
La iniciativa busca brindar democracia sindical a los agremiados, además de crear una nueva estructura para la resolución rápida de los conflictos y las demandas de empleo
La reforma prevé garantizar la perspectiva de género y los derechos fundamentales / CUARTOSCURO
SÁBADO 23 DE FEBRERO DE 2019
Rafael Ramírez | El sol de México
Por iniciativa del Gobierno federal, en la Cámara de Diputados la próxima semana iniciarán las mesas de trabajo para la discusión de una Reforma Laboral de gran calado que busca, entre otras cosas, cambiar dos aspectos sustanciales como: brindar democracia sindical a sus agremiados y crear una nueva estructura para la resolución de conflictos y demandas laborales.
La Reforma Laboral, busca asegurar la democracia sindical para que la clase trabajadora elija a sus dirigentes de manera libre, personal y secreta, desde secretarios generales hasta los más bajos cargos de representación en los sindicatos. Incluso, pretende garantizar la paridad de género en representación gremial.
Por lo que toca a los contratos colectivos de trabajo planea que éstos, deberán revisarse al menos una vez durante los cuatros años posteriores a la entrada en vigor del decreto, para garantizar que todos los contratos colectivos se hayan hecho del conocimiento de los trabajadores que cubre cada contrato en particular.
De acuerdo con la iniciativa presentada por Morena en la Cámara de Diputados para modificar la Ley Federal del Trabajo, y en la que se tomará como base para la Reforma Laboral, tiene como objetivo fundamental orientar la reglamentación de la ley antes mencionada, para “garantizar el acceso a una justicia independiente e imparcial, así como al libre y pleno ejercicio de los derechos colectivos de los trabajadores” para que “el mercado de trabajo vuelva a ser un factor de inclusión social en lugar de un generador de pobreza y desigualdad”.
Dentro de los aspectos más relevantes de esta iniciativa, se propone: garantizar a los sindicatos democracia y “libertad de negociación colectiva”, a través de un Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, autónomo de decisiones y de gestiones, en los que se detallarán las funciones por la Constitución para el registro de sindicatos.
Su director será designado por el Senado de la República de entre una terna propuesta por el Presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador y tendrá una Junta de Gobierno que estará integrada por la titular de la Secretaría de Trabajo y Previsión Social, y de la Secretaría de Hacienda, Instituto Nacional de Estadística y Geografía, Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, así como del Instituto Nacional Electoral; además el Centro tendrá las facultades para conciliar los conflictos obrero-patronales, y en el ámbito de las entidades federativas, quedará a cargo de los Centros de Conciliación estatal.
La reforma prevé también garantizar la perspectiva de género y de los derechos fundamentales, respondiendo a un ambiente laboral libre de discriminación y de violencia; además de promover la igualdad de género.
Asimismo, propone un nuevo orden de “justicia laboral”, implementado por órganos del Poder Judicial, tanto en el ámbito federal como en el local, que se concentrará en tres tareas fundamentales, la primera es la conciliación para solución a los conflictos laborales; la segunda, el desarrollo de juicios laborales para cumplir con una tutela judicial efectiva, y dar atención a los procedimientos ordinarios individuales.
En este sentido, la nueva justicia laboral buscará acortar el tiempo de los juicios, por lo que se promoverán soluciones mediante un acuerdo previo, el cual no deberá tardar más de 45 días naturales, y buscará que lleguen a tribunales sólo los casos en que “sea imposible un arreglo conciliatorio”.
Prevé también, un capítulo de sanciones para aquellos servidores públicos de los Centros de Conciliación que obstruyan o dilaten el procedimiento conciliatorio o la entrega de la Constancia de Representatividad.
En cuanto a la transformación de los centros de impartición de justicia y sus procedimientos, los cuales dejan de ser juntas de conciliación y arbitraje para ser tribunales laborales, la diputada federal de Movimiento Ciudadano, Priscila González expresó su preocupación sobre lo que pasará con los juicios en curso tanto para trabajadores como patrones, o los sindicatos que mantienen huelgas cuando ente en vigor la reforma, pues dijo que, aún no se detalla esto; sin embargo, atajó que esto será tema de análisis en las mesas de trabajo que arrancan este martes 26 de febrero a las 16:00 horas en la Cámara de Diputados.
Por lo que toca a la primera mesa de trabajo, esta consistirá en analizar la “Reforma Laboral en las Juntas de Conciliación y Arbitraje, Tribunales del Poder Judicial federal y local, así como su impacto presupuestal de la implementación de la Reforma”, con los ejes temáticos: derechos laborales del personal de las Juntas y el desahogo de los juicios en trámite.
Para el miércoles 27 se prevé la continuación de las mesas con el tema de “Derecho Colectivo” y los ejes que se tratarán son: el Derecho de asociación y negociación colectiva, voto secreto y la rendición de cuentas en los sindicatos y contratación colectiva.
