Chihuahua: Asisten más de 370 personas a conferencia sobre Reforma Laboral

por El Ágora 27 de mayo de 2019
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Imparten conferencia ante integrantes de sindicatos de trabajadores, representantes de cámaras de comercio, abogados litigantes, personal de la STPS, docentes y público en general
Con el objetivo de empatar criterios e informar los cambios que presenta la reforma laboral así como analizar los retos de su implementación, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) del Gobierno del Estado llevó a cabo la conferencia “Implementación de la Reforma Laboral en el Poder Judicial de la Federación” impartida por el magistrado Sergio Javier Molina Martínez.
La conferencia se desarrolló en las instalaciones del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Chihuahua ante integrantes de sindicatos de trabajadores, representantes de cámaras de comercio, abogados litigantes, personal de la STPS, docentes y público en general.
Durante la charla, el también titular de la Unidad de Implementación de la Reforma en Materia de Justicia Laboral del Consejo de la Judicatura Federal, manifestó su agradecimiento con los asistentes y reconoció el trabajo de los funcionarios estatales ya que han buscado que la implementación de la reforma de justicia laboral sea un éxito en el estado.
Molina Martínez, dio a conocer que los ejes de la reforma materializada a partir del pasado 1 de mayo, son la etapa conciliatoria previa, obligatoria y fuera de instancia judicial, la justicia impartida por el Poder Judicial y el fortalecimiento de negociaciones colectivas y sindicalización.
Indicó que a esta transformación del modelo del sistema de justicia laboral se han agregado dos elementos fundamentales que son la libertad y la democracia sindical, y la libre contratación colectiva.
Entre los retos que destacó son los modelos de gestión electrónica entre los Centros de Conciliación y los Tribunales Laborales, la creación de los Tribunales, la selección de operadores jurídicos y la dotación de infraestructura y herramientas.
Ana Luisa Herrera, secretaria del Trabajo y Previsión Social dio a conocer que desde el inicio de la presente administración, el gobernador Javier Corral Jurado, ha seguido de cerca el proceso de la reforma laboral y ha asumido el compromiso para su implementación.
“El gobernador ha señalado que debemos preparar todos los esquemas para garantizar que los Centros de Conciliación cuya función permanecerá en el ámbito administrativo, cuenten con un sistema de reclutamiento, selección, asignación, capacitación y evaluación que sea modelo para nuestra sociedad, y que sea la base para demostrar que en Chihuahua podemos entendernos, atenuar las diferencias, construir acuerdos, y resolver satisfactoriamente las dificultades que se nos presentan” manifestó la titular.
Puntualizó que el éxito de la implementación del proyecto requiere de la generosidad característica de los gobiernos humanistas como el de Chihuahua y señaló que es indispensable la coordinación entre los poderes judicial y ejecutivo en esta etapa inicial.

http://www.elagora.com.mx/Asisten-mas-de-370-personas-a,46351.html

Analizan retos para la implementación de la reforma laboral en el Poder Judicial 

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Imparten conferencia a 370 representantes de sindicatos, cámaras empresariales, abogados litigantes, docentes, personal de la Secretaría del Trabajo y público en general
29visitas 25 de mayo 12:20pm
Con el objetivo de empatar criterios, informar cambios y analizar los retos en materia laboral, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) del Gobierno del Estado, presentó la conferencia “Implementación de la Reforma Laboral en el Poder Judicial de la Federación”, impartida por el magistrado Sergio Javier Molina Martínez.
Al dar la bienvenida a los asistentes, la titular de la STPS, Ana Luisa Herrera Laso indicó que desde el inicio de la presente administración, el gobernador Javier Corral Jurado, ha seguido de cerca el proceso de la reforma laboral y ha asumido el compromiso para su implementación.
“El gobernador ha señalado que debemos preparar todos los esquemas para garantizar que los Centros de Conciliación, cuya función permanecerá en el ámbito administrativo, cuenten con un sistema de reclutamiento, selección, asignación, capacitación y evaluación que sea modelo para nuestra sociedad, y que sea la base para demostrar que en Chihuahua podemos entendernos, atenuar las diferencias, construir acuerdos, y resolver satisfactoriamente las dificultades que se nos presentan” manifestó la titular.
Puntualizó que el éxito de la implementación del proyecto requiere de la generosidad característica de los gobiernos humanistas como el de Chihuahua y señaló que es indispensable la coordinación entre los poderes judicial y ejecutivo en esta etapa inicial.
En su conferencia, el magistrado Sergio Javier Molina Martínez, titular de la Unidad de Implementación de la Reforma en Materia de Justicia Laboral del Consejo de la Judicatura Federal reconoció el trabajo de los funcionarios estatales, quienes han buscado que la implementación del nuevo modelo de justicia laboral sea un éxito en el estado.
Dio a conocer que los ejes de la reforma del pasado 1 de mayo, son: la etapa conciliatoria previa, obligatoria y fuera de instancia judicial, la justicia impartida por el Poder Judicial y el fortalecimiento de negociaciones colectivas y sindicalización.
Indicó que a esta transformación del modelo del sistema de justicia laboral se han agregado dos elementos fundamentales que son la libertad y la democracia sindical, así como la libre contratación colectiva.
Entre los retos que destacó, están los modelos de gestión electrónica entre los centros de conciliación y los tribunales laborales, la creación de los tribunales, la selección de operadores jurídicos y la dotación de infraestructura y herramientas.
La conferencia se desarrolló en las instalaciones del Tribunal Superior de Justicia del Estado, ante integrantes de sindicatos de trabajadores, representantes de cámaras de comercio, abogados litigantes, personal de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), docentes y público en general.
Se contó además con la presencia del director de Justicia Laboral, Juan Ramón Herrera Pedroza; la diputada, Marisela Terraza Muñoz, en representación del Poder Legislativo; el magistrado de la Primera Sala Civil, José Alfredo Fierro Beltrán, en representación del Poder Judicial; así como del presidente de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje de Chihuahua, Juan Luis Fraire González.

