
por Liliana Martínez 12 abril, 2019
La Cámara de Diputados aprobó en lo general y en lo particular, el dictamen que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de las leyes Federal del Trabajo, Orgánica del Poder Judicial de la Federación, Federal de la Defensoría Pública, del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, y del Instituto Mexicano del Seguro Social, en materia de justicia laboral, libertad sindical y negociación colectiva.
El documento, avalado en lo general con 417 votos a favor, 29 abstenciones y 1 en contra, establece que el trabajo exige respeto para las libertades y dignidad de quien lo presta; además, debe efectuarse en condiciones que aseguren la vida digna y la salud para las y los trabajadores y sus familiares dependientes. También refiere que es de interés social garantizar un ambiente laboral libre de discriminación y de violencia.
Señala que las mujeres y los hombres tienen igualdad de derechos y obligaciones, garantía que se establece en lo general y específicamente en función de la protección de las trabajadoras y trabajadores con responsabilidades familiares, asegurando la igualdad de trato y oportunidades.
Crea el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, que será un organismo público descentralizado del gobierno federal. Tendrá personalidad jurídica y plena autonomía técnica, operativa, presupuestaria y de gestión.
Será competente para substanciar el procedimiento de conciliación que deberán agotar los trabajadores y patrones, antes de llegar a los tribunales. También será competente para operar el registro de todos los contratos colectivos de trabajo, reglamentos interiores de trabajo y de las organizaciones sindicales, así como los procesos administrativos relacionados.
El dictamen también crea los centros de conciliación de las entidades federativas, que tendrán la atribución de realizar la conciliación en el ámbito local. Refiere que a los servidores públicos del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, cuando retrasen, influyan u obstruyan en el procedimiento de registros sindicales y de contratos colectivos y de reglamentos interiores de trabajo en favor o en contra de una de las partes, se les impondrá multa de 100 a 1000 Unidades de Medida y Actualización.
Igualmente, se crean los tribunales del Poder Judicial de la Federación y los tribunales de las entidades federativas, encargados del conocimiento y resolución de conflictos; en su actuación, los jueces y secretarios instructores deberán observar los principios de legalidad, imparcialidad, transparencia, autonomía e independencia.
En materia sindical, el dictamen refiere que los integrantes de sindicatos, federaciones y confederaciones tienen los derechos de libre afiliación y de participación al interior de éstas e implica que no pueden ser obligados a formar parte de algún sindicato, federación o confederación.
Subraya que los procedimientos de elección de sus directivas deberán salvaguardar el pleno ejercicio del voto personal, libre, directo y secreto de los integrantes, así como ajustarse a reglas democráticas y de igualdad de género.
De igual forma, aclara que el periodo de duración de las directivas no podrá ser indefinido o de una temporalidad tal que obstaculice la participación democrática de los afiliados. Además, las directivas deberán rendir cuenta completa y detallada de la administración de su patrimonio.
Agrega que el registro del sindicato podrá cancelarse por incumplimiento de su objetivo cuando sus dirigentes incurran en actos de extorsión contra los patrones.
Sobre la firma de contrato colectivo, el dictamen indica que el apoyo de los trabajadores mediante el voto libre, personal y secreto constituye una garantía para la protección de la libertad de negociación colectiva.
Precisa que la existencia de un contrato colectivo que abarque a la totalidad de trabajadores no será impedimento para que coexista con otro pacto sindical celebrado con un sindicato gremial de pilotos o sobrecargos.
Otro punto relevante es la creación del Fondo del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, que se encargará de atender lo relativo a los contratos colectivos y asociaciones sindicales.
Fija como obligación del patrón implantar, en acuerdo con los trabajadores, un protocolo para prevenir la discriminación por razones de género y atención de casos de violencia y acoso u hostigamiento sexual, así como erradicar el trabajo forzoso infantil.
Además, puntualiza que debe entregar a sus trabajadores, de forma gratuita, un ejemplar impreso del contrato colectivo dentro de los 15 días siguientes a que este documento sea depositado ante el Centro Federal de Conciliación.
En el articulado también se prohíbe al patrón cualquier acto u omisión que atente contra el derecho de los trabajadores a decidir quién debe representarlos en la negociación colectiva. Tampoco puede realizar cualquier acto tendente a ejercer control sobre el sindicato al que pertenezcan sus empleados.
En el capítulo Trabajadores del Campo se determina que el patrón llevará a cabo un padrón especial de los trabajadores contratados por estacionalidades, para registrar la acumulación de éstas, a fin de establecer la antigüedad y, con base en la suma de éstas, calcular las prestaciones y derechos.
