Silbando al trabajar


SOBREAVISO
RENÉ DELGADO sábado 04 de mayo 2019, actualizada 8:04 am
Forzado, con prisa y a empujones, pero se dio un paso fundamental -transformador, diría ya saben quién- en el ámbito laboral. Ahora, dirigentes obreros y patronales deberán mostrar voluntad e inteligencia ante la modernidad y la competitividad, sin apoyar anhelos e intereses en el lomo del asalariado.
Como anillo al dedo le vino al presidente Andrés Manuel López Obrador y a la secretaria del Trabajo, Luisa María Alcalde, el compromiso laboral adquirido en el Tratado Comercial México-Estados Unidos-Canadá (T-MEC). De ratificarse aquel, habrán matado dos pájaros de un tiro: preservar el comercio trilateral y replantear, a partir de la liberación y democratización, la vida al interior de los sindicatos, así como su relación con los patrones.
Bajo presión y en el afán de no perder al principal socio comercial, el ex secretario de Economía Ildefonso Guajardo y el hoy subsecretario de América del Norte, Jesús Seade, le pusieron la mesa a la Cuarta Transformación en el capítulo laboral. En la implementación y administración de las nuevas reglas se cifrará hacer de ellas una gran oportunidad o un menudo problema.
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Naturalmente, el sólo cambio de reglas provocará tropiezos, jaloneos y turbulencias y no faltarán -de hecho, ya hay- quienes se escandalicen. Sin embargo, el gran desafío estará en gobernar y moderar el tránsito al nuevo estadio laboral sobre todo en tres rubros.
Uno. Evitar que la liberación y la democratización de la vida sindical derive en voracidad por parte de dirigentes obreros. En la nueva circunstancia, obvio, los dirigentes buscarán reposicionarse en el ánimo de asegurar la hegemonía de su organización y, en el intento, pueden generar inestabilidad en vez de certidumbre. Si el reajuste desemboca en una guerra sorda por arrebatar agremiados de modo clientelar y acaparar la titularidad del mayor número de contratos laborales existentes, la perversión de los nuevos instrumentos estará a la vuelta de la esquina. En el área de los partidos frecuentemente ocurre eso: las nuevas formaciones no crean y crecen la base militante sumando ciudadanos, no, se nutren de militantes que consiguen restar a algún otro partido.
Dos. Fincar la competitividad en factores distintos a la mano de obra barata. El empresariado ahí tiene un reto enorme de no muy fácil solución y estará obligado a salir de la zona de confort, donde se acomodó por años, gracias a los sindicatos blancos, fantasmas o de protección y la connivencia de las autoridades laborales.
Tres. Entender los efectos de la internacionalización de la fuerza laboral en la región comprendida por el nuevo tratado de comercio y advertir sus consecuencias. Al emparejarse las condiciones organizativas y económicas de la fuerza laboral en la zona, sobrevendrán ajustes en los sindicatos que, con sede en países distintos, tienen un mismo patrón. Descuidar esa vertiente, podría generar efectos colaterales no deseados. En ese aspecto, quizá, sólo los dirigentes Napoleón Gómez Urrutia y Francisco Hernández Juárez comprenden la dimensión del asunto. Durante su estancia en Canadá, el líder de los mineros tejió una red de relaciones con sindicatos extranjeros, adquiriendo presencia más allá de las fronteras, no en vano la confederación recién creada por él incluye el ingrediente «internacional». A su vez, el carácter de la industria e, incluso, de la empresa, donde Hernández Juárez encabeza el sindicato implica un sesgo transnacional.
Ahí radica otra clave para descifrar el porvenir de la reforma laboral.
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Ya en anterior Sobreaviso (13 de abril, «Historia sin aviso»), se resaltaba la importancia de la reforma laboral finalmente aprobada y, visto el atorón de la reforma educativa, hoy no es aventurado decir que el paso dado es, quizá, la más importante transformación registrada en lo que va del sexenio.
