Legisladores deben aprobar leyes secundarias de Reforma Laboral ‘sí o sí’: expertos

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En el foro Rumbo a la Reforma Laboral 2019, abogados y empresarios explicaron la importancia de las modificaciones a esta implementación.
LETICIA HERNÁNDEZ @ElFinanciero_Mx25/07/2018
La aprobación de las leyes secundarias de la Reforma Laboral no debe seguir pendiente, por lo que los legisladores deben discutirlas o, de lo contrario, hay elementos legales para obligarlos a hacerlo, concluyeron especialistas en la materia.
“A los legisladores, en caso de que no instrumenten estas legislaciones, podemos obligarlos a través de una acción de inconstitucionalidad y que sea la Suprema Corte de Justicia la que los obligue a actuar”, advirtió este miércoles Carlos Javier González, abogado, analista político y empresarial, durante su participación en el foro Rumbo a la Reforma Laboral 2019.
La Reforma Laboral se aprobó en la Constitución en febrero de 2017 y requeriría leyes secundarias para su aplicación.
En éstas se incluye un nuevo modelo de impartición de justicia con la desaparición de las juntas de Conciliación y Arbitraje para dar lugar a la creación de Tribunales laborales bajo el mando del Poder Judicial.
En la legislación, se estipula la creación de un nuevo organismo autónomo independiente para llevar a cabo la conciliación y el registro de contratos y desaparecerían los representantes obrero-patronales en las resoluciones en materia laboral, quedando únicamente a cargo un juez laboral.
El proceso de aprobación de las reformas secundarias debió ser concluido en febrero de este año, pero no se ha concretado, recordó Gustavo De Hoyos Walther, presidente de la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex).
“El paso más difícil ya se dio en la reforma constitucional. Ahora hay que ser eficientes para que en el periodo extraordinario de esta legislatura o para la próxima que se instale en septiembre, quede resuelto”, dijo.
De Hoyos Walther expuso el interés de sus agremiados para que se resuelvan las nuevas legislaciones para mejorar el marco legal de las empresas de terciarización o outsourcing, los procesos de conciliación patrón-trabajador, de pronto entendimiento, la reglamentación de asociaciones sindicales, y los contratos colectivos y reglamentos internos de trabajo.
“Sí o sí tenemos que lograr que los esquemas de terciarización queden debidamente plasmados en la legislación”, comentó De Hoyos
Actualmente, el término de subcontratación en la legislación mexicana se ha adaptado como el anglosajón, cuando en la práctica se lleva a cabo una terciarización que difiere en características de operación con la subcontratación, explicó Cindy Jiménez, socia directora de GIN Group.
“La Norma Mexicana en materia de terciarización se quedó en la congeladora. Es diferente la subcontratación de la terciarización. En la primera, una empresa hace un contrato con un tercero y esto es más del derecho anglosajón y no a la práctica que se hace en Latinoamérica. La terciarización es cuando una empresa especializada en capital humano se encarga de los trabajadores y es contratada por una empresa para administrar a sus recursos humanos. Colombia y Perú tienen una ley específica de tercerización”, expuso la especialista.
Destacó que prevalece incertidumbre jurídica porque las leyes no se han adaptado a la realidad social y así como la Reforma Penal tomó tiempo consolidar, ahora la Reforma Laboral debe avanzar.

http://elfinanciero.com.mx/economia/legisladores-deben-aprobar-leyes-secundarias-de-reforma-laboral-si-o-si-expertos

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