¿En busca del paraíso laboral?


Ernesto Santillán
27 de septiembre de 2018
La lucha por garantizar los derechos laborales de los trabajadores en México y acabar con los abusos sindicales quedó de manifiesto con la ratificación del Convenio 98 de la OIT en el Senado que fue impulsado por Napoleón Gómez Urrutia y ante el cual varios de los actores involucrados se mostraron en desacuerdo, sin embargo, el verdadero reto no está en prometer cambios, sino en aplicarlos.
México tiene una deuda con sus trabajadores. Durante años las condiciones laborales en el país han sido más que desfavorables, privilegiando los intereses de empleadores, empresarios y líderes sindicales por encima de los obreros y sus derechos, situación que sexenio tras sexenio se promete cambiará y que al día de hoy no ha sucedido.
Intentos han habido varios, quizá el más claro fue la reforma Constitucional del 24 de febrero de 2017, donde se modificó el artículo 123 de la Carta Magna para sentar ahí las bases del derecho colectivo en el país y normar la libertad sindical, un compromiso pendiente de aplicar por la actual administración y ahora una responsabilidad por cumplir del gobierno electo
Por ese motivo y con la intención de atender una exigencia de la clase trabajadora que ha permanecido en el olvido por más de 50 años, en el Senado de la República, donde Morena junto con sus aliados gozan de la mayoría, se ratificó la semana pasada el Convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo.
La propuesta fue impulsada por el senador Napoleón Gómez Urrutia, presidente y secretario general del Sindicato Nacional de los Trabajadores Mineros, Metalúrgicos, Siderúrgicos y Similares de la República Mexicana y quien hoy también encabeza la comisión del Trabajo y Previsión Social de la Cámara Alta.
“Estamos haciendo un acto de justicia porque hay muchos intereses creados, con esto se acabarán los contratos de protección patronal y sindicatos blancos”, aseguró Gómez Urrutia durante su posicionamiento.
Este es el primer instrumento internacional que ratifica la 64 Legislatura en el Senado y el cual busca garantizar la libertad de asociación y la sindical, el reconocimiento efectivo del derecho de negociación colectiva, dotar a los trabajadores de una adecuada protección contra todo acto de discriminación que pudiera menoscabar la libertad sindical en relación con su empleo y eliminar prácticas como los votos a mano alzada para elegir a sus representantes para ser sustituidas por un método donde la elección de los mismos se haga de manera libre.
Además pretende que las organizaciones de trabajadores y de empleadores gocen de una adecuada protección contra todo acto de injerencia de unos respecto de los otros; abre la posibilidad de que se cree más de un sindicato dentro de una misma empresa y prohíbe la afiliación obligatoria a centrales de trabajadores oficialistas; una de las prácticas del llamado corporativismo sindical que se acentuó durante los más de 70 años del PRI en el poder.
“Hoy por hoy los sindicatos en México no necesariamente hacen los trabajos más fuertes, contundentes y congruentes para tutelar a sus agremiados.
Todavía hace falta una condición de libertad sindical; que no se obligue, que no se presione, que no se chantajeé, que no hayan votaciones controladas, que no haya sindicalismo blanco, que no haya sindicalismo charro”, dijo el senador Emilio Álvarez Icaza en un video publicado en su cuenta de Twitter.
Todos estos cambios que se quieren implementar parecieran solucionar, por lo menos en el papel, el problema laboral por el que atraviesa México, pero una cosa es planear y soñar y otra muy diferente llevarlas a la realidad.
A pesar de los elogios que diversos actores políticos, académicos y representantes de la sociedad civil lanzaron ante la ratificación del Convenio 98, no todos los involucrados en el tema mostraron el mismo optimismo.
Entre los principales inconformes se encuentran Juan Pablo Castañón, presidente del Consejo Coordinador Empresarial (CCE), la Confederación de Trabajadores de México (CTM) y la bancada del Partido Acción Nacional, la cual incluso trató de reventar la sesión al abandonar el Senado durante la votación.
Tanto el CCE como la CTM publicaron a través de sus canales oficiales comunicados en donde dejaron de manifiesto que no estaban de acuerdo con la manera en la que se aprobó la ratificación del Convenio 98, asegurando que no se discutió lo suficiente el tema y que además se estaba violando otro de los acuerdos ya firmados con la OIT, que sería el 144.
Sin embargo, para la doctora Graciela Bensusán, el tema ya se ha discutido lo suficiente.
“El tema se ha hablado hasta que nos aburrimos de la discusión porque está todo claro. Se respondieron las quejas de la OIT, primero se le dijo que no existían los contratos de protección, después se reconoció que sí existían, luego que se iban a corregir; fuimos y vinimos años con el tema.
Ahora se vota con la mayoría como siempre se han votado las leyes y resulta que nos faltó discusión”, dice la investigadora de la UAM Xochimilco.
Esta postura también la comparte el senador Julio Menchaca.
“El tema de los sindicatos y el Convenio 98 de la OIT es un asunto que está esperando la ratificación prácticamente desde 1956, se firmó en 1949 y en el 2015 Enrique Peña Nieto lo volvió a mandar al Senado”
– Julio Menchaca
Senador de Morena por Hidalgo
Entonces de que se ha discutido se ha discutido por todas las organizaciones obreras, por lo tanto no pueden decir sus detractores que un tema que ha estado presente por más de 50 años no se ha discutido lo suficiente”.
En cuanto a la posibilidad de que esta ratificación desate un conflicto entre el gobierno electo y la clase empresarial, el senador por Hidalgo ve esto como algo lejano.
“Lo que pasa es que hay que diferenciar bien entre algunos líderes empresariales y los empresarios. Aquí el punto es que Juan Pablo Castañón no son los empresarios de México.
Quizá exista alguna situación de molestia por parte de algún sector pero eso no significa que estemos en un círculo de confrontación”, señala.
Ahora el reto será la implementación de lo firmado y acordado tanto en el Convenio 98 como de lo que establece el artículo 123 Constitucional, pues los alcances que tendría la correcta aplicación de estas normas trascienden el tema laboral, ya que rompen el estatus quo y modificarían la relación entre el Estado y los trabajadores, una realidad que de llegar a alcanzarse, también ayudaría a acabar con la desigualdad en el país, sacar a los trabajadores de la informalidad, reducir la corrupción y la violencia al igual que mejorar la relación con nuestro principal socio comercial: Estados Unidos.

