
La Suprema Corte estableció criterios para poder exigir el pago de todo tiempo que exceda la jornada ordinaria, aun cuando se trate de minutos. Especialistas consideran que, dadas las condiciones actuales del sistema laboral, son pocos los trabajadores que podrán beneficiarse.
Reforma laboral y desaparición de Juntas de Conciliación y Arbitraje
León A. Martínez
29 de junio de 2018, 09:56
Los minutos excedentes de una jornada de trabajo laborados por un empleado podrán acumularse semanalmente para ser contabilizados como horas extras, debiendo el patrón hacer el pago correspondiente.
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó por unanimidad, el 6 de junio pasado, una sentencia que beneficia a los trabajadores al establecer criterios para poder exigir el pago de todo tiempo que exceda la jornada ordinaria, aun cuando se trate de minutos. Especialistas consideran que, dadas las condiciones actuales del sistema laboral, son pocos los trabajadores que podrán beneficiarse de la decisión de la Corte.
José Francisco Maciel Anaya, presidente de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCA), explicó en entrevista que el criterio de la Corte será de observancia obligatoria para todos los tribunales en el país. Refirió también que lo dispuesto por la Segunda Sala de la SCJN se basó en los artículos 59 párrafo primero, 60, 61, 67 párrafo segundo, y 68 párrafo segundo de la Ley Federal del Trabajo, en los que se dispone lo relativo al pago del tiempo extraordinario laborado.
Maciel Anaya desglosó los conceptos clave para poder entender la resolución de la SCJN y sus implicaciones, exponiendo el tipo de jornadas laborales ordinarias comprendidas en la Ley, lo que constituye la hora extraordinaria, y los periodos sobre las que se contabilizan.
¿Cómo se contabilizan las horas extraordinarias?
La Ley Federal del Trabajo distingue entre tres tipos de jornadas: la jornada diurna, entre las 6 am y las 8 pm, con duración máxima de 8 horas al día, y un máximo de 48 horas contabilizadas a la semana; la jornada nocturna, entre las 8 pm y las 6 am del día siguiente, cuya duración diaria no puede exceder las 7 horas, con un máximo de 42 horas ordinarias a la semana; y la jornada mixta, que comprende periodos tanto de la diurna como de la nocturna y con una extensión de 7 horas y media al día, siempre que el lapso que supere las 8 pm no exceda las 3 horas y media, o se le considerará jornada nocturna, y un máximo de 45 horas ordinarias laboradas a la semana.
Pasando los tiempos ordinarios laborales diarios establecidos por Ley, se comienzan a contabilizar las horas extraordinarias de trabajo. Las horas extraordinarias de trabajo tienen un máximo de 9 a la semana, y el patrón debe pagarlas al doble del valor salarial de las horas de jornada ordinaria. En el caso de que el tiempo extraordinario laborado en una semana supere las 9 horas, a partir de la hora 10 y en adelante el patrón deberá pagarla al triple de lo pagado por la hora de jornada ordinaria.
De lo anterior se desprende que lo establecido en la Ley Federal del Trabajo es que la hora es la unidad de tiempo básica para el pago de tiempo extraordinario laborado, y que para la contabilización de las horas extra —y determinar si el pago correspondiente es el doble o el triple del valor salarial de la hora ordinaria—, es el periodo de una semana.
¿Cómo se contabilizarán los minutos laborados que excedan la jornada ordinaria?
El fallo de la Segunda Sala de la SCJN concerniente al pago de las unidades de tiempo menores a una hora al día condiciona su pago a que los minutos laborados que excedan la jornada laboral ordinaria diaria considerados para sumarse y alcanzar una hora deberán ser los que se den el periodo de una semana.
