Nuevo modelo de relaciones colectivas de trabajo

Foto: Notimex.

Varias voces del sector patronal externan su preocupación por la pluralidad sindical al interior de las empresas, lo que demuestra es un total desconocimiento de los principios de libertad sindical.

Ha llegado la tan esperada Reforma Laboral el primer día de mayo de 2019, y sin embargo aún tendremos que esperar para que la forma en que se desarrollan las relaciones laborales en el país tengan algún cambio, que esperamos positivo, sabemos ya de los nuevos preceptos que aterrizan en esta reforma y que ahora son parte del derecho positivo mexicano, sin embargo, aún tenemos muchas dudas de cómo debemos materializarla.

Cada vez son más mencionados en el foro laboral conceptos como “Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral”, “Tribunales Laborales”, “Voto libre y secreto”, “Democracia sindical”, y el que debería según mi criterio de sonar más, y esto dentro del empresariado así como dentro de las cúpulas sindicales es el de “Negociación Colectiva”, esto debido a la ratificación del Convenio número 98 de la OIT, el anexo del Capítulo 23 del T-MEC, así como el reflejo de ambos en la reciente reforma a la ley obrera de nuestro país.

El empresariado mexicano debe de trazar planes de acción para capacitarse, así como para capacitar a su personal de recursos humanos o de las áreas de relaciones laborales, esto para encontrarse preparados no sólo para tramitar bajas del personal, sino agentes con plena capacidad de análisis y toma de decisión para intervenir activamente en negociaciones colectivas auténticas frente a líderes y delegados sindicales, pero lo más importante es generar una conciencia de igualdad de planos al encontrarse negociando ante el sindicato, porque estamos dejando atrás la injerencia patronal en las decisiones sindicales.

Son ya varias voces representantes del sector patronal las que expresan su preocupación por la pluralidad sindical al interior de las empresas, y esto lo que demuestra es un total desconocimiento de los principios de libertad sindical, ya que al analizar el estado que guarda el respeto a la libertad sindical, se deben tomar en cuenta tres conceptos fundamentales: la libre sindicación, la autonomía sindical y claro la pluralidad sindical. Por lo que los patrones deben de entender que las relaciones laborales como las conocemos no volverán a ser, se entiende el miedo a lo desconocido, pero eso desconocido en nuestro país es precisamente la libertad sindical, y la negociación colectiva.

Por otro lado los sindicatos tienen una tarea enorme por hacer que consiste en generar todo un nuevo modelo de sindicalismo, entendiendo esto como un sindicalismo verdaderamente por y para los trabajadores ya que ahora, bajo esta nueva reforma, podrán convivir dentro de la misma empresa diferentes organizaciones sindicales como se había venido practicando en empresas como las aeronáuticas donde al interior de las mismas existían sindicatos de industria y gremiales coexistiendo cada una con un contrato colectivo, o como el Sanatorio Español con un solo contrato colectivo compartiendo titularidad por dos sindicatos.

Por otro lado los trabajadores tendrán la facultad de decidir si pertenecen y pagan cuotas a algún sindicato o no lo hacen, pero no por el hecho de no pertenecer o no pagar cuotas, se les dejará de aplicar los beneficios obtenidos en los contratos colectivos de trabajo, por lo que además de la actividad básica del sindicato que es la de negociación colectiva, los sindicatos tendrán que ofrecer algo más, como podrían entenderse beneficios de carácter social, como podrían ser clínicas, tiendas sindicales, o instalaciones deportivas para los trabajadores, beneficios que si tienen algunos sindicatos de cierta magnitud, pero que son detalles que los trabajadores compararán para pertenecer a una u otra organización, además ofrecer lo fundamental que será una verdadera representación de los intereses de los trabajadores y una limpia gestión sindical.

Tomando en cuenta los artículos transitorios los nuevos modelos de autoridad estarán encargándose de sus funciones en los próximos de dos a cuatro años contando desde el inicio de vigencia del decreto de reforma, por lo que tenemos muy buen tiempo para capacitar a los actores que forman parte en la gestión de los modelos de relaciones colectivas de trabajo, no solamente pensando en la capacitación de empresarios y líderes sindicales, sino en los responsables de relaciones laborales y recursos humanos de las empresas, así como en los delegados sindicales, sin olvidarnos de los abogados laboralistas, y profesores de las facultades de derecho, la capacitación debe de venir de todos lados, porque así y solo así podremos generar una verdadera nueva cultura laboral y no solo palabras.

Más sobre la Reforma Laboral recién aprobada por el Congreso de la Unión

JUEVES 9 DE MAYO DE 2019 
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Variables
Jacinto Gómez Pasillas
-Independientemente de que haya habido una presión externa desde EU  (por el T-MEC) para acelerar la aprobación de esta importante Reforma, es indudable que sienta las bases para una transformación afondo en las dinámicas del Ámbito empresarial y del Ámbito sindical en México (más en este último) y de su confluencia en el ámbito común de la dinámica laboral, con la tutoría y regulación del estado a través de sus tres poderes.
Es claro que tendrán que cambiar las prácticas, normatividad y procesos internos de los sindicatos de trabajadores, pero también los de patrones (empresariado). Ambos sectores de la economía y de la sociedad tendrán que alinearse y adaptarse a nuevas reglas de relación (más justa, equilibrada y transparente) y concurrencia en materia de trabajo y de vida interna en sus organizaciones gremiales.
Esta Reforma ajusta la Legislación Laboral Mexicana con las normas internacionales correspondientes contenidas en los convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) con los diferentes países, particularmente el 87 y el 98, que marcan y puntualizan la libertad sindical y la protección del Derecho de Sindicación. El propio convenio 87 destaca que TRABAJADORES Y EMPLEADORES sin distinción ni autorización previa, tienen derecho de constituir las organizaciones que consideren convenientes, garantizando el LIBRE DERECHO A LA SINDICACIÓN.
A su vez el convenio 98, se refiere al derecho de sindicación y de negociación colectiva, estableciendo entre otras cosas que:

  • Los trabajadores deberán gozar de adecuada protección contra todo acto de discriminación que menoscabe la libertad sindical en relación con su empleo.
  • Esa protección deberá ejercerse contra todo acto que trate de condicionar a un trabajador a no afiliarse a un sindicato o a que no deje de ser miembro de un sindicato,so pena de perder el empleo, o de despedirlo o perjudicarlo por causa de su afiliación sindical o participación en actos sindicales fuera de horas de trabajo o dentro de horas de trabajo si tiene consentimiento del empleador.
  • Se protegerá a las organizaciones de trabajadores de injerencias directas o indirectas en su constitución y funcionamientos como son las medidas que tienden a fomentar la formación de organizaciones de trabajadores dominadas por un empleador u organización de empleadores, o sostener económicamente o de cualquier organización de trabajadores bajo control de un empleador o grupo de estos.

