Exhiben sindicatos de EU a México por contratos a modo y salarios bajos


02 Febrero 2018
Ciudad de México.- La queja interpuesta por la mayor central sindical de Estados Unidos y la Unión Central de Trabajadores, en contra de México, argumenta que en el País se mantienen los salarios bajos por la existencia de los contratos de protección.
El contrato de protección, advirtieron, es un «contrato colectivo de trabajo» firmado entre un empleador y un sindicato dominado por el patrón sin la participación o incluso sin el conocimiento de los trabajadores a los que el sindicato supuestamente representa.
En algunos casos, advirtieron, los contratos se firman incluso antes de que una empresa contrate a su primer trabajador.
«El propósito de los contratos de protección es asegurar salarios bajos y proteger’ al patrón contra la formación un sindicato independiente en el lugar de trabajo el cual insistiría en mejores salarios y condiciones laborales», señaló la queja que se interpuso ante la Oficina Administrativa Nacional de Estados Unidos, el pasado 25 de enero.
En el texto se argumenta que durante gran parte del año 2017 el Gobierno federal trabajó a puertas cerradas con líderes empresariales en torno a varios tema de la Ley del Trabajo, sin consultar al sindicalismo independiente.
Fue el 7 de diciembre del año pasado, que los senadores Tereso Medina Ramírez de la Confederación de Trabajadores de México (CTM) e Isaías González Cuevas de la Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos (CROC), presentaron la propuesta de ley secundaria sobre Justicia Laboral.
«La iniciativa de ley es un reflejo de las demandas de la industria que se beneficia de los contratos de protección patronal por los bajos costos laborales que implican.
«La iniciativa viola la reforma constitucional que se debe implementar, y contraviene los convenios de la OIT a las que México está obligado», dijo.
Según los denunciantes, la iniciativa de ley debilitaría de manera significativa las disposiciones de transparencia estipuladas para asegurar que los trabajadores puedan tener acceso a información sobre las entidades que aseguran que los representan, y a cualquier acuerdo que estas entidades pudieran tener con los empleadores.
Además, la iniciativa de ley eliminaría el requisito actual de que los trabajadores sean notificados sobre su despido por escrito, con lo cual se interpreta que los patrones podrán despedir con mayor facilidad.
Se prevé se discuta en el Congreso con el inicio del periodo ordinario de sesiones.
Agencia Reforma

http://www.elmundodecordoba.com/index.php/slideshow/67938-Exhiben-sindicatos-de-EU-a-México-por-contratos-a-modo-y-salarios-bajos

Isaías González Cuevas: Iniciativa de justicia laboral, resultado de ejercicio plural


02 febrero 2018
La ley secundaria en materia de justicia laboral que será discutida en el Senado no es imposición del PRI, ni de la CROC, sino resultado de un ejercicio democrático, plural y transparente donde intervinieron representantes de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, afirmó Isaías González Cuevas.
El senador y dirigente nacional de la Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos (CROC) aclaró que en esa propuesta también participaron investigadores y académicos de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM).
La propuesta, sostuvo, “garantizará el derecho humano a una tutela judicial efectiva y de ninguna manera pretende terminar con conquistas laborales o derechos”.
“La Ley del Instituto Federal de Conciliación y Registro Laborales ha sido el resultado de amplias consultas con representantes del Gobierno Federal, del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, de 200 académicos e investigadores de 26 instituciones, así como de integrantes y organismos autónomos de los poderes Legislativo y Judicial», sostuvo.
Indicó que “lo que los legisladores del PRI pretenden con esta propuesta de reforma a diversas disposiciones a la Ley Federal del Trabajo, la Ley Federal de Entidades Paraestatales, la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y la Ley del Seguro Social es mejorar los procesos de conciliación y de legitimidad de los procedimientos jurisdiccionales y las sentencias judiciales”.