CUMPLIR LOS COMPROMISOS

Con la ratificación del Convenio 98 de la OIT México concluye con la aprobación de los ocho compromisos fundamentales en materia de derechos laborales con los que cuenta la Organización Internacional del Trabajo y se suma a los 165 países de América Latina y el Caribe que también suscribieron el acuerdo que hoy causa tanta polémica en el país.
“Con esta decisión, México se unirá a los 165 países del mundo que han ratificado el Convenio 98 y toda la región de América Latina y el Caribe tendrá ratificado este Convenio” señaló en un comunicado la OIT, en el que también aclara que las normas internacionales del trabajo están orientadas a garantizar que el crecimiento económico y el desarrollo vayan de la mano de la creación de trabajo decente.
Todo esto, incluida la reforma Constitucional al artículo 123 de la Carta Magna que se realizó el año pasado, se vislumbra como un gran avance, sin embargo, una cosa es lo que se describe en el papel y otra muy distinta su aplicación en el actual contexto nacional.
Como bien se sabe, México cuenta con una de las Constituciones más robustas del mundo, sin embargo, esto nunca se ha traducido en la correcta aplicación o respeto de las leyes que de ésta emanan, un hecho que demuestra que de nada sirve tener las mejores normas si éstas no se pueden implementar
Por ese motivo, la investigadora de la Universidad Autónoma Metropolitana campus Xochimilco y experta en temas laborales, Graciela Bensusán, cuestiona las capacidades con las que cuenta el Estado para poder cumplir tanto lo que la Constitución establece en materia laboral como los convenios internacionales a los que se ha sumado.
“Un grave problema que tenemos en México, no sólo en el ámbito laboral, es que cambiamos las leyes con cierta facilidad pero luego no podemos implementarlas”, comenta.
Ejemplos para sustentar esta aseveración hay muchos. Tal es el caso de la implementación del Nuevo Sistema Penal Acusatorio, el cual, al día de hoy, no se ha podido aplicar con éxito.
Algo similar ocurre con la prometida transformación de la Procuraduría General de la República a una Fiscalía independiente y autónoma.
Para evitar que estos fracasos se repitan en el ámbito laboral, Bensusán explica que lo primero que se tiene que hacer es crear la reglamentación de la reforma Constitucional al artículo 123 que todavía está pendiente y que depende del legislativo
Otra tarea que es imprescindible y que también duerme el sueño de los justos desde hace más de un año a pesar de que en la Carta Magna se estableció un periodo máximo para su creación de 365 días es la fundación de un nuevo organismo autónomo que sería el espacio donde se registrarían los sindicatos y donde se inscribirían los contratos colectivos de trabajo.
Aunado a todo esto la experta indica que para poder comenzar a ver un cambio real en el tema laboral también se necesita que los pocos sindicatos verdaderos que existen comiencen a aplicar esta nueva normativa, un Estado comprometido con capacidades estatales y recursos para hacer el nuevo órgano de registro de los contratos colectivos y los sindicatos, dinero para hacer la transición de las juntas de conciliación hacia el poder Judicial y la formación de cuadros y de jueces en materia laboral.
Además, Graciela Bensusán comenta que también vamos a requerir que los sindicatos y los trabajadores mismos encuentren algún incentivo para crear nuevos sindicatos o para legitimar los que ya existen a partir de la votación universal, secreta y directa de los trabajadores y a partir de negociaciones reales crear los contratos colectivos con los empleadores.
“Sin duda si esto no se conduce bien y no generamos una buena reglamentación y no tenemos procesos ágiles y transparentes para llevar a cabo todos estos cambios sindicales y de sus contratos pude haber problemas en las empresas que lleven a conflictos intersindicales, por eso hay que fijar las reglas del juego. El convenio no nos las da, éste simplemente establece una serie de principios que debemos de seguir”, asevera.
La investigadora también lanza un par de cuestionamientos que se deben tomar en cuenta.
El principal reto para mejorar las condiciones laborales en México es que las leyes y los convenios que se han creado y ratificado en este tema se apliquen y no se queden como letra muerta sobre el papel
“Necesitamos de reglas muy claras que nos digan cómo va a funcionar el órgano autónomo, cómo va a garantizar su autonomía, su independencia, sus recursos y cómo vamos a hacer para que el proceso de reorganización sea transparente, cómo hacer que los trabajadores voten, que los conflictos intersindicales no se vuelvan huelgas, y qué tienen que hacer todas las partes: el gobierno, los empleadores, los sindicatos existentes, y los trabajadores para que este proceso de transformación sea real y no genere daños a la economía, a los trabajadores o al país”.
 
NO HAY VUELTA ATRÁS
Romper con el estatus quo y cambiar la relación que existe entre el Estado y los trabajadores que al día de hoy ha provocado violaciones tanto a derechos humanos como laborales, ha fomentado la corrupción y ha incidido en la creciente desigualdad del país parecería ser un objetivo común de todos los mexicanos, sin embargo, esto no es así.
Empresarios, sindicatos e incluso algunos partidos políticos se han manifestado en contra de la manera como se ratificó el Convenio 98 de la OIT en el Senado. Una situación que algunos senadores y expertos en el tema consideraron como un intento de tratar de trabar la aprobación para que sus intereses personales no se vieran afectados.
El Consejo Coordinador Empresarial (CCE), encabezado por Juan Pablo Castañón, manifestó a través de un comunicado su desacuerdo.
El argumento de que se violó el Convenio 144 de la OIT no tiene ningún peso, pues este tipo acuerdos no son vinculantes
 
