Aguascalientes : Reasignación de recursos al Poder Judicial está en espera por reformas

By Claudia Rodríguez Loera | 15/01/2018
Además de la materia laboral, habrá reformas constitucionales en Código Nacional de Procedimientos Civiles y en el tema de oralidad de los juicios en el tema Mercantil
No hay ningún impedimento por parte del Ejecutivo ni por parte de nosotros para reasignar recursos: diputado Francisco Martínez
El presidente de la Comisión de Justicia en el Congreso del Estado, Francisco Martínez Delgado, señaló que en este momento no es posible asignar mayores recursos al Poder Judicial si antes no se conoce cómo vienen desde la Federación las modificaciones en materia laboral, y del Código Nacional de Procedimientos Civiles, en los temas de Familia y de Juicios Mercantiles.
Ante la queja del presidente del Supremo Tribunal de Justicia del estado, Juan Manuel Ponce Sánchez, respecto a que el incremento de 400 mil pesos en el presupuesto de este año serán insuficientes para enfrentar los nuevos retos y compromisos, el diputado externó que asignar un recurso al Poder Judicial a fin de que enfrente las reformas para la Justicia Laboral en tanto no se den a conocer las modificaciones en esta materia en el ámbito federal.
Martínez Delgado recordó que las juntas laborales, a cargo del Poder Ejecutivo federal y estatal, ahora estarán en manos de los tribunales del Poder Judicial, para ello la fecha determinada para que entrara en vigor la reforma de Justicia Laboral era febrero de este año, a la que se le dio una prórroga hasta noviembre de este 2018: “Es un tema en el que no se pueden asignar en este momento recursos, pues desconocemos cómo vendría ahora la reforma federal, por ello es necesario esperar esa información para solicitar un reajuste al presupuesto; es decir que no podemos canalizar un presupuesto al Poder Judicial sin saber cuántos juzgados se van a requerir, entre otros aspectos”, explicó el panista.
Además del recurso que habrá de canalizar el estado al tema de justicia laboral -explicó-, también la Federación tendrá que hacer lo propio, al tratarse de una reforma en la Carta Magna.
Otro tema en el Poder Judicial que será necesario esperar como se desarrolla, luego de haber sido aprobado en el Congreso de la Unión, es el Código Nacional de Procedimientos Civiles y de Familia, por lo que es necesario revisar la manera en la que se habrá de implementar en el estado, y a partir de ahí determinar cómo debe de modificarse el presupuesto de egresos para otorgar los recursos al ente encargado de la impartición de justicia.
Además de la anterior, destacó el panista, viene otra reforma federal en el tema de la oralidad de Juicios Mercantiles: “No hay ningún impedimento por parte del Ejecutivo ni por parte de nosotros para reasignar recursos para la apertura, por ejemplo, de más juzgados familiares”, aseveró Francisco Martínez.

http://www.lja.mx/2018/01/reasignacion-recursos-al-poder-judicial-esta-en-espera-reformas/

 