http://www.unidosconvalor.gob.mx/spip.php?article10787

Abordan en audiencias públicas transición de las Juntas de Conciliación y Arbitraje a los tribunales laborales


Boletín N°. 1137
26-02-2019.- En la mesa “Implementación de la Reforma Laboral”, de las Audiencias Públicas en esta materia, los representantes de los poderes Ejecutivo y judicial y tribunales laborales abordaron el esquema de transición de las juntas de Conciliación y Arbitraje a los juzgados del Poder Judicial, federal y local.
De igual forma, el impacto presupuestal de la implementación de la Reforma Laboral; derechos laborales del personal de la juntas de Conciliación y Arbitraje y atención y desahogo de los juicios en las mismas.
La vicepresidenta de la Mesa Directiva, diputada Dolores Padierna Luna (Morena), expresó que estas reformas están encaminadas a dos aspectos del 123 constitucional: justicia laboral y democracia sindical.
Indicó que la propuesta incluye el uso de tecnología, el buzón electrónico y video conferencias para agilizar los juicios y cuando haya opacidad y deficiencias, será el Tribunal el que actuará para prevenir a los actores que se subsanen a tiempo y lleven las pruebas para proteger los derechos de todos.
Mencionó que en las mesas de este miércoles se abordarán dos temas: derecho colectivo, en donde se tocará la democracia sindical, y el derecho individual y justicia laboral, sobretodo los procedimientos para alcanzar esta última.
Benjamín Robles Montoya, diputado del PT, expresó que no puede haber una Cuarta Transformación sin un nuevo trato laboral. “Urge retomar el tema, porque sin justicia para las trabajadoras y los trabajadores no se logrará; esta justicia implica un nuevo tiempo para los empleados de México y, por ello, estas iniciativas y las audiencias resultan importantes para todos”.
Alfredo Domínguez Marrufo, subsecretario del Trabajo de la STPS, expresó que con esta iniciativa se busca crear los centros de conciliación locales, mismos que quedarán a cargo del Poder Judicial de la Federación; por lo tanto, es necesario adecuar las constituciones de las entidades federativas y leyes orgánicas, a fin de que estos organismos puedan resolver los conflictos laborales.
Enfatizó que la instancia prejudicial será de carácter obligatorio con la salvedad de que se trate de violación a los derechos fundamentales, hostigamiento sexual y discriminación por embarazo.
Se regirán por la confiabilidad, eficacia, objetividad, profesionalismo y publicidad; es decir, el centro de registro federal debe cumplir principios de transparencia de los contratos colectivos de trabajo, estatuto, reglamentos, los documentos que son una garantía para que los trabajadores y patrones accedan a ellos.
En el ámbito federal se tiene un total de contratos colectivos de trabajo de 27 mil 500; sin embargo, en el ámbito local, se tienen alrededor de medio millón de contratos colectivos depositados, ese es el reto de las juntas locales.
Tenemos cerca de 120 mil reglamentos interiores de estas juntas y a nivel federal cinco mil, en lo que se refiere a organizaciones sindicales, tenemos 24 mil 338 expedientes, y en orden local 24 expedientes de sindicatos y a nivel federal 14 mil 182, esto es un inventario con información de cada una de las juntas.
Sergio Javier Molina Martínez, titular de Unidad de Implementación de la Reforma en Materia de Justicia Laboral del Consejo de la Judicatura Federal (CJF), enfatizó que se está en la oportunidad de resolver los conflictos laborales y lograr la perfecta armonización que contribuya a materializar el pleno derecho a la impartición real de justicia de manera ágil y legítima.
Apuntó que de aprobarse esta modificación se cumplirá con lo mandatado por la Corte Interamericana de los Derechos Humanos en materia de derecho laboral, donde se recomienda que los estados adopten en su legislación mecanismos para la estabilidad laboral e instrumentos que permitan hacer reclamos en caso de despido injustificado, esto a través de la oralidad, celeridad, concentración, mediación y toda la publicidad.
Sara Elvira Morgan Hermida, procuradora de la Defensa del Trabajo de la Ciudad de México, expresó que al hablar de justicia laboral se requiere de una nueva visión que contemple el contexto global, pues las nuevas situaciones son flexibles y aporta tecnologías inimaginables.
