Foro Perspectivas de la Reforma Laboral en la CDMX


Ciudad de México a04 de junio de 2018
Por. Reforma laboral para todos

  • Tiene el reto de discutir si es necesaria o no una reforma a la Constitución de la CDMX.
  • La consulta del Senado, restringida sin ir al fondo

Abogados laboralistas señalaron diversos escenarios y problemas que deben enfrentar la Ciudad de México para implementar la reforma en materia de justicia laboral entre los que destacan la interrogante de si es necesaria una reforma en la CDMX cuando previamente su recién creada Constitución lo contempla en su artículo 25º transitorio.
Para Felipe de la Cruz, Diputado de MORENA, la reforma laboral es el resultado de un modelo económico implantado en México durante los años 80 y profundizado en cada administración federal. El neoliberalismo supone que es posible generar, multiplicar y distribuir la riqueza sin producir bienes de capital, priorizando la especulación y no la producción. Con el desempleo como la consecuencia más grave y visible para los jóvenes, lo que genera la precarización del trabajo
Para Manuel Fuentes Muñiz abogado laboralista, pasa desde el cuestionamiento que debe hacerse si la CDMX necesita reformar su Constitución, a la crítica de ser una reforma regresiva que permite el outsourcing, los contratos colectivos de protección patronal, el tripartismo entre otros aspectos.
Fuentes Muñiz cuestionó “De qué sirve que puedan designar a sus dirigentes sindicales o votar en los conflictos intersindicales en los emplazamientos a huelga por firma de contrato, si no pueden ejercer sus derechos plenos para poder determinar sobre sus condiciones de trabajo”.
También afirmó que la consulta que llevará a cabo el Senado supuestamente públicas, ni siquiera se han dado a conocer en la página del Senado. Pero que han llegado correos a personas en lo específico, y no han sido abiertas a quienes estamos interesados, junto con sindicatos y otras organizaciones y profesionales, para poder opinar sobre los temas de la reforma laboral “Es una consulta muy restringida y donde solamente van a participar 30 personas con 10 minutos para exponer, sin posibilidad de llevar a cabo un análisis de fondo de todo lo que es la problemática de la reforma laboral”
El abogado Gilberto Chávez Orozco, presidente de la Academia Mexicana de Derecho Procesal, afirmó “no hay audiencias donde nos escuchen” La parte sindical independiente ha levantado la voz, pero lamentablemente el 94 por ciento de los trabajadores en el país no tienen sindicato o pertenecen a uno “sin vida activa”.
Chávez Orozco señaló también que la iniciativa contiene más aspectos civiles que laborales lo que lleva a la precarización de las condiciones de trabajo. Y en cuanto los aspectos procesales dice que debe pensarse en medidas eficaces para acortar tiempos en el procedimiento laboral.
A continuación presentamos la participación del Diputado Felipe de la Cruz y de Manuel Fuentes Muñiz:

La Reforma Laboral en la CDMX

Por: Dip. Felipe de la Cruz*

* Texto leído en el foro Perspectivas de l Reforma Laboral, efectuado en el 4 de junio de 2018, en la Ciudad de México
Los temas de la reforma laboral son amplios y complejos porque se entrelazan con otros ámbitos de la vida pública, por ello, a manera de introducción haré un recuento del contexto en el que esta reforma se construyó y consolidó a partir del ascenso del neoliberalismo como sistema económico en México.
En ese sentido, la Reforma Laboral de 2012 fue la primera de las llamadas “Reformas Estructurales” pactadas entre el gobierno saliente de Felipe Calderón, el gobierno entrante de Enrique Peña Nieto y la cúpula empresarial mexicana, que habrían de cerrar el ciclo de consolidación neoliberal iniciado treinta años atrás.
Esta reforma es el resultado de un modelo económico implantado en México durante los años 80 y profundizado en cada administración federal. El neoliberalismo supone que es posible generar, multiplicar y distribuir la riqueza sin producir bienes de capital, priorizando la especulación y no la producción.
Sin embargo, en un país como el nuestro, con enormes brechas de desigualdad, ese modelo condujo a la acumulación desmedida de unos pocos y el desamparo laboral de las mayorías, ya que el neoliberalismo debilitó el mercado interno y redujo significativamente el gasto social, que son la base para la generación de empleos, la estabilidad laboral y el desarrollo económico con bienestar social. Dicho proceso se agravó con la desindustrialización del país, la apertura comercial desmedida, las privatizaciones y la transformación de la economía nacional hacia una economía especulativa.
Durante la primera mitad de los años 90 México perdió un tercio de su capacidad industrial, complejas instalaciones fabriles diseñadas para tener una vida útil de al menos 50 años fueron cerradas, recortadas o reconfiguradas en un periodo muy breve de tiempo. En la Ciudad de México, por ejemplo, se desmanteló paulatinamente el complejo industrial de Vallejo.
Con la desindustrialización el país volvió a depender del extranjero pero al mismo tiempo la oferta laboral se contrajo y el desempleo comenzó a ser agudo y creciente, ya que la demanda de trabajadores altamente especializados disminuyó y el perfil laboral de las nuevas generaciones de mexicanos se ha orientado desde entonces hacia los sectores comerciales y de servicios. No obstante, ninguno de estos sectores ha sido capaz de detonar el crecimiento económico, ni recuperar el poder adquisitivo del salario; recordemos que el crecimiento neto de los últimos dos sexenios fue de 2.03% y 2.04% y se pronostica que en este sexenio será de 1.9%.
Por otra parte, los gobiernos de corte neoliberal han consolidado una economía altamente especulativa, poco productiva y enfocada a las grandes empresas creando mecanismos fiscales que incentivan a los empresarios a destinar sus recursos a figuras de especulación financiera y no en la modernización de los centros de trabajo, la introducción de tecnologías en los procesos de producción, la capacitación de los trabajadores o la expansión de su capacidad de manufactura.
Por si fuera poco, dentro de la inversión extranjera se privilegia a los llamados “capitales golondrinos”, es decir, aquellas inversiones que ingresan al país únicamente para participar en el mercado bursátil y maximizar su rentabilidad sin dejar ningún beneficio productivo como fábricas, maquinaria, materia primas o vacantes laborales estables, retirándose una vez que las condiciones macroeconómicas no le favorecen. 
Este proceso ha sido agudizado por el recorte al gasto social, es decir, la disminución del presupuesto nacional en salud, educación, alimentación y seguridad social. El neoliberalismo debilitó el papel del estado en la rectoría de la política laboral nacional, provocando la primacía empresarial en la materia y, consecuentemente la desaparición paulatina de las prestaciones sociales y los servicios públicos, de manera que los trabajadores deben destinar cada vez una mayor parte de su suelo para adquirir éstas; en los años 80´s era impensable que un trabajador promedio estuviera obligado a contratar un seguro de gastos médicos privado, actualmente ese es uno de los productos más solicitados a las empresas de seguros y es que se calcula que 62 millones de mexicanos no cuentan con seguridad social.
Ahora bien, la consecuencia más grave y visible para los jóvenes es el desempleo, ya que a diferencia de hace 30 años, el país tiene más personas en edad de trabajar, pero menos espacio para ello. La falta de empleo genera la precarización del trabajo, porque si el trabajador no acepta las condiciones laborales impuestas por el empleador éste puede ser substituido con alguno de los millones de desempleados, de ahí que sean posibles la subcontratación, los sueldos injustos y la contratación temporal indefinida.
De esta forma en el neoliberalismo mexicano el empleo se comenzó a transformar en una ecuación mediante la cual se contenía o amplificaban las necesidades básicas de los trabajadores en función del mercado. Sin embargo, el artículo 123 constitucional y la Ley Federal del Trabajo detuvieron durante años las mayores amenazas a los derechos laborales; fue hasta el año 2012 cuando las cúpulas patronales, compuestas mayoritariamente por los empresarios favorecidos por el poder político, modificaron la legislación para obtener la flexibilización en las formas de contratación y despido, la disminución de prestaciones y la fragilidad de los salarios, transformando así la dinámica laboral en México.
 Seis años después se presentó una nueva modificación, esta vez contra los sindicatos a nivel constitucional en los artículos 107 y 123. Dicha medida apoyada por el PRI y el PAN se aprobó en febrero de 2017 y entraría en vigor una vez que el Senado votara las leyes secundarias, pero esto no sucedió ya que el último periodo ordinario en dicho órgano legislativo fue el 30 de abril pasado.
 

