Avala Corte reforma laboral que regula vida interna de los sindicatos

La Segunda Sala de la SCJN avaló, por unanimidad, la reforma que amplía la participación de los trabajadores en las decisiones colectivas y fortalecen la libertad sindical.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló la constitucionalidad de la reforma laboral promulgada el año pasado y que regula la vida interna de los sindicatos conforme a los compromisos suscritos por México en el T-MEC.

La Segunda Sala de la Corte avaló, por unanimidad, cuatro proyectos del ministro Fernando Franco en los que concluye que la reforma laboral amplía la participación de los trabajadores en las decisiones colectivas y fortalecen la libertad sindical de los trabajadores.

El ministro indicó que la reforma laboral hizo posible el control institucional de estas garantías y la instauración del sistema de justicia a cargo de los tribunales adscritos al Poder Judicial.

“Los cambios normativos reconocen el derecho de los trabajadores, en lo individual, de no pertenecer a un sindicato y que dejen de pagar las cuotas sindicales. También exigen el voto directo, sin intermediarios, para elegir a los representantes sindicales y que se consulte a los trabajadores la celebración y la revisión de los contratos colectivos de trabajo”, señala el proyecto avalado por la Sala.

Destacó que la reforma implica que las dirigencias sindicales pierdan el margen de organización e intervención en los órganos de registro e impartición de justicia, por lo que no es desproporcional frente al beneficio que se obtiene.

Por: El Universal 25/11/20

Fuente: https://www.eluniversal.com.mx/nacion/avala-corte-reforma-laboral-que-regula-vida-interna-de-los-sindicatos

La Cultura de la Paz, Conciliación Laboral

Es una muy buena noticia la puesta en marcha de la primera etapa del nuevo modelo de justicia laboral, que implica un cambio profundo y estructural. La justicia laboral ahora es responsabilidad de los poderes judiciales federal y locales.

Este nuevo modelo implica una transformación en la conciliación laboral, transformación que habrá de brindar una mayor certeza y seguridad jurídica tanto a trabajadores como a empleadores, y propiciará un clima de confianza que favorecerá la inversión en nuestro país.

El nuevo procedimiento, iniciará con una instancia obligatoria de conciliación. Se trata de un requisito prejudicial o de resolución, que estará a cargo del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, así como de los centros de conciliación locales, especializados e imparciales.  

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917, en su artículo 123, adoptó la conciliación en materia laboral. Con esa disposición de avanzada se hizo del derecho laboral una institución de lo más novedoso a nivel mundial.

Lamentablemente debemos reconocer que la conciliación laboral no pasó de ser un trámite carente de las características del medio pacífico de solución de controversias que es la conciliación y que, por excepción, ha existido personal calificado para atender las conciliaciones laborales.

Este mecanismo aplicado a la materia laboral, a partir de la nueva fracción XX del apartado A del artículo 123 Constitucional, reformado en 2017, habrá de transformarse y fortalecerse en beneficio de trabajadores y patrones.

La nueva conciliación laboral será asimilable, transmisible, evaluable y, por ende, legítima. Orientará el modelo de gestión de las diferencias o los conflictos laborales, individuales y colectivos, dando el protagonismo a las partes implicadas.

Con la conciliación podrán resolverse las diferencias o los conflictos entre trabajadores y patrones, antes de acudir a los tribunales laborales.

Es de la mayor importancia la transformación y consolidación de la conciliación como solución eficaz a las controversias laborales para que -en efecto-, una buena parte de las diferencias o de los conflictos laborales, entre trabajadores y patrones encuentren una solución a los mismos ahorrando tiempo, desgaste personal y dinero. Se podrá transformar en una estrategia que reduzca la judicialización de los conflictos y fortalezca el cumplimiento de los convenios emanados de las partes.

Para evitar cuellos de botella que retrasarían de manera inconveniente la celebración de la primera sesión de carácter obligatorio y, en su caso, las siguientes que se desarrollen en los asuntos que así lo ameriten, será indispensable contar con una cobertura suficiente de los servicios de conciliación laboral que las cargas de trabajo exigirán.

Sin embargo, debe tenerse en cuenta que difícilmente, tanto el Centro Federal como los centros locales, podrán contar con sendas plantillas suficientes de conciliadores públicos, debido a la limitada disponibilidad de recursos fiscales, limitación que suele ser mayor en los presupuestos locales.

Para evitar el riesgo de que los servicios de conciliación a cargo del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, así como de los centros de conciliación locales se atasquen y retrasen de manera inconveniente, con lo que se originaría, en muchos casos, que los conflictos laborales escalen a niveles más complejos, habrá de encontrarse una solución que permita la suficiente cobertura de los servicios sin que ello gravite en sus respectivos presupuestos.

El modelo que resulta más viable es la inclusión de la figura del conciliador laboral privado, de manera que se aproveche la participación de profesionales particulares en la prestación del servicio público de conciliación laboral.

Para el diseño e implantación de la figura del conciliador laboral privado que se propone, se recomienda aprovechar el modelo de mediación privada que se diseñó, reguló e implantó exitosamente en el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México desde 2009.

El modelo de mediación privada previsto en la legislación de la Ciudad de México ha probado sus ventajas desde hace más de diez años y es reconocido en otras entidades y países de Europa y Sudamérica, además cuenta con el reconocimiento de la Presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación con la recomendación de que se replique en todo el país.

