
Aconseja el experto David Kaplan revisar peticiones de la iniciativa privada
Alejandro Alegría
Periódico La Jornada
Domingo 26 de mayo de 2019, p. 17
La reforma a la Ley Federal del Trabajo (LFT) no implica riesgos para las pequeñas y medianas empresas (Pymes) y permite al país cumplir los compromisos adquiridos en pactos internacionales, como el Tratado México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), manifestó David Kaplan, economista del Banco Interamericano de Desarrollo (BID).
En entrevista, el especialista sénior de la división de mercados laborales del organismo indicó que, desde una perspectiva general, las modificaciones a la LFT son buenas, pero pueden mejorar.
Recordó que la reforma, la cual reglamenta las modificaciones efectuadas al artículo 123 constitucional y que entraron en vigor en febrero de 2017, responde a los compromisos adquiridos como parte de las negociaciones para renovar el Tratado de Libre Comercio de América del Norte, que derivó en el T-MEC, pero también para el Tratado Integral y Progresista de Asociación Transpacífico y la ratificación del Convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo.
“La reforma es buena en general”, opina el especialista. “Hay muchas cosas que puede mejorarse, pero tuvo un propósito: cumplir la modificación constitucional y los compromisos del T-MEC”.
En relación con el pacto comercial, que está en proceso de ser ratificado en los tres países que lo integran, comentó que hay algunos puntos que exigen demasiado, pero deben ser cumplidos.
Al ser interrogado sobre si las modificaciones ponen en peligro a la Pymes, respondió que no, pues los retos que enfrentan, subrayó, son de otro tipo.
Destacó que los sindicatos también tendrán que hacer cambios, ya que deberán trabajar por el bien de los agremiados, sobre todo cuando las empresas no puedan subir los salarios.
“En ese caso no tenemos mucho que temer, porque ningún sindicato que realmente esté buscando el bien de sus trabajadores va a quebrar a la empresa. Sería una tontería. Ahora, si su interés es chantajear, eso es otra cosa”, apuntó.
Si la empresa tiene recursos para mejorar las remuneraciones, agregó, entonces el sindicato puede actuar.
“Confío en que vamos a tener mejores sindicatos que busquen el bien de los trabajadores. Por tanto, si una empresa no puede pagar ese sindicato no va a exigir lo que no se puede cubrir. Sería en contra de los propios intereses de los empleados”, aseveró.
Peticiones empresariales
El Consejo Coordinador Empresarial (CCE) y los organismos que lo integran mantienen 10 puntos que, consideran, deben corregirse o agregarse.
Entre ellos destaca el artículo 784 que obliga al empleador a probar un hecho negativo, como un despido, lo cual, consideran los empresarios, es imposible.
Los artículos 927 fracción quinta y 390 tercero dejan la decisión unilateral del sindicato de estallar la huelga o diferir su fecha, por lo cual la iniciativa privada considera que “es importante establecer la posibilidad de una prórroga de común acuerdo con el empleador.”
El sector privado también argumenta que la nueva LFT no permite a los trabajadores ejercer el derecho de no pertenecer a ningún sindicato, lo que, afirma, es una limitante.
Interrogado en ese sentido, Kaplan afirmó que ese punto se podría considerar –el Senado ofreció la alternativa de parlamento abierto para discutir las inquietudes de la IP.
Sin embargo, “tampoco vería claro qué debería incorporar esa posición”, añadió el especialista.
Citó que el artículo 395, el cual no fue modificado, señala que el patrón podrá contratar a personas que estén o no afiliadas a una organización sindical.
“Tampoco la ley dice, ni antes ni después de la reforma, que a fuerza tiene que estar sindicalizado. Se podrá establecer, podrá deetrminarse y también no podrá establecerse la relación de trabajo. No veo problema a la ley como está.”
Kaplan indicó que se pueden revisar otras peticiones de la inicitiva privada, como la falta de sanciones a líderes sindicales que buscan cerrar las instalaciones de las compañías y las huelgas que no cumplen los requisitos para ser reconocidas como legales.
“Es necesario incluir un artículo 1007 bis y sancionar esa conducta cuidando la paz laboral”, ha indicado el CCE.
El economista comentó que el sector privado tiene “observaciones legítimas” cuando se pretende estallar una huelga sin haber cumplido los requisitos, sobre todo cuando se tratan de personas ajenas a las compañías.
“El sector patronal pide algunas protecciones adicionales para que no se cierren los lugares de trabajo”, dijo. “Se podrían agregar sanciones o protecciones para evitar el cierre de negocios”.
Kaplan destacó que las compañías en México deberán acostumbrarse a negociar con sindicatos que no protegen a los patrones, que no son ficticios.
Concluyó que los cambios a los juicios laborales individuales también son importantes, pues desaparecen viejas prácticas con el fin de culminar antes el proceso y que terminaban en un despido también, por lo que ahora ese tipo de procesos serán más justos y se podrán ejercer los laudos que deriven del procedimiento.
Etiqueta: Estados Unidos y Canadá (T-MEC)
Nuevos retos y perspectivas del movimiento obrero mexicano

Declaración de la Coordinadora Socialista Revolucionaria
21-05-2019
Rebelión
“El proletariado, para ser capaz de gobernar como clase, debe despojarse de cualquier residuo corporativo, de todo prejuicio o incrustación sindicalista”
Antonio Gramsci
La conmemoración del 1 de mayo de 2019 se ha realizado en medio de un proceso de recomposición de la lucha de la clase trabajadora, de nuevos esfuerzos de articulación del sindicalismo independiente y de una reciente reforma laboral que abre importantes oportunidades para enfrentar al charrismo sindical y construir organizaciones sindicales auténticas.