Para ejemplificar, si un trabajador excede la jornada ordinaria diaria 15 minutos un día, al siguiente por 30 minutos, y en un tercero lo hace por 45 minutos, y estos tres días se dieron en el lapso de una misma semana, podrá exigir el pago de una sola hora, toda vez que al sumar los minutos, el resultado es 90 minutos, pero la Ley establece que la unidad de tiempo es la hora, por lo cual, sólo los 60 minutos que constituyen la hora serán los que se contabilizarán como tiempo extraordinario de trabajo, no así los 30 minutos restantes. Del fallo de la SCJN se desprende también que a los minutos extraordinarios laborados en una semana no se podrán sumar los de una previa o una subsecuente.
El presidente de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje apuntó que si bien la contradicción de tesis fue resuelta por la SCJN el pasado 6 de junio, la tesis de jurisprudencia aún no se ha publicado en el Semanario Judicial de la Federación, acción indispensable para que la resolución adquiera fuerza vinculante. Será hasta entonces que la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje analice la disposición de herramientas para que los trabajadores presenten las reclamaciones correspondientes al cobro del tiempo extraordinario laborado y acumulado en minutos a lo largo de una semana, siempre que el patrón o la empresa se nieguen a pagarlas.
La letra chiquita: evasión de obligaciones laborales y contratos de protección
Para Manuel Fuentes, profesor investigador de la Universidad Autónoma Metropolitana (UAM) especialista en derecho laboral, si bien la resolución de la SCJN beneficia directamente a los trabajadores al poder hacer el cobro de todo tiempo extraordinario laborado, y a los patrones y empresas al dar claridad al pago de las horas extras, éste sólo podrá beneficiar a los empleados que cuenten con la protección de un contrato colectivo de trabajo, que les otorgue condiciones para poder exigir el pago del tiempo extraordinario laborado.
Fuentes señala queen México existe un alto índice de evasión del cumplimiento de las obligaciones laborales por parte de los patrones. Muestra de ello, dijo el investigador, son los contratos en los que se establece que la empresa o el patrón deben aprobar previamente mediante una firma el trabajo de tiempo extraordinario para que proceda el pago de lo laborado como tiempo extra. Muchas veces, el trabajador acredita que laboró el tiempo extraordinario, pero el patrón aduce que no dio su aprobación por escrito, evitando así hacer el pago debido.
Aún quienes cuenten con un contrato colectivo de trabajo no tienen garantizados el pago del tiempo extraordianrio trabajado. Fuentes refiere el caso de los “contratos de protección”, que son contratos colectivos firmados por los patrones con los sindicatos a espaldas de los trabajadores, con los que logran discrecionalidad en el cumplimiento de las obligaciones para con los empleados, y que afectan a 95% de los trabajadores, según el especialista.
Si un trabajador acude ante la autoridad para hacer cumplir sus derechos laborales, el proceso de su reclamación puede llevar entre 4 y 5 años, señaló el académico. “En los hechos, la justicia laboral no funciona”, dijo Fuentes.
Ante este panorama, una solución sería fortalecer la inspección del trabajo, en opinión de Fuentes, y añadió que en la Ciudad de México el número de inspectores laborales apenas asciende a 25 elementos. “Con alrededor de 270,000 centros de trabajo en la Ciudad de México, a los inspectores laborales existentes les tomaría 49 años visitarlos todos”, por lo que para una nueva administración sería prioritario aumentar el número de inspectores como medida inicial para mejorar las condiciones de los trabajadores en la ciudad.
En el caso de las empresas que no cuenten con sistemas de registro de jornadas laboradas por los trabajadores, como lo es un reloj checador con el que se contabiliza la hora de entrada y salida, la obligación del patrón será pagar todo tiempo extraordinario que el trabajador declare que laboró.
Reforma laboral y desaparición de Juntas de Conciliación y Arbitraje
El especialista también fue consultado sobre la reforma laboral aprobada en enero del 2017, pero con la promulgación de las leyes secundarias aún pendiente, y con las cuales las Juntas de Conciliación y Arbitraje, encargadas de resolver conflictos laborales, desaparecerían, dejando en su lugar a los Tribunales Laborales, que caerían bajo la jurisdicción del Poder Judicial.
