
Por Redacción Así Sucede – 5 julio 2018 @ 16:05
La iniciativa de reforma en materia laboral tiene ante sí diversos retos que deberá afrontar garantizar los derechos de los trabajadores y, así mejorar la calidad de vida de sus familia aún existen diversos rubros cuya interpretación es ambigua coincidieron la magistrada del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, María del Rosario Jiménez Moles, el magistrad Décimo Sexto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, Héctor Arturo Mercado López y el abogado laboralista y director general del Instituto de Posgrado en Der de la Ciudad de México, Gilberto Chávez Orozco.
Entre los temas que deben analizarse con mayor detalle, los especialistas señalaron que se encuentran: la conciliación sus mecanismos, el registro de sindicatos, la integración de tecnología, la infraestructura, así como la capacitación de personal.
Como parte del último encuentro de las Jornadas para la Reforma Laboral en México con el tema “Retos y perspectivas en la transición hacia una nueva justicia laboral”, la magistrada Jiménez Moles destacó que los principales reto nueva forma de impartición de justicia se centran en cómo se brindará este servicio, por lo que propuso se in un proyecto piloto en algunas entidades y exista mayor oportunidad para la capacitación y preparación de infraestruct como implementar tecnología.
Chávez Orozco señaló que el nuevo modelo de justicia laboral debe destacar por su alto sentido social y escuchar primordialmente las voces de los abogados; destacó que es la única vía para generar un modelo eficaz, eficiente que lo que persigue es equilibrar las relaciones obrero-patronales, de no hacerlo así -dijo- se corre el riesgo de que el cumpla las expectativas.
El magistrado Mercado López afirmó que la nueva Ley en materia de Justicia Laboral deberá enfocarse a abatir desigualdad, por lo que debe generar condiciones mínimas que garanticen el trabajo y favorecer la lucha por sus der como acceder a una capacitación continua.
Al clausurar las Jornadas sobre la Reforma Laboral en México, el director general de la Escuela Judicial del Estado de M (EJEM), Víctor Rojas Amandi, acompañado de los consejeros de la Judicatura, Gerardo de la Peña Gutiérrez y Marco An Morales Gómez, destacó que durante cinco semanas, expertos y especialistas analizaron desde una perspectiva la justicia laboral, con el objetivo de conocer sus fortalezas y oportunidades.
Durante estas cinco jornadas, la EJEM fue sede de estos foros en los que participaron académicos, investigadores, abogados laboralistas y magistrados quienes desde su visión analizaron temas como: la conciliación, la litis, el proceso laboral, libertades sindicales, oralidad y la reforma constitucional.
Etiqueta: conciliación
Michoacán: Sindicatos deben involucrase en el desarrollo de la Reforma Laboral: TCAEM

Luis Fernando Rodríguez Vera aseguró que la gestión para la reforma laboral va a tardar pero ya hay una iniciativa formal ante el Congreso del Estado
Por
MiMorelia.com
jueves, junio 21, 2018
“Tenemos que lograr una cierta independencia para garantizar que la justicia laboral sea equitativa» (Foto: Especial)
Por: Cristian Ruiz/@crisruizr1
Morelia, Michoacán (MiMorelia.com).- “Si realmente queremos impulsar una Reforma Laboral en el estado de Michoacán, los sindicatos deben de involucrarse para que vean todos los lineamientos y aspectos que cambiarían ya sea a su favor o en su contra”, fue lo que comentó el presidente del Tribunal de Conciliación y Arbitraje en el Estado de Michoacán (TCAEM), Luis Fernando Rodríguez Vera.
Entrevistado en el marco del Foro Internacional “Reforma Laboral para Todos: ¿Hacia dónde va Michoacán?”, explicó que desde su punto de vista este tema debe ser importancia para los organismo en defensa de los derechos de los trabajadores, ya que una reforma laboral contempla diversos puntos que van desde hacer más rápido la atención y resolución de denuncias que antes tardaban hasta años a través de centros de conciliación, hasta marcar una descentralización de las juntas de conciliación y arbitraje del gobierno estatal.
“Tenemos que lograr una cierta independencia para garantizar que la justicia laboral sea equitativa y agilizar el tiempo que se tarda en resolver asuntos que bien pueden ser resueltos en menor tiempo a través de centros de conciliación, todo eso está dentro de la iniciativa de la reforma enviada al Congreso local”.
Agregó que si entran los sindicatos a la gestión y todo el proceso que hay detrás de la reforma, podrían verificar que los derechos del trabajador siguen a favor de quienes han sufrido un atropello en el trabajo como ocurre cuando son despedidos injustificadamente.
Señaló que, si bien ya está ante el Congreso del Estado la propuesta para la Reforma Laboral, esta va a tardar todavía unos años en aprobarse al estar por concluir la presente legislatura y por no sabes si los nuevos diputados estarán interesados en promoverla.
“Sabemos que va a ser tardado este hecho por el cambio de legislatura, pero hemos dado un paso adelante en lograr que se tomen en cuenta la necesidad de una reforma laboral que hoy en día cubra aspectos del trabajador que antes no estaban contemplados”, concluyó.
https://www.mimorelia.com/sindicatos-deben-involucrase-en-el-desarrollo-de-la-reforma-laboral-tcaem/
Este año se aprobará dejar casos laborales al Poder Judicial: Campa

Andrea Becerril
Periódico La Jornada
Sábado 23 de junio de 2018, p. 12
El titular de la Secretarías del Trabajo y Previsión Social, Roberto Campa, confió en que la ley secundaria para echar a andar la reforma laboral en materia de impartición de justicia, ya en el Senado, pueda aprobarse este sexenio en periodo extraordinario tras las elecciones o en septiembre, cuando se inicia la nueva legislatura.
Precisó que se prevé que haya un periodo de transición de cuatro años, a fin de que antes de desaparecer, la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCyA) y las juntas locales puedan desahogar las demandas pendientes, ya que los nuevos casos irán al Poder Judicial en cuanto se apruebe la legislación reglamentaria.
Por su parte, el presidente de la JFCyA, José Francisco Maciel Amaya, reconoció que hay inquietud y temores entre el personal de ese organismo por el futuro que enfrentarán con dicha reforma.
Sostuvo que Campa Cifrián ha dialogado con trabajadores de la JFCyA, ha escuchado sus inquietudes y éstos han asumido un compromiso total para seguir cumpliendo sus obligaciones, no obstante la reciente reducción en la plantilla laboral, y se han logrado atender 550 mil 913 juicios individuales.
El titular del Trabajo resaltó que pese al retraso en la expedición de la ley secundaria, se ha avanzado más de 50 por ciento. Hay consenso en que los tribunales judiciales que atenderán los conflictos obrero-patronales van a empezar de cero, ya que se dará un plazo de cuatro años a las juntas federal y locales para concluir con casos rezagados.