La aplastante derrota electoral de los partidos de la derecha, PRI y PAN -que auspiciaron y protegieron la existencia de un aparto corporativo burocrático que mantuvo oprimida y maniatada a la clase trabajadora a lo largo de casi 80 años-, ha generado mayor confianza en la clase trabajadora para destruir a ese aparato, democratizar sus organizaciones sindicales y alcanzar mejores condiciones de vida y de trabajo. Esa es la razón que explica el histórico triunfo de las 96 huelgas de la maquila en la ciudad de Matamoros, Tamaulipas, a principios de año; del repunte de huelgas del sindicalismo universitario, de disputas por la titularidad de contratos colectivos o la formación de corrientes sindicales disidentes en gremios tan importantes como el petrolero, seguro social, la educación, entre otros.
Después de muchos años de no hacerlo, la plaza del Zócalo de la Ciudad de México se vio nuevamente desbordada por contingentes del sindicalismo independiente de la Nueva Central de Trabajadores (NCT), la Unión Nacional de Trabajadores (UNT) y del Sindicato Minero. Grandes movilizaciones también se realizaron en otras entidades de la república en donde también participaron contingentes de la combativa Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación (CNTE), corriente democrática al interior del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE).
Ese mismo día fue promulgada una nueva Ley Federal del Trabajo, reglamentaria del artículo 123 constitucional, que contiene medidas progresivas, por lo menos en el papel, que otorga a los trabajadores mayores recursos legales para disputar al charrismo la representación sindical; la obligación del voto universal, directo y secreto; crear nuevas organizaciones sindicales; impedir la formación de sindicatos de protección patronal (blancos); consultar a la base para aprobar la firma de los Contratos Colectivos de Trabajo (CCT); acceder a su registro público y de las organizaciones sindicales; obligar a los patrones a cotizar al Seguro Social con el salario real de los trabajadores y entregar a cada trabajador ejemplares de los CCT y sus modificaciones, entre otras cosas.
Estos avances son viejas demandas por las cuales ha luchado el sindicalismo independiente desde hace décadas y que ahora son posibles porque están acompañadas de la presión del sindicalismo de Estados Unidos y Canadá para que el capítulo laboral (Anexo 23-A) del Tratado México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC) obligara a México a realizar cambios en materia de justicia laboral y libertad sindical. A esta misma lógica obedece la ratificación, por parte del nuevo gobierno de Andrés Manuel López Obrador (AMLO), del Convenio 97 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva.
Para que estos logros no queden en letra muerta, es muy importante que las dirigencias sindicales conozcan el contenido y alcance de esta reforma y elaboren estrategias para impulsar la sindicación de los trabajadores no organizados (casi el 90 por ciento del total de la fuerza de trabajo), disputar al interior o como sindicatos independientes, la representación sindical; unificar en una misma organización democrática e independiente del gobierno, y de cualquier partido político, al conjunto del sindicalismo independiente y democrático. Se ha abierto una coyuntura muy favorable para que la clase trabajadora mexicana alcance su objetivo más preciado y estratégico: enviar al charrismo sindical al basurero de la historia. Lograrlo significará un verdadero golpe mortal al viejo régimen de dominación priista.
Los avances que representa esta reforma no pueden hacernos olvidar, ni por un momento, que aún queda pendiente revertir la reforma neoliberal de 2012 que legalizó la precariedad laboral al reglamentar laxamente el outsourcing; facilitar y abaratar el despido de trabajadores; reducir a un año el derecho a salarios caídos en caso de litigio y establecer el pago por hora; ampliar los contratos temporales a prueba y capacitación y atentar contra la bilateralidad de la relación obrero patronal al permitir acuerdos individuales entre patrones y trabajadores.
Aún reconociendo la bondad de algunas medidas de la política laboral obradorista –agreguemos el aumento a los salarios mínimos nacionales del 16 %, en la frontera norte del 100 %, becas para estudiantes y trabajadores jóvenes, eliminar el carácter punitivo de la evaluación magisterial e impulsar el fortalecimiento de empresas estratégicas como Petróleos Mexicanos (PEMEX) y Comisión Federal de Electricidad (CFE) y la no represión a movilizaciones sociales-, todavía son insuficientes para confiar en que su gobierno ha emprendido un curso antineoliberal. Menos aun cuando debemos mantener una postura crítica ante las decenas de miles de despidos de empleados públicos ocasionados por la “austeridad republicana”, la intromisión en la vida interna del Sindicato Mexicano de Electricistas (SME), el mantenimiento de un tope a los salarios mínimos y profesionales, su reticencia a dialogar con las direcciones del sindicalismo independiente o dejar en pie aspectos fundamentales de la reforma educativa de Enrique Peña Nieto.
El movimiento sindical no debe bajar la guardia ante el gobierno de AMLO. Debe mantener en alto reivindicaciones como la de revertir las reformas neoliberales del 2012; recuperar gradualmente la pérdida del 70 por ciento de la capacidad de compra de nuestro salario, producto de 30 años de neoliberalismo; reducir la jornada laboral a 35 horas semanales; regresar al régimen solidario de pensiones y por el control de las organizaciones sindicales de los fondos de pensiones; revertir las reformas neoliberales en materia educativa y energética; aplicar un impuesto progresivo a las grandes fortunas; demandar una auditoria a la deuda pública y desconocer las deudas odiosas.