Llamó a adecuar las legislaciones al sistema de vida actual, mismo que debe ser flexible y moldeable. México, dijo, tenía una política en la que señalaba que atraía los capitales por sus trabajadores baratos, pero no, “tenemos que dejar eso para China; hay que señalarnos atractivos porque tenemos buena legislación federal, la cual es rápida y efectiva”.
El esquema de transición de las juntas de conciliación a los tribunales del Poder Judicial, añadió, “no es complicada, lo único que se tiene que hacer es una adecuación en la legislación de Amparo, ya que tendrá que contener la norma específica de cómo se van a instrumentalizar los tribunales laborales, y no tendrá una segunda instancia, porque se supone que el derecho laboral será más ágil”.
Morgan Hermida argumentó que el Instituto de Conciliación debe tener fuerza efectiva para la cumplimentación de sus convenios y eso implica que tenga potencia de ejercicio en cuanto a multas. Además, dijo, hay que considerar que habrá un abanico de legislación por modificar, como las leyes del IMSS y del ISSSTE.
Puntualizó que las procuradurías de la defensa del trabajo tendrán que subsistir, porque “se necesita todavía acompañamiento a las empleadas y los empleados, dado que requiere una procuración gratuita, y el Estado mexicano no puede perder la rectoría de lo que refiere al derecho laboral”.
Margarita Darlene Rojas Olvera, presidenta de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje de la CDMX, dijo a los diputados que si se desea que la reforma laboral tenga éxito, ésta debe ir aparejada con presupuesto, ya que se requerirá capacitación del personal que imparta la justicia laboral, así como el incremento de juzgados conciliadores, de lo contrario no se darán abasto a la cantidad de asuntos que se encuentran en proceso. “
Añadió que en el caso de la Ciudad de México, se tiene una petición en el ingreso de demandas de 36 mil casos al año, las cuales “no van a cambiar, al contrario, han aumentado en 10 por ciento del 2012 a la fecha, por lo que esto debe tomarse en cuenta para la creación del órgano de conciliación. En la actualidad el número de casos resueltos por esta instancia es de 32 por ciento”.
Apuntó que debe establecerse en los artículos transitorios de esta reforma, un plazo perentorio de vida de las juntas, “si no esta situación no va a permitir el pleno respeto a los derechos de los trabajadores”.
Sergio Javier Medina Peñaloza, presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México, pidió que en esta reforma se contemple la posibilidad de apoyar a los poderes judiciales locales para que tengan por lo menos, el dos por ciento del presupuesto destinado a la entidad.
Subrayó que siete de cada diez casos que se judicializan no son del ámbito federal, sino del local; por lo que en esta instancia resuelve casi 69 por ciento de los asuntos en el país.
En materia de jueces, destacó que existe un déficit, pues la media en Latinoamérica por cada cien mil habitantes, es de 16 a 18, en el caso de Europa son 30. Sin embargo, en el país es de tan sólo 2.5 jueces.
En la primera mesa de las audiencias, especialistas y abogados expresaron su inquietud de que la reforma no represente un retroceso para los trabajadores, también implantarla en los estados, y desterrar la dilación procesal.
Además, externaron que la propuesta representa un cambio de paradigma ante el laberinto de burocracia y corrupción que hay en las juntas de conciliación. Indicaron que el nuevo sistema propuesto contempla el derecho procesal, aunque debe considerar la democracia sindical.
De igual forma, criticaron la figura de outsourcing, dado que es el cáncer del país, pues de cada cien trabajadores sólo uno tiene un contrato colectivo real. Añadieron la importancia que tendrá el lograr la justicia laboral y resaltaron el carácter social de este derecho.

http://www5.diputados.gob.mx/index.php/esl/Comunicacion/Boletines/2019/Febrero/26/1137-Abordan-en-audiencias-publicas-transicion-de-las-Juntas-de-Conciliacion-y-Arbitraje-a-los-tribunales-laborales

Chihuahua: Personal de la junta de conciliación se actualiza sobre reforma constitucional en materia laboral


