Amanece el Día del Trabajo: Habemus labor lex

Se fortalece la democracia sindical a través del voto libre y secreto para elegir a los dirigentes, se establece un método muy similar al que conocemos para elegir a nuestros gobernantes.

Foto: Notimex
Por Valente Quintana*
Tal como lo teníamos previsto, este 1 de mayo de 2019, recibimos el Día Internacional del Trabajo no sólo conmemorando a los mártires que rindieron lucha y sus vidas para el reconocimiento de las conquistas de las bases trabajadoras, sino también lo recibimos con la publicación en el Diario Oficial de la Federación del Decreto que reforma de manera más trascendente la Ley Federal del Trabajo y otros ordenamientos, incitando a la mayor metamorfosis evolutiva en las relaciones laborales de nuestro país, aquí lo importante será recorrer ese camino que nos permita llevar el “incitar” al “provocar”, ya que para reformar una legislación aunque no es labor sencilla, se encuentra esta tarea en manos de nuestros legisladores, pero el cambiar de forma radical para llevar a su evolución las relaciones de trabajo, es tarea de todos los actores involucrados que sobra decir que somos todos, patrones, trabajadores, sindicatos, etc.
La Reforma que ayer nos despertó tocando la puerta de todos los mexicanos sabemos bien que se debe significativamente a la presión que se ejerció desde nuestros vecinos países norteños que solucionaron condicionar al Estado Mexicano este cambio laboral para acceder a firmar el Tratado México, EU, Canadá, para procurar mejores condiciones para los obreros mexicanos para elevar nuestra competitividad en calidad y no sólo ser atractivos a la inversión por la mano de obra barata.
Vale la pena puntualizar cuales fueron los temas de principal trascendencia que modifica esta Reforma, y como primer tema tenemos la desaparición de las Juntas de Conciliación y Arbitraje, en esencia porque a lo largo de la historia de estos tribunales de pleno derecho fueron muchos sus cuestionamientos y críticas acerca de su dependencia del Poder Ejecutivo y la falta de autonomía en sus resoluciones, como por ejemplo su papel dócil y servil en el caso de la desaparición de Luz y Fuerza del Centro. También es cierto que estos tribunales jamás fueron dotados de los recursos económicos, materiales y humanos suficientes para abatir el histórico rezago que aún es un problema por solucionar en los próximos ocho años. Por lo cual la reforma constitucional de 2017 desaparece las Juntas de Conciliación y Arbitraje para crear Tribunales Laborales dependientes del Poder Judicial, terminando de esta manera el tripartismo en la resolución de conflictos laborales, y evitando los casos de corrupción, ya que es bien sabido que en el Poder Judicial a nivel federal y local con por completo ajenos los casos de corrupción.
Como las Juntas de Conciliación y Arbitraje no solamente tenían a su cargo labores jurisdiccionales sino también administrativas, esta reforma crea órganos autónomos locales encargados de la labor conciliatoria que será una instancia previa de agotamiento obligatorio para poder acceder al procedimiento laboral, así como crea también el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (Cefecorel) para la labor conciliatoria a nivel federal, así como para llevar a cabo la labor registral de sindicatos, contratos colectivos, reglamentos interiores de trabajo. Este Cefecorel contará con oficinas en cada una de las entidades federativas, ya que se encargará del concentrado total de registros independientemente de si se trata de competencia local o federal según el objeto de la empresa o del sindicato.
Otro de los temas más importantes de la Reforma Laboral, posiblemente el más importante a mi criterio es el fortalecimiento de la democracia sindical a través del voto libre y secreto para elegir las directivas de los sindicatos, se establece también un método muy similar al que conocemos para elegir a nuestros gobernantes; ahora bien, para elegir a los líderes sindicales  se contarán con boletas, casillas, mamparas y la posibilidad del auxilio de las autoridades laborales o incluso de seguridad pública con el propósito de garantizar el voto libre y secreto de los trabajadores.
En este mismo sentido que busca garantizar la libertad sindical y la negociación colectiva, conceptos establecidos en los Convenios Número 87 y 98 de la Organización Internacional del Trabajo se buscan garantizar por medio de la consulta previa a los trabajadores para los emplazamientos a huelga por firma de contrato colectivos, lo cual se presume evitará los fenómenos de extorsión sindical, así como los famosos contratos colectivos de protección patronal que se firman a espaldas de los trabajadores, para ello un requisito previo a cualquier acción de emplazamiento a huelga o depósito de contrato colectivo será la Constancia de Representatividad, que será el resultado de la consulta a los trabajadores en el centro de trabajo, esto quiere decir que a los patrones les va a tocar lo que nunca, sentarse en verdaderas mesas de negociación colectiva con su contraparte; los sindicatos, y asimismo los sindicatos tendrán que aprender a negociar efectivamente, por y para beneficio de los trabajadores.
Otro de los puntos tocados en la Reforma y de mucho interés entre la población es el régimen de los trabajadores del hogar en el cual se establece la obligación de los patrones de dar de alta y pagar las cuotas correspondientes al IMSS, el cual iniciará su vigencia una vez que se aprueben y entren en vigor las adecuaciones normativas necesarias para la incorporación formal de las personas trabajadoras del hogar en el régimen obligatorio de seguridad social, lo cual quiere decir en buen castellano, que queda pendiente y sujeto a su adhesión en la Ley del Seguro Social.
Me gustaría recordar lo que hemos dicho ya en algunas de nuestras entregas anteriores, el primer paso que damos es esta Reforma que tiene como sentido garantizar los derechos colectivos de sindicatos y de trabajadores que muchas ocasiones llevan sentidos diferentes, debemos de seguir buscando un sano equilibrio entre los factores de la producción que fortalezcan la negociación colectiva, los derechos contractuales, y como consecuencia el desarrollo industrial y la productividad, que se traduzca en beneficios para todos, para trabajadores, para patrones y sus familias. Necesitamos de la influencia extranjera una vez más para reorientar en este caso la vida laboral, busquemos ahora no ser un país atractivo a la inversión por su barata mano de obra, o por su nulo respeto por los derechos laborales, ahora nuestra producción debe de buscar la calidad, el cambio legal de las relaciones laborales no repercute positivamente, si no trae un cambio real de cultura laboral, y eso es tarea de todos.