Es muy importante que el sindicalismo democrático comprenda que se ha abierto una nueva coyuntura, que demanda una exacta comprensión de los cambios políticos acontecidos, para elaborar una nueva estrategia y táctica para emprender la ofensiva en contra del charrismo sindical y fortalecer la auto organización de la clase trabajadora. Es insensato continuar utilizando las mismas formas de lucha ante un gobierno diferente al PRI y al PAN, aunque tampoco haya roto con el neoliberalismo.
Sobre todo, es necesario superar las visiones gremialistas e inmediatistas, tan arraigadas en el conjunto del sindicalismo mexicano, construyendo una visión de clase y de largo plazo, es decir que, sin perder de vista el objetivo de nuestra emancipación total, tengamos la capacidad de pensar políticamente y actuar localmente. Es la capacidad de construir un movimiento que abarque al conjunto de la clase trabajadora –convirtiéndose en el caudillo de una nación oprimida como la nuestra (hegemonía)-, y su aplicación en sus propios espacios, lo que convierte a los gremios en su conjunto en una clase.
http://www.rebelion.org/noticia.php?id=256221
La reforma laboral en México: ¿qué sigue? (I)
Esta es la primera parte de un detallado análisis sobre modificaciones en la legislación laboral de México
por
HÉCTOR GONZÁLEZ L., SANTIAGO MARVÁN U., HÉCTOR GONZÁLEZ G., NELSON GUERRERO R., EMILIO I. GARZÓN J. Y CRISTIAN J. LAMAS
13/05/2019
En una fecha simbólica, el 1 de mayo, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por virtud del cual se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de: la Ley Federal del Trabajo; la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; la Ley Federal de la Defensoría Pública; la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores; y de la Ley del Seguro Social, en materia de justicia laboral, libertad sindical y negociación colectiva mexicana.
La reforma ha generado expectativas e incertidumbre por su condicionamiento frente al Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), el proceso legislativo y la poca participación del sector empresarial.
A continuación, les dejamos la primera parte de un análisis de algunos de los puntos más importantes de estas modificaciones.
Relaciones individuales de trabajo
La estabilidad en el empleo sufrirá una transformación. Por un lado, la reforma prevé la posibilidad de que el patrón termine la relación de trabajo con (i) los empleados de confianza, (ii) aquellos de menos de un año de antigüedad, (iii) trabajadores del hogar, (iv) eventuales, o bien (v) aquellos que por razón de sus servicios estén en contacto directo y permanente con este. Esto se contemplará mediante la tramitación de un procedimiento paraprocesal, por virtud del cual depositará ante un tribunal laboral el importe de la indemnización correspondiente.
En segundo término, la reforma establece que la negativa del despido y el ofrecimiento del empleo al trabajador no eximirá al patrón de probar su dicho. Esto quiere decir que el patrón deberá acreditar la inexistencia del despido, por lo que quedará en desuso el ofrecimiento del trabajo como una estrategia de defensa.
Por otro lado, la falta de la entrega del aviso de rescisión ya no hace el despido injustificado por definición legal. Esta omisión solo presume la injustificación del despido, ya que admite prueba al contrario. Así, se abre la posibilidad de que, en juicio, se pueda probar la justificación del despido, a pesar de no haber entregado o notificado el aviso.
Los trabajadores del hogar serán susceptibles de aseguramiento ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), bajo el régimen que las leyes de la materia expidan, por lo que dicho derecho no es exigible a la fecha.
Sindicatos y contratación colectiva
La reforma regula, exhaustivamente, la creación y administración de los sindicatos. El nuevo modelo se sustenta en la democracia y representatividad, procurando asegurar la libertad de negociación colectiva y los intereses de sus integrantes. Los sindicatos deberán cumplir con requisitos formales que demuestren procesos democráticos, transparencia en su gestión, administración de recursos y limitar sus actividades inherentes a los fines legales previstos.
Las actividades y fines sindicales se regulan con mayor detalle. A partir de la reforma, podrán establecer y gestionar sociedades cooperativas y cajas de ahorro para sus afiliados. Estarán, sin embargo, expresamente impedidos, entre otras cosas, para participar en esquemas de evasión de contribuciones o incumplimiento de obligaciones patronales respecto a los trabajadores, o participar en actos de simulación asumiendo el carácter de patrón.
De igual forma, se sancionan los actos de extorsión sindical, incluso con la cancelación de su registro.
La contratación colectiva estará supeditada a la obtención de una constancia de representatividad. Esta constancia se tramitará ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral. Exige el apoyo del 30 % de los trabajadores del centro de trabajo en que aplicaría el contrato colectivo y tendrá una vigencia de seis meses.
El ejercicio del derecho a huelga para solicitar la celebración de un contrato colectivo estará condicionado a la obtención de la constancia de representatividad. Para el registro de un contrato colectivo de trabajo o convenio de revisión, será necesario someter a votación de los trabajadores el contenido del mismo.
https://www.lexlatin.com/opinion/la-reforma-laboral-en-mexico-que-sigue-i
Tema laboral en T-MEC no debería ser controversial: Citibanamex

De acuerdo con Citibanamex, el reporte de la USITC subvalora los elementos negativos para México.