Esto tiene que ver con el famoso SINDICALISMO BLANCO que simula representar a los trabajadores, con TOMAS DE NOTA (o registros oficiales) expedidas por autoridades laborales, son también en la actualidad los llamados “CONTRATOS DE PROTECCIÓN” entre sindicatos simulados y empleadores, que manipulan y sustituyen la voluntad de los trabajadores y afectan o nulifican sus legítimos derechos y prestaciones.
Las nuevas reglas que establece la Reforma Laboral aprobada que tiene pendiente solamente la aprobación de las Legislaturas Estatales (17 como mínimo) para su plena vigencia, permitirán establecer mejores y más aceptables condiciones de trabajo con relación al salario, prestaciones, seguridad social y laboral para los trabajadores mexicanos, además de la repercusión saludable en la Democracia Sindical y en la vida familiar y comunal de los propios trabajadores.
Una reforma clave es la desaparición de las desprestigiadas Juntas de Conciliación y Arbitraje por nuevas instancias que permitirán acabar con corrupción y abusos tanto en contra de trabajadores como de empleadores.
Se crea un CENTRO FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y REGISTRO LABORAL (CFCRI), así como Centros de Conciliación Estatales, que constituyen una etapa pre-judicial de los juicios laborales de  conciliación entre trabajador demandante y empleador. Esta etapa NO PODRÁ EXCEDER DE 45 DÍAS NATURALES, pasada la cual se pasará a la etapa de JUICIO LABORAL (que será predominantemente ORAL).
Los juicios laborales pasan a TRIBUNALES LABORALES ADSCRITOS AL PODER JUDICIAL, lo cual garantizará mejor la JUSTICIA LABORAL y abatirá las manipulaciones, chapuzas y corrupción que caracterizan el mal funcionamiento en lo general de las actuales JUNTAS DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE.
En estos aspectos, como en otros, el reto es grande. Baste decir como referencia cualitativa de su magnitud, que en la actualidad se registran alrededor de ¡90 mil casos anuales de conciliación en el país! Otra referencia es la relativa al de la revisión de todos los Contratos Colectivos de Trabajo que tendrá que darse en el lapso de transición para la plena vigencia de las disposiciones de esta Reforma Laboral.
Se estima que hay alrededor de ¡160 mil contratos! en el país que son “de protección (ACORDADOS)”. Por otro lado están los cambios que afectan la vida interna de los Sindicatos de Trabajadores, con reglas que tienen como objetivo generar condiciones de transparencia, democracia electoral sindical, participación real de los trabajadores en la toma de decisiones y representatividad de estos  en las negociaciones colectivas (salariales y de condiciones de trabajo).
Los sindicatos de trabajadores (específicamente del apartado A en el artículo 123 de la constitución) tendrán que adaptar y precisar en sus estatutos, en lo concerniente a los procesos y etapas de elección de dirigentes, las nuevas disposiciones; principalmente las relativas a que dichas elecciones serán obligatoriamente por voto personal, libre, directo y secreto de los afiliados en todos los niveles de dirigencia.
Si agregamos que también ahora los Contratos Colectivos de Trabajo deberán ser públicos; pero antes para la presentación de emplazamiento y demandas a los empleadores, la representación sindical deberá obtener un certificado de representatividad de sus agremiados (por mayoría) para poder negociar un contrato colectivo, y luego realizar un proceso de consulta con los mismos para la aprobación del contrato negociado con la empresa o empleador, proceso en el cual deberá tener el acompañamiento y verificación de la autoridad laboral correspondiente, podemos concluir que:

  • Las Dirigencias Sindicales de los Trabajadores deberán tener ahora –de igual manera que los gobernantes electos por la ciudadanía en general-una LEGITIMIDAD DE ORIGEN, OBTENIDA EN ELECCIONES INTERNAS DEMOCRATICAS Y TRANSPARENTES; Y LEGITIMIDAD DE DESEMPEÑO EN SU GESTIÓN, ratificada por los trabajadores a sus representantes en la aprobación o no de cada Contrato Colectivo o NEGOCIACIÓN realizada con los patrones o empleadores.
  • EL SINDICALISMO MEXICANO debe AUTOREVISARSE Y CAMBIAR A FONDO: en su vida interna yen su relación y comunicación con sus agremiados; en la transparencia de sus manejos financieros y de administración de la estructura sindical, y en general de sus prácticas de gobierno sindical.
  • Estos cambios, así como los de gestión, actitudes, representación, DEFENSA de derechos y prestaciones, igual que en la participación social, política y cultural dentro de la sociedad y/o comunidades, igual que en la muy importante presentación de servicios a sus afiliados, deberán ser efectivos y perceptibles.