Por otro lado añadió que seguirán impulsando las propuestas que sean necesarias para que la productividad se convierta en el pilar fundamental de los procesos de desarrollo del país y México sea más competitivo a nivel internacional.
Ver más en: https://www.20minutos.com.mx/noticia/327913/0/iniciativa-de-justicia-laboral-resultado-de-ejercicio-plural-senador/#xtor=AD-1&xts=513356

Querétaro logró $100 millones por convenios laborales


Del 19 al 23 de febrero se ha programado la reunión de la Conferencia Nacional de Secretarios del Trabajo (Conasetra), a la cual se espera que asista el recién nombrado titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, Roberto Campa Cifrián.
Viviana Estrella
01 de febrero de 2018, 23:36
 
Querétaro, Qro. La resolución de conflictos laborales derramó 100 millones de pesos en convenios durante el 2017, de acuerdo con registros de la Secretaría del Trabajo (ST).
El monto generado representa una cifra trascendental en comparación con los acuerdos alcanzados en un solo sexenio, expuso el titular de la ST, José Luis Aguilera Rico.
“Es una recuperación económica que no se había presentado en todo un sexenio. En el 2017 se reunió la cantidad de 100 millones, eso quiere decir que concluimos asuntos”, expuso el funcionario.
La dependencia estatal cerró el año contabilizando 35,000 expedientes laborales; sin embargo, se estima que el indicador reporte una reducción de aproximadamente 4.3% en febrero; es decir, que en este segundo mes se prevé contar con 33,500 expedientes.
“Esto nos permite seguir con las cinco Juntas Locales de Conciliación y Arbitraje, ese es el acuerdo que tenemos a nivel nacional; en el mes (de febrero), tenemos reuniones de secretarios para ver la colocación que tengamos que hacer con la nueva reforma laboral”, refirió Aguilera Rico.
La Secretaría del Trabajo no cuenta con un plazo para concluir los expedientes contabilizados, toda vez que entre ellos radican casos rezagados, algunos con antigüedad de hasta 10 años, además de sumarse los nuevos expedientes.
La documentación corresponde principalmente a despidos injustificados, aunado a expedientes antiguos cuyos casos permanecen sin resolverse.
AÑO CLAVE
El presente año será un periodo relevante para definir el curso de la reforma en materia de justicia laboral, la cual plantea transitar la resolución de conflictos de las Juntas Locales de Conciliación y Arbitraje al Poder Judicial.
Por tanto, del 19 al 23 de febrero se ha programado la reunión de la Conferencia Nacional de Secretarios del Trabajo (Conasetra), a la cual se espera que asista el recién nombrado titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, Roberto Campa Cifrián.
De igual modo, comentó, resulta urgente sostener un encuentro entre los integrantes de la Conasetra y los presidentes de los Tribunales Superiores de Justicia.
“Es un año muy importante para el tema laboral; es un año en que nosotros vamos a darle prácticamente mucho tiempo a la reforma (…) Es de urgencia reunirnos con los presidentes de los Tribunales Superiores (TSJ); hay una propuesta por parte de Querétaro de que los presidentes de los TSJ y los secretarios nos podamos reunir para revisar el tema laboral y, sobre todo, algunas dudas que todavía tiene el tribunal”, detalló.

viviana.estrella@eleconomista.mx
https://www.eleconomista.com.mx/estados/Qro-logro-100-millones-por-convenios-laborales-20180201-0160.html

Michoacán: Presentan prontuario de procedimientos para emitir actas administrativas


