Hidalgo: Justicia Laboral se incorpora al Poder Judicial

  • Jorge Luis Pérez Miércoles 7 de febrero de 2018 en Local

Pachuca, Hidalgo.- Enfrentará retos titánicos, este año, el Tribunal Superior de Justicia del Estado de Hidalgo.
Incorporará la Justicia Laboral a sus quehaceres y, además, la oralidad en materia civil, mercantil y familiar.
Carece de salas de oralidad y de jueces preparados para ambas necesidades, y requiere al menos de 400 millones de pesos para levantar obras y equiparlas, además de 160 millones de pesos para gasto anual de operación y sueldos.
La magistrada Blanca Sánchez Martínez, representante del Poder Judicial, señala: “Esas obligaciones constitucionales nos agarran al cuarto para la hora”.
A más tardar el seis de noviembre deberá comenzarse a trabajar la justicia laboral. Para ello se reformaron la Constitución Política del Estado de Hidalgo y la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Señala que deben apurarse a crear por lo menos uno o dos juzgados y capacitar al personal.
Los juicios de oralidad primero en los procedimientos mercantiles, luego en los civiles y familiares, materias que van al alza en cuanto a recurrencia de casos en esta entidad.
Se avecina la entrada en vigor de un Código Único de Procedimientos Civiles y Familiares para todo el país.
“En Hidalgo, a excepción del Nuevo Sistema de Justicia Penal, ningún juzgado civil o familiar tiene sala de oralidad. Por eso ya estamos analizando, primero, qué lugares son propiedad del Tribunal Superior de Justicia o dónde rentamos para así acondicionar las salas”, agregó.

https://www.elsoldehidalgo.com.mx/local/justicia-laboral-se-incorpora-al-poder-judicial

 

Proyecto de norma que regula empresas de outsourcing, estancado desde 2016


Ocho de cada diez compañías dedicadas a la subcontratación violan la ley
Firmas reconocidas del mismo sector buscan terminar con la competencia desleal
Patricia Muñoz Ríos
Periódico La Jornada
Jueves 8 de febrero de 2018, p. 15
Ocho de cada 10 empresas de outsourcing en México no cumplen con sus obligaciones fiscales ni laborales, no pagan cuotas al Seguro Social, Infonavit ni al Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR), contratan sin dar seguridad social a sus empleados ni prestaciones.
A raíz de esas irregularidades se elaboró el proyecto de norma PROY-NMX-R-086-SCFI2016 servicios de empresas de subcontratación para regular la actuación de estas compañías en el país. Sin embargo, está detenido en la Secretaría de Economía, no se ha publicado ni puesto en operación.
La Asociación Mexicana de Capital Humano (Amech) indicó que ante el crecimiento sin par de este tipo de empresas en el país “se debe fomentar un sano desarrollo económico y social de la industria de la terciarización de personal”. Esto es porque firmas del sector del outsourcing consideran que hay una competencia desleal por compañías de esta rama que no pagan impuestos ni cumplen con la ley laboral.
Incluso la Amech, GinGroup (que es una de las firmas de outsourcing más grandes del país), Manpower, Consultoría de Guadalajara, Rolling Personnel, Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex) y Escuela Libre de Derecho, entre muchos otros actores, son promotores de la referida reforma, para que se legalice a las empresas y aunque este ordenamiento está listo desde finales de 2016, todavía no ha sido publicado.
Una copia de la referida norma señala que a pesar del incremento en el número de empresas de subcontratación, México no cuenta con una regulación técnica que establezca los lineamientos, prácticas y acciones que deben cumplir.
En el documento se establece que dichas compañías deben contar con registro patronal ante el IMSS, constitución legal, contratos individuales de trabajo donde consten las condiciones laborales y pagar impuestos. Además, según esta norma, deben cumplir con sus responsabilidades fiscales ante el Seguro Social, Infonavit y Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR).
A pesar de que las propias compañías del sector que sí operan en la legalidad han empujado el ordenamiento, así como diversas instancias gubernamentales, éste no se publicó. En cambio, el tema se introdujo en las iniciativas de leyes secundarias de la reforma laboral, donde incluso se le quitaban candadosy se liberalizaba más su actuación.
Incluso se plantea en dicha iniciativa que las compañías que tuvieran empleados a través del esquema outsourcing no pueden ser emplazadas a huelga porque no cuentan con trabajadores propios.

http://www.jornada.unam.mx/2018/02/08/politica/015n1pol

¿Cumplirá México la promesa de reforma a la justicia laboral?


