Reforma laboral histórica: el turno es de los trabajadores

Por Gabriel Ramírez – 5 mayo, 2019
Reforma a la Ley Federal del Trabajo contiene demandas históricas de los trabajadores mexicanos en su lucha por libertad y democracia sindical
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Regeneración, 5 de mayo del 2019. El autor aborda las modificaciones constitucionales a las leyes del trabajo en México. Sostiene que son un avance en las conquistas de las demandas históricas del sindicalismo y los detalla.
Una reforma laboral histórica. El turno es de los trabajadores
Por José Antonio Almazán González*
La hora del cambio social ha tocado las puertas de esa vieja cárcel del charrismo sindical y camina de la mano de la 4ª Transformación encabezada por AMLO.
El Congreso de la Unión, en sus dos cámaras, acaba de aprobar una reforma a la Ley Federal del Trabajo que contiene demandas históricas de los trabajadores mexicanos en su lucha por libertad y democracia sindical.
Durante décadas los trabajadores y el núcleo duro de la clase obrera, han intentado sacudirse el yugo del control corporativo, instaurado como una política estructural del nuevo estado surgido de la revolución mexicana.
Desde los Batallones Rojos de 1915 con los cuales la fracción burguesa de la revolución mexicana buscó el apoyo político de la clase trabajadora, para enfrentar a los ejércitos campesinos de Francisco Villa y Emiliano Zapata, a cambio de facilitarles la organización sindical.
Después vino la creación de la CROM en 1917 que inaugura el primer intento postrevolucionario para controlar y manipular el descontento obrero.
Hasta llegar al reconocimiento histórico de derechos obreros plasmados en el artículo 123 de la Constitución política de 1917, previa represión de la legendaria huelga de 1916 encabezada por el dirigente electricista José Ernesto Velasco Torres.
Desde esa época se comenzaron a sentar las bases del control corporativo de los trabajadores mexicanos y sus sindicatos por parte de los gobiernos postrevolucionarios.
Los intentos de la clase trabajadora para sacudirse a los charros sindicales, notoriamente simbolizados por Fidel Velázquez, han sido muchos, pero destacan las movilizaciones obreras magisteriales dirigidas por Othón Salazar, las ferrocarrileras encabezadas por Demetrio Vallejo y los electricistas de la tendencia democrática del SUTERM con Rafael Galván al frente.
Invariablemente ante el descontento de los trabajadores expresada en huelgas, movilizaciones, paros, protestas, la respuesta oficial ha sido la misma:muerte, represión y cárcel.
Pero eso se acabó, como reiteradamente lo ha señalado nuestro presidente Andrés Manuel López Obrador: Ni líderes sindicales preferidos, ni consentidos. Es la hora de los trabajadores:
…para que en los sindicatos haya elecciones limpias y libres, que el voto sea personal, libre y secreto y se acabe con el charrismo sindical, que sean los trabajadores los que de manera libre, sin presiones, voten y decidan, y nosotros vamos a cuidar eso, porque ya en el gobierno nuevo ese es un cambio, ya no tiene partido favorito, ya no tiene sindicato favorito, …
Paradójicamente, en algunos sectores maquillados de izquierda, no se ha terminado todavía de calibrar y asimilar el posicionamiento de nuestro presidente Andrés Manuel López Obrador frente a un tema clave en la lucha por la libertad y democracia en México.
Pero no así para millones de trabajadores y de quienes venimos de experiencias de décadas de lucha al interior de los grandes sindicatos de industria.
Pareciera un sueño, pero no lo es.La lucha no ha sido en vano.
Un primer paso ha sido detener el deterioro de los salarios en México. Pero el paso decisivo está contenido en la Reforma Laboral promovida por MORENA y sus aliados y recién aprobada por las Cámaras de Senadores y de Diputados.
¿Qué propone la reforma laboral en el tema fundamental de la libertad y la democracia sindical?, varias cuestiones esenciales:
Garantizar el derecho a la libre asociación sindical, la rendición de cuentas y el Voto Universal, Secreto y Directo de todos los trabajadores en la toma de decisiones y para la elección de sus dirigentes.
Como puede leerse con meridiana claridad en la recién aprobada Reforma Laboral, particularmente en los artículos 358, 364 Bis, 371, 373, 378, 386 Bis y subsecuentes de la Ley Federal del Trabajo:
Se elimina la votación indirecta y secreta para la elección de las direcciones sindicales, incluyéndose las secciones sindicales, y se establece el voto directo, personal, libre, directo y secreto de los trabajadores.
Estableciéndose rigurosos requisitos para garantizar la plena libertad sindical.
El mismo procedimiento se estatuye para garantizar la negociación y la contratación colectiva en beneficio de los trabajadores.
Así como para acabar con los llamados contratos de protección, instrumentos favoritos de patrones y dirigentes charros para someter y manipular a los trabajadores.
La duración en los cargos sindicales se sujeta al procedimiento del voto personal, libre, directo y secreto, para evitar la manipulación y la eternización de los dirigentes charros que de esa forma amplían indefinidamente sus periodos sindicales.
Se establecen rigurosos mecanismos para impedir la corrupción de los dirigentes sindicales en el manejo discrecional de las cuotas sindicales y de los bienes del sindicato; que de comprobarse podrán ser sancionados con la suspensión o destitución de sus cargos sindicales.
Quedan pendientes temas como la subcontratación laboral, mejor conocido como outsourcing y lo relativo a los trabajadores del campo como lo reconoce el propio dictamen, bajo el compromiso de abordar estos temas en los siguientes periodos ordinarios.
En efecto, dicho sin desdoro, buena parte de estas reformas laborales son resultado de compromisos del Estado Mexicano asumidos en el Tratado comercial México-Estados Unidos y Canadá, contenidos en el anexo 23-A; pero indudablemente responden igualmente a demandas que por décadas han enarbolado los trabajadores mexicanos.
Con esta histórica reforma laboral las horas del charrismo sindical están contadas, pero su caída será por obra y voluntad de los trabajadores y del núcleo duro de la clase obrera en México.
No olvidemos que la liberación de los trabajadores solo será obra de los trabajadores o no será.
Es el turno de los trabajadores para organizarse sindicalmente, para democratizar sus sindicatos, enviando al basurero a los dirigentes charros, asumiéndose como sujetos activos y primordiales del cambio social en marcha.