Para que esa opción sea eficiente, será necesaria la definición de una norma técnica de competencias laborales del conciliador laboral que aborde con precisión los aspectos de capacitación, certificación, supervisión, verificación y evaluación de los conciliadores, tanto para conciliadores públicos como privados.

La figura del conciliador privado podrá consistir en un régimen de descentralización por colaboración en el que el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral y los centros de conciliación locales, respectivamente, autoricen a profesionales que reúnan determinados requisitos, sujetos a una preparación técnica especializada, para que ofrezcan y proporcionen los servicios de conciliación laboral, bajo la supervisión del centro que corresponda.

Por otra parte, es aún frecuente equiparar a la conciliación con la mediación y, si bien es cierto son conceptos que aún se confunden fácilmente, tienen diferencias que deben ser consideradas.

No debe soslayarse que la mediación tiene un sentido más cooperativo y creativo que la conciliación. No es casual que la titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social haya mencionado a la mediación como un mecanismo alternativo de solución de controversias que también ha de aplicarse en materia laboral.

Con estas acciones, la cultura de la paz avanza.

Pascual Hernández Mergoldd

Fuente: https://www.eleconomista.com.mx/opinion/La-Cultura-de-la-Paz-Conciliacion-Laboral–20201124-0063.html

Eliminación del outsourcing traerá 500 mil trabajadores sindicalizados al gobierno: FSTSE

Joel Ayala Almeida, Líder de la Federación de Sindicatos de Trabajadores al Servicio del Estado, refrendó su apoyo a la iniciativa presidencial sobre la desaparición del outsourcing.

El pasado 12 de noviembre se presentó una reforma para regular la subcontratación o el outsourcing, con el objetivo de poner orden a la subcontratación, que contempla sanciones severas a las empresas que defrauden al fisco. 

Al respecto, el presidente Andrés Manuel López Obrador y la Iniciativa Privada (IP) se declararon en “sesión permanente” para darle seguimiento a la discusión de los posibles cambios a la iniciativa de outsourcing, misma que busca regular la subcontratación de trabajadores.

En este sentido, Joel Ayala Almeida, Líder de la Federación de Sindicatos de Trabajadores al Servicio del Estado ha asegurado que hay aproximadamente 500 mil trabajadores contratados bajo este esquema en la actual administración pública.

Fue durante una entrevista con Salvador García Soto para el programa «A la una» que el funcionario ratificó su apoyo a la iniciativa presidencial sobre la desaparición y cancelación de la figura de contratación laboral a terceros.

Por: El Heraldo de México

Fuente: https://heraldodemexico.com.mx/economia/2020/11/24/eliminacion-del-outsourcing-traera-500-mil-trabajadores-sindicalizados-al-gobierno-fstse-228706.html

Tamaulipas alista implementación de Nueva Reforma de Justicia Laboral

Se trabaja en tiempo y forma, dando preferencia a la legalidad y veracidad, como condiciones necesarias para el desarrollo de la conciliación.

Cd. Victoria, Tam.- Para mayo del 2022, Tamaulipas pondrá en marcha la nueva Reforma de Justicia Laboral, y comenzar junto con la Ciudad de México y los estados de Chihuahua, Coahuila, Jalisco, Nayarit, Nuevo León, Puebla, Querétaro, Sonora, y Veracruz, la tercera etapa en cuanto a la implementación de los Centros Estatales de Conciliación y Tribunales Laborales.

Lo anterior, lo dio a conocer Miguel Ángel Villarreal Ongay, encargado de la política laboral en la entidad, quien afirmó que personal de la Subsecretaría del Trabajo y Conciliación, se ocupa en dar agilidad y concretar los documentos en trámite que aún están pendientes.

 “Mantenemos alrededor de 16 mil 373 documentos en trámite y 6 mil 160 en ejecución, el propósito es llegar al 2022 con un menor número de expedientes posibles, el Gobernador Francisco García Cabeza de Vaca, nos ha pedido acelerar los trabajos y concluir todos los procedimientos”.

El Nuevo Sistema de Justicia Laboral, pretende que el 80% de los asuntos, puedan concluirse por la vía pacífica, y esta comprende una etapa de conciliación y una de juicio, en el que las partes acuden a los Centros Laborales o de Centros de Conciliación Local, para agotar la etapa de conciliación prejudicial obligatoria y de no conciliar, las partes podrán iniciar un juicio ante los Tribunales Laborales ya sean locales o federales, con un nuevo procedimiento regido por principios de oralidad, inmediación, continuidad, concentración y publicidad.

El funcionario señaló que Tamaulipas trabaja en tiempo y forma, sobre todo dando preferencia a la legalidad y veracidad, como condiciones necesarias para el desarrollo de la conciliación.

Indicó que la dependencia a su cargo, se prepara para contar con personal capacitado, a fin de atender lo conveniente al Centro Estatal de Conciliación, aunque no descartó puedan presentarse contratiempos en la impartición de justicia laboral derivado a la emergencia sanitaria por Covid-19.

De acuerdo a Villarreal Ongay, en lo que va de la administración, la Dirección de Conciliación y Relaciones Laborales, ha ofrecido más de 68 mil 236 servicios entre asesorías, pláticas conciliatorias y convenios, resaltando entre el patrón y trabajador el entendimiento, sin la necesidad de que ambos lleguen a una demanda.

Por Sandra Torres

Fuente: http://www.metronoticias.com.mx/nota.pl?id=326735