Al reasumir el Senado mexicano el 1º de febrero, la RSM ha publicado una Actualización sobre el debate cada vez más intenso entre dos proyectos de ley contradictorios que definirán si, y hasta dónde, la Reforma Constitucional al sistema de justicia laboral será implementada.
La Actualización compara y contrasta los dos proyectos, delinea el cronograma de la eventual aprobación de la versión final de la legislación secundaria, y describe el posible impacto de las negociaciones del TLCAN en el proceso de reforma de la justicia laboral.
El 27 de diciembre de 2017, dos senadores del gobernante Partido Revolucionario Institucional (PRI) de México, presentó un proyecto de ley al Senado que, de aprobarse, socavaría, y hasta podría anular, los avances más importantes en la Reforma Constitucional del sistema de justicia laboral del país que se convirtió en ley en febrero de ese año.
Estos dos senadores son líderes de “sindicatos oficiales” corruptos, la Confederación de Trabajadores de México (CTM) y la Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos (CROC), notorias por firmar contratos de protección del empleador sin conocimiento ni consentimiento de las trabajadoras(es). Se cree que los proyectos se originaron en la rama ejecutiva del gobierno y el sector privado.
Un segundo proyecto, presentado por la Unión Nacional de Trabajadores (UNT) y presentado al Senado por un senador del Partido de la Revolución Democrática (PRD), incluye varias disposiciones que reforzarían la Reforma Constitucional.
Los sindicatos independientes y defensoras(es) de los derechos laborales en México ya han cuestionado los proyectos y se movilizan en su contra. También se oponen sindicatos en Canadá y los EE.UU., y los sindicatos globales. Antes de la presentación de los proyectos, el Consejo General de la Confederación Sindical Internacional (CSI) había votado expulsar a la CTM y la CROC por su práctica de firmar contratos de protección del empleador.
En la RSM, seguimos trabajando con nuestros socios en México para monitorear desarrollos relacionados con las reformas a la justicia laboral y promover la discusión y el debate sobre los temas de la reforma y su implementación.
En julio de 2017, la RSM publicó un Documento Informativo titulado Reforma a la Justicia Laboral en México. Basado en investigaciones propias de la RSM y entrevistas en profundidad con 16 expertos en derechos laborales mexicanos e internacionales, analiza la Reforma Constitucional del gobierno mexicano de febrero de 2017 y plantea interrogantes y preocupaciones sobre cómo sería implementada. Muchas de estas preocupaciones tienen ahora mayor importancia dado el contenido problemático del proyecto de la CTM/CROC.

http://www.maquilasolidarity.org/es/una-propuesta-de-ley-que-puede-afectar-la-reforma-la-justicia-laboral-de-mexico

Capítulo laboral no frena renegociación del TLCAN


El titular de la STPS, Roberto Campa, expuso que México tiene sus propios tiempos en cuanto a revisión del aumento al salario.
María Del Pilar Martínez
07 de febrero de 2018, 00:47

  • El secretario de Trabajo y Previsión Social (STPS), Roberto Campa Cifrián, afirmó que el capítulo laboral “no será un elemento que dificulte la negociación del Tratado del Libre Comercio de América del Norte (TLCAN)”, pese a las acusaciones que se hacen, desde Canadá y Estados Unidos, en contra de nuestro país por el pago de bajos salarios.