Manuel Fuentes Muñiz

Con motivo de la reforma constitucional del 24 de febrero de 2017 se abren varios retos para la Ciudad de México, particularmente tendríamos que señalar una serie de escenarios que se plantean.
Las perspectivas que tiene la Ciudad de México se derivan en varios escenarios. Hay un artículo, el vigésimo quinto transitorio que establece dos retos, por un lado la creación de una ley que va a regular todo lo relativo a los trabajadores al servicio de la Ciudad de México, los que laboran en el Poder Ejecutivo, los que estarán laborando en cada una de las dependencias, las secretarías que conforman el Poder Ejecutivo, las ahora Alcandías que estarán iniciando en el mes de septiembre; sobre todo en el ámbito del Poder Judicial el Tribunal Superior de Justicia, también del Poder Leislativo.
Actualmente todos los conflictos que se tramitan derivado de esto se llevan a cabo en el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, y la Constitución de la Ciudad de México plantea que a más tardar en el año 2020 habrá un tribunal de arbitraje de la Ciudad de México, tiene que haber una ley específica para los trabajadores de la CDMX, de las Delegaciones, de los tres poderes y el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje va a conocer de esto.
Esto es una ruta que está como uno de los retos importantes que estará llevando a cabo el Congreso de la CDMX, que también a partir del 17 de septiembre (2018) tendrá este escenario y ese reto.
Llama la atención que esta Constitución plantea el reconocimiento de un tribunal laboral sin que estuviera concebido en una legislación anterior o norma jurídica anterior, porque la reforma constitucional fue publicada el 24 de febrero de 2017 y la Constitución de la CDMX lo hace el 5 de febrero de 2017, está reconociendo una figura que ni siquiera existía, y habrá que ver en su caso los alcances jurídicos de una reforma pre constitucional de esta figura.
Coincidentemente la Constitución de la CDMX habla de un tribunal laboral y en ese sentido no le veo ningún problema, sin embargo el artículo 123 de la Constitución habla de la constitución de un instituto que estará abarcando tres aspectos: conciliación, control de los registros sindicales y el control y registro de los contratos colectivos de trabajo de todo el país, que estará bajo el control de un organismo descentralizado autónomo, pero todo con el control del presidente de la república.
Y, por otro lado, plantea la propia Constitución, que habrá Centros de Conciliación que estarán bajo el control de los Estados. Entiéndase gobernadores y en la CDMX jefe de gobierno.
En el caso de los Centros de Conciliación, desde mi punto de vista, se requiere que estos centros estén reconocidos en cada una de las Constituciones de los Estados, porque no se puede operar ninguna institución, en este caso del alcance que se tiene, si no está concebida en la Constitución, es decir, para que pudiera estar funcionando el centro de conciliación requiere de una ley que lo pueda estar normando. Y desde luego que debe estar ligado con las reglamentaciones que se estarían llevando a cabo de la legislación laboral específica en donde se hable de los instituto y centros de conciliación y demás.
Actualmente hay algunos estados de la República que han llevado a cabo propuestas de reforma constitucional en el que se está creando los tribunales laborales y los centros de conciliación.
Llama la atención que todavía no hay una reglamentación de la legislación laboral, pero ya algunos estados, posiblemente por una necesidad de competencia entre partidos políticos, no encuentro otra explicación, se han apresurado para llevar a cabo las reformas constitucionales correspondientes.
Este escenario plantea una serie de retos. La propia Constitución de la CDMX en su artículo 69 establece una serie de requisitos para su modificación.
Señala que cualquier modificación que se establezca en la misma tendrá que ser presentada en la legislatura correspondiente para que en su caso, la mayoría de los presentes en el Congreso de las CDMX pueda aprobar la admisión de la iniciativa, para que en su caso la conozca la siguiente legislatura. Este escenario es complicado y habrá que revisarlo.
Artículo 69.- Esta Constitución podrá ser reformada o adicionada en cualquier tiempo de conformidad con lo siguiente:
Fracción I.- Las reformas que se propongan para ser admitidas a discusión requerirán cuando menos el voto de la mayoría de los presentes del Congreso.
II.- Una vez admitidas las iniciativas adiciones o reformas se publicarán y circularán ampliamente con el extracto de la discusión.
III.- Las iniciativas de adición o reforma admitidas podrán ser votadas a partir del siguiente periodo en el que se presentaron.
Se puede interpretar que se trata del siguiente periodo se de sesiones, ya que si es periodo legislativo se estaría con una espera de tres años, lo que complicaría mucho más el escenario
IV.- Para que las adiciones o reformas admitidas sean aprobadas se requerirá el voto de las dos terceras partes de las y los miembros presentes del Congreso de la Ciudad.
En el primer caso, de admitir la modificación, es la mayoría de los presentes, no de los diputados que conformen el Congreso.
En el segundo escenario de las dos terceras partes de los presentes que se puedan dar. Entonces sólo el voto de las dos terceras partes de los integrantes podrá disponer de la celebración del referéndum sobre las reformas aprobadas a ésta constitución.
Viendo la complejidad de una reforma constitucional en la Ciudad de México, me parece que uno de los primeros retos que tiene que estar vislumbrando este Congreso de la CDMX, es el escenario una vez esperando que hubiera una reforma a la legislación laboral, que espero que no se de, porque me parece que debe haber una discusión muy amplia sobre la misma, donde se determine cuál va a ser la funcionalidad de los tribunales laborales.
Es un escenario específico el que tiene la Ciudad de México para que pueda reconocer el caso de los Centros de Conciliación que estarían bajo su potestad. Este es un primer elemento a considerar.
Un segundo elemento es que el propio Congreso de la CDMX, en su caso, tendría que estar haciendo modificaciones a la Ley orgánica del Tribunal Superior de Justicia, dado que es que va a conocer de la operatividad del tribunal laboral que estaría sustituyendo a la Junta Local de Conciliación y Arbitraje.
En ese sentido la denominación que señaló la Constitución es el de Tribunales Laborales y quienes hemos seguido de cerca la historia de la iniciativa el Presidente Peña Nieto, cuando la presentó, decía tribunales y juzgados laborales. Después se modifica en la Constitución y solo quedó el término de tribunales laborales.
Esto quiere decir que la figura de un tribunal laboral no es lo mismo que un juzgado laboral. En realidad el tribunal laboral, el único que se encuentra reconocido en ese ámbito es el Tribunal Electoral.
La figura de cómo vaya a funcionar puede darse la circunstancia de que sea un tribunal dentro de un tribunal superior de justicia. Entonces éste tribunal sui generis podría estar funcionando ya sea con magistrados unitarios que hacen las veces de instancia superior en un tribunal y pudiera haber los llamados juzgados laborales, que no serían lo mismo que juzgados de distrito, serían juzgados como los jueces familiares, los jueces penales de primera instancia, los que pudieran conocer del mismo y establecer como pudieran ser las resoluciones.
En materia laboral hay algunos recursos que se dan en el mismo como son los recursos de revisión que se dan en tres escenarios;
Cuando se termina un juicio y se entra al procedimiento de ejecución, embargos, avalúos, remates y demás. Ya entra bajo el control del presidente de la Junta Especial, cuando se trata de asuntos individuales o del presidente de la Junta de Conciliación y Arbitraje cuando se trata de asuntos colectivos.
En un escenario en el que el juez que pudiera estar conociendo del caso tuviera que revisar este tema, quién lo va a revisar, quién va a revisar al juez. Tendría que ser una instancia superior como magistrados unitarios o en este caso salas laborales compuestas por tres magistrados.
Es un escenario que habrá que revisar porque el problema fundamental de quienes idearon esta reforma es que no tienen una idea de lo que esto significa en cuanto a costos. Es muy costosa la reforma laboral y vamos a estar trabajando en dos pistas al mismo tiempo, por un lado la Junta de Conciliación y Arbitraje que tiene un presupuesto de alrededor de 600 millones de pesos y al mismo tiempo se van a crear tribunales laborales que no deben costar menos que eso, porque se supone que deben ser más eficientes que las juntas de conciliación y arbitraje que, además, tienen un problema de operación, no porque los funcionarios o sus trabajadores no sea eficientes, sino porque no se tiene el suficiente presupuesto.
En promedio, cada junta especial, tiene 50 a 52 audiencias diarias y el promedio de espera entre cada audiencia es de 2 a tres horas. Se requiere de suficiente presupuesto. El Congreso de la Ciudad con el siguiente gobierno tendrá que estar preparando en la ley de ingresos de la CDMX un escenario en el que esté planteando los recursos necesarios para la operatividad de los tribunales laborales, sin retirar el presupuesta de la junta de conciliación y arbitraje, porque sería un error retirarle el presupuesto para poder armar los llamados tribunales laborales.
