Unidos de Norteamérica y Canadá (T-MEC) y se ha centrado la atención en medios respecto de este proceso de aprobación como parte de las condiciones del T-MEC, el proceso continuará en la Cámara de Senadores donde ya ha habido declaraciones en el sentido de que se aprobará y podría ser en poco tiempo.
Hace unos días la Presidenta de la Cámara de Representantes, Nancy Pelosi, declaró que esta reforma aprobada en México era un elemento necesario previo a iniciar la discusión sobre la aprobación del T-MEC en dicha Cámara en los Estados Unidos de Norteamérica (EEUU).
El T-MEC cuenta con un capítulo laboral dentro del articulado que forma parte del Tratado, a diferencia del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) que consideró el tema como acuerdo paralelo.
La Reforma Laboral
La reforma constitucional en materia laboral consta desde febrero de 2017. Para la Secretaría del Trabajo Luisa María Alcalde se puede resumir la reforma con los elementos de: “democracia y libertad sindical, así como el cambio que se da en materia de justicia laboral”.
De acuerdo a la Secretaría del Trabajo, la reforma contempla los siguientes puntos:

  • Democracia en el trabajo: Elegirán los trabajadores a sus dirigentes por voto libre, directo y secreto
  • Contratos colectivos: Se a garantizará que en más negociaciones los trabajadores y empleadores mejores la productividad y las condiciones laborales.
  • Creación de un órgano autónomo: Se promoverá la imparcialidad y la libertad sindical a través del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral.
  • Justicia laboral: Se sustituirán a las juntas de Conciliación y Arbitraje por los Tribunales laborales adscritos al Poder Judicial.
  • Eliminación de la extorsión: Con la acreditación ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral se evitará el chantaje de emplazamiento a huelga por parte de sindicatos

El T-MEC
El T-MEC contempla dentro del capítulo laboral los derechos laborales internacionalmente reconocidos:
(a) la libertad de asociación y el reconocimiento efectivo del derecho a la negociación colectiva;
(b) la eliminación de todas las formas de trabajo forzoso u obligatorio;
(c) la abolición efectiva del trabajo infantil, la prohibición de las peores formas de trabajo infantil y otras protecciones laborales para niños y menores;
(d) la eliminación de la discriminación en materia de empleo y ocupación; y
(e) condiciones aceptables de trabajo respecto a salarios mínimos,1 horas de trabajo, y seguridad y salud en el trabajo;
Así mismo, dentro de sus Anexos, el T-MEC establece para nuestro país, lo siguiente:
Adoptar legislación de conformidad con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que establezca que, en futuras revisiones salariales y de condiciones laborales, todos los contratos colectivos existentes incluirán un requisito de apoyo mayoritario, a través del ejercicio del voto personal, libre y secreto de los trabajadores cubiertos por dichos contratos colectivos.
Se ha comentado que los compromisos del T-MEC pueden tener también algunos aspectos negativos, reduciendo ventajas competitivas de nuestro país, incluso un estudio reciente de Bank of America comenta: la reforma laboral tiene el potencial de aumentar el poder de negociación de los trabajadores, lo que podría permitir que los salarios reflejen mejor los aumentos de productividad; sin embargo, los salarios más altos podrían erosionar una de las principales ventajas comparativas de México, los bajos salarios que le han permitido ser una potencia industrial y comercializar 70 por ciento de su producto interno bruto (PIB).
Como lo señala el estudio, la implementación y desarrollo de esta reforma, será muy relevante para definir la efectividad de la misma y la posibilidad de que detone la productividad y competitividad al tiempo que mejore las condiciones laborales en nuestro país.
Conclusión
Todo esto, además de modificaciones operadas por Kushner abrirían rápida e integralmente nuestro acuerdo.
Será muy relevante el resto del proceso de aprobación de la reforma laboral y la implementación así como el trabajo directo de los empresarios con la misma para lograr un resultado positivo, considerando también que esto elimina una barrera para la discusión del tema en los EEUU.

https://www.juarezadiario.com/plumas/t-mec-y-reforma-laboral/

Reforma laboral inoperante

Domingo, Abril 14, 2019 – 19:28

  • René Sánchez Juárez

Deja de lado el outsoursing, lo que debilita la estabilidad laboral.
La semana pasada fue aprobada en la Cámara de Diputados la nueva Reforma Laboral, con 258 votos a favor, 67 en contra y 18 abstenciones, por lo que la iniciativa fue turnada al Senado para su aprobación; sin embargo, a pesar de que incluye demandas laborales que se habían solicitado, hay puntos que deben verificarse, porque de lo contrario será inoperante y el esfuerzo en vano.
Como lo comentamos en este espacio en febrero, entre las propuestas que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social envía se encuentran: democracia en el trabajo, que tiene que ver con la elección libre de sus dirigentes por voto libre, directo y secreto; contratos colectivos, que busca garantizar que en las negociaciones los trabajadores y empleadores mejoren la productividad y las condiciones laborales; creación del centro federal de conciliación y registro laboral, donde se promoverá la imparcialidad y la libertad sindical a través del Centro; justicia laboral, se sustituirán las Juntas de Conciliación y Arbitraje por los Tribunales Laborales adscritos al Poder Judicial; eliminación de la extorsión, con la acreditación ante el Centro Federal de Conciliación se evitará el chantaje de emplazamiento a huelga por parte de sindicatos.
Esta nueva ley laboral deja de lado el outsoursing, lo que debilita la estabilidad laboral; promueve acuerdos particulares dejando de lado a la autoridad laboral; mantiene el tope de un año de pago de salarios caídos entre otra serie de acciones que no se están tomando en cuenta.
De lo más preocupante es en cuanto a que se obliga a los jueces a presidir dos audiencias de manera personal, la preliminar y la audiencia de juicio, lo que redundará en la prolongación de los juicios y de altos costos en la construcción de juzgados adecuados y personal adecuado. Por ejemplo, en la actualidad se reciben un promedio de 80 mil demandas anuales en el ámbito federal, lo que requeriría 160 mil audiencias, se necesitarían 3 mil 200 audiencias semanales y 640 audiencias diarias, lo que requeriría de al menos 320 jueces federales, actualmente sólo se cuentan con 66 presidentes de Juntas Especiales.
Condiciona la posibilidad de ofrecer nuevas pruebas salvo las que se refieran a hechos relacionados con la réplica y siempre que se trate de aquellos que el actor no hubiese tenido conocimiento al presentar su demanda, lo que reduce la capacidad de defensa del trabajador al ofrecer primero sus pruebas que el contrario. 
Cualquier ley es perfectible, por lo que esperamos que el Senado pueda contemplar los aspectos mencionados y se analicen de manera particular cada uno de los puntos que podrían afectar al trabajador, su estabilidad y su derecho de demanda, y que en realidad se de un cambio en su beneficio.
Que la reforma laboral este adecuada a los estándares internacionales para que seamos competitivos con nuestros socios comerciales del T-MEC y se firme en beneficio de los trabajadores.

http://www.e-consulta.com/opinion/2019-04-14/reforma-laboral-inoperante