https://regeneracion.mx/reforma-laboral-historica-el-turno-es-de-los-trabajadores/

Nueva reforma Laboral y neoliberalismo


ANALISIS
  / DOMINGO 5 DE MAYO DE 2019
Iniciamos el mayo con un receso, como premonición de al menos 5 días muy agitados en el mes. Sí, el 3 de mayo, día de la Cruz para los católicos o de los ingenieros civiles (va una felicitación, tarde pero segura para todos), el mismo día también se conmemora de la Libertad de Prensa, de la que no se podría festejar mucho, me refiero al informe anual 2018 que Artículo19 en el que reporta 544 agresiones contra la prensa en México. Una libertad de expresión vulnerada y sin visos de cambio. va mi reconocimiento a la labor de mis amigos periodistas y comunicadores y, por supuesto, felicidades por 75 años de vida a todos los que hacen posible El Sol de Puebla.
Visualizamos entonces el 5, 10 y 15 de mayo con sus propias relevancias, pero me ocuparé del día del trabajo. Es relevante que el artículo 123 Constitucional –desde 1917- se ha reformado 27 veces y la Ley Federal del Trabajo -que data de 1970- 30 veces. Sólo la reforma laboral del 2012 modificó las condiciones de trabajo, en su lugar llegaron los contratos: eventuales, por tiempo determinado, de capacitación inicial y a prueba, y por supuesto desapareció el pago de una indemnización; en 1917 se planteó la desaparición de las Juntas de Conciliación y Arbitraje (JCyA) locales y federales. Así, las relaciones laborales cambiaron radicalmente y la seguridad laboral se rompió para las generaciones de nuestros jóvenes.
La actual reforma propone un nuevo modelo de justicia laboral con los tribunales laborales que dependerán del Poder Judicial, es decir, es un complemento de la reforma del sexenio pasado porque sustituye a las JCyA pero obliga a las partes en conflicto a una instancia conciliatoria antes de llegar a los tribunales.
Detrás de esta reforma hay compromisos internacionales, primero el Convenio 90 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) que obliga a México a fortalecer los derechos de los sindicatos y la negociación colectiva de los trabajadores, convenio ratificado el 23 de noviembre de 2018. El otro es la implementación de reformas para mejorar las condiciones generales de trabajo antes de que el Congreso norteamericano ratifique el nuevo tratado comercial México, Estados Unidos y Canadá, el T-MEC.
Bien señala Javier Aparicio, investigador del Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE), la nueva reforma recupera la reforma estructural del sexenio pasado y el marco internacional “neoliberal”. Parece que más allá de un debate trasnochado como es la moda en estos tiempos de “4T”, es fundamental que se mejoren las condiciones laborales de los mexicanos, de todos.
¿Qué significa que trabajemos en promedio más horas al año que cualquier otro país en el mundo? Según la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE, reporte de 2018) Frente a Alemania-1363hrs, Holanda/Francia/Dinamarca-1500hrs, Grecia-2035hrs, España-1699hrs, Japón-1713hrs, EE.UU.-1783hrs, Chile-2015hrs, un mexicano en promedio trabaja 2255hrs al año. El reporte señala que las actitudes culturales y factores socioeconómicos influyen.
La realidad expone a nuestro sistema laboral con trabajadores con miedo al desempleo y pocas condiciones favorables para el trabajador, con la consecuencia directa en los niños y adolescentes que crecen “solos”, sin la presencia de sus padres que trabajan mucho y ganan poco. ¿Neoliberalismo? Ojalá la nueva reforma de Morena sí traiga cambios sustanciales.
*Politóloga, profesora-investigadora. Miembro Fundadora de la AMECIP.

https://www.elsoldepuebla.com.mx/analisis/nueva-reforma-laboral-y-neoliberalismo-3574730.html