Etiqueta: tribunales laborales
Chihuahua: Personal de la junta de conciliación se actualiza sobre reforma constitucional en materia laboral

Magistrado Sergio Javier Molina Martínez imparte la conferencia Reforma Constitucional en Materia Laboral
22 de febrero 09:29am
El Gobierno del Estado a través de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), llevó a cabo la conferencia Reforma Constitucional en Materia Laboral, impartida por el Magistrado Sergio Javier Molina Martínez, titular de la Unidad de Implementación de la Reforma en Materia de Justicia Laboral del Poder Judicial de la Federación.
En el evento, abogados laboralistas y personal de las Juntas Locales de Conciliación y Arbitraje pudieron explorar los cambios que implicará para el ejercicio de su profesión el que la impartición de la justicia laboral sea adoptada por el Poder Judicial.
La conferencia realizada el 6 de septiembre del 2018, también fue abierta a universitarios, sector empresarial, colegios de abogados, sindicatos y público en general.
La visita del Magistrado se realizó también en la capital del Estado con la intención de informar sobre la Reforma Laboral y su implementación.
Con el inicio de la administración se vio la necesidad de establecer comunicación y coordinación con el Poder Judicial y Legislativo, llevando a cabo una mesa de trabajo para establecer las tareas que competían al Estado, para llevar una adecuada implementación de la Reforma Laboral.
A través de la capacitación que surgió con la mesa de trabajo, se tienen mayores herramientas y conocimientos a las que el Magistrado aportó para que de primera mano los funcionarios se actualicen en la reforma.
Uno de los puntos más relevantes de esta Reforma Constitucional, es la desaparición de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje (JLCA), para llevar a cabo la implementación de los Tribunales Laborales, como un nuevo modelo de justica entre obrero y patrón.
http://www.unidosconvalor.gob.mx/spip.php?article9302
¿Cambios en el ámbito Laboral? ¡Entérate de la Reforma!
Dileri Olmedo
por LaVerdad
08 de Febrero 2019 · 12:08 hs
HABLEMOS DERECHO: ¿Cambios en el ámbito Laboral? ¡Entérate de la Reforma!
HABLEMOS DERECHO: ¿Cambios en el ámbito Laboral? ¡Entérate de la Reforma!
El tema en cuanto a Derecho Laboral ha sido por muchos años conocido por la deficiencia de legisladores en materia laboral prueba de ello es la actual existencia de una sola ley en materia laboral por lo que esta rige a todos los estados de la República Mexicana y eso la vuelve a nivel Federal.
Nuestras leyes tienen la opción de poder ser reformadas, por lo que nuestra ley máxima la cual es la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos por ejemplo sufrió cambios en los artículos 107 y 123, se hace énfasis en estos artículos ya que tratan de índole laboral. Dichos artículos fueron reformados en el 2017 por lo que la reforma que se hará tiene como objetivo complementarlos.
¿Qué es lo que ha estado pasando actualmente?, muchas demandas hacia empresas han sido consecuencia de que éstas cierren y diversos empleados disminuyan sus ingresos por falta de empleo. También, las lagunas de la ley han sido consecuencia de que muchos empleos se den de forma ilegal y estos hayan incrementado hasta ahora. Por lo que se pretende que ambas partes puedan llevar un juicio el cual tome decisiones apropiadas para ambos.
Aspectos que son importantes y se proyectan en el protocolo de la nueva reforma laboral es que se establece por ejemplo que no exista distinción entre trabajadores y patrones al constituir organizaciones.
También parte importante ya que en nuestra sociedad existen sindicatos, federaciones y confederaciones, para todos aquellos sindicatos les es necesario saber que deberán constituirse con un mínimo de veinte trabajadores, dejando atrás la tajante idea de que sea constituido únicamente por veinte.
En esta reforma se advierte que en caso de controversia será ante los tribunales laborales.
Las reformas empiezan a partir del artículo tercero de la Ley Federal del Trabajo haciendo énfasis a que el trabajo es un derecho y deber social, NO un artículo de comercio.
En este proyecto de reforma se da la denominación del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, así también se detallan funciones del organismo descentralizado y autónomo creado por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para el registro de sindicatos y contratos colectivos de trabajo tanto para nivel federal como local.
Otro de los aspectos importantes de este protocolo es que se regirán por los principios de certeza, independencia, legalidad, imparcialidad, confiabilidad, eficacia, objetividad, profesionalismo, transferencia y publicidad. El director del centro antes mencionado será designado por la Cámara de Senadores.
De igual manera se propuso el Instituto Federal de Conciliación y Registro Laborales, que es un organismo público descentralizado de la administración pública federal. Ambos estarán al tanto de los conflictos laborales entre trabajadores y patrones.
Algo que destaca en el protocolo que será modificado es que actualmente en el artículo 371 la Ley Federal del Trabajo permite a estatutos de los sindicatos el poder establecer un periodo de duración de la directiva, por lo que se adiciona que, en el caso de reelección, si lo llegase a haber, la facultad será de la asamblea para que decida mediante el voto el número de veces que podrán reelegirse los dirigentes del sindicato.
El objetivo de esta reforma laboral es poder garantizar la justicia laboral y que se haga más sencillo poder ejercer el derecho de los trabajadores y patrones y también que los procedimientos de justicia laboral sean más agiles. Siendo todo esto parte del cumplimiento con el tratado con Canadá y Estados Unidos.
