Por: Luis Ernesto Salomón
11 de Noviembre de 2018 – 04:00 hs
Demócratas, acuerdo comercial y reforma laboral
El resultado de las elecciones legislativas en Estados Unidos presagia una disputa profunda entre republicanos con Trump y demócratas en busca de un líder de cara a la elección de 2020. Independientemente de la simpatía que genere el avance político contra Trump en los mexicanos.
La nueva realidad política de Washington presagia una trabazón de los asuntos propuestos por los republicanos en el Congreso. Para México eso significa que la aprobación del tratado comercial con Estados Unidos y Canadá puede entrar en una etapa de tensiones y nuevas exigencias. Un escenario parecido se presentó en 1994 después de que los presidentes de los tres países firmaron, los demócratas tomaron el control legislativo y hubo entonces que iniciar una nueva etapa de negociaciones que llevaron a los llamados acuerdos paralelos en materia laboral y ambiental.
Entonces, como ahora, muchos líderes demócratas alegaban la falta de respeto a los derechos de los trabajadores mexicanos lo que inducía el mantenimiento de salarios bajos mediante el control sindical. Y además la falta de normas ambientales estrictas en México, lo que provocaba, según sus argumentos una competencia desleal.
Estos alegatos siguen en la agenda de muchos actores de la política estadounidense, al grado que fueron ellos los que forzaron a que en la versión aprobada se incluyeran temas relacionados a la libertad sindical.
Ahora es probable que las presiones por hacer efectiva la reforma laboral se incrementen de cara a la aprobación en el Congreso de Estados Unidos. Incluso haciendo nuevas exigencias. Veremos una ceremonia de firma del tratado en Argentina el 30 de noviembre y seguramente al inicio del año tendremos una nueva e intensa agenda de trabajo en Washington para convencer a los nuevos legisladores de las ventajas mutuas del acuerdo comercial.
Es probable que algunos de los temas que se puntualicen en materia laboral tengan que ver con la eliminación efectiva de los sindicatos de protección, que se ha convertido en un asunto localizado por los canadienses y los estadounidenses. El tratado que se firmará incluye el compromiso de México para aprobar una reforma laboral en ese sentido antes del último día del año, por lo que es muy probable que las iniciativas se presenten a discusión desde los primeros días de diciembre.
Su contenido marcará la agenda de negociación con senadores y representantes, que requerirá, otra vez, de una amplia participación del sector privado en ambos lados de la frontera. Ese trabajo conjunto será seguido muy de cerca por los mercados que ahora mismo han sido tocados por una ola de incertidumbre ante los anuncios previos a la toma de posesión del nuevo Gobierno.
La aprobación legislativa del acuerdo comercial será un punto central de la agenda económica de los próximos meses; significa un punto crucial para la administración de Andrés Manuel López Obrador dado que a partir de la estabilidad podrá desarrollar los programas sociales anunciados.
Mientras tanto es fundamental mantener la estrategia de negociación que México ha desarrollado con éxito aglutinando los intereses en favor de nuestro país, dentro y fuera de nuestras fronteras.
Por otra parte, la aprobación de la reforma laboral puede significar al mismo tiempo un logro político si se logran encaminar los cambios de forma ordenada y que redunden en beneficios tangibles para los trabajadores en el mediano plazo.
La firma del acuerdo, la aprobación de la Reforma Laboral y una nueva etapa de negociación parece ser la ruta probable de este asunto esencial para México. Tres pasos de gran impacto en la percepción y con repercusiones políticas profundas.
Categoría: Opinión
El triunfo de la razón

La lista de los 16 hombres y mujeres más ricos de México que dio a conocer esta semana la banca suiza han de estar muy abatidos, contrariados, molestos y frustrados con el resultado de la consulta pública que rechazó el proyecto para continuar con los trabajos del Nuevo Aeropuerto Internacional de México en el lago de Texcoco, a pesar de sus enormes fortunas que les permitirían pagar el total de la deuda externa del país y todavía dejarles suficiente para que no vivan sin los placeres a los que están acostumbrados, incluso durante varias generaciones.
La posible cancelación de ese plan, del cual se habían apoderado y acaparado para inflar en forma desmedida costos de construcción hasta el doble, el triple o quizá más, confirma la ambición empresarial de tener el control absoluto de las operaciones comerciales, inmobiliarias, técnicas y financieras del lugar escogido por ellos. Así lo tenían concebido sin ningún escrúpulo o recato hacia las necesidades y la vida de los mexicanos.
El aeropuerto de Barcelona, solamente por citar un caso comparativo, tuvo un costo de cerca de 3 mil 500 millones de dólares, con la tecnología más avanzada y moderna, es el segundo más grande de España con una capacidad para 30 millones de pasajeros adicionales. El de Texcoco tiene un costo estimado inicial de 13 mil millones de dólares para el mismo número de viajeros. ¡Cómo es posible esa brutal diferencia cuando se trata de condiciones y un volumen de desplazamiento similares!
A las ambiciones empresariales se agregan los cambios y reformas que desde la mayoría legislativa se preparan en otras materias, como la ley laboral, la de minería y la industria de la transformación, la de justicia, de educación, de derechos humanos y otras más que seguramente ocasionarán una reacción negativa y de rechazo, ya que las cámaras industriales y algunos grupos de empresarios a como dé lugar quieren conservar sus privilegios, incluso muchas veces en contra de la vida y la salud de los trabajadores, pero también adversos al medio ambiente, a las comunidades y a los intereses superiores de la nación.
En el caso específico del sector minero, se puede afirmar que el mundo reconoce esta actividad como una de las más peligrosas y de alto riesgo en la cual los trabajadores exponen salud, seguridad y la propia vida. Hasta hoy resultan insuficientes las medidas de seguridad e higiene, las normas oficiales mexicanas y las leyes, ya que se han padecido grandes siniestros que han dejado 3 mil 703 muertos en 30 años, cifra que incluye el más lamentable, que ha sido Pasta de Conchos el 19 de febrero de 2006.