La presentación del se dio en el marco de la asamblea que realizan en esta ciudad capital, miembros de la Asociación de Tribunales Estatales de Conciliación y Arbitraje A.C.
Por MiMorelia.com – jueves, febrero 1, 2018
El prontuario contempla las definiciones de cada categoría de trabajadores, desde el eventual, hasta el de base y sindicalizado; así como una serie de reglas para llevar un conflicto y resolverlo conforme a la ley (Foto: ACG)
Morelia, Michoacán (MiMorelia.com).- Con el señalamiento de que la correcta elaboración de actas puede hacer la diferencia en la resolución de un litigio laboral, se lanzó la publicación “Prontuario de Procedimientos en Conflictos Individuales de los Trabajadores al Servicio del Estado“.
La obra es coautoría del maestro Luis Gerardo de La Peña, el doctor Carlos Francisco Quintana Roldán, la licenciada Rocío Rojas Pérez, y la doctora María del Rosario Jiménez Moles, todos ellos magistrados del , y fue presentada este jueves en el aula mater del Colegio Primitivo y Nacional de San Nicolás de Hidalgo.
Lo anterior, en el marco de la asamblea que realizan en esta ciudad capital miembros de la  Asociación de Tribunales Estatales de Conciliación y Arbitraje A.C. (ATECA) con la finalidad de intercambiar experiencias sobre la problemática que enfrenta la justicia laboral, así como exponer reflexiones sobre el nuevo sistema anticorrupción y criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación relacionadas con las responsabilidades en que incurren los servidores públicos por incumplimiento de las sentencias de amparo.
El libro fue presentado por Héctor Pérez Pintor, secretario auxiliar de la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo (UMSNH), quien destacó que fue elaborado por quienes están “en el frente de batalla”, resolviendo asuntos en la materia.
José Germán Iglesias Ortiz, presidente de la Asociación Nacional de Tribunales Estatales de Conciliación y Arbitraje, indicó que el prontuario contempla las definiciones de cada categoría de trabajadores, desde el eventual, hasta el de base y sindicalizado; una serie de reglas para llevar un conflicto y resolverlo conforme a la ley; y diversas tesis jurisprudenciales de la Suprema Corte de justicia de la Nación para atender conflictos de constitucionalidad en leyes emitidas por entidades federativas.
(Foto: ACG)
El también presidente del Tribunal de Arbitraje y Escalafón de Colima hizo hincapié en que el prontuario jurídico no sólo reconoce los derechos del trabajador, sino que también evidencia sus posibles fallas, al incumplir en sus obligaciones reglamentarias en no pocos casos.
“Asimismo, nos da luz a los tribunales respecto a los diversos yerros que comete el estado a través de sus representantes legales, cuando por desconocimiento no cumple en la aplicación de los reglamentos derivados de la ley laboral, y por consecuencia se violan los derechos del trabajador.
Luis Gerardo de La Peña, coautor del libro y presidente del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, habló de la importancia que tiene el hecho de que en las distintas etapas laborales se realicen las actas administrativas, con la acotación de que pueden hacer la diferencia en la resolución de un juicio laboral.
“Este prontuario está dirigido para que tanto los representantes sindicales como los jurídicos de las dependencias sepan cómo instrumentar un acta que finalmente pueda servir como documento base de la acción para cesar los efectos del nombramiento del trabajador que une al estado”, remarcó.

https://www.mimorelia.com/presentan-prontuario-procedimientos-emitir-actas-administrativas/

Chihuahua: Abaten rezago de expedientes laborales en Cuauhtémoc


2018-02-01 – Redacción
Las demandas laborales que se encontraban rezagadas desde la anterior administración estatal, en su mayoría bajo el argumento de no encontrar el domicilio del patrón para realizar la notificación, actualmente se han destrabado e iniciado los procedimientos.
Así lo aseguró el presidente de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje de Cuauhtémoc, Pablo Emilio Pacheco Erives, durante la presentación de su informe de trabajo relativo al 2017, ante la secretaria de Trabajo y Previsión Social, Ana Luisa Herrera Laso.
Pacheco Erives, precisó que para abatir dicho rezago, se aplicaron criterios de jurisprudencia para llevar a cabo el emplazamiento a juicio, por lo que en cada caso, se dio un término a la parte actora, para que proporcionara el domicilio de la parte demandada, con el apercibimiento de que si no lo hacían, se tendría por desistida la demanda.
Indicó que también se aceleró el proceso de expedientes que estaban sin atender, debido a la falta de acuerdo entre las partes durante las pláticas conciliatorias, por lo que se optó por iniciar con los juicios.
Durante el año pasado, la autoridad laboral en Cuauhtémoc, concluyó 159 procedimientos de 287 demandas recibidas, emitiéndose 29 laudos, seis más que en 2016.
Se incrementó el número de audiencias celebradas a 393, que a en comparación con el 2016, representan 106 más. En el mismo sentido, se redujo el tiempo de 24 a 20 días, para agendar la primera audiencia de conciliación y una de las metas para este año, es continuar reduciendo esta agenda hasta llegar a 17 días, para agilizar los expedientes.
Pacheco también señaló que el beneficio económico obtenido en los juicios para las y los trabajadores en litigio durante el 2017, fue de 711 mil 800 pesos.
La secretaria Herrera Laso, manifestó que la meta permanente en la impartición de la Justicia Laboral en Chihuahua, es garantizar la calidad, la eficiencia y la transparencia, para todas y todos los trabajadores.
“Estas reuniones periódicas con las juntas, son parte de una labor de supervisión, para encontrar áreas de oportunidad, mejorar nuestros servicios y lograr el cumplimiento de metas”, expresó finalmente la funcionaria estatal, al informar que el siguiente informe lo presentará la Junta Local de Conciliación y Arbitraje en Ciudad Juárez.