Nos encontramos con una serie de retos. Por lado una reforma a la Constitución con las complicaciones de lo que marca el 69 de la Constitución que tiene que ser la aprobación en el siguiente periodo, que espero no sea en el siguiente periodo legislativo, porque sí complicaría el escenario de esperarse a tres años para que se pudiera dar la reforma constitucional.
Posteriormente. Ya con la creación del tribunal laboral de conciliación y arbitraje, sería la contratación del personal para este tribunal. Se ha señalado que debe ser persona con experiencia. El personal de experiencia es aquel que ha tramitado los juicios laborales que son los que están en las juntas de conciliación y arbitraje.
Ha habido cuestionamientos sobre todo de integrantes del Poder Judicial de la CDMX y Poder Judicial de la Federación señalando que no están de acuerdo que personal jurídico de las juntas de conciliación y arbitraje puedan integrar los tribunales laborales porque, dicen, los contaminarían. Yo no estoy de acuerdo con esas posiciones que no conocen de cerca la operatividad de las juntas de conciliación y arbitraje, por lo que no es correcto un señalamiento como el que están haciendo.
Ahora a la CDMX en una actitud soberana, al estar llevando a cabo la discusión de la ley Orgánica del Poder Judicial de la Ciudad de México, tiene entre otras responsabilidades, el de señalar cómo se va a dar la contratación del personal del Tribunal Laboral. Desde mi punto de vista deben tener una preferencia los trabajadores y personal jurídico de las juntas de conciliación y arbitrajer sobre varios aspectos.
En el caso del personal jurídico tiene que someterse a exámenes para poder ingresar al tribunal laboral y en su caso que se pueda abrir un periodo para la ciudadanía en cuanto a que pudiera haber un señalamiento de algunos de los funcionarios que pretenda serlo del tribunal laboral que haya sido señalado por alguna contraloría.
Es fundamental que el congreso de la Ciudad pueda estar reconociendo su trabajo así como el del personal que está a la orden de la junta de conciliación y arbitraje, que pudiera participar en la integración de estas salas, sobre todo por la experiencia en el manejo de la legislación laboral.
Otro escenario fundamental es el de los costos de lo que pueda representar la nueva reforma laboral. Las formas que ahora se están planteando sobre todo el dictamen que se tiene en el Senado y que está planteando algunas audiencias supuestamente públicas, las cuales ni siquiera se han dado a conocer en la página del Senado. Pero que han llegado correos a personas en lo específico, pero que no han sido abiertas a quienes estamos interesados, junto con sindicatos y otras organizaciones y profesionales, para poder opinar sobre los temas de la reforma laboral y que estarían realizándose en al menos cuatro ciudades: Nuevo León, Culiacán, Mérida y CDMX.
Es una consulta muy restringida y donde solamente van a participar 30 personas con 10 minutos para exponer, sin posibilidad de llevar a cabo un análisis de fondo de todo lo que es la problemática de la reforma laboral.
Habrá que señalar que uno de los aspectos más graves que estamos teniendo es que esta reforma constitucional, la que se dio el año pasado (febrero 2017) en mi concepto es una de las reformas más regresivas en perjuicio de los trabajadores.
Más regresivas porque abre la puerta de una manera muy importante para la privatización del derecho laboral. Es decir, una serie de normas más parecidas al derecho mercantil, al derecho civil, que a una legislación de carácter social.
Desaparecen las juntas de conciliación y arbitraje y se planea que ahora va a ser el Poder Judicial de la Federación que en los temas federales va a conocer de los asuntos y de los temas locales lo van hacer los 32 tribunales superiores de justicia, quienes se van a encargar de la operatividad de los tribunales laborales.
En mi concepto fue un error haberlo señalado de esta manera, porque desde el punto de vista de la legislación laboral, siendo la Ley Federal del Trabajo, debería haber sido la federalización de la justicia laboral, que esto estuviera solo en manos del Poder Judicial de la Federación y que no metieran mano los gobernadores de los estados.
En muchos estados de la República ser presidente de un tribunal superior de justicia es casi el empleado del gobernador del estado. Y en los asuntos que le interesan al gobierno del estado va a estar metiéndose.
Otro de los aspectos desafortunados de la reforma constitucional es que en lugar de desaparecer la intervención del ejecutivo, lo que hace es fortalecer la intervención del ejecutivo.
En 1917, cuando los diputados constituyentes estaban planteando un escenario de garantías individuales, desaparecer este planteamiento que en la Constitución de 1957 se hablaba de las garantías individuales. 100 años después ya no son las garantías sociales, ni garantías individuales, pasamos el año 2011 por los derechos humanos, pero en 2017 se establece arreglo constitucional el derecho del estado para tener facultades constitucionales para el registro de los sindicatos, para el registro de los contratos colectivos de trabajo.
Nunca se había visto una cuestión tan complicada en donde el estado tuviera el control sobre el mismo, porque el sindicato es la única vía para lograr incrementos salariales y mejores condiciones de trabajo.
Esta figura del sindicato generalmente ha sido un instrumento de control en perjuicio de los trabajadores. Los sindicatos están hechos de tal forma para no fortalecer los derechos de los trabajadores, sino para tenerlos acotados. Y ahora elevarlo a rango constitucional establece una serie de limitantes.
Me parece que esta reforma constitucional es regresiva ciertamente da el derecho al voto secreto, pero lo da de manera limitada, lo da en tres aspectos: voto secreto para la elección de los dirigentes, voto secreto para los conflictos intrasindicales y voto secreto para cuando haya emplazamientos a huelga por firma de contrato.
De una manera increíble el voto secreto no se da para que los trabajadores manifiesten si están de acuerdo o no con las modificaciones a los contratos colectivos de trabajo, o para ver si están de acuerdo o no con los incrementos salariales. No son tomados en cuenta, se les trata como en el Código Civil, como menores de 18 años, en donde necesitan un tutor, que es el secretario general, y ahí se da un escenario muy complicado que solamente sea a través de los sindicatos.
La reforma constitucional de 2017, la festinan como la mejor de todos los tiempos. Yo digo que no, porque finalmente es la que da pie a que las empresas outsourcing puedan operar con toda facilidad, porque no le ponen ninguna limitante a las empresas outsourcing.
Por otro lado, un tema importante es que no le ponen ninguna limitante a los contratos de protección que se llegan a formar en el 98 por ciento de los casos, entre el acuerdo del patrón y su empleado que es un líder sindical.
La Constitución no acota eso y entonces permite al no estar prohibido la posibilidad de que los contratos de protección puedan operar.
Quienes redactaron esa reforma lo hicieron con toda intención para tener vía libre a los contratos de protección.
Uno de los problemas centrales que cuestionamos en esta ley reglamentaria que está en el Senado es que haya realmente un escenario de democratización de las relaciones laborales, que tiene que alcanzar hasta los trabajadores.
De qué sirve que puedan designar a sus dirigentes sindicales o votar en los conflictos intersindicales en los emplazamientos a huelga por firma de contrato, si no pueden ejercer sus derechos plenos para poder determinar sobre sus condiciones de trabajo.
El escenario está complicado. Ahorita se ha parado la discusión sobre la reforma laboral bajo el argumento que se inician las consultas en las cuales no se ha dado un planteamiento abierto y que nos pone en un escenario importante.
Desde la visión de la Ciudad de México tiene que haber un escenario de discusión, si es necesaria o no una reforma a la Constitución de la CDMX.
También tiene que ver reformas a la Ley Orgánica de la CDMX que pueda permitir un escenario en el que se pueda aprovechar la experiencia del personal de la Junta de Conciliación y Arbitraje, con la condición que puedan establecerse exámenes sobre todo para el personal jurídico, y lograr un escenario de mayor presupuesto, un procedimiento que desde mi punto de vista debe desaparecer, en el ámbito federal, lo que es la etapa de demanda y excepciones, etapa de réplica y contra réplica, que generalmente se llevan en las juntas de conciliación y arbitraje, y podamos estar implementando una justicia laboral a distancia, sin que pueda perder el carácter tutelar que tiene actualmente la Ley Federal del Trabajo.
Hay riesgos que esta legislación pueda tener retrocesos muy importantes sobre todo en tema procesal, porque da un planteamiento de total desventaja a los trabajadores.
Me parece importante también que estemos muy atentos a las discusiones que se puedan dar en el Senado de la República, con el fin que estas consultas sean amplias, que no se lleve a cabo ninguna reforma a la legislación laboral sino hasta el siguiente periodo legislativo, para que se abra un periodo de discusión amplia y que se pueda dar este escenario.
Son enormes retos que en este momento tenemos que estar vislumbrando, pero el más importante de ellos es que debe haber una participación activa de sindicatos, académicos, especialistas en el tema y que la CDMX no puede quedarse atrás.
La iniciativa del diputado Felipe de la Cruz de iniciar esta discusión es muy importante para anotar lo que se viene, independientemente que ya toque al Congreso de la Ciudad de México estas discusiones.
Gracias.

