La transición laboral en México

16/04/2019

Alberto Aziz Nassif
Muchos años después de la transición electoral que hizo posible la alternancia y la democracia representativa, llega al país una transición laboral, un cambio de modelo para regular las relaciones del mundo del trabajo. Una buena noticia para México. Después de una reforma constitucional aprobada hace un poco más de dos años, en febrero de 2017, ahora aterrizan los cambios a la ley secundaria para construir el nuevo modelo. En días pasados los diputados aprobaron la reforma laboral y se espera que la próxima semana el Senado de la República discuta el tema y se pueda completar el proceso legislativo. Con esta reforma se hace un esfuerzo estructural para poner las manecillas del reloj laboral a tiempo con el mundo de la democracia, la justicia y las libertades, de acuerdo a los Convenios de la OIT.
Durante décadas el mundo laboral en México se  desarrolló dentro de esquemas corporativos, verticales y  de control. El sindicalismo se volvió parte del campo
político: pasó de su integración sectorial en un partido  hegemónico, a un acomodo con el neoliberalismo y el  mundo laboral entró a una lamentable etapa de simulación, plagada de contratos de protección, al margen de los trabajadores. Cuando revisamos los antecedentes de la reforma actual se puede calibrar de mejor forma la destrucción del sindicalismo independiente, la imposición de una larga represión salarial, que llevó el valor del trabajo a uno de los niveles más bajos en América Latina. La estrategia exportadora, como la vía dominante, nos llevó a ser un país de subcontratación internacional (Ilán Bizberg dixit), de ensamble maquilador con el atractivo de tener salarios bajos. La reforma laboral pone un alto a este modelo, incluso es una de las exigencias de los demócratas para la frma defnitiva del acuerdo comercial con Estados Unidos y Canadá (T-MEC). Puede ser paradójico que nuestro principal socio comercial exija condiciones de mejores salarios y justicia para el mundo laboral mexicano, para tener más equilibrio entre los países de América del Norte. Este vector externo ha impulsado la reforma para vencer resistencias y obstáculos internos.
La reforma laboral se apoya en tres modifcaciones importantes: a) una nueva estructura para la impartición de la justicia, que deja atrás el defciente esquema de las juntas de conciliación y arbitraje y va hacia la construcción de tribunales dentro del Poder Judicial. Se trata de superar esa suerte de anomalía que ha tenido el trabajo en México, para entrar a una modernidad que haga de la justicia un proceso expedito, transparente y efciente. b) Otra parte está basada en la creación de una nueva institución, el Centro o Instituto Federal de Conciliación y Registros Laborales. Sería un equivalente al INE en materia Electoral. Un organismo público descentralizado con autonomía técnica, operativa, presupuestal, de decisión y de gestión. El objetivo es superar los viejos mecanismos de control que se ejercen para que predominen los intereses políticos y económicos sobre la voluntad de los trabajadores que quieren organizarse libremente. La conciliación y el registro serán dos tareas básicas para generar una nueva lógica de administración laboral. c) El tercer soporte de este modelo apunta hacia la democracia sindical, una materia escasa en nuestro país. Así que tanto para elegir a los dirigentes sindicales, como para la celebración de los contratos colectivos de trabajo, es decir, los pactos entre los patrones y los trabajadores, se procesa mediante una participación y una representación reales. Este proceso signifcará un cambio enorme. Ahora se garantizará que el voto sea personal, libre, secreto y directo, con lo cual se trata de alcanzar el nivel de cualquier sistema democrático en el mundo del trabajo.
En los próximos años, cuando termine la fase de construcción institucional, se iniciará en México un largo proceso para poner en operación las reglas del nuevo modelo. No será fácil generar otros hábitos y prácticas y dejar atrás los vicios que han caracterizado las relaciones laborales. Para decirlo de manera breve, la transición laboral será larga, sólo esperamos que no sea demasiada accidentada y tortuosa…

Investigador del CIESAS. @AzizNassif
https://www.eluniversal.com.mx/columna/alberto-aziz-nassif/nacion/la-transicion-laboral-en-mexico