http://www.elpueblo.com/notas/Abaten-rezago-de-expedientes-laborales-en

El salario desaparece de la reforma laboral

31 enero 2018, Manuel Fuentes
La contrarreforma laboral es un acto criminal que no debe prosperar porque es gravemente lesiva a los derechos históricos de los trabajadores | Manuel Fuentes

Los hacedores de la contrarreforma laboral presentada el 7 de diciembrepasado, tuvieron la ambición desmedida de desaparecer el concepto de salario para permitir que se paguen a los trabajadores cantidades inferiores en la mayoría de las indemnizaciones previstas en la Ley Federal del Trabajo.
Desaparece en la propuesta el salario como base para el pago de las indemnizaciones por Suspensión y Terminación Colectiva del Trabajo, en contingencia sanitaria, implantación de maquinaria, en procedimientos de trabajo nuevos, en casos de muerte, riesgos de trabajo e incapacidades permanentes totales; en esencia, en todos los rubros vulnerables de protección a los trabajadores.
La iniciativa priista toma como base (en lugar del salario) la Unidad de Medida y Actualización (U.M.A), concepto pueril inventado para aplicar multas y sanciones en las barandillas de los juzgados.
Actualmente el salario mínimo general diario equivale a $88.36, mientras que la U.M.A. está fijada en $80.36, lo que representaría un decremento en los ingresos del trabajador del orden del 9.05%.
En los casos del salario integrado que se sustituye por ese concepto, la afectación puede representar hasta el 50% o más de los ingresos, hecho muy grave, dada la situación en que se dan los supuestos de vulnerabilidad del trabajador en que se deben pagar las indemnizaciones.
El sector patronal pretende, en complicidad con líderes sindicales de la CROC y la CTM conjuntamente con el gobierno federal, hacer los cambios para desaparecer el concepto de salario1 y sustituirlo por uno nuevo, la U.M.A., en los siguientes casos:

  1. Cuando se trate de la suspensión de labores o trabajos, que declare la autoridad sanitaria competente, cuando haya contingencias declaradas por la autoridad sanitaria que en la actual fracción VII del artículo 427 de la Ley Federal del Trabajo señala que:

… el patrón no requerirá aprobación o autorización de la Junta de Conciliación y Arbitraje y estará obligado a pagar a sus trabajadores una indemnización equivalente a un día de salario mínimo general vigente, por cada día que dure la suspensión, sin que pueda exceder de un mes.
Considerando que el texto vigente es lesivo para el trabajador porque no se le pagará con el salario que percibe (por ejemplo $200.00 diarios), sino el equivalente a un salario mínimo general vigente ($88.36 diarios); ahora el propuesto es mucho más agresivo porque se pagaría con una cantidad inferior como lo es la U.M.A. ($80.36 diarios).
El texto propuesto por el sector patronal señala:
… el patrón no requerirá aprobación o autorización del Tribunal y estará obligado a pagar a sus trabajadores una indemnización equivalente a un día de la Unidad de Medida y Actualización, por cada día que dure la suspensión, sin que pueda exceder de un mes

  1. En los casos de suspensión colectiva que prevé el artículo 430 de la ley federal del trabajo establece que se fijará una indemnización:

