Caso Walmart: La excusa por el poder ante la reforma laboral


El abogado Manuel Fuentes Muñiz opina que la CROC pretende mostrar su fuerza en el momento en el que el Congreso de la Unión analiza la reforma laboral.
Blanca Juarez
28 de febrero de 2019, 16:08   
La huelga que preparan trabajadores de Walmart en México es una estrategia de la Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos(CROC) para “aparentar la defensa de los trabajadores”.
Para el abogado laborista Manuel Fuentes Muñiz, centrales sindicales como la CROC quieren hacerse presentes en este momento en el que se debate la ley secundaria de la reforma laboral.
Alejandro Velázquez, presidente del Sindicato de empleados y agentes de ventas en almacén y tiendas de autoservicio, opina que es necesario un nuevo sindicalismo en México. En el caso de Walmart,dice, están pidiendo más de lo que tiene la empresa.
El martes pasado, Isaías González Cuevas, secretario general de la CROC, anunció que unos 60,000 trabajadores de la empresa multinacional alistan un paro de labores para el próximo 5 de marzo. Exigen 20% más de salario y un bono de 4% sobre las ventas.
La CROC quiere mostrar poder
En general, los trabajadores de las tiendas de autoservicio no tienen una organización real, apunta en entrevista Fuentes Muñiz. El que ahora la CROC anuncie un movimiento laboral de esa magnitud “parece más bien un teatro”, agrega.
La Confederaciónestá aprovechando la coyuntura de la reforma laboral, en la que se legislarán temas sindicales, como la libertad, la democracia y la transparencia en esas organizaciones.
La lectura que le da a este asunto el laborista de la Asociación Nacional de Abogados Democráticos (ANAD), es que la CROC “intenta lavarse la cara, aparentando la defensa de los trabajadores” para mostrar poder en la negociación de la reforma.
Esa institución, liderada por el diputado federal priísta Isaías González, ha sido expulsada de organizaciones sindicales internacionales por convalidar la violación a los derechos de los trabajadores, acusa Manuel Fuentes.
Hasta ahora, la CROC no ha velado por mejorar las condiciones de trabajo de los empleados de esas compañías, afirma. Bajos salarios, falta de pago de horas extras y la presión para firmar hojas en blanco son parte de lo que padecen muchos empleados, dice.
En esas corporaciones es donde hay más incidencia de accidentes laborales, recuerda. La mayor tasa ocurre en la carga y descarga de productos y en su manipulación, según información del Instituto Mexicano del Seguro Social(IMSS).
El año pasado reportó 36,600 incidentes, de los cuales 83% sucedieron en las tiendas de autoservicio. El hostigamiento sexual a las trabajadoras es otro de los temas que la CROC no ha atendido, apunta el abogado de la ANAD.
Todo depende de la lana
Todos los trabajadores tienen derecho a la revisión salarial, contractual o las violaciones a su contrato colectivo. Pero no se pueden pedir de manera desproporcionada, “si no hay lana, pues no es posible”, expresa Alejandro Velázquez, presidente del Sindicato de Empleados y Trabajadores, Agentes de Ventas en Almacén, Tiendas de Autoservicio, Artesanías, Oficinas Particulares de Comercio en Particular, Similares y Conexos de la Ciudad de México.
En el caso de Walmart, antes de decidir un paro de labores, el sindicato debe solicitar un estudio socioeconómico de la empresa, “para saber si se puede o no se puede” incrementar los salarios y otorgar el bono.
De otra manera, expone, será “una terquedad del líder (sindical) para tratar de presionar a la empresa”. Desde su punto de vista, “quieren meter a chaleco un emplazamiento a huelga pidiendo lo que tiene Walmart”.
Todo depende de la cuestión económica, insiste el presidente de esa organización gremial, perteneciente a la Confederación de Trabajadores de México (CTM). “Hay que ser moderados”, lo primero es cuidar las fuentes de trabajo.
Considera que el papel de los sindicatos es buscar un equilibrio de los factores de produccióny explicar a sus agremiados hasta dónde es posible pedir. “Y no ver por intereses personales u obligados por los trabajadores”, advierte.

https://www.eleconomista.com.mx/capitalhumano/Caso-Walmart-La-excusa-por-el-poder-ante-la-reforma-laboral-20190228-0108.html