Chiapas: Congreso, en busca de garantizar derechos laborales: Willy

14 enero, 2018
El presidente este recinto legislativo señaló que las reformas que se analizan buscan desaparecer las Juntas de Conciliación y Arbitraje, creando un nuevo Tribunal Laboral
Redacción
Dentro de la agenda de este periodo extraordinario de sesiones, se ha considerado la discusión de la iniciativa de Reforma al Sistema de Justicia Laboral, misma que presentó el Presidente de la Mesa Directiva Willy Ochoa en semanas pasadas, para las adecuaciones al marco jurídico estatal, por tal motivo para dar trámite legislativo a esta y otras iniciativas, la Comisión Permanente del Congreso del Estado aprobó por unanimidad el pasado viernes convocar al primer periodo extraordinario de Sesiones, del primer receso del tercer año de la LXVI Legislatura.
El Presidente de este recinto legislativo dijo que estas adecuaciones son para estar a la vanguardia en justicia laboral, y garantizar el cumplimiento de los derechos humanos a una plena justicia a trabajadores y patrones, acorde a la evolución de la creación de tribunales judiciales con independencia e imparcialidad que brinden una justicia efectiva a todos los chiapanecos.
Ochoa Gallegos sostuvo que con esta reforma se busca desaparecer las Juntas de Conciliación y Arbitraje, creando un nuevo Tribunal Laboral dependiente del Poder Judicial Estatal para judicializar los conflictos laborales y que estos sean resueltos por un organismo estrictamente jurisdiccional y se crea un organismo descentralizado dependiente del Poder Ejecutivo estatal, que tendrá la facultad en primera instancia de conciliar los litigios laborales. “Es de importancia mencionar que se establece que la facultad para conocer y resolver conflictos de competencia local entre patrones y trabajadores sea exclusiva del Tribunal Laboral del Poder Judicial del Estado de Chiapas”, dijo.
Por otra parte, durante la sesión extraordinaria de la Comisión Permanente, la Mesa Directiva dio lectura y turnó a la Comisión de Justicia –para su estudio y dictamen- el oficio signado por el Gobernador del estado Manuel Velasco Coello, por medio del cual se propone nombrar a Juan Oscar Trinidad Palacios, como magistrado del Tribunal Constitucional del Tribunal Superior de Justicia del Estado, el cual se discutirá y analizará en la sesión extraordinaria de este martes 16 de enero.

http://aquinoticias.mx/congreso-busca-garantizar-derechos-laborales-willy/

Justicia en el trabajo: Proyecto empresarial

13 enero 2018-01-14
Por: José Dávalos
En el proyecto de reforma laboral presentado a la Cámara de Senadores nuevamente aparece la mano empresarial arrebatando derechos a los trabajadores. Para comenzar quitan la obligación del patrón de dar aviso por escrito al trabajador de la causa o causas del despido y la clara advertencia que de no dar ese aviso el despido es nulo.
En su lugar solamente se estipula que el patrón que despida a un trabajador debe señalarle la conducta o conductas que motivaron la rescisión y la fecha o fechas en que se cometieron. El proyecto deroga la obligación de notificar el escrito de despido personalmente al trabajador o a través de la Junta de Conciliación y Arbitraje; que la prescripción de las acciones del trabajador empieza a contar a partir de la notificación personal; y, la nulidad del despido si no se dio el aviso.
El 30 de noviembre de 2012 se reformó la Ley Federal del Trabajo y se incorporaron cinco contratos para debilitar la estabilidad de los trabajadores en el empleo: el outsorcing, la capacitación inicial, el contrato de temporada, el contrato a prueba, y el contrato de pago por hora. No fue reformado el artículo 123 constitucional, pero el daño se hizo en la base con estos contratos.
Los principios rectores del procedimiento que actualmente aparecen en la ley con claridad y precisión, se cambian por un mar de principios generales que el trabajador difícilmente podrá invocar a la hora de formular su demanda. Son principios fundamentales de la fase contenciosa, principios fundamentales de la conciliación, principios fundamentales de los procedimientos laborales, principios fundamentales de la fase contenciosa, principios fundamentales de las sentencias.
En un estudio realizado por el profesor Porfirio Marquet Guerrero, encontró que los principios citados con mayor frecuencia son: uniinstancialidad, publicidad, gratuidad, inmediatez, oralidad, dispositividad, proteccionismo, economía, concentración, sencillez, informalidad, legalidad, imparcialidad, transparencia, autonomía, independencia. ¿El trabajador cómo podrá escoger alguno de esos principios? ¿Qué diferencia habrá entre autonomía e independencia? ¿Por qué el principio de legalidad, habrá un procedimiento que como principio tenga la ilegalidad?
La suplencia de la deficiencia de la demanda del trabajador y la carga de la prueba al patrón están referidos muy a medias. Es evidente que los trabajadores y sus representantes no participaron en la elaboración de este proyecto. La reforma a la fracción XX del artículo 123 constitucional primero y ahora el proyecto de las normas reglamentarias, son un golpe que se prepara contra los trabajadores.

josedavalosmorales@yahoo.com.mx
https://www.la-prensa.com.mx/columnas/proyecto-empresarial

Sonora: Reforma laboral… ¿sometimiento y supresión de derechos colectivos y sociales?