María Del Pilar Martínez
08 de mayo de 2019, 23:53
Los temas laborales dentro del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC) no deberían ser controversiales y la evaluación de la Comisión de Comercio Internacional de Estados Unidos (USITC, por su sigla en inglés) es positiva; el objetivo es asegurar que todas las partes reconozcan y cumplan sus obligaciones como miembros de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
Así lo refiere el estudio de Citibanamex “T-MEC: Cómo se ven las cosas desde la perspectiva mexicana”, en donde detalla que como parte de sus compromisos en el CPTPP, México había iniciado el proceso para hacer los cambios legislativos necesarios para cumplir con este requisito.
“En este sentido, la aprobación de la reforma laboral por el Senado de México el pasado 29 de abril, que en los anexos del T-MEC se estipula como necesaria para la entrada en vigor del acuerdo, debe considerarse como parte de un proceso que comenzó en junio del 2016, cuando esa misma instancia legislativa aprobó varias reformas que involucran los litigios en cuestiones laborales. Por lo tanto, las cosas se están moviendo en la dirección deseada”, expuso.
De acuerdo con la USITC, en parte de los beneficios, que los demócratas en el Congreso de EU ven atractivos en los cambios que se han dado en materia laboral en México, se encuentra el aumento de 17.2% en los salarios del personal sindicalizado mexicano impulsado por la adopción de la negociación colectiva, que también tendría un impacto positivo (aunque marginal) en los salarios en EU.
Pese a que los acuerdos comerciales de EU, durante más de una década, se han basado para garantizar su cumplimiento en un texto estándar en los capítulos laborales , y este es también el caso del T-MEC, en esta ocasión los legisladores norteamericanos ya no están convencidos de que esto sea suficiente. Los representantes de Estados Unidos ven al T-MEC como una oportunidad para eliminar vacíos legales y garantizar el pleno cumplimiento de los compromisos laborales (por ejemplo, tener inspectores de los socios, asegurando que se respeten los compromisos laborales ), refiere el estudio.
Los resultados de los ejercicios de la USITC, por ejemplo, suponen que la legislación de negociación colectiva en el T-MEC debería reflejarse en un aumento en la tasa de sindicalización en México, y eso es lo que resultaría en que los salarios de los trabajadores sindicalizados subieran 17.2 por ciento.
Para México, indica, “plantea dos cuestiones importantes: la primera es de una naturaleza económica y gira en torno a si una mayor tasa de sindicalización podría conducir a una segmentación del mercado laboral y a una tasa de empleo subóptima: este es un tema clave que merece una discusión más formal; y un segundo aspecto está en el ámbito de la economía política: ¿el resurgimiento de un movimiento obrero en México recrearía una estructura corporativista dentro de Morena?”.
pmartinez@eleconomista.com.mx
https://www.eleconomista.com.mx/empresas/Tema-laboral-en-T-MEC-no-deberia-ser-controversial-Citibanamex-20190508-0155.html
Resurgiría T-MEC viejo sindicalismo: Citibanamex

Agencia Reforma
Ante aumento de sindicatos en el País, en el marco del T-MEC, podría resurgir el movimiento obrero en México, dijo Citibanamex.
Ante el aumento de sindicatos en el País, efectuados como parte de los cambios laborales del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), es necesario cuestionar la posibilidad de que pueda haber un resurgimiento del movimiento obrero en México dentro Morena, señaló Citibanamex.
Su nota «T-MEC: Cómo se ven las cosas desde la perspectiva mexicana» retoma los resultados de los ejercicios dados a conocer en el reporte de la Comisión de Comercio Internacional de Estados Unidos (USITC, por sus siglas en inglés), en el cual se destaca que la legislación de negociación colectiva en el T-MEC debería reflejarse en un aumento en la tasa de sindicalización en México, con el fin de que los salarios de los trabajadores dentro del sistema suban 17.2 por ciento.
«¿El resurgimiento de un movimiento obrero en México recrearía una estructura corporativista dentro de Morena similar a la de la Confederación de Trabajadores Mexicanos (CTM) con el PRI?», cuestiona el documento.
Asimismo, la nota destaca que el resurgimiento de dicho movimiento es una razón para esperar el apoyo al T-MEC por parte de las organizaciones de trabajo en Estados Unidos y Canadá, pues el presidente de la Comisión del Senado encargada del asunto, Napoleón Gómez Urrutia, tiene una relación cercana con sus homólogos en ambos países.
Si bien es cierto que el reporte de la USITC destaca los aspectos positivos para Estados Unidos, no retoman los aspectos negativos para México.
«Desde la perspectiva mexicana, creemos que el reporte subvalora los elementos negativos para México, incluidas las ganancias comerciales, los efectos arancelarios y no arancelarios, desbalanceados beneficios de modernización, efectos posiblemente adversos para el mercado laboral mexicano, y flujos migratorios.
«Anticipamos que el peso pueda ayudar a amortiguar posibles choques a la economía mexicana, aunque prevalece cierta incertidumbre, desde nuestra perspectiva», reza la nota.
Por ejemplo, señala, el T-MEC elimina los mecanismos de solución ante disputas de inversionistas-estado entre Estados Unidos y México, excepto en cinco sectores, por lo que se podría desviar la inversión que se haría en el País hacia su vecino del norte.
«Para evitar este impacto, México tendría que enfocarse (y) robustecer sus propios mecanismos de protección de la inversión», advierte la nota.
También destaca que el nuevo tratado involucra muy pocos cambios en términos de protección arancelaria y el principal se refiere a reglas de origen (RO) más estrictas, particularmente para el sector automotriz.
Con la publicación del reporte técnico de la USITC sobre el T-MEC, el pasado 19 de abril, el proceso de ratificación entró a su última fase, señala Citibanamex.