El tema en cuanto a Derecho Laboral ha sido por muchos años conocido por la deficiencia de legisladores en materia laboral prueba de ello es la actual existencia de una sola ley en materia laboral por lo que esta rige a todos los estados de la República Mexicana y eso la vuelve a nivel Federal.
Nuestras leyes tienen la opción de poder ser reformadas, por lo que nuestra ley máxima la cual es la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos por ejemplo sufrió cambios en los artículos 107 y 123, se hace énfasis en estos artículos ya que tratan de índole laboral. Dichos artículos fueron reformados en el 2017 por lo que la reforma que se hará tiene como objetivo complementarlos.
¿Qué es lo que ha estado pasando actualmente?, muchas demandas hacia empresas han sido consecuencia de que éstas cierren y diversos empleados disminuyan sus ingresos por falta de empleo. También, las lagunas de la ley han sido consecuencia de que muchos empleos se den de forma ilegal y estos hayan incrementado hasta ahora. Por lo que se pretende que ambas partes puedan llevar un juicio el cual tome decisiones apropiadas para ambos.
Aspectos que son importantes y se proyectan en el protocolo de la nueva reforma laboral es que se establece por ejemplo que no exista distinción entre trabajadores y patrones al constituir organizaciones.
También parte importante ya que en nuestra sociedad existen sindicatos, federaciones y confederaciones, para todos aquellos sindicatos les es necesario saber que deberán constituirse con un mínimo de veinte trabajadores, dejando atrás la tajante idea de que sea constituido únicamente por veinte.
En esta reforma se advierte que en caso de controversia será ante los tribunales laborales.
Las reformas empiezan a partir del artículo tercero de la Ley Federal del Trabajo haciendo énfasis a que el trabajo es un derecho y deber social, NO un artículo de comercio.
En este proyecto de reforma se da la denominación del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, así también se detallan funciones del organismo descentralizado y autónomo creado por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para el registro de sindicatos y contratos colectivos de trabajo tanto para nivel federal como local.
Otro de los aspectos importantes de este protocolo es que se regirán por los principios de certeza, independencia, legalidad, imparcialidad, confiabilidad, eficacia, objetividad, profesionalismo, transferencia y publicidad. El director del centro antes mencionado será designado por la Cámara de Senadores.
De igual manera se propuso el Instituto Federal de Conciliación y Registro Laborales, que es un organismo público descentralizado de la administración pública federal. Ambos estarán al tanto de los conflictos laborales entre trabajadores y patrones.
Algo que destaca en el protocolo que será modificado es que actualmente en el artículo 371 la Ley Federal del Trabajo permite a estatutos de los sindicados el poder establecer un periodo de duración de la directiva, por lo que se adiciona que, en el caso de reelección, si lo llegase a haber, la facultad será de la asamblea para que decida mediante el voto el número de veces que podrán reelegirse los dirigentes del sindicato.
El objetivo de esta reforma laboral es poder garantizar la justicia laboral y que se haga más sencillo poder ejercer el derecho de los trabajadores y patrones y también que los procedimientos de justicia laboral sean más agiles. Siendo todo esto parte del cumplimiento con el tratado con Canadá y Estados Unidos.
El tema en cuanto a Derecho Laboral ha sido por muchos años conocido por la deficiencia de legisladores en materia laboral prueba de ello es la actual existencia de una sola ley en materia laboral por lo que esta rige a todos los estados de la República Mexicana y eso la vuelve a nivel Federal.
Nuestras leyes tienen la opción de poder ser reformadas, por lo que nuestra ley máxima la cual es la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos por ejemplo sufrió cambios en los artículos 107 y 123, se hace énfasis en estos artículos ya que tratan de índole laboral. Dichos artículos fueron reformados en el 2017 por lo que la reforma que se hará tiene como objetivo complementarlos.
¿Qué es lo que ha estado pasando actualmente?, muchas demandas hacia empresas han sido consecuencia de que éstas cierren y diversos empleados disminuyan sus ingresos por falta de empleo. También, las lagunas de la ley han sido consecuencia de que muchos empleos se den de forma ilegal y estos hayan incrementado hasta ahora. Por lo que se pretende que ambas partes puedan llevar un juicio el cual tome decisiones apropiadas para ambos.
Aspectos que son importantes y se proyectan en el protocolo de la nueva reforma laboral es que se establece por ejemplo que no exista distinción entre trabajadores y patrones al constituir organizaciones.
También parte importante ya que en nuestra sociedad existen sindicatos, federaciones y confederaciones, para todos aquellos sindicatos les es necesario saber que deberán constituirse con un mínimo de veinte trabajadores, dejando atrás la tajante idea de que sea constituido únicamente por veinte.
En esta reforma se advierte que en caso de controversia será ante los tribunales laborales.
Las reformas empiezan a partir del artículo tercero de la Ley Federal del Trabajo haciendo énfasis a que el trabajo es un derecho y deber social, NO un artículo de comercio.
En este proyecto de reforma se da la denominación del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, así también se detallan funciones del organismo descentralizado y autónomo creado por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para el registro de sindicatos y contratos colectivos de trabajo tanto para nivel federal como local.