Asimismo, la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos fijará las percepciones profesionales mínimas de los trabajadores del campo, debiendo tomar en consideración la naturaleza, cantidad y calidad del trabajo, así como el desgaste físico ocasionado por las condiciones laborales.
Para ese tipo de trabajadores, el patrón tendrá la obligación de suministrar de forma gratuita habitaciones con agua potable y piso firme a sus trabajadores. También deberá impartir capacitación de seguridad sobre el trabajo.
Respecto de los trabajadores del hogar, los patrones están obligados a inscribirlos al Instituto Mexicano del Seguro Social y pagar las cuotas correspondientes, conforme a las normas aplicables en la materia.
En cuanto a trabajadores de confianza, refiere que no podrán participar en las pruebas de recuento dentro de los conflictos de titularidad del contrato colectivo de trabajo, ni intervenir en las consultas para la firma o revisión de contratos colectivos a los que hace referencia el artículo 390, fracción II de la Ley Federal del Trabajo.
En cuanto al salario, el documento precisa que, en todos los casos, el trabajador tendrá acceso a la información detallada de los conceptos y deducciones de pago. Los recibos tendrán que entregarse al empleado de forma impresa o por cualquier otro medio.
Precisa que el escrito en que consten las condiciones de trabajo deberá contener la designación de beneficiarios a los que se refiere el artículo 501 de la ley, para el pago de los salarios y prestaciones devengadas y no cobradas a la muerte de los trabajadores o las que se generen por su fallecimiento o desaparición derivada de un acto delincuencial.
Al mismo tiempo, cambia las referencias en las leyes a la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, por Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral.
La reforma fue turnada para su análisis y discusión al Senado.
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Diputados pisan el acelerador para avalar la reforma laboral… esto dice el dictamen
Tras ‘llamadas de atención’ de AMLO y de Nancy Pelosi en EU, los diputados prevén aprobar esta misma semana la reforma laboral.

Foto: Twitter @Mx_Diputados
María Fernanda Navarro
abril 8, 2019
Esta semana, los integrantes de la Cámara de Diputados se enfocarán en analizar y aprobar el dictamen de la reforma laboral.
Diputados de diferentes fracciones parlamentarias han presentado iniciativas para modificar diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo desde septiembre del año pasado con el objetivo de adecuar las normas laborales del país a los acuerdos que se alcanzaron Tratado México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC).
El pasado 2 de abril, Nancy Pelosi, presidenta de la Cámara de Representantes de Estados Unidos, advirtió que el Congreso no votaría el T-MEC a menos que los legisladores mexicanos aprueben la reforma laboral, pero Mario Delgado, presidente de la Junta de Coordinación Política en San Lázaro, negó que la activación de la discusión en torno a la reforma se deba a dichas advertencias.
Las declaraciones de la congresista estadounidense no pasaron desapercibidas para el presidente Andrés Manuel López Obrador, quien pidió a los legisladores aprobar la reforma laboral de acuerdo a los términos que se estableció en la renegociación del acuerdo comercial de los tres países.
El dictamen prevé reformas, adiciones y derogaciones a diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, la Ley Federal de la Defensoría Pública, la Ley del instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y la Ley del Seguro Social en materia de justicia laboral, libertad sindical y negociación colectiva.
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La iniciativa, integrada en más de 600 páginas, se enfoca en el fortalecimiento de los mecanismos de la contratación colectiva, libertad sindical y la creación de tribunales laborales, todo con el objetivo de generar “condiciones que aseguren la vida digna y la salud para los trabajadores y sus familiares dependientes”, así como garantizar un ambiente libre de discriminación y de violencia.
Establece la creación del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, mismo que realizará la función conciliadora, llevará el registro de todos los contratos colectivos de trabajo, establecerá el Servicio Profesional de Carrera y seleccionará, mediante concurso abierto, a su personal, así como planes de capacitación y desarrollo profesional.
Asimismo, contempla la integración de que los centros de conciliación de las entidades federativas y de la Ciudad de México en sustitución a las Juntas de Conciliación y Arbitraje.
Precisa que los patrones tienen prohibido obligar a sus trabajadores a afiliarse o retirarse del sindicato o agrupación a la que pertenezcan, así como a realizar cualquier acto u omisión que atente contra su derecho a decidir quién debe representarlos en la negociación colectiva. Asimismo, deberán evitar realizar cualquier acto tendiente a ejercer control sobre el sindicato al que pertenezcan sus trabajadores.