Magistrado Sergio Javier Molina Martínez imparte la conferencia Reforma Constitucional en Materia Laboral
22 de febrero 09:29am
El Gobierno del Estado a través de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), llevó a cabo la conferencia Reforma Constitucional en Materia Laboral, impartida por el Magistrado Sergio Javier Molina Martínez, titular de la Unidad de Implementación de la Reforma en Materia de Justicia Laboral del Poder Judicial de la Federación.
En el evento, abogados laboralistas y personal de las Juntas Locales de Conciliación y Arbitraje pudieron explorar los cambios que implicará para el ejercicio de su profesión el que la impartición de la justicia laboral sea adoptada por el Poder Judicial.
La conferencia realizada el 6 de septiembre del 2018, también fue abierta a universitarios, sector empresarial, colegios de abogados, sindicatos y público en general.
La visita del Magistrado se realizó también en la capital del Estado con la intención de informar sobre la Reforma Laboral y su implementación.
Con el inicio de la administración se vio la necesidad de establecer comunicación y coordinación con el Poder Judicial y Legislativo, llevando a cabo una mesa de trabajo para establecer las tareas que competían al Estado, para llevar una adecuada implementación de la Reforma Laboral.
A través de la capacitación que surgió con la mesa de trabajo, se tienen mayores herramientas y conocimientos a las que el Magistrado aportó para que de primera mano los funcionarios se actualicen en la reforma.
Uno de los puntos más relevantes de esta Reforma Constitucional, es la desaparición de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje (JLCA), para llevar a cabo la implementación de los Tribunales Laborales, como un nuevo modelo de justica entre obrero y patrón.

http://www.unidosconvalor.gob.mx/spip.php?article9302

Chihuahua: Realizan conferencia sobre reforma de justicia laboral



Sábado 8 de septiembre de 2018
Con el objetivo de informar sobre las implicaciones y avances de la reforma constitucional en materia laboral, este viernes se realizó una conferencia impartida por el magistrado Sergio Javier Molina Martínez, a la cual fueron convocados el gremio laboralista, representantes de sindicatos y universidades, así como el personal jurídico de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
El también titular de la Unidad de Implementación de la Reforma en Materia de Justicia Laboral del Poder Judicial de la Federación, ofreció información de primera mano sobre dicha reforma aprobada en 2017, y a partir de la cual se establece que las Juntas de Conciliación y Arbitraje se trasladarán al Poder Judicial para convertirse en tribunales.
Molina Martínez manifestó que la reforma laboral surgió como una tendencia en Europa y continuó en Latinoámerica, para establecer un nuevo proceso que diera mayor celeridad a los conflictos obrero- patronales.
En el caso específico de México, el magistrado dijo que la Organización Internacional del Trabajo (OIT), ha recomendado la implementación de la reforma para impulsar la competitividad y la calidad de vida de trabajadoras y trabajadores.
“El Poder Judicial se ha dedicado a establecer las leyes procesales apegándose a un rigor técnico para que los nuevos juicios laborales se desarrollen de la forma más efectiva”, expresó el magistrado Molina.
La titular de la STPS, Ana Luisa Herrera Laso, refirió que ante la aprobación de la reforma, la presente administración se ocupó en instrumentar la transición de las Juntas de Conciliación y Arbitraje con el Poder Judicial y definir la armonización de las leyes con el Poder Legislativo.
“El personal
 también se ha capacitado y preparado para la implementación de la reforma, nos abrimos al conocimiento y la complementación de habilidades, y ello se ha visto reflejado en la atención al público, hoy la justicia laboral se administra de forma más eficiente y transparente en todas y cada una de las seis Juntas de Conciliación en el estado”, sostuvo.
La funcionaria
 estatal destacó también la aprobación de la iniciativa de ley que crea el Centro de Conciliación Laboral, misma que presentada por el Poder Ejecutivo en tiempo y forma a finales del 2017, lo cual permitió que Chihuahua fuera el único estado en cumplir con los términos de la reforma constitucional.
“Esto demuestra el énfasis de la actual administración en la conciliación como método preferente para la solución de conflictos. Esto se ha manifestado particularmente en Juárez, donde después de haber atravesado un par de años conflictivos, hoy podemos resaltar una estabilidad que permite el desarrollo de las actividades productivas cotidianamente”, concluyó.
A esta conferencia que se llevó a cabo en las instalaciones del Tribunal Superior de Justicia, también acudieron el director de Justicia Laboral y Ética en el Trabajo, Juan Ramón Herrera Pedroza y el presidente de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje, Juan Fraire González.

http://www.omnia.com.mx/noticia/80114/realizan-conferencia-sobre-reforma-de-justicia-laboral