“El Consejo Coordinador Empresarial expresa su desacuerdo con la decisión del Senado de presentar ante el Pleno, sin contar con un dictamen de comisiones y sin realizar las consultas pertinentes, la ratificación del Convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
Rechazamos que el Senado busque tomar determinaciones que afectan fundamentalmente a la relación entre trabajadores y empleadores en un trámite apresurado, violando así lo dispuesto en el Convenio 144 de la OIT…”
Por su parte, la Confederación de Trabajadores de México (CTM), en voz de su secretario general y también senador, Carlos Aceves del Olmo, igualmente mostró su inconformidad por las mismas cuestiones que el CCE.
“Sería deseable que esta Soberanía recapacitara sobre el atropellado proceso que se llevó a cabo y se pueda regresar la ratificación a las Comisiones Unidas a las que fue turnada para que se pueda cumplir con lo establecido en el Convenio 144 de la OIT y con la obligación de las Comisiones Legislativas Permanentes del Senado y se pueda dar una discusión sobre el Convenio 98 de la OIT, con todos los sectores involucrados en la materia”.
Diversos actores involucrados en la ratificación del Convenio 98 de la OIT se han quejado por la manera en que se dio la aprobación, sin embargo ninguno de sus argumentes cuenta con la fuerza legal para revertir lo ya votado
 
La bancada panista simplemente abandonó la sesión.
“Los empresarios que se han manifestado en contra de la ratificación del Convenio 98 es porque temen que al firmarlo ya no se puedan imponer al sindicato que firma el contrato colectivo, algo que es violatorio de los derechos humanos en todo el mundo.
ntonces lo que se está queriendo es cuestionar y decir que no se discutió suficientemente el tema cuando el asunto ha estado presente en el país desde 1949”
– Graciela Bensusán
Investigadora de la UAM Xochimilco
La investigadora de la UAM Xochimilco también asegura que algunos empresarios y empleadores están acostumbrados a imponer sus condiciones y lo que ellos temen es que tanto la ratificación del Convenio como la reglamentación y en su momento la reforma Constitucional los obligue a reconocer una interlocución sindical verdadera.
“Les preocupa que haya genuinamente la necesidad de negociar porque no saben ni quieren hacerlo, no tienen una cultura de negociación”, comenta.
Además explica que el argumento de que se violó el Convenio 144 de la OIT que todos los detractores están utilizando no tiene ningún peso, pues este tipo de acuerdos que emite la Organización Internacional del Trabajo no son vinculantes, es decir, no se tienen que cumplir de manera obligatoria por el país que lo firma.
Por su parte, el senador por Hidalgo Julio Menchaca, califica el abandono de la sesión por parte del PAN como una irresponsabilidad.
“Cuando uno asume su responsabilidad podrá no estar de acuerdo con algo y votar en contra, algo que han hecho en el transcurso del tiempo las minorías cuando el PRI o el PAN estaban en el poder.
Pero los panistas, que por un lado no quisieron verse poco solidarios con los trabajadores y por otro decidieron atender los intereses que los representan, en este caso el de los sectores empresariales a los que no les conviene esto porque hay contratos que ni siquiera conocen los trabajadores y que los perjudican, prefirieron usar como excusa la propuesta de reducir los tiempos para presentar propuestas para abandonar la sesión”.
Respecto a la crítica de que el Convenio 98 no se turnó a comisiones en la Cámara Baja, Menchaca dice que eso no implica ninguna violación a la Ley, por lo tanto no hay forma de echar para atrás lo que ya se aprobó.
“La reglamentación también te dice que si ya tiene primera lectura le puedes dar una segunda y la sometes a votación”.

POR UN NUEVO MODELO SINDICAL

La creación de los sindicatos es quizá uno de los avances más importantes en materia laboral que se ha creado, sin embargo, lo que en un principio se concibió como una manera de proteger a los trabajadores de los abusos de sus empleadores terminó por convertirse en todo lo contrario.
Ejemplos hay muchos, tal es el caso del Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana encabezado por el priista y exsenador Carlos Romero Deschamps, quien ha sido acusado por presuntamente enriquecerse de manera ilícita con los recursos del sindicato y de utilizar a sus agremiados como fichas de negociación para cumplir con sus intereses políticos y personales.
Tan es así, que hace una semana, senadores de Morena pidieron al SAT un informe sobre los bienes adquiridos por Romero Deschamps, sus familiares y prestanombres de 1993 a la fecha y a la Unidad de Inteligencia Financiera de Hacienda un reporte sobre presuntos manejos irregulares del líder petrolero
Deschamps es el claro ejemplo de lo que ningún líder sindical debe ser: un hombre millonario que lidera a puros trabajadores pobres.
Un caso similar se da con Joel Ayala, líder de la Federación de Sindicatos de Trabajadores al Servicio del Estado (FSTSE) y quien ha estado al frente del gremio desde 1998.
Al también priista se le ha denunciado ante la PGR por fraude hipotecario a trabajadores.
Por personajes como éstos es que ahora se busca crear un nuevo modelo de sindicalismo en el país donde los trabajadores puedan ejercer sus derechos laborales y exigir que se respeten.
“En este momento en México ya conocemos cómo se encuentra el mercado laboral, la situación que viven los sindicatos y las condiciones laborales de los trabajadores. Por lo tanto lo que este modelo nuevo tiene que crear son incentivos para que todos puedan defender sus intereses legítimos”, comenta Graciela Bensusán.
México requiere de una transformación radical en la forma como maneja sus sindicatos, pues la que prevalece actualmente lo único que fomenta son las violaciones a los derechos humanos y laborales de los trabajadores
Sin embargo en este cambio el papel de los trabajadores también es fundamental, pues éstos deben dejar atrás los vicios que de igual manera afectan a sus empleadores y que pocas veces reconocen.
Como ejemplo de un sindicato real en México la investigadora de la UAM pone a la empresa Volkswagen.

https://www.reporteindigo.com/reporte/en-busca-del-paraiso-laboral-senado-propuesta-morena-ratificacion-convenio-98-oit-derechos-trabajadores/