Acusa CTM a Junta de Conciliación de fomentar el sindicalismo blanco

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Rebelión del corporativismo sindical... Sindicatos confederados adheridos a la CTM en Sonora denunciaron que autoridades de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje (JLCyA) en el estado solapan la presencia del sindicalismo blanco al registrar contratos de protección que favorecen a malos patrones de empresas e industrias asentadas en la capital y otras ciudades del estado.
Fernando Gutiérrez R. Dossier Politico
Dia de publicación: 2018-10-13
El presidente de Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Gobierno del Estado, Jorge Emilio Claussen Marín, es acusado por sindicatos cetemistas como responsable de manipular la ley a favor de la empresa de sacrificio porcino “Riser de Hermosillo”.
Lo anterior, luego que el funcionario dispuso reconocer y registrar en los libros de gobierno del tribunal laboral un nuevo Contrato Colectivo de Trabajo (CCT) que la patronal presentó, previamente convenido con un sindicato independiente desconocido por la mayoría de los trabajadores y en contra de su voluntad.
Desde el pasado 19 de septiembre de este 2018 la planta de sacrificio porcino Riser se encuentra paralizada por un conflicto antisindical derivado de un juicio laboral encauzado por la CTM, mediante el cual, buscan disputar legalmente la titularidad del CCT que a ese momento administraba con la patronal un gremio independiente al que, aseguran, rechaza la base trabajadora.
La organización cetemista exigió por ese motivo el recuento sindical para que sean los trabajadores quienes definan mediante su voto libre, secreto y directo, que gremio los represente y los defienda de los abusos del patrón y jurídicamente ante la autoridad laboral.
Desde el 16 de agosto de este 2018 se presentó la demanda laboral por titularidad de CCT en la empresa de sacrificio porcino Riser asentada en el parque industrial de la capital sonorense.
Aun cuando el juicio laboral se radicó en tiempo y forma, la Junta local de Conciliación y Arbitraje omitió darle el curso legal que dicta la Ley Federal del Trabajo, además de negar la notificación al sindicato emplazado; tampoco procedió a acordar con las partes la fecha para el recuento sindical, ni convocó para tal efecto a todos los trabajadores de la fuente de trabajo.
“La Junta de Conciliación del Gobierno del estado no solo omitió el procedimiento legal que debe seguir toda demanda por titularidad como la radicada por la CTM, sino que, dos semanas después del emplazamiento fallido, sucedió lo peor: 
Violando la ley, la autoridad laboral recibió y sancionó como válido un convenio presentado por el patrón y el sindicato independiente emplazado para la terminación del Contrato Colectivo materia del juicio por titularidad. Acto seguido, registró un nuevo Contrato Colectivo con otro sindicado ‘patito´ a espaldas y contra la voluntad de la mayoría de los trabajadores de la planta Riser”, manifiesta en el escrito de protesta el cetemio sonorense.
La CTM recrimina al Secretario del Trabajo en el estado, Horacio Valenzuela Ibarra, el hecho de que días atrás hiciera un llamado a los trabajadores en paro para que se reincorporaran a las labores, a lo que accedió el total de noventa inconformes paristas.
Para su sorpresa, su reincorporación a la producción solo sirvió para que los 90 paristas fueran notificados del despido de la fuente de trabajo de manera unilateral por el patrón, lo que es visto por la CTM como una flagrante violación a la libertad sindical y el derecho a la libre manifestación con la intromisión de la autoridad para dicho fin antijurídico.
El inicio del conflicto deriva de no pocas quejas de trabajadores del rastro Riser de Hermosillo que denuncian que algunos son obligados por el patrón a laborar dos horas y media posterior a la conclusión de la jornada convenida sin recibir el pago de tiempo extra correspondiente.
Los empleados denuncian a la empresa por negarles reiteradamente el pago por concepto de bono de productividad en jornadas a destajo y cuando el patrón opta por pagar tal prestación, lo hace con un monto menor al que merece el trabajador, han dicho los trabajadores. 
Además, es reiterada la queja sobre las condiciones de higiene y seguridad en la planta de sacrificio, considerada como insoportables y riesgosas para la salud del personal.
Señalan, por ejemplo, que el patrón no proporciona mascarillas al personal durante la aplicación de productos tóxicos en labores de limpia de canales y que transitan con riesgo constante de accidente por la mala calidad del piso, además que el establecimiento carece de salidas de emergencia ante cualquier contingencia.
Según la CTM, las plantas laborales prefieren a esta central para que los defienda de los abusos del patrón, pero los gobiernos del estado a través de las autoridades laborales manifiestan un inocultable favoritismo hacia un sindicato blanco que claramente es afín a los intereses de la empresa por encima de los derechos del trabajador que dice representar.
Para el cetemio esta postura de la autoridad laboral del gobierno del estado resulta una incongruencia en el México actual, sobre todo, cuando en el mundo del trabajo están surgiendo nuevos criterios en defensa del trabajador, sobre todo, de la Suprema Corte y organismos internacionales que tutelan los derechos y obligaciones del capital y el trabajo en igualdad de condiciones.
Destacan la libertad sindical que tutela el derecho del trabajador a elegir libremente el gremio al que desean pertenecer y quien los represente ante el patrón y la autoridad laboral.
Dossier ha documentado recientemente algunos avances en materia jurisdiccional y en el ámbito del derecho internacional, particularmente el 21 de septiembre de este 2018, cuando el senado de la república aprobó por unanimidad la ratificación del convenio de México con la Organización Internacional del Trabajo.
Mediante firma del presidente Enrique Peña Nieto en el tratado con la OIT y ratificado por unanimidad por el senado de mayoría de Morena, el estado mexicano se compromete a la observancia plena de todos los principios y dictados de la ONU tendientes a preservar el derecho que le asiste a todo trabajador a la libre sindicación y negociación colectiva en las ramas de industria, comercio y servicios.
Esto, a decir de la presidencia de la república y el senado, generará en el país una nueva política laboral, con mejores condiciones de seguridad y bienestar para el trabajador. 
ver nota:
http://www.dossierpolitico.com/vernoticiasanteriores.php?artid=209466&relacion=&tipo=Noticias&categoria=1
A partir de la firma de este tratado con la OIT, en el ámbito federal o en las entidades federativas cualquier política laboral o acto de autoridad de funcionarios o servidores públicos que atenten contra la libre sindicación o el proceso de contratación colectiva, podrá ser denunciado ante la Organización Internacional del Trabajo y esta organización, tras investigar el asunto, podría solicitar la separación del cargo y a la autoridad superior someta al imperio al vulnerador y sea enjuiciado por delitos de servidores públicos y violencia sobre derechos fundamentales del trabajador.
Lo anterior, sin menoscabo del derecho que le asiste al trabajador de recurrir a la instancia que considere pertinente para denunciar cualquier arbitrariedad que atente o vulnere flagrantemente sus derechos tutelados en tratados internacionales y en la ley suprema general, cuya fuente de violación provenga de algún acto u omisión de alguna autoridad, gobierno o funcionario al servicio de este.
Cabe la anotación que los principios plasmados en los tratados internacionales a los que México está suscrito adquieren -por este solo hecho- la categoría igual o superior a los plasmados en la Ley general que rige en el país miembro. 
De igual forma, todas las autoridades jurisdiccionales o administrativas que invoquen o le sean invocados los principios y dictados plasmados en los tratados internacionales en negocios judiciales o administrativos donde se litiguen derechos del gobernado, en su observancia plena tales ordenamientos internacionales tendrán un valor igual o superior al rango de la Constitución que rige en el estado suscribiente del acuerdo.
Otro documento relativo al tema aquí tratado  publicado por Dossier es el de fecha 10 de octubre de este 2018 donde se documenta a detalle la tesis jurisprudencial del pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación aprobada por mayoría de votos, mediante la cual, los ministros reconocen a plenitud el derecho de todo trabajador de cobrar como tiempo extraordinario a la jornada laboral los minutos o fracción de tiempo que el patrón le haga permanecer en la fuente de trabajo, siempre y cuando se encuentre realizando tareas específicas y cuyo pago será computable a la semana en la figura de horas laboradas completadas por fracciones del tiempo acumulado.