La reforma laboral: consecuencia palpable del T-MEC

6 MAY, 2019
Esta reforma les otorga considerables beneficios a los trabajadores a saldo de la productividad laboral
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Tendencias Financieras
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El 11 de abril, la Cámara de Diputados aprobó la nueva reforma laboral. Posteriormente, el 29 de abril, la Cámara de Senadores la ratificó sin modificaciones. Con esto, finalizó un proceso que inició el 20 de octubre de 2018 con la presentación de 13 iniciativas relacionadas al tema.
La reforma laboral aprobada es resultado de las demandas estadunidenses para la aprobación del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC) ya que, a diferencia del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN), cuenta con un capítulo específico, el Capítulo 23, para definir las reglas laborales de los miembros y México no cumplía con la mayoría de los requerimientos.
La reforma, que fue propuesta por el grupo legislativo de Morena, está basada en tres aspectos principales, mismos que, además de ser el centro de los acuerdos del Capítulo 23 del T-MEC, están diseñados para otorgarle mejores herramientas de defensa al trabajador. A continuación, una descripción de estos:
•Democracia sindical y libertad de negociación colectiva. Artículo 590-B. A través de la adición del artículo 590-A se crea el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL) que será descentralizado y autónomo. Fungirá como registrante de sindicatos y contratos colectivos y será reemplazo de las juntas de conciliación y arbitraje. El CFCRL estará sujeto a la regulación de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), específicamente bajo el convenio 87 (libertad sindical y protección del derecho de sindicación) y el convenio 98 (derecho de sindicación y de negociación colectiva), tal como se acordó en el T-MEC.
•Derechos Fundamentales y Perspectiva de Género. Artículo 28. Todo contrato de trabajo debe de ser sometido a la aprobación del (CFCRL) y posteriormente a la aprobación de los trabajadores, con el afán de reforzar la verdadera contratación colectiva. Además, se debe establecer en los estatutos de los sindicatos que las directivas sindicales deben estar conformadas por el principio de proporcionalidad de género y se fortalece la tutela de derechos cuando exista discriminación en el empleo de acuerdo con el Protocolo Palermo de la Organización de las Naciones Unidas.
•Nueva justicia laboral. El encargado de impartir la justicia laboral ahora será el Poder Judicial de la Federación y los Poderes Judiciales locales en juicios predominantemente orales, sólo si la etapa de conciliación no fue exitosa. Con el propósito de evitar la prórroga de los juicios de conflictos laborales causada por la búsqueda para notificación de los implicados, el CFCRL les asignará un buzón electrónico a los participantes del juicio. Este fungirá como el nuevo mecanismo de comunicación oficial a lo largo del proceso.
En contraste con la reforma laboral del 2012, que se diseñó para aumentar la competitividad de las empresas, la reforma laboral del 2019 les otorga considerables beneficios a los trabajadores a saldo de la productividad laboral.
La reforma del 2012 incorporó elementos, que no sufrieron alteraciones en la nueva reforma, como la contratación a través del outsourcing, la contratación de prueba y la contratación por horas que aumentan la productividad de las empresas. De acuerdo con la Comisión de Comercio Internacional de Estados Unidos (USITC, por sus siglas en inglés), los cambios propuestos en la reforma del 2019 provocarán que el sueldo real de los trabajadores sindicalizados suba 17.2% en promedio en México, mientras que en EU esta cifra ascenderá a 0.27%, de tal manera las empresas estadunidenses perderán incentivos para subcontratar la producción en México.
La reforma del 2019 debería satisfacer a los congresistas estadunidenses, específicamente a los demócratas, ya que los deja sin elementos para seguirse oponiendo a la ratificación del T-MEC. Se trata de un gran logro para los trabajadores; sin embargo, la ventaja competitiva de la mano de obra mexicana podría verse afectada. Esto presenta un reto para los empresarios mexicanos en términos de la estructura de costos de producción.

https://www.dineroenimagen.com/grupo-financiero-multiva/la-reforma-laboral-consecuencia-palpable-del-t-mec/109622

Acoso sexual no debe conciliarse

Cimacnoticias: Periodismo con perspectiva de género
El hostigamiento en el trabajo no es nuevo pero se mantuvo en lo privado. El movimiento #MeToo en las redes sociales lo sacó de ahí para reconocerlo como una violación a los derechos laborales.
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El movimiento #MeToo en las redes sociales. (Especial)
ANAYELI GARCÍA MARTÍNEZ Y HAZEL ZAMORA MENDIETA
Ciudad de México / 05.05.2019 04:55:23
Comentarios sugestivos o sexistas, bromas ofensivas, miradas obscenas, petición de pláticas indeseables relacionadas con asuntos sexuales, proposiciones directas o indirectas de relaciones íntimas, contacto físico no deseado, recompensas o incentivos laborales a cambio de favores sexuales o amenazas con daños o castigos en caso de no acceder constituyen acoso y hostigamiento y son formas de violencia, explicó la abogada feminista Andrea Medina Rosas.
Precisó que el acoso puede incluir todas estas variantes, desde la más leve hasta la más grave como la violación sexual, y deben ser investigadas para tener efectos en el ámbito administrativo o laboral.
Para que una queja llegue a las instancias laborales, la víctima debe reportarlo a las autoridades de su lugar de trabajo: el jefe inmediato, con el superior de éste o con el área de Recursos Humanos.
Las denuncias laborales tienen una primera fase que es administrativa, que es una investigación interna en el centro laboral que imponga sanciones o restricciones y que no necesariamente llegue a otro nivel.
En caso de que ésta determine la rescisión del contrato del denunciado, éste puede recurrir a la Junta de Conciliación y Arbitraje por “despido injustificado” y las víctimas serían terceras interesadas. O bien, la víctima puede demandar a la empresa por tolerar actos de hostigamiento y acoso sexual, en caso de que no se investigue internamente su queja.
Pero la mayoría de estos casos no llega a instancias superiores, porque a decir de la socióloga y sindicalista Rosario Ortiz Magallón, no se reconoce esta violencia como una agresión a los derechos laborales aunado a las dificultades para comprobar el acoso y/o hostigamiento sexual.
Si bien en 2012 se consiguió introducir en la Ley Federal del Trabajo (LFT) la prohibición de la discriminación por género y del hostigamiento y acoso sexual, entre otras cosas, aún faltan mecanismos para hacer realidad esos preceptos.
El 28 de septiembre de 2012, cuando la Cámara de Diputados aprobó estas reformas, la diputada Martha Lucía Micher Camarena pidió incluir la definición de hostigamiento sexual, acoso sexual, violencia psicológica y laboral en la ley y tener cuotas de participación de mujeres en la capacitación de los centros de trabajo, no fueron considerados ni siquiera para el análisis.
Ortiz Magallón opinó que la reforma laboral con perspectiva de género presentada desde años atrás fue fundamental, pues ahora el Congreso analiza una nueva reforma en la materia que impactará en el derecho de las trabajadoras a una vida libre de violencia.
Entre las modificaciones, que aún debe avalar el Senado, el artículo 132 de la LFT dirá “que es obligación de los patrones implementar, en acuerdo con los trabajadores, un protocolo para prevenir la discriminación por razones de género y atención de casos de violencia y acoso u hostigamiento sexual” y el 378 prohíbe estas conductas al interior de los sindicatos.
Si bien ello busca resolver los conflictos laborales por medio de la conciliación, el artículo 684 E, explica que se trate de acoso sexual, discriminación u otros actos de violencia, donde exista riesgo inminente de revictimización, la autoridad conciliadora tomará las previsiones para no encarar a víctima y agresor como actualmente sucede.
A pesar de los avances normativos Ortiz Magallón aseguró que todavía falta aterrizarlos y para explicar cómo debe ser la justicia laboral con perspectiva de género y las sanciones para el jefe o compañero que toca la cintura de su empleada, le da nalgadas, le manda imágenes con contenido sexual, para saber si debe existir conciliación o los debe ver un juez.
Las mujeres, dijo, deben tener mecanismos para comprobar esa violencia sutil e íntima, y aunque actualmente los videos, mensajes de texto, audios o fotografías pueden ser una prueba, hay que garantizar que patrones y centros de trabajo estén obligados a considerar que el acoso y hostigamiento son un riesgo del empleo.
Mientras ello ocurre, por ahora las redes sociales se convirtieron en un espacio de catarsis para las víctimas de estas violencias.