 

La reforma laboral que necesita México

Por: Farid Barquet Climent *

*Participación en el Foro Reforma Laboral para Todos. Desafíos sindicales en la industria automotriz. Efectuado el 25 de mayo de 2018, en Puebla, en el Sindicato Independiente de Trabajadores de la Industria Automotriz Volkswagen (SITIAVW)
Tenemos pendiente de instrumentar una reforma constitucional y tenemos pendiente que se apruebe una reforma a la Ley Federal del Trabajo y que haya subsecuentes modificaciones en las entidades de la República.
Me parece que en esto, si algún actor tiene que ser un actor activo, y son precisamente los sindicatos y sobre todo los sindicatos con una larga historia de independencia y democratización como es el caso de éste sindicato (SITIAVW).
No podemos ser ingenuos. Durante prácticamente 100 años el artículo 123 constitucional se mantuvo sin reformas. La gran reforma que se hizo al artículo 123 fue para crearle a su interior un régimen de excepción como es el Apartado B para darle un tratamiento a los trabadores burocráticos que fuera, como lo es, favorecedor de las dependencias públicas, en tanto patrones.
Después de eso tuvimos algunas modificaciones instrumentales, pero prácticamente ninguna reforma sustantiva a la Constitución, en un artículo icónico, como fue el del Constituyente de Querétaro, el 123.
Esta reforma, entonces, por qué llegó? Porque en los años del pináculo del neoliberalismo al constituyente le entró la sensibilidad laboral, o porque hay una genuina preocupación sobre la estructura productiva del país por parte del gobierno. Como lo afirma el maestro Héctor Barba, se trató de poner a México en consonancia con directrices de política internacional que iban a quedar plasmadas en la Alianza Transpacífico y que hoy están gravitando en la renegociación del Tratado de Libre Comercio, que además toca de manera muy directa a la industria automotriz de la que ustedes participan.
Creo que este sindicato, como en general debiera ser con la sindicación en la industria automotriz del país, no podemos seguir anclando la competitividad de la fuerza laboral de la industria en bajos salarios. No puede ser esa la ventaja competitiva del trabajador mexicano frente a sus pares de otros países.
Ya bien lo dijo el maestro Barba, se puede ser competitivo teniendo conquistas plasmadas en contrato colectivo que se traduzcan en mejores prestaciones, que se traduzcan en alzas salariales, que no nada más persigan la inflación y que guarden proporción con las ganancias y con los beneficios de la producción generada por la empresa y por la industria.
Hay una forma distinta de ser competitivos con remuneraciones dignas, con condiciones de trabajo satisfactorias, sobre todo con remuneraciones que sean proporcionales a la calidad del trabajo empeñado. Hay una forma distinta de ser competitivos.
Por eso es muy importante lo que se juega nuestro país en la reforma constitucional en materia de contratación colectiva. Lo decía el maestro Barba, la Alianza Transpacífico es el telón de fondo de reformas a la productividad laboral mexicana. Y, efectivamente lo es.
Al respecto quisiera detenerme en dos aspectos. Ya se habló aquí del flagelo que supone el contratismo de protección, esta simulación para darle vuelta a una genuina interlocución entre trabajadores organizados y empresa.
El órgano reformador de la Constitución, léase el presidente de la República presentando una iniciativa que fue finalmente aprobada por el Congreso de la Unión y por las legislaturas de los estados, planteó que para evitar este flagelo, para evitar que se siguiera expandiendo el contratismo de protección, se previera lo que conocemos en la agenda sindical como el recuento previo, que en vez de tener una presunción de representatividad, es decir, en vez de asumir que un sindicato por el sólo hecho de emplazar se refuta representativo, lo que planteó la iniciativa de reforma constitucional, es que ese sindicato, para emplazar a huelga, para firma o para, eventualmente, revisión de contrato colectivo, tuviera que acreditar desde el momento de ese emplazamiento, contar con representatividad al interior de la empresa.
Esto en principio parece razonable, porque el diseño actual que refuta como representativo al sindicato por el sólo hecho de serlo. Pensemos en los sindicatos de industria, en los sindicatos blancos, en los sindicatos charros, se valen de esa presunción para estar emplazando a mansalva, están subvirtiendo el propósito real y genuino de la contratación colectiva.
Entonces, cuál es el dique que intenta poner la reforma constitucional? Que tengan que acreditar primero que tienen interés profesional y que verdaderamente tienen la fuerza de agremiación en la empresa.
Ahora bien. Ahí viene un gran escollo. Qué entendemos por representatividad. A mí me parece que la intención, en principio, podemos calificarla de positiva, creemos que puede tener un efecto benigno para acabar con estas simulaciones, con esta mentira de contratación colectiva que son los contratos de protección.
Pero si ese requisito de representatividad, que además no nos dice nada la reforma constitucional, no nos dice si va a ser uno por ciento, cinco por ciento, 50 por ciento, 75 por ciento, no nos dice nada, no nos dice cuántos trabajadores de la empresa tendrán que considerarse como representativos para entonces sí darle trámite a un emplazamiento. No nos dice nada.
Cuál es el riesgo de todo esto, que tenemos que esperar a que los tribunales tengan que pronunciarse en casos concretos para ir viendo qué entendemos por representatividad. Qué lo digan los jueces del Poder Judicial de la Federación, si no es que la Suprema Corte.
Pero lo peligroso de esto puede ser que en la reforma a la ley, es decir, en esa ley reglamentaria que va a tener que secundar supuestamente los propósitos de la reforma constitucional, corremos el riesgo que esa representatividad sea definida de una manera excesivamente gravosa para los trabajadores.
Pongo un ejemplo. Quizá estoy llevándolo al extremo absurdo, que se considere representatividad al 75 por ciento, tres cuartas partes de los trabajadores.
Yo quiero creer que un sindicato germinal, un sindicato en ciernes, no puede reunir esa cantidad de agremiados cuando apenas está iniciando. Es decir, so pretexto de acabar con los contratos de protección podemos estar matando de raíz al sindicalismo y esto puede ser muy delicado.
Me parece que aquí los sindicatos tienen que tomar postura, tienen que detectar estos vacíos que pueden ser llenados por el legislador de una manera desfavorecedora para las organizaciones de los trabajadores, que es a través de las cuales los trabajadores ejercen sus derechos de asociación, que son derechos fundamentales.
Los derechos de asociación previstos en todas las cartas constitucionales de las democracias contemporáneas previenen derechos de asociación en favor de las personas.
El derecho de asociación por antonomasia es formar partidos políticos y poder participar de la toma de decisiones que atañen a todo mundo, pero otra vía es la sindicación, es el derecho de asociación que está reservado a los trabajadores en tanto trabajadores, ya no solo como ciudadanos sino como trabajadores.
Entonces, por un lado somos un país que está viviendo un proceso electoral, donde se concentra la atención pública porque hay, además, una considerable inversión de recursos, pero resulta que en la otra vía, el derecho de asociación que es el sindicalismo podemos sufrir una regresión, y creo que estamos llamados a evitarla y a detectar y tomar acciones para impedir que se pongan obstáculos tanto a la libre asociación como a la genuina negociación de los contratos colectivos.
El licenciado José Arturo Blázquez aludía al vicio, permítaseme la expresión, de constitucionalidad y de legalidad que podría tener una iniciativa en un estado de la República que llegara a aprobarse sin que exista una legislación reglamentaria.
Como sabemos, en materia de trabajo no tiene atribuciones ningún congreso de los estados. La Ley Federal del Trabajo en realidad debería llamarse Ley General del Trabajo. Les está vedado a los estados de la República legislar en materia de trabajo.
Los derechos y obligaciones de trabajadores y patrones solo los puede dictar legislativamente el Congreso de la Unión.
Lo que sí puede hacer, incluso por mandato constitucional, tiene que hacer el legislador, incluso el constituyente Poblano o de cualquier otro estado de la República, es tomar en cuenta qué mandato constitucional hay y empatarlo en la esfera competencial de sus estados, para efectos de la creación de una nueva institución, que es la que se va a encargar ahora tanto de la conciliación en asuntos individuales, con el intento de que también puedan intervenir en asuntos colectivos.
Yo quiero compartirles mi opinión en relación con esta modificación a la reforma constitucional que prevé un nuevo organismo de naturaleza descentralizada, pero de alcance nacional y que va a concentrar ahora todos los asuntos a nivel nacional que tenga que ver con registros sindicales, tomas de nota, depósitos de contratos colectivos.
En primer lugar, yo no comparto, no estoy de acuerdo con esta figura de registro sindical, me parece que es un obstáculo a la libre asociación de los trabajadores, les impone el requisito de contar con un aval de autoridad para formar organizaciones que en principio debieran depender sólo de su voluntad de agremiarse y de reunirse.
Pero en vista de que no sólo no hay ninguna intención de quitar el registro sindical de nuestro orden jurídico, sino de preservarlo e inclusive prevén un nuevo organismo para tenerlo como atribución, me parece que esta reforma puede ser en algún sentido peligrosa.
Por un lado, puede entenderse como una reforma virtuosa a la reforma constitucional, porque centraliza en un organismo a nivel nacional lo que desde aquella sentencia de la Suprema Corte que dijo que los gobiernos estatales podían otorgar registros nacionales vía juntas de conciliación y arbitraje, generó una “explosión” de registros sindicales, muchos de los cuales son sindicatos de fachada, sindicatos que no tienen una vida efectiva.
Y, por un lado puede parecer bien que hay que poner orden. Para decirlo de manera muy clara. Si los gobernadores hicieron un desastre, empezaron a componer este desastre. Pero me preocupa que en aras de poner orden, de darle a los gobernadores esa atribución de dar o negar los registros sindicales, el problema es que ahora habrá una híper concentración de esta atribución como nunca la ha habido en la historia de México.
Entre 1970 y 2012, todo lo que duró la vigencia de la Ley Federal del Trabajo original del primero de mayo de 1970, ni siquiera el presidente de la República tiene esa atribución. Ya sabemos que era un sistema político de partido hegemónico donde los gobernadores estaban supeditados a la voluntad del presidente, pero ni siquiera en esos años, normativamente, hubo un organismo que monopolizara todos los registros sindicales. Entonces me pregunto, si llega un presidente de la República que tenga una mayoría consensual o sea un control sobre el Congreso, va a decidir quién va a ser el titular de ese organismo, y entonces ahora sí, no va a haber escapatoria, o estás con el presidente y gozas de sus simpatías o no vas a tener registro sindical.
Es decir, me parece que potencialmente la reforma constitucional va a acrecentar el poder y el control gubernamental sobre los sindicatos. Este me parece que es un aspecto que hay que cuestionar.
Hay que cuestionar también la forma de integración de éste nuevo organismo. Dice la iniciativa de los senadores priistas de la CTM y de la CROC, que ese organismo tendrá en su junta de gobierno a representantes sectoriales, por un lado esas centrales obreras van a monopolizar esa representación en el nuevo instituto y lo hará también el sindicato patronal que todos conocemos.
La pregunta es si esas centrales por vía de esa supuesta integración tripartita se va a pronunciar sobre registros sindicales? No va a haber sindicatos adversarios que puedan entrar a la pista sindical. Es decir, aquí el tripartismo puede tener una de sus peores caras, contenedoras de la libertad sindical en lugar de fomentarla como debiera ser.
Por último, quisiera hacer una exhortación. El Sindicato de Volkswagen no necesitó esperar a la reforma de 2012, que a golpe de jurisprudencia tuvo que ceder y prever el voto libre y secreto al interior de los sindicatos, ni de efectos de recuento, ni de titularidad, ni de elección de directivas sindicales. Ustedes se lo dieron a sí mismos.
Que mejor que hacer valer, usar, esas disposiciones democráticas de su estatuto para vivificar realmente el debate sindical.
Yo celebro que a esto se avoque la academia sindical del SITIAVW con el apoyo de la Fundación Friedrich Ebert, porque solamente con trabajadores participativos es como realmente va a cambiar la arena sindical. No hay un interés del gobierno de cambiar el estatus quo, no hay un interés del empresariado nacional por cambiar el estatus quo, no hay un interés del sindicalismo parásito que se ha beneficiado de este estado de cosas.
Quiénes pueden ser lo que tengan interés en que avance la democratización de los sindicatos, aunque se avance en milímetros y de retrocesos en kilómetros: las organizaciones de trabajadores que históricamente ha hecho valer y defendido sus derechos de participación al interior de sus propias organizaciones y de llevar además a cabo un trabajo político legítimo que trascienda las fronteras de su sindicato y de su empresa.
Gracias