En conferencia de prensa, el funcionario de la STPS aseguró que ésta “es una discusión que el gobierno de México está dando en la mesa de negociación y no en declaraciones de autoridad frente a posiciones de sindicatos de grupos de interés, por más validez que éstos tengan. Ha sido en la mesa donde México ha expuesto cuáles son las condiciones y los márgenes y confiamos que éste no será un elemento que dificulte la renegociación”.
Agregó que la renegociación del Tratado “avanzará a partir de elementos de racionalidad y que tendremos pronto un tratado convenido por las tres partes”.
Cabe señalar que en días pasados, senadores demócratas enviaron una carta al presidente Donald Trump, en donde expresaban la necesidad de tener reglas más estrictas en materia ambiental y también en lo relacionado a los derechos laborales en donde México, incluso, ha reducido los salarios manufactureros.
De cara a la séptima ronda de negociaciones, misma que se desarrollará en la Ciudad de México a finales de este mes, el titular de la política laboral expuso que nuestro país tiene sus propios tiempos de revisión al salario, y en esa materia habrá de realizarse una nueva convocatoria, en marzo, para analizar un posible incremento.
Asimismo, agregó que las quejas que presentaron organizaciones sindicales de México y de Estados Unidos respecto a las posibles violaciones laborales que traería la reforma laboral no afectan las negociaciones del TLCAN.
EJES DE POLÍTICA LABORAL
Campa Cifrián presentó los ejes de la política laboral, de cara a lo que resta del sexenio, en donde se impulsará la generación de empleo formal, “para cumplir con la meta de 4 millones de empleos” inscritos en el Seguro Social, así como establecer compromisos para reducir la informalidad y avanzar en la justicia laboral.
Además, indicó que lejos de reportar afectaciones por las acusaciones provenientes de Estados Unidos, “los indicadores de empleo y los indicadores de exportaciones son muy positivos, tenemos cifras récords en industrias que han sido particularmente objetivo de estridencias como la automotriz. Creo que la información que tenemos hasta ahora es positiva, yo recibí aquí hace unos días a representantes de la industria automotriz y a representantes de los trabajadores y lo que vinieron a traer son anuncios de inversión, son anuncios para mejorar las plantas para generar empleos”.
AFINAN DETALLES PARA LEYES SECUNDARIAS
Reforma laboral mantendrá candado en la subcontratación
El texto final de las leyes secundarias que darán cumplimiento a la reforma constitucional en materia de justicia laboral estará listo para la fecha prevista del 25 de febrero, para lo cual el secretario del Trabajo y Previsión Social (STPS), Roberto Campa Cifrián, trabaja de manera cercana con senadores y representantes de los factores de la producción.
En ese sentido, afirmó que hay temas que claramente tendrán que salir de la discusión, como es el caso de la subcontratación porque “no cumple con el fin” que fue propuesto y requiere de una revisión profunda.
“La STPS considera que el contenido que está hoy en la iniciativa no cumple con los objetivos que se plantearon, y naturalmente estamos a favor de que se mantengan, por lo menos, las tres condiciones incluidas en la reforma del 2012”, enfatizó.
En la contratación a través de outsourcing, “claramente hay abusos en este esquema de contratación y es algo que hemos discutido con los líderes obreros, pero también con los dirigentes de los empleadores, y creo que ellos también tienen la convicción de que esto tiene que corregirse por dos vías. Una es la laboral, a nosotros nos corresponde garantizar que se cumpla con las tres condiciones que marca la ley, y la otra es la fiscal”.
Cabe señalar que desde el Ejecutivo se presentará, el 26 de febrero, la terna para elegir a la persona que se encargará de presidir el nuevo Instituto de Conciliación y Registro.
El titular del Trabajo dijo que la creación de un nuevo organismo, en el que haya una presencia tripartita, no desvía el objetivo de la reforma —desaparecer las juntas de conciliación y arbitraje y crear tribunales laborales— “en el contenido judicial, lo primero que conviene recordar es que la parte principal de la reforma ya está resuelta”.
Agregó que las juntas tanto federales como local seguirán recibiendo asuntos hasta noviembre, fecha en la que entrarán en operación los tribunales que comienzan con carga cero.
pmartinez@eleconomista.com.mx

https://www.eleconomista.com.mx/empresas/Capitulo-laboral-no-frena-renegociacion-del-TLCAN-20180207-0012.html

Sinaloa: Reforma laboral ha causado impacto negativo 

El presidente de Adecem, Julio César Silvas, precisó que es necesario que sea revisado el marco normativo
Por: Edith Andrade 07 de Febrero 2018
Incluso, durante el 2017, los precios de productos básicos tuvieron un incremento promedio de 8.1 por ciento, superior a la inflación. En lo que respecta al incremento acumulado, el año pasado el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) reportó que fue de 211 pesos.