https://www.milenio.com/policia/violencia-de-genero/acoso-sexual-no-debe-conciliarse

El fin del charrismo

  • POR: JUAN GILBERTO BANDA REYES
  • 04 MAYO 2019

En la semana laboral que hoy termina probablemente el evento más destacado fue el desfile conmemorativo del Día del Trabajo. Pero por la reforma laboral, en mi muy personal enfoque esa parada cívica significó las exequias del charrismo sindical habida cuenta que de ahora en adelante los trabajadores podrán negarse a que les descuenten las tristemente famosas cuotas sindicales que como lo saben mis lectores, sirvieron para enriquecer a unos cuantos y como siempre sucede, las mayorías nomás viendo desde las gradas el espectáculo.
Pero para que ya no se los ´vacunen´, válgame la expresión, el obrero deberá presentar por escrito su deseo de que ya no le descuenten de su salario la cuota sindical.
Van a tener que ponerse muy abusados, y las empresas, en mi personal enfoque van a estar obligadas a hacer del conocimiento lo anterior para que al trabajador no se le pase cubrir esa disposición de que sigan bajando de su sueldo las cuotas para su respectivo dirigente.
También deberán hacer del conocimiento de sus trabajadores que ya no es obligatorio el adherirse a sindicato alguno.
Son disposiciones obligadas y de ahí comienza el declive del llamado , que desde luego nadie espera que esos dirigentes entreguen el poder del que se han amamantado sin oponer reparo alguno, al contrario, doy por descontado que recurrirán a todo para que las cosas sigan como antes. 
Si se salen con la suya, las empresas tendrán la culpa, luego no se anden quejando cuando esos dirigentes se le pongan al brinco.
Sé de una maquiladora de esta localidad que no sabe a qué sindicato va a entregar las cuotas de los obreros que la empresa les descuenta de sus salarios, todo porque ambos sindicatos tienen su correspondiente toma de nota, así que mejor váyanse derechos todos y se evitarán muchos problemas.
Pero no es todo, mañana organismos fantasmagóricos pero que se ve traen mucho respaldo económico están anunciando marchas de protesta contra el gobierno federal.
 