Fuentes opinó que este aspecto de la reforma es positivo, pues “técnicamente es mejor que los conflictos laborales sean manejados por el Poder Judicial”, pero subyace un problema presupuestal de fondo. Señala que el número de expedientes en proceso que manejan las Juntas de Conciliación es de 430,000, mientras que el Poder Judicial de la federación procesa 500,000 expedientes. De desaparecer la Juntas, el Poder Judicial duplicaría su carga de trabajo. Sería necesario, dijo Fuentes, aumentar el presupuesto asignado al Poder Judicial para poder dar cumplimiento a los dispuesto en la reforma laboral, siempre que el Legislativo cumpla con su obligación de emitir las leyes secundarias.
Maciel Anaya considera que en el escenario de que los legisladores aprueben las leyes secundarias que den lugar a los tribunales laborales, las Juntas deberán agotar su carga de trabajo, procesando todos los expedientes en curso, para que los Tribunales entren en funcionamiento sin heredar procesos pendientes.
Ambos entrevistados coincidieron en que con la creación de tribunales laborales a cargo del Poder Judicial, la resolución de conflictos laborales dejará de ser una cuestión política, al evitar que gobernadores o el mismo Presidente de la República intervengan o determinen los fallos, como ha ocurrido desde la creación de las Juntas de Conciliación y Arbitraje.
luis.martinez@eleconomista.mx
https://www.eleconomista.com.mx/gestion/Como-calcular-y-cobrar-los-minutos-acumulados-como-horas-extra-20180629-0050.html
Autor: ReformaLaboralMX
A debate nacional el tema laboral

JESÚS ENRIQUE RAMÍREZ PÉREZ·29/06/2018
Hace unos días, vi con atención un análisis de la Organización Internacional del Trabajo relativo a lo que deberá ser el futuro del tema laboral en el país, y en donde se hacía énfasis en el mejoramiento del poder adquisitivo del salario, por la vía que mejor convenga a México y los mexicanos, y con ello, la necesidad de reorientar políticas encaminadas a una mejor distribución de la riqueza.
La política laboral pública ha sido menospreciada por las últimas administraciones federales, advirtiendo ello con un factor que ha sido determinante en el deterioro del poder adquisitivo del salario, ya que desde Ernesto Zedillo Ponce de León, los incrementos al salario mínimo han sido, insistentemente, para tratar de cubrir el incremento inflacionario, propiciando, desde las propias políticas de estado, el estancamiento de la calidad de vida de los trabajadores y sus familias.
Durante la presente administración de Enrique Peña Nieto, sus políticas laborales se enfocaron a la creación de nuevos empleos sin importar el nivel de remuneración, dando como consecuencia, el mantenimiento estadístico de creación de fuentes de empleo, pero con una evidente precariedad salarial, al grado de que los jóvenes prefieren seguir de Ninis, ocupando el hogar paterno, en espera de una mejor oportunidad salarial que no llega.
El análisis en comento destaca que la cantidad de empleos creados no debe ser la única medida con la cual se evalúa una política de capital humano: hay componentes como salud, vivienda, salarios y precariedad donde nuestro país ocupa lugares muy rezagados en las estadísticas de la Organización Internacional del Trabajo y de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo.
Ante ello, sugiere el organismo internacional, que la nueva administración federal deberá impulsar un gran debate nacional sobre capital humano y capital social en el que confluyan las voces de la academia, los legisladores, los empleadores y los trabajadores y del ejecutivo. Este diálogo social necesita una mayor legitimidad a partir de una mayor participación democrática de los representantes de los sectores productivos, tanto de los empleadores como de los sindicatos.
Y es que por décadas, el Gobierno Federal ha sido el principal obstáculo para que empresarios y trabajadores puedan pactar salarios más dignos, sin que las políticas fiscales, por ejemplo, castiguen la creación de nuevos empleos y el pago de mejores salarios.