Reforma Laboral

Para mejorar las condiciones de vida de las familias, el gobierno federal implementó la reforma laboral, que en cinco años ha dejado empleos con bajos salarios, un mayor crecimiento de puestos temporales y una reducción marginal de la informalidad.
En este sentido, el presidente de la Alianza para el Desarrollo y Competitividad de las Empresas (Adecem), Julio César Silvas Inzunza, aseveró que los bajos salarios generan afectaciones a las empresas debido a que al no tener los ingresos suficientes el consumo se contrae:
Nosotros como empresarios nos unimos para que el incremento al salario fuera de 10 pesos, pero no se consiguió, y eso nos perjudicó, señaló. 
Aunado a esto, consideró que es necesario que la reforma laboral se someta a una revisión, ya que no ha generado lo que esperaban.
Dadas las condiciones, los empresarios no cuentan con los ingresos debido a los incrementos de los insumos, lo que eleva sus gastos operativo y reduce sus utilidades.
https://www.debate.com.mx/culiacan/Reforma-laboral-ha-causado-impacto-negativo—20180207-0031.html

Querétaro: Reforma laboral sin Derechos Humanos y laborales


por Redacción
febrero 7, 2018
En la renegociación del Tratado de Libre Comercio el tema más humillante es el apartado laboral y las enormes diferencias salariales.
En la renegociación del Tratado de Libre Comercio el tema más humillante es el apartado laboral y las enormes diferencias salariales entre los tres países que lo conforman.
En Canadá el Salario Mínimo por día es 1 mil 672 pesos, para Estados Unidos 1 mil 102, pero para México sólo 88.36 pesos.
En esta comparación es más que evidente que las y los trabajadores de México son los que tienen los salarios más bajos. Un salario insignificante e insuficiente para todas las personas que viven de un ingreso fijo.
Debido a la desigualdad de género de las mujeres trabajadoras, éstas tienen un salario todavía menor y se está provocando una grave situación de violencia y pobreza, a nivel nacional.
Como se aprecia en la gráfica, la evolución de los salarios femeninos (más de 5 salarios mínimos), es decreciente. Se tomaron las cifras de la Ciudad de México porque es un mercado laboral más feminizado; aquí están los salarios más altos y porque esto releva cómo ha decrecido la participación de las mujeres en los mandos medios y superiores, tanto en el Gobierno Federal como en la Iniciativa Privada.
Conforme a la información generada por la Organización Internacional del Trabajo (OIT), en los últimos diez años (2005-2015) el salario promedio real mensual cayó 12 por ciento, la peor evolución para un país de la región Latinoamericana en ese período.
Adicionalmente, el reporte de ese organismo internacional menciona que en términos generales, los ajustes de los salarios reales regionales guardaron relación con la productividad.
Sin embargo, en los países de América Central y México los ajustes salariales fueron menores a los observados en la productividad.
Pero en el discurso oficial –sobre todo de las autoridades laborales- se afirma que los salarios del país no aumentan porque no crece la productividad, cosa que es totalmente falsa.
En 2005, un millón 241 mil mujeres ganaban más de 5 Salarios Mínimos. Para 2017 el número de trabajadoras con este nivel de ingreso (más de 12 mil pesos), se redujo a 731 mil 666, una caída de 69.6 por ciento (ver gráfica).
Desde luego esto implica un acelerado empobrecimiento de las mujeres y confirma los datos de la OIT y del Acuerdo Laboral del TLCAN.
En este escenario, el 7 de diciembre de 2017, el gobierno federal formuló una propuesta laboral que prácticamente arrasa con los derechos laborales, pero que también afecta al salario en forma muy importante.