*Maestro en Relaciones Laborales por la Universidad de Castilla La Mancha. Maestría en Derecho Laboral en la Escuela Libre de Derecho. Profesor en las universidades Iberoaméricana y Anáhuac.
https://www.forbes.com.mx/amanece-el-dia-del-trabajo-habemus-labor-lex/

Aprueban en lo general nuevas disposiciones en justicia laboral, libertad sindical y negociación

 

Categoría: Boletines
Publicado: Lunes, 29 Abril 2019 22:57
Número 1805

  • Miembros de sindicatos, federaciones y confederaciones elegirán a sus directivas mediante voto personal, libre, directo y secreto.
  • Crea el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, al que faculta para realizar la función conciliadora en materia federal.

El Pleno del Senado de la República aprobó, en lo general, reformar la Ley Federal del Trabajo en materia de libertad sindical, justicia laboral y negociación colectiva, por 120 votos en favor, cero en contra y dos abstenciones. 
El dictamen avalado también modifica la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, la Ley Federal de la Defensoría Pública, la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y la Ley del Seguro Social, en el mismo sentido. 
Ley Federal del Trabajo
Entre las modificaciones a la misma, en su artículo 132 establece como una obligación de los patrones entregar a sus trabajadores, de manera gratuita, un ejemplar impreso del contrato colectivo de trabajo inicial o de su revisión, dentro de los 15 días siguientes a que sea depositado ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral. 
También implementar, en acuerdo con los trabajadores, un protocolo para prevenir la discriminación por razones de género, atención de casos de violencia y acoso u hostigamiento sexual, así como para erradicar el trabajo forzoso e infantil.
En el artículo 280 Bis confiere a la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos la atribución para fijar los salarios mínimos profesionales de los trabajadores del campo. En el capítulo de trabajadores del hogar, en el artículo 337, ordena a los patrones a inscribirlos al Instituto Mexicano del Seguro Social y pagar las cuotas correspondientes. 
En su Capítulo II sobre sindicatos, federaciones y confederaciones, establece en su artículo 357 que los trabajadores y los patrones, sin ninguna distinción y sin autorización previa, tienen el derecho de constituir las organizaciones que estimen convenientes, así como el de afiliarse a las mismas, con la sola condición de observar los estatutos de las primeras. 
Dichas organizaciones deberán gozar de adecuada protección contra todo acto de injerencia, de unas a otras, cuando se realice directamente o por medio de sus representantes, en su constitución, funcionamiento o administración. 
En el artículo 357 Bis señala que el reconocimiento de la personalidad jurídica de las organizaciones mencionadas, de sus federaciones y confederaciones, no estará sujeto a condiciones que impliquen restricción alguna a sus garantías y derechos. 
La reforma estipula que los miembros de los sindicatos, federaciones y confederaciones, cuentan con los derechos de libre afiliación y no pueden ser obligados a formar, o no, parte de los mismos. 
En su artículo 358 establece que la elección de sus directivas deberá ser mediante voto personal, libre, directo y secreto de sus miembros, y que el periodo de duración de las directivas no podrá ser indefinido. Además, las federaciones y confederaciones deberán constituirse por al menos dos organizaciones sindicales.
En el artículo 369 se consigna que podrá cancelarse el registro de un sindicato cuando sus dirigentes, apoderados o representantes legales extorsionen a los patrones, exigiéndoles un pago en dinero o especie, para desistir de un emplazamiento a huelga o abstenerse de iniciar o continuar un reclamo de titularidad de contrato colectivo de trabajo. 
Prohíbe a los sindicatos, en su artículo 378, obstaculizar la participación de los trabajadores en los procedimientos de elección de sus directivas sindicales. 
La reforma añade el Capítulo IX Bis, para crear el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, al que faculta para realizar la función conciliadora en materia federal y llevar el registro de todos los contratos colectivos de trabajo, reglamentos interiores del mismo y de las organizaciones sindicales.
Además, será competente para substanciar el procedimiento de la conciliación que deberán agotar los trabajadores y patrones, antes de acudir a los Tribunales. 
También confiere atribuciones a los Centros de Conciliación locales en su artículo 590-E, y estipula que tendrán el número de delegaciones que se considere necesario constituir.
En la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación establece que los Tribunales Colegiados de Circuito resolverán los conflictos de competencia y contarán con una Unidad de Peritos Judiciales -exclusivamente pericial- para auxilio específico a los tribunales en materia laboral, en los casos que lo determine la Ley.
La reforma a la Ley Federal de Defensoría Pública señala que los servicios de asesoría jurídica se prestarán, preferentemente, a las personas que dispongan los Tribunales Federales en materia laboral, en términos de la normatividad aplicable.
En la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, se modifica el artículo 23 para que su director general tenga la facultad de delegar la representación, incluyendo la facultad expresa para conciliar ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, así como ante los Tribunales federales en materia laboral.
En el artículo 53 de la misma ley, establece que las controversias entre los trabajadores o sus beneficiarios y el Instituto, sobre derechos de aquéllos, serán resueltos por los Tribunales Federales en materia laboral.