Es tiempo, pues, de abrir al debate nacional aspectos, no sólo de la justicia laboral, sino el tema toral como el de mejorar los ingresos de la clase trabajadora, y dejar atrás, de una vez por todas, el añejo discurso de que los salarios no se aumentan para no generar inflación. Ese cuento ya nadie lo cree.
crom_ags@hotmail.com | /CROMAguascalientes
http://www.lja.mx/2018/06/a-debate-nacional-el-tema-laboral-la-formula-del-cafe-con-leche/
INEGI: Estadísticas laborales con información de 198 juntas locales de conciliación y arbitraje.

COMUNICADO DE PRENSA NÚM. 282/18
29 DE JUNIO DE 2018 PÁGINA 1/2
- Durante 2017 se registraron 533 082 convenios de trabajo fuera de juicio; 0.6% más que en 2016
- · En este mismo año ocurrieron 23 950 casos de emplazamiento a huelga y 17 huelgas estalladas
- · Los datos están disponibles a partir de hoy en las Estadísticas sobre relaciones laborales de jurisdicción local 2017
El INEGI da a conocer los principales resultados de las estadísticas sobre relaciones laborales de jurisdicción local 2017, con información sobre los desacuerdos derivados de las relaciones laborales.
Estas estadísticas se obtienen anualmente de los registros administrativos de las juntas locales de conciliación y arbitraje y presentan datos actualizados sobre:
- – Convenios de trabajo fuera de juicio: corresponden a los acuerdos de índole laboral que se registran en las juntas locales y para los que no existe litigio o conflicto.
- – Conflictos individuales y colectivos de trabajo: son las desavenencias de carácter laboral que surgen entre trabajador(es) y patrón(es), que se hacen del conocimiento de las juntas locales de conciliación y arbitraje, encargadas de dar resolución a las mismas.
- – Emplazamientos a huelgas: se refieren a los anuncios legales hechos al patrón por una coalición o sindicato, con el propósito de ir a huelga, si no son satisfechas sus demandas contenidas en el pliego de peticiones.
Para las estadísticas de 2017, se contó con la información de 198 juntas locales de conciliación y arbitraje, de donde surgen los siguientes datos:
CONVENIOS DE TRABAJO FUERA DE JUICIO
Los convenios de trabajo fuera de juicio ascendieron a 533 082 en 2017, registrando un incremento de 0.6% respecto a 2016.
Los tipos de arreglo más frecuentes en los convenios de trabajo fuera de juicio fueron la terminación del contrato (48.8%) y el retiro voluntario (44.7%).
Las entidades federativas con el mayor número de convenios de trabajo fuera de juicio fueron: Sonora (15.2%), Jalisco (11.2%), Guanajuato (6.8%), Ciudad de México (6.4%), Coahuila de Zaragoza (6.2%) y Tabasco (5.0%).
CONFLICTOS DE TRABAJO
Los conflictos individuales (228 828 casos) representan el 99.1% de los casos que se presentan a nivel nacional de los conflictos de trabajo (229 464 casos).
El 92.9% de los conflictos individuales de trabajo tuvieron como motivo la demanda por despido injustificado.
Para 2017, los conflictos colectivos de trabajo ascendieron a 636 casos. De ellos, el 84.5% tuvieron como motivo la disputa por la titularidad del contrato.
El 51.4% de los conflictos de trabajo (individuales y colectivos) se solucionó por convenio, mientras que el 25.9% fue por desistimiento.
EMPLAZAMIENTOS A HUELGA
La evolución de los emplazamientos a huelga registró un crecimiento de 10.7% con respecto al año 2016, al pasar de 21 643 a 23 950 casos. Jalisco y México tuvieron el mayor número de emplazamientos a huelga (38.4%), aunque sin registro de estallamiento a huelga en el estado de México.
El 74.5% de los emplazamientos a huelga tuvieron como motivo la firma de contrato.
Los emplazamientos a huelga solucionados en 2017 registraron un aumento de 6.2% respecto al 2016, al pasar de 15 092 a 16 030 casos, con un 32.7% de los emplazamientos solucionados por desistimiento.