Libre afiliación
El documento señala que los miembros de los sindicatos, federaciones y confederaciones, cuentan con los derechos de libre afiliación y de participación al interior de éstas, que implica que nadie podrá ser obligado a formar o no parte de estos grupos.
Los procedimientos de elección de sus directivas deberán salvaguardar el derecho al voto personal, libre, directo y secreto de los miembros y el periodo de duración de las directivas no podrá ser indefinido o de una temporalidad tal que obstaculice la participación democrática de los afiliados.
La iniciativa también establece que un sindicato incumple con su objeto o finalidad cuando sus dirigentes, apoderados o representantes legales incurran en actos de extorsión en contra de los patrones y en caso de comprobar estas conductas para demandar la cancelación del registro sindical.
Y señala que los patrones y trabajadores implementen un protocolo para prevenir la discriminación por razones de género y atención de casos de violencia y acoso sexual, así como erradicar el trabajo forzoso e infantil.
Está previsto que este documento se presente ante el pleno de la Cámara de diputados este jueves, después de su aprobación en la comisión de Trabajo y Previsión Social.
https://www.forbes.com.mx/diputados-ponen-fast-track-a-reforma-laboral-esto-dice-el-dictamen/
Reforma laboral busca acabar con liderazgos sindicales eternos

El proyecto de dictamen de reformas a la Ley Federal del Trabajo cerrará la puerta a la extorsión y a la entrega de dádivas entre líderes de centrales obreras y patrones. Conductas que serán motivo de pérdida del registro del gremio.
Notimex
07 de abril de 2019, 17:08
A fin de cumplir con las adecuaciones exigidas en el T-MEC, la Comisión de Trabajo y Previsión Social de la Cámara de Diputados alista debatir el miércoles próximo el predictamen de reforma en materia laboral, con lo que se eliminarían las juntas de Conciliación y Arbitraje y se acaba con liderazgo sindicales eternos.
Ante la corrupción que impera en la historia sindical, el proyecto de dictamen de reformas a la Ley Federal del Trabajo (LFT) cerrará la puerta a la extorsión y a la entrega de dádivas entre líderes de centrales obreras y patrones. Conductas que serán motivo de pérdida del registro del gremio.
“Se considerará que un sindicato incumple con su objeto o finalidad cuando sus dirigentes, apoderados o representantes legales incurran en actos de extorsión en contra de los patrones, exigiéndoles un pago en dinero o en especie para desistir de un emplazamiento a huelga o abstenerse de iniciar o continuar un reclamo de titularidad de contrato colectivo de trabajo”.
Plantea que esa conducta “comprobada” podrá servir de base para que se demande por la vía jurisdiccional la cancelación del registro sindical, independiente de las responsabilidades que puedan derivarse por la comisión de conductas delictivas.
El documento base de la iniciativa de Morena presentada a nombre del Ejecutivo federal, establece que el período de duración sindical y de las representaciones secciónales, en el caso de reelección, será facultad de la asamblea decidir mediante voto personal, libre, directo y secreto el período de duración y el número de los periodos que puedan reelegirse los dirigentes sindicales.
No obstante, aclara que el periodo de duración de las directivas no podrá ser indefinido o de una temporalidad tal que obstaculice la participación democrática de los afiliados, y tampoco podrá ser lesivo al derecho de votar y ser votado.
El documento establece que nadie puede ser obligado a formar o no parte de un sindicato, federación o confederación. Los procedimientos de la elección de sus directivas deberán salvaguardar el pleno ejercicio del voto personal, libre y secreto de los miembros, así como ajustarse a reglas democráticas y de igualdad de género.
El documento incorpora las obligaciones comprometidas en el T-MEC, el Convenio 87 y el Convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo sobre Derecho de Sindicación y Negociación Colectiva.
El respeto a la libertad y la autonomía sindical deberá observarse en el registro de los sindicatos, federaciones y confederaciones, así como en la actualización de las directivas sindicales.
Los trabajadores y los patrones, sin ninguna distinción y sin autorización previa, tienen el derecho de constituir las organizaciones que estimen convenientes, así como el de afiliarse a éstas, con la sola condición de observar los estatutos de las mismas.
Los miembros de los sindicatos, federaciones y confederaciones contarán con los derechos de libre afiliación y de participación al interior de éstas. Los procedimientos de elección de sus directivas deberán salvaguardar el pleno ejercicio del voto personal, libre, directo y secreto de los miembros.