Ya el artículo 123 constitucional señala que los empresarios serán responsables de los accidentes de trabajo y de las enfermedades profesionales de los obreros. Esta responsabilidad subsistirá aun en el caso de que el patrón contrate el trabajo por medio de un intermediario. También la ley establece que el mismo estará obligado a observar en la instalación de sus establecimientos, los preceptos legales sobre higiene y seguridad y a adoptar las medidas adecuadas para prevenir accidentes con el uso de las máquinas, instrumentos y materiales de trabajo.
La OIT, creada en 1919, parte de tres premisas fundamentales:
“a) Porque la paz debe basarse necesariamente en la justicia social.
“b) Hay condiciones de trabajo en el mundo que evidencian un estado de miseria y de injusticia social y es urgente cambiar este panorama.
c) Si algún país o nación no adopta un régimen de trabajo realmente humano, esto sería un obstáculo a los pueblos del mundo que desean mejorar sus condiciones de vida.
De ahí que en esta cuarta transformación se deben velar y resguardar los derechos de las y los trabajadores como parte de un avance fundamental para proteger la salud y a la seguridad industrial de la clase trabajadora. Con eso se promoverá la política económica y social con el objeto de asegurar el triunfo de la razón, en esta nueva estrategia para mejorar el bienestar y el desarrollo futuro de México, así como de la clase trabajadora y del pueblo mexicano.
http://www.jornada.com.mx/2018/11/01/opinion/020a1pol?fbclid=IwAR0EbBx3Lw9aTDl7tyvghk0_luB-XLkpPL0S72GTDAKpPbyqR1e12ra5sKY#
Una propuesta laboral del cambio
31/10/2018
Manuel Fuentes Muñiz
El medio del que salió la propuesta fue del llamado «Observatorio Ciudadano de la Reforma Laboral« que conglomera a especialistas en materia laboral para que fuera del conocimiento de los interesados. De manera insólita fue apareciendo este «Borrador»miles de veces en espacios académicos, de organismos patronales y de trabajadores.
Fueron muchas horas de reunión, de discusiones y hasta desencuentros, pero de muchas coincidencias para encontrar caminos para una legislación laboral del cambio.
La propuesta se basa al menos en los siguientes 27 puntos:
1. Reglamentar la reforma constitucional del artículo 123 Constitucional (muy controvertida aún) del 24 de febrero de 2017.
2. Establecer un nuevo procedimiento laboral que agilizar la justicia laboral.
3. Normar los nuevos Tribunales Laborales, que sustituirán a las Juntas de Conciliación y Arbitraje, los cuales se propone entren en funcionamiento en 3 años a partir de su entrada en vigor (Artículo Transitorio Quinto).
4. Evitar que un nuevo procedimiento laboral cancele el carácter tutelar de la justicia laboral.
5. Sancionar mecanismos fraudulentos, como la firma de hojas en blanco para imponer renuncias del trabajador a sus derechos (Artículo 48 bis fracción I incisos b), c) y d)).
6. Los convenios celebrados entre trabajador y patrón serán susceptibles de reclamar su nulidad sin conviene renuncia de derechos (Artículo 33).
7. Establecer los mecanismos de funcionamiento del nuevo Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFRL) o los Centros de Conciliación locales que se prevé operen en 3 años a partir de la entrada en vigor de las reformas laborales (Artículo Transitorio Quinto).
8. Imponer mecanismos para terminar con los contratos colectivos de protección que representan grandes negocios para empresas y abogados patronales en perjuicio del trabajador (Artículo 386 bis, 387, 897, 897 A a G).
9. Intervención obligatoria de los trabajadores en la negociación colectiva y en la libertad sindical mediante el voto personal, libre y secreto (Artículo 386 bis).
10. Dar una participación determinante a los trabajadores en la revisión de los contratos colectivos en materia salarial y condiciones de trabajo (Artículo 386 bis).
11. Fortalecer los mecanismos de voto seguro, personal, libre y secreto para los conflictos intersindicales, elección de dirigentes y para la solicitud de un Contrato Colectivo de Trabajo (CCT) inicial (Artículo 371 fracción IX inciso c)).
12. Hacer efectiva la transparencia en materia sindical y de contratación colectiva (365 bis, 391 bis, 424 bis).
13. Sancionar las omisiones de las dirigencias sindicales de informar periódicamente de su patrimonio sindical (Artículo 358, 373).
14. La entrega personalizada a cada trabajador de la administración del patrimonio sindical (Artículo 373).
15. Facultar a la Autoridad Registral para atender las quejas de los trabajadoresrelacionadas con la elección de la directiva sindical y con la administración del patrimonio sindical (Artículo 371 bis, 373).
16. La prescripción se interrumpe al promover en la instancia conciliatoria hasta por 45 días naturales (Artículo 521, 684 D).
17. Faculta al Tribunal Laboral para que requiera al patrón de abstenerse a dar de baja a la trabajadora embarazada (Artículo 857 fracción III).
18. Si las trabajadoras embarazadas son víctimas de discriminación por esa razón, no es obligatorio agotar la instancia conciliatoria para iniciar un juicio (Artículo 685 Ter).
19. La negativa al despido y el ofrecimiento del empleo hecho al trabajador, no exime al patrón de probar su dicho (Artículo 784).
20. Las pruebas deben ser acompañadas al escrito inicial de demanda y en su contestación (Artículo 872 A fracción VI B III, 873-A).
21. Se contemplan las notificaciones por vía electrónica para la Autoridad Conciliatoria y para los Tribunales Laborales (Artículo 739, 871).
22. Se contemplan sanciones a las partes, abogados, litigantes, representantes o testigos y a los servidores públicos que simulen actos jurídicos o retrasen los juicios (Artículo 48 bis).
23. Reconoce la formación de Sindicatos de una o varias ramas de actividades o cadena productiva a nivel estatal o nacional, en el entendido que el ámbito o radio de acción lo deciden libremente los trabajadores (Artículo 360).
24.Se incorporan obligaciones en los Estatutos para el procedimiento de la elección de la directiva sindical y secciones sindicales (Artículo 371 fracción IX).
25. Se crea la figura de Constancia de Representatividad otorgada por la Autoridad Registral como condición para ejercer la huelga en los Contratos Colectivos de Trabajo iniciales (Artículo 387).
26.En los juicios de beneficiarios se omite la investigación de dependencia económica (Artículo 501).