Para 2017, se registraron 17 huelgas estalladas, 10 de ellas en la Cuidad de México, 4 en Jalisco, y 1 en las entidades de Campeche, Michoacán y Tlaxcala. De las 17 huelgas estalladas en 2017, 7 fueron solucionadas durante el mismo año.
Se observa una tendencia a la baja en las huelgas estalladas, al pasar de 68 casos en 2013 a 17 en el año 2017, un descenso del 75.0 por ciento y que corresponde al mínimo histórico.
Con esta información se actualizan los principales indicadores nacionales de las estadísticas sobre relaciones laborales de jurisdicción local y también se ofrece la consulta de datos desglosados por entidad federativa.
Estas estadísticas tienen como objetivo proporcionar información para el análisis, investigación, planeación y evaluación de las características y efectos de la política laboral, así́ como para brindar el servicio público de información.
http://www.beta.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2018/OtrTemEcon/EstLabJucionLocal2018_06.pdf
Crea el Consejo de la Judicatura Federal la Unidad de Implementación de la Reforma en Materia de Justicia Laboral

Comunicado No. 15
- Proporcionará apoyo y asistencia técnica al CJF y PJF con motivo de la implementación de dicha reforma
A partir de hoy inicia funciones la Unidad de Implementación de la Reforma en Materia Laboral que tiene la facultades, entre otras, de elaborar y emitir opiniones consultivas al Congreso de la Unión o a cada una de sus cámaras de Diputados y Senadores, en temas relativos a la conformación de las normas procesales en materia laboral de competencia para el Poder Judicial de la Federación (PJF).
La nueva unidad, creada por acuerdo del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal (CJF), responde a la transformación del sistema de justicia laboral a nivel federal y se encargará de las acciones y programas relacionados con la planeación, capacitación, difusión, proyectos normativos, reorganización institucional, programación presupuestal y seguimiento institucional de la reforma en materia de justicia laboral.
En el acuerdo, aprobado por unanimidad, se especifica que la Unidad de Implementación de la Reforma en Materia Laboral coordinará las acciones necesarias para la planeación y prospectiva, capacitación, difusión, estudios y proyectos normativos, reorganización institucional y digital, programación, asignación, ejecución y comprobación del presupuesto, y seguimiento necesarios para la implementación en la materia.
Entre otras tareas que desarrollará esta nueva unidad, se encuentran la de proporcionar apoyo y asistencia técnica que requiera tanto el Pleno como los consejeros de la Judicatura Federal con motivo de la implementación de la reforma en materia de justicia laboral en el PJF, así como la de elaborar y emitir opiniones técnicas de asuntos correspondientes a esta materia.
Para encabezar esta nueva área, el Pleno del CJF acordó la designación del magistrado Sergio Javier Molina Martínez, como titular de la Unidad de Implementación de la Reforma en Materia de Justicia Laboral.
http://www.cjf.gob.mx/documentos/Comunicados%20Prensa/docsComunicadosPrensa/2018/comunicado15.pdf
Comisión de Aplicación de Normas de la OIT hace recomendación a México

Foto: Twitter/@OITnoticias
El organismo internacional realizó un análisis de la información que presentó la actual administración sobre el proceso de aprobación de las leyes secundarias de la reforma laboral.
María Del Pilar Martínez
25 de junio de 2018, 19:56
La Comisión de Aplicación de Normas de la Organización Internacional del Trabajo, concluyó que nuestro país debe abrir el debate y adoptar lasmedidas legislativasprevistas en el contexto de la reforma Constitucional,por lo que pidió al gobierno mexicano emitir un informe en el mes noviembre de este año sobre el particular.
Luego de que organizaciones nacionales presentaran una queja a la Comisión de Expertos de la OIT, el organismo internacional realizó un análisis de la información que presentó la actual administración sobre el proceso de aprobación de las leyes secundarias de la reforma laboral, e hizo 4 recomendaciones.