Profa. Martha Elva González/ Dia de publicación: 2018-01-14
Un futuro laboral incierto se prevé ocurra en perjuicio de las grandes masas sociales en México, las iniciativas de reforma laboral propuesta a finales del año anterior a la Ley Federal del Trabajo, así como la relativa al nuevo organismo encargado del registro de sindicatos, contratos colectivos y de conciliación, por dos senadores del Partido Revolucionario Institucional que se ostentan como líderes sindicales: Tereso Medina Ramirez de la Confederación de Trabajadores de México (CTM) e Isaías González Cuevas de la Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos (CROC), contribuye a que los derechos de los trabajadores sufran un severo retroceso.
Con esta nueva iniciativa, la condición de los trabajadores, cuyas actividades se encuentras enmarcadas en la Ley Federal del Trabajo se vislumbra traerá como consecuencia un debilitamiento a los derechos laborales y humanos del grueso de la población, es decir, los grupos sociales que históricamente han sostenido la economía del país, estarán mayormente expuestos y sujetos a disposiciones legales que laceran su esfera jurídica, los somete al arbitrio de las decisiones de los patrones y a la discrecionalidad con la que “suelen” operar las autoridades e instancias impartidoras de justicia en materia laboral, irónicamente, las personas con paupérrimos salarios son los que seguirán sosteniendo los caprichos de un reducido grupo de personas enquistada en el poder gubernamental, político y económico.
Lamentable, que personajes que emanan de grupos obreros y campesinos traicionen la confianza de las personas que “dicen” representar, pero, además el golpe lo asestan por partida doble, toda vez, que su posición en la curul debiera ser para velar por la progresividad de la seguridad social no sólo de éstos grupos sociales, sino de los mexicanos, empero, realizan lo contrario… ¿será que existe un jugoso bono por recompensa?
Luego entonces, una pregunta obligada reside en pretender saber… ¿Cómo se podrá alcanzar la democracia y la justicia, respecto a los derechos humanos laborales contenidos en el Convenio signado con la Organización Internacional del Trabajo (OIT)?
Se observa con justificada molestia que el halo protector que ha significado el artículo 123 constitucional se desdibuja con la flagrante violación a las garantías mínimas de los trabajadores mexicanos, más aún, porque la balanza se ha inclinado peligrosamente en beneficio de la parte patronal.
En relación a la constitucionalización del derecho al trabajo, Rafael Sastre Ibarreche, señala que con la Constitución Política de 1917 se realizó un reconocimiento histórico sobre las exigencias sociales, situación que deriva en un compromiso del Estado con los trabajadores. Para el derecho del trabajo las normas constitucionales conforman un marco regulador que delimita y prefigura el contenido de la norma legal, a la luz de los principios de la Constitución Mexicana, que interpreta y aplica el ordenamiento legal en su conjunto, con el fin de garantizar plenamente la efectividad de los derechos fundamentales de carácter laboral contenidos en dicho documento.
Es importante destacar que con la reforma laboral planteada el escenario se recrudece para la clase trabajadora, tornándose más crítica, toda vez que el ejercicio de los derechos colectivos laborales e individuales sería de imposible realización, de allí, que especialistas en la materia, académicos y sindicalistas democráticos manifiesten su inconformidad a través de los diferentes espacios de opinión, señalando, que con esta “aparente” transformación en beneficio de México, se esconden propósitos oscuros y adversos para el desarrollo social, pues, sólo responde a los intereses de los abogados patronales, beneficiarios del mezquino negocio del contratismo de protección patronal, las disposiciones son violatorias y contravienen los convenios internacionales suscritos por México.