«La USITC es muy consciente de que el efecto de reducir la incertidumbre política constituye un impacto no convencional y por eso el reporte ofrece un rango de resultados bajo diferentes supuestos acerca del peso de estos factores. Las figuras destacadas por los medios se encuentran de hecho bajo el supuesto de un impacto ‘moderado'», destaca.
Asimismo, la institución puntualiza que en caso de que la reducción en la incertidumbre política tuviera un alto impacto en la economía de EU, daría ganancias a su PIB de 1.21 por ciento en lugar de 0.35 por ciento.
Pero si se asume que estos efectos son inexistentes, el resultado es una pérdida neta de 0.12 por ciento en el PIB.
Si bien es cierto que en el T-MEC se retoman algunos temas del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLC), también incluye otros del Tratado de Integración Progresista y Asociación Transpacífico (TIPAT), como comercio digital, empresas estatales, empresas pequeñas y medio tamaño y transparencia y anticorrupción, puntualiza la nota.
http://www.zocalo.com.mx/reforma/detail/resurgiria-t-mec-viejo-sindicalismo
Acuerdo bilateral abrirá paso a una nueva CTM: Citibanamex
MIÉRCOLES 8 DE MAYO DE 2019
La Confederación Internacional de Trabajadores puede convertirse en el brazo sindical del nuevo gobierno, pronostica Citibanamex
Napoleón Gómez Urrutia, presidente de la Comisión del Trabajo en el Senado de la República, durante un mitin en el Día del Trabajo / Foto: Mauricio Huizar
Juan Luis Ramos | El Sol de México
La ratificación del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (TMEC) puede generar el resurgimiento de un movimiento obrero nacional con una estructura corporativista dentro de Morena, el partido en el poder, similar a que tuvo la Confederación de Trabajadores Mexicanos (CTM) con el PRI, y el cual está bajo la batuta de Napoleón Gómez Urrutia.
De acuerdo con un análisis de Citibanamex al reporte que hizo la Comisión de Comercio Internacional de Estados Unidos (USITC, por sus siglas en inglés) sobre el acuerdo trilateral, México enfrenta riesgos en materia laboral, como una gran estructura sindical.
El pasado 23 de abril, Richard Trumka, presidente de la Federación Estadounidense del Trabajo y Congreso de Organizaciones Industriales, el sindicato más grande de Estados Unidos, esgrimió ese argumento para oponerse a la ratificación del tratado.
Según afirmó, «falsos sindicatos» mexicanos afiliados al gobierno habían negociado 700 mil contratos colectivos ilegítimos diseñados para bajar los salarios.
«Eso significa que tendrán que cambiar 175 mil (contratos colectivos) al año durante los cuatro años que se les ha otorgado en el acuerdo y tendrán que tener 175 mil elecciones» sindicales para aprobarlos, dijo.
En sentido contrario, el reporte de la USITC, entre los beneficios que Estados Unidos ve en el TMEC está el aumento de 17.2 por ciento en los salarios del personal sindicalizado mexicano.
El análisis advierte que una mayor tasa de sindicalización puede conducir a una segmentación del mercado laboral y a una tasa de empleo subóptima.
Foto: Cuartoscuro
Además, el documento indica que existe la posibilidad de que la Confederación Internacional de Trabajadores, sindicato liderado por Gómez Urrutia, se convierta en un brazo del gobierno federal, como fue la CTM para el PRI.
“Ésta es una razón para esperar el apoyo al acuerdo por parte de las organizaciones de trabajo en Estados Unidos y Canadá, ya que el presidente de la comisión del Senado encargada del asunto (Napoleón Gómez Urrutia) tiene una relación cercana con sus homólogos”, detalla.
El objetivo de integrar temas laborales en el tratado comercial es asegurar que todas las partes cumplan sus obligaciones como miembros de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
Incluso, el mes pasado, la Cámara de Representantes en Estados Unidos advirtió que el Congreso de ese país no ratificará el TMEC, hasta que se concrete la aprobación de una reforma laboral en México.
El Senado avaló el cambio legislativo en la materia en México el pasado 29 de abril, el cual era necesario para la entrada en vigor del acuerdo.
Pese a ello, la armonización de las condiciones laborales fue uno de los temas más sensibles para ratificar el TMEC.
https://www.elsoldemexico.com.mx/finanzas/acuerdo-bilateral-abrira-paso-a-una-nueva-ctm-citibanamex-3589610.html
Unilateralismo: principal riesgo en la aprobación del T-MEC

Por Luis Fernando de la Calle
08/05/2019
Donald Trump, el presidente arancel como se llama a sí mismo, no es un aislacionista, sino un unilateralista. Él está convencido de que sus constantes amenazas de imposición de aranceles son una efectiva estrategia de negociación. Está seguro de que la posibilidad de aranceles convenció a Canadá y México para aceptar concesiones en el Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), de que la negociación con China sólo es resultado de los aranceles que le impuso, de que Japón y la Unión Europea parecen dispuestos a negociar sólo por la amenaza de futuros aranceles a la importación de coches. En realidad, es poco lo que ha obtenido con las amenazas, con credibilidad decreciente.
Que estas amenazas sean violatorias de los compromisos internacionales de Estados Unidos y de sus propias leyes internas, al abusar de la excepción de seguridad nacional bajo la sección 232 cuando no hay ninguna justidcable, representa sólo un detalle para un presidente acostumbrado al hostigamiento en el ámbito de bienes raíces y a la extorsión para obtener las mejores condiciones como desarrollador de inmuebles.