La primera recomendación, la Comisión de Aplicación de Normas refiere que el gobierno mexicano debe “seguir adoptando lasmedidas legislativas previstas en el contexto de la reforma Constitucional en consulta continuada con los interlocutores sociales a nivel nacional.
Asimismo, que se asegure, que la legislación secundaria necesaria para dar efecto a las reformas de la Constitución y la legislación federal del trabajo estén en conformidad con el Convenio 87 sobre la libertad sindical y la protección de sindicalización.
La OIT recomendó además que se siga cumpliendo con la actual obligación legal de publicar el registro y los estatutos de los sindicatos, así como los convenios colectivos existentes y que se asegure que los sindicatos puedan ejercer su derecho de libertad sindical en la legislación y en la práctica.
Cabe señalar que José Olvera Salinas, representante sindical del México fue el encargado de presentar una réplica, en el marco de la 107 Reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo, por las “las persistentes prácticas y graves disposiciones que contravienen el Convenio 87
“Derivado de ello y por la evidente reiteración, en el año 2017 la Comisión pidió nuevamente al gobierno mexicano realizara las consultas con los interlocutores sociales, pues existe una grave preocupación por la opacidad en las medidas implementadas para erradicar este grave fenómeno que atenta contra la libertad sindical y contratación colectiva auténticas”.
Por ello, los trabajadores que acudieron a la reunión de la OIT, pidieron acciones más enérgicas, para que el gobierno mexicano brinde explicaciones por la omisión reiterada de realizar consultas tripartitas auténticas, institucionalizadas y permanentes en el marco del proceso de transición con motivo de la reforma constitucional en materia de justicia laboral.
https://www.eleconomista.com.mx/empresas/Comision-de-Aplicacion-de-Normas-de-la-OIT-hace-recomendacion-a-Mexico-20180625-0075.html
Michoacán debe tomar en cuenta a todo sector para lograr Reforma Laboral

Oscar Celaya/Quadratín | 21 de junio de 2018
MORELIA, Mich., 21 de junio de 2018.- Para lograr una Reforma Laboral adecuada para el estado se deben de tomar en cuenta todos los sectores de la sociedad civil, consideró el presidente del Tribunal de Conciliación y Arbitraje, Luis Fernando Rodríguez Vera.
Al participar en el Foro Internacional, Reforma Laboral para todos ¿Hacia dónde va Michoacán? señaló que las autoridades encargadas de sacar adelante este proyecto no han abierto el proceso a la comunidad académica y a las instituciones involucradas.
“A partir de este foro nosotros tenemos que comenzar a luchar también porque seamos escuchados para que se logre una adecuada Reforma Laboral en el estado”, manifestó en este marco.
Señaló que también se debe de tomar en cuenta la opinión de los sindicatos, al considerar que los organismos laborales son quienes deben de tener una participación más activa.
En este sentido, Rodríguez Vera agregó que se necesita de un Centro Estatal de Conciliación Laboral que sea realmente descentralizado e independiente, que no sea sujeto a las decisiones del gobierno en turno.
“De lo que se trata es de buscar una justicia laboral equitativa y justa”, dijo, al recordar que la propuesta para su creación sigue en el Congreso local, aunque aclaró que el Poder Judicial no cuenta con presupuesto, infraestructura, ni personal humano para iniciar con la Reforma Laboral.
El presidente del Tribunal de Conciliación y Arbitraje consideró también que debido al proceso electoral, no ve que en lo inmediato puedan concluirse los asuntos pendientes para sacar la Reforma Laboral adelante.
“Esta Legislatura va en proceso de salida. Tendremos que esperar que asuman su responsabilidad los nuevos senadores para que puedan emitir su opinión respecto a estas leyes. Estaban programados cuatro foros a nivel nacional pero se cancelaron porque van de salida. No le están dando mucha importancia a esto”, comentó.