27. Los sindicatos titulares de los CCT tendrán un plazo de 4 años para demostrar ante la Autoridad Registral que cumplen con el principio de representatividad y cuentan con el apoyo mayoritario de los trabajadores sindicalizados, mediante voto personal, libre y secreto (Transitorio Décimo Primero).
Quedan fuera algunos temas, como:
· El de la subcontratación, que algunos proponemos debe prohibirse de manera tajante en la legislación laboral, por ser una de las razones que anulan el ejercicio de la libertad sindical y la contratación colectiva e incrementa la pobreza obrera.
· Una reforma de la reforma del artículo 123 Constitucional del 24 de febrero de 2017, para evitar la separación a la Conciliación de los Tribunales Laborales por complicar la eficacia de la justicia laboral en perjuicio del trabajador.
· Incluir la perspectiva de género para lograr una verdadera equidad y democracia en las relaciones laborales y sindicales.
· Lograr una justicia con mayor enfoque al procedimiento digital consiguiendo así que sea más económica, sin quitarle el carácter tutelar en favor del trabajador ya que la propuesta formulada por integrantes del Poder Judicial requiere de cuantiosos recursos económicos para su implementación, que la hace inviable en el corto plazo.
· La oportunidad para que el actor modifique, aclare o enderece su demanda antes de establecer la controversia.
· Lograr que el ejercicio del derecho de huelga sea determinado en todos los casos por los trabajadores y no por los líderes sindicales.
Una reforma laboral que no se apruebe a las prisas
Algunos consideramos que sería un error del Poder Legislativo mexicano aprobar una reforma laboral a las prisas. Por su importancia, ésta debe discutirse de manera más amplia y no sólo por unos cuantos. Deben realizarse foros y mesas de trabajo para escuchar propuestas en todo el país, teniendo como eje central una legislación de carácter social con el objetivo principal de proteger al obrero y sin perder el equilibrio con el sector patronal.
No puede estar sujeta esta reforma laboral a un acuerdo comercial como el T-MEC, o el USMCA (por sus siglas en inglés) por carecer de validez al no haber sido ratificado por los poderes legislativos de los tres países. La fecha límite del 1º de enero de 2019tiene que ser aplazada al menos un año más y para ello se requiere que el gobierno entrante haga lo necesario para renegociar un plazo más razonable.
El senador republicano Mitch McConnell ya adelantó que el acuerdo comercial se analizará por los congresistas estadounidenses hasta el año próximo (en 2019) por lo que el Congreso mexicano no puede apresurar el paso a una reforma laboral, que en su esencia entraría en vigor en 3 años con los Tribunales Laborales del Poder Judicial de las Entidades Federativas, el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral y los Centros de Conciliación locales, siempre que haya presupuesto.
A la propuesta de reforma laboral le hace falta un estudio contable de su costo, no sólo de los inmuebles a ocupar, sino lo que significará la capacitación y formación de funcionarios, que requiere años, para instaurar la tan esperada reforma laboral.
En el proceso de reforma se requiere que la Cámara de Diputados incremente al menos en un 50% más el presupuesto de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje que vive una de sus mayores crisis y apoye en las 32 entidades de la República un incremento presupuestal similar a las Juntas Locales de Conciliación y Arbitraje, para que tengan un bien morir en el corto plazo.
En este proceso de reformas estamos en el dilema que todo cambie para seguir igual o peor, o lograr una autentica reforma que modernice la justicia laboral y democratice las relaciones laborales. Son los mayores retos a vencer.
Los caciques sindicales caminan felices por la vida
@Manuel_FuentesM | @OpinionLSR | @lasillarota
https://lasillarota.com/opinion/columnas/una-propuesta-laboral-del-cambio/255023?fbclid=IwAR1H3TOujhbT4188Ke2fd17TLA-UCysPBDMYo_JG5T8q9deABTMax0BvTLk
La opacidad de los sindicatos / Arcana Imperii

El considerar a los sindicatos como sujetos obligados directos en materia de transparencia, significa que éstos deben de contar con una unidad y un comité de transparencia, para dar atención a las solicitudes de información que se presenten, conforme a los procedimientos que señala la ley de la materia, aclarando que únicamente por lo que hace al ejercicio de recursos públicos que le sean otorgados, no así de las aportaciones o las cuotas sindicales de los agremiados.
Patricia Kurczyn Villalobos, comisionada del INAI
Estimados Amigos Invisibles, a lo largo de todas las columnas hemos abordado la materia de transparencia en distintos sujetos obligados, le recuerdo que el artículo 1, párrafo segundo de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LGTAIP), así como, el artículo 1, párrafo segundo de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios (LTAIPEAM), tienen por objeto “…establecer los principios, bases generales y procedimientos para garantizar el Derecho de Acceso a la Información en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, Municipios, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como de cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en el ámbito estatal o municipal”. De lo anterior, he de señalar que hemos dejado a un lado a figuras importantes dentro de la administración pública estatal, como son: los sindicatos.
¿Qué es un Sindicato?
Son asociaciones, lo que en la legislación laboral se conoce como coaliciones permanentes; los sindicatos no son sociedades o asociaciones civiles ni mercantiles, sino exclusivamente laborales cuyo registro se lleva a cabo en la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) en el ámbito federal y en las juntas de conciliación y arbitraje (JCA) en el ámbito estatal. Sin embargo, la LFT en el artículo 374 les concede a los legalmente constituidos la naturaleza de persona moral. Para el caso de los sindicatos de trabajadores al servicio del Estado, su registro se lleva a cabo ante el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje (como lo establece el artículo 72 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, reglamentaria del apartado B) del artículo 123 constitucional -LFTSE-).
De acuerdo con Arturo Alcalde Justiniani menciona que “La opacidad en la información es un elemento clave para mantener este sistema de control y corrupción. Se niega a los trabajadores, y a la población en general, información elemental sobre aspectos básicos que regulan las relaciones laborales, como son: los estatutos de los sindicatos, el padrón de afiliados y, ante todo, el contrato colectivo de trabajo”.