Otro de los aspectos importantes de este protocolo es que se regirán por los principios de certeza, independencia, legalidad, imparcialidad, confiabilidad, eficacia, objetividad, profesionalismo, transferencia y publicidad. El director del centro antes mencionado será designado por la Cámara de Senadores.
De igual manera se propuso el Instituto Federal de Conciliación y Registro Laborales, que es un organismo público descentralizado de la administración pública federal. Ambos estarán al tanto de los conflictos laborales entre trabajadores y patrones.
Algo que destaca en el protocolo que será modificado es que actualmente en el artículo 371 la Ley Federal del Trabajo permite a estatutos de los sindicados el poder establecer un periodo de duración de la directiva, por lo que se adiciona que, en el caso de reelección, si lo llegase a haber, la facultad será de la asamblea para que decida mediante el voto el número de veces que podrán reelegirse los dirigentes del sindicato.
El objetivo de esta reforma laboral es poder garantizar la justicia laboral y que se haga más sencillo poder ejercer el derecho de los trabajadores y patrones y también que los procedimientos de justicia laboral sean más ágiles. Siendo todo esto parte del cumplimiento con el tratado con Canadá y Estados Unidos.
https://laverdadnoticias.com/influencers/HABLEMOS-DERECHO-Cambios-en-el-ambito-Laboral-Enterate-de-la-Reforma-20190208-0055.html
Impulsa diputado Francisco Ramírez expedir la Ley General de Centros de Conciliación

Boletín N°. 0964
04-02-2019.- Con el propósito de transformar el actual modelo de relaciones laborales y crear nuevas instituciones que protejan mejor los derechos de los asalariados, el diputado Francisco Javier Ramírez Navarrete (Morena) presentó una iniciativa para expedir la Ley General de Centros de Conciliación.
Asimismo, reformar las leyes Federal del Trabajo y la de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política.
En el documento, enviado a las comisiones de Trabajo y Previsión Social, con opinión de la de Justicia y de Presupuesto y Cuenta Pública, reconoce la necesidad imperiosa de actualizar el ámbito laboral con una acción legislativa sustentada en la equidad entre la producción y la justicia social para los asalariados.
Con esta iniciativa se busca poner “fin al régimen cuyos rasgos autoritarios y corporativos representaron un freno para su modernización” y alcanzar el equilibrio y armonía entre los derechos del capital con los del trabajo.
Además, que la protección de los intereses de los trabajadores derive del principio de legalidad, acceso a la justicia, promoción de organizaciones sindicales libres, autónomas, representativas, democráticas, con presencia y capacidad de interlocución real y de propuesta, en el ámbito de lo productivo y lo laboral.
En el documento se considera indispensable una reglamentación puntual y revisión profunda de las normas secundarias del trabajo para hacerlas compatibles con el nuevo status político, económico y social de México, a fin de modernizarlo e incorporarlo al entorno de creciente competencia e integración económica mundial.
En la exposición de motivos, Francisco Javier Ramírez adujo que existen 53 millones de trabajadores en México, aproximadamente, de los cuales, casi 28 millones subsisten en condiciones por debajo de la línea de pobreza, y sólo un pequeño estrato goza de trabajo decente al haber logrado constituir sindicatos representativos y contratos colectivos operativos.
Además, el promedio salarial en México es cada vez menor, y se despide a trabajadores, que contaban con percepciones medianamente decorosas, para recontratarlos con montos cercanos al mínimo.
“Los millones de mexicanos no ocupados subsisten de milagro y por lo menos un millón de ellos ha reconocido vivir de la mendicidad o de actos ilícitos”.
Afirmó que existe un estado de “extrema miseria institucionalizada”, debido a la crisis de la justicia laboral y a la ausencia casi total de sindicatos y contratos colectivos auténticos, situación que de no remediarse en el corto plazo, podría acentuar la crisis política, económica y social, así como la inviabilidad democrática de México.
La tasa de sindicación ha disminuido a niveles críticos. “Apenas cerca del tres por ciento de la fuerza laboral mexicana del sector formal cuenta con sindicatos representativos y contratos colectivos operativos y, por tanto, tiene salarios y prestaciones relativamente decorosas”.
El resto de los trabajadores formales, abundó, está privado del ejercicio de la libertad sindical y el derecho a contratación colectiva, sometido al sistema de simulación de sindicatos y contratos colectivos de protección patronal, o al sistema de subcontratación conocido como outsourcing, que contradicen el artículo 3 de la propia ley laboral.
Explica que la nueva ley sería complementaria de la laboral, de aplicación nacional y estructurará normativa e institucionalmente los centros de conciliación, tanto al Federal —encargado la conciliación prejudicial y de las funciones de registro de sindicatos y contratos colectivos en todo el país— como a los locales, para reglamentar sus respectivas competencias constitucionales y dotarlos de eficacia. Serían organismos públicos descentralizados, encabezados por sus respectivos titulares o directores.