El mérito no es acreditable a la propia administración, pero no puede minusvalorarse algo: si, desde el curso de las negociaciones del T-MEC, Andrés Manuel López Obrador vio venir el doble efecto, no resta más que reconocer el instinto o el colmillo político mostrado.
Ahora, junto con su secretaria Luisa María Alcalde, el mandatario está obligado a administrar con esmero el tránsito a la nueva circunstancia. Navegar entre los vientos desatados por el cambio podría conducir no a un clima despejado, sino a un huracán y, en el desconcierto, quedar a la deriva.
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Hay una paradoja en esto. Envueltos en la bandera del nacionalismo, algunos dirigentes obreros y patronales califican la reforma laboral como una imposición foránea que vulnera la soberanía. En el contraste, algunos dirigentes políticos de rancia formación nacionalista saludan como globalifílicos la situación derivada del acuerdo trilateral.
Lo importante será determinar si la nueva legislación laboral se fijó al centro de la exigencia formulada por los demócratas fundamentalistas, encarnados por la representante Nancy Pelosi, o si fue más allá de lo establecido por la propia legislación laboral estadounidense.
En el límite y el horizonte de esa reforma se cifran también sus bondades y maldades.
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Sin querer o adrede, se ha dado un paso que constituirá una transformación. Si se administra bien el tránsito a esa nueva situación laboral, podrá decirse ¡enhorabuena!
APUNTES
Tergiversar el significado de las palabras tiene costos. Ante el asalto de integrantes de la Coordinadora Estatal de Trabajadores de la Educación de Guerrero al edificio del Congreso de esa entidad, ninguna autoridad municipal, estatal o nacional movió un dedo. Trastocado el significado del uso legítimo de la fuerza del Estado, podría interpretarse como un acto de represión. Increíble.

https://www.elsiglodetorreon.com.mx/noticia/1572962.silbando-al-trabajar.html

La Sub contratación, instrumento de simulación


Por: Jorge Viveros
En México, a 14 de octubre de 2018,
Según el IMSS, cerca del 80 por ciento de sus afiliados se encuentran registrados bajo el régimen de subcontratación (outsourcing). Se dijo en la exposición de motivos de la reforma a la Ley Federal del Trabajo de 2012 que sería para incrementar la productividad y competitividad de las empresas mexicanas, respetando los derechos de los trabajadores que obtendrían un salario decente. Se crearon los artículos 15 A al 15 D en los que se establecieron mínimas regulaciones para limitar abusos. Se estableció en el 15 A que el subcontratista presta servicios a un contratante con trabajadores bajo su dependencia; el contratante fija las tareas del contratista y lo supervisa en el desarrollo de los servicios o la ejecución de las obras; no abarcará la totalidad de las actividades de la empresa contratante; será para actividades especializadas y no podrá comprender tareas iguales o similares a las que realizan el resto de los trabajadores al servicio del contratante.
En los artículos 15 B y 15 C, se estipula que el contratante, al momento de celebrar el contrato con la subcontratista deberá cerciorarse que esta cuente con los documentos y elementos propios para cumplir con las obligaciones que deriven de las relaciones con sus trabajadores y que deberá cerciorarse permanentemente que cumple con las disposiciones en materia de salud y medio ambiente en el trabajo respecto de sus trabajadores. Se estipula que los subcontratistas no son intermediarios sino patrones, distintos al contratante que se beneficia con la prestación de servicios de los trabajadores al realizar funciones especializadas. A la fecha se ha convertido en un jugoso negocio de algunos despachos patronales, de transnacionales de contratación de personal y de corporaciones que han creado las propias, entre otros. La subcontratación es una mercancía que se ofrece para abatir costos fiscales, de salarios y seguridad social; nada qué ver con la especialización de servicios, aun cuando se ofrezca para distintos rubros. En un solo domicilio “operan” múltiples personas morales subcontratistas. Los despachos ofrecen servicio completo: la estrategia fiscal, salarial y de seguridad social y la asesoría jurídica, incluída la laboral, comprometiéndose a cubrir los gastos en caso de indemnizaciones. Una mercancía que reduce costos salariales, de seguridad social y fiscales: nada que ver con la especialización de los servicios que se prestarán, idóneos para aumentar productividad, calidad y competitividad del contratante.