Como lo he mencionado hasta el cansancio, el concepto Transparencia es una cualidad que permite al ciudadano contar con información clara y precisa sobre algo o alguien, con ello permite elevar su capacidad de comprensión, vigilancia y comunicación. La transparencia de la información debe contar con atributos que van más allá del simple hecho de publicar documentos y datos existentes como son:
- Información de calidad -veraz, clara y oportuna-
- Información congruente -permite que la información sea comparable con otra información relacionada-
- De fácil acceso, comprensiva, relevante y confiable.
Se acuerda el video que tomó un ciudadano en un restaurante en la Ciudad de México, en donde grabó al líder Petrolero y en ese entonces senador de la República, compartiendo alimentos con dos exgobernadores y el Jefe Diego (líder panista), este ciudadano los increpa y pregunta “¿comieron bien?”, los comensales le responden que sí, muy satisfechos, y el ciudadano les contesta…. “¡qué bueno, porque 50 millones de mexicanos no! (puede consultar el video en YouTube).
Pues bien, el tema de transparencia sindical, apertura de archivos y rendición de cuentas por parte de las autoridades en esta materia han persistido como reclamo de diversas organizaciones sindicales. Un diagnóstico presentado por el representante de la oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en México, Anders Kompass, (2003) menciona “legislar para que exista transparencia y rendición de cuentas de los recursos activos de los sindicatos y el manejo de cuotas [… y] crear un instituto con personalidad jurídica y patrimonio propio con independencia y autonomía para llevar el registro de sindicatos y contratos colectivos”. Tuvieron que pasar 11 años para que esto por fin se plasmará y llevara a cabo. Fue hasta 2014, que el Órgano Garante en el ámbito nacional, el INAI, así como en nuestro Estado, el Órgano Garante es el Instituto de Transparencia para ejercer esta facultad de transparentar los recursos e integración de los sindicatos. Tanto los agremiados a estos sindicatos como los propios ciudadanos, debemos pues, vigilar y exigir transparencia en estas organizaciones sindicales para que nos rinda cuentas de los recursos públicos que reciben, ante todo, de cómo los ejercen.
Sabía Usted que existen 146 Sindicatos nacionales, que tiene registrados el INAI, y en nuestro Estado se tienen registrados sólo 4 sindicatos, de acuerdo con la información del ITEA. ¿Cuáles son los sindicatos en Aguascalientes?
- Sindicato de Trabajadores del instituto Cultural de Aguascalientes (su líder es Noé Hernández López)
- Sindicato de Trabajadores del Hospital de Psiquiatría Dr. Gustavo León Mojica García (su líder es Federico Domínguez Ibarra)
- Sindicato Único de Trabajadores del Hospital Miguel Hidalgo (su líder es Víctor Manuel García López)
- Sindicato Único de Trabajadores Estatales y Municipales (mire Usted qué coincidencia, su líder es el mismo que el Sindicato del Hospital Psiquiátrico, Federico Domínguez Ibarra)
Nota: En relación con los nombres de los líderes sindicales que cité, es información pública. Fuente: https://itea.org.mx/directorio-de-sujetos-obligados-2018/
A estos sindicatos locales falta agregar la Confederación Regional Obrera Mexicana (CROM por sus siglas), Confederación Obrera de Obreros y Campesinos (CROC por sus siglas) y Confederación de Trabajadores de México (CTM por sus siglas), cuyos líderes llevan años en las sillas sindicales, sin tener que rendirle cuentas a nadie, ni a los propios agremiados.
Es necesario pues, exigir que comiencen por lo pronto (espero no sea mucho pedir) que tengan una página electrónica y difundan a través de la máxima publicidad, principio rector de la transparencia, toda la información relacionada con el ejercicio de los recursos públicos, número de agremiados, y un largo etcétera. Pero lo más trascendental es que los sindicatos tienen en sus manos las obligaciones de transparencia comunes y específicas, si quieren pasar de la opacidad a la transparencia tienen que cumplir con poner en la vitrina pública todos y cada una de estas obligaciones.
Ya sabe, alguien tiene que decir las cosas.
politologouaa@gmail.com | @chazito14
http://www.lja.mx/2018/10/la-opacidad-de-los-sindicatos-arcana-imperii/?fbclid=IwAR3XfBNJvtv81FgYXOsStBhqU5yZFyH1tcPBkLCmLaIGoYXHpPkLe2nSv9Q
Los caciques sindicales caminan felices por la vida
24/10/2018
MANUEL FUENTES
¿Qué hace falta para lograrlo? No basta la buena voluntad de ratificar el Convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) que protege la libertad de sindicación y de negociación colectiva. Tampoco la ratificación del Convenio 87 del OIT (incorporado a nuestra legislación desde el 1º de abril de 1950) que se enfoca en proteger la libertad sindical en todas sus formas.
Tampoco es suficiente la reforma al artículo 123 Constitucional del febrero 24 de 2017 que reconoció por primera vez, después de 100 años de existencia el voto secreto. ¿Qué hace falta entonces?
Los caciques como un fenómeno sindical
Las direcciones sindicales, que tienen caciques a la cabeza, desdeñan la voluntad de los trabajadores, para ellos son masas y objetos como cualquiera.
Son camarillas que controlan a su antojo los bienes y dineros sindicales, los procesos electorales y hasta las voluntades de los trabajadores, bajo la amenaza de mandarlos a la calle, con una simple petición al patrón para que no se les recontrate o se les separe con cualquier pretexto o se les suspende en sus derechos sindicales o se les destituyesin juicio previo. A la par se valen de amenazas, golpes y hasta de asesinatos.
En ocasiones los caciques sindicales llegan a controlar las instituciones en las que mantienen relaciones laborales sus agremiados. El patrón o los funcionarios actúan como empleados del cacique, acatan sus órdenes y hasta solapan todas sus fechorías. Se llegan a convertir en socios y uno y otro se encubre. Controlan con personal de confianza del cacique las áreas de Recursos Humanos, Finanzas compras, vigilancia y otras donde les genere recursos y control.
Los caciques sindicales son seres felices. Tienen amigos por doquier por los favores que reparte. Son o se sienten dueños de plazas de trabajo, de mejoras salariales y de jugosas licencias de tiempo completo con sueldo y prestaciones sin límite. Tienen cientos de compadres y reciben muchos abrazos día a día por el poder que comparten.