La reforma estipula, en la Ley del Seguro Social, que las controversias entre los asegurados o sus beneficiarios y el Instituto sobre las prestaciones que dicha ley otorga, deberán tramitarse ante los Tribunales Federales en materia laboral. En tanto que las que se presenten entre el Instituto y los patrones (y demás sujetos obligados), se tramitarán ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
Artículos transitorios 
En los artículos transitorios se establece un plazo de 180 días para expedir Ley Orgánica del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, después que entren en vigor los cambios realizados. 
También, un periodo no mayor a dos años para que el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral inicie sus funciones en materia de registro de asociaciones sindicales y contratos colectivos de trabajo.
Un tercer plazo, máximo de tres, años para que los Centros de Conciliación locales y los Tribunales del Poder Judicial de las Entidades Federativas, inicien operaciones. 
Finalmente, establece que en máximo cuatro años, a partir de la entrada en vigor de las este Decreto, cada delegación u oficina regional del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral iniciará la tramitación de solicitudes de conciliación que sean de su competencia, al mismo tiempo que los Tribunales del Poder Judicial de la Federación inicien su operación en el circuito judicial al que correspondan. Cada circuito judicial iniciará sus funciones en el orden y secuencia en que se determine en las declaratorias que emita el Senado de la República, a propuesta del Consejo de la Judicatura Federal, conforme a las disposiciones previstas en el presente Decreto.
Comisiones dictaminadoras
Napoleón Gómez Urrutia, presidente de la Comisión del Trabajo y Previsión Social, dijo que con la reforma se incorporan los principios de representatividad, transparencia y democracia en la vida de las organizaciones sindicales. 
Añadió que garantiza el derecho de libertad de agrupación de la clase trabajadora, y que sus decisiones sean consideradas y protegidas por la ley. La reforma contribuye al avance progresivo de los derechos de las personas asalariadas, al generar las condiciones mínimas para hacer valer el principio de libertad y democracia sindical. 
Refirió que es trascendental el establecimiento de una instancia de conciliación, como requisito prejudicial, que estará a cargo de centros de conciliación especializados e imparciales. Dijo que disminuirán los plazos de resolución. 
Ana Lilia Rivera Rivera, presidenta de la Comisión de Estudios Legislativos, Segunda, expuso que con la reforma se atienden exigencias sociales, en materia de derechos laborales colectivos, que no habían recibido atención legislativa durante décadas. 
En cuanto a la firma del contrato colectivo, detalló que el apoyo de los trabajadores mediante el voto libre, personal y secreto, constituye una garantía para la protección de la libertad de negociación colectiva.
En el rubro de las trabajadoras domésticas, señaló que los cambios deberán adecuarse a las últimas reformas en la materia, recientemente aprobadas por el Senado, a fin de completar su objetivo y reivindicar efectivamente los derechos de las trabajadoras del hogar. 
Posicionamientos 
El senador de Morena, Pedro Haces Barba, aseguró que este dictamen responde contundentemente a los enormes retos que tienen los trabajadores mexicanos. Es necesario brindar los elementos que revolucionen y fortalezcan la vida laboral de los años por venir, sobre todo en un país que cuenta con una fuerza laboral de 52 millones de trabajadores, y donde sólo uno por ciento gana más de 10 salarios mínimos al mes, precisó. 
Alejandra Noemí Reynoso Sánchez, del Grupo Parlamentario del PAN, aseguró que la reforma es una deuda histórica con la clase trabajadora. Atiende a una necesidad añeja derivada de un sistema legal obsoleto que ha frenado el desarrollo económico y laboral de las y los trabajadores. Ha impedido contar con el dinamismo productivo que se requiere para impulsar el desarrollo económico de México.
El senador Carlos Humberto Aceves del Olmo, del PRI, a su vez, indicó que el objetivo de los sindicatos es lograr certeza en el empleo, garantizar mejoras laborales y bienestar para las y los trabajadores, por lo que no se debe descalificar al movimiento obrero. La reforma aprobada da un giro total al derecho de los trabajadores mexicanos, comentó. 
En su participación, la senadora Patricia Mercado, de Movimiento Ciudadano, consideró que este nuevo modelo de justicia laboral ayudará a cerrar la brecha de desigualdad en el país, pues el respeto a los derechos de los trabajadores aumentará la productividad de éstos, y ello se traducirá en crecimiento económico.
Al fijar el posicionamiento del Grupo Parlamentario del PT, el senador Joel Padilla Peña, manifestó el respaldo de su bancada a la reforma al considerar que representa un gran avance en justicia laboral y recoge las demandas históricas de los trabajadores mexicanos.
El senador Raúl Bolaños-Cacho Cué, del PVEM, dijo que las modificaciones benefician a la clase trabajadora y contiene componentes fundamentales para el crecimiento de México. Coincidió en analizar más adelante, y en Parlamento Abierto, las observaciones que han enviado al Senado los grupos interesados.
Por el PRD, el senador Miguel Ángel Mancera dijo que la mayor parte de esta reforma tiene la intención de modernizar y adecuar la relación obrero-patronal. Sin embargo, dijo que se tienen que encontrar equilibrios entre productividad y buenas condiciones laborales, y espera que más adelante haya una discusión detallada y profunda en temas que quedaron pendientes.
En la discusión en lo general participaron los senadores Daniel Gutiérrez Castorena (Morena), Blanca Piña Gudiño (Morena), Samuel García Sepúlveda (MC), Clemente Castañeda Hoeflich (MC), Kenia López Rabadán (PAN), Enrique Murat Hinojosa (PVEM), Omar Obed Maceda Luna (PRD) y Geovanna Bañuelos de la Torre (PT). 