Las consecuencias de la subcontratación han sido funestas para los trabajadores del país:
Para burlar la disposición de que un subcontratista no abarque a los trabajadores de toda la empresa, diversas personas morales contratan a los trabajadores según su actividad, así, en un hotel restaurante, los meseros son contratados por un patrón, las cajeras por otro, los intendentes por otro, etc; en un mismo domicilio laboran trabajadores contratados por 4 o 5 patrones diferentes e incluso, un solo trabajador está contratado por 3 patrones diferentes. Práctica común es cambiar a los trabajadores de patrón cada cierto tiempo, haciéndole firmar nuevo contrato afiliación al IMSS, etc., acompañados de una renuncia anticipada, sin entregarle copia de ningún documento;  “nadie sabe para quién trabaja”. El domicilio de cada patrón se encuentra a cientos de kilómetros de distancia y, generalmente se ignora; es práctica cada vez más común, que el contrato se firme en un café, restaurante o en la calle. Constantemente se cambia al trabajador el registro patronal ante las instituciones fiscales y de seguridad social. Se da el caso de algunas empresas que “rentan espacios” a los subcontratistas para realizar “sus funciones”. Se dan casos de empresas que manifiestan no tener a ningún trabajador contratado ni afiliado a ninguna institución de seguridad social, motivando alguna tesis aislada de Tribunal Colegiado, en el sentido de que no es creíble que una empresa realice actividades sin trabajadores. Los salarios se depositan en cuentas bancarias en las que no se informa el nombre del depositante ni el número de cuenta de transferencia, es información reservada, no se entregan recibos de pago. Cientos de miles de trabajadores laboran en el mismo domicilio, mismo puesto de trabajo y realizando las mismas funciones para distintos “patrones”; otros cambian de domicilio para realizar las mismas funciones para la misma empresa, para distintos “patrones”. La totalidad de los subcontratistas son personas morales de papel que no realizan ninguna actividad productiva, de manufacturera, de construcción, de servicios, extractiva, profesional, etc., real  y la mayoría no dan órdenes e instrucciones a “sus trabajadores” para el desempeño cotidiano de sus funciones. El mismo sistema, con sus particularidades, se aplica en todas las ramas de la economía mexicana: industria, servicios, banca, telefonía, minería, radio y televisión, etc. Se da la “pulverización” de los trabajadores en un mismo centro de trabajo o una misma empresa impidiendo su unidad, sindicalización y posibilidad de contratar colectivamente ya que todos trabajan para diferentes patrones, menos para el que se beneficia con su trabajo que establece contratos colectivos de protección conteniendo cláusulas que avalan y “legalizan” la subcontratación. 
Una práctica común es que los trabajadores son inscritos en las instituciones de seguridad social con salarios muy inferiores a los devengados, deteriorando las aportaciones al Sistema de Ahorro para el Retiro que llevará a ínfimas pensiones jubilatorias con el paso de los años. En la reforma de 2012 se creó un capítulo de procedimiento especial para “conflictos individuales de seguridad social” con el que se deben ventilar, entre otros, los juicio contra las AFORE; en los artículos del 899-A al 899-G, estipulando en la fracción IV del C, que la demanda deberá contener  el “nombre y domicilio de las empresas o establecimientos en que ha laborado; puestos desempeñados; actividades desarrolladas; antigüedad generada y cotizaciones al régimen de seguridad social”. A la demanda deberán acompañarse, según la fracción VII, “los documentos expedidos por los patrones… o, en su caso, el acuse de recibo de la solicitud de los mismos…” Estando el 80% de los trabajadores afiliados al IMSS bajo el régimen de subcontratación en las prácticas descritas, después de más de 24 años de cotizaciones, laborando para distintos “patrones”, personas morales de papel, radicados en domicilios diversos, dispersos por todo el territorio nacional, estarán imposibilitados para cumplir los requisitos de sus demandas, sobre todo, considerando que jamás se les proporcionan copias de contratos ni recibos de pago que únicamente firman.