Estos cambios tienen que ser graduales pero acelerados.Las dirigencias que no se adapten a los nuevos escenarios y realidades en el marco de esta importante reforma, pueden condenarse a perder su credibilidad y representatividad o peor aún, a debilitar y fracturar a su organización sindical en perjuicio de sus representados.
En otro aspecto, la Reforma Laboral debiera propiciar como consecuencia o repercusión económica positiva, no solo la paz y estabilidad laboral, un incremento suficiente y significativo de la eficiencia y productividad en los procesos económicos (de producción, circulación y distribución), tanto del Sector Privado, como también del Sector Público. En este último, la eficiencia productiva, debiera reflejarse tanto en las empresas Públicas (principalmente PEMEX y CFE) como en la propia ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (GUBERNAMENTAL) en sus tres niveles, a partir del FEDERAL como modelo.
La productividad del Sector Empresarial, va de la mano con la eficiencia administrativa del Estado, pero sobretodo con su transparencia y la SIMPLIFICACIÓN y agilidad del trabajo de su burocracia sobre todo en el servicio a la Sociedad y al Mundo Productivo.
El México del siglo XXI, ya avanzado en su primer cuarto, ha tenido gobiernos que en todos sus niveles han constituido un elefantiásico aparato burocrático, pesado, empalmado en las funciones de sus dependencias y eficiente solo por excepción,
cuya complejidad ha propiciado la corrupción y el coyotaje entre otros muchos males.
El actual Gobierno de la República (que recién inició) tiene como una de sus principales banderas y propósitos, el combate a la corrupción y la impunidad, que ha provocado reacciones previsibles y crecientes no solo de los involucrados en las redes de la misma dentro del gobierno sino de sus cómplices y aliados en diversos segmentos económicos dentro de la Sociedad, enfrascados ya en una actividad sistemática de descalificaciones hasta de lo más nimio, so pretexto de supuestos o de reales errores que todo gobierno nuevo puede tener.
Dentro de sus planes y programas de trabajo, este gobierno debiera dinamizar para el logro de una plena eficiencia administrativa en los servicios, atención y apoyo a la ciudadanía y a los sectores productivos de la población, particularmente las PYMES, una SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA a fondo, basada en la confianza recíproca y en la buena fé de la gente con el gobierno.
Que la realización de trámites y obtención de apoyos, documentos, permisos y autorizaciones, concesiones, etc. dejen de ser procesos lentos, engorrosos y sujetos al humor, interpretación o peor aún, conveniencia de empleados y funcionarios de diferentes niveles.
Que los condicionamientos de requisitos al ciudadano demandante de un servicio, sea pequeño, mediano o gran empresario o ciudadano común, SEAN LOS MINIMOS, sin complejas cadenas de tramites en cascada, repetitivos y generadores de visto bueno (Vo. Bo.), peritajes, revisiones, dictámenes e interminables etapas de autorizaciones; y que por el contrario las obligaciones de atención efectiva y rápida sean para la burocracia que atiende, poniéndole límites de tiempo para resolver peticiones o solicitudes, excedidos los cuales se dé por procedente o de respuesta positiva cualquier trámite que no haya sido atendido en tiempo y forma. Algo así como la llamada AFIRMATIVA FICTA, pero más sencillo.
Esta es una de las vías para fortalecer la identificación de sociedad y gobierno blindándola contra manipulaciones de grupos de presión negativos, abatir la corrupción y la ineficiencia administrativa, disminuir la informalidad en la economía y abonar a la transformación tan necesaria de la realidad mexicana, que propone y procura el actual Gobierno de la República.

http://www.omnia.com.mx/noticia/107348/mas-sobre-la-reforma-laboral-recien-aprobada-por-el-congreso-de-la-union

Versión estenográfica de la Intervención del senador Napoleón Gómez Urrutia sobre el dictamen de reforma laboral

Versión estenográfica de la Intervención del senador Napoleón Gómez Urrutia del Grupo Parlamentario Morena a nombre de las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social; y de Estudios Legislativos, Segunda, con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, de la Ley Federal de Defensoría Pública, de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y de la Ley del Seguro Social
Compañeras senadoras y senadores:
El presente Dictamen aprobado por las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social y Estudios Legislativos Segunda, tiene por objeto garantizar la libertad sindical, fortalecer la justicia laboral y proteger la libertad de negociación colectiva. 
Es importante señalar que el dictamen en cuestión logra armonizar la legislación secundaria con la reforma constitucional de 24 de febrero de 2017, en materia de justicia laboral y libertad sindical. La razón de ser de esta reforma constitucional es generar beneficios a las personas empleadoras y a las personas trabajadoras, mejorando las condiciones de trabajo y fortaleciendo la tutela judicial efectiva en materia de justicia laboral.
El dictamen se sustenta en los parámetros de regularidad constitucional, es decir, en los principios y derechos laborales consagrados en la Constitución, y en los instrumentos internacionales ratificados por el Estado Mexicano, poniendo las bases sólidas para una transformación y democratización del régimen sindical y de la negociación colectiva, toda vez que se incorporan los principios de representatividad, transparencia y democracia en la vida de las organizaciones sindicales. A estos cambios, se suma la ratificación por México del Convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), sobre el derecho de sindicación y negociación colectiva, así como la firma del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (TMEC); ambos instrumentos internacionales para ser armonizados al marco jurídico laboral vigente.
El dictamen en cuestión garantiza los derechos de libertad de agrupación de la clase trabajadora, cuya lucha se ha gestado durante décadas, buscando en todo momento la reivindicación legítima de los derechos laborales. La reforma laboral que se avala en el dictamen, garantiza que las decisiones tomadas por los trabajadores serán consideradas y protegidas. 
En este sentido, se puede decir que la reforma contribuye al avance progresivo del derecho de las personas asalariadas, al generar condiciones mínimas para hacer valer el principio de libertad y democracia sindical, evitando cualquier posible injerencia, presión o coacción por parte de los empleadores o de las autoridades.
Un aspecto trascendental de la reforma, es el establecimiento de una instancia de conciliación, como requisito prejudicial, que estará a cargo de centros de conciliación especializados e imparciales, privilegiando la amigable composición.
Esta nueva figura en el marco laboral, ofrece una auténtica posibilidad de solución de los conflictos laborales, disminuyendo los plazos de resolución de los mismos, a partir de un diseño que se llevará ante funcionarios conciliadores especializados en la resolución y solución de conflictos. Con ello se sustituye la conciliación y administración de justicia tripartita, cuya ineficacia llevó a un detrimento en el acceso y la verdadera administración de justicia.
Por lo anterior, los órganos conciliadores cuentan con la independencia e imparcialidad necesaria para garantizar que sus actuaciones, se ajusten a las exigencias sociales y de justicia que durante años, han promovido miles y miles de personas trabajadoras. De igual forma, esta propuesta materializa lo mandatado por la reforma constitucional en materia de justicia laboral de 24 de febrero de 2017.
Respecto al apartado de justicia laboral, es importante señalar que el dictamen aprobado por las comisiones unidas, recoge la preocupación e incertidumbre que padecen las personas trabajadores, respecto de la deficiente administración de justicia laboral existente.
En tal sentido, el dictamen optimiza el derecho a una tutela judicial efectiva, entendida como el derecho a acudir a tribunales independientes e imparciales a plantear una pretensión o defenderse de una acusación, a través de un proceso en el que se garantice el debido proceso, y se emitan sentencias legítimas que tiendan a garantizar y proteger los derechos laborales, cuando estos se vean en riesgo de ser violados.
El dictamen secunda el establecimiento de sistema de justicia laboral eficiente y adecuado, acorde a las exigencias sociales y de justicia de la clase trabajadora, pero sobre todo, acorde con los parámetros de un verdadero Estado de Derecho.
Como se señaló anteriormente, uno de los ejes centrales de la reforma dictaminada, es hacer efectiva la independencia del sistema de justicia laboral respecto al Poder Ejecutivo, lo cual responde a la necesidad de que la justicia sea impartida por los órganos del Poder Judicial. Por tanto, coincidimos con la creación de tribunales independientes, con lo cual se propicia la emisión de sentencias justas y constitucionales.
Con lo anterior, el dictamen materializa el mandato constitucional de crear mecanismos efectivos para la solución de los conflictos laborales y disminuir los plazos de resolución de los mismos.
En consecuencia, la presente reforma generará un cambio determinante en el sistema laboral mexicano, transitando hacia un desarrollo integral y sustentable, en el que toda persona trabajadora sea verdaderamente protegida por el marco normativo vigente, así como por los órganos de gobierno responsables de garantizar sus intereses.
En conclusión, esta reforma coadyuvará con el objetivo de alcanzar los parámetros óptimos de una sociedad justa y responsable, tanto con los trabajadores, como con los empleadores en beneficio de sus propios intereses.
Ahora bien, durante los últimos meses, quiero mencionar que celebrar que en la Comisión del Trabajo y Previsión Social, y yo como  personalmente como presidente, una serie de reuniones con diferentes organizaciones y sectores sindicales, empresariales, especialistas en derecho laboral, abogados democráticos y otros más, y aunque no fueron propiamente foros o reuniones de parlamento abierto, porque no había llegado el dictamen de la iniciativa de reforma laboral, por parte de la Cámara de Diputados, sirvieron de base para identificar algunos puntos importantes que no estaban incluidos en el proyecto inicial y otros que no fueron modificados por los diputados.
De tal forma, que hay varias propuestas de modificación y actualización sobre algunos temas que tendremos que revisar y discutir en un próximo proceso periodo de sesiones, ya sea ordinario o extraordinario.
De lo que hemos conversado con los originalmente proponentes, y con los diferentes partidos políticos y fracciones parlamentarias, debo mencionar que el Senado de la República establece compromisos de hacer los ajustes correspondientes para analizarnos y presentarlos ante la Comisión del Trabajo y Previsión Social, así como, posteriormente, al Pleno de este Senado de la República.
Con ello en mente, y como un compromiso de esta gran institución solicito se apruebe el presente dictamen de esta iniciativa de reforma laboral.
Muchas gracias.