La reforma incluye medidas para transparentar a sindicatos.
http://www.jornada.unam.mx/2018/06/23/politica/012n2pol
Reforma a justicia laboral va a la mitad: STPS

Tras señalar que se consolidó la paz laboral en el país, el titular de la STPS informó que no se ha registrado ninguna huelga de jurisdicción federal desde el 15 de marzo del 2017.
María Del Pilar Martínez
21 de junio de 2018, 23:55
Al no aprobarse la legislación secundaria vinculada a la reforma en justicia laboral, ésta se quedará a la mitad a pesar de ser el camino a la modernización de la justicia laboral que impulsó la presente administración; no obstante, el sexenio se caracterizará por ser el que menor número de huelgas estalladas tuvo y por haber otorgado el mayor número de “Tomas de Nota” (reconocimiento a sindicatos), expuso Roberto Campa Cifrián, titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).
“Se quedó a la mitad la reforma. (La discusión de la legislación secundaria) se encuentra en manos del Senado y será discutida en el próximo periodo ordinario de sesiones de la próxima legislatura, que inicia sus trabajos formales el 1 de septiembre”, explicó.
En conferencia de prensa en la Residencia Oficial de Los Pinos, acompañado del vocero de la Presidencia, Eduardo Sánchez, y el presidente de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, José Francisco Maciel Amaya, Roberto Campa expuso que “en los cinco años y casi siete meses de la actual administración se atendieron 41,552 emplazamientos, habiendo estallado 22 huelgas de jurisdicción federal. En los últimos 15 meses, desde marzo de 2017, no se ha registrado ninguna huelga de jurisdicción federal”.
Tras señalar que “se consolidó la paz laboral en el país”, informó que de los emplazamientos que se han presentado 22,800 se refieren a firma de contrato colectivo; 9,036 a revisión contractual; 8,336, a revisión salarial; y 1,165, a cumplimiento de contratos.
En tanto, solamente se estallaron 0.05% de las huelgas (22); de las cuales 86.4% ya fueron concluidas. Tres huelgas quedan en trámite de la presente administración que involucran a 92 trabajadores; actualmente hay 12 huelgas vigentes.
Más sindicatos, más tomas de nota
El titular de la STPS reconoció que esta administración es la que ha otorgando más “tomas de nota” —trámite administrativo para dar reconocimiento a un sindicato—; por lo que han procesado 5,700 “tomas de nota”; 99%, emitidas en día solicitado; 98% de las solicitadas se consideraron como procedentes.
Agregó que hay 3,428 organizaciones sindicales de competencia federal registradas ante la Secretaría, 2,082 tienen directiva vigente. “Es la administración que más registros sindicales ha expedido en la historia, con un promedio mensual de 10 registros”.
https://www.eleconomista.com.mx/empresas/Reforma-a-justicia-laboral-va-a-la-mitad-STPS-20180621-0158.html
pmartinez@eleconomista.com.mx
TSJ resolverá huelgas laborales

Por Sincronía Diario
Jueves 21 de junio, 2018
Continúan las actividades del Congreso Nacional de Educación Judicial
REDACCIÓN/TOLUCA
La iniciativa de reforma laboral propone un nuevo mecanismo para declarar una huelga, ya que ahora estas serán atendidas por los Centros de Conciliación y podrán ser resueltos por los poderes judiciales federal y locales, de acuerdo al tipo de materia laboral que se trate, indicó María Claudia Esqueda Llanes, especialista en derecho laboral por la Universidad Panamericana.
En la segunda jornada del Congreso Nacional de Educación Judicial que se realiza en la Escuela Judicial del Estado de México, la experta señaló que la huelga se resolverá a través de un juicio en el que los tribunales tendrán la obligación de determinar si existió alguna responsabilidad por parte del patrón y ordenar el pago de salarios caídos, indemnización o garantizar diversos derechos.
Este conflicto podrá declararse procedente, siempre y cuando no haya acuerdo conciliatorio entre las partes, pues recordó que esta etapa ahora será obligatoria, una vez que se implemente la justicia laboral en los tribunales locales y el federal.
Para que la huelga sea declarada procedente, Esqueda Llanes explicó que en el centro de conciliación se solicitará audiencia, misma en la que deberá presentarse el pliego de peticiones por parte de los trabajadores ante el patrón y, de no llegar a un acuerdo, se dará aviso al instituto de registro sindical, órgano que deberá informar a los tribunales y al patrón.
https://sincroniadiario.com/estatal/tsj-resolvera-huelgas-laborales
El derecho de los trabajadores a huelga está vigente en la Reforma Laboral

Foto cortesía.
Serán atendidas por los Centros de Conciliación y podrán ser resueltos por los Poderes Judiciales federal y locales.
Por Sofía Sandra San Juan
Toluca, México.- La conciliación es parte importante para evitar que haya huelgas en el Estado y el país, afirmó María Claudia Esqueda Llanes, especialista en Derecho Laboral por la Universidad Panamericana, quien explicó que la iniciativa de Reforma Laboral propone un nuevo mecanismo para declarar una huelga, ya que ahora estas serán atendidas por los Centros de Conciliación y podrán ser resueltos por los Poderes Judiciales federal y locales, de acuerdo al tipo de materia laboral que se trate.
En el marco del segundo día de conferencias del Tercer Congreso Nacional de Educación Judicial que tiene como tema principal «Las Reformas Laborales y su Aplicación en el Estado de México», destacó la importancia de la capacitación de los servidores públicos para desahogar estos temas que son parte fundamental de la justicia.
La también dirigente de la Unión Sindical de Trabajadores de las Fábricas de Aparatos y Material Eléctrico e Instalaciones en la Ciudad de México, criticó que durante este sexenio no se han registrado huelgas, a pesar de que son un derecho fundamental de los trabajadores, reconoció que las conciliaciones han sido efectivas en la resolución de conflictos.
«Lo que ha tratado la autoridad a costa de cualquier situación es de impedir que se inicien huelgas y eso es un derecho legítimo a ejercer de parte de los trabajadores cuando hay un acuerdo que no satisfaga sus peticiones» dijo.
Recordó que en la conciliación se busca empatar los intereses de las dos partes, principalmente de los trabajadores para mejorar sus condiciones en la medida en que los empresarios tengan la capacidad de conceder o compartir esos beneficios que se obtienen con el ejercicio de su producción y actividad.
En este sentido reconoció y lamentó que más allá de ayudar a los empleados, incluso los líderes sindicales abusan de este derecho laboral para sacar provecho de pretender estallar movimientos de huelga por casos ficticios.
La experta señaló que la huelga se resolverá a través de un juicio en el que los tribunales tendrán la obligación de determinar si existió alguna responsabilidad por parte del patrón y ordenar el pago de salarios caídos, indemnización o garantizar diversos derechos.