https://www.elmanana.com/opinion/columnas/el-fin-del-charrismo-4814271.html

La reforma laboral mexicana: Un nuevo modelo de sindicalismo

Publicado: 4 may 2019 20:23 GMT
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Javier Buenrostro
Hace unos días se celebró el Día del Trabajo en todo el mundo. En México hubo las conmemoraciones de rutina: mitines, discursos sindicales, comidas entre dirigentes, etcétera. Pero también hubo algo diferente, a lo que no se le ha dado la atención suficiente. En el Congreso se aprobó una reforma laboral, la más importante en décadas, que puede ser el principio de una mayor justicia laboral para los trabajadores, algo que en tiempos del neoliberalismo y el desmantelamiento de los derechos laborales en todo el mundo no es poca cosa.
Hay varios puntos a destacar. Primero, la reforma se adapta a un paradigma internacional, ratificando los Convenios 87 y 98 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Desde 1949, México se había negado a ratificar el convenio 98, por lo que solo esto ya supone un cambio en la política laboral de los últimos 70 años. ¿En qué consiste este convenio? Promueve una libre negociación colectiva y permite la elección de directivas sindicales mediante el voto personal, libre, secreto y directo de las y los trabajadores. En pocas palabras, adiós a los sindicatos «charros» u oficialistas, que pactaban su apoyo al presidente a cambio de prebendas personales para sus dirigentes.
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Un trabajador descansa en el mercado mayorista «Central de Abastos» en la Ciudad de México. 11 de enero de 2019. / Daniel Becerril / Reuters
La historia del «milagro mexicano» (1940-1970) está basada en la explotación del trabajador, ya que mientras las devaluaciones (1948 y 1954) afectaban fuertemente el poder adquisitivo de los mexicanos, el control de los sindicatos fue clave para la formación del capital en México, al mantener los salarios muy por debajo de la inflación. Era el trabajador, no el gobierno ni los empresarios, quien pagaba los platos rotos del mal manejo de la economía.
El control de los sindicatos fue clave para el desarrollo del autoritarismo y del capitalismo en México, a tal punto que, en esos tiempos, un secretario del Trabajo, Adolfo López Mateos —generalmente de perfil bajo dentro de los miembros del gabinete—, llegó a ser presidente gracias al férreo control sindical que mantuvo con mucho garrote y pocas zanahorias.
No es cosa menor que López Obrador, a quien la oposición acusa de ser autoritario, en la realidad esté desmontando uno de los mecanismos históricos de control del presidencialismo mexicano, al democratizar los sindicatos y la elección de sus dirigentes. Se acabaron las representaciones únicas, tanto sindicales como directivas, y poco a poco se verán las repercusiones de esta medida, pero es un hecho que significa una forma de regresarle poder y derechos a la clase trabajadora. La libre afiliación será fundamental para la democratización del sindicalismo mexicano.
“López Obrador en realidad está desmontando uno de los mecanismos históricos de control del presidencialismo mexicano, al democratizar los sindicatos y la elección de sus dirigentes”.
En este mismo sentido apunta la desaparición de las juntas de Conciliación y Arbitraje, y la creación de los juzgados unitarios de lo laboral, que no dependerán del Poder Ejecutivo sino del Judicial, tanto a nivel federal como estatal. Estas juntas solían ser instrumentos del Ejecutivo y de los empresarios para irrespetar derechos laborales o para contrarrestar las huelgas obreras. Sin duda, veremos un mayor activismo sindical, que no responderá necesariamente a inconformidades graves con el gobierno sino a una mayor libertad sindical. Algo similar a lo que se vivió durante el cardenismo.
De forma paralela a esta gran reforma laboral, también se reformaron las leyes federales del Trabajo y del Seguro Social, con el objetivo de regular el trabajo doméstico remunerado, así como para reconocer y garantizar los derechos de las personas que se dedican a esta labor. Más de dos millones de trabajadoras del hogar, que no contaban con derechos laborales ni seguridad social, empezarán a ser reintegradas a la economía formal. Se empieza a recorrer un largo camino para hacerle justicia a un sector (mujeres indígenas sin estudios, en una amplia mayoría) históricamente olvidado y discriminado. Ahí está la referencia popular de la película Roma, al respecto de esta problemática.
Aunque estrictamente no es parte de la reforma laboral, también se ha empezado a abordar de manera seria la pauperización de los salarios durante la época neoliberal; aunque si uno revisa la historia, el problema es tan añejo que se remonta al gobierno de Miguel Alemán (1946-1952). El incremento salarial ha sido del 16 %, el más alto en tres décadas, y se prevé que al final del sexenio el salario mínimo, que en la actualidad es uno de los más bajos del continente, pueda llegar a los 300 pesos diarios (15 dólares), el triple de lo que se percibe hoy en día.
“Hay descontento entre los principales líderes sindicales, que ven en peligro sus feudos de poder y riqueza, así como entre los empresarios, que se verán exigidos a un mayor cumplimiento de sus obligaciones patronales”.
Evidentemente hay descontento entre los principales líderes sindicales, que ven en peligro sus feudos de poder y riqueza, así como entre los empresarios, que se verán exigidos a un mayor cumplimiento de sus obligaciones patronales. La proliferación de más sindicatos, más independientes y menos obligados a obedecer al gobierno o a los empresarios, provocará una mayor actividad sindical, con la cual el statu quo no está de acuerdo. Sin embargo, este sacudimiento es más que necesario en México, uno de los lugares con mayor control sindical en el mundo. Como escribí líneas arriba, veremos una gran actividad sindical y seguramente muchos estallidos de huelgas, pero no hay que confundir eso con desacuerdos profundos con el Gobierno. Es precisamente López Obrador quien está impulsando la democracia sindical que permitirá el sacudimiento del movimiento obrero, largamente aletargado por el autoritarismo priista y el desmantelamiento de los derechos laborales.
¿Pendientes? Claro que los hay. Uno muy importante y que ya ha estado en discusión en el Congreso es el tema del ‘outsourcing’ o subcontratación. El gran problema laboral que construyó el neoliberalismo es la tercerización, de la que casi todos hemos sido objeto en las últimas tres décadas. No importa si eres un trabajador sin estudios o un profesionista con posgrados; alguien que trabaja por destajo o un académico o un médico que lleva años trabajando a tiempo completo pero sin plaza fija.
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Senado mexicano aprueba nueva reforma laboral
La subcontratación es una forma de explotación moderna donde, a pesar de ejercer un trabajo, no se tiene acceso ni a los derechos laborales ni a la seguridad social. Un mal de nuestro tiempo, que afecta lo mismo a los países ricos que a los pobres, ya que ha sido una característica intrínseca al desarrollo del neoliberalismo. Queda por resolver este importante pendiente, aunque da esperanzas que haya empezado tomarse en cuenta en la discusión y exista la promesa de que a fin de este año podría abordarse para legislar al respecto. Veremos.
Los alcances de la reforma laboral no se han discutido ni difundido ampliamente. Tal vez sea una estrategia de los damnificados intentando que pasen desapercibidos la mayor parte del tiempo posible. Aun así, esta reforma inyectará nueva vida al sindicalismo mexicano y poco a poco tendrá un importante efecto en la vida pública del país. Que todo sea en beneficio de los trabajadores, que somos la mayoría de los ciudadanos.  
https://actualidad.rt.com/opinion/javier-buenrostro/313810-reforma-laboral-mexicana-nuevo-modelo