Las iniciativas contienen entre otros agravios, los expresados a continuación:
Se cancelan de manera integral los derechos laborales al permitir una subcontratación libre (outsorcing), desaparecen las hipótesis normativas contenidas en la ley laboral de 2012, la subcontratación se podrá realizar cumpliendo tan sólo con los derechos mínimos de ley y para justificarla, se señala que era necesaria para poder crear más empleos. No habrá más limitación que lo pactado entre subcontratista y el contratante patrón, de quien se encubre su responsabilidad. El trabajo se convierte en una mercancía cuyo precio y condiciones serán pactados libremente en el contrato mercantil. Se protege sin reclamo alguno a las empresas que por la vía outsourcing general, no tienen trabajadores reconocidos para que no puedan ser emplazadas a huelga-
El importante avance de la reforma constitucional relacionada con la consulta mediante voto secreto como condición previa a la firma de un contrato colectivo, se deja de lado, aún cuando, el gobierno se había comprometido con la comunidad internacional a terminar con los contratos colectivos de protección patronal, por cierto, se otorga completa libertad al patrón para seguir escogiendo al sindicato de su preferencia, poniendo obstáculos insalvables para aquellos gremios que de manera legítima pretendan este reconocimiento.
Se confirma la concesión al sector empresarial para que el nuevo organismo de registro de sindicatos y contratos colectivos quede en manos de los sindicatos charros y los propios patrones, cuatro representantes de cada uno de ellos formarán parte del organismo rector; así, el director del instituto supuestamente autónomo queda relegado a grado tal, que ni derecho a voto tiene en el órgano de gobierno. El control queda en condiciones peores que las actuales, en consecuencia se regresa al tripartismo cuya aniquilación había justificado la reforma constitucional.
Se violentan las reglas establecidas en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, publicada en mayo de 2015, entre ellas, las disposiciones establecidas en su artículo 78 que obligan a la autoridad a poner a disposición del público y mantener actualizada la documentación sindical y contractual. En la iniciativa se pretende restringir este derecho a simples versiones públicas e índices. La falla es tan elemental que ignora la nueva ley general y sigue haciendo referencia a la anterior.
Se accede a la petición de las líneas aéreas para limitar la libertad de asociación y contratación colectiva de los sindicatos gremiales, entre ellos, las asociaciones democráticas de sobrecargos (ASSA) y de pilotos (ASPA). Queda establecido en las iniciativas, como lo habían pedido reiteradamente a la autoridad las empresas aéreas Interjet y Volaris, que no puedan demandar la titularidad de contratos colectivos para sus propios gremios.
En materia de aviso de despido por escrito y en el procedimiento se cancelan garantías vigentes, situación que deja en estado de indefensión a los trabajadores frente a los términos concedidos a los patrones ante la fijación de nuevas reglas procesales.
Se crea un mecanismo de autorización ficto o automático, cuando la autoridad no responda en tiempo para beneficiar una vía patronal de registro de contratos colectivos que no cumplan con los requisitos legales.
Otra situación que no debe pasarse por alto, estriba en relación a la suspensión del derecho a voz y voto de la CTM y la CROC en la Central Sindical Internacional (CSI) −la organización más grande del mundo− por proceder en contra de sus estatutos y actuar con pasividad en perjuicio de sus agremiados, por lo que se augura que en corto tiempo les estarán cancelando su registro, derivado de su penosa y vergonzosa actuación en el plano nacional e internacional.