El titular del centro nacional de conciliación sería nombrado por el Senado de la República, electo de una terna que proponga el Ejecutivo federal, y su Junta Directiva se integrará por los titulares de las secretarías del Trabajo y Previsión Social, de Hacienda y Crédito Público y por el de la Función Pública, así como por representantes del Sistema Nacional Anticorrupción, de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y del Sistema Nacional de Transparencia y Acceso a la Información
Se busca garantizar su debido funcionamiento como organismo descentralizado de la Administración Pública y el cabal respeto en sus funciones constitucionales mediante reglas procedimentales previstas en la Ley Federal del Trabajo, “eludiendo, desde luego, el insano apetito de los personeros del peculiar tripartismo a la mexicana, de meter las manos en el importante organismo”.
Propone reglas comunes aplicables en todos los centros, para homologar las funciones y objetivos de la nueva institución prejudicial.
Asimismo, plantea modificar la Ley Federal del Trabajo a fin de organizar la instauración de los tribunales laborales, dependientes de los poderes federal y locales, y del organismo público descentralizado de carácter federal, que se encargará de la conciliación y del registro de todos los contratos colectivos y sindicatos en el país.
Además, reglamentar los organismos públicos descentralizados de carácter local, los centros de conciliación de las entidades federativas para facilitar la conciliación prejudicial.
La iniciativa, especificó el diputado, reforma de fondo el derecho procesal del trabajo para garantizar autonomía y eficacia en la administración e impartición de justicia laboral, sustituye las juntas de Conciliación y Arbitraje por Tribunales Laborales dependientes de los Poderes Judiciales, que pueden conocer conflictos del régimen de seguridad social y perfecciona funciones y competencias de la inspección del trabajo.
Propone cambiar de denominación el Capítulo XII del Título Once a Tribunales Unitarios en Materia Laboral de Circuito y Tribunales Laborales Locales; también, del Capítulo V del Título Catorce, De la Actuación de los Tribunales, de los Centros de Conciliación y del Centro Nacional de Conciliación y Registros Laborales, y del Capítulo XVII del Título Catorce, Procedimiento Ordinario ante los Tribunales Laborales.
Respecto a la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política, modifica el artículo 170, para que el juicio de amparo también pueda proceder contra sentencias de tribunales laborales locales o federales, o laudos del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje de los Trabajadores al Servicio del Estado y sus homólogos en las entidades federativas.
http://www5.diputados.gob.mx/index.php/esl/Comunicacion/Boletines/2019/Febrero/04/0964-Impulsa-diputado-Francisco-Ramirez-expedir-la-Ley-General-de-Centros-de-Conciliacion
Congelada, reforma laboral
A dos años de anunciada, aun no hay reglas para operar nuevo sistema
Cinthya Ávila/ El Diario
Lunes, 04 Febrero 2019
A dos años de que se publicó la reforma en Justicia Laboral, el nuevo sistema de impartición de justicia en esta materia sigue sin operar, pues el Congreso Federal y del Estado no ha emitido las leyes secundarias.
La reforma fue publicada en febrero de 2017 y entre los principales cambios señala la desaparición de las Juntas de Conciliación y Arbitraje, para la creación de tribunales laborales, dependientes del Poder Judicial.
Ismael Dávalos García, presidente de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje, dijo que tras la publicación se dio un año a los Congresos Locales para emitir las reglas secundarias y comenzar a operar el nuevo sistema, lo que a dos años de distancia todavía no sucede.
Indicó que tampoco el Congreso Federal ha emitido el reglamento secundario de la reforma laboral.
El funcionario explicó que la intención de los tribunales operados por el poder judicial es resolver los conflictos laborales de manera más rápida.
De acuerdo con el decreto publicado el 24 de febrero de 2017, en tanto el Congreso de la Unión y las legislaturas estatales hacen las adecuaciones pertinentes las Juntas de Conciliación y Arbitraje seguirán resolviendo los conflictos laborales.
Dávalos García mencionó que en la junta local se trabaja en abatir el rezago que se tiene, aumentando la capacidad de trabajo.
El presidente de dicho órgano indicó que en 2016 la primera audiencia se programaba a 81 días hábiles y actualmente es a 23 días hábiles.
Sin embargo, todavía está lejos del plazo que marca la ley, que son 15 días hábiles.
Ismael Dávalos refirió que la meta es llegar a este tiempo, por lo que se aumentó el número de 11 a 18 actuarios y se establecieron 20 mesas de trabajo, cuando anteriormente eran 12.
El promedio de demandas por año en la Junta es de 5 mil, siendo el sector maquilador el sector económico que más procedimientos enfrenta.
En 2018 el total de demandas fue de 4 mil 976 procedimientos, el 90 por ciento por despido injustificado. En 2017 fueron 5 mil 046 demandas y en 2016 un total de 4 mil 946.
cavila@redaccion.diario.com.mx
https://diario.mx/economia/congelada-reforma-laboral-20190203-1473370/
Impulsa diputado Francisco Ramírez expedir la Ley General de Centros de Conciliación
Por Equipo Editorial – 4 febrero, 2019
Con el propósito de transformar el actual modelo de relaciones laborales y crear nuevas instituciones que protejan mejor los derechos de los asalariados, el diputado Francisco Javier Ramírez Navarrete (Morena) presentó una iniciativa para expedir la Ley General de Centros de Conciliación.