La huelga podrá declararse procedente, siempre y cuando no haya acuerdo conciliatorio entre las partes, y para que sea declarada procedente, explicó, en el centro de conciliación se solicitará audiencia, misma en la que deberá presentarse el pliego de peticiones por parte de los trabajadores ante el patrón y, de no llegar a un acuerdo, se dará aviso al instituto de registro sindical, órgano que deberá informar a los tribunales y al patrón.
Dicho procedimiento, apuntó la especialista, se llevará a cabo con un periodo de 6 a 10 días previos al emplazamiento a huelga, mientras que la audiencia se llevará a cabo 72 horas antes de que se declare el paro laboral. En ese tiempo se determinará si la empresa requiere personal de emergencia para continuar su operación.
Este viernes continuarán las ponencias con temas como transparencia sindical y el papel del derecho internacional del trabajo en México.
https://www.elsoldetoluca.com.mx/local/el-derecho-de-los-trabajadores-a-huelga-esta-vigente-en-la-reforma-laboral-1781879.html
UNT lleva ante la OIT el tema de la reforma en materia de justicia laboral

Foto: Cortesía UNT
107ª. Reunión, Ginebra, mayo-junio de 2018
Comisión de Aplicación de Normas
En el marco de la 107ª. Conferencia Internacional del Trabajo
Reunión, efectuada en Ginebra, Suiza, el gobierno de México dio respuesta a los señalamientos de la reforma constitucional en materia de justicia laboral, así como a otros tres en relación a libertades publicas y derechos sindicales; representatividad sindical y transparencia; y disposiciones legislativas y medidas prácticas observadas por la CEACR.
Esta 107ª. Conferencia Internacional del Trabajo, da cuenta de la respuesta en el siguiente sentido:
Parte 2. reforma en materia de justicia laboral El presente apartado atiende lo señalado por la CEACR en su documento de observaciones al Gobierno de México, respecto de: i) la comunicación de la CSI, recibida el 1.º de septiembre de 2017, en la que señala que la reforma constitucional fue aprobada sin realizar consultas de algún tipo con las partes sociales; ii) la consulta tripartita del desarrollo legislativo para implementar la reforma constitucional; iii) evolución respecto a la legislación secundaria para aplicar la reforma constitucional, y iv) impacto de la reforma constitucional y de la creación del órgano descentralizado.
- i) Consulta de la reforma constitucional. El Gobierno de México informa que la reforma constitucional fue presentada por el Presidente de la República como resultado del diagnóstico «Diálogos por la Justicia Cotidiana. Diagnósticos conjuntos y soluciones» 1, elaborado por el Centro de Investigación y Docencia Económicas, uno de los centros de investigación de mayor prestigio en el país. Para su elaboración, se integraron nueve mesas de trabajo, incluida la laboral, y participaron más de 200 especialistas y 26 instituciones, a lo largo de catorce semanas, en las que se realizaron 123 sesiones.
La citada reforma constitucional fue aprobada por unanimidad en la Cámara de Senadores; mientras que en la Cámara de Diputados fue aprobada con 377 votos a favor y sólo dos sufragios en contra, lo que representa una aprobación del 99,5 por ciento del total de la votación emitida.
- ii) Consulta tripartita para el desarrollo legislativo de la reforma. Durante el presente año, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social ha tenido 91 reuniones con representantes de trabajadores, empleadores, académicos, barras y colegios de abogados, a fin de encontrar el consenso requerido para la aprobación de la reforma. Asimismo, las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social, de Justicia y de Estudios Legislativos, Segunda, del Senado de la República acordaron el 27 de abril de 2018, la celebración de audiencias públicas para conocer las sugerencias, observaciones y propuestas de trabajadores, empleadores, académicos y organizaciones de la sociedad civil sobre el anteproyecto de dictamen de la legislación secundaria. Estas audiencias públicas serán realizadas en cuatro sedes regionales donde concurran los actores del sector laboral del país.
iii) Evolución respecto a la legislación secundaria. Durante el período transcurrido entre la aprobación de la reforma constitucional a la fecha, se han presentado en el Senado de la República cuatro iniciativas 2 de reforma a la legislación secundaria en materia de justicia laboral: la primera fue presentada el 7 de diciembre de 2017 por los Senadores Tereso Medina e Isaías González, del Partido Revolucionario Institucional; la segunda fue presentada el 14 de diciembre de 2017 por el Senador Luis Sánchez, del Partido de la Revolución Democrática; la tercera fue presentada el 22 de febrero de 2018, por la Senadora M. del Pilar Ortega, del Partido Acción Nacional; la cuarta fue presentada el 24 de abril de 2018 por el Senador Alejandro Encinas Rodríguez, sin partido.
Las iniciativas fueron turnadas a las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social, de Justicia y de Estudios Legislativos, Segunda, para continuar con el proceso legislativo, en el que se realizarán las audiencias públicas antes mencionadas para su discusión y posterior aprobación.
En el orden local, nueve entidades federativas han modificado su Constitución para armonizarla con lo dispuesto por la Constitución Federal: i) Campeche; ii) Chiapas; iii) Estado de México; iv) Guanajuato; v) Hidalgo; vi) Morelos; vii) Nuevo León; viii) Quintana Roo, y ix) Sonora. Asimismo, dos entidades federativas han aprobado las leyes de creación de sus Centros de Conciliación: Chihuahua e Hidalgo.
- iv) Impacto de la reforma constitucional y de la creación del Órgano Descentralizado. Se trata de una Reforma histórica en materia laboral, mediante la cual se transforma el sistema de impartición de justicia laboral vigente por más de cien años.
Respecto de la creación del Organismo Público Descentralizado para la conciliación de conflictos de jurisdicción federal y el registro nacional de organizaciones sindicales y contratos colectivos de trabajo, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social ha preparado diversas herramientas administrativas, organizacionales, tecnológicas y logísticas para su puesta en marcha.
Por su parte, para la creación de los Tribunales Laborales, el Poder Judicial de la Federación ha determinado la creación de la Unidad de Implementación de la Reforma en Materia de Justicia Laboral y cuenta para tales efectos con un presupuesto de 324 millones de pesos. En el orden local, la Comisión Nacional de Tribunales Superiores y Supremos de Justicia, acordó, en mayo de 2017, la instalación de una Comisión Laboral para dar seguimiento a los trabajos de implementación de la reforma.
Descarga el documento completo en:
http://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/—ed_norm/—relconf/documents/meetingdocument/wcms_631415.pdf
UNT lleva a la 107 Conferencia de la OIT caso de violaciones a la libertad sindical en México

Por Héctor Barba García
Ginebra, Suiza a 05 de julio de 2018
Intervención de Héctor Barba García en la Comisión de Normas de la 107 Conferencia Internacional del Trabajo en Ginebra, respecto del Caso México de violaciones a la libertad sindical, expuesta como delegado de la Confederación Sindical Mundial y a nombre de la UNT,
Observaciones de la Confederación Sindical Internacional CSI a las memorias del Gobierno Federal Mexicano presentadas a la OIT sobre el cumplimiento al Convenio 87, presentada por conducto de Héctor Barba García, asesor jurídico de la Unión Nacional de Trabajadores, caso 22, 5 de junio de 2018.