El calendario de la reforma laboral

Por: Luis Ernesto Salomón
5 de Mayo de 2019 – 04:00 hs
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El calendario de la reforma laboral
Ante las dudas respecto de la profundidad y alcance en el tiempo de las reformas laborales, es pertinente aclarar el panorama prospectivo a partir de lo aprobado. El primer hito será el 23 de noviembre próximo, cuando entra en vigor el convenio 98 de la OIT que garantiza la libertad de afiliación sindical y la ratificación por las bases de los acuerdos de los líderes para modificar las condiciones salariales y de trabajo. Al respecto, el artículo 123 de la Constitución recién modificado establece en su fracción XXII Bis. “… Para la resolución de conflictos entre sindicatos, la solicitud de celebración de un contrato colectivo de trabajo y la elección de dirigentes, el voto de los trabajadores será personal, libre y secreto. La ley garantizará el cumplimiento de estos principios. Con base en lo anterior, para la elección de dirigentes, los estatutos sindicales podrán, de conformidad con lo dispuesto en la ley, fijar modalidades procedimentales aplicables a los respectivos procesos.”
En ese mismo sentido, los cambios disponen que para el 1 de noviembre deberá promulgarse la Ley Orgánica del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral CFCRL. Esta institución autónoma será la encargada del registro de los contratos colectivos.
Teóricamente en este periodo los sindicatos debieran hacer cambios a sus estatutos para incluir el voto universal, secreto y directo para la elección de sus dirigentes y para la ratificación de los cambios a los contratos colectivos; pero decimos teóricamente porque quizá muchos de ellos resistan y prefieran establecer disputas judiciales alegando derechos pre-constituidos de sus dirigentes.
Habrá que seguir con cuidado la posición de los dirigentes en ese sentido en las próximas semanas y meses para saber si el cambio interno en los estatutos sindicales será terso o no. Por otra parte, la ley señala que un año después, es decir el 1 de noviembre de 2020, deberá estar lista la relación electrónica de los expedientes de las asociaciones sindicales en el CFCRL.
Será hasta entonces cuando los sindicatos deberán ajustarse a los procedimientos para demostrar que cuentan con el respaldo del 30% de la mayoría de los trabajadores para obtener una constancia de sindicato mayoritario que les habilite las negociaciones. Y para el 1 de mayo del año 2021 deberán estar inscritos todos los contratos colectivos y se contará con una plataforma electrónica de registro de todos los trabajadores para cotejo en los procesos laborales.
Y será hasta el año 2022 cuando entren en funciones los centros de conciliación y los tribunales laborales de los Estados, se proceda al traslado físico de los expedientes de las asociaciones sindicales al CFCRL. Mientras que hasta el año siguiente 2023 entrarán en función los centros de Conciliación y Tribunales Laborales federales y concluye el plazo para la revisión extraordinaria de los contratos colectivos de trabajo existentes y para que sean avalados por los trabajadores.
Es decir que tenemos un horizonte de cuatro años para la plena entrada en vigor de lo aprobado. Esta solución gradual ha encendido más inconformidades en sectores de la política de los Estados Unidos que en nuestro País.
Los vecinos consideran insuficiente el mecanismo establecido y pretenden presionar al gobierno de México para acelerar los mecanismos de aplicación. Sea como fuere, la situación presenta una contradicción en la aplicación de las normas, dado que por una parte ya estaría vigente el derecho de libre afiliación, y ratificación de los cambios a los contratos colectivos, conforme al artículo 400 bis de la Ley Federal del Trabajo recién reformada que establece la obligación de que la revisión contractual se someta a la aprobación de la mayoría de los trabajadores mediante voto directo, universal y secreto.
Con lo cual podría inferirse que a partir de ahora las revisiones de las condiciones de trabajo deben seguir este procedimiento.; y por la otra, habría el plazo de hasta 4 años, para el funcionamiento de las nuevas instituciones.
Ese espacio favorece el mantenimiento del estatus quo en los sindicatos y requiere soluciones políticas y legales para hacer efectivos los cambios en el corto plazo. Las presiones externas y la creciente actividad interna en los sindicatos serán claves para acelerar o no la aplicación efectiva de los cambios.

https://www.informador.mx/ideas/El-calendario-de-la-reforma-laboral-20190505-0003.html