El documento de 603 cuartillas establece desaparecer las juntas de conciliación y arbitraje, que serán sustituidas por el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, un organismo descentralizado, que además registrará los contratos colectivos y organizaciones sindicales, cuyo titular será designado por el Senado a propuesta del Ejecutivo.
Los compromisos adoptados por las partes en el T-MEC, en materia laboral, requieren la adopción de medidas para garantizar la libertad de asociación y el reconocimiento de la negociación colectiva, así como promover la implementación de medidas de protección contra la discriminación laboral, especialmente por motivos de género.
Por ello, la reforma laboral incluye el derecho de los trabajadores a participar en la negociación colectiva y a organizar, formar y unirse al sindicato de su elección sin interferencia patronal; crear un órgano independiente encargado de la conciliación y el registro de contratos colectivos; participación en elección de líderes sindicales mediante voto libre y secreto, así como revisión al menos cada dos años de los contratos colectivos.
https://www.eleconomista.com.mx/politica/Reforma-laboral-busca-acabar-con-liderazgos-sindicales-eternos-20190407-0044.html
Iniciativa para transformar el mundo del trabajo

28/12/2018
La iniciativa presentada ante la Cámara de Diputados en materia de justicia y democracia sindical es un elemento clave para enfrentar los enormes pendientes que en esta materia subsisten en nuestro país.
Dicha reforma es producto de varias piezas de un rompecabezas que, en su conjunto, forman un punto de quiebre con un modelo laboral basado en el control, la opacidad y la falta de democracia.
El primer elemento en el que se basa esta iniciativa son los cambios constitucionales aprobados en febrero de 2017, cuyas leyes reglamentarias quedaron para después. Otro elemento es la rati^cación del Convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo, por el cual México se comprometió a fomentar la negociación colectiva auténtica y la libre sindicalización. Finalmente, la iniciativa responde a los compromisos asumidos por México en el reciente acuerdo comercial T-MEC.
La iniciativa es producto de un amplio proceso de participación no sólo de organizaciones sindicales y empresariales sino también de académicos, especialistas, abogados laborales, integrantes del poder judicial y autoridades en esta rama del derecho. ¿En qué consisten y por qué son tan relevantes estos cambios en puerta? Señalemos cinco razones clave.
1. Democracia en el trabajo. Así como los ciudadanos eligen libremente a sus autoridades, ahora también los trabajadores elegirán a sus dirigentes por voto personal, libre, directo y secreto. Sus representantes tendrán que sujetarse constantemente a la rendición de cuentas, principalmente cuando renueven los términos de los contratos colectivos. Así, la reforma contribuirá a devolver el poder del sindicato a sus aliados.
2. Contratos colectivos genuinos. La reforma rescata la negociación colectiva de la simulación y la corrupción, propios de los contratos de protección, para que los acuerdos entre trabajadores y empleadores comiencen a girar en torno a mejorar la productividad y las condiciones laborales.
3. Se crea un órgano autónomo para la conciliación y el registro de sindicatos y contratos colectivos. Uno de los mecanismos de control político de los pasados gobiernos consistía en que el Poder Ejecutivo entregaba o negaba el
registro a un sindicato bajo criterios discrecionales: a los leales, lo concedía; a los disidentes, lo negaba. Para asegurar la libertad sindical, el registro quedará a cargo de un órgano autónomo e imparcial.
4. Justicia laboral. Tribunales laborales adscritos al Poder Judicial sustituirán a las Juntas de Conciliación y Arbitraje. Al independizar la justicia laboral de la órbita del Poder Ejecutivo, finalmente se corrige una anomalía que perduró durante muchos años. En adelante, el proceso será predominantemente oral y más expedito, en presencia de un juez en las audiencias.
5. Eliminación de la extorsión por sindicatos fantasmas.
Una práctica que ha agobiado a los empresarios es el constante chantaje de siglas sindicales que utilizan el emplazamiento a huelga como medio de extorsión sin contar con representación alguna. En la iniciativa se exige acreditar previamente dicha representación y se establecen distintos mecanismos para evitar estas prácticas.
Sabemos que quedan varios pendientes de la agenda laboral, entre ellos el abuso de la subcontratación y el régimen laboral burocrático. Concluida esta tarea, tenemos la responsabilidad de abrir espacios de diálogo en relación con estos temas fundamentales. Aprovechemos esta oportunidad histórica.
Secretaria del Trabajo y Previsión Social