Dirección electrónica: marelv_tita32@yahoo.com.mx
http://www.dossierpolitico.com/vercolumnas.php?artid=199499&relacion=dossierpolitico&categoria=292

 

Tamaulipas: Sin condiciones para que entre el nuevo Modelo de Justicia Laboral

La aplicación de esta Reforma está sujeta a las leyes secundarias que detallaran el nuevo modelo de la impartición de justicia laboral
Visto 19 veces | La Ciudad | Por Daisy Verónica Herrera Medrano
En Tamaulipas no hay condiciones para atender la Reforma Constitucional que dicta el traslado de la Justicia Laboral al Poder Judicial, toda vez que no hay leyes secundarias para su ejecución, no hay presupuesto asignado para el nuevo modelo y no se cuenta con el personal ni la infraestructura para hacerlo.
La Justicia Laboral representa en Tamaulipas 14 mil expedientes albergados en las ocho Juntas de Conciliación y Arbitraje del Estado, que atienden unos 250 burócratas entre oficiales, actuarios, jueces y personal administrativo.
La reforma constitucional, propuesta por el Ejecutivo, entra en vigor el 24 de febrero de 2018, en ella se ordena la desaparición de las juntas de conciliación y arbitraje y el traslado de su competencia al Poder Judicial Federal, que encabeza la Suprema Corte de Justicia de la Nación y de los Tribuales de Justicia de los Estados, a fin de que sean estos los que resuelva los litigios laborales.
La aplicación de esta Reforma está sujeta a las leyes secundarias que detallaran el nuevo modelo de la impartición de justicia laboral, una de estas leyes – La Ley Federal del Trabajo- se discute actualmente en el Senado de la República.
Esta reforma, explica el Subsecretario de Trabajo en Tamaulipas, Arturo González Salazar, dará luz sobre la nueva impartición de justicia a cargo de los Estado, pero advierte, que mientras no se apruebe, los Estados no están en posibilidades de prepararse para el nuevo modelo, pues incluso el Poder Judicial depende de ella para organizarse.
“En el Estado estamos a la espera para que cuando se apruebe, los expedientes sindicales y los contratos colectivos se pasen a al organismo de naturaleza federal que tendrá todos los registros sindicales y todos los contratos colectivos, ya estamos listos para cuando se acuerde el traslado”, precisa.
Los términos de la reforma a la Ley del Trabajo que está en discusión refieren que el día 8 de noviembre de 2018 empieza a funcionar el nuevo Sistema de impartición de justicia y que también van a empezar a funcionar las nuevas Unidades de Conciliación.
Estas Unidades de Conciliación, explica el funcionario -serán las responsables de arreglar y solucionar los conflictos individuales y colectivos-.
La falta de aprobación de las leyes secundarias y la falta de asignación de un techo presupuestal para la reforma constitucional limitan la preparación del Poder Judicial y del propio Estado, pues no pueden adelantar ni organizar nada para cumplir con la ley que ya entra en vigor en un mes y medio.

https://elmercurio.com.mx/la-ciudad/sin-condiciones-nuevo-modelo-justicia-laboral

 

Sonora: Turnan a comisiones iniciativa de reforma constitucional en materia de justicia laboral

En la primera sesión del año de la Diputación Permanente, la Presidencia turnó para estudio a las comisiones de Gobernación y Puntos Constitucionales, y de Asuntos del Trabajo, la iniciativa presentada por la titular del Poder Ejecutivo estatal en materia de justicia laboral.
Se trata de una armonización que el Poder Legislativo y los congresos locales del país deberán realizar a sus constituciones locales antes del 24 de febrero del presente, conforme al Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones a los artículos 107 y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en vigor desde el 24 de febrero de 2017.
Durante la sesión ordinaria, la diputada Teresa María Olivares Ochoa, secretaria de la mesa directiva, dio lectura a la correspondencia en la cual se dio cuenta de la iniciativa presentada por la Gobernadora, misma que modifica diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado de Sonora en materia de justicia laboral, junto con otra que reforma y deroga disposiciones del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Sonora.
La diputada Angélica María Payán García, presidenta de la mesa directiva, cedió el uso de la voz al diputado Rafael Buelna Clark para que diera lectura a la propuesta, mediante la cual se busca crear un nuevo sistema de justicia laboral que implica que ésta sea impartida, en lo sucesivo, por órganos del Poder Judicial Federal o de los poderes judiciales locales, según corresponda.
Expuso que la iniciativa replantea la función conciliatoria como una instancia a la cual los patrones y los trabajadores deberán acudir, con lo cual se privilegia que los nuevos órganos de impartición de justicia laboral concentren su atención en las tareas jurisdiccionales propias de su nueva responsabilidad.
En tanto la función conciliatoria estará a cargo de centros de conciliación especializados e imparciales, dijo, dotados de personalidad jurídica y patrimonio propio, además de que contarán con plena autonomía técnica, operativa, presupuestaria, de decisión y de gestión.
La Presidenta de la mesa directiva consideró como positivo que exista la preocupación de continuar en la armonización y modificación de leyes locales con las disposiciones federales, y en este caso seguramente va a beneficiar a los ciudadanos, sostuvo.
Consideró que esta LXI Legislatura está en tiempo y forma para aprobar la reforma constitucional en materia de justicia laboral antes del 24 de febrero, ya que el segundo periodo de sesiones ordinarias inicia el 1° de febrero del presente.
El diputado Rafael Buelna Clark agregó que desaparecerían las juntas de conciliación y arbitraje, para crear una sola junta y el Poder Ejecutivo sólo tendrá la parte conciliatoria, para que los juicios los lleve el Poder Judicial del Estado, o si se trata de un conflicto federal pasará al Poder Judicial de la Federación.
“Actualmente las juntas llevan la conciliación y llevan todo el proceso que se da en los conflictos laborales; con esta reforma a la Constitución de Sonora estamos en posibilidades de legislar las nuevas leyes en el tema laboral para que entren en vigor a partir del 24 de febrero del presente año”, expresó el vicepresidente de la mesa directiva.