En febrero de 2017 se publicó un decreto de reformas al artículo 123 constitucional en materia de justicia laboral, la más importante en cien años de vigencia de Constitución.
La 105 Conferencia Internacional del Trabajo de 2016 ofreció asistencia técnica y solicitó al gobierno federal que ya promulgada, entablara el diálogo social previo para preparar la legislación secundaria complementaria.
El gobierno fue omiso en promoverlo y en solicitar a la OIT la ofrecida asistencia técnica y ello dio lugar a que senadores de la CTM y de la CROC promovieran iniciativas de reformas secundarias claramente inconstitucionales porque se omite reglamentar todos y cada uno de temas de la reforma constitucional en materia de justicia laboral y en cambio se incurre en planteamientos inconstitucionales como la restitución del falso tripartismo que por más de siete décadas actuó en la juntas de conciliación y arbitraje como juez y parte, el otorgamiento de facultades jurisdiccionales a los citados organismos descentralizados administrativos que solo corresponden a los tribunales laborales de los poderes judiciales que deberán substituirlas, como conocer de la huelga que conforme a la fracción XX del artículo 123 compete exclusivamente a los tribunales laborales y otros planteamientos inconstitucionales que en conjunto implicarían la derogación del derecho social laboral mexicano.
El Estado Mexicano ha sido reiterativamente omiso y está fallando gravemente ya que la Cámara de Senadores emitió recientemente un proyecto de dictamen de decreto que pretende convalidar dicha inictiva y al convocar apenas la semana pasada, en forma subrepticia y selectiva a supuestos actores sociales para que opinen exclusivamente sobre ese dictamen, con el agravante de que omite considerar y hasta mencionar otras iniciativas promovidas por otros senadores para la debida instauración de los tribunales laborales y las adecuaciones a la Ley Federal del Trabajo con objeto de reglamentar congruentemente las reformas constitucionales en materia de justicia laboral, sustituyéndose las tripartitas juntas de conciliación y arbitraje por tribunales laborales de los poderes judiciales Federal y de la entidades federativas; instaurándose los centros de conciliación en los estados que facilitarán la conciliación prejudicial de casos individuales, así como el organismo público y descentralizado federal que se encargara de facilitar dicha conciliación prejudicial en el orden federal y del registro público de todos los sindicatos y de todos los sindicatos; estableciéndose la votación personal, libre y secreta de los trabajadores para validar la contratación colectiva, elegir las directivas sindicales y elegir al sindicato en los juicios de titularidad contractual, así como de condicionar que en los emplazamientos de huelga el sindicato emplazante acredite que representa a los trabajadores, para impedir las huelgas de chantaje a los empleadores e impedir también que se firmen los conocidos contratos colectivos de trabajo de protección patronal, a espaldas de los trabajadores concernidos.
Por todo ello es imperativo que se reponga el viciado proceso legislativo de las reformas secundarias en que está incurriendo el Estado Mexicano, como imperativo en México de justicia y paz sociales.
Foro Perspectivas de la Reforma Laboral en la CDMX

Ciudad de México a04 de junio de 2018
Por. Reforma laboral para todos
- Tiene el reto de discutir si es necesaria o no una reforma a la Constitución de la CDMX.
- La consulta del Senado, restringida sin ir al fondo
Abogados laboralistas señalaron diversos escenarios y problemas que deben enfrentar la Ciudad de México para implementar la reforma en materia de justicia laboral entre los que destacan la interrogante de si es necesaria una reforma en la CDMX cuando previamente su recién creada Constitución lo contempla en su artículo 25º transitorio.
Para Felipe de la Cruz, Diputado de MORENA, la reforma laboral es el resultado de un modelo económico implantado en México durante los años 80 y profundizado en cada administración federal. El neoliberalismo supone que es posible generar, multiplicar y distribuir la riqueza sin producir bienes de capital, priorizando la especulación y no la producción. Con el desempleo como la consecuencia más grave y visible para los jóvenes, lo que genera la precarización del trabajo
Para Manuel Fuentes Muñiz abogado laboralista, pasa desde el cuestionamiento que debe hacerse si la CDMX necesita reformar su Constitución, a la crítica de ser una reforma regresiva que permite el outsourcing, los contratos colectivos de protección patronal, el tripartismo entre otros aspectos.
Fuentes Muñiz cuestionó “De qué sirve que puedan designar a sus dirigentes sindicales o votar en los conflictos intersindicales en los emplazamientos a huelga por firma de contrato, si no pueden ejercer sus derechos plenos para poder determinar sobre sus condiciones de trabajo”.
También afirmó que la consulta que llevará a cabo el Senado supuestamente públicas, ni siquiera se han dado a conocer en la página del Senado. Pero que han llegado correos a personas en lo específico, y no han sido abiertas a quienes estamos interesados, junto con sindicatos y otras organizaciones y profesionales, para poder opinar sobre los temas de la reforma laboral “Es una consulta muy restringida y donde solamente van a participar 30 personas con 10 minutos para exponer, sin posibilidad de llevar a cabo un análisis de fondo de todo lo que es la problemática de la reforma laboral”
El abogado Gilberto Chávez Orozco, presidente de la Academia Mexicana de Derecho Procesal, afirmó “no hay audiencias donde nos escuchen” La parte sindical independiente ha levantado la voz, pero lamentablemente el 94 por ciento de los trabajadores en el país no tienen sindicato o pertenecen a uno “sin vida activa”.
Chávez Orozco señaló también que la iniciativa contiene más aspectos civiles que laborales lo que lleva a la precarización de las condiciones de trabajo. Y en cuanto los aspectos procesales dice que debe pensarse en medidas eficaces para acortar tiempos en el procedimiento laboral.
A continuación presentamos la participación del Diputado Felipe de la Cruz y de Manuel Fuentes Muñiz:
La Reforma Laboral en la CDMX
Por: Dip. Felipe de la Cruz*
* Texto leído en el foro Perspectivas de l Reforma Laboral, efectuado en el 4 de junio de 2018, en la Ciudad de México
Los temas de la reforma laboral son amplios y complejos porque se entrelazan con otros ámbitos de la vida pública, por ello, a manera de introducción haré un recuento del contexto en el que esta reforma se construyó y consolidó a partir del ascenso del neoliberalismo como sistema económico en México.
En ese sentido, la Reforma Laboral de 2012 fue la primera de las llamadas “Reformas Estructurales” pactadas entre el gobierno saliente de Felipe Calderón, el gobierno entrante de Enrique Peña Nieto y la cúpula empresarial mexicana, que habrían de cerrar el ciclo de consolidación neoliberal iniciado treinta años atrás.