http://comunicacion.senado.gob.mx/index.php/informacion/boletines/44716-aprueban-en-lo-general-nuevas-disposiciones-en-justicia-laboral-libertad-sindical-y-negociacion-colectiv.html

Cambios a marco laboral se suman a incertidumbre de IP, Congreso avalará pronto y prevén más huelgas

*El viernes humo blanco en CCE, elegirán a Salazar y 27 de febrero asunción; por 3º año caerá venta de camiones y 5.5% en 2019; Sampaio también en Sanofi Pasteur
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Alberto Aguilar / Nombres, Nombres, Nombres / Heraldo de México
POR ALBERTO AGUILAR ENERO 15, 2019
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EN EL CONTEXTO de las versiones vinculadas con respecto a posibles cambios en la dirigencia del sindicato petrolero a cargo de Carlos Romero Deschamps, ya está en curso una reforma de fondo a la Ley Federal del Trabajo, justo para erradicar los sindicatos de protección tan útiles para el gobierno y las empresas en los últimos años.
Más allá del derrotero que pueda tener el desprestigiado dirigente del STPRM, la intención el gobierno de Andrés Manuel López Obrador es modificar el andamiaje legal que se utilizó en los últimos años para que la sobrevivencia de ese tipo de agrupaciones sea imposible.
Para ello el 22 de diciembre ya se publicó una iniciativa con cambios a la Ley Federal del Trabajo que se estima será aprobada sin dificultades en el próximo periodo de sesiones del Congreso.
Elaborada por la Secretaría del Trabajo que lleva Luisa María Alcalde, será apenas la tercera modificación a esa legislación desde 1970. La primera fue en 2012, sin tocar el tema de negociación colectiva, que ahora es el fondo, y la segunda en 2017.
Este es un asunto que sigue de cerca la IP vía el CCE de Juan Pablo Castañón, otros de sus organismos así como expertos.
Recordará que la ratificación del convenio 98 de la OIT por el Senado en septiembre causó agrias críticas, pese a que va en la dirección de acabar con los “sindicatos charros” en pro de una libertad de asociación.
Amén de la voluntad del actual gobierno de ir por dicho camino, la propia presión internacional contra el actual esquema laboral mexicano se ha hecho patente.
Primero en la negociación del TPP con un capítulo 19 orientado a garantizar la libertad de asociación, de negociación colectiva y de mejoramiento a justicia laboral del que surgió la reforma del 2017, cuya ley secundaria está pendiente.
Luego también en el TLCAN. Ahí EU y Canadá obligaron a México a ceñirse a un anexo con obligaciones puntuales para romper el actual estatus de contención salarial y que catalogan como “dumping”.
La prisa por publicar la iniciativa de ley laboral antes del 31 de diciembre responde a un compromiso expreso.
Las recientes alzas al salario mínimo van en la misma dirección, más allá del desfase que ya se dio con los “salarios mínimos profesionales” factor que presionará la inflación con los ajustes próximos en las negociaciones colectivas.
Es indudable que se requieren aumentar las remuneraciones, pero debe realizarse con cautela para no regresar a los 80´s. El abogado experto Oscar de la Vega dice que entonces “los salarios subían por la escalera y los precios por el elevador”.
Como parte de los cambios a la ley, los trabajadores podrán asociarse al sindicato sólo de manera voluntaria. Ya no existirán las cláusulas de exclusión como las que validan al STPRM, entre otros. En ese sentido deberán reinventarse esas agrupaciones.
También acabarán los contratos de protección que utilizaron las empresas contra los chantajes de huelga injustificados y los eternos estadios de prehuelga, para que esta figura se ajuste a la realidad de los trabajadores.
Se va a regresar a una actividad más acelerada de estos movimientos con tribunales de conciliación que deben renovarse conforme a los cambios de ley.
La IP ya se prepara a esta otra arista de cambios en la escena económica, lo que agrega incertidumbre en detrimento de la inversión.

https://heraldodemexico.com.mx/opinion/cambios-a-marco-laboral-se-suman-a-incertidumbre-de-ip-congreso-avalara-pronto-y-preven-mas-huelgas/?fbclid=IwAR3sgjtpj57l5eb82N0w4AAp0oKeEBJIA0JnQNBVy3Irt25VDpZA3gwiR_M

Astillero: Romero Deschamps, en riesgo // Democracia sindical


 
Julio Hernández López
▲ APOYO A ESTADOS FRONTERIZOS. Andrés Manuel López Obrador se reunió ayer con los gobernadores de Chihuahua, Coahuila, Sonora, Tamaulipas, Baja California y Nuevo León, a quienes anunció que aumentará al doble el número de ciudades en la frontera norte que formarán parte del programa de mejoramiento urbano.Foto La Jornada
 
Se ha presentado en el Senado una iniciativa de reformas a la Ley Federal del Trabajo que obligaría a las organizaciones sindicales a abrirse a procesos democráticos. No es solamente un cambio de la letra legal (aunque esta modificación es necesaria) sino un proceso de sacudimiento de estructuras de control político y profunda corrupción que durante décadas han subsistido y han hecho subsistir al modelo político priísta en crisis de apariencias terminales.
Los procedimientos democráticos pondrán en jaque dirigencias tan impugnadas e inaceptables como la de Carlos Romero Deschamps, uno de los ejemplos más reprobables de corrupción y abuso. Entre otras medidas, el obradorismo está decidido a frenar la transferencia convenenciera de dinero público a la élite de ese sindicato y el libre aprovechamiento de fondos, edificios y propiedades sindicales.
Pero, en el caso de los petroleros, como en el de los miembros del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación, la postura oficial será de respeto a las decisiones, libremente expresadas, de esas bases laborales. Si, a pesar de todo, Romero Deschamps triunfara en un proceso democrático (o Elba Esther Gordillo en el SNTE), el nuevo gobierno aceptaría esos resultados.
Twitter: @julioastillero
Facebook: Julio Astillero
Fax: 5605-2099 • juliohdz@jornada.com.mx