14 puntos relevantes del Convenio 98 de la OIT


26/09/2018
MANUEL FUENTES
La ratificación de este convenio por parte del Senado de la República es un paso muy importante para democratizar las relaciones laborales en nuestro país. | Manuel Fuentes
En cuanto supieron el acuerdo del Senado para aprobar el Convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo(OIT), los empresarios (unos cuantos) empezaron a salir gritando por las calles: ¡Llegarán sindicatos! ¡por todos lados!, ¡Llegarán sindicatoscomo el demonio!, ¡Y muchos contratos colectivosa la vez!
¡aparecerán como hongos!, ¡Será lacatástrofe financieray laboral! ¡es el totalitarismo!
Hasta fueron corriendo a buscar al secretario de trabajo, Campa Cifrian, aprovechando su buena fe, para que éste saliera en su defensa. Lo convencieron de hacer una declaración (penosa), alarmado por la llegada de los sindicatosen tropel. Hasta buscaron a la próxima Secretaria de Trabajo, Luisa María Alcalde para que detuviera esa, que llamaban: atrocidad laboral.
Decían los empresarios (algunos): ¡consultas! ¡consultas! ¡no al convenio 98!
Pero nada les funcionó: ni los chantajes, ni las mentiras, ni las llamadas al más alto nivel, ni las declaraciones a la prensa, nada, nada…
En noviembre de 2015cuando el presidente Enrique Peñaaceptó suscribir el Convenio 98 de la OITse hicieron las consultasa los sectores, a los sindicatos oficiales e independientes y al sector patronal. Éste último al pedirle su opinión se opuso y alegó lo de siempre: que se afectarían fuentes de trabajo, empleos y otros cuentos más. Por esa razón la ratificación se fue indebidamente a la congeladora del Senado, por la intervención patronal. Ahora dicen no saber nada del Convenio 98 y se desgarran las vestiduras como si fueran víctimas. Deberían ser más serios.
Basta revisar el dictamen que en su momento emitiera la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) sobre el Convenio 98 de la OIT. En la página 16 dice que cumplió con la obligación del Convenio 144 y realizó consultas a la CTM, CROC y UNT, COPARMEX, CONCAMIN, CCE, y CONCANACO-SERVYTUR, y Subsecretaría del Trabajo, Dirección General de Asuntos Jurídicos y Oficialía Mayor de la STPS, JFCA y TFCA.
En la página 37 dice que se tomaron en consideración las respuestas a las consultas realizadas a los interlocutores sociales, y aunque no dice cuál fue la respuesta a dicha consulta, en su dictamen la STPS recomienda la ratificación del convenio. Basta asomarse a esta dirección electrónica:
http://infosen.senado.gob.mx/sgsp/gaceta/64/1/2018-09-20-1/assets/documentos/Convenio_98_Ginebra_200918.pdf
También se ha dicho por algunos de los promotores del Convenio 98 de la OIT, que con el acuerdo, regresará el poder adquisitivo y el equilibrio de las fuerzas laboral y empresarial. Eso no es así. La aprobación del Convenio por sí misma no va a lograr una mejora en el poder adquisitivode los trabajadores, se requieren de otros factores no sololegalessi no también económicos: una reforma laboral que acabe de una vez por todas con los contratos colectivos de proteccióny las empresas outsourcing, que posibilitan el fraudeen contra de los asalariadosy laHacienda Pública. Se requiere de un nuevo modelo sindical que le dé poder a las asambleasy no a los líderes. Autoridades laborales con fortaleza, en materia de inspección y procuración de justicia.
Se requieren autoridades laborales con recursos económicos suficientespara hacer efectivas las reformas laborales, entre otros factores.
Las actuales juntas de Conciliacióny Arbitrajetienen un abandono de años y su situación es deplorable.
Tan solo la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje(JFCA)al mes de agosto de 2018 tenía ¡63,185 expedientes en dictamen!Si quisiera salir del rezago esa debilitada institución el siguiente año, en 2019, tendría que laudar¡288 expedientes diarios! Hecho que se ve imposible porque en el último periodo le han arrebatado 350 plazas ¡por un programa de austeridad!
Para impulsar los nuevos Tribunales Laborales adscritos al poder judicial de la federación y de los Estados ni siquiera hay presupuesto disponible. ¿Cómo queremos hacer avanzar los derechos de los trabajadoressi las instituciones que los pueden hacer operar están en una situación que dan lástima?
14 puntos relevantes del recién ratificado Convenio 98 de la OIT