http://h.canalsonora.com/turnan-a-comisiones-iniciativa-de-reforma-constitucional-en-materia-de-justicia-laboral/

Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos

Por Salvador Contreras
Noticias León Publicado: 10 Enero 2018
Guanajuato, Gto., enero 10.- En la segunda quincena de este mes se realizarán mesas de trabajo entre representantes de los tres poderes del estado con el fin de ultimar detalles para la reforma laboral local.
Por ahora se está a la espera de información sobre ese tema solicitada al gobierno federal, informó la diputada Libia Denisse García Muñoz Ledo.
“Porque realmente nuestra preocupación sobre este tema es los asuntos que se encuentran en trámite, que actualmente los llevan las propias juntas de conciliación y la reforma federal plantea que al inicio de vigencia de justicia laboral serán turnados los asuntos a los juzgados competentes ya del poder judicial y esto nos parece que es un tema delicado, que incluso puede estar ahí en la línea del principio de violentar un poco el principio de legalidad y nos preocupa”.
La pretensión de los tres poderes del estado es que los asuntos que se llevan bajo el sistema vigente concluyan en el mismo esquema.
“Estamos analizando la posibilidad de que en Guanajuato pudiera ser de forma diferente para que los asuntos se concluyan en las juntas y el poder judicial solamente tome los asuntos que empiecen a raíz del nuevo sistema de justicia laboral”.
Por disposiciones legales, la reforma laboral del estado deberá quedar concluida el mes próximo. /

https://meganoticias.mx/leon/ultimo-minuto-leon/73761-el-proximo-mes-habra-reforma-laboral-del-estado.html

 

Analizan titulares de stps y ocde avances de reformas en materia laboral

El Secretario del Trabajo y Previsión Social, Alfonso Navarrete Prida, a quien se menciona como posible secretario de Gobernación, y el Secretario General de la OCDE, José Ángel Gurría, destacaron los avances de las reformas estructurales implementadas por el Gobierno del Presidente Enrique Peña Nieto, y su impacto para mejorar el mercado laboral en México.
En una reunión sostenida en la sede de esta dependencia, el titular de la STPS aseguró que, en materia laboral, uno de los resultados más importantes y visibles derivados de estas reformas ha sido haber superado en la presente administración en 100 por ciento a los dos gobiernos previos en cuanto a creación de empleos formales.
El aún encargado de la política laboral del País subrayó, asimismo, que los retos que persisten en el ámbito del trabajo deben superarse desde un enfoque integral y con la cooperación conjunta entre gobierno y representantes de empleadores y de trabajadores.
A su vez, el Secretario General de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), José Ángel Gurria, destacó que la implementación de las 13 reformas estructurales, entre ellas la Educativa, Energética, Financiera, de Telecomunicaciones y Competencia Económica, pero particularmente la Laboral que introdujo una legislación flexible, permitió la generación récord de 3.5 millones de empleos desde diciembre de 2012.
Ratificó que la OCDE continuará proporcionando su apoyo a México para que nuestro País continúe siendo ejemplo ante otras naciones en la implementación de reformas transformadoras y modernizadoras.
También reconoció como principales logros del Gobierno mexicano el impulso de la economía y competitividad, además del fortalecimiento de la gobernanza; sostuvo que, gracias a estas reformas, se ha reducido la pobreza y la tasa de informalidad laboral, aumentado y mejorado la cobertura de trabajadores por el sistema de seguridad social.
En ese sentido, José Ángel Gurría detalló que México ha reducido la proporción de trabajadores informales de 59.6 por ciento en el último trimestre de 2012 a 56.5 por ciento al final del primer semestre de 2017, aunado a que los niveles de productividad laboral han mostrado importantes avances.
Este evento, en su segunda edición luego del celebrado en Bergen, Noruega, en 2016, tendrá como objetivo proporcionar a los países miembros la oportunidad de discutir los beneficios y desafíos de construir estrategias eficaces de habilidades con un enfoque global que involucre a todos los actores relevantes, a fin de maximizar las habilidades laborales para contribuir a potenciar la productividad, la innovación y la inclusión social.
En la reunión también participaron, por parte de la OCDE, la Jefa de la Oficina del Secretario General, Gabriela Ramos; el Director del Centro en México, Roberto Martínez Yllescas; y el Jefe de la Unidad de Proyectos Especiales, Mario López Roldán….
https://diarioalmomento.com/pendiente-la-salida-de-la-ctm-de-la-csi-e3TQxe3TY2e3w.htm
 