http://www.jornada.com.mx/2018/10/10/opinion/008o1pol

Urgente, que la ley se adapte a la realidad laboral de México


Sustentable/Desarrollo Humano
Aunque se logró hacer una reforma constitucional, falta que la legislación ordinaria garantice los derechos, tanto de empresarios como de trabajadores, afirma experto.
El derecho a un empleo digno ha estado en la Constitución mexicana desde el inicio, “fue pionera a escala mundial y contenía una serie de lineamientos muy proteccionistas de la clase trabajadora; sin embargo, la propia dinámica social y económica fue generando artimañas, por así decirlo, con las cuales de alguna manera burlaban la ley”, explicó en entrevista el doctor Dr. Bernardo Javier Cortés López, uno de los autores del libro Los derechos humanos laborales, elaborado por la CNDH y la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, al asegurar que, después de la reforma constitucional que se logró en materia de derechos humanos en 2012, la ley ordinaria “estaba un poco desfasada de la realidad, los empresarios siguieron buscando las vías para eludir responsabilidades y con ello creció el trabajo informal”.
Ante ese panorama, expresó el especialista, un pendiente que tendrá que abordar la próxima administración es reformar la Ley Federal del Trabajo, para la cual “el reto es lograr que no se tenga que estar regulando cada vicio que se genera; eso requiere educación cívica, cultura jurídica y que al menos el trabajador sepa qué derechos tiene. Ese es un problema grave que no se ha atendido, porque actualmente una persona deseosa de tener empleo acepta lo que le den y con cualquier condición debido a la falta de oportunidades de trabajo formal que ha prevalecido. Ya es excepcional la persona que logra obtener un empleo o seguridad social, cuando antes eso era una regla”.
Cortés López resaltó que la ley actual “no responde a la realidad que vivimos y necesitamos que las personas correctas participen en el proceso, para que cuenten lo que realmente sucede en los juzgados y en el tribunal, que muchas veces no es lo que está previsto en la ley”.
VICIOS Y ABUSOS
Cortés López, ex asesor del presidente del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, explicó que las malas prácticas frenan el desarrollo tanto de empresarios como de trabajadores, ya que en ambos casos se abusa.
Por parte de las empresas, detalló, no respetan los derechos de los trabajadores haciendo uso de la contratación por honorarios, en la cual “no se genera una relación laboral, porque esta figura, al estar enmarcada en un contrato, se regula por la materia civil, supuestamente no existe relación de subordinación. Así no se genera ninguna prestación, ni aguinaldo ni vacaciones ni seguridad social. Se fue desvirtuando la relación hasta que se tuvo que regular en 2012, pero esa reforma está desfasada de la realidad”, aseguró.
Otro problema, agregó, es que, sumado a la dificultad que tienen las empresas para encontrar talento, también hay empleados que aprovechan el marco legal para abusar. “Estuve en la trinchera y conozco los recovecos de la justicia laboral… Hay una gran lista de anécdotas de malas prácticas, pero algo que es muy reiterado es que algunos trabajadores andan brincando de empresa en empresa solamente para generar una pequeña antigüedad y poder demandarlas; son personas que viven de eso… a veces logran una conciliación que les reditúa con 10 mil, 30 mil o hasta 100 mil pesos”.
Otro factor que trunca el desarrollo laboral, aseguró, “tiene que ver con el sindicalismo, porque los sindicatos llegaban a un negocio y pedían dinero. Son verdaderas mafias que no permiten el progreso de la economía. Algunos empresarios extranjeros no quieren invertir en México por eso, porque saben que llegando va a llegar una de esas agrupaciones y les va a pedir dinero”.
La reforma a la ley ordinaria se quedó “en la congeladora” y Cortés López considera que será un pendiente de la próxima administración. “Nos quedamos en suspenso y no sabemos si con el cambio de Congreso va a prosperar. Espero que se cumpla el cambio de paradigma que se propuso para lograr un sistema de justicia laboral que a los ciudadanos no les dé miedo porque van a perder años, que sepan que en 60 días se resolverá su caso y que no haya este tipo de coyotismo, valga la expresión, con la que se abusa de la regulación”.
Para concluir, dijo, “el derecho al trabajo es sensible, si no es que el más importante después del derecho a la libertad. Me ha tocado ver personas que después de un juicio quedan fuera de sus cabales, después de vivir ese proceso ya no son quien eran antes, porque se les fueron 10 años de vida. El proceso se puede volver tortuoso; a mí me han tocado juicios de hasta 20 años y para quien atraviesa por eso es un verdadero viacrucis, incluso hay casos en los que tardan tanto sus procesos, que para cuando los reinstalan (en la empresa) ya se jubilanhttp://www.milenio.com/negocios/urgente-ley-adapte-realidad-laboral-mexico”.

http://www.milenio.com/negocios/urgente-ley-adapte-realidad-laboral-mexico

Avalan reformas a la Ley Federal de Trabajo para considerar a las exclusiones como no discriminatorias

Boletín 5290

18-04-2018.- Durante la sesión de hoy, el Pleno cameral avaló cambios al artículo 3 de la Ley Federal del Trabajo, con el objetivo de que no se consideren discriminatorias las distinciones, exclusiones o preferencias que se realicen cuando, para el cumplimiento de un trabajo específico, sea necesaria la habilidad o conocimiento que se solicite para ocupar una vacante o el cumplimiento de una labor determinada.
El dictamen, aprobado con 298 votos a favor y uno en contra y enviado al Senado de la República para sus efectos constitucionales, indica que existen determinadas labores en donde, por su propia naturaleza, se requieren de características, habilidades y/o conocimientos específicos que es necesario valorar, con mayor detenimiento, si los individuos cumplen o no con dichos requisitos.
Al fundamentar el dictamen, la diputada María Angélica Mondragón Orozco (PRI), secretaria de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, señaló que la reforma busca dotar de certeza las relaciones laborales en donde una vacante, por su propia naturaleza, deba ser ocupada por un candidato o candidata que cumpla con las cualidades necesarias para el correcto funcionamiento del centro laboral.
Además, dijo, abona en el aumento de la productividad de nuestra economía, al tiempo que salvaguarda los derechos humanos y laborales de la población económicamente activa.
Refirió que la finalidad del párrafo tercero del artículo 3 de la Ley, es el establecimiento de excepciones a la prohibición expresa de condiciones de discriminación. Se consideró viable la modificación, debido a que su intención es especificar en qué casos no se considerará aplicable la prohibición de las condiciones de discriminación que prescribe dicho artículo, comentó.
En tanto, la diputada Gabriela Ramírez Ramos (PAN), proponente de la reforma, indicó que en muchos trabajos consideran que las personas mayores solamente son cargas para la empresa y no aportan nada, por lo que es necesario apoyar a este sector y no dejar que sufran por falta de empleo, ya que son quienes tienen la experiencia, sensatez, temple y precisión para solucionar problemas, generar ideas nuevas y enfrentar desafíos laborales.
Se pronunció por eliminar toda forma de discriminación, sobre todo por motivos de edad, que es una de las que más ocurren en nuestro país y existe en el ámbito laboral. “Las personas adultas mayores representan una enorme riqueza para la sociedad, y contribuyen de manera significativa al del país”.

http://www5.diputados.gob.mx/index.php/esl/Comunicacion/Boletines/2018/Abril/18/5290-Avalan-reformas-a-la-Ley-Federal-de-Trabajo-para-considerar-a-las-exclusiones-como-no-discriminatorias