Debe terminarse con esa figura de simulación laboral, de seguridad social y fiscal derogando los artículos 15A a 15D de la Ley Federal del Trabajo.

Llama Coparmex-CDMX a aterrizar reformas hacendarias a realidad


Redacción/Quadratín México   | 21 de marzo de 2018
Ciudad de México, 21 de Marzo de 2018.- La Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex) capitalina hizo un llamado al Congreso de la Unión para revisar los proyectos de reforma fiscal y laboral, así como a las autoridades respectivas para sacar los pendientes en materia de reglamentación fiscal dada la incertidumbre existente, siendo este un factor que inhibe la creación de empleos y el desarrollo económico.
En voz de la contadora pública Virginia Ríos, tesorera de Coparmex-CDMX y una de las ponentes en el Foro Laboral donde se abordaron diversos temas relacionados con el ámbito laboral y fiscal, el Centro Empresarial dio a conocer su postura.
Ahí, Ríos Hernández explicó cómo la reforma fiscal realizada en 2014 lastimó sensiblemente a los empresarios porque se estableció que las prestaciones sociales para los trabajadores como el fondo de pensiones, la despensa, el fondo de ahorro, el reembolso de gastos funerarios, las ayudas para útiles escolares, el tiempo extraordinario, los subsidios por incapacidad, entre otras, no podrían ser objeto de deducibilidad al cien por ciento, sino solo al 47 o al 53 por ciento.
“Los patrones no pudieron con esta carga fiscal y algunos decidieron quitar las prestaciones que habían otorgado a sus trabajadores con la intención de mejorar su calidad de vida, al no poder deducir al cien por ciento estos conceptos”, indicó.
La también empresaria calificó como urgente y necesario que los legisladores se avoquen a este importante rubro de prestaciones sociales con base en la realidad, pues apuntó, por un lado los trabajadores necesitan de las prestaciones sociales provistas por los patrones, y por el otro los patrones debieran tener incentivos por procurar un mejor nivel de vida a sus trabajadores, quitándoles carga fiscal.
“El patrón dice yo les doy a mis trabajadores una despensa, o les voy a dar un fondo de pensiones para que su nivel de vida en su etapa ya no productiva sea digna”, pero con esa disposición los patrones no pueden mantener esos incentivos.
Todas las prestaciones sociales ofrecidas por los patrones, explicó, son de gran apoyo para sus trabajadores, sobre todo las integradas en fondos adicionales para su jubilación, porque la mayoría de las pensiones por recibir en unos años a partir de las afores no llegarán ni al 30 por ciento de lo percibido actualmente por un trabajador.
Virginia Ríos citó también algunos estudios realizados por aseguradoras y especialistas como indicadores de la necesidad de mayor ahorro por parte del trabajador pero, aseguró, el trabajador no tiene de dónde ahorrar, entonces es ahí donde los patrones preocupados por esta situación decidieron otorgar fondos de apoyo para prever el retiro de sus empleados.
“Como estos fondos de apoyo no son deducibles al cien por ciento, algunos patrones los cortaron definitivamente y otros dijeron ya no le incremento más, y los que pensaban otorgarlo decidieron quedarse esperando a ver si habría alguna regulación diferente”, expresó.
Enfatizó la urgencia de revisar la situación actual de empresarios y trabajadores por parte de los legisladores del Congreso de la Unión, autoridades fiscales, laborales y de seguridad social para elaborar reformas a la Ley del Impuesto Sobre la Renta, o bien que el jefe del Ejecutivo por decreto permita deducir al cien por ciento las prestaciones sociales que los empresarios otorgan a sus trabajadores.