El principal obstáculo para concluir un acuerdo con China y resolver las fricciones comerciales bilaterales es quizá la insistencia de Estados Unidos de poder poner aranceles de manera unilateral bajo la sección 232 (de seguridad nacional) o 301 (por violaciones supuestas a la propiedad intelectual) y sin que China pueda tomar represalias para contrarrestarlas. Es decir, convertir a las autoridades comerciales de Estados Unidos en juez y parte para que, sin un mecanismo de solución de controversias mediante, se puedan dirimir las diferencias entre socios comerciales.
El proceso de aprobación del T-MEC puede, y debe, ser ahora inminente una vez que la Comisión de Comercio Internacional de Estados Unidos ha emitido su estudio de evaluación sobre el impacto económico, determina que es mínimo en términos de crecimiento y empleo en vista de la apertura que ya se vive con el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) en vigor) y con la promulgación de las reformas a la Ley Federal del Trabajo en México para adecuarla al Anexo 23-A del T-MEC. A través de estas reformas se garantizan en el país la libertad de asociación y la democracia sindical, desaparecen las juntas de conciliación y arbitraje tripartitas, y se crean centros de conciliación y registro de naturaleza independiente.
Como en ocasiones anteriores, las dificultades para la aprobación del nuevo tratado se darán mucho más en Estados Unidos que en Canadá y en México. Cualquier aprobación comercial en Washington es compleja, cuando se trata de dos de sus socios comerciales más importantes aún más. Canadá y México son su primer y segundo mercado en el mundo (en poco tiempo será al revés), mientras que México es su segundo proveedor (detrás de China) y Canadá el tercero. China y México ya se disputan el título de primer o segundo socio comercial de Estados Unidos en el mundo. De hecho, el argumento más sólido para lograr la aprobación es recordar a los congresistas estadounidenses que la forma más exitosa para competir con China es una mayor integración en la región y con México como la plataforma global de exportación de América del Norte.
La aprobación del T-MEC requiere resolver la imposición de aranceles al aluminio y acero canadienses y mexicanos bajo la sección 232, así como atender la demanda de un número de representantes demócratas que exigen un mecanismo efectivo para asegurar la aplicación de las nuevas disciplinas laborales. La tentación de algunos en Estados Unidos, y de su propio representante comercial, es que ese país cuente con un esquema unilateral de certificación y sanción sobre posibles violaciones en la materia en México. Esta es una postura que debe rechazarse, como se ha hecho públicamente, de manera tajante.
Se cometería un grave error al aceptar un mecanismo unilateral de certificación y sanción que sería usado para amedrentar las exportaciones competitivas de México. La posición que más conviene al país, y a la estabilidad y competitividad de América del Norte, es insistir que lo que necesita el T-MEC es un mecanismo de solución de controversias eficaz para todos los temas y no sólo para el ámbito laboral. Curiosamente, los demócratas ahora tienen la oportunidad de hacer una contribución importante al restablecimiento del Estado de derecho si insisten en un mecanismo trilateral de solución de controversias eficaz. Para esto se requiere de un proceso automático para la selección de panelistas de una lista preacordada de candidatos intachables y una voluntad para sujetarse a los laudos arbitrales.
Estas modificaciones, que obligan a los ejecutivos de los tres países a la selección de panelistas y aceptación de laudos, pueden plasmarse en la legislación de implementación y los dictámenes que acompañen la aprobación del T-MEC en los tres países, o en una carta paralela (hay varias esta vez) complementaria del capítulo 31.
México y Canadá podrían aceptar también que las represalias que eventualmente se tomen en casos que apelen a la excepción de seguridad nacional sólo puedan imponerse con un laudo arbitral previo.
El éxito del T-MEC dependerá fundamentalmente del apego de las partes, en su aplicación, al Estado de derecho. Un sistema de solución de controversias, para todas las disciplinas, y no sólo algunas, y para todas las partes, es la única manera de hacerlo.
Las próximas semanas serán decisivas; el riesgo de una disposición unilateral no es menor.
Twitter: @eledece
http://www.eluniversal.com.mx/columna/luis-fernando-de-la-calle/cartera/unilateralismo-principal-riesgo-en-la-aprobacion-del-t-mec
Durango: La reforma laboral, compleja pero sustantiva: Vicente Reyes
LUNES 6 DE MAYO DE 2019
Da beneficios para empleados y empresarios
Vicente Reyes, titular de la JLCyA.
Por: César Acosta Amaya
Gómez Palacio, Durango.- A pesar de que en un futuro habrá de desparecer la Junta Local de Conciliación y Arbitraje por los cambios en la Reforma Laboral, Vicente Reyes Solís, titular de este organismo en Gómez Palacio, sostiene que ésta, a pesar de ser compleja, será sustantiva por las innovaciones que evitará, confusión de abogados u organizaciones.
Este cambio, añade, será integral donde no habrá ni fusión, como tampoco mutación, ya que el cambio viene a convertir a la JLCyA en juzgados laborales bajo la tutela del Poder Judicial de la Federación.
Explicó el funcionario, que la próxima reforma, modificaría 650 artículos y no sólo de la Ley Federal del Trabajo, sino las funciones de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, de la Ley del Seguro Social, la Ley de Infonavit, entre otros conceptos que están vinculadas a la misma legislación.