Esta reforma es el resultado de un modelo económico implantado en México durante los años 80 y profundizado en cada administración federal. El neoliberalismo supone que es posible generar, multiplicar y distribuir la riqueza sin producir bienes de capital, priorizando la especulación y no la producción.
Sin embargo, en un país como el nuestro, con enormes brechas de desigualdad, ese modelo condujo a la acumulación desmedida de unos pocos y el desamparo laboral de las mayorías, ya que el neoliberalismo debilitó el mercado interno y redujo significativamente el gasto social, que son la base para la generación de empleos, la estabilidad laboral y el desarrollo económico con bienestar social. Dicho proceso se agravó con la desindustrialización del país, la apertura comercial desmedida, las privatizaciones y la transformación de la economía nacional hacia una economía especulativa.
Durante la primera mitad de los años 90 México perdió un tercio de su capacidad industrial, complejas instalaciones fabriles diseñadas para tener una vida útil de al menos 50 años fueron cerradas, recortadas o reconfiguradas en un periodo muy breve de tiempo. En la Ciudad de México, por ejemplo, se desmanteló paulatinamente el complejo industrial de Vallejo.
Con la desindustrialización el país volvió a depender del extranjero pero al mismo tiempo la oferta laboral se contrajo y el desempleo comenzó a ser agudo y creciente, ya que la demanda de trabajadores altamente especializados disminuyó y el perfil laboral de las nuevas generaciones de mexicanos se ha orientado desde entonces hacia los sectores comerciales y de servicios. No obstante, ninguno de estos sectores ha sido capaz de detonar el crecimiento económico, ni recuperar el poder adquisitivo del salario; recordemos que el crecimiento neto de los últimos dos sexenios fue de 2.03% y 2.04% y se pronostica que en este sexenio será de 1.9%.
Por otra parte, los gobiernos de corte neoliberal han consolidado una economía altamente especulativa, poco productiva y enfocada a las grandes empresas creando mecanismos fiscales que incentivan a los empresarios a destinar sus recursos a figuras de especulación financiera y no en la modernización de los centros de trabajo, la introducción de tecnologías en los procesos de producción, la capacitación de los trabajadores o la expansión de su capacidad de manufactura.
Por si fuera poco, dentro de la inversión extranjera se privilegia a los llamados “capitales golondrinos”, es decir, aquellas inversiones que ingresan al país únicamente para participar en el mercado bursátil y maximizar su rentabilidad sin dejar ningún beneficio productivo como fábricas, maquinaria, materia primas o vacantes laborales estables, retirándose una vez que las condiciones macroeconómicas no le favorecen.
Este proceso ha sido agudizado por el recorte al gasto social, es decir, la disminución del presupuesto nacional en salud, educación, alimentación y seguridad social. El neoliberalismo debilitó el papel del estado en la rectoría de la política laboral nacional, provocando la primacía empresarial en la materia y, consecuentemente la desaparición paulatina de las prestaciones sociales y los servicios públicos, de manera que los trabajadores deben destinar cada vez una mayor parte de su suelo para adquirir éstas; en los años 80´s era impensable que un trabajador promedio estuviera obligado a contratar un seguro de gastos médicos privado, actualmente ese es uno de los productos más solicitados a las empresas de seguros y es que se calcula que 62 millones de mexicanos no cuentan con seguridad social.
Ahora bien, la consecuencia más grave y visible para los jóvenes es el desempleo, ya que a diferencia de hace 30 años, el país tiene más personas en edad de trabajar, pero menos espacio para ello. La falta de empleo genera la precarización del trabajo, porque si el trabajador no acepta las condiciones laborales impuestas por el empleador éste puede ser substituido con alguno de los millones de desempleados, de ahí que sean posibles la subcontratación, los sueldos injustos y la contratación temporal indefinida.
De esta forma en el neoliberalismo mexicano el empleo se comenzó a transformar en una ecuación mediante la cual se contenía o amplificaban las necesidades básicas de los trabajadores en función del mercado. Sin embargo, el artículo 123 constitucional y la Ley Federal del Trabajo detuvieron durante años las mayores amenazas a los derechos laborales; fue hasta el año 2012 cuando las cúpulas patronales, compuestas mayoritariamente por los empresarios favorecidos por el poder político, modificaron la legislación para obtener la flexibilización en las formas de contratación y despido, la disminución de prestaciones y la fragilidad de los salarios, transformando así la dinámica laboral en México.
Seis años después se presentó una nueva modificación, esta vez contra los sindicatos a nivel constitucional en los artículos 107 y 123. Dicha medida apoyada por el PRI y el PAN se aprobó en febrero de 2017 y entraría en vigor una vez que el Senado votara las leyes secundarias, pero esto no sucedió ya que el último periodo ordinario en dicho órgano legislativo fue el 30 de abril pasado.
Manuel Fuentes Muñiz
Con motivo de la reforma constitucional del 24 de febrero de 2017 se abren varios retos para la Ciudad de México, particularmente tendríamos que señalar una serie de escenarios que se plantean.
Las perspectivas que tiene la Ciudad de México se derivan en varios escenarios. Hay un artículo, el vigésimo quinto transitorio que establece dos retos, por un lado la creación de una ley que va a regular todo lo relativo a los trabajadores al servicio de la Ciudad de México, los que laboran en el Poder Ejecutivo, los que estarán laborando en cada una de las dependencias, las secretarías que conforman el Poder Ejecutivo, las ahora Alcandías que estarán iniciando en el mes de septiembre; sobre todo en el ámbito del Poder Judicial el Tribunal Superior de Justicia, también del Poder Leislativo.
Actualmente todos los conflictos que se tramitan derivado de esto se llevan a cabo en el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, y la Constitución de la Ciudad de México plantea que a más tardar en el año 2020 habrá un tribunal de arbitraje de la Ciudad de México, tiene que haber una ley específica para los trabajadores de la CDMX, de las Delegaciones, de los tres poderes y el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje va a conocer de esto.
Esto es una ruta que está como uno de los retos importantes que estará llevando a cabo el Congreso de la CDMX, que también a partir del 17 de septiembre (2018) tendrá este escenario y ese reto.
Llama la atención que esta Constitución plantea el reconocimiento de un tribunal laboral sin que estuviera concebido en una legislación anterior o norma jurídica anterior, porque la reforma constitucional fue publicada el 24 de febrero de 2017 y la Constitución de la CDMX lo hace el 5 de febrero de 2017, está reconociendo una figura que ni siquiera existía, y habrá que ver en su caso los alcances jurídicos de una reforma pre constitucional de esta figura.