Justicia laboral en México. Inicio del fin al sindicalismo corporativo


Jesús Cantú (*)
Finalmente el pasado jueves se votó en el Senado la adhesión de México al Convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo, que había sido adoptado desde 1949 y que garantiza la libertad de asociación y la libertad sindical de los trabajadores, además de establecer la eliminación de todas formas de trabajo infantil, la discriminación en materia de empleo y ocupación y de cualquier forma de trabajo forzoso u obligatorio.
México fue el último de los países de América Latina y el Caribe en ratificar el convenio, que previamente fue adoptado por 165 países del mundo.
Durante muchos años el convenio estuvo archivado en la Presidencia de la República porque la legislación laboral mexicana incluía desde 1931 la llamada cláusula de exclusión, que permitía a líderes sindicales y patrones separar a un trabajador que se negara a afiliarse al sindicato que detentaba el contrato colectivo de trabajo.
Dicha disposición se encontraba en el artículo 236 de la ley expedida en 1931 y se trasladó al artículo 395 de la Ley Federal del Trabajo promulgada en 1970, con lo cual se mantuvo vigente hasta el 17 de abril de 2001, cuando el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucional dicha norma. Sin embargo, fue hasta el 2015 cuando el actual presidente Enrique Peña Nieto envió el convenio para su ratificación al Senado, sin embargo, el dictamen nunca se había elevado al pleno del mismo.
Y fue hasta el 17 de febrero de 2017 que se publicó en el Diario Oficial de la Federación la reforma a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que sienta las bases para un nuevo modelo de impartición de justicia laboral y de relaciones obrero-patronales. Otro paso para el desmantelamiento de esta protección se dio en el proyecto de Tratado de Libre Comercio que acordaron México y Estados Unidos hace algunas semanas, pues se incluyó un capítulo especial que garantiza, entre otros, estos mismos derechos laborales.
La cláusula de exclusión era la columna que soportaba al sindicalismo corporativo mexicano, sea aquel que tenía como principal soporte al gobierno federal, llamado el sindicalismo charro, con la Confederación de Trabajadores Mexicanos (CTM) como su más conspicuo representante, pero que se extendía a muchos otros sindicatos que respaldaron al PRI, otrora partido hegemónico.
Pero también era el sostén del llamado sindicalismo blanco, que respaldado por los distintos grupos empresariales mexicanos se convertía en el instrumento que les permitía mantener deprimidos los salarios e imponer sus condiciones a cambio de ciertas prebendas a los líderes sindicales.
La llamada cláusula de exclusión es la que abría la puerta a los llamados contratos de protección (todavía vigentes el día de hoy) mediante los cuales el patrón firmaba el contrato colectivo de trabajo con una central sindical a espaldas de los trabajadores, en muchos casos dicho documento se tenía desde antes de iniciar operaciones. Los líderes del sindicalismo charro y del blanco, por igual, se prestaban a dicha simulación a cambio de pingües ganancias económicas o posiciones políticas y demás prebendas.
Y, desde luego, esto les permitía a los empresarios mantener los bajos niveles salariales que ya han sido ampliamente tratados en este espacio en colaboraciones previas, además de limitar las prestaciones que les otorgaban. Entre otras, esta es una de las razones de la creciente desigualdad en México, pues es una de las razones de que los beneficios del crecimiento económico —de por sí bajo para un país emergente— se concentraran en los dueños de las empresas y no se derramara hacia empleados y trabajadores.
Había razones de peso (y de pesos) para que los gobiernos emanados del PRI y el PAN no ratificaran el citado convenio y mantuvieran vigente —en los hechos— la llamada cláusula de exclusión, incluso una vez que la Corte declaró su inconstitucionalidad y que ya se había promulgado una reforma constitucional que pretendía precisamente desarrollar un nuevo modelo sindical y de relaciones obrero-patronales.
Influencia
Seguramente por la influencia política que todavía mantienen los líderes sindicales y los empresarios, los senadores de la pasada legislatura habían eludido dictaminar el citado convenio y fue hasta el pasado martes, cuando el senador Napoleón Gómez Urrutia publicó en la Gaceta Parlamentaria una excitativa para que las Comisiones de Relaciones Exteriores, Organismos Internacionales y Trabajo (que todavía no se han conformado y, mucho menos, instalado) emitieran un dictamen sobre el convenio que ya llevaba más de tres años en dicha Cámara, que el tema cobró relevancia en la opinión pública.
La Mesa Directiva de la Cámara Alta decidió convertir dicha excitativa en dictamen y lo elevó al pleno el pasado jueves 20 de septiembre para su inmediata discusión y aprobación. El dictamen fue avalado por legisladores de todos los partidos políticos representados en el Senado, excepto del PAN. Los legisladores blanquiazules hicieron suyas las preocupaciones de los empresarios, que pedían ser consultados previamente, pues temen que la adopción del mismo impulse la creación de cientos de sindicatos que afecten la productividad de sus empresas.
La adopción del Convenio 98 es un paso más en la dirección correcta, sin embargo, todavía falta emitir la legislación secundaria en el que se norme el nuevo modelo de impartición de justicia laboral y defina las nuevas reglas que regularán la vida de los sindicatos mexicanos. Y, una vez que eso se logre, la mesa estará servida para que gobierno, trabajadores y empresarios empiecen a construir una nueva era en el sindicalismo mexicano y las relaciones obrero-patronales, en beneficio de la clase trabajadora y de México.— Ciudad de México.
jecantue@gmail.com
Periodista
http://www.yucatan.com.mx/editorial/justicia-laboral-en-mexico

¿Avanzará el nuevo gobierno mexicano en la reforma de la justicia laboral?