… sin que pueda exceder del importe de un mes de salario
El nuevo texto promovido por el sector patronal, con el aval del sindicalismo (también patronal) y el gobierno (con alma y esencia patronal) señala:
… sin que pueda exceder del importe de treinta veces la Unidad de Medida y Actualización

  1. En los casos de terminación de la relación laboral, la ley vigente señala que deba pagarse con tres meses de salario integrado, ahora se propone:

Artículo 436. En los casos de terminación de los trabajos señalados en el artículo 434, salvo el de la fracción IV, los trabajadores tendrán derecho a una indemnización de tres meses de la Unidad de Medida y Actualización, y a recibir la prima de antigüedad a que se refiere el artículo 162.

  1. El artículo 439 de la ley laboral establece el pago de 4 meses de salario (que debe pagarse con salario integrado), «cuando se trate de la implantación de maquinaria o de procedimientos de trabajo nuevos», ahora se sustituye por el pago en U.M.A. en el artículo que se propone:

Artículo 439.- (…) Los trabajadores reajustados tendrán derecho a una indemnización de cuatro meses de la Unidad de Medida y Actualización

  1. En el caso de indemnizaciones por riesgos de trabajo, el artículo 485 señala que la cantidad que se tome como base para el pago de las indemnizaciones no podrá ser inferior al salario mínimo.

El artículo 485 propuesto por la ley laboral:
Artículo 485.- La cantidad que se tome como base para el pago de las indemnizaciones no podrá ser inferior a la Unidad de Medida y Actualización.

  1. Ahora se propone que el pago no podrá ser inferior a la U.M.A. en los casos de incapacidad permanente total. El artículo vigente indica:

Artículo 495.- Si el riesgo produce al trabajador una incapacidad permanente total, la indemnización consistirá en una cantidad equivalente al importe de mil noventa y cinco días de salario.
Ahora la propuesta mezquina señala:
Artículo 495.- Si el riesgo produce al trabajador una incapacidad permanente total, la indemnización consistirá en una cantidad equivalente al importe de mil noventa y cinco días de la Unidad de Medida y Actualización.

  1. Hasta en los gastos funerarios se ensañan para pagar menos, a pesar de que en esos negocios no reciben el pago en U.M.A.:

Artículo 500.-

  1. Dos meses de salario por concepto de gastos funerarios;

La propuesta de estas personas sin escrúpulos dice ahora:
Artículo 500.-

  1. Dos meses de la Unidad de Medida y Actualización por concepto de gastos funerarios;
  2. En la ley vigente que les apura anular también pretenden reducir la indemnización en caso de muerte:

Artículo 502.- En caso de muerte del trabajador, la indemnización que corresponda a las personas a que se refiere el artículo anterior será la cantidad equivalente al importe de cinco mil días de salario (…)
El nuevo texto incrustado por esos bandidos señala:
Artículo 502.- En caso de muerte del trabajador, la indemnización que corresponda a las personas a que se refiere el artículo anterior será la cantidad equivalente al importe de cinco mil días de la Unidad de Medida y Actualización…

  1. En el artículo 1003 de la ley federal del trabajo que pretenden desaparecer, ubicado en el título de responsabilidades y sanciones, establece que:

Artículo 1003.- Los Presidentes de las Juntas Especiales y los Inspectores del Trabajo, tienen la obligación de denunciar al Ministerio Público al patrón de una negociación industrial, agrícola, minera, comercial o de servicios que haya dejado de pagar o pague a sus trabajadores cantidades inferiores a las señaladas como salario mínimo general.
El nuevo artículo que pretenden pase desapercibido ahora señala:
Artículo 1116.- Los Inspectores del Trabajo o el Tribunal, tienen la obligación de denunciar al Ministerio Público al patrón (…) que haya dejado de pagar o pague a sus trabajadores cantidades inferiores a las señaladas como Unidad de Medida y Actualización.
La contrarreforma laboral es un acto criminal que no debe prosperar porque es gravemente lesiva a los derechos históricos de los trabajadores, en virtud de que pretende anular de manera definitiva el salario como base de pago de las indemnizaciones, por un concepto distinto al laboral como es la Unidad de Medida y Actualización.
Los legisladores no pueden aprobar este tipo de propuestas porque de hacerlo se convertirán en viles delincuentes del viejo cuño al arrebatar, cancelar y anular el salario, derecho fundamental de los trabajadores en la legislación laboral.
¡No lo permitamos!