Acuerdo EU-México garantiza derechos laborales: Coparmex


El entendimiento comercial alcanzado por ambos países incluye un capítulo laboral, muy similar al capítulo 19 del Acuerdo Transpacífico de Cooperación Económica (TPP-11). http://www.milenio.com/negocios/acuerdo-eu-mexico-garantiza-derechos-laborales-coparmex
FRIDA LARA
Ciudad de México / 05.09.2018 12:50:29
La libertad sindical y de asociación son algunos de los derechos laborales que se garantizaron en el entendimiento comercial entre México y Estados Unidos, afirmó Gustavo de Hoyos, presidente nacional de la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex).
«Se han garantizado algunos de los conceptos que más preocupaban, son los que tienen que ver con la libertad sindical, derecho de asociación y de género. Esta parte es la que ha quedado ampliamente garantizada», dijo luego de su participación en el 53 Congreso Internacional de Recursos Humanos.
El entendimiento comercial alcanzado por ambos países incluye un capítulo laboral, muy similar al capítulo 19 del Acuerdo Transpacífico de Cooperación Económica (TPP-11), que contiene los principios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
Los principios que se tomaron en cuenta son: libertad de asociación, derecho a la libre contratación colectiva, acceso a una justicia laboral independiente, condiciones aceptables de trabajo respecto a salarios mínimos, horas de trabajo y seguridad social y ocupacional, prohibición del trabajo infantil y del trabajo forzado.  El capítulo 19 que se implementó en el TPP en 2017 formó parte de una reforma constitucional que quedó pendiente en la anterior legislatura, por lo cual el presidente de la Coparmex estimó que el Senado la apruebe antes de que termine el primer periodo de sesiones de la actual.

http://www.milenio.com/negocios/acuerdo-eu-mexico-garantiza-derechos-laborales-coparmex

Vea también:

México acepta sanciones si incumple TLC
http://www.elpulsolaboral.com.mx/mercado-laboral/15024/mexico-acepta-sanciones-si-incumple-tlc
Garantiza certezas pacto comercial.-STPS
https://www.reforma.com/aplicaciones/articulo/default.aspx?id=1485387&v=2

Crea el Consejo de la Judicatura Federal la Unidad de Implementación de la Reforma en Materia de Justicia Laboral


Foto: CJF
Ciudad de México, a 1 de junio de 2018
Comunicado No. 15

  • Proporcionará apoyo y asistencia técnica al CJF y PJF con motivo de la implementación de dicha reforma

A partir de hoy inicia funciones la Unidad de Implementación de la Reforma en Materia Laboral que tiene la facultades, entre otras, de elaborar y emitir opiniones consultivas al Congreso de la Unión o a cada una de sus cámaras de Diputados y Senadores, en temas relativos a la conformación de las normas procesales en materia laboral de competencia para el Poder Judicial de la Federación (PJF).
La nueva unidad, creada por acuerdo del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal (CJF), responde a la transformación del sistema de justicia laboral a nivel federal y se encargará de las acciones y programas relacionados con la planeación, capacitación, difusión, proyectos normativos, reorganización institucional, programación presupuestal y seguimiento institucional de la reforma en materia de justicia laboral.
En el acuerdo, aprobado por unanimidad, se especifica que la Unidad de Implementación de la Reforma en Materia Laboral coordinará las acciones necesarias para la planeación y prospectiva, capacitación, difusión, estudios y proyectos normativos, reorganización institucional y digital, programación, asignación, ejecución y comprobación del presupuesto, y seguimiento necesarios para la implementación en la materia.
Entre otras tareas que desarrollará esta nueva unidad, se encuentran la de proporcionar apoyo y asistencia técnica que requiera tanto el Pleno como los consejeros de la Judicatura Federal con motivo de la implementación de la reforma en materia de justicia laboral en el PJF, así́ como la de elaborar y emitir opiniones técnicas de asuntos correspondientes a esta materia.
Para encabezar esta nueva área, el Pleno del CJF acordó́ la designación del magistrado Sergio Javier Molina Martínez, como titular de la Unidad de Implementación de la Reforma en Materia de Justicia Laboral.
El 24 de febrero de 2017 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Decreto por el que se declaran reformadas y adicionadas diversas disposiciones de los artículos 107 y 123 constitucionales en materia de justicia laboral.
De esta manera y de conformidad con el artículo 123, fracción XX de la Constitución, en el ámbito del Poder Judicial de la Federación, se exige que las diferencias o conflictos de trabajo estén a cargo de tribunales federales.
http://www.cjf.gob.mx/documentos/Comunicados%20Prensa/docsComunicadosPrensa/2018/comunicado15.pdf

ACUERDO General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reforma y adiciona el similar que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo, en relación con la creación de la Unidad de Implementación de la Reforma en Materia de Justicia Laboral