Carta abierta a los candidatos a la presidencia de los Estados Unidos Mexicanos


Ciudad de México, 28 de Febrero 2018.
Ricardo Anaya Cortés (Coalición por México al Frente)
Andrés Manuel López Obrador (Juntos haremos Historia)
José Antonio Meade Kuribreña (Todos por México)
El 24 de febrero de 2017 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Reforma Constitucional en materia de Justicia Laboral con un plazo de un año para realizar las reformas secundarías a la Ley Federal del Trabajo.
Ante la incertidumbre jurídica por el vencimiento del plazo legal, se ha presentado en el Senado de la República tres propuestas para reformas secundarias y otra reforma constitucional. Una es la iniciativa presentada el día 7 de diciembre de 2017 en el Senado de la República por los senadores Isaías González Cuevas y Tereso Medina Ramírez del PRI, otra es la propuesta presentada el 14 de diciembre de 2017 por el senador Luis Sánchez Jiménez del PRD, y la tercera propuesta es la presentada el 22 de febrero de 2018 por la senadora María del Pilar Ortega Martínez del PAN. Isaías González Cuevas del PRI también presentó el 28 de agosto de 2017 el proyecto de reforma de los artículos 94 y 104 de la constitución.
En el marco de este debate, como candidato a la Presidencia de la República ¿cuáles son sus propuestas de reformas secundarias para garantizar el cumplimiento de los cambios a los artículos 107 y 123 de la Constitución Mexicana y contribuir al estado de derecho en el país?
Sus respuestas contribuirán al diálogo en el blog de la Campaña Reforma Laboral para Todos que publicaremos el lunes 2 de abril de 2018, por lo que es importante recibir sus aportes, a más tardar el día 20 de marzo de 2018.
Los tiempos electorales requieren de una amplia difusión de sus propuestas, y nuestra Campaña Reforma Laboral para Todos desea contribuir al propósito de informar para que las y los trabajadores y empleadores tomen las decisiones más conscientes.
Muy atentamente,
Gabino Jiménez Velasco
Coordinador

Diputados aprueban reducir 50% el salario cuando trabajador enferme por causa laboral


POR JESUSA CERVANTES , 21 FEBRERO, 2017NACIONAL
Ciudad de México (apro).- Las fracciones del PAN, PRI, PVEM, Panal y PES aprobaron que cuando un trabajador enferme por causas laborales, sólo se le pague 50% y no 100% de su salario, además de que el empresario determinará cuáles enfermedades serán susceptibles de pago.
Con 303 votos a favor, 10 abstenciones y 86 en contra, éstos últimos de Morena, PRD y MC, el pleno avaló cambios en los artículos 513 y 515 de la Ley Federal del Trabajo y añadió el 515 bis.
La reforma abre la puerta para que sea la Secretaria de Trabajo y Previsión Social (STPS) la que actualice las tablas de valuación de las incapacidades permanentes, previa aprobación del proyecto respectivo por la Comisión Consultiva Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo. En ésta participará el empresario y así como agrupaciones sindicales de corte priista afines al gobierno federal actual.
Al argumentar el dictamen, la presidenta de la Comisión del Trabajo, Georgina Zapata, dijo que la actualización de las tablas de evaluación se debe realizar conforme al progreso de la medicina del trabajo, que se incorporen nuevos tratamientos, una adecuada evaluación de los grados de incapacidad laboral, a partir de la identificación y descripción de enfermedades del trabajo, de sus tipos y aspectos.
“Con el proyecto de decreto que sometemos a consideración de este pleno, estamos proponiendo un régimen transitorio para que la Secretaría de Trabajo y Previsión Social expida la tabla de enfermedades y de valuación de incapacidades permanentes en un término de seis meses, contados a partir de la entrada en vigor del decreto que se sirva, en su caso, esta soberanía aprobar, quedando sin efecto la actual tabla de enfermedades y de valuación de incapacidades permanentes”, detalló.
Durante su argumentación a favor, la panista Luz Argelia Paniagua Figueroa dijo que entre las adecuaciones aprobadas se encuentran aquellas que tuvieron como fin el establecimiento de un mecanismo ágil, dinámico y permanente para la actualización del contenido de las tablas de enfermedades de trabajo y de valuación de las incapacidades permanentes.
“No obstante, se conservó el texto del artículo 515 de dicha ley, en el cual se establece que el presidente de la República iniciará ante el Legislativo la adecuación periódica de las tablas de enfermedades”, aseguró.
La panista recordó que han pasado más de 46 años sin que las tablas de enfermedades de trabajo y de valuación sean actualizadas, privando de certeza y seguridad jurídica a los trabajadores que sufren de enfermedades por motivos de trabajo.
En tanto, la diputada de Morena y presidenta de la Comisión de Seguridad Social, Aracely Damián, dijo desde tribuna que la reforma implica que al trabajador ahora solo se le pagará 50% y no 100% de su salario cuando enferme por motivos de su trabajo.
“El robo que estos pillos van a aprobar va en contra de los trabajadores. Están violentando sus derechos y que sea el empresario el que diga qué enfermedades se pueden pagar o no, los hace juez y parte y va en contra del trabajador”, sostuvo.
A su vez, el diputado del PRD, Julio Saldaña Morán, explicó que con dicha reforma existe una contradicción, pues aunque se permite que se modifique la tabla, se deja en la Ley Federal del Trabajo otra tabla que solo puede ser modificada por el Poder Legislativo.
Y todavía más, aseguró que lo que se votaría nadie lo conocía:
“¿Quién conoce el proyecto de las nuevas tablas de enfermedades? Que son 73 las que se actualizan. Pero nadie las conoce. Yo no las conozco. Se habla del 2012 (año en que se realizó la reforma laboral), que seis meses después se iban a publicar, cosa que no fue”. Entonces anunció que el voto del PRD sería en contra.
El PRI, mediante David Aguilar Robles, dijo que al actualizar las tablas de enfermedades de trabajo y la valoración de las incapacidades permanentes se garantiza certeza jurídica a los trabajadores. Con el dictamen, añadió, se podrá actualizar la tabla de manera periódica y bajo un mecanismo de cooperación interinstitucional.
Alejandro Cañedo, de Morena, detalló las razones por las cuales su partido votó en contra: “Porque deja solo al criterio del Ejecutivo federal el elaborar la tabla de enfermedades, excluyendo al Poder Legislativo de esta tarea”.
Además, dijo, con esta propuesta se pretende, mediante el artículo tercero transitorio, desaparecer dicha tabla de enfermedades de la Ley General del Trabajo, cuando se actualice. Esto, además de grave y de atentar contra la vida de los trabajadores, implica que estas enfermedades sean solo una disposición administrativa, vulnerando el ejercicio de este derecho ganado históricamente por los trabajadores mexicanos.
La iniciativa, agregó, forma parte de la contrarreforma de 2012 “cuando se suprimió la tabla de evaluación de incapacidades permanentes, que detallaba el porcentaje a pagar, adicionado al salario, a trabajadores con daños permanentes”.
Y añadió: “Esta iniciativa, que pretende desaparecer la tabla de enfermedades de la Ley Federal del Trabajo, atenta contra la vida de las y los trabajadores e implica que estas enfermedades sean solo una disposición administrativa, vulnerando el ejercicio de este derecho ganado históricamente”.
Incluso, advirtió que “de aprobarse, las aseguradoras privadas que actualmente administran de manera ilegal las pensiones, o el propio IMSS, harán sus propias tablas de enfermedades y de evaluación de incapacidades acorde a sus intereses”.
Peor aún, sostuvo, el dictamen es un golpe a las finanzas del IMSS “pues al no reconocerse las lesiones ni enfermedades de trabajo el instituto no podrá aumentar las primas por siniestro que aplica a las empresas y estos costos se trasladarán a las ramas del seguro de enfermedad general e invalidez”.
Ariel Juárez, de Morena, detalló la razón por la que ya no se pagará el 100% del salario a un empleado: “se pretende que al concluir la actualización, las tablas de enfermedad que están actualmente desaparezcan de la Ley Federal del Trabajo. Su implicación legal es que al salir del cuerpo de la ley reglamentaria del artículo 123 constitucional, se convertirá en sólo una disposición administrativa, lo que significa quitar certeza jurídica en el ejercicio de este derecho”.
Ahora, continuó, será la patronal quien determine qué se reconoce o no como una enfermedad profesional. “Pueden desaparecer o no reconocer patologías causadas por el trabajo, según sus intereses, así como definir la cuantía de las indemnizaciones a que tendrá derecho la población trabajadora que sufrirá o que sufra un accidente o enfermedad de trabajo”.
Y ejemplificó: “si un trabajador sufre la amputación de un dedo pulgar, hoy equivale de 40% a 45% de incapacidad permanente, 45%, el día de mañana podrán decir que solamente equivale a un simple 10%”.