Es cierto, muchas leyes se modificarán a partir de esta reforma, “pero veo una innovación jurídica muy relevante, ya que ofrece de entrada una certidumbre de que toda presentación de una demanda laboral por despido injustificado, el trabajador tendrá que aportar las pruebas de su dicho y no como era anteriormente en que su palabra era suficiente basado en una legislación proteccionista de 1917”, asumió.
Esto evitará abusos dentro de los procedimientos por parte de los trabajadores que recurran, es decir, obliga a una corresponsabilidad de partes, donde empresa y empleado tendrá que probar lo que señala en alguna queja.
Destaca que dicha legislación responde a las necesidades de los países firmantes del nuevo Tratado Comercial de México, Estados Unidos y Canadá T-MEC.
No obstante, Reyes Solís, muestra dudas en esta nueva etapa legislativa en el terreno laboral, ya que para el registro de sindicatos se habrá de crear un organismo único a nivel nacional que dará validez y reconocimiento a todos los gremios existentes o que se vayan a crear, cuando en la actualidad basta con acudir a la Junta Local de Conciliación y Arbitraje y solicitar su registro, cumplir con los requisitos y recibir en determinado tiempo la toma de nota, ya que ello concentraría mucho poder y burocracia a la vez en una sola figura.
La desaparición de las JLCyA podrá llevarse tiempo, partiendo de que en la asignación presupuestal de este año no contempló recursos para la creación de los Juzgados Laborales, los cuales se debe precisar, no serán una fusión, ni mutación de las juntas actuales.
En su caso, las juntas locales, se quedarán para desahogar los rezagos que hubiesen, es decir servirá de apoyo solamente
Vicente Reyes Solís
https://www.noticiasdelsoldelalaguna.com.mx/local/gomez-palacio/la-reforma-laboral-compleja-pero-sustantiva-vicente-reyes-3460004.html
Prevén más cartas paralelas en T-MEC

Agencia Reforma
Aunque T-MEC cuenta con cartas, con especificaciones sobre algún punto, se podría agregar otra sobre tema laboral antes de su ratificación.
Aunque el Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC) ya cuenta con cartas paralelas, en las que se hacen especificaciones sobre algún punto o tema, antes de ratificarlo se podrían agregar otra sobre el tema laboral, prevén expertos.
La Carta 232, que ya entró en vigor desde la firma del T-MEC el pasado 30 de noviembre, es la más conocida.
En ella se aclara el blindaje a 2 millones 600 mil vehículos para pasajeros enviados de México a Estados Unidos y 108 mil millones de dólares en autopartes, esto en caso de daño a la seguridad de los estadounidenses, según lo marcado en la Sección 232.
«Yo no creo que se vaya a reabrir toda la discusión (renegociación), pero es probable, no me sorprendería, que hubiera cartas paralelas o algún acuerdo paralelo; que los demócratas exijan mayores disciplinas en materia laboral y se incluyan a través de estos acuerdos paralelos. El proceso va a ser políticamente complicado», consideró Hugo Perezcano, director adjunto de Derecho Económico Internacional en el Centro para la Innovación de la Gobernanza Internacional (CIGI).
Las cartas o acuerdos paralelos podrían ser considerados como capital político en Estados Unidos, en el sentido de que los demócratas se las solicitarían a México o dejarían de pedir si Donald Trump, por ejemplo, aprueba ciertas leyes o cambia su política migratoria, explicó Carlos Véjar, socio del despacho Holland and Knight.
El viernes, el subsecretario de Relaciones Exteriores, Jesús Seade, dijo a un medio de Estados Unidos que no aceptará otro mecanismo de cumplimiento laboral ni apoyará la reapertura del T-MEC.
http://www.zocalo.com.mx/reforma/detail/preven-mas-cartas-paralelas-en-t-mec
México no apoyaría reabrir negociación del T-MEC: Seade
Las disposiciones laborales en el acuerdo son de gran alcance, no hay nada más que se pueda agregar, dijo el subsecretario para América del Norte.
Roberto Morales
06 de mayo de 2019, 00:09
El gobierno de México dio un ultimátum a los legisladores demócratas de Estados Unidos en el sentido de que no aceptará un mecanismo de cumplimiento laboral más sólido que el ya negociado en el nuevo pacto comercial de América del Norte.
También planteó que no apoyará la reapertura de las negociaciones del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), el acuerdo que sustituiría al Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN), vigente desde 1994. “No vemos qué más es necesario o posible”, dijo Jesús Seade, subsecretario para América del Norte de la Secretaría de Relaciones Exteriores, al medio estadounidense Politico en una entrevista el viernes.
En el T-MEC, México acordó desarrollar e implementar reformas con el fin de fortalecer sus leyes laborales para proteger la negociación colectiva y para reformar su sistema de administración de justicia laboral.
Además, México creará un centro independiente y autónomo que verifique la “democracia sindical” y un consejo trinacional, junto con sus socios de América del Norte, para comprobar el funcionamiento en materia laboral del T-MEC.
Seade enfatizó que México hará cumplir las reformas laborales en su totalidad porque es una de las principales prioridades del presidente Andrés Manuel López Obrador, y no porque Estados Unidos obligue al gobierno mexicano a hacerlo. “En el momento en que hay una desviación de los compromisos, Estados Unidos tiene los medios para ejercer represalias, para ejercer presión a través de la solución de diferencias. Eso no debe minimizarse”, añadió Seade.
En particular, el T-MEC obliga a eliminar los llamados contratos de protección, que son contratos colectivos firmados por los patrones con los sindicatos a espaldas de los trabajadores, intercambiando dinero y prebendas de diverso tipo para conseguir discrecionalidad en el manejo de las relaciones laborales.