https://morena.senado.gob.mx/2019/05/04/version-estenografica-intervencion-senador-napoleon-gomez-urrutia-comisiones-unidas-de-trabajo-y-prevision-social-y-de-estudios-legislativos/

Nueva Reforma Laboral

02 de Mayo de 2019
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Javier Aparicio
Se aprobó en lo general en la Cámara de Diputados, con 467 votos a favor, el pasado 11 de abril y, posteriormente, fue aprobada en lo general por la Cámara de Senadores, con 120 votos. No se trata de una reforma inédita por sí misma: de hecho, el artículo 123 de la Constitución ha sido reformado 27 veces desde 1917 y la correspondiente Ley Federal del Trabajo, creada en 1970, ha sido reformada unas 30 veces ya, incluyendo este último decreto
Con esta reforma se modificará el marco regulatorio de la justicia laboral, la libertad sindical y la negociación colectiva de los trabajadores del país.
El así llamado nuevo modelo de justicia laboral data de la reforma constitucional al artículo 123, publicada el 24 de febrero de 2017, mediante la cual se planteó la desaparición de las conocidas Juntas de Conciliación y Arbitraje, tanto federal como locales, para dar pie a tribunales laborales que ahora dependerán del Poder Judicial correspondiente. Por lo tanto, es justo decir que una parte de la reforma legal aprobada esta semana es el complemento ordenado por una reforma constitucional del sexenio pasado. Quizás esto demuestre que, contra la retórica oficial, no todas las reformas del pasado merecen echarse por tierra.
La reforma pretende modernizar los procesos de impartición de justicia laboral. Los conflictos laborales entre patrones y trabajadores se resolverán ahora frente a tribunales del Poder Judicial, en vez de las Juntas de Conciliación y Arbitraje, que dependían del Poder Ejecutivo federal o local. De ahora en adelante los laudos serán sentencias y resoluciones judiciales. Al mismo tiempo, se vuelve obligatorio que las partes en conflicto asistan a una instancia conciliatoria antes de iniciar un proceso judicial ante los tribunales laborales.
Detrás de la reforma hay compromisos internacionales previos. Por un lado, al ratificarse hace unos meses el Convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), nuestro país estaba obligado a fortalecer los derechos de sindicación y negociación colectiva de los trabajadores.
Por otro lado, al firmarse el nuevo tratado comercial entre México, Estados Unidos y Canadá —el así llamado T-MEC—, nuestro país se había comprometido a implementar reformas que mejoraran las condiciones generales de trabajo. Tan sólo el 2 de abril, Nancy Pelosi, la legisladora demócrata que preside la Cámara de Representantes de Estados Unidos, afirmó que México debía aprobar una reforma laboral antes de que el Congreso norteamericano ratificara el nuevo tratado trilateral.
De nuevo, contra la retórica oficial que afirma que algunas reformas estructurales del pasado fueron indeseables porque habían sido impuestas desde el extranjero, resulta que una parte importante de la nueva reforma laboral fue un requisito exigido por nuestros socios comerciales que fue aceptado por el gobierno anterior. Quizás esto sirva para ilustrar que no todas las exigencias del exterior van en contra del interés nacional.
¿A los legisladores extranjeros les preocupa el bienestar de los trabajadores mexicanos? Quizás sólo en la medida en que mejores condiciones laborales en México disminuyan la competitividad de los productos que exportamos —o que disminuya la presión por migrar.
La democratización de los sindicatos en México es una cuenta pendiente desde hace muchos años. Es de celebrarse que esta reforma establece que la elección de las directivas sindicales “deberán salvaguardar el pleno ejercicio del voto personal, libre, directo y secreto de los miembros, así como ajustarse a reglas democráticas y de igualdad de género”, y que la duración de estas directivas no podrá ser indefinido.
Más allá de los conflictos distributivos que esta reforma pueda detonar al interior de los sindicatos o en las relaciones laborales, el reto por delante será que la transición e implementación de este nuevo modelo beneficie de verdad a las y los trabajadores del país.