La iniciativa laboral Peña Nieto-Meade en 10 puntos

sábado 6 de enero 2018
Arturo Alcalde Justiniani
Condena generalizada ha provocado la iniciativa de reforma a la Ley Federal del Trabajo presentada en diciembre pasado por los senadores del PRI, Isaías González Cuevas (CROC) y Tereso Medina (CTM) con evidente encargo del Ejecutivo Federal actual y su candidato presidencial, José Antonio Meade. A la fecha, ni una sola voz se ha alzado apoyando esta propuesta, incluso hay que precisar, que ambos senadores fueron desconocidos en sus propias centrales por estos hechos y a pesar de ello, hicieron todo lo posible para que se aprobara al vapor. Hoy se anuncia que este propósito se repetirá en febrero próximo, al inicio del periodo de sesiones del Congreso de la Unión, bajo la excusa de que la reforma en materia laboral a la Carta Magna, planteó el término de un año para reglamentarla.
Conforme a su contenido, la iniciativa plantea un nuevo modelo laboral que incluye temas que el sector empresarial había querido introducir sin éxito en el pasado, con un carácter altamente regresivo. Por ello, urge debatir pública y ampliamente su contenido, proyección y consecuencias. Esta iniciativa puede resumirse en los siguientes 10 puntos:
1) Disuelve los derechos laborales fundamentales al liberar la subcontratación (outsourcing) y permitir que la responsabilidad de los patrones pueda ser trasladada libremente a un tercero (contratista) con la intención de abaratar el costo de la mano de obra. Esta facultad genera un efecto destructor en toda la estructura laboral dejando a los y las trabajadores en total estado de indefensión.
2) Facilita el despido injustificado al derogar la obligación patronal contenida en la ley, de comunicarlo por escrito al trabajador, señalando sus motivos.
3) Promueve los reajustes y despidos masivos injustificados de trabajadores, al liberar al patrón de la obligaciónn vigente de justificar previamente ante la autoridad su causa, cuando alega entre otras razones, incosteabilidad, quiebra o la decisión de los acreedores de cerrar un centro laboral. Para remate la iniciativa reduce las indemnizaciones en caso de reajuste o separación colectiva sustituyendo la obligación de pago conforme al salario vigente, por el de un concepto de cuantía menor al salario mínimo. Los nuevos artículos 436 y 439 son una auténtica invitación a despedir trabajadores a un bajísimo costo.
4) Reduce las indemnizaciones en caso de riesgo de trabajo, muerte e incapacidad incluidas, substituyendo la obligación actual de pagar en base al salario que recibía el trabajador por una unidad de medida, menor al salario mínimo.
5) Obstaculiza el derecho de libertad sindical y negociación colectiva violando el texto constitucional y los convenios internacionales de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), imponiendo una serie de obstáculos jurídicos y prácticos imposibles de cumplir para un sindicato autónomo, fuera del control empresarial, fortaleciendo así los contratos de protección patronal. Ignora las reglas democráticas establecidas en la reciente reforma constitucional, entre ellas, el voto secreto como exigencia previa para la firma de un contrato colectivo. Hace también imposible el ejercicio de derechos laborales colectivos en la pequeña y mediana empresa ya que la naturaleza de los nuevos requisitos los vincula a empresas de mayor tamaño. Atiende claramente la petición empresarial del sector aeronáutico para que los sindicatos gremiales de sobrecargos y pilotos no puedan ejercer sus derechos.
6) Hace imposible el que los trabajadores puedan cambiar de sindicato por la vía de los juicios de titularidad al imponer requisitos insalvables de” procedíbilidad” y legitimación que deben ser cumplidos bajo un tortuoso procedimiento administrativo aún antes de iniciar el juicio, los cuales están diseñados para facilitar la represión de los trabajadores.
7) Impide el ejercicio del derecho de huelga al imponer requisitos que no podrá cumplir un sindicato auténtico. Hay una clara intención de cerrar la puerta al acceso legítimo a la negociación colectiva para dejar libre la controlada por el patrón, que es la fuente del contratismo de protección.
8) Cancela el carácter autónomo del Instituto Federal de Conciliación y Registro Laboral encargado del registro de sindicatos y depósito de contratos colectivos, al imponerle un órgano de gobierno controlado por la representación tanto de los sindicatos oficialistas como patronales, regresando a un sistema corporativo más rígido y discrecional que las actuales Juntas de Conciliación y Arbitraje.
Este tema es de particular importancia porque se hace depender todo el sistema en materia de asociación, contratación colectiva y huelga en este instituto y en los centros de conciliación estatales, convirtiéndolos en fiscalizadores o jueces administrativos, invadiendo las tareas de los jueces laborales a quienes se les relega a una función marginal en detrimento del estado de derecho.
9) Suprime los avances en materia de transparencia sindical contraviniendo la nueva Ley General de Transparencia e Información Publica que obliga a publicitar íntegramente por Internet los documentos en poder de la autoridad, así como a entregar copia de los mismos a cualquier solicitante. En la iniciativa se reduce este derecho bajo las figuras de declaraciones públicas e índices con la clara intención de ocultar información y mantener el sistema de control y corrupción vigentes.
10) En materia procesal, poco habría que decir, si se impone un marco de derecho laboral hueco, regresivo y violatorio de los derechos humanos. Si no hay sustancia, poco importa el procedimiento.
Una propuesta de esta naturaleza es en su totalidad lesiva no sólo para los trabajadores sino también para la sociedad en su conjunto, incluyendo a los empresarios, pues cancela la vía jurídica para el ejercicio de los derechos y la solución de controversias, acciones nada recomendables en un escenario de crisis como el que vivimos.
http://laopcion.com.mx/noticia/195083