“Las disposiciones laborales en el acuerdo son de gran alcance. Es un completo paquete de buenas prácticas laborales. No hay nada más que puedas querer”, agregó Seade.
Los comentarios de Seade se producen cuando la presidenta de la Cámara de Representantes, Nancy Pelosi, y los demócratas han intensificado los llamamientos para que la administración de Trump realice cambios en el texto del T-MEC. Pelosi ha dicho específicamente que la aplicación del acuerdo es el tema general que debe tratarse como parte del acuerdo, no a través de una carta paralela o una legislación posterior, antes de que los demócratas consideren el remplazo del TLCAN. Los demócratas quieren disposiciones laborales más fuertes, pero también cambios en el ambiente del acuerdo y las disposiciones de medicamentos recetados.
Aunque la ratificación del acuerdo es la principal prioridad legislativa para la administración de Trump este año, el representante de Comercio de Estados Unidos, Robert Lighthizer, dijo que la administración no presentará un proyecto de ley para implementar el pacto hasta que Pelosi lo solicite.
Seade llevó a cabo una visita de trabajo en Washington, en donde sostuvo diversas reuniones con funcionarios del gobierno de EU, incluyendo Lighthizer, quien se mostró confiado en que el proceso de ratificación por parte del Congreso de Estados Unidos será realizado en los próximos meses, y manifestó su satisfacción con la recién aprobada reforma laboral, de acuerdo con un comunicado de cancillería.
rmorales@eleconomista.mx
https://www.eleconomista.com.mx/empresas/Mexico-no-apoyaria-reabrir-negociacion-del-T-MEC-Seade-20190506-0004.html
La reforma laboral: consecuencia palpable del T-MEC
6 MAY, 2019
Esta reforma les otorga considerables beneficios a los trabajadores a saldo de la productividad laboral
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El 11 de abril, la Cámara de Diputados aprobó la nueva reforma laboral. Posteriormente, el 29 de abril, la Cámara de Senadores la ratificó sin modificaciones. Con esto, finalizó un proceso que inició el 20 de octubre de 2018 con la presentación de 13 iniciativas relacionadas al tema.
La reforma laboral aprobada es resultado de las demandas estadunidenses para la aprobación del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC) ya que, a diferencia del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN), cuenta con un capítulo específico, el Capítulo 23, para definir las reglas laborales de los miembros y México no cumplía con la mayoría de los requerimientos.
La reforma, que fue propuesta por el grupo legislativo de Morena, está basada en tres aspectos principales, mismos que, además de ser el centro de los acuerdos del Capítulo 23 del T-MEC, están diseñados para otorgarle mejores herramientas de defensa al trabajador. A continuación, una descripción de estos:
•Democracia sindical y libertad de negociación colectiva. Artículo 590-B. A través de la adición del artículo 590-A se crea el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL) que será descentralizado y autónomo. Fungirá como registrante de sindicatos y contratos colectivos y será reemplazo de las juntas de conciliación y arbitraje. El CFCRL estará sujeto a la regulación de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), específicamente bajo el convenio 87 (libertad sindical y protección del derecho de sindicación) y el convenio 98 (derecho de sindicación y de negociación colectiva), tal como se acordó en el T-MEC.
•Derechos Fundamentales y Perspectiva de Género. Artículo 28. Todo contrato de trabajo debe de ser sometido a la aprobación del (CFCRL) y posteriormente a la aprobación de los trabajadores, con el afán de reforzar la verdadera contratación colectiva. Además, se debe establecer en los estatutos de los sindicatos que las directivas sindicales deben estar conformadas por el principio de proporcionalidad de género y se fortalece la tutela de derechos cuando exista discriminación en el empleo de acuerdo con el Protocolo Palermo de la Organización de las Naciones Unidas.
•Nueva justicia laboral. El encargado de impartir la justicia laboral ahora será el Poder Judicial de la Federación y los Poderes Judiciales locales en juicios predominantemente orales, sólo si la etapa de conciliación no fue exitosa. Con el propósito de evitar la prórroga de los juicios de conflictos laborales causada por la búsqueda para notificación de los implicados, el CFCRL les asignará un buzón electrónico a los participantes del juicio. Este fungirá como el nuevo mecanismo de comunicación oficial a lo largo del proceso.
En contraste con la reforma laboral del 2012, que se diseñó para aumentar la competitividad de las empresas, la reforma laboral del 2019 les otorga considerables beneficios a los trabajadores a saldo de la productividad laboral.
La reforma del 2012 incorporó elementos, que no sufrieron alteraciones en la nueva reforma, como la contratación a través del outsourcing, la contratación de prueba y la contratación por horas que aumentan la productividad de las empresas. De acuerdo con la Comisión de Comercio Internacional de Estados Unidos (USITC, por sus siglas en inglés), los cambios propuestos en la reforma del 2019 provocarán que el sueldo real de los trabajadores sindicalizados suba 17.2% en promedio en México, mientras que en EU esta cifra ascenderá a 0.27%, de tal manera las empresas estadunidenses perderán incentivos para subcontratar la producción en México.
La reforma del 2019 debería satisfacer a los congresistas estadunidenses, específicamente a los demócratas, ya que los deja sin elementos para seguirse oponiendo a la ratificación del T-MEC. Se trata de un gran logro para los trabajadores; sin embargo, la ventaja competitiva de la mano de obra mexicana podría verse afectada. Esto presenta un reto para los empresarios mexicanos en términos de la estructura de costos de producción.