Esta iniciativa de Ley Reglamentaria de la Reforma Laboral en materia de justicia, fue presentada por los senadores del Partido Revolucionario Institucional (PRI), Isaías González Cuevas y Tereso Medina; dirigentes de la Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos (CROC) y de la Confederación de Trabajadores de México (CTM).
La realizó la Secretaría del Trabajo con su entonces Secretario Alfonso Navarrete, en lo oscurito y sin consultar a los Sindicatos Independientes. La consulta se redujo a algunos abogados empresariales, que los hay. Y por supuesto se consultó a los sindicatos empresariales más importantes.
Principales características de esta reforma y su impacto en las trabajadoras:
Inestabilidad laboral
Derechos laborales: seguridad social
Riesgos de trabajo
Derecho de libertad sindical y negociación colectiva
Violencia laboral . Imposibilidad de Denuncia y su impacto.
La desprotección jurídica y las cifras del silencio ante la violencia laboral
Si en la contrarreforma laboral de 2012 medianamente se contuvo –por lo menos formalmente- la subcontratación, outsourcing o terciarización; que elimina los derechos laborales de las trabajadoras como la seguridad social, ahora con esta “nueva” propuesta, se le da carta libre a la subcontratación y ya nadie tendrá seguridad social ni derechos laborales.
Datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) al tercer trimestre de 2017 muestran que prácticamente 44 por ciento de las trabajadoras subordinadas y remuneradas (con patrón), no cuentan con acceso a los servicios de salud; uno de los efectos más nocivos de la carencia de derechos laborales.
En estas condiciones una iniciativa laboral como la que se pretende aprobar en este mes sería desastrosa para la salud de las trabajadoras y de sus familias.
Otro efecto muy negativo de la subcontratación es que prácticamente representa un cáncer para los Sindicatos y los contratos colectivos porque los elimina.
También fortalece los Contratos de Protección o sindicatos fantasmas que permiten y han permitido mantener los salarios tan bajos como están actualmente. Al respecto la mayor central sindical de Estados Unidos y la Unión Central de Trabajadores interpusieron una queja en contra de México
El contrato de protección, advirtieron, es un “contrato colectivo de trabajo” firmado entre un empleador y un sindicato dominado por el patrón sin la participación, o incluso sin el conocimiento de los trabajadores a los que el sindicato supuestamente representa.
El abogado laborista Manuel Fuentes, publicó en La Silla Rota el 31 de enero, la forma en que reduce el salario (todavía más) esta contrarreforma empresarial al desaparecer el concepto de Salario, ya que pretende que las indemnizaciones previstas en la Ley Federal del Trabajo (LFT), se paguen en cantidades calculadas en la Unidad de Medida y Actualización (U.M.A.), que es menor al Salario Mínimo vigente.
Implica que las trabajadoras recibirían aproximadamente 9.05 por ciento menos y en los casos de salario integrado la afectación podría llegar hasta 50 por ciento. Todo un desastre para la economía de las trabajadoras y también para el país.
Ante esta “avanzada” de la derecha contra las y los trabajadores, el Sindicalismo Independiente se plantea recurrir a las instancias internacionales para interponer una queja de agravio a los más elementales derechos laborales y Derechos Humanos en defensa de la supervivencia sindical, económica, e incluso física de las personas trabajadoras. (Carmen R. Ponce Meléndez)
* Economista especializada en temas de género
twitter @ramonaponce