  1. El convenio es «el que», falta «el cómo». Se requiere una eficiente legislación laboralque la pueda aplicar, y aún no se tiene.
  2. Se requiere prohibir el outsourcing para hacer operable el Convenio. La libertad sindical y de negociación se anula en ese tipo de empresas fraudulentas.
  3. Se requiere acabar con los contratos colectivos de protección actuales; para ello deberá exigirse el aval de los trabajadores para que tengan validez estos documentos.
  4. Para su entrada en vigor no basta su publicación en el Diario Oficial, que aún no ocurre.
  5. Se requiere que la ratificación del Convenio quede registrada por el Director General de la OIT, lo que aún no sucede. (artículo 8.1)
  6. Entrará en vigor doce meses después de la fecha en que haya sido registrada su ratificación. (artículo 8.3)
  7. Aporta nuevas obligaciones al Estado para que adopte todas las medidas necesarias para evitar se afecte la estabilidad en el empleo en el ejercicio de la libertad sindical.
  8. Le da una connotación especial a las medidas de protección contra la discriminaciónligadas al ejercicio de la libertad sindical y la conservación del empleo.
  9. Da una protección especial a quién ejerza actividades sindicalesfuera o dentro de los centros de trabajo.
  10. Fortalece la libertad sindical individual, para evitar que se sujete el empleode un trabajador a su preferencia sindical. Este punto puede dar motivo al debilitamiento de la libertad sindical colectiva en especial a los sindicatos que mantienen la clausula de exclusividad en la contratación ya que permitiría al patrón intervenir en desalentar la afiliación sindical. En otros países el Convenio 98 en este apartado, es un arma patronal.
  11. Considera inadmisible los actos de injerencia patronal que lleven a formar sindicatos bajo su control. Este punto es esencial para terminar con esa practica que afecta a la mayor parte de los sindicatos en el país, pero depende de una adecuada legislación laboral.
  12. Considera indispensable el Convenio que haya Instituciones u organismos públicos(inexistentes en la actualidad) que garanticen el pleno respeto al derecho de sindicalización.
  13. Fomenta la negociación voluntaria, que requiere de organizaciones sindicales fuertes para reglamentar condiciones de trabajo dignas mediante la contratación colectiva.
  14. El Convenio 98 será aplicable en todo tipo de empresas privadas, organismos descentralizados y organismos autónomos de la administración pública.

La ratificación del Convenio 98 de la OITpor parte del Senado de la República es un paso muy importante para democratizar las relaciones laborales en nuestro país. Faltan muchas acciones del Estado mexicano para lograr sus objetivos pero la decisión de los senadores para ratificar este Convenio es un motivo de felicitación para ellos.
De otros avatares
Es lamentable que el periódicoLa Jornada haya arrebatado de sus páginas el espacio de opinión que quincenalmente compartía con sus lectores el destacado abogado Arturo Alcalde Justiniani. Los directivos de ese diario se dan un tiro en el pie con esta medida y a la libertad de expresión también.

@Manuel_FuentesM| @OpinionLSR| @lasillarota
https://lasillarota.com/14-puntos-relevantes-del-convenio-98-de-la-oit/248829#.W6tgHnZwRLI.whatsapp

AMLO debe tener mano dura con líderes sindicales: expertos


El gobierno del presidente electo, Andrés Manuel López Obrador, deberá tener mano dura con los líderes sindicales para evitar actos de corrupción y construir una nueva relación con los sindicatos, así como con el resto del sector laboral, advirtieron especialistas.
CIUDAD DE MÉXICO (El Universal).- Ante el regreso de personajes como Elba Esther Gordillo y Napoleón Gómez Urrutia, académicos consideraron que el retorno a la escena pública de estas figuras no es un factor que determinará las relaciones del nuevo gobierno con el sindicalismo; sin embargo, indicaron que se deben modernizar las relaciones laborales para erradicar a los «capos” sindicales y hacer que estas organizaciones sean más transparentes en el uso de las cuotas.
Para Alfonso Bouzas, catedrático del Instituto de Investigaciones Económicas de la UNAM, el sindicalismo de «capos” tiene que ser superado para transitar hacia una nueva relación con estas organizaciones; resaltó que una de las prioridades de la nueva administración debe ser la reforma laboral, para acabar con los contratos de protección.
Manuel Fuentes Muñiz, investigador de la Universidad Autónoma Metropolitana (UAM), consideró que uno de los grandes retos del nuevo gobierno es la creación de una «gran reforma laboral” que modernice las relaciones del Estado con este sector, en la que exista una consulta amplia entre los trabajadores para que se prioricen sus intereses por encima de los del sector empresarial.
Germán de la Garza, abogado laborista del despacho De la Vega y Martínez, resaltó que los sindicatos deben establecer reglas más estrictas para la transparencia y vigilancia del manejo de las cuotas, con el fin de que sean los agremiados los beneficiados y no sus dirigentes.