https://www.excelsior.com.mx/opinion/javier-aparicio/nueva-reforma-laboral/1310620

Avalan Reforma Laboral; preocupa a empresarios


La iniciativa privada y el Gobierno de Jalisco enlistan los puntos contra el dictamen aprobado ayer en el Senado
El Informador
30 de Abril de 2019 – 04:20 hs
Sin cambios, el Senado avaló ayer la Reforma Laboral en términos generales, lo cual “permitirá” una mayor libertad sindical, ratifica las resoluciones de los juicios laborales en el Poder Judicial y crea los nuevos centros de conciliación, además de otorgar al sindicato con mayor representatividad la responsabilidad para negociar colectivamente con el sector patronal. Sin embargo, dejó temas pendientes que preocupan al Gobierno y a la iniciativa privada de Jalisco, como la posibilidad de mayores paros laborales, la libertad de afiliación de un trabajador al sindicato y la reducción de la productividad empresarial por presiones sindicales.
Jacobo Cabrera Palos, presidente del Consejo Agropecuario de Jalisco, calificó como positivo que los trabajadores decidan el sindicato que los represente, pero pidió transparentar las reglas de operación para que el sector obrero logre conquistar este derecho. “Pueden existir problemas al definir quién es el titular del contrato colectivo… y después llevar esto a los tribunales laborales”.
Mientras senadores de oposición realizaron reservas en algunos artículos, que se discutirán hasta el siguiente periodo de sesiones (aunque el dictamen en lo general fue enviado al Ejecutivo para su publicación), la Coparmex en Jalisco pidió la modificación de cuatro puntos esenciales para lograr una mejor reforma: revertir la carga probatoria del despido, dejar claro al trabajador la libertad para afiliarse o no a un sindicato, suprimir la posibilidad de hacer divisibles los contratos colectivos de trabajo, así como garantizar la libertad de negociación colectiva.
El Gobierno de Jalisco también reaccionó: “Esa reforma necesita modificarse y responder a las necesidades del país”, aseguró el secretario de Trabajo, Marco Valerio Pérez.
Con la reforma se pretende fijar reglas claras, disminuir los juicios individuales y garantizar la representatividad en las negociaciones colectivas. SUN/V. Rosas
Avalan reforma sin votos en contra
Con 120 votos a favor, cero en contra y dos abstenciones, el pleno del Senado aprobó en lo general los artículos no reservados del dictamen de la Reforma Laboral, relacionados con la justicia laboral y la libertad sindical. Dicha reforma pretende fijar, entre otros puntos, reglas claras, disminuir juicios individuales de conciliación y garantizar la representatividad óptima en negociaciones colectivas.
Los senadores votaron diversas disposiciones de las leyes Federal del Trabajo, Orgánica del Poder Judicial de la Federación, Federal de Defensoría Pública, del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y del Seguro Social.
Los partidos Revolucionario Institucional (PRI), Acción Nacional (PAN), de la Revolución Democrática (PRD) y Movimiento Ciudadano votaron a favor, aunque consideraron que hay aspectos para mejorarla y equilibrar las relaciones laborales entre los sindicatos, mismas que se abordarán en el próximo periodo ordinario de sesiones.
El 24 de abril pasado, las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social y de Estudios Legislativos Segunda del Senado aprobaron el dictamen, que ayer se votó a favor. Napoleón Gómez Urrutia, presidente de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, explicó que el dictamen se sustenta en los parámetros de regularidad constitucional, en los principios y derechos laborales consagrados en la Constitución y en los instrumentos internacionales ratificados por el Estado mexicano.
Con lo anterior se instalan, indicó, las bases sólidas para una transformación y democratización del régimen sindical y de la negociación colectiva, toda vez que se incorporan los principios de representatividad, transparencia y democracia en la vida de las organizaciones gremiales.
Acentuó que el dictamen aprobado por las comisiones tiene como finalidad garantizar la libertad sindical, fortalecer la justicia laboral y proteger la libertad de negociación colectiva.
A esos cambios se suma la ratificación por México del Convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), sobre el derecho de sindicación y negociación colectiva, así como la firma del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá, ambos instrumentos internacionales para ser armonizados al marco jurídico laboral vigente.
Además, garantiza los derechos de libertad de agrupación de la clase trabajadora, cuya lucha se ha gestado durante décadas, buscando en todo momento la reivindicación legítima de los derechos laborales.
La Reforma Laboral que se avala en el dictamen garantiza que las decisiones tomadas por los trabajadores serán consideradas y protegidas. También optimiza el derecho a una tutela judicial efectiva, entendida como el derecho a acudir a los tribunales independientes e imparciales a plantear una pretensión o defenderse de una acusación.
La senadora Alejandra Noemí Reynoso Sánchez, del PAN, refirió que esta reforma también es el resultado de la participación activa de diferentes actores, especialistas en la materia, de litigantes patronales y de los trabajadores. Además de autoridades laborales de niveles tanto local como federal, miembros de los Poderes judiciales, académicos, sindicalistas y representantes del sector patronal.
El PAN, en sus reservas, tienen el propósito de perfeccionar el proyecto para el combate a la desigualdad salarial entre hombres y mujeres, aumentar el salario mínimo, las simulaciones en las relaciones laborales patrón-trabajador, mejor conocido como outsourcing, “entre muchos otros en los que estaremos trabajando también”.
Diputados reforman ley sobre Afores Las sociedades de inversión pasan a ser fondos de inversión y podrán cobrar una comisión variable condicionada a que la cuenta de ahorro obtenga rendimientos más altos a la referencia estipulada por la Consar
EL INFORMADOR • 30 abr
 