Guanajuato: Está en vilo la aplicación de Reforma Laboral


6 junio, 2018
Falta que se apruebe la Reforma a nivel federal para poder hacer los ajustes estatales y declarar el apoyo en donde se establezcan los tribunales laborales
Catalina Reyes
Guanajuato.- Todavía en el estado no se puede determinar cuánto presupuesto necesitará la Reforma Laboral dentro del Poder Judicial, porque aún no se ha aprobado la reforma a la ley secundaria a nivel federal, así que hasta que eso suceda, se podrá determinar el presupuesto en Guanajuato.
Así lo aclaró Claudia Barrera Rangel, presidenta del Poder Judicial, después de su participación en el Congreso en los Diálogos sobre la Implementación de la Reforma Laboral, pues el 24 de febrero de 2017 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la reforma laboral constitucional federal que debía ser replicada en los 32 estados a más tardar en un año. Esta reforma establece que los tribunales laborales, actualmente en manos del Poder Ejecutivo, se trasladarán al Poder Judicial.
En entrevista sobre todo el personal y todo lo que se requiere para la implementación integral, sólo dijo que necesitarán ‘un apoyo considerable’, pero no precisó cuánto. “Únicamente contamos con una Comisión de Implementación. Estamos analizando primero en dónde se van a establecer los tribunales laborales y la forma en aquellas regiones donde haya más problemas de esta índole: hemos definido cinco regiones: León, Guanajuato, Irapuato, Celaya y San Miguel de Allende. No tenemos todavía la cantidad que requerimos pero me parece que es una cantidad considerable dado el reto con el que contamos que es de carácter constitucional”.
-¿cuántos es considerable?
“Aún la ley secundaria no ha sido aprobada, necesitamos que la ley secundaria sea aprobada para poder hacer nuestro cálculo. Sin la ley secundaria no podemos llevar a cabo el análisis pormenorizado”, aclaró.
En este foro, Andrea Leticia Chávez Muñoz, Directora General del Trabajo del Estado informó que en 2017 recibieron 17 mil 949 demandas y hubo 37 mil 779 solución de conflictos mediante conciliación antes del juicio. El 68% de las demandas llegan a conciliación antes del juicio.
Precisó que en cuanto a resolución de los juicios, el 51% se  terminan entre uno y cuatro meses; el 28% entre 5 y 8 meses.
“El gran reto del Poder Judicial es que se reduzcan estos números”, destacó.
Refirió que actualmente hay cuatro sedes de Juntas de Conciliación y Arbitraje en: León, Guanajuato, Celaya e Irapuato. “Esto dificulta el acceso a la justicia de los trabajadores”, señaló por lo que sugirió que el Poder Judicial –que asumirá la justicia laboral- abra más centros de justicia.
Otro reto que vislumbró fue la capacitación constante.