https://lasillarota.com/opinion/columnas/el-salario-desaparece-de-la-reforma-laboral/203098

Descartan que reforma laboral quite candados a subcontratación


NOTIMEX 30.01.2018
El senador Isaías González Cuevas aseguró que el dictamen de la iniciativa de reforma secundaria sobre justicia laboral no contempla quitar candados al régimen de outsourcing como lo exigían empresarios.
El también secretario general de la Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos (CORC) informó que el Senado concluyó la redacción del dictamen, donde se mantiene acotada la subcontratación a aquellas actividades que no sean estratégicas para la empresa como administrativas, ventas, gestión, logística y limpieza.
En un comunicado expuso que durante las reuniones con representantes del gobierno y la iniciativa privada se acordó que se mantendrían sin cambios los artículos 15, 15-A, 15-B, 15-C y 15-D de la Ley Federal del Trabajo para mantener a salvo los derechos laborales de los trabajadores.
“Queremos que el paquete de reformas en materia laboral sea aprobado el próximo mes y estamos analizando con mucho detenimiento las modificaciones para garantizar que no haya despido de trabajadores ni se abarate la mano de obra”, subrayó.
Manifestó que el compromiso común fue no vulnerar los intereses de los trabajadores, ni abaratar la mano de obra, ni evitar el pago de reparto de utilidades, pues el objetivo es imponer el Estado de derecho sin excepciones.
Agregó que las reformas propuestas buscan que las demandas en materia laboral sean resueltas por un órgano judicial, por lo que desaparecerían las juntas de Conciliación y Arbitraje para que las controversias entre trabajadores y patrones estén a cargo de los tribunales laborales del Poder Judicial de la Federación o de las entidades federativas.
Dentro de la iniciativa se contempla la creación de un organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, que tendría a su cargo la función conciliatoria en el orden federal y la atención del registro de todos los contratos colectivos de trabajo y de las organizaciones sindicales.

https://www.20minutos.com.mx/noticia/326524/0/descartan-que-reforma-laboral-quite-candados-a-subcontratacion/

Puebla: Convocan a marcha en contra de la Reforma de Justicia Laboral

Por Humberto Ramos Reportero
Último Minuto Tehuacán Publicado: 30 Enero 2018
El Consejo Democrático Magisterial Poblano (CDMP), EL Movimiento de Autogestión Social, Campesino, Indígena y Popular (MASCIP), además de algunos trabajadores de diversos sindicatos, han convocado a una marcha para inconformarse en contra de la Reforma de Justicia Laboral.
Dicha marcha iniciará mañana miércoles a las 5:50 de la tarde, la cual iniciara de Aguas de Tehuacán para llegar a la explanada municipal en donde realizaran un mitin, por lo que se pide a los ciudadanos tomen medidas de precaución para no provocar un caos vial por las calles del centro.
Humberto Ramos

https://meganoticias.mx/tehuacan/ultimo-minuto-tehuacan/78338-convocan-a-marcha-en-contra-de-la-reforma-de-justicia-laboral.html

Querétaro:Reforma Laboral favorece libertad a sindicalización

Hay clarouscuros en la reforma laboral en el país.