Cuando vienen las elecciones un equipo de confianza pone todo a su servicio. Se preparan firmas con anticipación, se simulan asambleas y se presentan las notificaciones a las autoridades laborales para que todo transite sin problema. Obtienen la Toma de Nota, hasta con muchos meses de anticipación de su proceso electoral. Es el mundo feliz.
En los procesos electorales preparan con toda anticipación, con la planilla a modo del cacique, todos los requisitos que puedan cumplir sus incondicionales para presentar su documentación apenas se inicie el registro sin problema alguno.
Por el contrario, a sus opositores les ponen sin fin de requisitos para obstruir su registro. Les dan pocas horas para que cumplan con todos ellos. Les exigen papeles, constancias certificadas o notariadas, cientos o miles de firmas que sólo se pueden recabar en varios días, que sean presentadas en tamaño oficio o carta y otras sandeces.
En el periodo siguiente, los representantes del cacique cambian las reglas para siempre tener el control, con facultades plenipotenciarias, para que a su antojo registre o no a las planillas opositoras.
En el caso del sindicato petrolero en nueve secciones, de las once, quedaron inscritas planillas únicas, las del cacique por supuesto.
Reformas laborales
Las reformas que vienen deben considerar normar los procesos electorales para que impere la equidad y transparencia entre los contendientes, los tiempos de registros; requisitos que sean los previstos en los estatutos únicamente y no los que saquen del sombrero del mago cada año los comités electorales.
Que impere y se reconozca el voto directo (aún no previsto) y secreto en todos los procesos sindicales y que éste sea intransferible.
No basta, como se impuso en la última reforma al artículo 123 constitucional de febrero de 2017, el voto personal, libre y secreto, en una democracia sindical que aún no llega.
Por lo pronto los caciques sindicales caminan felices por la vida.
Los ministros de la Corte no usan escoba
@Manuel_FuentesM | @OpinionLSR | @lasillarota
https://lasillarota.com/opinion/columnas/los-caciques-sindicales-caminan-felices-por-la-vida/253808?fbclid=IwAR0LvO4z2bt-etrYxVKJDZp5x1A2LxQ9nPlG9YrQ7UYU1Q2IbZ2E1hofC2U#.W8_-pf3TUK8.whatsapp
Los retos de Luisa María Alcalde: los intereses de las cúpulas

VLADIMIR RICARDO LANDERO ARAMBURU
@riclandero
mar 23 oct 2018 22:26
La política laboral ha transitado en las últimas décadas sobre la base de una “estabilidad” cómoda, usando como premisas que no han existido conflictos sindicales importantes y que las políticas salariales han transitado por debajo de los parámetros de los indicadores inflacionarios y económicos, lo cual ha otorgado tranquilidad a los gobiernos, las cúpulas industriales y sindicales.
Los principales acreedores de esa “estabilidad”, quienes ven con preocupación que algunos de sus intereses y actividades “legítimas” se vean afectadas con cambios en la política laboral, son:
A)Las empresas de outsourcing legales, que se han enriquecido a base de cobrar un porcentaje por administrar la nómina y dejar de pagar utilidades. Dinero que debió trasladarse al ingreso de los trabajadores, generando impuestos y seguridad social.
B)Las pagadoras irregulares, que administran nóminas, pero con triangulaciones fiscales para disminuir el impacto de sus servicios, generando fraudes fiscales y huecos a la hacienda pública y la seguridad social.
C)Los patrones que usan la subcontratación como medio para evadir impuestos y seguridad social, dejar de pagar utilidades.
D)Las cúpulas patrones que han utilizado a la Comisión de salarios mínimos para fijar un piso en los aumentos salariales, teniendo a la clase trabajadora con ingresos que en ocasiones están en el umbral de la pobreza extrema.
E)Los sindicatos charros blandos, que se la pasan cobrando cuotas sindicales sin representación de los trabajadores, solo por firmar un contrato colectivo a modo.
F)Los sindicatos charros negros, que son el grupo de sindicatos que se la pasan buscando empresas, establecimiento y obras de construcción que no tienen contrato colectivo, para emplazarlas a huelga con el único fin de cobrar un monto por evitar la huelga. Lo que se conoce en otros términos como cobro de piso, pero aquí es legal pues cuentan con toma de nota expedida por la autoridad.
G)Los políticos que son socios de las empresas de outsourcing, que desde el sexenio de Fox y Calderón fijaron esta práctica, la cual alcanza hoy a poco más del 25% de la industria nacional.
H)Los políticos que están relacionados a las centrales obreras y reciben recursos o apoyo político para sus intereses.
I)Los presidentes municipales que en contubernio con lideres sindicales locales imponen condiciones para la firma de contratos colectivos o el cobro de cuotas por proyectos que pasan por su territorio: carreteras, gasoductos, proyectos energéticos, hoteles, etc.
J)Las agrupaciones gremiales, que bajo el disfraz de sindicatos tienen agrupados a cientos de trabajadores limitando la libertad de asociación y en ocasiones hasta de competencia, pues agrupan a transportistas, taxistas, comerciantes, etc., amparados con el aval gubernamental.
K)Los despachos de fiscalistas que han generado “estrategias” para evitar el pago íntegro del los impuestos y pago de seguridad social de las nóminas de los trabajadores.
L)Los intereses creados alrededor de inspectores, certificadores, que implican a funcionarios y particulares, quienes han encontrado un modo de vida en la simulación de la aplicación de la normatividad laboral.
M)Los despachos de abogados que se dedican a la simulación de juicios laborales, que inventan demandas, que reciclan actores y viven de llevar cientos de convenios al día, a pesar de no tener acción ni derecho.
N)Los bancos, las afores, que han hecho del dinero del salario de los trabajadores una mina de oro para sus arcas.
O)Los funcionarios de las Juntas de Conciliación y Arbitraje que se han prestado a la simulación en la aplicación de Ley Federal del Trabajo (no son todos, pero son muchos).
P)Los representantes del capital y del trabajo que integran las Juntas de Conciliación, que han parasitado en sus puestos, al amparo de las cúpulas patronales y de centrales obreras.