Rumbo a los tribunales laborales

Política en Blaco y Negro
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Eduardo Blanco
Sábado 4 de mayo de 2019
Rumbo a los tribunales laborales
He tenido la oportunidad de conocer la evolución de la reforma en materia laboral desde el 2012 hasta las recientes reformas en el mes abril del 2019, primero como funcionario en la Cámara de Diputados federal (2012) y después en el sector laboral desde el 2013 hasta el 2017 donde tuve la oportunidad de ser Presidente de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Valle Cuautitlán Texcoco y posteriormente como Director General del Instituto de Capacitación y Adiestramiento para el trabajo industrial (ICATI) adscrito a la Secretaría del Trabajo del Gobierno del estado de México y en la SEP sectorizado a la Dirección General de Centros de Formación para el Trabajo (DGCFT).
Por ello puedo afirmar que las supuestas presiones internacionales para ajustar el marco normativo en materia del trabajo, son falsas, porque las adecuaciones se vienes realizando desde el 2015, incluso se proyectó que, a finales del 2017, se iniciaría la transición de las Juntas de Conciliación y Arbitraje federal y estatales al Poder Judicial en ambos niveles de gobierno. Sin embargo, por cuestiones administrativas y financieras se detuvo este proceso.
Las reformas recientemente aprobadas por el Poder legislativo en materia de justicia laboral son trascendentes; primeramente, porque se traslada la justicia al Poder Judicial, lo que le da completa autonomía para emitir sus sentencias, en el esquema actual, los presidentes de las Juntas son designados por el presidente de la República y por los gobernadores estatales, por lo que formalmente estos son sus jefes. En el nuevo modelo será la Suprema Corte de Justicia de la Nación y los Tribunales estatales quienes inicien todo este proceso que hará más justas y transparentes las resoluciones.
Conserva el Poder Ejecutivo, el Centro Federal (estatal) de Conciliación y Registro laboral donde se resguardarán los expedientes de las “toma de nota” de los nuevos sindicatos y los contratos colectivos, así como los centros de mediación laboral, que son esenciales en el trabajo previo al inicio del “litigio” ante juez.
Es un momento de evolución para el Derecho Social y la administración de justica, pero al mismo tiempo inicia esa etapa de trabajo administrativo laborioso para hacer que el personal con capacidad y experiencia en el caso del Gobierno del presidente Andrés Manuel López Obrador y del gobernador mexiquense Alfredo del Mazo Maza, lleguen a los Tribunales, federal presidido por el ministro Arturo Zaldívar y en la entidad mexiquense por el Mgdo. Sergio Medina, quienes se tendrán que ajustar a los lineamientos y criterios la “carrera judicial” como lo hacen todos sus empleados, y a la par el Consejo de Judicatura a través de la Escuela Judicial, convocar a cursos de capacitación y después a proceso de selección de los primeros jueces en materia laboral y en el caso de la entidad las Salas en materia laboral con sus respectivos Magistrados.
Estoy seguro que esta reforma le hace bien a los sectores productivos y sindicales del país, al tiempo lo veremos.