http://www.proceso.com.mx/475336/diputados-aprueban-reducir-50-salario-cuando-trabajador-enferme-causa-laboral

Flexibilizar outsourcing aumentaría malas prácticas, advierten

Especialistas y abogados laborales critican que una de las propuestas en la legislación secundaria quitaría candados al control de esta figura de contratación.
María Del Pilar Martínez
04 de enero de 2018, 23:21
Flexibilizar la subcontratación en el país, como lo proponen los priistas Tereso Medina e Isaías González en la iniciativa de ley presentada en el Senado de la República, provoca una nueva polémica entre empleadores, abogados laborales y especialistas, ya que, aseguran, en lo que va del sexenio no ha podido reducir las malas prácticas en la subcontratación de trabajadores.
Arleth Leal Metlich, empresaria del sector de Recursos Humanos, comentó que “el primer gran intento que se hizo para regular la subcontratación fue incorporar esta figura en la Ley Federal del Trabajo en el 2012; eso nos trajo una mayor certeza a las empresas que nos dedicamos a la tercerización; y se esperaba que el mercado se fuera reduciendo hasta quedar aquellas empresas que sí contribuimos con las buenas prácticas en materia de outsourcing; pero lo cierto es que no se lograron grandes avances”.
Leal Metlich explicó que las empresa evasoras en el pago de derechos de los trabajadores y evasoras en el pago de impuestos al SAT “prevalecen, no se ha logrado reducir esas malas prácticas que cada vez hacen más desigual la competencia, y nosotros por el contrario hemos tenido incremento de hasta 25% en los costos para dar cumplimiento con la legislación”.
La directiva destacó que sólo 10% de las empresas que se dedican a la tercerización se encuentran en la formalidad y cumplen con todas sus obligaciones patronales, “sabemos que hay un registro de 1,000 empresas que se dedican a la tercerización pero sólo 100 estamos en la formalidad”.
Asimismo, Arturo Alcalde Justiniani, abogado laboral, explicó que “en el 2012 se lograron importantes avances en la reforma: incluir candados para evitar que haya un crecimiento descontrolado para contratar trabajadores tercerizados.
Hoy tenemos empresas que no tienen trabajadores, ese es el caso de los bancos, ninguno tiene trabajadores propios, todos son subcontratados y el problema con ello es que no se les pagan sus derechos laborales, como la seguridad social”.
Los candados que se pretenden eliminar se encuentran en la Ley Federal del Trabajo en los Artículos 15-C y 15-D, este último el más polémico, “no se permitirá el régimen de subcontratación cuando se transfieran de manera deliberada trabajadores de la contratante a la subcontratista con el fin de disminuir derechos laborales”.
Cabe recordar que entre las restricciones existentes en la Ley vigente destacan que no puede abarcar la totalidad de las actividades que se desarrollen en el centro de trabajo, y que no comprenderá tareas similares a las que realizan los empleados directos de la empresa.
En la iniciativa se propone que la empresa de terciarización sea la que dé informes de manera periódica a la contratante sobre su cumplimiento de obligaciones de carácter laboral. Cabe destacar que en la legislación actual es más bien el contratista quien debe asegurarse de forma permanente de que la empresa de outsourcing las cumpla.
Según el senador Tereso Medina, quien es integrante de la Confederación de Trabajadores de México, los cambios en el outsourcing obedecen a “incentivar la creación de empleos e incrementaría la protección de los derechos individuales de los trabajadores, por lo que se proponen reformas a las normas relativas”.
Frente a estas posturas, el secretario del Trabajo y Previsión Social, Alfonso Navarrete Prida, destacó que “el outsourcing fue regulado por primera ocasión en este sexenio y yo creo que tenemos que terminar de regularlo bien para que no pueda empresario alguno esconder, a través de un outsourcing, recursos que son de los trabajadores y que tienen derecho a tener un trabajo formal, a tener reparto de utilidades y que funcione. El outsourcing es como el colesterol, hay colesterol bueno y hay colesterol malo, hay que hacer que el colesterol bueno sea el que camine”. Se espera que la discusión se lleve a cabo en el próximo periodo de Sesiones en el Congreso.
¿CUÁLES SON LOS ARTÍCULOS QUE SE PRETENDEN DEROGAR?
Contienen los requisitos bajo los cuales las empresas en el país pueden hacer uso de la figura de subcontratación:
Artículo 15-C: Indica que “la contratante de los servicios deberá cerciorarse permanentemente de que la empresa contratista cumple con las disposiciones aplicables en materia de seguridad, salud y medio ambiente en el trabajo, respecto de los trabajadores de esta última. Lo anterior podrá ser cumplido a través de una unidad de verificación debidamente acreditada y aprobada en términos de las disposiciones legales aplicables”.
Artículo 15-D: Refiere que “no se permitirá el régimen de subcontratación cuando se transfieran de manera deliberada trabajadores de la contratante a la subcontratista con el fin de disminuir derechos laborales; en este caso, se estará a lo dispuesto por el artículo 1004-C y siguientes de esta Ley”.