CLAVES
Promesa. El senador Pedro Haces Barba (Morena) destacó que la reforma laboral pondrá fin a la corrupción que ha permitido el desvío de recursos y las prácticas desleales en el interior de la vida sindicalista.
Modelo. El también secretario de la Confederación Autónoma de Trabajadores y Empleados de México (Catem) señaló que empresarios, trabajadores y Gobierno entrarán a una nueva lógica para acabar con la corrupción en el sector laboral y garantizar así los derechos y obligaciones de todos los involucrados.
Misión. Aseguró que México debe aspirar al nuevo sindicalismo con reglas claras y libertades fundamentales para que garantice mejores condiciones de vida. Con la reforma, “se acaba el maltrato, ya que abre una nueva historia en materia de libertad sindical”.
Piden sanción por usar huelga como “arma de extorsión”
El Sindicato Nacional Minero Metalúrgico FRENTE consideró que en la reforma a la Ley Federal del Trabajo se debe sancionar a los sindicatos que utilicen el recurso de huelga como “arma de extorsión contra las empresas».
“Eso significa que, por lo menos, se acabarán o reducirán los paros locos en varias regiones mineras y metalúrgicas del país, y una vez más insisto: en nueve años de existencia nunca hemos realizado una sola huelga, pues siempre anteponemos el diálogo con las empresas”, dijo su dirigente Carlos Pavón Campos.
Al presentar su informe como secretario general, en el marco de la Asamblea Nacional de Informes que realiza el Comité Ejecutivo Nacional, apuntó que la transparencia sindical y la rendición de cuentas sobre el patrimonio de las organizaciones laborales que se presentan como uno de los principales puntos de la reforma laboral, se han practicado desde hace varios años en dicho sindicato. “En todo caso, que se preocupen aquellos dirigentes que hasta la fecha nunca han dado cuentas claras sobre el patrimonio de sus agremiados, como es el caso de Gómez Urrutia. Sería bueno que el mismo senador diga qué pasó con los 55 millones de dólares del fideicomiso minero, un auténtico patrimonio del que nunca gozaron sus verdaderos dueños: los trabajadores, pero siempre que se le pregunta sobre el asunto, dice que es un caso cerrado”.
La reforma aprobada no garantiza el derecho de sindicación de los trabajadores, se debe partir de reconocer el derecho de pertenecer, no pertenecer o dejar de pertenecer a un sindicato, apuntó MC. EL INFORMADOR/Archivo
“Hay avance, pero quedan pendientes”
La Reforma Laboral es un avance en materia de justicia laboral; sin embargo, quedan pendientes que deben analizarse con trabajadores y empleadores mediante un  parlamento abierto, declaró ayer el senador Clemente Castañeda.
El grupo parlamentario de Movimiento Ciudadano votó en lo general a favor, pero presentó reservas a los artículos que afectan los derechos de los trabajadores y que no garantizan la democracia sindical. “Confiamos en que se honrará el compromiso que la Junta de Coordinación Política ha asumido, de emprender un ejercicio profundo de revisión de la legislación laboral para atender las modificaciones necesarias y las omisiones pendientes”.
Remarcó que no se contó con el tiempo suficiente para profundizarla y mejorarla con la participación de trabajadores y patrones, dejando de lado temas cruciales como el outsourcing e incertidumbre en el sector productivo. “Se trata de una reforma de gran calado que demanda la máxima apertura, publicidad, disposición al diálogo y a la negociación entre todos los sectores interesados. Estamos hablando de la modificación de más de 650 disposiciones legales de cinco leyes diferentes; de la transformación integral del sistema de justicia laboral; de la creación de nuevas instituciones y de ajustes sustantivos a las relaciones entre los trabajadores y sus empleadores. Si el Poder Legislativo realiza una reforma de gran calado a la legislación laboral, ¿por qué dejamos fuera temas cruciales tan importantes?”.
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EL INFORMADOR • 29 abr
GUÍA
Reservas de MC
El grupo parlamentario del Partido Movimiento Ciudadano (MC) votó en lo general a favor de la reforma, pero presentó reservas que afectan derechos de los trabajadores y que no garantizan la democracia sindical. Todo se discutirá en un siguiente periodo en el Congreso (por definir).
Artículo 784
Deja en indefensión a los patrones, debido a que impone la obligación de probar hechos negativos, como el despido de un trabajador, siendo que un principio del derecho es que quien afirma está obligado a probar.
Artículo 920
Necesita clarificar los alcances de la democracia sindical, hacer explícito el derecho de que los trabajadores tengan la facultad de estallar la huelga y concluirla.
Artículo 390 Bis
No garantiza el derecho de sindicación de los trabajadores, se debe partir de reconocer el derecho de pertenecer, no pertenecer o dejar de pertenecer a un sindicato.
Artículo 1007 Bis
Frente a la extorsión, deben establecerse sanciones para los líderes extorsionadores que realizan prácticas ilegales en los diferentes centros de trabajo.
Artículo 929
Debe ser explícito el derecho de los trabajadores a concluir una huelga por decisión democrática, al ser la mayoría de los integrantes los que decidan terminar.
Artículos 154, 156, 395 y 413
La libertad sindical implica el derecho a no ser discriminado en el trabajo, por ello se deben eliminar las disposiciones que indiquen que el patrón deberá preferir a los trabajadores sindicalizados.
Tras la Reforma Laboral se reinstaló el Comité de Evaluación y Seguimiento de las Políticas del Trabajo, que pretende mejorar las condiciones laborales en Jalisco. AFP/Archivo
Reinstalan comité para mejorar condiciones laborales en Jalisco
En respuesta a la Reforma Laboral, ya ratificada por el Senado de la República, y con el objetivo de mejorar las condiciones laborales de los trabajadores de Jalisco, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social encabezó la reinstalación del Comité de Evaluación y Seguimiento de las Políticas del Trabajo (CESPT). “Vamos a conformar ocho comisiones muy específicas. Hoy se aprueba la Reforma Laboral en el Senado a nivel nacional y queremos mostrar un mensaje de unidad entre el sector empresarial, Gobierno, trabajadores y universidades, que nos permita avanzar y crear políticas públicas para mejorar las condiciones laborales en nuestro estado”, manifestó Marco Valerio Pérez, titular de la dependencia.
El CESPT se creó el 8 de octubre de 2015 con el propósito de dar seguimiento a diversas políticas laborales como la reducción de la brecha salarial entre hombres y mujeres, la creación del Padrón de Jornaleros Agrícolas y el Distintivo de Buenas Prácticas Laborales para empresas que cumplan con las medidas de seguridad al interior de sus centros de trabajo.  Sin embargo, este organismo conformado por el Gobierno, empresarios, academia y representantes obreros careció de seguimiento y la mayoría de estas políticas quedaron paradas o inconclusas desde 2018, por lo que el objetivo será retomarlas y actualizarlas.
Las ocho nuevas comisiones se enfocarán a los siguientes temas: Promoción del empleo, Igualdad de género e inclusión social, Seguridad e higiene, Defensa de los derechos laborales, Gobierno y datos abiertos, Competitividad, capacitación y adiestramiento, así como Combate a la corrupción. Cada una tendrá un coordinador, que será un funcionario de la propia Secretaría.
Para Alejandro Guzmán, coordinador del Gabinete Económico del Gobierno de Jalisco, el CESPT permitirá reactivar políticas de capacitación en temas laborales. Igualmente, consideró que las políticas deben acompañarse de mayor crecimiento económico anual en el Estado.  “Construyendo esta gran alianza es posible pasar de crecimientos promedio de 2.5% anual a crecimientos de 4% al 5%. Estas tasas nos acercan al pleno empleo, y el pleno empleo impacta en el incremento de la remuneración promedio y las condiciones de vida de los trabajadores”.
Rubén Masayi González Uyeda, coordinador del Consejo de Cámaras Industriales de Jalisco, indicó que el CESPT permitirá una mayor unión entre los actores del derecho laboral. “La desunión genera más problemática, por eso es muy importante que los sectores sindicales, laborales, patronales y el Gobierno formemos una línea de trabajo”.
Las ocho comisiones
Promoción del empleo.
Igualdad de género e inclusión social.
Previsión social de seguridad e higiene en los centros de trabajo.
Defensa de los derechos laborales y modernización de la justicia laboral.
Gobierno y datos abiertos.
Competitividad, productividad, calidad y estímulos.
Capacitación y adiestramiento.
Combate a la corrupción.
Temas que se retoman
Estudio de la brecha salarial entre hombres y mujeres en Jalisco (los hombres ganan 19% más de sueldo que las mujeres).
Padrón de habilidades para personas con discapacidad.
Padrón de jornaleros agrícolas (se buscará captar a 300 mil jornaleros que hay en Jalisco).
Registro de empresas igualitarias.
Distintivo de buenas prácticas laborales (dejó de operar en 2018).
Distintivo de espacios por la igualdad (inconcluso en 2018).
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Aprobada, sin cambios, la reforma laboral