Asimismo, reformar las leyes Federal del Trabajo y la de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política.
En el documento, enviado a las comisiones de Trabajo y Previsión Social, con opinión de la de Justicia y de Presupuesto y Cuenta Pública, reconoce la necesidad imperiosa de actualizar el ámbito laboral con una acción legislativa sustentada en la equidad entre la producción y la justicia social para los asalariados.
Con esta iniciativa se busca poner “fin al régimen cuyos rasgos autoritarios y corporativos representaron un freno para su modernización” y alcanzar el equilibrio y armonía entre los derechos del capital con los del trabajo.
Además, que la protección de los intereses de los trabajadores derive del principio de legalidad, acceso a la justicia, promoción de organizaciones sindicales libres, autónomas, representativas, democráticas, con presencia y capacidad de interlocución real y de propuesta, en el ámbito de lo productivo y lo laboral.
En el documento se considera indispensable una reglamentación puntual y revisión profunda de las normas secundarias del trabajo para hacerlas compatibles con el nuevo status político, económico y social de México, a fin de modernizarlo e incorporarlo al entorno de creciente competencia e integración económica mundial.
En la exposición de motivos, Francisco Javier Ramírez adujo que existen 53 millones de trabajadores en México, aproximadamente, de los cuales, casi 28 millones subsisten en condiciones por debajo de la línea de pobreza, y sólo un pequeño estrato goza de trabajo decente al haber logrado constituir sindicatos representativos y contratos colectivos operativos.
Además, el promedio salarial en México es cada vez menor, y se despide a trabajadores, que contaban con percepciones medianamente decorosas, para recontratarlos con montos cercanos al mínimo.
“Los millones de mexicanos no ocupados subsisten de milagro y por lo menos un millón de ellos ha reconocido vivir de la mendicidad o de actos ilícitos”.
Afirmó que existe un estado de “extrema miseria institucionalizada”, debido a la crisis de la justicia laboral y a la ausencia casi total de sindicatos y contratos colectivos auténticos, situación que de no remediarse en el corto plazo, podría acentuar la crisis política, económica y social, así como la inviabilidad democrática de México.
La tasa de sindicación ha disminuido a niveles críticos. “Apenas cerca del tres por ciento de la fuerza laboral mexicana del sector formal cuenta con sindicatos representativos y contratos colectivos operativos y, por tanto, tiene salarios y prestaciones relativamente decorosas”.
El resto de los trabajadores formales, abundó, está privado del ejercicio de la libertad sindical y el derecho a contratación colectiva, sometido al sistema de simulación de sindicatos y contratos colectivos de protección patronal, o al sistema de subcontratación conocido como outsourcing, que contradicen el artículo 3 de la propia ley laboral.
Explica que la nueva ley sería complementaria de la laboral, de aplicación nacional y estructurará normativa e institucionalmente los centros de conciliación, tanto al Federal —encargado la conciliación prejudicial y de las funciones de registro de sindicatos y contratos colectivos en todo el país— como a los locales, para reglamentar sus respectivas competencias constitucionales y dotarlos de eficacia. Serían organismos públicos descentralizados, encabezados por sus respectivos titulares o directores.
El titular del centro nacional de conciliación sería nombrado por el Senado de la República, electo de una terna que proponga el Ejecutivo federal, y su Junta Directiva se integrará por los titulares de las secretarías del Trabajo y Previsión Social, de Hacienda y Crédito Público y por el de la Función Pública, así como por representantes del Sistema Nacional Anticorrupción, de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y del Sistema Nacional de Transparencia y Acceso a la Información
Se busca garantizar su debido funcionamiento como organismo descentralizado de la Administración Pública y el cabal respeto en sus funciones constitucionales mediante reglas procedimentales previstas en la Ley Federal del Trabajo, “eludiendo, desde luego, el insano apetito de los personeros del peculiar tripartismo a la mexicana, de meter las manos en el importante organismo”.
Propone reglas comunes aplicables en todos los centros, para homologar las funciones y objetivos de la nueva institución prejudicial.
Asimismo, plantea modificar la Ley Federal del Trabajo a fin de organizar la instauración de los tribunales laborales, dependientes de los poderes federal y locales, y del organismo público descentralizado de carácter federal, que se encargará de la conciliación y del registro de todos los contratos colectivos y sindicatos en el país.
Además, reglamentar los organismos públicos descentralizados de carácter local, los centros de conciliación de las entidades federativas para facilitar la conciliación prejudicial.
La iniciativa, especificó el diputado, reforma de fondo el derecho procesal del trabajo para garantizar autonomía y eficacia en la administración e impartición de justicia laboral, sustituye las juntas de Conciliación y Arbitraje por Tribunales Laborales dependientes de los Poderes Judiciales, que pueden conocer conflictos del régimen de seguridad social y perfecciona funciones y competencias de la inspección del trabajo.