https://www.elsoldetoluca.com.mx/analisis/politica-en-blaco-y-negro-3572629.html

Silbando al trabajar


SOBREAVISO
RENÉ DELGADO sábado 04 de mayo 2019, actualizada 8:04 am
Forzado, con prisa y a empujones, pero se dio un paso fundamental -transformador, diría ya saben quién- en el ámbito laboral. Ahora, dirigentes obreros y patronales deberán mostrar voluntad e inteligencia ante la modernidad y la competitividad, sin apoyar anhelos e intereses en el lomo del asalariado.
Como anillo al dedo le vino al presidente Andrés Manuel López Obrador y a la secretaria del Trabajo, Luisa María Alcalde, el compromiso laboral adquirido en el Tratado Comercial México-Estados Unidos-Canadá (T-MEC). De ratificarse aquel, habrán matado dos pájaros de un tiro: preservar el comercio trilateral y replantear, a partir de la liberación y democratización, la vida al interior de los sindicatos, así como su relación con los patrones.
Bajo presión y en el afán de no perder al principal socio comercial, el ex secretario de Economía Ildefonso Guajardo y el hoy subsecretario de América del Norte, Jesús Seade, le pusieron la mesa a la Cuarta Transformación en el capítulo laboral. En la implementación y administración de las nuevas reglas se cifrará hacer de ellas una gran oportunidad o un menudo problema.
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Naturalmente, el sólo cambio de reglas provocará tropiezos, jaloneos y turbulencias y no faltarán -de hecho, ya hay- quienes se escandalicen. Sin embargo, el gran desafío estará en gobernar y moderar el tránsito al nuevo estadio laboral sobre todo en tres rubros.
Uno. Evitar que la liberación y la democratización de la vida sindical derive en voracidad por parte de dirigentes obreros. En la nueva circunstancia, obvio, los dirigentes buscarán reposicionarse en el ánimo de asegurar la hegemonía de su organización y, en el intento, pueden generar inestabilidad en vez de certidumbre. Si el reajuste desemboca en una guerra sorda por arrebatar agremiados de modo clientelar y acaparar la titularidad del mayor número de contratos laborales existentes, la perversión de los nuevos instrumentos estará a la vuelta de la esquina. En el área de los partidos frecuentemente ocurre eso: las nuevas formaciones no crean y crecen la base militante sumando ciudadanos, no, se nutren de militantes que consiguen restar a algún otro partido.
Dos. Fincar la competitividad en factores distintos a la mano de obra barata. El empresariado ahí tiene un reto enorme de no muy fácil solución y estará obligado a salir de la zona de confort, donde se acomodó por años, gracias a los sindicatos blancos, fantasmas o de protección y la connivencia de las autoridades laborales.
Tres. Entender los efectos de la internacionalización de la fuerza laboral en la región comprendida por el nuevo tratado de comercio y advertir sus consecuencias. Al emparejarse las condiciones organizativas y económicas de la fuerza laboral en la zona, sobrevendrán ajustes en los sindicatos que, con sede en países distintos, tienen un mismo patrón. Descuidar esa vertiente, podría generar efectos colaterales no deseados. En ese aspecto, quizá, sólo los dirigentes Napoleón Gómez Urrutia y Francisco Hernández Juárez comprenden la dimensión del asunto. Durante su estancia en Canadá, el líder de los mineros tejió una red de relaciones con sindicatos extranjeros, adquiriendo presencia más allá de las fronteras, no en vano la confederación recién creada por él incluye el ingrediente «internacional». A su vez, el carácter de la industria e, incluso, de la empresa, donde Hernández Juárez encabeza el sindicato implica un sesgo transnacional.
Ahí radica otra clave para descifrar el porvenir de la reforma laboral.
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Ya en anterior Sobreaviso (13 de abril, «Historia sin aviso»), se resaltaba la importancia de la reforma laboral finalmente aprobada y, visto el atorón de la reforma educativa, hoy no es aventurado decir que el paso dado es, quizá, la más importante transformación registrada en lo que va del sexenio.
El mérito no es acreditable a la propia administración, pero no puede minusvalorarse algo: si, desde el curso de las negociaciones del T-MEC, Andrés Manuel López Obrador vio venir el doble efecto, no resta más que reconocer el instinto o el colmillo político mostrado.
Ahora, junto con su secretaria Luisa María Alcalde, el mandatario está obligado a administrar con esmero el tránsito a la nueva circunstancia. Navegar entre los vientos desatados por el cambio podría conducir no a un clima despejado, sino a un huracán y, en el desconcierto, quedar a la deriva.
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Hay una paradoja en esto. Envueltos en la bandera del nacionalismo, algunos dirigentes obreros y patronales califican la reforma laboral como una imposición foránea que vulnera la soberanía. En el contraste, algunos dirigentes políticos de rancia formación nacionalista saludan como globalifílicos la situación derivada del acuerdo trilateral.
Lo importante será determinar si la nueva legislación laboral se fijó al centro de la exigencia formulada por los demócratas fundamentalistas, encarnados por la representante Nancy Pelosi, o si fue más allá de lo establecido por la propia legislación laboral estadounidense.
En el límite y el horizonte de esa reforma se cifran también sus bondades y maldades.
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Sin querer o adrede, se ha dado un paso que constituirá una transformación. Si se administra bien el tránsito a esa nueva situación laboral, podrá decirse ¡enhorabuena!
APUNTES
Tergiversar el significado de las palabras tiene costos. Ante el asalto de integrantes de la Coordinadora Estatal de Trabajadores de la Educación de Guerrero al edificio del Congreso de esa entidad, ninguna autoridad municipal, estatal o nacional movió un dedo. Trastocado el significado del uso legítimo de la fuerza del Estado, podría interpretarse como un acto de represión. Increíble.

https://www.elsiglodetorreon.com.mx/noticia/1572962.silbando-al-trabajar.html

Apartado “B” ¿con derecho a huelga?

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PABLO RUIZ MEZA
30.04.2019/03:40
La libertad del trabajador de afiliarse a un sindicato, pagar cuotas de manera voluntaria, elegir dirigentes sindicales a través del voto universal directo y secreto, que solo se había contemplado a trabajadores de industria en el apartado “A” de la Ley Federal del Trabajo (LFT), se traslada al apartado “B”.
Los legisladores de la Cámara Alta dieron ayer un vuelco de timón a la reforma laboral y de manera sorpresiva se extienden los mismos preceptos legales a los sindicatos de trabajadores al servicio de los poderes del Estado, incluidos los trabajadores de la educación agrupados en la SNTE y CNTE.
Esta medida es verdaderamente “revolucionaria” porque pone en igualdad de circunstancias, en cuanto a materia de libertades sindicales, a los trabajadores y sindicatos de los apartados “A” y “B” de la LFT.
Para ser congruentes, sino quieren que la reforma laboral sea chaira, en materia de justicia laboral, los sindicatos del Apartado “B”, es decir los sindicatos de burócratas al servicios de los poderes federales, (incluidos los maestros y policías) de los estados y municipios deberán tener el derecho a “huelga”, lo cual estaba proscrito en la reforma laboral vigente.
Pero aún más, los trabajadores que prestan sus servicios como policías y en los servicios administrativos en las secretarías de seguridad pública, de los tres niveles de gobierno, deberán tener derecho a la asociación sindical, a un contrato colectivo y el derecho a huelga.
Veremos en los detalles de la justicia laboral si la mayoría de los legisladores federales fueron congruentes, y no se quedaron como chairos de Morena, limitando los derechos labores de los trabajadores del Apartado “B”, respecto a los considerados en el “A”.
Si la reforma laboral “espejo” para los trabajadores del Apartado “B” solo se centra en las “libertades sindicales”, se estaría reduciendo a una estrategia legal para desmontar el control sindical del viejo aparato del PRI en la Federación de Sindicatos de Trabajadores al Servicio del Estado (FSTSE).
De la misma forma, por tratarse de una legislación federal, que está por encima de la legislación de los estados y reglamentos municipales, se aplicaría a todos los sindicatos en las entidades al servicio de los Poderes del estado, así como en los sindicatos de trabajadores municipales de los 2 mil 458 ayuntamientos en el país.

pablo.ruiz@milenio.com
https://www.milenio.com/opinion/pablo-ruiz-meza/nada-personal/apartado-b-con-derecho-a-huelga