Rodríguez Vera recordó que las propuestas para reformar la Constitución local ya se encuentran en manos del Congreso del Estado pero que aún se desconoce cuándo se llevará a cabo la discusión. No obstante, consideró que existen pequeños avances para adecuar las leyes secundarias.
https://www.quadratin.com.mx/economia/michoacan-debe-tomar-en-cuenta-a-todo-sector-para-lograr-reforma-laboral/
Michoacán: Análisis, reflexión y actualización; objetivo del Foro Internacional “Reforma laboral para todos”

Por: Eduardo Ávila/Grupo Marmor
Morelia, Michoacán; 21 de junio del 2018.– Para que los jóvenes conozcan la posible ruta de las reformas laborales que se han venido dando, la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo en conjunto con la Junta de Conciliación y Arbitraje llevó a cabo el foro Internacional “Reforma laboral para todos ¿Hacia donde va Michoacán?”.
Luis Fernando Rodríguez Vera, magistrado presidente del Tribunal de Conciliación y Arbitraje, explicó que la importancia del foro radica en la reflexión y análisis del derecho del trabajo de los interesados, así como para que el cuerpo de abogados se encuentre actualizado en la materia.
En este sentido y ante la poca afluencia al evento, expresó que el sector obrero tiene cierta apatía en la participación de la construcción de una reforma originado de la falta de liderazgos sindicales que hagan el llamado a la actividad.
https://marmorinforma.mx/analisis-reflexion-y-actualizacion-objetivo-del-foro-internacional-reforma-laboral-para-todos/34503/
Expertos, asociaciones civiles y estudiantes discuten sobre importancia de aplicar una Reforma Laboral en Michoacán

La reforma laboral contempla realizar cambios en la gestión de asuntos jurídicos laborales como hacer más rápida la atención de denuncias, las conciliaciones, entre otros
Por
MiMorelia.com
jueves, junio 21, 2018 1:02 pm
Ya está ante el Congreso del Estado la propuesta para la Reforma Laboral (Foto: @RefLaboralMX)
Por: Cristian Ruiz/@crisruizr1
Morelia, Michoacán (MiMorelia.com).- Con la participación de la fundación Friedrich Ebert Stiftung, el Tribunal de Conciliación y Arbitraje en el Estado de Michoacán, la asociación Abogados Laboristas en el Estado de Michoacán y la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo (UMSNH), este jueves arrancó en el Centro de Información Arte y Cultura (CIAC) el foro internacional Reforma Laboral para Todos ¿Hacia dónde va Michoacán?
En este evento, abogados laboristas, expertos en los derechos del trabajo y académicos discutirán sobre qué tan importante es que Michoacán cuente con una Reforma Laboral para poder agilizar trámites de denuncia, la conciliación de asuntos y comités que sirvan para resolver casos que llegan a tardar años en resolverse.
Durante la inauguración del evento, el presidente del Tribunal de Conciliación y Arbitraje en el Estado de Michoacán, Luis Fernando Rodríguez Vera, agradeció a todos los organismos participantes en este evento que pretende ser un parteaguas en la discusión de la Reforma Laboral desde diversos puntos de vista como el social, jurídico y legislativo.
Enfatizó que en el estado queda mucho que hacer para lograr la Reforma Laboral en favor de los trabajadores con aspectos que son necesarios atender como la agilización de los trámites de denuncia, ya que aseguró que el tribunal ha llevado a atender hasta 12 mil casos, entre los que se encuentra en despido injustificado como la principal causa de denuncia.
A su vez, el secretario auxiliar de la Universidad Michoacana, Héctor Pérez Pintor, apuntó que es de total importancia para la institución tener un foro que aborde con los expertos y la comunidad estudiantil los motivos por los cuales es necesario generar una Reforma Laboral y cuáles son los avances verdaderos de la mano de algunos legisladores y también mesas de análisis con de cómo es aplicado este modelo en países como Chile.