Coincidentemente la Constitución de la CDMX habla de un tribunal laboral y en ese sentido no le veo ningún problema, sin embargo el artículo 123 de la Constitución habla de la constitución de un instituto que estará abarcando tres aspectos: conciliación, control de los registros sindicales y el control y registro de los contratos colectivos de trabajo de todo el país, que estará bajo el control de un organismo descentralizado autónomo, pero todo con el control del presidente de la república.
Y, por otro lado, plantea la propia Constitución, que habrá Centros de Conciliación que estarán bajo el control de los Estados. Entiéndase gobernadores y en la CDMX jefe de gobierno.
En el caso de los Centros de Conciliación, desde mi punto de vista, se requiere que estos centros estén reconocidos en cada una de las Constituciones de los Estados, porque no se puede operar ninguna institución, en este caso del alcance que se tiene, si no está concebida en la Constitución, es decir, para que pudiera estar funcionando el centro de conciliación requiere de una ley que lo pueda estar normando. Y desde luego que debe estar ligado con las reglamentaciones que se estarían llevando a cabo de la legislación laboral específica en donde se hable de los instituto y centros de conciliación y demás.
Actualmente hay algunos estados de la República que han llevado a cabo propuestas de reforma constitucional en el que se está creando los tribunales laborales y los centros de conciliación.
Llama la atención que todavía no hay una reglamentación de la legislación laboral, pero ya algunos estados, posiblemente por una necesidad de competencia entre partidos políticos, no encuentro otra explicación, se han apresurado para llevar a cabo las reformas constitucionales correspondientes.
Este escenario plantea una serie de retos. La propia Constitución de la CDMX en su artículo 69 establece una serie de requisitos para su modificación.
Señala que cualquier modificación que se establezca en la misma tendrá que ser presentada en la legislatura correspondiente para que en su caso, la mayoría de los presentes en el Congreso de las CDMX pueda aprobar la admisión de la iniciativa, para que en su caso la conozca la siguiente legislatura. Este escenario es complicado y habrá que revisarlo.
Artículo 69.- Esta Constitución podrá ser reformada o adicionada en cualquier tiempo de conformidad con lo siguiente:
Fracción I.- Las reformas que se propongan para ser admitidas a discusión requerirán cuando menos el voto de la mayoría de los presentes del Congreso.
II.- Una vez admitidas las iniciativas adiciones o reformas se publicarán y circularán ampliamente con el extracto de la discusión.
III.- Las iniciativas de adición o reforma admitidas podrán ser votadas a partir del siguiente periodo en el que se presentaron.
Se puede interpretar que se trata del siguiente periodo se de sesiones, ya que si es periodo legislativo se estaría con una espera de tres años, lo que complicaría mucho más el escenario
IV.- Para que las adiciones o reformas admitidas sean aprobadas se requerirá el voto de las dos terceras partes de las y los miembros presentes del Congreso de la Ciudad.
En el primer caso, de admitir la modificación, es la mayoría de los presentes, no de los diputados que conformen el Congreso.
En el segundo escenario de las dos terceras partes de los presentes que se puedan dar. Entonces sólo el voto de las dos terceras partes de los integrantes podrá disponer de la celebración del referéndum sobre las reformas aprobadas a ésta constitución.
Viendo la complejidad de una reforma constitucional en la Ciudad de México, me parece que uno de los primeros retos que tiene que estar vislumbrando este Congreso de la CDMX, es el escenario una vez esperando que hubiera una reforma a la legislación laboral, que espero que no se de, porque me parece que debe haber una discusión muy amplia sobre la misma, donde se determine cuál va a ser la funcionalidad de los tribunales laborales.
Es un escenario específico el que tiene la Ciudad de México para que pueda reconocer el caso de los Centros de Conciliación que estarían bajo su potestad. Este es un primer elemento a considerar.
Un segundo elemento es que el propio Congreso de la CDMX, en su caso, tendría que estar haciendo modificaciones a la Ley orgánica del Tribunal Superior de Justicia, dado que es que va a conocer de la operatividad del tribunal laboral que estaría sustituyendo a la Junta Local de Conciliación y Arbitraje.
En ese sentido la denominación que señaló la Constitución es el de Tribunales Laborales y quienes hemos seguido de cerca la historia de la iniciativa el Presidente Peña Nieto, cuando la presentó, decía tribunales y juzgados laborales. Después se modifica en la Constitución y solo quedó el término de tribunales laborales.
Esto quiere decir que la figura de un tribunal laboral no es lo mismo que un juzgado laboral. En realidad el tribunal laboral, el único que se encuentra reconocido en ese ámbito es el Tribunal Electoral.
La figura de cómo vaya a funcionar puede darse la circunstancia de que sea un tribunal dentro de un tribunal superior de justicia. Entonces éste tribunal sui generis podría estar funcionando ya sea con magistrados unitarios que hacen las veces de instancia superior en un tribunal y pudiera haber los llamados juzgados laborales, que no serían lo mismo que juzgados de distrito, serían juzgados como los jueces familiares, los jueces penales de primera instancia, los que pudieran conocer del mismo y establecer como pudieran ser las resoluciones.
En materia laboral hay algunos recursos que se dan en el mismo como son los recursos de revisión que se dan en tres escenarios;
Cuando se termina un juicio y se entra al procedimiento de ejecución, embargos, avalúos, remates y demás. Ya entra bajo el control del presidente de la Junta Especial, cuando se trata de asuntos individuales o del presidente de la Junta de Conciliación y Arbitraje cuando se trata de asuntos colectivos.
En un escenario en el que el juez que pudiera estar conociendo del caso tuviera que revisar este tema, quién lo va a revisar, quién va a revisar al juez. Tendría que ser una instancia superior como magistrados unitarios o en este caso salas laborales compuestas por tres magistrados.
Es un escenario que habrá que revisar porque el problema fundamental de quienes idearon esta reforma es que no tienen una idea de lo que esto significa en cuanto a costos. Es muy costosa la reforma laboral y vamos a estar trabajando en dos pistas al mismo tiempo, por un lado la Junta de Conciliación y Arbitraje que tiene un presupuesto de alrededor de 600 millones de pesos y al mismo tiempo se van a crear tribunales laborales que no deben costar menos que eso, porque se supone que deben ser más eficientes que las juntas de conciliación y arbitraje que, además, tienen un problema de operación, no porque los funcionarios o sus trabajadores no sea eficientes, sino porque no se tiene el suficiente presupuesto.
En promedio, cada junta especial, tiene 50 a 52 audiencias diarias y el promedio de espera entre cada audiencia es de 2 a tres horas. Se requiere de suficiente presupuesto. El Congreso de la Ciudad con el siguiente gobierno tendrá que estar preparando en la ley de ingresos de la CDMX un escenario en el que esté planteando los recursos necesarios para la operatividad de los tribunales laborales, sin retirar el presupuesta de la junta de conciliación y arbitraje, porque sería un error retirarle el presupuesto para poder armar los llamados tribunales laborales.