https://periodicocorreo.com.mx/esta-en-vilo-la-aplicacion-de-reforma-laboral/

El gobierno mexicano acusado en la OIT


06/06/2018
MANUEL FUENTES
La impunidad desborda a toda autoridad de cualquier rango | Manuel Fuentes
El gobierno de Enrique Peña Nieto ha sido acusado ante la Organización Internacional del Trabajo por impedir de manera reiterada el ejercicio del derecho de huelga, de proteger a organizaciones sindicales al servicio de empresas multinacionales y de grupos ligados a sectores financieros y de permitir actos de violencia en contra de sindicalistas.
Acusaciones
El gobierno y sectores empresariales mexicanos han negado en la conferencia de Ginebra que estos hechos se estén realizando en nuestro país. Los hechos demuestran todo lo contrario.  Lo que en realidad sucede es que el gobierno aplica anticipadamente una reforma laboral que aún no ha sido aprobada por el Senado de la Republica.
Las acusaciones son varias ocurridas durante los años de 2015, 2016 y 2017 relativos a actos de violencia contra sindicalistas, por la muerte de cuatro miembros del Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos, Siderúrgicos y Similares; de detenciones de 14 trabajadores agrícolas en marzo de 2015; y de varios muertos y numerosos heridos y del arresto de sindicalistas, en el contexto de un conflicto colectivo en el sector de la educación en Oaxaca, así como de otros alegatos de violencia en contra de sindicalistas.
El gobierno mexicano ha respondido que nada sabe de estos hechos y que pide más información a detalle para pronunciarse. Que por el contrario es respetuoso de la vida sindical y de aplicación de justicia laboral (¿?) al lograr sea impartida por órganos del Poder Judicial federal o local, que aún no funcionan y que carecen de presupuesto (a los que se transfieren las funciones que en este sentido tenían reconocidas las juntas, sin decir la fecha de su implementación), que los procesos de conciliación (etapa que se establece de manera general antes de acudir a los tribunales laborales) sean más ágiles y eficaces, hecho que dudamos, y que la instancia federal de conciliación será un organismo descentralizado (controlado por el Presidente de la República) que conozca el registro de todos los contratos colectivos de trabajo y de las organizaciones sindicales.
El gobierno mexicano
El Gobierno indica estar coordinando el proceso de transición, en el que deben hacerse adecuaciones legislativas, estando en curso el diseño del marco normativo necesario, incluida una nueva legislación procesal unificada en la materia (se está preparando un código nacional de procedimientos laborales, según el gobierno y que no se conoce) y una nueva ley del órgano descentralizado responsable del servicio de conciliación del registro nacional de organizaciones sindicales y de contratos colectivos de trabajo.
Asimismo, el Gobierno informa que en tanto se instituyan e inicien operaciones, los tribunales laborales, los centros de conciliación y el organismo descentralizado, las juntas de conciliación y arbitraje y otras autoridades laborales continuarán atendiendo las diferencias o conflictos que se presenten, incluido sobre el registro de organizaciones sindicales y contratos colectivos de trabajo. La Comisión de expertos de la OIT ha solicitado al Gobierno someter a la consulta tripartita los desarrollos legislativos previstos para dar aplicación a la reforma constitucional y le pide que informe de toda evolución al respecto, reiterándole que la asistencia técnica de la OIT permanece a su disposición, (que ha sido rechazada de manera reiterada por el gobierno mexicano).
El gobierno mexicano no ha respondido a las acusaciones de que se mantiene la estructura de los contratos de protección a pesar de la reforma constitucional y que sigue siendo una práctica habitual y que en los recuentos sindicales siguen existiendo grupos de choque y alargando por años los conflictos de titularidad de Contratos Colectivos archivando con frecuencia todo tipo de reclamaciones de esta naturaleza. La OIT ha pedido nuevamente al Gobierno mexicano que, en consulta con los interlocutores sociales (que no toma en cuenta), tome las medidas legislativas y prácticas que sean necesarias para encontrar soluciones a los problemas planteados por el fenómeno de los sindicatos de protección y contratos de protección, incluido en relación con el registro de sindicatos, ofreciendo la asistencia técnica de la Oficina internacional de la OIT.
El Gobierno informa de un avance del 85 por ciento respecto a la obligación legal de publicar los registros y estatutos sindicales por parte de las juntas de conciliación y arbitraje. El Gobierno precisa que ello implica que 24 entidades federativas, que comprenden 49 de las 57 juntas locales de los estados han publicado 23 628 registros sindicales que involucran a 1 431 100 agremiados. El Gobierno añade que con la reforma constitucional le corresponderá al organismo descentralizado de conciliación el registro de todos los contratos colectivos de trabajo y las organizaciones sindicales, así como todos los procesos administrativos relacionados.
Así van ocurriendo estos días los debates en la ciudad de Ginebra, Suiza.
De otros avatares
La reforma laboral en los estados del país
Las jornadas para preparar la reforma laboral iniciaron el pasado 30 de mayo en el estado de México con una conferencia en la que participé junto con el maestro Farid Barquet Climent y su promotor el consejero de la Judicatura del Estado el maestro Luis Gerardo de la Peña Gutiérrez. Imperó la pluralidad, propuestas, críticas y el consenso de la defensa del poder judicial como una manera de lograr la impartición de la justicia laboral.  Las instalaciones de la Escuela Judicial de ese estado, un ejemplo para todo el país.
Lo mismo ha ocurrido en la Ciudad de México este 4 de junio, con el inicio de debates en la Asamblea Legislativa a la que también acudimos y en la que destacó la participación del maestro Gilberto Chávez Orozco, presidente de la Academia Mexicana de Derecho Procesal y director del Instituto de Posgrado en Derecho en la que denunció a detalle los graves retrocesos que significaría se aprobara la reforma propuesta por senadores del PRI, que conllevaría a la desaparición del derecho laboral con sentido social.
Además de la participación del abogado José de León Azua que condenó la falta de presupuesto y pérdida de autonomía de los tribunales laborales al depender del Tribunal Superior de Justicia de la CDMX, que no se ha caracterizado por su transparencia y combate a la corrupción, apuntando además la necesidad de considerar al personal jurídico de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje de la CDMX por su experiencia en la aplicación de justicia laboral, propuestas con las que estamos de acuerdo.
Los asesinatos imparables…
Balas asesinas cortaron de tajo la vida de la fotógrafa oaxaqueña María del Sol Cruz Jarquín la madrugada del pasado sábado 2 de junio. Era parte del equipo de Pamela Terán Pineda, candidata a segundo concejal de la Coalición Todos por México, quién junto con su chofer Alberto Jiménez, todos ellos fueron acribillados. Estamos viviendo en un país del horror en el que la violencia no se detiene. La impunidad desborda a toda autoridad de cualquier rango. Vayan nuestras más sentidas condolencias a la madre de María del Sol, nuestra amiga la periodista Soledad Jarquín Edgar.
Consulta pública clandestina
@Manuel_FuentesM | @OpinionLSR | @lasillarota
https://lasillarota.com/opinion/columnas/el-gobierno-mexicano-acusado-en-la-oit/226685

Senado alista audiencias públicas para reforma en justicia laboral


NOTIMEX 05.06.2018 – 12:21H El Senado de la República prepara el inicio de audiencias públicas para analizar un paquete de reformas en materia de justicia laboral, informó el legislador del Partido Revolucionario Institucional (PRI), José María Tapia Franco.
En entrevista expuso que el próximo 8 de junio, en Nuevo León, los senadores de las Comisiones del Trabajo y Previsión Social, de Justicia y de Estudios Legislativos Segunda iniciarán las audiencias públicas para discutir la ley secundaria, a fin de regular la reforma en materia de justicia laboral.
El también presidente de la Comisión del Trabajo agregó que la ciudadanía en general, especialistas de los sectores obrero y patronal, gobierno, academia y sociedad civil podrán participar en estos foros.
Con ello se busca enriquecer el trabajo legislativo con opiniones técnicas respecto al anteproyecto de dictamen en materia de justicia laboral, mismo que está disponible para su consulta en el micrositio de la Comisión del Trabajo del Senado.
Además del que se celebrará en Nuevo León, dijo, también se realizarán estos foros en los estados de Sinaloa, el próximo 15 de junio; Yucatán, el 22 de junio, y el último en la Ciudad de México, el 13 de julio. En un horario de 10:00 a 16:00 horas.
Según el acuerdo de las comisiones dictaminadoras, el formato para el desarrollo de las audiencias públicas será el siguiente:
Los participantes harán un posicionamiento oficial de hasta 10 minutos para referirse a los temas y artículos del anteproyecto de dictamen; después, los senadores de las comisiones dictaminadoras les realizarán preguntas y de ser necesario, se abrirá una segunda ronda de preguntas para los ponentes.

https://www.20minutos.com.mx/noticia/378270/0/senado-alista-audiencias-publicas-para-reforma-en-justicia-laboral/

 

Chihuahua: Plantean abogados laboralistas necesidades a Secretaría del Trabajo


Abogados laboralistas de Nuevo Casas Grandes sostuvieron reunión con la Secretaría de Trabajo a fin de exponer inquietudes que tiene el gremio para mejorar así la impartición de justicia laboral.
Por: Redacción
DOMINGO 03 DE JUNIO DE 2018
Plantean abogados laboralistas necesidades a Secretaría del Trabajo Chihuahua
En las oficinas de la Junta de Conciliación y Arbitraje de Nuevo Casas Grandes, con la participación de la titular de la STPS, Ana Luisa Herrera Laso; el director de Justicia Laboral, Juan Ramón Herrera Pedroza; el presidente del Colegio de Abogados, Luis Raúl Hinojos Salas, entre otros abogados, dieron a conocer las problemáticas que afrontan los defensores en materia laboral.
En ejercicio de diálogo y acercamiento, las autoridades de esta dependencia escucharon a los litigantes y les expusieron los resultados del trabajo que realizan en el tribunal laboral.
“Buscamos que a partir de estas reuniones fomentar la participación de los abogados laboralistas, para nosotros es importante conocer todas las opiniones de nuestras y nuestros usuarios. De esta forma también transparentamos la administración de la justicia laboral”, expresó Herrera Pedroza.
El funcionario estatal agregó que estas reuniones también las realizaron en otras ciudades como Chihuahua y Juárez, para que de primera fuente conozcan la labor al interior de las Juntas de Conciliación y Arbitraje, y logren resolver dudas, detectar áreas de oportunidad o proponer acciones de mejora.