Esta es la respuesta a la pregunta que hace Federico Arreola, de a quién estorba una nueva política pública de lo laboral en nuestro país como la que propone Luisa María Alcalde. Y explica la grilla sin fundamento que realiza Templo Mayor en su contra.
https://www.sdpnoticias.com/nacional/2018/10/23/los-retos-de-luisa-maria-alcalde-los-intereses-de-las-cupulas
Los caciques sindicales caminan felices por la vida
24/10/2018
MANUEL FUENTES
Las reformas que vienen deben considerar normar los procesos electorales para que impere la equidad y transparencia entre los contendientes. | Manuel Fuentes
PERFIL
Las recientes elecciones en 11 de las 36 secciones sindicales del Sindicato Petrolero dejan al desnudo el débil andamiaje que tienen las estructuras de la democracia sindical en México, además de evidenciarse que el voto secreto, por sí solo, no es suficiente para lograr la participación libre de los trabajadores sindicalizados en los procesos de cambio de dirigentes.
¿Qué hace falta para lograrlo? No basta la buena voluntad de ratificar el Convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) que protege la libertad de sindicación y de negociación colectiva. Tampoco la ratificación del Convenio 87 del OIT (incorporado a nuestra legislación desde el 1º de abril de 1950) que se enfoca en proteger la libertad sindical en todas sus formas.
Tampoco es suficiente la reforma al artículo 123 Constitucional del febrero 24 de 2017 que reconoció por primera vez, después de 100 años de existencia el voto secreto. ¿Qué hace falta entonces?
Los caciques como un fenómeno sindical
Las direcciones sindicales, que tienen caciques a la cabeza, desdeñan la voluntad de los trabajadores, para ellos son masas y objetos como cualquiera.
Son camarillas que controlan a su antojo los bienes y dineros sindicales, los procesos electorales y hasta las voluntades de los trabajadores, bajo la amenaza de mandarlos a la calle, con una simple petición al patrón para que no se les recontrate o se les separe con cualquier pretexto o se les suspende en sus derechos sindicales o se les destituye sin juicio previo. A la par se valen de amenazas, golpes y hasta de asesinatos.
En ocasiones los caciques sindicales llegan a controlar las instituciones en las que mantienen relaciones laborales sus agremiados. El patrón o los funcionarios actúan como empleados del cacique, acatan sus órdenes y hasta solapan todas sus fechorías. Se llegan a convertir en socios y uno y otro se encubre. Controlan con personal de confianza del cacique las áreas de Recursos Humanos, Finanzas compras, vigilancia y otras donde les genere recursos y control.
Los caciques sindicales son seres felices. Tienen amigos por doquier por los favores que reparte. Son o se sienten dueños de plazas de trabajo, de mejoras salariales y de jugosas licencias de tiempo completo con sueldo y prestaciones sin límite. Tienen cientos de compadres y reciben muchos abrazos día a día por el poder que comparten.
Cuando vienen las elecciones un equipo de confianza pone todo a su servicio. Se preparan firmas con anticipación, se simulan asambleas y se presentan las notificaciones a las autoridades laborales para que todo transite sin problema. Obtienen la Toma de Nota, hasta con muchos meses de anticipación de su proceso electoral. Es el mundo feliz.
En los procesos electorales preparan con toda anticipación, con la planilla a modo del cacique, todos los requisitos que puedan cumplir sus incondicionales para presentar su documentación apenas se inicie el registro sin problema alguno.
Por el contrario, a sus opositores les ponen sin fin de requisitos para obstruir su registro. Les dan pocas horas para que cumplan con todos ellos. Les exigen papeles, constancias certificadas o notariadas, cientos o miles de firmas que sólo se pueden recabar en varios días, que sean presentadas en tamaño oficio o carta y otras sandeces.
En el periodo siguiente, los representantes del cacique cambian las reglas para siempre tener el control, con facultades plenipotenciarias, para que a su antojo registre o no a las planillas opositoras.
En el caso del sindicato petrolero en nueve secciones, de las once, quedaron inscritas planillas únicas, las del cacique por supuesto.
Reformas laborales
Las reformas que vienen deben considerar normar los procesos electorales para que impere la equidad y transparencia entre los contendientes, los tiempos de registros; requisitos que sean los previstos en los estatutos únicamente y no los que saquen del sombrero del mago cada año los comités electorales.
Que impere y se reconozca el voto directo (aún no previsto) y secreto en todos los procesos sindicales y que éste sea intransferible.
No basta, como se impuso en la última reforma al artículo 123 constitucional de febrero de 2017, el voto personal, libre y secreto, en una democracia sindical que aún no llega.
Por lo pronto los caciques sindicales caminan felices por la vida.
Los ministros de la Corte no usan escoba
@Manuel_FuentesM | @OpinionLSR | @lasillarota
https://lasillarota.com/opinion/columnas/los-caciques-sindicales-caminan-felices-por-la-vida/253808#.W8_-pf3TUK8.whatsapp
¿Y la reforma laboral? I

JOSÉ LUIS DE LA CRUZ
ANALISIS
/ LUNES 22 DE OCTUBRE DE 2018
A casi seis años de que entró en vigor, la reforma laboral ha fallado en la consecución de los objetivos que se plantearon como estratégicos.
De acuerdo con el planteamiento del gobierno, “esta reforma obedece a la necesidad de avanzar en la construcción de un marco que permita incrementar la oferta laboral, alentar la productividad de las empresas, y elevar la competitividad del país”
A casi seis años México sigue atrapado en el lugar 51 en materia de competitividad del Foro Económico Mundial. La productividad laboral tiene un incremento modesto y la productividad total de los factores evoluciona a tasas negativas.
Siguen desapareciendo las fuentes de trabajo que pagan más de tres salarios mínimos y a cambio se crean las que ofrecen remuneraciones menores. Hoy menos de 450 mil mexicanos ganan más de 10 salarios mínimos, de un total de 53 millones con una ocupación. Y el número va a la baja.
La informalidad atrapa al 57% de la población ocupada. Además, 16 millones de trabajadores no tienen un contrato por escrito y 30 millones carecen de acceso a un sistema de salud.