Propone cambiar de denominación el Capítulo XII del Título Once a Tribunales Unitarios en Materia Laboral de Circuito y Tribunales Laborales Locales; también, del Capítulo V del Título Catorce, De la Actuación de los Tribunales, de los Centros de Conciliación y del Centro Nacional de Conciliación y Registros Laborales, y del Capítulo XVII del Título Catorce, Procedimiento Ordinario ante los Tribunales Laborales.
Respecto a la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política, modifica el artículo 170, para que el juicio de amparo también pueda proceder contra sentencias de tribunales laborales locales o federales, o laudos del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje de los Trabajadores al Servicio del Estado y sus homólogos en las entidades federativas.
Boletín de prensa
http://www.mipuntodevista.com.mx/impulsa-diputado-francisco-ramirez-expedir-la-ley-general-de-centros-de-conciliacion/
Coahuila: Inversión de 300 mdp en tribunales laborales
On January 31, 2019 By webmaster
Esequiel Aguilera/La Prensa
Una inversión de 300 millones de pesos, aplicará el gobierno de Coahuila, en la construcción, y equipamiento de los tribunales laborales, además en la capacitación del personal que manejarán los juicios orales contemplados en la reforma a la Ley Federal del Trabajo.
Ricardo Gutiérrez González, presidente de la Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción, dijo que en la reunión que sostuvieron con el Secretario de Trabajo, Román Alberto Cepeda González, les aclaró que el plan es iniciar este mismo año con la construcción de los tribunales laborales.
Para avanzar en este aspecto se programó que los juicios laborales que actualmente se manejan en la Junta Local de Conciliación y Arbitraje deben estar concluidos en los próximos 18 meses y las nuevas demandas se empezarán a manejar en la nueva modalidad oral y bajo el nuevo sistema de justicia laboral este primer trimestre del año.
“Los juicios actuales seguirán como en la Ley anterior, tienen un plazo de 18 meses para concluir, se seguirán recibiendo bajo este concepto hasta el último día de marzo, después todos serán orales, como se contempla en la Ley Federal del Trabajo” aclaró el directivo empresarial.
De acuerdo a la programación la intención es convertir a Coahuila en el estado pionero en la aplicación de la reforma laboral como ocurrió con los juicios orales, la entidad fue el primer estado en la aplicación del nuevos sistema de justicia penal incluso contar con edificios especiales.
“Va bien definido el proyecto, con buena intención de cumplir con la reforma laboral, incluso ya está definida la inversión, en la construcción de los centros de justicia laboral, equipamiento y capacitación del personal, de acuerdo a la información que nos entregó el Secretario de Trabajo” aclaró.
http://laprensademonclova.com/2019/01/31/inversion-de-300-mdp-en-tribunales-laborales/
Fallida política laboral de la 4T
PABLO RUIZ MEZA
28.01.2019/03:47
Ni en los perores tiempos del régimen priista, una huelga de las dimensiones como la estallada en Matamoros, Tamaulipas , se había registrado por una nula o mala atención de las autoridades del trabajo.
No es un tema menor, se trata de 30 mil trabajadoras y trabajadores de la industria maquiladora fronteriza que demandan el 20 por ciento de incremento salarial, así como un bono anual de 32 mil pesos por trabajadores.
Rebasadas las autoridades laborales locales, pero ante la actitud omisa e ineficiente de la titular de la STPS, el conflicto rebasó a las autoridades locales, porque uno de los motivos fue el decreto de incremento del 16 por ciento a los salarios.
Se trata de la primera huelga en el gobierno de la cuarta transformación, un régimen sin política laboral y tolerante a las reglas impuestas por los sindicatos el Congreso del Trabajo controlado por el viejo sindicalismo corporativo del PRI, hoy el principal aliado del gobierno.
Los sindicatos regulados por el Apartado B, del artículo 123 de la legislación laboral, es otra muestra del desastre de política laboral fallida, esta última relacionada con los maestros de la CNTE en Michoacán, el brazo violento aliado del gobierno.
El reclamo de salarios adeudados a maestros michoacanos motivó una escalada de boicot a la red ferrorviaria de aquel estado, que afectó a la economía de esa entidad y de la región, en abierto ataque a las vías de comunicación, pero con la permisibilidad y complacencia del gobierno.
La novatez y tolerancia de las secretarias de la STPS y Segob, Luisa María Alcalde y Olga Sánchez Cordero, definen el estilo del nuevo gobierno; los conflictos laborales de las maquiladoras en Matamoros, y del magisterio, en Michoacán, debieron haberse evitado.
Pero la política de fronteras abiertas al sur del país, con el ofrecimiento del gobierno mexicano a visas de trabajo, es una alerta más de la política desordenada en material laboral, porque para la Segob es muy fácil ceder oportunidades de empleo a centroamericanos, cuando la desocupación de la mano de obra mexicana es brutal.
Todo este desastre de política laboral y migratoria, sin considerar el rezago en los tribunales laborales, pendientes de sentencia.
pablo.ruiz@milenio.com
https://www.milenio.com/opinion/pablo-ruiz-meza/nada-personal/fallida-politica-laboral-de-la-4t
Reformas constitucionales sin destino
El Presupuesto de Egresos para este año no previó recursos para instrumentar la reforma y transitar a una justicia laboral a cargo del Poder Judicial de la Federación
26 de Enero de 2019
Es indiscutible que el gobierno federal tiene el derecho que le concedió el mandato popular mayoritario de establecer las líneas de trabajo y las políticas públicas que pretende poner en práctica a lo largo de su sexenio. La premisa de que hay que atacar de frente a la pobreza como prioridad es algo en lo que no se puede estar más que de acuerdo.