Nos encontramos con una serie de retos. Por lado una reforma a la Constitución con las complicaciones de lo que marca el 69 de la Constitución que tiene que ser la aprobación en el siguiente periodo, que espero no sea en el siguiente periodo legislativo, porque sí complicaría el escenario de esperarse a tres años para que se pudiera dar la reforma constitucional.
Posteriormente. Ya con la creación del tribunal laboral de conciliación y arbitraje, sería la contratación del personal para este tribunal. Se ha señalado que debe ser persona con experiencia. El personal de experiencia es aquel que ha tramitado los juicios laborales que son los que están en las juntas de conciliación y arbitraje.
Ha habido cuestionamientos sobre todo de integrantes del Poder Judicial de la CDMX y Poder Judicial de la Federación señalando que no están de acuerdo que personal jurídico de las juntas de conciliación y arbitraje puedan integrar los tribunales laborales porque, dicen, los contaminarían. Yo no estoy de acuerdo con esas posiciones que no conocen de cerca la operatividad de las juntas de conciliación y arbitraje, por lo que no es correcto un señalamiento como el que están haciendo.
Ahora a la CDMX en una actitud soberana, al estar llevando a cabo la discusión de la ley Orgánica del Poder Judicial de la Ciudad de México, tiene entre otras responsabilidades, el de señalar cómo se va a dar la contratación del personal del Tribunal Laboral. Desde mi punto de vista deben tener una preferencia los trabajadores y personal jurídico de las juntas de conciliación y arbitrajer sobre varios aspectos.
En el caso del personal jurídico tiene que someterse a exámenes para poder ingresar al tribunal laboral y en su caso que se pueda abrir un periodo para la ciudadanía en cuanto a que pudiera haber un señalamiento de algunos de los funcionarios que pretenda serlo del tribunal laboral que haya sido señalado por alguna contraloría.
Es fundamental que el congreso de la Ciudad pueda estar reconociendo su trabajo así como el del personal que está a la orden de la junta de conciliación y arbitraje, que pudiera participar en la integración de estas salas, sobre todo por la experiencia en el manejo de la legislación laboral.
Otro escenario fundamental es el de los costos de lo que pueda representar la nueva reforma laboral. Las formas que ahora se están planteando sobre todo el dictamen que se tiene en el Senado y que está planteando algunas audiencias supuestamente públicas, las cuales ni siquiera se han dado a conocer en la página del Senado. Pero que han llegado correos a personas en lo específico, pero que no han sido abiertas a quienes estamos interesados, junto con sindicatos y otras organizaciones y profesionales, para poder opinar sobre los temas de la reforma laboral y que estarían realizándose en al menos cuatro ciudades: Nuevo León, Culiacán, Mérida y CDMX.
Es una consulta muy restringida y donde solamente van a participar 30 personas con 10 minutos para exponer, sin posibilidad de llevar a cabo un análisis de fondo de todo lo que es la problemática de la reforma laboral.
Habrá que señalar que uno de los aspectos más graves que estamos teniendo es que esta reforma constitucional, la que se dio el año pasado (febrero 2017) en mi concepto es una de las reformas más regresivas en perjuicio de los trabajadores.
Más regresivas porque abre la puerta de una manera muy importante para la privatización del derecho laboral. Es decir, una serie de normas más parecidas al derecho mercantil, al derecho civil, que a una legislación de carácter social.
Desaparecen las juntas de conciliación y arbitraje y se planea que ahora va a ser el Poder Judicial de la Federación que en los temas federales va a conocer de los asuntos y de los temas locales lo van hacer los 32 tribunales superiores de justicia, quienes se van a encargar de la operatividad de los tribunales laborales.
En mi concepto fue un error haberlo señalado de esta manera, porque desde el punto de vista de la legislación laboral, siendo la Ley Federal del Trabajo, debería haber sido la federalización de la justicia laboral, que esto estuviera solo en manos del Poder Judicial de la Federación y que no metieran mano los gobernadores de los estados.
En muchos estados de la República ser presidente de un tribunal superior de justicia es casi el empleado del gobernador del estado. Y en los asuntos que le interesan al gobierno del estado va a estar metiéndose.
Otro de los aspectos desafortunados de la reforma constitucional es que en lugar de desaparecer la intervención del ejecutivo, lo que hace es fortalecer la intervención del ejecutivo.
En 1917, cuando los diputados constituyentes estaban planteando un escenario de garantías individuales, desaparecer este planteamiento que en la Constitución de 1957 se hablaba de las garantías individuales. 100 años después ya no son las garantías sociales, ni garantías individuales, pasamos el año 2011 por los derechos humanos, pero en 2017 se establece arreglo constitucional el derecho del estado para tener facultades constitucionales para el registro de los sindicatos, para el registro de los contratos colectivos de trabajo.
Nunca se había visto una cuestión tan complicada en donde el estado tuviera el control sobre el mismo, porque el sindicato es la única vía para lograr incrementos salariales y mejores condiciones de trabajo.
Esta figura del sindicato generalmente ha sido un instrumento de control en perjuicio de los trabajadores. Los sindicatos están hechos de tal forma para no fortalecer los derechos de los trabajadores, sino para tenerlos acotados. Y ahora elevarlo a rango constitucional establece una serie de limitantes.
Me parece que esta reforma constitucional es regresiva ciertamente da el derecho al voto secreto, pero lo da de manera limitada, lo da en tres aspectos: voto secreto para la elección de los dirigentes, voto secreto para los conflictos intrasindicales y voto secreto para cuando haya emplazamientos a huelga por firma de contrato.
De una manera increíble el voto secreto no se da para que los trabajadores manifiesten si están de acuerdo o no con las modificaciones a los contratos colectivos de trabajo, o para ver si están de acuerdo o no con los incrementos salariales. No son tomados en cuenta, se les trata como en el Código Civil, como menores de 18 años, en donde necesitan un tutor, que es el secretario general, y ahí se da un escenario muy complicado que solamente sea a través de los sindicatos.
La reforma constitucional de 2017, la festinan como la mejor de todos los tiempos. Yo digo que no, porque finalmente es la que da pie a que las empresas outsourcing puedan operar con toda facilidad, porque no le ponen ninguna limitante a las empresas outsourcing.
Por otro lado, un tema importante es que no le ponen ninguna limitante a los contratos de protección que se llegan a formar en el 98 por ciento de los casos, entre el acuerdo del patrón y su empleado que es un líder sindical.
La Constitución no acota eso y entonces permite al no estar prohibido la posibilidad de que los contratos de protección puedan operar.
Quienes redactaron esa reforma lo hicieron con toda intención para tener vía libre a los contratos de protección.
Uno de los problemas centrales que cuestionamos en esta ley reglamentaria que está en el Senado es que haya realmente un escenario de democratización de las relaciones laborales, que tiene que alcanzar hasta los trabajadores.