https://rotativo.com.mx/opinion/columnas/monedero/686213-reforma-laboral-sin-derechos-humanos-y-laborales/

Las trampas de una iniciativa laboral


Por: Graciela Bensusán
 
La reforma al artículo 123 constitucional del 24 de febrero de 2017 fue una estrella fugaz. Prometió el fin del tripartismo en el sistema de justicia laboral, un esquema que por décadas fue el soporte del régimen corporativo-estatista que, en el contexto del modelo exportador, generó pocos ganadores y muchos perdedores, y entregó a un órgano nacional autónomo el registro de los sindicatos y los contratos colectivos, terminando con la ineficiente distribución de competencias entre los ámbitos federal y local.
Fue precisamente en el ámbito local donde hubo mayor inequidad entre las organizaciones sindicales contendientes y la influencia de los gobernadores en los conflictos laborales frustró el acceso a la justicia para los trabajadores y sindicatos independientes. La medida legislativa parecía una excelente noticia.
Más tardamos en asimilar la importancia de estos cambios para transitar por fin al siglo XXI, que sus oponentes en diseñar una iniciativa de ley reglamentaria que amenaza con llevarnos al siglo XIX, cuando la unilateralidad patronal decidía las condiciones de trabajo.
Como ha venido sucediendo en las últimas cuatro décadas bajo los imperativos de un modelo económico probadamente fallido, el viejo sindicalismo reclama seguir beneficiándose de un arreglo que obliga a pagar el precio de su complicidad y corrupción para facilitar la más extrema flexibilidad laboral y los salarios más bajos de la región.
A su vez, gran parte del sector empresarial sigue resistiéndose a aceptar un derecho humano fundamental: la libertad sindical y de negociación colectiva. Ni qué decir que el gobierno actual cobija estos intereses ilegítimos en un juego tramposo en el que después de dar un paso adelante con la reforma constitucional, busca la complicidad del sindicalismo para dar dos pasos atrás.
La iniciativa reglamentaria del 123 constitucional –presentada por dos conspicuos senadores de la CTM y la CROC el 7 de diciembre último, en medio de conflictos entre ambas centrales por intereses internos, ajenos a los de los trabajadores– está plagada de reglas que transgreden los principios constitucionales. Incluso eliminan los avances que la reforma de la Ley Federal del Trabajo (LFT) de 2012 impuso a favor de los trabajadores al restringir la libertad patronal de subcontratación.
Entre los más graves retrocesos está la pretensión de eliminar el recuento previo del voto de los trabajadores para negociar colectivamente, reservado en la iniciativa a los casos en que la demanda se tramite vía el emplazamiento a huelga. Como hasta ahora, bastaría el acuerdo con el empleador para que el sindicato acredite su representatividad con la pura documentación, sin consulta a sus agremiados, lo que dará nueva vida a los contratos colectivos de protección al empleador.
Es igualmente inaceptable incluir la representación de sindicatos y empleadores en el órgano autónomo encargado del registro de los sindicatos y contratos colectivos a nivel nacional, así como de conciliar los conflictos laborales a nivel federal, a la par que se otorga a un órgano administrativo competencias jurisdiccionales en la resolución de conflictos colectivos que corresponden al Poder Judicial. En la respuesta del gobierno de México a la queja que la Confederación Sindical Internacional (CSI) presentó a la Organización Internacional del Trabajo, se aclara que “esta propuesta no tiene identificación de organización sindical alguna para esta integración (por lo que) la participación en su órgano de gobierno se determina a partir de un criterio de representatividad numérica, de la cual se tiene certeza a partir de los registros sindicales con que cuenta la autoridad”.
Esta respuesta merece tres comentarios. Primero, permitir que la representación de los sindicatos y de los empleadores tenga voz en el órgano que resuelve el registro de sindicatos y contratos colectivos es llevar al órgano de nueva creación un conflicto de interés que estuvo históricamente presente en las juntas locales de Conciliación y Arbitraje.
En segundo lugar, la Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS), que firmó la respuesta a la CSI, quiere hacernos creer que la representatividad numérica de las organizaciones sindicales, de acuerdo con sus registros o los de las juntas locales de conciliación, goza de alguna credibilidad, cuando se trata de mayorías artificiales. La autonomía del nuevo órgano y el voto de los trabajadores son los que ayudarían a legitimar, si se quiere de manera gradual, a la representación sindical.
Por último, otorgar a un órgano administrativo así integrado funciones que van más allá de la conciliación y competen a la justicia laboral en temas de contratación colectiva y derecho de huelga, anularía los aciertos de la reforma constitucional al trasladar los conflictos laborales a un ámbito independiente con las garantías del debido proceso.
La recomendación, aparentemente girada desde la STPS, para que las legislaturas locales adopten leyes que establezcan la estructura tripartita de los órganos locales de conciliación y regulen su operación, ignorando que constitucionalmente ésta es una facultad exclusiva del Congreso de la Unión, es preocupante. El único apoyo jurídico sería una disposición transitoria en el artículo 123 que ordena que las legislaturas de los estados hagan las adecuaciones necesarias para cumplir con dicho precepto. ¿De verdad se quiere otorgar a las legislaturas locales competencia para legislar en materia de trabajo o es una estratagema de dudosa constitucionalidad para salir del paso ante las objeciones a la reforma?
Un escenario como el actual, en donde un muy competido y polarizado proceso electoral opaca temas cruciales de la agenda nacional, aunado al poco interés que el devenir de la institucionalidad laboral genera en diversos sectores de la sociedad, abre el paso a estas maniobras. Parecería que sólo la presión externa, que llevó al gobierno a presentar la iniciativa de reforma en el marco de las negociaciones del Acuerdo Transpacífico de Cooperación Económica (TPP, por sus siglas en inglés), logrando en menos de 10 meses las mayorías necesarias para su aprobación, podría obligar a desandar este sinuoso camino. Sin embargo, reglamentar los principios constitucionales en este contexto es desaconsejable. La reforma de la LFT de 2012 se logró después del proceso electoral de ese año y resultó del acuerdo entre el presidente saliente y el candidato ganador, apoyado por legisladores de los tres partidos políticos mayoritarios. Cualquier reglamentación regresiva carecerá hoy de legitimidad y, más que resolver, complicará la urgente necesidad de incluir a los trabajadores entre los beneficiarios del proceso económico, toda vez que el mercado laboral es el principal generador de pobreza y desigualdad y, por ende, una traba para el crecimiento y el desarrollo.
Revista PROCESO
3 de febrero de 2018
*Profesora de la UAM-Xochimilco