Sin embargo, existen reformas constitucionales que señalan metas y objetivos que también son de ineludible obligación y que no aparecen consideradas en el Presupuesto de Egresos como prioridades. Y reza un refrán popular que: “Programa sin presupuesto es demagogia”.
Tres cuestiones constitucionales importantes no se aprecian que estén dentro del radar del nuevo gobierno como asuntos de especial interés.
La primera es la Fiscalía General de la República en su condición de Órgano Constitucional Autónomo. Apenas surgió a la vida jurídica esta tan anhelada institución que es esperanza de tener completo al nuevo sistema penal acusatorio, al Sistema Nacional Anticorrupción y un desempeño del Ministerio Público con características técnicas y profesionales modernas.
El Presupuesto de Egresos de la Federación para el año 2019 no contempla ningún apoyo presupuestario para llevar a cabo la transición institucional de la Procuraduría General a la Fiscalía. Es más, a la Fiscalía le fue otorgado un presupuesto 5% menor al que percibía su antecesora la Procuraduría General de la República.
El segundo tema es el antes mencionado Sistema Nacional Anticorrupción, aquel que nació con la reforma al artículo 113 de la Constitución en 2015. El Sistema plantea que el combate en esta materia sea una obligación coordinada y concurrente entre todos los niveles de gobierno y los particulares.
Sin embargo, en el Presupuesto para 2019 se eliminaron los fondos que se destinaban a la estrategia transversal y también los que se tenían etiquetados de manera específica para el combate a la corrupción en cada entidad y dependencia. Lo anterior sin mencionar que la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción sufrió una reducción del 20.3% en su presupuesto.
Esto quiere decir que el combate a la corrupción de la manera en que la Constitución lo prevé no fue una prioridad a la hora de asignar recursos financieros.
El tercero es la Reforma Laboral aprobada en 2016 y que entró en vigor en el año 2017. Entre los diferentes aspectos de la reforma constitucional destaca la desaparición de las Juntas Federal y Locales de Conciliación y Arbitraje para dar paso al surgimiento de los Tribunales Laborales del Poder Judicial de la Federación.
El Presupuesto de Egresos para este año no previó recursos para instrumentar la reforma y transitar a una justicia laboral a cargo del Poder Judicial de la Federación. Además, el Poder Legislativo no ha llevado a cabo la elaboración de las normas secundarias de dicha reforma. Así que, a tres años de estar en vigor en la Constitución, no hay ni leyes secundarias ni presupuesto previsto para la transición.
La época de cambios que México atraviesa no puede detenerse. Pero no se deben ignorar los mandatos constitucionales establecidos que forman parte integral del país que necesitamos. Las normas constitucionales se consensan y aprueban para darles continuidad obligatoria a sus preceptos, más allá de las coyunturas y cambios políticos.
Como Corolario, las palabras del escritor francés Antoine de Saint-Exupéry: “No se trata sólo de prever el futuro, sino de hacerlo posible.”
https://www.excelsior.com.mx/opinion/raul-contreras-bustamante/reformas-constitucionales-sin-destino/1292638
Ultiman reformas en justicia laboral
Presentan propuestas legislativas para remitir juicios al Poder Judicial
SÁBADO 26 DE ENERO DE 2019
Juan José Sifuentes
Tomás Dávalos Olvera
Quitan freno a reformas en materia de justicia laboral, pues la nueva legislación ha presentado propuestas para trasladar los juicios laborales ante los tribunales que van a formar parte del Poder Judicial, cuando se aprueben, podría agilizarse la resolución de los conflictos obrero-patronales.
Juventino Romero de la Torre, presidente de la Comisión Laboral de la Coparmex, comentó que la bancada de Morena y otras fuerzas políticas, han presentado propuestas para modificar las leyes secundarias de la Ley Federal del Trabajo, para trasladar los juicios laborales del Ejecutivo al Poder Judicial.
Indicó que entre las propuestas se incluye la conformación de un Centro de Conciliación y Registro, un organismo descentralizado que va a ser el encargado de temas como los contratos colectivos federales y locales, mismo que contará con personalidad jurídica y patrimonio propios.
La misma figura de los centros de conciliación se replicaría en cada uno de los estados, sin embargo, para su conformación se requiere de recursos, y en el Presupuesto de Egresos de la Federación no se asignó una partida para su infraestructura y operatividad, como gastos administrativos y contratación de personal.
Juan José Sifuentes
Por último, Juventino Romero refirió que los plazos para la transición van de los seis meses a los cuatro años, mientras tanto, las juntas de conciliación y arbitraje seguirán resolviendo todos los asuntos en la materia, hasta la fecha en la cual entren en vigor los tribunales laborales.
MEDIACIÓN
Reformas contemplan conformación de un Centro de Conciliación y Registro