De qué sirve que puedan designar a sus dirigentes sindicales o votar en los conflictos intersindicales en los emplazamientos a huelga por firma de contrato, si no pueden ejercer sus derechos plenos para poder determinar sobre sus condiciones de trabajo.
El escenario está complicado. Ahorita se ha parado la discusión sobre la reforma laboral bajo el argumento que se inician las consultas en las cuales no se ha dado un planteamiento abierto y que nos pone en un escenario importante.
Desde la visión de la Ciudad de México tiene que haber un escenario de discusión, si es necesaria o no una reforma a la Constitución de la CDMX.
También tiene que ver reformas a la Ley Orgánica de la CDMX que pueda permitir un escenario en el que se pueda aprovechar la experiencia del personal de la Junta de Conciliación y Arbitraje, con la condición que puedan establecerse exámenes sobre todo para el personal jurídico, y lograr un escenario de mayor presupuesto, un procedimiento que desde mi punto de vista debe desaparecer, en el ámbito federal, lo que es la etapa de demanda y excepciones, etapa de réplica y contra réplica, que generalmente se llevan en las juntas de conciliación y arbitraje, y podamos estar implementando una justicia laboral a distancia, sin que pueda perder el carácter tutelar que tiene actualmente la Ley Federal del Trabajo.
Hay riesgos que esta legislación pueda tener retrocesos muy importantes sobre todo en tema procesal, porque da un planteamiento de total desventaja a los trabajadores.
Me parece importante también que estemos muy atentos a las discusiones que se puedan dar en el Senado de la República, con el fin que estas consultas sean amplias, que no se lleve a cabo ninguna reforma a la legislación laboral sino hasta el siguiente periodo legislativo, para que se abra un periodo de discusión amplia y que se pueda dar este escenario.
Son enormes retos que en este momento tenemos que estar vislumbrando, pero el más importante de ellos es que debe haber una participación activa de sindicatos, académicos, especialistas en el tema y que la CDMX no puede quedarse atrás.
La iniciativa del diputado Felipe de la Cruz de iniciar esta discusión es muy importante para anotar lo que se viene, independientemente que ya toque al Congreso de la Ciudad de México estas discusiones.
Gracias.
Convergencias: Cuauhtémoc y Andrés Manuel

02/06/2018
Por: Porfirio Muñoz Ledo
Respecto a la reforma de justicia laboral que suprime las Juntas de Conciliación y Arbitraje, judicializando la materia del trabajo, celebramos la autonomía de los organismos encargados de dirimir los conflictos obrero-patronales, pero insistimos en abolir las prácticas tripartitas basadas en la complicidad entre los agentes del gobierno y los sindicatos corporativos. Nos oponemos a un modelo de tercerización —outsourcing— que encubre la responsabilidad de los empleadores y convierte a los empleados formales en informales.
La campaña presidencial ha desatado expresiones contundentes, pero pocas ideas claras respecto de las llamadas reformas estructurales que derivaron del “Pacto por México” de 2013. No todas tienen la misma orientación y calibre. En vez de descalificarlas o apoyarlas globalmente, debiéramos analizarlas y proponer modificaciones o enmiendas puntuales. En el sector progresista el verbo que más se utiliza es “revertir”, en el moderado “consolidar” y en el reaccionario “profundizar”. Pienso que el primero de esos verbos es inadecuado. La palabra reversión significa “la restitución de algo al estado anterior”. No define a qué época habría que regresar, incluyendo la aparición homo sapiens. Ello es además imposible porque la historia es como un río en que nadie puede bañarse dos veces con la misma agua.
Las reformas que derivaron de aquel acuerdo son variopintas y sugiere posiciones diferenciadas. Por ejemplo: la autonomía de la Ciudad de México, de grandes alcances gracias a la contribución de la sociedad civil y de la inteligencia. Así también la reforma electoral pactada constituye el basamento para establecer una autoridad nacional —que no federal— a an de salvaguardar el derecho humano a la democracia; es necesario que esas leyes se concreten mediante la cooperación efectiva de la ciudadanía y la integridad de las autoridades electorales. Hemos exigido la voluntad manifiesta del INE para detener las campañas sucias, la coacción del voto por grupos empresariales y la triangulación de recursos públicos hacia las entidades gobernadas por el oficialismo.
En materia educativa es claro que no nos oponemos a la evaluación y profesionalización de los maestros, a no ser que tenga un carácter punitivo. Planteamos un nuevo sistema de formación y capacitación permanente del magisterio, una revisión de los procesos de enseñanza-aprendizaje y la expansión de los espacios escolares para que puedan asegurar la formación integral de los educandos. Pugnamos por la definición de objetivos cuantitativos de la cobertura educativa que cumpla el objetivo de la educación media superior universal y el acceso efectivo a la educación superior.
Respecto a la reforma de justicia laboral que suprime las Juntas de Conciliación y Arbitraje, judicializando la materia del trabajo, celebramos la autonomía de los organismos encargados de dirimir los conflictos obrero-patronales, pero insistimos en abolir las prácticas tripartitas basadas en la complicidad entre los agentes del gobierno y los sindicatos corporativos. Nos oponemos a un modelo de tercerización —outsourcing— que encubre la responsabilidad de los empleadores y convierte a los empleados formales en informales.
La más controversial es la reforma energética, que requiere cuando menos tres estadios de implementación: el primero es constitucional, los actuales artículos 25, 27 y 28 comprenden sin duda una negación a la soberanía nacional sobre los recursos naturales: el extractivismo voraz elevado a Carta Magna. La política energética aplicada por el gobierno ha fracasado: no ha incrementado la producción petrolera sino lo ha disminuido considerablemente. Tampoco detonó la creación de “medio millón de empleos”, por el contrario Pemex ha despedido a más de 30 mil trabajadores. Nuestra dependencia externa de gasolinas ha crecido exponencialmente. La baja eficiencia en refinación bloquea la conversión de hidrocarburos en petroquímica. La renuncia al valor agregado.
El ingeniero Cuauhtémoc Cárdenas ha dicho con razón que para evitar esos males son necesarias reformas constitucionales, en lo que coincide sustancialmente con las propuestas del Proyecto de Nación de Andrés Manuel López Obrador. La cuestión reside en el método. Cuauhtémoc es el guardián hereditario de la soberanía petrolera del país, AMLO es el candidato presidencial que comparte sus tesis. Lo importante es que nos pongamos de acuerdo en nuestros objetivos y posibilidades. La reforma constitucional requiere de la mayoría de dos tercios del Congreso de la Unión y más de la mitad del voto mayoritario de los Congresos locales. Tal vez podríamos alcanzarlos, si no quedaría el recurso de la consulta popular. Decía mi maestro Duverger que la derecha es generalmente compacta porque encarna intereses y la izquierda más diversificada porque defiende ideas. Mi convocatoria es que convirtamos nuestras posiciones en proyectos comunes.
Comisionado para la reforma