Sep 20, 2018 
El 1º de julio de 2018, Andrés Manuel López Obrador (conocido por sus iniciales AMLO) y su partido, el Movimiento de Regeneración Nacional (MORENA), lograron una arrolladora victoria electoral que crea un nuevo contexto político para la implementación de la Reforma Constitucional al sistema de justicia laboral de 2017.
No solo ganó la presidencia AMLO, sino que también MORENA ganó la mayoría de escaños en ambas cámaras del Congreso Federal, haciendo que la aprobación de una legislación de implementación progresista de la Reforma Constitucional sea posible en los próximos meses.
El contexto de este cambio histórico en el liderazgo político en México es las negociaciones por un nuevo Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) que incluirá un nuevo capítulo laboral con disposiciones sobre derechos de libertad de asociación y negociación colectiva.
El Documento Informativo en profundidad de la RSM, ¿Avanzará el Nuevo Gobierno Mexicano en la Reforma de la Justicia Laboral?, analiza la convergencia de eventos en México y a nivel internacional que podrían determinar el nuevo marco legal e institucional por la justicia laboral y los derechos de las trabajadoras(es) en México.
Cliquea aquí por el Documento Informativo de septiembre, 2018
Cliquea aquí por antecedentes y otros vínculos a recursos de la RSM y análisis de la Reforma Constitucional de 2017 y otros temas relacionados con la libertad de asociación en México.

http://www.maquilasolidarity.org/es/avanzar-el-nuevo-gobierno-mexicano-en-la-reforma-de-la-justicia-laboral

Reforma laboral bomba de tiempo para AMLO, la doble estructura y ajuste constitucional para revertir

18 de septiembre de 2018 
Alberto Aguilar / Nombres, Nombres, Nombres / Heraldo de México
POR ALBERTO AGUILAR SEPTIEMBRE 18, 2018
ANQUE NO HAY claridad, da la impresión de que algunas reformas como la energética seguirán adelante, pero con sustanciales ajustes conforme a la visión del gobierno de Andrés Manuel López Obrador.
Un PEMEX dividido en subsidiarias podrían echarse para atrás, dado que no hay suficiente convicción.
En lo laboral hay también dudas en torno al cumplimiento que se dará a los compromisos que asumió México con Enrique Peña Nieto en las negociaciones para el TPP y el TLC con EU.
En este último, ECONOMÍA de Ildefonso Guajardo negoció un capítulo para acotar el control sindical por el gobierno, lo que ha permitido la contención salarial.
La idea es garantizar la libre contratación colectiva, libertad de asociación, justicia laboral independiente, salarios mínimos justos, entre otros puntos.
Pero como se sabe, también está en proceso el hacer realidad los cambios constitucionales al artículo 107 y 123 para modificar la estructura en justicia laboral.
Esta parte fue impulsada por Alfonso Navarrete cuando era titular de STPS, junto con Rafael Avante como subsecretario.
Ya no se cumplió el plazo de un año para desaparecer las juntas de conciliación y arbitraje y sustituirlas por instancias de conciliación especializadas en el ámbito judicial, en vez del ejecutivo.
Es enorme el reto de eliminar la actual infraestructura y sustituirla por otra. Sólo desde el punto de vista presupuestal ya le platicaba que se calcula en 20 mil millones de pesos (mdp).
El asunto ya fue evaluado por el equipo de transición, máxime los estrechos márgenes en materia de gasto para 2019. En ese sentido la reforma se visualiza cuesta arriba por el equipo de Luisa María Alcalde, quien asumirá la STPS.
Expertos estiman que la simple creación de nuevos órganos no hará más expedita la justicia laboral. Tampoco se acotarán los vicios y la corrupción, también palpable en el ámbito judicial en los juzgados de distrito y tribunales colegiados.
Se cree que sería más racional aumentar el presupuesto de las actuales juntas que hoy trabajan al 45% de su capacidad porque el presupuesto es insuficiente con sólo 915 mil 362 millones de pesos.
De acuerdo con los cambios estos órganos deben mantenerse en funciones hasta que concluyan todos los expedientes en curso, y la organización recién creada operará simultáneamente para recibir lo nuevo.
Se imaginará que esta estructura duplicada se prolongará por años incluso en los estados. Para ponderar, el juicio de Luz y Fuerza del Centro que inició en 2009 con Felipe Calderón aún está en un 70% de avance.
Así que para AMLO la reforma laboral va a significar un enorme desafío. El problema es que al momento de los ajustes a la Constitución la misma ya entró en vigor. Si AMLO decidiera echarla para atrás requerirá revertirse en la propia Carta Magna por el congreso.
Así que en ese terreno bomba de tiempo para el próximo gobierno.
 

https://heraldodemexico.com.mx/opinion/reforma-laboral-bomba-de-tiempo-para-amlo-la-doble-estructura-y-ajuste-constitucional-para-revertir-nombres-nombres-y-nombres/
https://periodicocorreo.com.mx/nombres-nombres-y-nombres-18-septiembre-2018/

 

Obligaría el TLC a abrir sindicatos


En las leyes secundarias se establece la eliminación de juntas locales de conciliación y arbitraje para dar lugar a los tribunales laborales. Foto: Miguel Fuantos
Karla Omaña
Cd. de México  (29 agosto 2018).- El capítulo laboral convenido en la renegociación del acuerdo bilateral, entre México con Estados Unidos, obligaría al País a cumplir con los compromisos firmados con la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en materia de libertad de asociación sindical y justicia laboral.
«El capítulo laboral incluye un anexo sobre la representación de los trabajadores en la negociación colectiva en México, en virtud del cual México se compromete a adoptar medidas legislativas específicas para prever el reconocimiento efectivo del derecho a la negociación colectiva«, señala el documento de la Oficina de Representación Comercial de EU (USTR, por sus siglas en inglés).
Se trata del cumplimiento del convenio 98 de la OIT, previsto en el artículo 395 de la Ley Federal del Trabajo, donde se terminaría con los contratos colectivos de protección, lo que significa abrir los contratos colectivos y el registro de sindicatos para que los trabajadores puedan decidir libremente en cuál sindicato quieren estar.
«Mediante los contratos colectivos de protección lo que se hace es evitar una negociación colectiva verdadera, los trabajadores se ven obligados a pertenecer a un sindicato y se les impide que puedan elegir» , dijo de Óscar De Buen, experto en materia laboral.
Además, estos contratos impiden la negociación colectiva, ya que se abaratan las condiciones de trabajo en el mercado laboral mexicano, por lo que Estados Unidos queda en un escenario de competitividad desfavorable, de acuerdo con el experto.
Con esta medida, establecida ahora entre ambos países, se garantizará la protección de los trabajadores a la libre afiliación sindical, sin condicionar el empleo del trabajador a la afiliación a un sindicato o que se deje der ser miembro de alguno.
El cumplimiento de este convenio ya estaba previsto en las leyes secundarias de la reforma laboral, las cuales se aprobarían en febrero pasado, sin embargo, legisladores se opusieron a su discusión.
En las leyes secundarias se establece la eliminación de juntas locales de conciliación y arbitraje para dar lugar a los tribunales laborales, lo cual significa que la justicia laboral pasaría al sector judicial, quitándole a los gobernadores el control de estos acuerdos.
«Es un convenio que obliga al Gobierno a fomentar la negociación colectiva dentro de las empresas y los propios organismos gubernamentales».