Outsourcing fuera de debate en ley secundaria de reforma laboral: Campa 


POR ROSALÍA VERGARA , 6 FEBRERO, 2018ECONOMÍA
CIUDAD DE MÉXICO (apro).- El secretario de Trabajo y Previsión Social (STPS), Roberto Campa Cifrián, dijo este martes que el tema del outsourcing, que ha provocado división, se excluirá de la discusión de la iniciativa de ley secundaria de la reforma laboral en el Senado, la cual deberá realizarse antes del lunes 26.
Campa Cifrián dio a conocer que esta propuesta sufrirá cambios sustantivos, y que ya se está hablando con organizaciones sindicales, abogados laboralistas, empresarios y senadores, e indicó que el tema que ha provocado más controversia es el de la subcontratación.
El funcionario dijo en rueda de prensa que la discusión ahora está en la cancha del Legislativo, y que la STPS considera que el contenido de la propuesta incumple con el objetivo que se planteaba.
Al menos, acotó, se deberían mantener las tres condiciones establecidas en la ley laboral de 2012.
Otro de los temas que se quedarán en la iniciativa que se discute en comisiones es el del tripartismo en los nuevos tribunales laborales, pues esta figura ha dado resultados importantes, aunque el órgano de gobierno no tendrá responsabilidad sustantiva, sino solamente en el patrimonio de la institución.
De igual modo sostuvo que “es una ley de avanzada porque hemos hablado mucho con el sector obrero y garantiza los derechos de los trabajadores”.
Sin embargo, admitió que en el caso de la subcontratación hay abusos y se tienen que corregir.
“Se tiene que cumplir con las disposiciones fiscales y de la ley”, subrayó el encargado de la política laboral del país.
Incluso, puntualizó que la desaparición de las juntas de Conciliación y Arbitraje se llevará a cabo en un plazo de cuatro años, en lo que se desahogan todos los casos pendientes de solución. En tanto, los nuevos tribunales laborales empezarán de cero.
Por otro lado, afirmó que el capítulo laboral no será un elemento que dificulte la negociación del Tratado del Libre Comercio de América del Norte (TLCAN), pese a las acusaciones que desde Canadá y Estados Unidos se hacen a nuestro país por los bajos salarios.
Campa Cifrián aclaró que los negociadores mexicanos llevan esa discusión en la mesa y no en declaraciones de autoridad frente a posiciones de sindicatos, por más validez que tengan.
“En la mesa es donde México ha expuesto las condiciones y los márgenes”, acotó.
También advirtió que “la racionalidad va a imperar sobre la estridencia en las pláticas del TLCAN”.
Igual dijo que los tres países terminarán ratificando el acuerdo comercial, pues los beneficios son mutuos, según destacó Notimex este día.
Por último, hizo notar que las inversiones a nuestro país siguen fluyendo, y un ejemplo de ello es el sector automotriz, “en el que los indicadores de exportaciones nos señalan que tenemos un récord, y eso sin firmar aún el tratado México, Estados Unidos y Canadá”.

http://www.proceso.com.mx/521518/outsourcing-fuera-de-debate-en-ley-secundaria-de-reforma-laboral-campa

El debate sobre el outsourcing


Editorial del periódico La Jornada
En el contexto de la aprobación de la ley reglamentaria de la reforma laboral implantada a finales de 2012, uno de los temas más delicados es el de la regulación de la subcontratación o outsourcing, práctica económica de contratar servicios a terceras empresas que, a su vez, reclutan al personal. De esta manera, compañías e instituciones evitan contraer obligaciones laborales y el costo que significa.
Ayer, el titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), Roberto Campa Cifrián, dijo que, en aras de construir consensos, el polémico asunto de la subcontratación quedará al margen del proyecto de dictamen que se presentará al Senado de la República y se dejará el asunto tal como se establece en la la Ley Federal del Trabajo (LFT), en su versión vigente desde 2012: Se permite la subcontratación sólo para actividades no esenciales de las empresas, como la vigilancia y la limpieza de los locales.
De ser aprobada con su redacción actual, elaborada en el Senado, la iniciativa de ley secundaria –que deberá estar avalada por ambas cámaras legislativas de aquí al 26 de febrero– permitiría cubrir la totalidad de los requerimientos de personal por medio de outsourcing.
Como se sabe, esta práctica suele usarse como mecanismo de simulación que permite a empleadores eludir contratos colectivos, pagos de seguridad social, prestaciones, impuestos sobre nómina y otras obligaciones. Las empresas dedicadas a reclutar y aportar personal, por su parte, suelen generar empleos sumamente precarios, inestables y mal pagados, y sus utilidades proceden precisamente de su carácter de intermediarios y de la supresión fáctica de derechos laborales que la LFT tiene por irrenunciables.
La actividad se presenta también en otra modalidad: la de los llamados sindicatos blancos, que no sirven a sus agremia- dos sino a los patrones y se encargan de resolver en favor de estos últimos cualquier diferendo laboral y, en los hechos, anulan los derechos de los trabajadores.
Por otra parte, es innegable que las realidades económicas y productivas contemporáneas hacen impensable que una entidad o empresa se haga cargo de la totalidad de los procesos de producción y operación, por lo que sería impensable prohibir legalmente toda forma de subcontratación.
Resulta necesario, pues, encontrar una fórmula legal equilibrada que garantice la vigencia de los derechos laborales, que otorgue flexibilidad a los empleadores para contratar servicios no esenciales y regule y fiscalice a las compañías dedicadas al outsourcingpara asegurar que no incurran en abusos ni en regímenes de sobrexplotación de la fuerza laboral. Y, así sea con la premura imperante en el proceso legislativo, sería deseable abrir y ampliar el debate de este delicado asunto que de una u otra manera afecta a incontables trabajadores y a buena parte de los empleadores.