La primera conferencia titulada “La Reforma Constitucional, desglosando su contenido”, Luis Fernando Rodríguez Vera expuso como es el actual trabajo del tribunal y como a través de una propuesta para generar centros de conciliación podrían atender con mayor precisión.
https://www.mimorelia.com/expertos-asociaciones-civiles-y-estudiantes-discuten-sobre-importancia-de-aplicar-una-reforma-laboral-en-michoacan/
Michoacán: Sindicatos deben involucrase en el desarrollo de la Reforma Laboral: TCAEM

Luis Fernando Rodríguez Vera aseguró que la gestión para la reforma laboral va a tardar pero ya hay una iniciativa formal ante el Congreso del Estado
Por
MiMorelia.com
jueves, junio 21, 2018
“Tenemos que lograr una cierta independencia para garantizar que la justicia laboral sea equitativa» (Foto: Especial)
Por: Cristian Ruiz/@crisruizr1
Morelia, Michoacán (MiMorelia.com).- “Si realmente queremos impulsar una Reforma Laboral en el estado de Michoacán, los sindicatos deben de involucrarse para que vean todos los lineamientos y aspectos que cambiarían ya sea a su favor o en su contra”, fue lo que comentó el presidente del Tribunal de Conciliación y Arbitraje en el Estado de Michoacán (TCAEM), Luis Fernando Rodríguez Vera.
Entrevistado en el marco del Foro Internacional “Reforma Laboral para Todos: ¿Hacia dónde va Michoacán?”, explicó que desde su punto de vista este tema debe ser importancia para los organismo en defensa de los derechos de los trabajadores, ya que una reforma laboral contempla diversos puntos que van desde hacer más rápido la atención y resolución de denuncias que antes tardaban hasta años a través de centros de conciliación, hasta marcar una descentralización de las juntas de conciliación y arbitraje del gobierno estatal.
“Tenemos que lograr una cierta independencia para garantizar que la justicia laboral sea equitativa y agilizar el tiempo que se tarda en resolver asuntos que bien pueden ser resueltos en menor tiempo a través de centros de conciliación, todo eso está dentro de la iniciativa de la reforma enviada al Congreso local”.
Agregó que si entran los sindicatos a la gestión y todo el proceso que hay detrás de la reforma, podrían verificar que los derechos del trabajador siguen a favor de quienes han sufrido un atropello en el trabajo como ocurre cuando son despedidos injustificadamente.
Señaló que, si bien ya está ante el Congreso del Estado la propuesta para la Reforma Laboral, esta va a tardar todavía unos años en aprobarse al estar por concluir la presente legislatura y por no sabes si los nuevos diputados estarán interesados en promoverla.
“Sabemos que va a ser tardado este hecho por el cambio de legislatura, pero hemos dado un paso adelante en lograr que se tomen en cuenta la necesidad de una reforma laboral que hoy en día cubra aspectos del trabajador que antes no estaban contemplados”, concluyó.
https://www.mimorelia.com/sindicatos-deben-involucrase-en-el-desarrollo-de-la-reforma-laboral-tcaem/
Michoacán: Todos deben participar para una reforma laboral adecuada

SMRTV 21 JUNIO 2018
Así se manifestó durante el Foro Internacional, “Reforma Laboral para todos”, ¿Hacia dónde va Michoacán?, que se llevó a cabo este jueves.
Por Mayra Hurtado
Morelia, Michoacán.- Totalmente detenido está el proceso para lograr una real Reforma Laboral, existen varias propuestas ante el congreso y será difícil que la actual legislatura lo aborde, señaló Luis Fernando Rodríguez Vera, Presidente del Tribunal de Conciliación y Arbitraje del Estado.
Al asistir al Foro Internacional, “Reforma Laboral para todos”, ¿Hacia dónde va Michoacán?, que se llevó a cabo este jueves, destacó que es importante y necesario la participación de todos los sectores involucrados y dijo existe muy poco interés principalmente de los sindicatos.
Cabe recordar que la reforma laboral fue presentada por el Gobierno de la República en febrero del 2017 y es momento que no ha logrado aterrizar.