http://puentelibre.mx/noticia/133120-plantean_abogados_laboralistas_necesidades_a_secretaria_del_trabajo_chihuahua/2

Crean Unidad de Implementación de la reforma laboral


La Unidad permitirá avanzar hacia la transformación del sistema de justicia laboral a nivel federal.
María Del Pilar Martínez
03 de junio de 2018, 23:44
Después de un año tres meses, el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) creó la Unidad de Implementación de la reforma laboral, cuyas facultades serán elaborar y emitir opiniones consultivas al Congreso de la Unión o a cada una de sus cámaras de Diputados y Senadores, en temas relativos a la conformación de las normas procesales en materia laboral de competencia para el Poder Judicial de la Federación (PJF).
Dicha unidad inició operaciones a partir del 1 de junio y fue creada por acuerdo del pleno del Consejo de la Judicatura Federal, lo que permitirá avanzar hacia la transformación del sistema de justicia laboral a nivel federal .
Asimismo, se encargará de las acciones y programas relacionados con la planeación, capacitación, difusión, proyectos normativos, reorganización institucional, programación presupuestal y seguimiento institucional de la reforma en materia de justicia laboral.
En febrero del 2017 se aprobaron los cambios constitucionales en materia laboral que traerían como principales modificaciones desaparecer las juntas de Conciliación y Arbitraje, para que fuera el Poder Judicial quien se encargara de la impartición de justicia.
Además, se pretende, con la reforma, crear una nueva entidad autónoma encargada de la conciliación entre patrones y trabajadores, así como llevar el registro de contratos colectivos establecidos a nivel nacional.
En el Diario Oficial de la Federación se publicó el 24 de febrero del 2017 el decreto por el que se declaran reformadas y adicionadas diversas disposiciones de los artículos 107 y 123 constitucionales en materia de justicia laboral.
De esta manera y de conformidad con el artículo 123, fracción XX de la Constitución, en el ámbito del Poder Judicial de la Federación, se exige que las diferencias o conflictos de trabajo estén a cargo de tribunales federales. El encargado de la Unidad, nombrado por el pleno del CJF, es el magistrado Sergio Javier Molina Martínez, quien coordinará las acciones necesarias para la planeación, prospectiva, capacitación, difusión, estudios, proyectos normativos, reorganización institucional y digital, programación, asignación, ejecución, comprobación del presupuesto y seguimiento necesario para la implementación en la materia.
Entre otras tareas que desarrollará esta nueva unidad, se encuentran la de proporcionar apoyo y asistencia técnica que requiera tanto el pleno como los consejeros de la Judicatura Federal con motivo de la implementación de la reforma en materia de justicia laboral en el PJF, así como la de elaborar y emitir opiniones técnicas de asuntos correspondientes a esta materia.

https://www.eleconomista.com.mx/empresas/Crean-Unidad-de-Implementacion-de-la-reforma-laboral-20180603-0099.html

 

Tribunales federales a cargo de conflictos laborales con la Unidad de Implementación de la Reforma en Materia Laboral


Por Redacción –
2 junio, 2018
Ilustrativa/ Foto: Archivo
CIUDAD DE MÉXICO, 02 de junio, (AlMomentoMX).- El pasado viernes entró en función la Unidad de Implementación de la Reforma en Materia Laboral que proporciona apoyo y asistencia técnica al Consejo de la Judicatura Federal (CJF) y al Poder Judicial de la Federación con motivo de la implementación de esas modificaciones.
Dicha unidad tiene la función de elaborar y emitir opiniones consultivas al Congreso de la Unión en temas relacionados a la conformación de las normas procesales en materia laboral de competencia para el Poder Judicial de la Federación.
Asimismo, se encargará de las acciones y programas relacionados con la planeación, capacitación, difusión, proyectos normativos, reorganización institucional, programación presupuestal y seguimiento institucional de la reforma en materia de justicia laboral.
Entre las tareas que desarrollará, destacan proporcionar apoyo y asistencia técnica que requiera tanto el Pleno como los consejeros de la Judicatura Federal, con motivo de la implementación de la reforma en materia de justicia laboral en el Poder Judicial federal, así como la de elaborar y emitir opiniones técnicas de asuntos correspondientes a esta materia.
Para encabezar esta nueva área, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal designó al magistrado Sergio Javier Molina Martínez, como titular de la Unidad de Implementación de la Reforma en Materia de Justicia Penal.
El CJF recordó en un comunicado que el 24 de febrero de 2017 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se declaran reformadas y adicionadas diversas disposiciones de los artículos 107 y 123 constitucionales en materia de justicia laboral. De esta manera y de conformidad con el artículo 123, fracción XX de la Constitución, en el ámbito del Poder Judicial de la Federación, se exige que las diferencias o conflictos de trabajo estén a cargo de tribunales federales.

https://almomento.mx/tribunales-federales-a-cargo-de-conflictos-laborales-con-la-unidad-de-implementacion-de-la-reforma-en-materia-laboral/

 

Héctor Barba García: La iniciativa de reforma en materia de justicia laboral de la UNT *


Por: Reformalaboralparatodos.mx
25 de mayo de 2018
Puebla, Puebla.
Advierto que está aquí la mayoría del Congreso General del Sindicato Independiente de Trabajadores de la Industria Automotriz Volkswagn (SITIAVW).
Entre todos hemos construido en la rama automotriz, sin discusión alguna, el mejor contrato colectivo de trabajo, prestaciones, salarios y condiciones de trabajo en el área automotriz y es una actividad que a ustedes los distingue como un sindicato eminentemente democrático, participativo y representativo de los trabajadores.
Antecedentes de la reforma constitucional en materia de justicia laboral.
Sin duda esta reforma es la más importante en los 100 años de vigencia de la Constitución en materia laboral.
Para llegar a estos resultados, ustedes desde el Sindicato de Volkswagen ingresaron desde el origen en 1997 a la Unión Nacional de Trabajadores, que es sin duda, la organización más representativa de los trabajadores libres y democráticos de éste país, y que ha adquirido una gran relevancia internacional por sus acciones defensivas del conjunto de la clase trabajadora.
Desde la UNT en 2002, en 2010 y en 2012, presentamos conjuntamente con el Partido de la Revolución Democrática iniciativas de reforma a la Ley Federal del Trabajo, pero también a la Constitución en materia laboral.
Y si ustedes ven el contexto de esas iniciativas advertirán que nosotros lo planteamos desde hace más de 15 años.
Cómo lo logramos? Una conjunción de fuerzas extraordinarias que se generó por:

  1. las acciones ante la Organización Internacional del Trabajo, en donde en el ámbito de la defensa de la libertad sindical y la negociación colectiva, planteamos muchas veces, con mucho vigor, que había que acabar con un cáncer en lo trabajadores de México: Contratos Colectivos de Protección Patronal.

 

  1. En México hay más de 50 millones de trabajadores y de ellos sólo una parte mínima está sindicalizada y de éstos la mayoría está      sindicalizada en falsos sindicatos en donde se firman Contratos      Colectivos de Protección Patronal, para impedir contrataciones   colectivas reales y para impedir la sindicalización real.