Al referirse a la subcontratación, mejor conocido como outsourcing, la especialista en temas financieros y fiscales aseguró que en este renglón los contratantes son los más afectados con la normatividad al respecto, al no permitírseles contratar servicios de naturaleza igual a la que corresponde el giro de la empresa, es decir, si se tiene una maquiladora de ropa y una empleada se incapacita, el patrón no puede contratar a una empresa que le envíe a una persona a realizar las tareas de la trabajadora incapacitada.
“Es necesario que eso se reforme no como viene en el proyecto del 7 de diciembre presentado a los senadores, sino con base en la realidad. Esto no está en la realidad”, indicó.
Como hoy están las cosas, “la subcontratación debe justificarse por su carácter especializado y no pueden realizar tareas iguales o similares a las que realicen los demás trabajadores de la empresa y en caso de no cumplir con esta condición, entonces al contratante se le considerará patrón para todos los efectos, incluso para seguridad social”.
Además, mencionó, hoy al contratante se le deja la tarea de prácticamente supervisar fiscalmente a la empresa de la cual subcontratará servicios, al establecer que “el contratante debe cerciorarse de que el contratista cuente con la documentación y elementos propios suficientes para cumplir con las obligaciones derivadas de las relaciones con sus trabajadores”, es decir registros en la Secretaría de Hacienda, del Trabajo, de Finanzas (de la entidad de la que se trate), en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) porque con ello se garantiza que el contratista es un empresario formal.
Y explicó la fracción V del artículo 27 de la Ley del ISR donde se establece que el contratante deberá obtener del contratista copia de los comprobantes fiscales por concepto de pago de salarios de los trabajadores que le hayan proporcionado el servicio subcontratado, de los acuses así como de su declaración de entero de las retenciones efectuadas a dichos trabajadores y del pago de las cuotas obrero patronales al IMSS y aquí la sanción por incumplir esta disposición es para el contratante, es decir, para quien no hará deducible el pago de los servicios subcontratados.
El presidente de Coparmex-CDMX, Jesús Padilla Zenteno, reiteró la necesidad de fomentar y defender la competitividad laboral en la Ciudad de México con el objetivo de preservar la capital como uno de los mejores sitios para invertir y agregó que ante el complicado panorama internacional es necesario mantener la confianza en la inversión y crear mecanismos para permitir la generación de más empleos y salarios dignos.
“Esto se logrará en la medida en la que fortalezcamos el mercado interno y mejoremos la competitividad laboral que asegure que las empresas tengan certidumbre jurídica y flexibilidad para mantener la capacidad de trabajo formal.
“Desde Coparmex-CDMX hacemos un llamado para que la Reforma Laboral venga acompañada de un proyecto de capacitación y formación profesional para quienes integrarán las nuevas instancias encargadas de impartir la justicia social con el fin de asegurar el respeto a los derechos de los trabajadores y que las empresas cuenten con los mecanismos para brindar más y mejores empleos”, detalló.
Las legislaciones secundarias de la reforma laboral, dijo, no deben perder de vista que de acuerdo con datos del Instituto de Informática y Geografía (INEGI), alrededor del 60 por ciento de los trabajadores no cuentan con prestaciones básicas de ley.
“Cerca del 90 por ciento de trabajadores cuentan con empleos generados por micro, pequeñas y medianas empresas, pero esto no garantiza un trabajo perdurable en el tiempo dada la mortandad de las empresas en Méxicol”, añadió.

Otro aspecto que se debe considerar, apuntó, es el trabajo informal, más de dos millones de personas laboran en esta condición, lo cual detona la importancia de involucrarnos en una reforma laboral que los alcance y los abrace a todos y acotó: “para esto es necesaria la participación del gobierno local y federal, además de los sectores productivos para hacer propuestas integrales a políticas públicas que permitan realizar estrategias para la generación de empleos formales”.
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