http://www.jornada.unam.mx/2018/02/07/opinion/002a1edi

Queja de sindicatos de EU y México por tema laboral no afecta TLCAN 2.0: Campa


Fuente: Cuartoscuro
El secretario de Trabajo, Roberto Campa, explicó que los cuestionamientos de grupos como la AFL-CIO y la UNT aún no llegan a la mesa de renegociación.
Zenyazen Flores @ElFinanciero_Mx06/02/2018Actualización 06/02/2018 – 13:15
 
El secretario del Trabajo y Previsión Social (STPS), Roberto Campa, aseguró este martes que la renegociación del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) no tiene dificultad a partir de la queja laboral presentada por sindicatos estadounidenses y mexicanos ante el Departamento de Trabajo de Estados Unidos sobre violación de estándares laborales en México.
En conferencia de prensa, consideró que los posicionamientos de la Federación Estadounidense del Trabajo y Congreso de Organizaciones Industriales (AFL-CIO, por sus siglas en inglés) y de la Unión Nacional de Trabajadores (UNT) son declaraciones que como tal no llegan a la mesa de renegociación del tratado.
“Creemos que esa discusión se está dando en la mesa de negociación y no en declaraciones frente a posiciones de sindicatos con un interés específico. Ha sido en la mesa donde México ha expuesto cuáles son las condiciones y los márgenes y confiamos en que no será un elemento que dificulte la negociación”, afirmó.
En enero, la AFL-CIO y la UNT presentaron una queja formal ante la oficina en Estados Unidos que supervisa el acuerdo laboral asociado al TLCAN en el sentido de que las leyes secundarias de la reforma constitucional en materia de justicia podrían violar el Acuerdo de Cooperación Laboral de América del Norte.
“Por lo que hace a la discusión del TLCAN, hemos atendido y escuchado los cuestionamientos sobre todo a partir de la visión de los sindicatos en Estados Unidos a partir de la diferencia de los salarios. Nosotros manifestamos nuestra posición en la mesa de negociación y avanzará a partir de elementos de racionalidad”, apuntó Campa.
El funcionario consideró que los sindicatos de Estados Unidos “están en lo suyo que es la defensa de las fuentes de trabajo en los países, los posicionamientos son a partir de la defensa de sus intereses porque ciertamente muchos de los empleos creados están creados con esa ventaja (salarial)”.
Refuerzan alianza AFL-CIO y UNT
En entrevista por separado, el presidente colegiado de la UNT, Mario González Aguilera, aseguró que están en contacto permanente con miembros de la AFL-CIO y también de sindicalistas canadienses, a fin de que se incorpore un capítulo laboral en el TLCAN para establecer los derechos de los trabajadores en el contexto del acuerdo.
“Nuestro objetivo principal de todo el movimiento obrero es que no prospere una iniciativa de reforma laboral de senadores del PRI que no respeta el espíritu original de la reforma constitucional que avanzaba hacia un esquema donde la impartición de justicia sería de forma independiente y sin el modelo del tripartismo”, dijo.
El también secretario general de ASPA explicó que esperan que en los próximos días el Departamento de Trabajo estadounidense haga un posicionamiento respecto a la queja laboral enviada en días pasados, ya que ello influiría para que en la próxima ronda de negociaciones del pacto comercial se aborde la inclusión del capítulo laboral.

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