DOF: 11/05/2018
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.
ACUERDO GENERAL DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, QUE REFORMA Y ADICIONA EL SIMILAR QUE REGLAMENTA LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL PROPIO CONSEJO, EN RELACIÓN CON LA CREACIÓN DE LA UNIDAD DE IMPLEMENTACIÓN DE LA REFORMA EN MATERIA DE JUSTICIA LABORAL.
CONSIDERANDO
PRIMERO. La administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial del Poder Judicial de la Federación, con excepción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y el Tribunal Electoral, corresponde al Consejo de la Judicatura Federal, con fundamento en los artículos 94, segundo párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 68 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación;
SEGUNDO. De conformidad con el artículo 100, primer párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Consejo de la Judicatura Federal es un órgano del Poder Judicial de la Federación con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones;
TERCERO. Es facultad del Consejo de la Judicatura Federal expedir acuerdos generales para el adecuado ejercicio de sus funciones, de conformidad con lo previsto en los artículos 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación;
CUARTO. El 24 de febrero de 2017, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se declaran reformadas y adicionadas diversas disposiciones de los artículos 107 y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Justicia Laboral;
QUINTO. De conformidad con el artículo 123, fracción XX de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el ámbito del Poder Judicial de la Federación, se exige que las diferencias o conflictos de trabajo estén a cargo de tribunales laborales; y
SEXTO. La transformación del sistema de justicia laboral a nivel federal requiere que el Consejo de la Judicatura Federal cuente con una unidad administrativa encargada de las acciones y programas relacionados con la planeación, capacitación, difusión, proyectos normativos, reorganización institucional, programación presupuestal y seguimiento institucional de la reforma en materia de justicia laboral.
Por lo anterior, se expide el siguiente
ACUERDO
ÚNICO. Se reforman los artículos 2, fracción XV; 18, fracción VIII, párrafo primero; 19, fracciones VII y VIII; 67; 68, párrafo primero; 69; 70, fracción II, párrafo primero; 160, fracción X, párrafo primero; 170, fracciones XXIII y XXIV; 189, fracción V; 231; así como las denominaciones del Capítulo Séptimo; y de su Sección Sexta, ambos del Título Segundo; y se adicionan la fracción IX al artículo 19; los artículos 98 Bis y 98 Ter, así como la Sección Primera, del Capítulo Séptimo, del Título Segundo, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo, para quedar como sigue:
«Artículo 2. 

  1. XIV.
  2. Unidades administrativas:Las ponencias de los Consejeros, secretarías ejecutivas, coordinaciones, Unidades para la Consolidación del Nuevo Sistema de Justicia Penal; y de Implementación de la Reforma en materia de Justicia Laboral, secretarías técnicas de Comisiones, direcciones generales, Coordinación de Derechos Humanos, Igualdad de Género y Asuntos Internacionales, así como las Unidades de Transparencia, y de Investigación de

Responsabilidades Administrativas, la Dirección para el Trámite de Solicitudes de Acceso a la Información, el Archivo General del Consejo, las Administraciones de los Centros de Justicia Penal, el Centro de Manejo Documental y Digitalización del Consejo, y demás que sean autorizadas por el Pleno.
Artículo 18. 

  1. VII.

VIII.      Otorgar licencias de carácter personal o médico que no excedan de treinta días a los magistrados de Circuito y jueces de Distrito, y por excepción de carácter oficial o académico por temporalidad similar; así como de cualquier otro carácter que no rebasen el mismo lapso, a secretarios ejecutivos, titulares de órganos auxiliares, coordinadores, titulares de las Unidades para la Consolidación del Nuevo Sistema de Justicia Penal; de Implementación de la Reforma en materia de Justicia Laboral; y de Investigación de Responsabilidades Administrativas, de directoresgenerales, titular de la Coordinación de Derechos Humanos, Igualdad de Género y Asuntos Internacionales, y personal subalterno del Pleno.

  1. XX.

Artículo 19. 

  1. VI.

VII.       Unidad de Investigación de Responsabilidades Administrativas;
VIII.      Unidad de Implementación de la Reforma en materia de Justicia Laboral; y