https://www.reforma.com/aplicacioneslibre/articulo/default.aspx?id=1477870&md5=ebf8c733b2836010f313675c590da45c&ta=0dfdbac11765226904c16cb9ad1b2efe&lcmd5=b171502eebe27ae3a85a697112a5d44b

Red TDT | Pronunciamiento Red TDT por el día del trabajo


Publicado en 1 mayo, 2018
Por condiciones dignas de trabajo y contra las reformas neoliberales: tratados y reformas han lastimado a las y los trabajadores de México

  • Es grave que las políticas públicas de asociación comercial se hayan construido desde la exclusión a las personas, y colectividades que han manifestado su oposición a este tipo de acuerdos.
  • Los acuerdos comerciales firmados por México han generado pobreza y deterioro de los derechos laborales.
  • Las reformas recientes incentivan la precarización y violación de los derechos de las y los trabajadores al tiempo que consolidan la desigualdad de género.

Por décadas y décadas los gobiernos neoliberales han pactado acuerdos comerciales y creado reformas que vulneran los derechos de mexicanos y mexicanas. Un ejemplo claro de ello, es  el contexto de la firma del TLCAN en 1994. Para firmarlo, el gobierno de aquel entonces argumentó que se generarían más empleos con mejores salarios, se mitigarían las causas de la migración y, en general, las y los mexicanos tendríamos una mejor calidad de vida.  Sin embargo, después de más de 20 años, lo comprobable es la precarización de las condiciones laborales.
Actualmente, la renegociación del TLCAN sostiene las mismas estrategias: otorgamiento total de facilidades a los mercados transnacionales; abaratamiento de la mano de obra;  condiciones laborales precarias: subcontratación, horarios poco estables, falta de acceso a servicios de salud, pérdida de antigüedad y pensiones mínimas. En contraste se garantizan mecanismos de protección a las empresas en demerito de los derechos.
La ratificación reciente del Senado de la República al Tratado Integral y Progresista de Asociación Transpacífico (CPTPP) no solo es grave por su falta de consulta pública. Es sumamente preocupante por la acción estatal que ha excluido de esta política pública fundamental a las personas, y colectividades que han manifestado su oposición a este tipo de acuerdos.
Esto ha sucedido también durante el proceso de actualización del acuerdo comercial entre México y la Unión Europea. ¿El beneficio que representan justifica el despojo a las y los trabajadores de sus derechos? La realidad demuestra lo contrario: la precarización de las condiciones de trabajo, los sueldos y la oferta van empeorando. Resulta innegable que las reformas estructurales de esta administración han situado al pueblo de México entre los países con mayor desigualdad: nuestra tasa de pobreza es de 53 millones de pobres (INEGI). Esto además adolece un componente de discriminación por género, afectando en mayor medida a las mujeres.
Con la reforma a la Ley Federal del trabajo en 2012 y la reforma del 2017, se consolidó la precarización y violación de los derechos de las y los trabajadores. La Reforma Constitucional de Justicia Cotidiana promulgada el 24 de febrero del 2017 suponía importantes cambios institucionales como: 1) la sustitución de  las Juntas de Conciliación y Arbitraje por Tribunales Laborales pertenecientes al Poder Judicial de la Federación; 2) se construiría un nuevo organismo público descentralizado para la conciliación y resolución de conflictos laborales; 3) para el registro de sindicatos y contratos colectivos de trabajo; 4) que las y los trabajadores serían consultados mediante voto personal, libre y secreto, antes de la firma de un contrato colectivo de trabajo.
En la realidad, las Juntas siguen otorgando rutinariamente reconocimiento legal a contratos de protección patronal y han obstaculizado el derecho de las y los trabajadores a la libertad de asociación sindical. Los impactos reales de la reformas 2012 y 2017, podemos observarlas, como hemos dicho en la precarización del trabajo y las condiciones laborales, con mayor impacto en las mujeres.
La reforma del 2012 falló en combatir la desigualdad por género. Prometió mejorar la protección legal para las mujeres trabajadoras por acoso sexual, discriminación, licencias por maternidad y paternidad, e impedir la exigencia de pruebas forzadas de embarazo. Hoy, las organizaciones defensoras de derechos humanos laborales seguimos identificando la vulneración de los derechos en estos temas en las empresas de manufactura y ensamble (confección, electrónica, automotriz, farmacéutica, aeronáutica, etc).
Los cambios aprobados por la Cámara de Diputados, en la definición de las tablas de enfermedades y riesgos de trabajo tiene enormes consecuencias en la calidad de vida de las y los trabajadores. Las organizaciones defensoras de derechos humanos laborales identificamos un conflicto de interés al facultarse a las empresas a definir el pago por enfermedad. Dependiendo de esas definiciones una persona trabajadora recibiría el 60% o el 100% de su salario en caso de incapacidad precisamente el segundo caso depende de las definiciones de enfermedad, infección, intoxicación o accidente laboral.
Por las anteriores consideraciones este primero de mayo La Red TDT se pronuncia por leyes laborales más justas, creadas con la participación de las y los trabajadores. También resulta fundamental que se garantice la libertad  de asociación, la contratación colectiva y un trabajo en condiciones más dignas.
Nos parece evidente que es necesario un replanteamiento de la política de apertura indiscriminada al comercio y a la inversión, pasando por encima del origen social de nuestro régimen político. El modelo de negociación y firma de tratados comerciales no sólo es profundamente antidemocrático y poco transparente, sino que pone en riesgo nuestra soberanía y la integridad misma de nuestra Nación y derechos.
En virtud de ello, realizamos las siguientes exigencias:

  • No debe aprobarse la reforma laboral secundaria, puesto que no ha sido puesta a consulta y perjudicaría aún más a la clase trabajadora de este país.
  • Exigimos un debate abierto sobre la política laboral por parte del gobierno federal con la participación de los sindicatos democráticos, la ciudadanía y las organizaciones y colectivos que trabajan derechos humanos laborales.
  • Exigimos revocar la ratificación del Tratado Integral y Progresista de Asociación Transpacífico (CPTPP).
  • Exigimos la apertura de un diálogo nacional para valorar qué tipo de acuerdos y relaciones comerciales que deseamos tener con la región norteamericana.

¡Este primero de mayo nos pronunciamos por verdaderas condiciones
de trabajo dignas y una reforma laboral más justa para todas y todos!

https://redtdt.org.mx/?p=10733

 

Reforma a Ley Federal del Trabajo no modificará outsourcing: CROC

Isaías González Cuevas, dirigente de esa organización obrera y campesina indicó que la ley secundaria en materia de Justicia Laboral no considera modificaciones al régimen de subcontratación
24/01/2018 Astrid Rivera
La reforma a la Ley Federal del Trabajo no cambiará el régimen de outsourcing o subcontratación, no se termina con los derechos laborales de los trabajadores, afirmó Isaías González Cuevas, secretario general de la Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos (CROC)
El también senador priísta explicó que la iniciativa de Ley Secundaria en materia de Justicia Laboral no contempla modificaciones al régimen de outsourcing o subcontratación, por lo que los artículos no se tocarán los artículos 15, 15-A, 15-B, 15-C y 15-D de la Ley Federal del Trabajo, permanecerán igual, como lo estableció la reforma de 2012.
Explicó también que el dictamen de la iniciativa de reformas a la Ley Federal del Trabajo, que se presentará ante comisiones en el Senado de la República, de ninguna manera pretende terminar con los derechos laborales de los trabajadores.
“Lo que se pretende con las modificaciones, es garantizar un sistema de impartición de justicia laboral, expedito y equilibrado, que no permita actos contrarios a los intereses de los trabajadores y no impida el crecimiento de las empresas”, aseguró.
El secretario general de la CROC, subrayó que este tema no formó parte de la reforma constitucional en materia laboral y tampoco se verá reflejado en las leyes secundarias, a pesar de las presiones que ejercen las empresas subcontratistas.
Reiteró que muchas de ellas han violado la ley y de ahí su planteamiento de liberar este tipo de contratación, para consolidar sus ganancias, abaratar la mano de obra y evitar el pago de reparto de utilidades.
González Cuevas advirtió que la central obrera a su cargo no aceptará este tipo de maniobras de los empresarios que pretenden suprimir restricciones a la subcontratación, destruir el Derecho del Trabajo e institucionalizar la precariedad laboral.
“Esta formulación aparentemente positiva, significa otorgar los mínimos de ley, que en México representan: salario mínimo, afiliación al Seguro Social, 6 días de vacaciones y 15 días de aguinaldo.
Insistió que las reformas propuestas, buscan introducir un cambio radical al actual sistema de justicia laboral, a \n de que la justicia en ese ámbito sea resuelta por un órgano judicial y se cree un organismo descentralizado de la Administración Pública Federal.
Este tendría a su cargo la función conciliatoria en el orden federal y la atención del registro de todos los contratos colectivos de trabajo y de las organizaciones sindicales, con el propósito de fortalecer el ejercicio de las libertades de negociación colectiva y sindicalización.
González Cuevas reiteró que la propuesta de reforma laboral contempla la desaparición de las Juntas de Conciliación y Arbitraje, para que las controversias entre trabajadores y patrones estén a cargo de los Tribunales laborales del Poder Judicial de la Federación o de las entidades federativas y se reduzca el tiempo en los procedimientos y la ejecución de las sentencias.

http://www.eluniversal.com.mx/nacion/sociedad/reforma-ley-federal-del-trabajo-no-modificara-outsourcing-croc
https://www.debate.com.mx/politica/Reforma-a-Ley-del-Trabajo-no-modificara-outsourcing-CROC-20180124-0426.html

Sonora: Reforma laboral… ¿sometimiento y supresión de derechos colectivos y sociales?