La primera reforma aprobada, la laboral, ya se puede evaluar y el resultado es decepcionante. ¿Cuál es la razón fundamental de su falla? La precarización del mercado laboral también refleja la precarización del sistema productivo en su conjunto. Los micronegocios, empresas con menos de 10 empleados, son mayoritariamente informales y no generan valor agregado.
Las pequeñas empresas exhiben baja productividad y también son predominantemente informales. En su conjunto, las micro y pequeñas empresas generan la mayor parte del empleo en México, pero no tienen las condiciones para pagar bien. Básicamente se dedican al comercio al por menor, mucho del cual es mercancía importada.
La reforma laboral partía de una premisa equivocada: la mayor flexibilización en la contratación debería contribuir a la solución de los males que afectan la competitividad, productividad, inversión, generación de empleo formal, aumento de salarios y otorgamiento de prestaciones en México.
Si bien los argumentos tenían una buena intención, en el fondo es importante mencionar que los cambios aprobados no contenían los mecanismos adecuados para lograrlo.
Comenzando por el Artículo 2°. Si bien es loable que se haya planteado una definición de trabajo digno o decente como “aquél en el que se respeta plenamente la dignidad humana del trabajador”, el problema es que en la práctica dicho concepto no se aplica y que la reforma encontró un muro que no pudo pasar. Nunca se aplicó una política económica integral para hacerlo.
La evidencia muestra que el resultado es bajos salarios sin acceso a la seguridad social.
En el propio Artículo 3° se establece que “es de interés social promover y vigilar la capacitación, el adiestramiento, la formación para y en el trabajo, la certificación de competencias laborales, la productividad y la calidad en el trabajo, la sustentabilidad ambiental, así como los beneficios que éstas deban generar tanto a los trabajadores como a los patrones”.
Pero ¿quién vigiló que todo ello se cumpliera? En la práctica parece que nadie.
https://www.elsoldemexico.com.mx/analisis/y-la-reforma-laboral-i-2186481.html
La esperanza de la clase trabajadora

Napoleón Gómez Urrutia
A partir de la ratificación del Convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) por el Senado, referente a la libertad de sindicalización y al derecho a la contratación colectiva, y una vez superados los problemas iniciales del rechazo por parte de algunos empresarios y senadores de diferentes grupos parlamentarios, de inmediato se inició un proceso de entendimiento, ajuste y aceptación, aunque a veces a regañadientes, sobre el alcance y los beneficios a futuro para la clase trabajadora mexicana.
Y es que es necesario entender lo que estamos viviendo en términos de la desigualdad, la explotación y la pobreza, resultado de un modelo fracasado de política económica y social, producto de la ineficiencia gubernamental, la avaricia y la ambición empresarial, así como de la corrupción generalizada entre sectores dominantes de la sociedad. El futuro hoy para los trabajadores y sus familias es de frustración, tristeza, desencanto y abandono provocados por las autoridades y los círculos de poder económico.
No es para menos: la falta de oportunidades y de ingresos dignos, justos y estables están llevando a la población, simbólicamente hablando, al borde del suicidio colectivo, medido por la desesperación y el coraje de ver a sus hijos y familias enfermar y morir en el desamparo, sin esperanza de recuperar una vida humana con dignidad.
Lo que ha sucedido es terrible y las estrategias e instrumentos que se utilizaron durante las pasadas tres décadas, por lo menos, condenaron a la gran mayoría a esa clase de supervivencia sin futuro o esperanza, que tanto daño ha causado a los núcleos más importantes de la población.
El cinismo empresarial, gubernamental y de muchos líderes sindicales ha implantado un sistema, que es urgente erradicar, de contratos colectivos de protección patronal (CCPP), en contra y a espaldas de los derechos fundamentales de los trabajadores y en oposición a la Constitución de México, la Ley Federal del trabajo y el Convenio 87, hermano del Convenio 98 de libertad sindical de la OIT.
El modelo de los CCPP hoy es muy común en todo el país, sobre todo en las maquiladoras y las trasnacionales; surgió a partir de que originalmente entró en vigor el Tratado de Libre Comercio en 1994 y, como parte de la política laboral de Carlos Salinas, sirvió para beneficiar al capital extranjero y a las grandes empresas nacionales. El método fue y sigue siendo abaratar el costo de la mano de obra como elemento de competitividad y flexibilidad que degrada los derechos humanos, a pesar de que se definieron las comisiones nacionales respectivas en esta materia. En la práctica, Salinas excluyó el trabajo como derecho humano en la Constitución mexicana.
Así, los CCPP sustituyeron a los contratos colectivos de trabajo (CCT), que alguna vez fueron mayoría. Aquéllos, en los gobiernos neoliberales de 1983 a 2018, crecieron y se reprodujeron como parásitos al calor de la corrupción y de los actos ilegales de los gobiernos, las autoridades y los empresarios.
De esta manera, muchos sindicatos se volvieron patronales y declararon “cero huelgas”, señalaron “topes salariales” y por su parte comenzaron a crecer ampliamente los patrones contratistas y las compañías de outsourcing, que se dedicaron a interpretar la justicia laboral en favor de las corporaciones de negocios por medio de las juntas de conciliación y arbitraje y en favor del gran capital, salvo pocas excepciones.
Hoy el panorama para los trabajadores es desolador y las grandes confederaciones sindicales han promovido una de las peores reformas laborales de todos los tiempos en contra de la fuerza de trabajo. Esto es vergonzoso y hasta llegan al extremo de plasmar en un contrato de protección patronal cláusulas que aplican con lenguaje que se torna esclavizante, como la frase de que el trabajador se someterá al mando de la empresa o que ésta podrá contratar libremente con terceros y despedir a los trabajadores sin ninguna responsabilidad para los empleadores.
Asimismo, en esos contratos se indica que es la empresa la que selecciona al personal con absoluta libertad y a los obreros los llama “colaboradores sindicalizados”, los cuales están obligados a pertenecer y adherirse al sindicato mediante un documento de adhesión a la empresa sin condiciones, siempre favoreciendo las órdenes y los intereses de los patrones, quienes les ordenan laborar en todas las áreas productivas sin los debidos criterios de capacitación, seguridad y protección.