http://www.eldiariodecoahuila.com.mx/nacional/2018/9/15/amlo-debe-tener-mano-dura-lideres-sindicales-expertos-759416.html

Un modelo de contrato colectivo de protección patronal del Senador del PRI y la transnacional PKC


Posted by Óscar Alzaga y Manuel Fuentes
Date: agosto 13, 2018
in: Opinión, Principales
La finlandesa PKC y su empresa “Arneses y Accesorios de México S de RL de CV”, en la frontera de Coahuila con casi 7 mil obreros, tiene pactado un contrato colectivo de protección patronal (CCPP) con el Senador del PRI y líder de la CTM Tereso Medina, avalado por la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCA) en el expediente CC 1368/2011-XII-Coah. Contrario a la Constitución, la Ley Federal del Trabajo (LFT) y el Convenio 87 de Libertad Sindical de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
El modelo de los CCPP hoy es muy común en todo el país, pero más en las maquiladoras y trasnacionales desde el TLCAN de 1994, como parte de la política laboral de Salinas para servir al capital extranjero ofreció la mano de obra como elemento de competitividad, degrada el derecho en 1992 cuando se crean las comisiones nacional y estatales de derechos humanos, Salinas excluyó el trabajo como derecho humano en el artículo 102.A de la Constitución.
Los CCPP sustituyeron los contratos colectivos de trabajo (CCT) que alguna vez fueron mayoría, pero desde los gobiernos neoliberales de 1983 a 2018 crecieron como hongos, al calor de la corrupción y actos ilegales de gobiernos, autoridades y empresarios. Hoy la mayoría son 1, CCPP en el país y parte de esa descomposición, son 2, los sindicatos que ahora los más son patronales, así como la política de 3, “cero huelgas” de Peña, aunque ya venía de antes en los hechos, con la política de 4, “topes salariales” y agregaron 5, los patrones contratistas o outsoursing, que repuntan con la reforma laboral de 2012; 6, destruyen la estabilidad en el empleo, creciendo el empleo eventual, a la vez que se destrozan sus medidas protectoras, como 7, los salarios caídos y 8, con la “interpretación” de la justicia en la Juntas de Conciliación y Arbitraje a favor del capital, salvo excepciones.
No queremos decir que antes de 1982 no hubiera irregularidades en el país: los topes salariales surgen en 1977 con López Portillo, por presión del FMI y el BM; la antidemocracia sindical y el charrismo vienen del gobierno de Miguel Alemán de 1946-1952 en adelante. Pero en los sexenios de Salinas, Zedillo y Fox, la CTM se opone a las reformas laborales neoliberales, a las privatizaciones de Pemex y CFE y a los sindicatos patronales. Hasta los años 80 y 90 hubo un Estado de Bienestar Social, que no era el mejor, pero había IMSS, ISSSTE, guarderías, huelgas, contratos colectivos, etc. Hoy el panorama es desolador y, el extremo: CTM y CROC presentan en el Senado la peor reforman laboral de todos los tiempos, contra los trabajadores.
Ese proyecto de reforma laboral anti-obrero está vigente en los CCPP, veamos el modelo que firma el senador del PRI Tereso Medina a nombre del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Industria Metal-Mecánica, Sidero-Metalúrgica, Automotriz y Proveedoras de Autopartes en General de la Energía, sus Derivados y Similares de la República Mexicana, con la empresa Arneses y Accesorios, veamos unos ejemplos de las cláusulas ilegales pactadas:
“Cláusula 4.- La empresa podrá libremente contratar con terceros las actividades de vigilancia, transporte, limpieza, construcción, mantenimiento, asesoría y demás servicios que estime necesarios, bajo la exclusiva responsabilidad de los contratistas respecto de sus propios trabajadores, por lo tanto éstos últimos serán ajenos a la empresa y no se les aplica el presente contrato colectivo.”
