Agencia Reforma
Juntas de Conciliación y Arbitraje operarán hasta que se establezcan los Tribunales y el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral.
Las Juntas de Conciliación y Arbitraje seguirán cumpliendo sus funciones hasta que se establezcan los Tribunales y el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, en un plazo de máximo cuatro años después de haber entrado en vigor la reforma.
Sin embargo, expertos advierten que este plazo puede ser insuficiente, sobre todo, por el retraso que existe en algunas de las Juntas estatales.
«Dentro del plazo máximo de cuatro años a partir de la entrada en vigor de este decreto, cada delegación u oficina regional del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, iniciará la tramitación de solicitudes de conciliación que sean de su competencia, al mismo tiempo que los Tribunales del Poder Judicial de la Federación inicien su operación», advierte el dictamen que fue aprobado en la Cámara de Diputados.
Para el abogado Jorge Sales, la obligación que tienen todas las Juntas de Conciliación de digitalizar los contratos colectivos será una labor que no todas podrán cumplir por el rezago que existe en los expedientes.
Mencionó que algunas de ellas, como la de Guanajuato y el Estado de México, son algunas de las que tienen un mayor avance en la digitalización.
Tambiéb señalo que debe aclararse en la Reforma qué pasará con los casos que se procesen en las juntas cuando llegue el plazo para su desaparición.
«Preocupa que exista la posibilidad de que los nuevos juzgados o tribunales laborales terminen resolviendo algunos de los casos que se iniciaron en las Juntas de Conciliación. Si eso sucede sería faltar al debido proceso porque el procedimiento se inició en una junta que resolvía de forma tripartita los litigios y en un juzgado será un juzgador», afirmó.

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