Lo que va a destruir esta reforma constitucional es ese esquema vigente falso que ha impedido el progreso nacional con justicia social.
Otros elementos que influyen son los que están en el Tratado Transpacífico que planteaban la necesidad de que México cambiara su esquema laboral que se ha distinguido por el corporativismo sindical, que significa el control de los trabajadores para impedir que ejerzan sus derechos de libertad sindical y contratación colectiva auténtica y mantener un sistema salarial de los más bajos del mundo.
Es una vergüenza que en nuestro país tengamos un salario mínimo de los más bajos del mundo.
El salario mínimo en México representa cuatro dólares al día, cantidad que un jornalero en Estados Unidos los gana en 20 minutos de trabajo. Esto ha impedido el progreso nacional con justicia social y que tiene calificado al país, en el ámbito internacional, como un país que ejerce competencia desleal y dumping laboral.
Es el sistema de control corporativo que impide el desarrollo de los trabajadores aunque vean condiciones justas y equitativas en el resultados de la producción y los servicios.
Esta reforma constitucional es la más importante, pero qué está pasando con ella?
Toda reforma constitucional requiere reglamentación en las leyes secundarias.
Hay un proceso de reglamentación a las leyes secundarias en donde el estado mexicano estaba obligado a convocar a todas las fuerzas representativas, tanto de los trabajadores, como de los patrones a la generación de una propuesta común conforme al Convenio 144 de la Organización Internacional del Trabajo, que es el Convenio sobre el tripartismo, pero en éste país dicho convenio es letra hueca.
Existe el tripartismo? Sí, pero un falso tripartismo que está representado por sindicatos corporativos o charros y por una patronal que no representa ni siquiera a la mitad de los productores de éste país, que se apropia del sistema nacional y mantiene bajos salarios para obtener ganancias no sobre la base de productividad y organización del trabajo, sino sobre la base de la explotación de la fuerza del trabajo.
Ustedes conoce el sistema del partido en el poder, de cooptar el voto mediante la compra. Cómo lo hacen? Manteniendo en la miseria a millones de trabajadores mexicanos. Como datos, de los más de 50 millones de trabajadores en éste país, la mitad de ellos percibe salarios por debajo de la línea de la pobreza, y eso es una vergüenza. Por qué lo hacen? Para favorecer una explotación patronal indebida, ganancias indebidas, para mantener un sistema de voto duro que compran para ganar las elecciones con un tercio de la votación mediante voto comprado de ciudadanos mexicanos cuyo problemas es saber que comerán al día siguiente porque no tienen recursos alguno.
De esa manera es importante acabar el corporativismo sindical, con los sindicatos democráticos como el de ustedes (SITIAVW), que en el sector automotriz es un sindicato de punta, que luchemos para acabar con el sistema corporativo, y esta ley que estamos intentando reglamentar es uno de los principales intentos para lograrlo
Cómo va el proceso de la reforma secundaria?
Existen varias iniciativas presentadas, no hubo diálogo social previo, el gobierno y la patronal, el mal sector de la patronal porque no podemos generalizar, están coludidos para impedir que haya libertad sindical y contratación colectiva auténtica, y utilizaron a dos peleles uno de la CTM y otro de la CROC para generar una iniciativa que es una auténtica cotrarreforma laboral. Si ustedes leen esa iniciativa de un señor llamado Tereso Medina y otro Isaías González, esa iniciativa es nefasta no contempla ningún aspecto constitucional de los que debe reglamentar y en cambo establece una serie de cuestiones que darían al traste con el derecho colectivo y con el derecho individual del trabajo en México. De ese tamaño es el problema que enfrentamos.
Hay otra iniciativa presentada por el PAN, que no tiene ni pies ni cabeza, lo digo con todo respeto. Pero hay otras iniciativas que si son implementables y convenientes.
La UNT nuevamente y senadores del Partido de la Revolución Democrática, se prestaron para presentar en el Senado de la República nuestra iniciativa de reforma a la Ley Federal del Trabajo y a la Ley de Amparo, que refleja claramente un sistema que termine con el manejo corporativo del sindicato, que permita un aumento del salario, contratación colectiva auténtica y libertad sindical para todos los trabajadores de México.
*Apuntes de la participación del Lic. Héctor Barba García en el Foro Reforma laboral para todos, en el Sindicato Independiente de Trabajadores de la Industria Automotriz Volkswagen (SITIAVW), el 25 de mayo de 2018, en la Ciudad de Puebla.

Convergencias: Cuauhtémoc y Andrés Manuel


02/06/2018
Por: Porfirio Muñoz Ledo
Respecto a la reforma de justicia laboral que suprime las Juntas de Conciliación y Arbitraje, judicializando la materia del trabajo, celebramos la autonomía de los organismos encargados de dirimir los conflictos obrero-patronales, pero insistimos en abolir las prácticas tripartitas basadas en la complicidad entre los agentes del gobierno y los sindicatos corporativos. Nos oponemos a un modelo de tercerización —outsourcing— que encubre la responsabilidad de los empleadores y convierte a los empleados formales en informales.
La campaña presidencial ha desatado expresiones contundentes, pero pocas ideas claras respecto de las llamadas reformas estructurales que derivaron del “Pacto por México” de 2013. No todas tienen la misma orientación y calibre. En vez de descalificarlas o apoyarlas globalmente, debiéramos analizarlas y proponer modificaciones o enmiendas puntuales. En el sector progresista el verbo que más se utiliza es “revertir”, en el moderado “consolidar” y en el reaccionario “profundizar”. Pienso que el primero de esos verbos es inadecuado. La palabra reversión significa “la restitución de algo al estado anterior”. No define a qué época habría que regresar, incluyendo la aparición homo sapiens. Ello es además imposible porque la historia es como un río en que nadie puede bañarse dos veces con la misma agua.
Las reformas que derivaron de aquel acuerdo son variopintas y sugiere posiciones diferenciadas. Por ejemplo: la autonomía de la Ciudad de México, de grandes alcances gracias a la contribución de la sociedad civil y de la inteligencia. Así también la reforma electoral pactada constituye el basamento para establecer una autoridad nacional —que no federal— a an de salvaguardar el derecho humano a la democracia; es necesario que esas leyes se concreten mediante la cooperación efectiva de la ciudadanía y la integridad de las autoridades electorales. Hemos exigido la voluntad manifiesta del INE para detener las campañas sucias, la coacción del voto por grupos empresariales y la triangulación de recursos públicos hacia las entidades gobernadas por el oficialismo.
En materia educativa es claro que no nos oponemos a la evaluación y profesionalización de los maestros, a no ser que tenga un carácter punitivo. Planteamos un nuevo sistema de formación y capacitación permanente del magisterio, una revisión de los procesos de enseñanza-aprendizaje y la expansión de los espacios escolares para que puedan asegurar la formación integral de los educandos. Pugnamos por la definición de objetivos cuantitativos de la cobertura educativa que cumpla el objetivo de la educación media superior universal y el acceso efectivo a la educación superior.
Respecto a la reforma de justicia laboral que suprime las Juntas de Conciliación y Arbitraje, judicializando la materia del trabajo, celebramos la autonomía de los organismos encargados de dirimir los conflictos obrero-patronales, pero insistimos en abolir las prácticas tripartitas basadas en la complicidad entre los agentes del gobierno y los sindicatos corporativos. Nos oponemos a un modelo de tercerización —outsourcing— que encubre la responsabilidad de los empleadores y convierte a los empleados formales en informales.
La más controversial es la reforma energética, que requiere cuando menos tres estadios de implementación: el primero es constitucional, los actuales artículos 25, 27 y 28 comprenden sin duda una negación a la soberanía nacional sobre los recursos naturales: el extractivismo voraz elevado a Carta Magna. La política energética aplicada por el gobierno ha fracasado: no ha incrementado la producción petrolera sino lo ha disminuido considerablemente. Tampoco detonó la creación de “medio millón de empleos”, por el contrario Pemex ha despedido a más de 30 mil trabajadores. Nuestra dependencia externa de gasolinas ha crecido exponencialmente. La baja eficiencia en refinación bloquea la conversión de hidrocarburos en petroquímica. La renuncia al valor agregado.
El ingeniero Cuauhtémoc Cárdenas ha dicho con razón que para evitar esos males son necesarias reformas constitucionales, en lo que coincide sustancialmente con las propuestas del Proyecto de Nación de Andrés Manuel López Obrador. La cuestión reside en el método. Cuauhtémoc es el guardián hereditario de la soberanía petrolera del país, AMLO es el candidato presidencial que comparte sus tesis. Lo importante es que nos pongamos de acuerdo en nuestros objetivos y posibilidades. La reforma constitucional requiere de la mayoría de dos tercios del Congreso de la Unión y más de la mitad del voto mayoritario de los Congresos locales. Tal vez podríamos alcanzarlos, si no quedaría el recurso de la consulta popular. Decía mi maestro Duverger que la derecha es generalmente compacta porque encarna intereses y la izquierda más diversificada porque defiende ideas. Mi convocatoria es que convirtamos nuestras posiciones en proyectos comunes.
Comisionado para la reforma

http://www.eluniversal.com.mx/articulo/porfirio-munoz-ledo/nacion/convergencias-cuauhtemoc-y-andres-manuel