Categoría: Boletines
Publicado: Lunes, 29 Abril 2019 23:16
Número 1807

  • Es resultado de una larga lucha de los trabajadores mexicanos, afirma Martí Batres.
  • Envía el documento al Ejecutivo Federal para sus efectos.

El Senado de la República aprobó sin cambios, en lo general y en lo particular, la reforma que planteó la Cámara de Diputados en materia de justicia laboral, libertad sindical y negociación colectiva.
El presidente de la Mesa Directiva, Martí Batres Guadarrama, destacó que esta reforma es resultado de una larga lucha de los trabajadores mexicanos por la democracia y la libertad sindical, por el salario y mejores condiciones de vida.
Responde también, agregó, a los compromisos del Estado mexicano derivados de la enmienda constitucional de 2017 y a los tratados internacionales como el Convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo y el Tratado México-Estados Unidos-Canadá.
Por mayoría, la Asamblea rechazó las reservas que presentaron senadores del PAN, PRI, PVEM, PRD y Movimiento Ciudadano para modificar diversos artículos del dictamen.
El proyecto de decreto fue enviado al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales. Reforma diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, la Ley Federal de Defensoría Pública, la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y la Ley del Seguro Social.
Con ello, se busca elevar la productividad, generar beneficios tanto a los patrones como a los trabajadores, mejorar las condiciones de trabajo y recuperar la confianza de la justica laboral.
Con 70 en pro y 50 en contra, el Pleno aprobó en los términos del dictamen los artículos 49, 110, 132, 133, 146, 245 bis, 279 quarter, 280 bis, 283, 331, 332, 333, 334, 336, 338, 340, 342, 360, 364, 369, 371, 371 bis, 373, 390 bis, 390 ter, 395, 399 ter, 400 bis, 451, 590-D, 784, 897, 897-F, 920, 923, 926, 927, 929 y 937 de la Ley Federal del Trabajo.
Además, los artículos sexto, décimo primero, décimo segundo, décimo tercero y vigésimo segundo del régimen transitorio del proyecto de decreto, que habían sido reservados.

http://comunicacion.senado.gob.mx/index.php/informacion/boletines/44721-aprobada-sin-cambios-la-reforma-laboral.html

Aprobada, sin cambios, la reforma laboral

 
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Categoría: Boletines
Publicado: Lunes, 29 Abril 2019 23:16
Número 1807

  • Es resultado de una larga lucha de los trabajadores mexicanos, afirma Martí Batres.
  • Envía el documento al Ejecutivo Federal para sus efectos.

El Senado de la República aprobó sin cambios, en lo general y en lo particular, la reforma que planteó la Cámara de Diputados en materia de justicia laboral, libertad sindical y negociación colectiva.
El presidente de la Mesa Directiva, Martí Batres Guadarrama, destacó que esta reforma es resultado de una larga lucha de los trabajadores mexicanos por la democracia y la libertad sindical, por el salario y mejores condiciones de vida. 
Responde también, agregó, a los compromisos del Estado mexicano derivados de la enmienda constitucional de 2017 y a los tratados internacionales como el Convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo y el Tratado México-Estados Unidos-Canadá.
Por mayoría, la Asamblea rechazó las reservas que presentaron senadores del PAN, PRI, PVEM, PRD y Movimiento Ciudadano para modificar diversos artículos del dictamen.
El proyecto de decreto fue enviado al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales. Reforma diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, la Ley Federal de Defensoría Pública, la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y la Ley del Seguro Social.
Con ello, se busca elevar la productividad, generar beneficios tanto a los patrones como a los trabajadores, mejorar las condiciones de trabajo y recuperar la confianza de la justica laboral.
Con 70 en pro y 50 en contra, el Pleno aprobó en los términos del dictamen los artículos 49, 110, 132, 133, 146, 245 bis, 279 quarter, 280 bis, 283, 331, 332, 333, 334, 336, 338, 340, 342, 360, 364, 369, 371, 371 bis, 373, 390 bis, 390 ter, 395, 399 ter, 400 bis, 451, 590-D, 784, 897, 897-F, 920, 923, 926, 927, 929 y 937 de la Ley Federal del Trabajo.
Además, los artículos sexto, décimo primero, décimo segundo, décimo tercero y vigésimo segundo del régimen transitorio del proyecto de decreto, que habían sido reservados. 

http://comunicacion.senado.gob.mx/index.php/informacion/boletines/44721-aprobada-sin-cambios-la-reforma-laboral.html


Número 1809

  • Podrán elegir sus directivas mediante voto personal, libre, directo y secreto; tienen derecho de formar parte o no de un sindicato.    