  1. Las demás que determine el Pleno.

CAPÍTULO SÉPTIMO
DE LAS SECRETARÍAS EJECUTIVAS, COORDINACIONES Y UNIDADES PARA LA CONSOLIDACIÓN
DEL NUEVO SISTEMA DE JUSTICIA PENAL; Y DE IMPLEMENTACIÓN DE LA REFORMA EN MATERIA
DE JUSTICIA LABORAL
SECCIÓN PRIMERA
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 67. Al frente de cada una de las secretarías ejecutivas, de las coordinaciones y de las Unidades para la Consolidación del Nuevo Sistema de Justicia Penal; y de Implementación de la Reforma en materia de Justicia Laboral, estará un Titular, quien deberá tener experiencia profesional mínima de cinco años; contar con título profesional, expedido legalmente, afín a las funciones que deba desempeñar; gozar de buena reputación; y no haber sido condenado por delito doloso con sanción privativa de libertad mayor de un año.
En el caso de los Secretarios Ejecutivos del Pleno; de Adscripción; de Carrera Judicial; de Creación de Nuevos Órganos; y de Disciplina, el título profesional deberá ser de Licenciado en Derecho. Tratándose de los titulares de las secretarías ejecutivas de Administración; de Finanzas y Servicios Personales; de Vigilancia, Información y Evaluación; de los coordinadores y de los Titulares de las Unidades para la Consolidación del Nuevo Sistema de Justicia Penal; y de Implementación de la Reforma en materia de Justicia Laboral, el título deberá estar relacionado con sus funciones.
Artículo 68. Los secretarios ejecutivos, los coordinadores, y los Titulares de las Unidades para la Consolidación del Nuevo Sistema de Justicia Penal; y de Implementación de la Reforma en materia de Justicia Laboral tendrán las siguientes atribuciones:

  1. XVIII.

Artículo 69. Las secretarías ejecutivas, las coordinaciones y las Unidades para la Consolidación del Nuevo Sistema de Justicia Penal; y de Implementación de la Reforma en materia de Justicia Laboral, contarán con la estructura y el personal determinados por el Pleno con base en el presupuesto autorizado.
 
Artículo 70. 

  1. La de los Titulares de las Unidades para la Consolidación del Nuevo Sistema de Justicia Penal; de Implementación de la Reforma en materia de Justicia Laboral; y de Investigación de Responsabilidades Administrativas, de los órganos auxiliares y de las coordinaciones, así como de los directores generales y del Titular de la Coordinación de Derechos Humanos, Igualdad de Género y Asuntos Internacionales, por el servidor público que designe el Presidente, conexcepción del Director General del Instituto Federal de Defensoría Pública, y del Director General del Instituto Federal de Especialistas de Concursos Mercantiles, cuya suplencia se regirá por las disposiciones que regulan su organización y funcionamiento.





SECCIÓN SEXTA
DE LAS UNIDADES PARA LA CONSOLIDACIÓN DEL NUEVO SISTEMA DE JUSTICIA PENAL; Y DE
IMPLEMENTACIÓN DE LA REFORMA EN MATERIA DE JUSTICIA LABORAL
Artículo 98 Bis. La Unidad de Implementación de la Reforma en materia de Justicia Laboral estará encargada de coordinar las acciones necesarias para la planeación y prospectiva, capacitación, difusión, estudios y proyectos normativos, reorganización institucional y digital, programación, asignación, ejecución y comprobación del presupuesto, y seguimiento necesarios para la implementación de la reforma en materia de justicia laboral.
Artículo 98 Ter. Corresponde al titular de la Unidad de Implementación de la Reforma en materia de Justicia Laboral, lo siguiente:

  1. Proporcionar el apoyo y asistencia técnica que requiera el Pleno y los Consejeros en particular, con motivo de la implementación de la reforma en materia de justicia laboral en el Poder Judicial de la Federación;
  2. Elaborar y ejecutar, en coordinación con las áreas administrativas competentes, los estudios, análisis y propuestas de diseño, planeación y ejecución de los planes, programas y acciones necesarios para la implementación de la reforma en materia de justicia laboral;

III.        Elaborar y emitir opiniones técnicas de asuntos en materia de justicia laboral en el Poder Judicial de la Federación;

  1. Dar seguimiento a los planes, programas y acciones necesarias para la implementación de la reforma en materia de justicia laboral;
  2. Solicitar a las áreas administrativas del Consejo la información institucional que requiera con motivo de la implementación de la reforma en materia de justicia laboral;
  3. Proponer al Instituto de la Judicatura las necesidades de capacitación para la implementación de la reforma en materia de justicia laboral en el Poder Judicial de la Federación;

VII.       Coordinar las acciones necesarias con diversas instituciones públicas para la implementación de la reforma en materia de justicia laboral en el Poder Judicial de la Federación;
VIII.      Emitir opiniones consultivas al Congreso de la Unión o a sus Cámaras, en los temas relativos a la conformación de las normas procesales de competencia para el Poder Judicial de la Federación, en materia de justicia laboral;

  1. Fungir como enlace y representante ante las instituciones públicas para la implementación de la reforma en materia de justicia laboral;

 

  1. Someter a la consideración del Pleno y, en su caso, de la Comisión competente los proyectos de acuerdos generales, manuales, procedimientos relacionados con las atribuciones de dicha unidad administrativa y demás instrumentos normativos;
  2. Rendir los informes que sean requeridos a la Unidad, por los órganos competentes del Consejo; y