Finalmente, esta aberrante situación tendrá que cambiar con la llegada del nuevo gobierno y terminar con la explotación indiscriminada de la clase trabajadora. De otra manera, jamás se podrá conseguir el equilibrio entre los factores de la producción y la justicia social que tanto está demandando el pueblo de México. Esto es lo que, entre otras cosas, espera con realismo la clase trabajadora mexicana.
http://www.jornada.com.mx/2018/10/18/opinion/018a1pol
La aprobación del convenio 98 en materia laboral
¿Qué va a cambiar? ¿Cómo va a cambiar? ¿A partir de cuándo? ¿Es sólo para empleados sindicalizados?
OCTUBRE 17, 2018
Raúl Maillard*
¿Qué pasó?
El 20 de septiembre de 2018 el senado de la República aprobó el Convenio 98 de la Organización Mundial del Trabajo, que se refiere a la libertad sindical, que MODIFICARÁ la relación laboral entre trabajadores y patrones.
¿Qué es el convenio 98?
Es un convenio que pretende la NO discriminación con respecto a la libertad sindical.
La libertad sindical es un derecho de los trabajadores para agruparse y defender sus intereses comunes.
¿Cómo funciona?
Convenio 87: Garantiza a los trabajadores el derecho de constituir sindicatos y afiliarse a ellos.
Convenio 98: Establece garantías y medidas de protección para que los sindicatos funcionen libre e independientemente de los gobiernos y los empleadores.
¿Para qué sirve?
Todos los trabajadores y empleadores tienen el derecho de construir o afiliarse a las organizaciones que crean convenientes para promover y defender sus intereses.
Se vulneran estos derechos cuando no se permite afiliar, pertenecer o crear un sindicato o se exige dejar de ser miembro de alguno.
¿Qué implicaciones tiene su ratificación en México?
Es un cambio en el sindicalismo en México
La OIT considera como fundamentales 8 acuerdos en materia de empleo divididos en 4 categorías:
Eliminación del trabajo forzoso
Abolición del trabajo infantil
Eliminación de la discriminación
Libertad de Asociación y libertad sindical
México ya tenía firmados 7 de estos 8 acuerdos, PERO el convenio 98 no había sido ratificado en el congreso del país a pesar de que fue adoptado por la OIT desde 1949 y aprobado por 165 naciones.
Los empresarios reclamaron que la ratificación de este convenio se hiciera SIN consultarlos pero la adopción de este texto fue una CONDICIÓN impuesta por los socios comerciales de México en el acuerdo de Asociación Transpacífico y el TLCAN.
El convenido va a renovar la dinámica laboral al interior de las empresas, los trabajadores tendrán derecho a decidir si quieren formar parte o no de un sindicato, los patrones tendrán prohibido intervenir en los mismos.
Con esto se busca eliminar los sindicatos de protección, o sea, los que no representan a los trabajadores y simulan una vida sindical al interior de las empresas.
La protección debe ejercerse contra cualquier acto que tenga por objeto:
Sujetar el empleo de un trabajador a la condición de que no se afilie a un sindicato o que deje de ser miembro de un sindicato. (Esto va en contra de lo que establece el artículo 395 de la Ley Federal del Trabajo, “Cláusula de exclusión por admisión”)
Despedir a un trabajador a causa de su afiliación sindical o de su participación en actividades sindicales.
Perjudicar al trabajador en cualquier forma a causa de su afiliación sindical o de su participación en actividades sindicales.
Las organizaciones de trabajadores (sindicatos) y de empleadores (sindicatos patronales o cámaras de industria) deben gozar de adecuada protección contra todo acto de injerencia de unas respecto de otras ya se realice directamente o por terceras personas.
Deben crearse organismos adecuados a las condiciones nacionales para garantizar el respeto al derecho de sindicación definido en el convenio. Para ello se está creando un organismo de conciliación federal que cumple con este requisito.
Deben adoptarse medidas adecuadas a las condiciones nacionales para estimular y fomentar el desarrollo y uso de procedimientos de negociación voluntaria, para reglamentar por medio de contratos colectivos las condiciones de empleo.
La legislación nacional debe determinar el alcance de las garantías previstas en el presente convenio en lo que se refiere a su aplicación a las fuerzas armadas y a la policía.
Excluye a los funcionarios públicos en la administración del estado.
Entra en vigor 12 meses posteriores a su ratificación, se ratificó el 20 de septiembre de 2018.
Si al año posterior a la expiración del periodo de 10 años posteriores a la fecha en que entró en vigor el convenio no se denuncia su expiración se prorroga otros 10 años.
Los puntos más relevantes
El convenio es “el que”, falta “el cómo”. Se requiere una eficiente legislación laboral que la pueda aplicar, y aún no se tiene.
Se requiere prohibir el outsourcing para hacer operable el Convenio.
Se requiere acabar con los contratos colectivos de protección actuales; para ello deberá exigirse el aval de los trabajadores para que tengan validez estos documentos.
Para su entrada en vigor no basta su publicación en el Diario Oficial, que aún no ocurre.
Se requiere que la ratificación del Convenio quede registrada por el Director General de la OIT, lo que aún no sucede.
Aporta nuevas obligaciones al Estado para que adopte todas las medidas necesarias para evitar se afecte la estabilidad en el empleo en el ejercicio de la libertad sindical.
Le da una connotación especial a las medidas de protección contra la discriminación ligadas al ejercicio de la libertad sindical y la conservación del empleo.
Da una protección especial a quién ejerza actividades sindicales fuera o dentro de los centros de trabajo.
Considera inadmisible los actos de injerencia patronal que lleven a formar sindicatos bajo su control. Este punto es esencial para terminar con esa práctica que afecta a la mayor parte de los sindicatos en el país, pero depende de una adecuada legislación laboral.
Considera indispensable el Convenio que haya Instituciones u organismos públicos (inexistentes en la actualidad) que garanticen el pleno respeto al derecho de sindicalización.
Fomenta la negociación voluntaria, que requiere de organizaciones sindicales fuertes para reglamentar condiciones de trabajo dignas mediante la contratación colectiva.
El Convenio 98 será aplicable en todo tipo de empresas privadas, organismos descentralizados y organismos autónomos de la administración pública