“Cláusula 5.- Ambas partes convienen que la empresa queda facultada para reclutar, seleccionar y contratar en los términos de este contrato, al personal que necesite para cubrir las vacantes de puestos de planta, eventuales, por tiempo determinado, por obra determinada o puestos de nueva creación, en entrenamiento o para capacitación de acuerdo a sus procesos de selección y evaluación de resultados, se tomará en cuenta a los recomendados del Sindicato.”
“Cláusula 7.- Los colaboradores sindicalizados de planta están obligados a pertenecer al Sindicato y adherirse al mismo a través de una carta de adhesión y así como también el personal eventual y personal contratado por tiempo y/o obra determinada.”
“Cláusula 13.- Los colaboradores sindicalizados han sido contratados para laborar en todas y cada una de las tareas, áreas y lugares del proceso productivo, así como actividades básicas como dar mantenimiento de primer nivel del equipo, barrer, limpiar y pintar áreas asignadas; por lo que aceptan desempeñar la actividad que se les asigne de acuerdo al programa de producción y conservación del equipo.
Estos son algunos ejemplos de las ilegalidades que pacta el Senador en contra de los trabajadores en el CCPP, ya que los artículos 15-A, 15-B, 15-C y 15-D de la LFT reglamentan la subcontratación o terceros que en nada se cumple: “La empresa podrá libremente” hacer lo que quiera. En este CCPP no existe la bilateralidad o representación de las partes, ya el Senador “conviene que la empresa queda facultada” para hacer lo que quiera, incluidos los obreros mil usos, pero “se tomará en cuenta los recomendados del sindicato.”
La cláusula 7, impide abiertamente la libertad sindical, es contraria a la Constitución y al Convenio 87 de la OIT. La cláusulas 13 es contraria al trabajo decente y a los principios de la LFT. En otras cláusulas usan el lenguaje esclavo: el trabajador se “someterá” al mando de la empresa (Cláusulas 6 y 9).
En cuanto a los salarios vigentes en 2018, oscilan entre 130 y 239 pesos diarios, cuando los mínimos profesionales oficiales están entre 100 y 237 pesos diarios, considerados los más bajos de América Latina, contra los de Finlandia que son de los primeros de la OCDE. Los CCPP favorecen la explotación del trabajo y niegan “conseguir el equilibrio entre los factores de la producción y la justicia social”, que señala la LFT en sus principios.
Otros aspectos de los CCPP, son: 1, que se suscriben a nombre de los trabajadores, pero a sus espaldas, 2, se depositan en las Juntas de Conciliación, con la complicidad de las autoridades y sin cumplir el artículo 33 de la LFT, 3, en empresas pequeñas los salarios son los mínimos generales, en las medianas apenas superan los mínimos profesionales (PKC es de las más grandes del país), 4, los CCPP son desconocidos por los trabajadores y las juntas del interior del país no los publican, 5, anulan la bilateralidad, la democracia laboral y el diálogo social, 6, abaratan al máximo la mano de obra y, por tanto, la base de las prestaciones de seguridad social, vivienda, guardería, etc., 7, sobre giran las ganancias patronales a expensas de la irracional explotación del trabajo, 8, se apoyan en contratistas o autsourcing que proliferan, como la precariedad laboral y la pobreza. Los CCPP están denunciados en la OIT, la Interamericana y el Parlamento europeo.
Los CCPP son un cáncer para los trabajadores, dañan los derechos e intereses individuales y colectivos de los obreros y sus familias, también son contrarios a la Constitución. Eso explica la caída del PRI en las elecciones y desprestigio de la CTM, impulsados por Tereso Medina, llamado traidor por su líder Carlos Aceves del Olmo.
¿Cómo se combatirán los CCPP: cumpliendo con la Ley o con una reforma laboral? Urge que se cumplan las leyes en todos los aspectos, para luego advertir qué tipo de reforma se requiere. No al revés.

http://ljz.mx/2018/08/13/un-modelo-de-contrato-colectivo-de-proteccion-patronal-del-senador-del-pri-y-la-transnacional-pkc/?doing_wp_cron=1534175169.9213690757751464843750