Sonora: Confusión por falta de información de nueva reforma laboral: CTM

Viernes 05 de Enero de 2018, Escrito por Francisco Espinoza / El Diario
Nogales, Son
La falta de información ante la entrada en vigor del nuevo sistema de justicia laboral ha generado confusión e incertidumbre sobre su funcionamiento, entre personal de las juntas del trabajo, abogados y sindicatos.
El secretario general de la Confederación de Trabajadores de México (CTM) en Nogales, Jorge Vega Valles, manifestó la inexistencia aún de acuerdos en el Congreso de la Unión de la iniciativa de reforma laboral.
“Se tiene establecido que entre en vigor el 24 de febrero próximo”, indicó, “pero la falta de información ha creado una incertidumbre muy grande tanto en los empleados de las junta de trabajo, los abogados y la parte sindical”.
Existe un desconocimiento total de cómo habrá de operar, señaló, más en materia de rezago que solo en Nogales, superan los más de nueve mil y en el Estado ronda en los 30 mil expedientes sin resolución.
Para la operación de este nuevo sistema, explicó, se habrá de crear un organismo autónomo para revisar los contratos colectivos, el registro de sindicatos y la resolución de conflictos.
“A nivel de gobierno se maneja esta información”, subrayó, “pero no tenemos la certeza de que así sea, posiblemente existan modificaciones a la iniciativa, porque no se cumplen con los compromisos para la justicia laboral”.
El dirigente obrero externó su confianza que en breve, sean emitidos los lineamientos de operación y funcionamiento de los nuevos tribunales de justicia laboral.

http://www.eldiariodesonora.com.mx/notas.php?nota=103939