Profa. Martha Elva González/ Dia de publicación: 2018-01-14
Un futuro laboral incierto se prevé ocurra en perjuicio de las grandes masas sociales en México, las iniciativas de reforma laboral propuesta a finales del año anterior a la Ley Federal del Trabajo, así como la relativa al nuevo organismo encargado del registro de sindicatos, contratos colectivos y de conciliación, por dos senadores del Partido Revolucionario Institucional que se ostentan como líderes sindicales: Tereso Medina Ramirez de la Confederación de Trabajadores de México (CTM) e Isaías González Cuevas de la Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos (CROC), contribuye a que los derechos de los trabajadores sufran un severo retroceso.
Con esta nueva iniciativa, la condición de los trabajadores, cuyas actividades se encuentras enmarcadas en la Ley Federal del Trabajo se vislumbra traerá como consecuencia un debilitamiento a los derechos laborales y humanos del grueso de la población, es decir, los grupos sociales que históricamente han sostenido la economía del país, estarán mayormente expuestos y sujetos a disposiciones legales que laceran su esfera jurídica, los somete al arbitrio de las decisiones de los patrones y a la discrecionalidad con la que “suelen” operar las autoridades e instancias impartidoras de justicia en materia laboral, irónicamente, las personas con paupérrimos salarios son los que seguirán sosteniendo los caprichos de un reducido grupo de personas enquistada en el poder gubernamental, político y económico.
Lamentable, que personajes que emanan de grupos obreros y campesinos traicionen la confianza de las personas que “dicen” representar, pero, además el golpe lo asestan por partida doble, toda vez, que su posición en la curul debiera ser para velar por la progresividad de la seguridad social no sólo de éstos grupos sociales, sino de los mexicanos, empero, realizan lo contrario… ¿será que existe un jugoso bono por recompensa?
Luego entonces, una pregunta obligada reside en pretender saber… ¿Cómo se podrá alcanzar la democracia y la justicia, respecto a los derechos humanos laborales contenidos en el Convenio signado con la Organización Internacional del Trabajo (OIT)?
Se observa con justificada molestia que el halo protector que ha significado el artículo 123 constitucional se desdibuja con la flagrante violación a las garantías mínimas de los trabajadores mexicanos, más aún, porque la balanza se ha inclinado peligrosamente en beneficio de la parte patronal.
En relación a la constitucionalización del derecho al trabajo, Rafael Sastre Ibarreche, señala que con la Constitución Política de 1917 se realizó un reconocimiento histórico sobre las exigencias sociales, situación que deriva en un compromiso del Estado con los trabajadores. Para el derecho del trabajo las normas constitucionales conforman un marco regulador que delimita y prefigura el contenido de la norma legal, a la luz de los principios de la Constitución Mexicana, que interpreta y aplica el ordenamiento legal en su conjunto, con el fin de garantizar plenamente la efectividad de los derechos fundamentales de carácter laboral contenidos en dicho documento.
Es importante destacar que con la reforma laboral planteada el escenario se recrudece para la clase trabajadora, tornándose más crítica, toda vez que el ejercicio de los derechos colectivos laborales e individuales sería de imposible realización, de allí, que especialistas en la materia, académicos y sindicalistas democráticos manifiesten su inconformidad a través de los diferentes espacios de opinión, señalando, que con esta “aparente” transformación en beneficio de México, se esconden propósitos oscuros y adversos para el desarrollo social, pues, sólo responde a los intereses de los abogados patronales, beneficiarios del mezquino negocio del contratismo de protección patronal, las disposiciones son violatorias y contravienen los convenios internacionales suscritos por México.
Las iniciativas contienen entre otros agravios, los expresados a continuación:
Se cancelan de manera integral los derechos laborales al permitir una subcontratación libre (outsorcing), desaparecen las hipótesis normativas contenidas en la ley laboral de 2012, la subcontratación se podrá realizar cumpliendo tan sólo con los derechos mínimos de ley y para justificarla, se señala que era necesaria para poder crear más empleos. No habrá más limitación que lo pactado entre subcontratista y el contratante patrón, de quien se encubre su responsabilidad. El trabajo se convierte en una mercancía cuyo precio y condiciones serán pactados libremente en el contrato mercantil. Se protege sin reclamo alguno a las empresas que por la vía outsourcing general, no tienen trabajadores reconocidos para que no puedan ser emplazadas a huelga-
El importante avance de la reforma constitucional relacionada con la consulta mediante voto secreto como condición previa a la firma de un contrato colectivo, se deja de lado, aún cuando, el gobierno se había comprometido con la comunidad internacional a terminar con los contratos colectivos de protección patronal, por cierto, se otorga completa libertad al patrón para seguir escogiendo al sindicato de su preferencia, poniendo obstáculos insalvables para aquellos gremios que de manera legítima pretendan este reconocimiento.
Se confirma la concesión al sector empresarial para que el nuevo organismo de registro de sindicatos y contratos colectivos quede en manos de los sindicatos charros y los propios patrones, cuatro representantes de cada uno de ellos formarán parte del organismo rector; así, el director del instituto supuestamente autónomo queda relegado a grado tal, que ni derecho a voto tiene en el órgano de gobierno. El control queda en condiciones peores que las actuales, en consecuencia se regresa al tripartismo cuya aniquilación había justificado la reforma constitucional.
Se violentan las reglas establecidas en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, publicada en mayo de 2015, entre ellas, las disposiciones establecidas en su artículo 78 que obligan a la autoridad a poner a disposición del público y mantener actualizada la documentación sindical y contractual. En la iniciativa se pretende restringir este derecho a simples versiones públicas e índices. La falla es tan elemental que ignora la nueva ley general y sigue haciendo referencia a la anterior.
Se accede a la petición de las líneas aéreas para limitar la libertad de asociación y contratación colectiva de los sindicatos gremiales, entre ellos, las asociaciones democráticas de sobrecargos (ASSA) y de pilotos (ASPA). Queda establecido en las iniciativas, como lo habían pedido reiteradamente a la autoridad las empresas aéreas Interjet y Volaris, que no puedan demandar la titularidad de contratos colectivos para sus propios gremios.
En materia de aviso de despido por escrito y en el procedimiento se cancelan garantías vigentes, situación que deja en estado de indefensión a los trabajadores frente a los términos concedidos a los patrones ante la fijación de nuevas reglas procesales.
Se crea un mecanismo de autorización ficto o automático, cuando la autoridad no responda en tiempo para beneficiar una vía patronal de registro de contratos colectivos que no cumplan con los requisitos legales.
Otra situación que no debe pasarse por alto, estriba en relación a la suspensión del derecho a voz y voto de la CTM y la CROC en la Central Sindical Internacional (CSI) −la organización más grande del mundo− por proceder en contra de sus estatutos y actuar con pasividad en perjuicio de sus agremiados, por lo que se augura que en corto tiempo les estarán cancelando su registro, derivado de su penosa y vergonzosa actuación en el plano nacional e internacional.

Dirección electrónica: marelv_tita32@yahoo.com.mx
http://www.dossierpolitico.com/vercolumnas.php?artid=199499&relacion=dossierpolitico&categoria=292