El Pleno reformó el artículo 69 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del apartado B) del Artículo 123 Constitucional, por 115 votos en favor y dos abstenciones.  
La modificación establece que todos los trabajadores tienen derecho a formar parte de un sindicato y a constituir sindicatos sin necesidad de autorización previa.
Asimismo, el trabajador ejercerá en todo momento su libertad de adhesión o separación de un sindicato, a nadie se le obligará a formar o no formar parte de él, o a permanecer en el mismo.
El dictamen avalado señala que las disposiciones normativas actuales de la ley confieren la libertad al trabajador de asociarse al sindicato de su preferencia, pero no la libertad de separación, y limita dicha acción únicamente a un proceso de expulsión.
Los legisladores consideraron que la expulsión, referida actualmente en el artículo 69, es un método obsoleto, al margen de las políticas nacionales e internacionales en tema de sindicación de los trabajadores.
Napoleón Gómez Urrutia, presidente de la Comisión del Trabajo y Previsión Social, refirió que la reforma armoniza el derecho a la libre sindicalización, dispuesto para los trabajadores contemplados en el Apartado A del artículo 123, y en el Convenio 98 de la OIT.  
Además, reconoce el derecho de las personas trabajadoras del Estado a gozar de forma plena y efectiva su derecho humano laboral y a decidir libremente sobre su pertenencia a un sindicato, lo que los coloca en un plano de igualdad, dijo.
En la ronda de posicionamientos, la senadora Nancy de la Sierra Arámburo, del PT, comentó que la libertad de asociación, en lo general, y la libertad sindical en lo particular, son dos derechos característicos de todo sistema democrático.   
Por el Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la senadora Patricia Mercado precisó que los trabajadores del Apartado B viven en un régimen de excepción. No obstante señaló que en Parlamento Abierto y como parte de la agenda laboral, se buscará que los todos los trabajadores ganen el derecho a la libertad sindical.
En el rubro de reservas, el senador Pedro Haces Barba, de Morena, propuso derogar el artículo 68, para quedar en los términos de la ley vigente. También, adicionar los artículos 69, 71, 73, 78, 79 y 84, a fin de hacer congruente la reforma propuesta.
Agrega un párrafo al artículo 69, relativo a la elección de directivas sindicales, mediante voto personal, libre, directo y secreto de todos y cada uno de los afiliados, previa convocatoria que se emitirá con un plazo no menor a 15 días; se difundirá entre los miembros del sindicato, y también deberá notificarse al Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje con la misma anticipación.
El Tribunal podrá verificar el procedimiento de la elección, a través de servidores públicos. Las elecciones que no cumplan estos requisitos serán nulas.
Lo anterior, para hacer precisiones en materia de elección de directivas sindicales, constitución y cancelación de los sindicatos, adhesión de éstos a las federaciones de sindicatos de trabajadores, y sobre las prohibiciones a estos grupos de trabajadores. 
Las adiciones a diversos artículos, planteadas por el senador Haces Barba, fueron aprobadas en votación nominal por 118 votos en favor, uno en contra y una abstención. Fue turnado a la Cámara de Diputados.

http://comunicacion.senado.gob.mx/index.php/informacion/boletines/44719-avalan-libertad-sindical-para-trabajadores-al-servicio-del-estado.html

Refuta CTM: Reforma laboral sí fue un buen regalo 


Inicio/ Política 20:20 29 de abril de 2019 Carlos Cordero/Quadratín México CIUDAD DE MÉXICO, 29 de abril de 2019.- 
El secretario general de la Confederación de Trabajadores de México (CTM), Carlos Aceves del Olmo, refutó las declaraciones de la Coparmex y aseguró que la Reforma laboral aprobada este lunes en el Senado de la República es un buen regalo para todos. 
El senador del PRI y presidente del Congreso del Trabajo señaló que la legislación otorga mejores condiciones a los tribunales, empresarios, trabajadores y sindicatos. 
“Es como una ensalada, tienen que estar todos para que sepa bien la ensalada”, dijo en entrevista tras las declaraciones del presidente nacional de la Coparmex, Gustavo de Hoyos, quien consideró que el dictamen de reforma en materia de libertad sindical, justicia laboral y negociación colectiva no fue un buen regalo para el Primero de Mayo, fecha en que se conmemora el Día del Trabajo. 
El Pleno del Senado de la República aprobó sin cambios, en lo general y en lo particular, la reforma que planteó la Cámara de Diputados en materia de justicia laboral, libertad sindical y negociación colectiva. 
La legislación responde a los compromisos del Estado mexicano derivados de la enmienda constitucional de 2017 y a los tratados internacionales como el Convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo y el Tratado México-Estados Unidos-Canadá. 
Por mayoría, la Asamblea rechazó las reservas que presentaron senadores del PAN, PRI, PVEM, PRD y Movimiento Ciudadano para modificar diversos artículos del dictamen. El proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, la Ley Federal de Defensoría Pública, la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y la Ley del Seguro Social, fue enviado al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales. 
La votación en los artículos reservados registró 70 votos a favor y 50 en contra, por lo que quedaron avalados en los términos del dictamen los artículos: 49, 110, 132, 133, 146, 245 bis, 279 quarter, 280 bis, 283, 331, 332, 333, 334, 336, 338, 340, 342, 360, 364, 369, 371, 371 bis, 373, 390 bis, 390 ter, 395, 399 ter, 400 bis, 451, 590-D, 784, 897, 897-F, 920, 923, 926, 927, 929 y 937 de la Ley Federal del Trabajo. 

https://mexico.quadratin.com.mx/y-refuta-ctm-reforma-laboral-si-fue-un-buen-regalo/