XII.       Las demás que establezcan el Pleno y las Comisiones.
Artículo 160. 

  1. IX.
  2. Intervenir, en representación del Consejo, sin perjuicio de las facultades y atribuciones exclusivas de sus integrantes, de las secretarías ejecutivas, coordinaciones, Unidades para la Consolidación del Nuevo Sistema de Justicia Penal; de Implementación de la Reforma en materia de Justicia Laboral; y de Investigación de Responsabilidades Administrativas, y órganos auxiliares, en todas las controversias jurídicas en que sean parte y con todos los derechos procesales que las leyes reconocen a las personas físicas y morales, tanto para presentar demandas como paracontestarlas y reconvenir a la contraparte, ejercitar acciones y oponer excepciones, formular denuncias y querellas, coadyuvar con el Ministerio Público de la Federación cuando así proceda, interponer toda clase de recursos y desistirse de ellos, incluso del juicio de amparo y otorgar el perdón si procediere, previa autorización del Pleno, transigir, comprometer en árbitros, absolver y articular posiciones, recibir pagos, ofrecer y rendir toda clase de pruebas, recusar jueces inferiores y superiores, apelar, interponer juicio de amparo y los recursos previstos por la ley de la materia y, en general, para que promueva o realice todos los actos permitidos por las leyes que favorezcan y salvaguarden los derechos del Consejo.

  1. XXVI.

Artículo 170. 

  1. XXII.

XXIII.     Elaborar las propuestas de prórrogas de nombramiento que, por tiempo determinado o indefinido, soliciten los titulares de las secretarías ejecutivas, coordinaciones, Unidades para la Consolidación del Nuevo Sistema de Justicia Penal; de Implementación de la Reforma en materia de Justicia Laboral; y de Investigación de Responsabilidades Administrativas, órganos auxiliares, direcciones generales, y la Coordinación de Derechos Humanos, Igualdad de Género y Asuntos Internacionales, respecto del personal a su cargo;
XXIV.    Elaborar las propuestas para el otorgamiento de base al personal de apoyo adscrito a las secretarías ejecutivas, coordinaciones, Unidades para la Consolidación del Nuevo Sistema de Justicia Penal; de Implementación de la Reforma en materia de Justicia Laboral; y de Investigación de Responsabilidades Administrativas, órganos auxiliares, direcciones generales, y la Coordinación de Derechos Humanos, Igualdad de Género y Asuntos Internacionales, asolicitud del titular de la adscripción del servidor público del que se trate, se tenga la plaza disponible en su plantilla autorizada, su desempeño haya resultado satisfactorio a juicio del propio titular, sin nota desfavorable en su expediente, y cuente con una antigüedad ininterrumpida de más de seis meses en el puesto;
XXV.     a XL. 
Artículo 189. 

  1. IV.
  2. Entregar documentación oficial en domicilios particulares y oficiales cuando así lo solicite el Pleno, las Comisiones, los Consejeros, las secretarías ejecutivas, la Coordinación de Seguridad del Poder Judicial de la Federación o las Unidades para la Consolidación del Nuevo Sistema de Justicia Penal; y de Implementación de la Reforma en materia de Justicia Laboral;
  3. VIII.

 
Artículo 231. Las licencias con o sin goce de sueldo, hasta por treinta días de los secretarios ejecutivos, titulares de órganos auxiliares, coordinadores, Titulares de las Unidades para la Consolidación del Nuevo Sistema de Justicia Penal; y de Implementación de la Reforma en materia de Justicia Laboral, directores generales, Titular de la Coordinación de Derechos Humanos, Igualdad de Género y Asuntos Internacionales, y personal subalterno del Pleno serán resueltas por el Presidente; las que excedan de este término será el Pleno quien resuelva.»
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor a los tres días siguientes al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO. Publíquese este Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación y para su mayor difusión en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta; así como en el portal del Consejo de la Judicatura Federal en Internet.
TERCERO. Las Secretarías Ejecutivas de Finanzas y Servicios Personales; y de Administración, por conducto de las unidades administrativas competentes que les estén adscritas, en su ámbito de competencia, llevarán a cabo las acciones necesarias para el cumplimiento del presente Acuerdo.
EL LICENCIADO GONZALO MOCTEZUMA BARRAGÁN, SECRETARIO EJECUTIVO DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reforma y adiciona el similar que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo, en relación con la creación de la Unidad de Implementación de la Reforma en Materia de Justicia Laboral, fue aprobado por el Pleno del propio Consejo, en sesión ordinaria de cuatro de abril de dos mil dieciocho, por unanimidad de votos de los señores Consejeros: Presidente Ministro Luis María Aguilar Morales, Felipe Borrego Estrada, Jorge Antonio Cruz Ramos, Martha María del Carmen Hernández Álvarez, Alfonso Pérez Daza y J. Guadalupe Tafoya Hernández.- Ciudad de México, a siete de mayo de dos mil dieciocho.- Conste.- Rúbrica.
http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5522403&fecha=11/05/2018