Patricia López Núñez
La Reforma laboral federal fortalece la contratación por outsourcing pero por primera vez garantizará la libertad absoluta a la sindicalización, lo que permitirá que se vayan con el sindicato que quieran, señaló el presidente de la Comisión del Trabajo y Previsión Social de la legislatura local, diputado Jesús Llamas.
Aunque reconoció el avance laboral al dar libertad en materia de sindicalización, consideró que fortalecer la contratación por outsourcing es una decisión “mala, terrible, abominable”, por el daño que le causa a la clase obrera y a los empleadores.
“Lo que hemos observado a través del tiempo, desde que surgieron los outsourcing a la fecha, hemos observado que los trabajadores no tienen una identidad con su empleador, con su fábrica, con su empleo, saben que no pertenecen a esa empresa, que van y prestan sus servicios como alquilados, como rentados, a través de una empresa intermediaria y eso redunda en la productividad y en la falta de identidad del trabajador hacia su empleador”, resaltó.
Lamentó que por ahora no se tengan datos sobre el outsourcing, pero confió en que la libertad de sindicalización permitirá tener números fijos sobre quiénes tienen contratos de este tipo.
De acuerdo con la Secretaría del Trabajo y Previsión Social del país, las reformas pendientes a la Ley Federal del Trabajo deberán aprobarse antes del 25 de febrero, cuando vence el plazo legal, pero existen quejas de organismos como la Confederación de Trabajadores de México (CTM) que advierten que se trata de una reforma agresiva que dañará los ingresos de los trabajadores.
Llamas Contreras consideró que la Reforma “Tiene cosas buenas y cosas malas”, que tendrán que analizarse a más detalle para evitar que se afecte a la clase obrera de todo el país.
Sin embargo, reiteró que uno de los grandes avances se dará en materia sindical, porque permitirá que los trabajadores tomen decisiones a conciencia y obligará a los sindicatos a mejorar su representatividad.
“Los trabajadores tendrán la gran oportunidad de cambiar su sindicato si es que no cumple con las expectativas que están esperando de ese sindicato, esto es la libertad total y absoluta a la sindicalización, pueden irse con el sindicato que quieran”, insistió Jesús Llamas.

https://www.diariodequeretaro.com.mx/local/reforma-laboral-favorece-libertad-a-sindicalizacion-752821.html

Contra reloj, aval del Senado a leyes de justicia laboral

Empieza la cuenta regresiva para que las leyes secundarias de la reforma a la justicia laboral sean aprobadas por el Senado de la República, por lo que desde el primer día de sesiones se buscará garantizar el cumplimiento de la reforma constitucional del 2017.
María Del Pilar Martínez
28 de enero de 2018, 22:53
Empieza la cuenta regresiva para que las leyes secundarias de la reforma a la justicia laboral sean aprobadas por el Senado de la República, por lo que desde el primer día de sesiones (1 de febrero) se buscará garantizar el cumpliendo de la reforma constitucional del 2017, afirmó el secretario de Trabajo y Previsión Social, Roberto Campa Cifrián.
“Como ustedes saben hay una vacatio legis, hay un plazo de vigencia para el inicio de la entrada en vigencia de la reforma y este concluye el 25 de febrero, por lo que a partir del 1 de febrero que abre sus sesiones el congreso vamos a tener 25 días para concluir con esta vacatio y como les digo la decisión de la Secretaría es involucrarnos en este proceso”, afirmó Campa Cifrián.
Para dar puntual seguimiento a la aplicación de la reforma, el secretario del Trabajo asignó a Luis Miguel Ortiz (quien fue responsable del área de Gobernación de sacar la ley general contra la desaparición forzada), de seguir puntualmente el proceso legislativo, pues “tiene muy fresco el trabajo en ambas Cámaras y él es el que le he pido que se encargue de trabajar en estas tareas”.
Expuso que las Juntas de Conciliación y Arbitraje seguirán recibiendo asuntos para su trámite hasta noviembre, después sólo seguirían trabajando hasta concluir los asuntos en trámite y “lo que se plantea es un plazo de cuatro años, en el que tendremos un sistema dual, un sistema donde funcionará el esquema que se plantea en la reforma jurisdiccional con la intervención de un instituto responsable de registro y de la conciliación y los asuntos se tramitaran a partir de entonces en los tribunales, los asuntos nuevos todos los asuntos en trámite concluyen en las juntas”. El titular del Trabajo admitió que una de las resistencias de la iniciativa de reforma es el outsourcing. “Tengo la impresión de que la redacción que se alcanzó en la iniciativa no coincide con este objetivo y por lo tanto hay resistencia y nosotros somos sensibles a esta resistencia”.

pmartinez@eleconomista.com.mx
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