pmartinez@eleconomista.com.mx
https://www.eleconomista.com.mx/empresas/Flexibilizar-outsourcing-aumentaria-malas-practicas-advierten-20180104-0104.html

La política laboral: causante de la pobreza

Por Roberto Morales Estrella
2 enero, 20
Dos titulares del Ejecutivo federal se han autoproclamado “presidente del empleo”; ponerse ese mote es una burda máscara para fingir la carencia del sentido social de su gestión presidencial, nos referimos tanto a Felipe Calderón como a Enrique Peña Nieto.
Desde de la década de 1980, los presidentes no han hecho otra cosa que seguir los lineamientos tácitos y explícitos del Consenso Washington, orientados a transformar todo en mercancía, más allá de los recursos económicos y financieros que por su propia naturaleza son mercancías, pero ahora también son mercancías, a través de la propiedad industrial e intelectual, la ciencia, tecnología e innovación, incluso los recursos naturales que integran la biodiversidad, sin faltar los derechos humanos y las prestaciones sociales.
Desde la década de 1980, ya sean panistas o priistas, los gobiernos tienen en común el modelo económico neoliberal y depredador, manteniendo los salarios bajos como oferta para atraer inversiones extranjeras, fórmula que ya no funciona ante la reforma fiscal de Trump, quien hoy apoya el aumento de salarios a los mexicanos, para hacer menos atractivo invertir en tierras mexicanas, y con impuestos norteamericanos más bajos, llevarse los capitales a Estados Unidos (EU).
A principios de diciembre de 2017 se presentaron las iniciativas de la reforma laboral que incluyen la Ley Federal del Trabajo, como a la que se refiere al organismo encargado de registro de contratos colectivos y de conciliación.
Iniciativas que se caracterizan por ser anticonstitucionales y violatorias de convenios internacionales ante la Organización Internacional del Trabajo (OIT), ya que cancela derechos laborales al dar lugar a la subcontratación vía outsourcing, proceso a cargo de un subcontratista y del patrón, por lo tanto el trabajo pasa ser una mercancía más, eliminando el derecho de huelga.
El director del nuevo organismo de registro de sindicatos y contratos colectivos no tiene derecho a voto, quedando el control en manos de los sindicatos CROC y CTM leales al gobierno y enemigos de los obreros, invalidándose además el artículo 78 de la Ley General de Transparencia, ya que sustituye la obligación de la autoridad de publicar y mantener actualizada la documentación contractual y sindical, cambiándola por simples índices y versiones públicas.
A petición de los dueños de las líneas aéreas hoy se limita la libertad de asociación y contratación colectiva, pero lo más grave de estas reformas es la cancelación de las garantías de aviso de despido por escrito, dejando en indefensión a los trabajadores frente a los términos otorgados por los patrones, esto significa un retroceso histórico de los derechos laborales.
En este marco legal kafkiano, vemos que en materia salarial México está en las peores condiciones, dado que los ingresos de los trabajadores registran un retroceso significativo.
El salario mínimo tiene como objetivo proteger a los trabajadores contra el pago de salarios indebidamente bajos, por lo que la política de salarios mínimos es un factor estratégico para el crecimiento del producto interno bruto (PIB) y la reducción de la desigualdad y pobreza.
Según la OIT, en el periodo 2005-2015 la media de las mejoras salariales en las naciones latinoamericanas fue de 3.6 por ciento, pero en México fue de solo 3.0 por ciento; para el tercer trimestre de 2017, en materia de salarios reales solo Perú y México registraron una contracción de menos 1 por ciento. Mientras que en 10 años el salario en China creció en 225 por ciento, en Rusia y Turquía 45 por ciento, en México se redujo en 25 por ciento.
El salario mínimo, que entró en vigor a partir del primero de diciembre de 2017, es de 88.36 pesos, insuficiente para adquirir la canasta básica que cuesta 94.06 pesos, pero el presidente de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (Conasami) Basilio González expresó que el salario mínimo sí alcanza; claro, el gana 5 mil 787.22 pesos diarios, más 21 prestaciones, entre las cuales están vehículo con todo y gasolina, gastos médicos mayores, celular, ayuda de despensa, pago por riesgo (no se vaya a caer), etcétera. Así, sí alcanza.
Cabe citar que Carlos Slim registró un aumento en su fortuna en 2017 de 12 mil 500 millones de dólares, o sea que su capital suma 67 mil millones de dólares. ¿Y los campesinos y obreros?
Eso de que se han creado 3 millones 328 mil empleos en lo que va del sexenio suena irreal, al respecto cabe reflexionar, ¿cuántos de esos empleos son realmente nuevos?, porque mientras el empleo crece, el PIB decrece, dado que el sector industrial cayó en menos 1.2 por ciento en el tercer trimestre de 2017, y en cinco años de la gestión Peñista han cerrado más de 600 mil Pymes.
Segundo, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) tiene 15 tipos de aseguramiento: cinco obligatorios y 10 voluntarios. ¿Cuántos de los que reportan como nuevos empleos ya los dieron de baja? Tercero, los precios no dejan de subir, por lo que la inflación de 6.63 por ciento ya ha deteriorado los aumentos de 80.04 y de 88.36.
Generar empleo sin calidad en remuneraciones, prestaciones sociales y seguridad es vivir en un proceso de precarización cada vez mayor, por ello autonombrarse “presidente del empleo” es una ofensa para los mexicanos. ¿No lo cree usted?

https://www.elindependientedehidalgo.com.mx/la-politica-laboral-causante-la-pobreza/