http://www.dossierpolitico.com/vernoticias.php?artid=210465&categoria=1#.W8KvbXgxG9I.facebook

En Umsca, derechos laborales y combate a la corrupción


Víctor Ballinas y Andrea Becerril
Periódico La Jornada
Miércoles 10 de octubre de 2018, p. 17
La Secretaría de Economía envió al Senado un informe del nuevo acuerdo comercial con Estados Unidos y Canadá, el cual señala que se elevan a nivel de tratado las obligaciones de combate al cohecho o peculado, soborno de empresas a funcionarios, integridad de servidores públicos y protección a denunciantes.
En materia laboral, detalla el informe, “contiene un nivel de ambición que nunca antes se había incluido en un instrumento de esta naturaleza”. Se actualiza el contenido del Acuerdo de Cooperación Laboral de América del Norte (ACLAN) y se integra lo señalado en la Declaración de la Organización Internacional del Trabajo de 1998, en relación con los principios y derechos fundamentales en el trabajo, así como condiciones laborales, salarios mínimos, horas de trabajo y salud en el empleo.
Las partes se comprometen a combatir el trabajo forzoso u obligatorio, incluyendo a niños, en los países fuera del TLCAN, con mecanismos de cooperación para identificar el movimiento de bienes producidos en esas condiciones, que evolucionarán hacia medidas obligatorias relativas a la importación de dichos productos.
Asimismo, por primera vez incorpora compromisos específicos para proteger a los trabajadores de la discriminación de género y se incluye un anexo que busca concretar las reformas a la Constitución para brindar certeza sobre el marco legal aplicable en materia de representación de los trabajadores y negociación colectiva en el país.
En esta sesión, Margarita Sánchez, senadora de Morena, presentó una reforma para que los trabajadores puedan elegir libremente a sus dirigentes sindicales, con voto universal, secreto y directo, que deberá establecerse, de manera obligatoria, en los estatutos de cada organismo gremial. La periodicidad de las elecciones en cada organismo gremial deberá ser menor a seis años, señala la iniciativa.

http://www.jornada.com.mx/2018/10/10/politica/017n2pol