26/04/2019

Por Gregorio Vidal
En estos días se discute en el Senado de la República la propuesta de reforma laboral que según consideraciones del gobierno federal permite avanzar en el proceso de aprobación del T-MEC. La reforma tiene origen legislativo en la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, por lo que si es aprobada sin modificaciones es posible que que en un breve tiempo se aplique. Según el presidente de la Comisión de Trabajo y Previsión Social del Senado, Napoleón Gómez Urrutia, aun cuando faltan propuestas por atender, la reforma permite avanzar en la democracia, la transparencia y la libertad sindical, además de generar certidumbre en el empleo y buscar reordenar el mundo del trabajo. Sin duda, el tema de la ocupación y sus condiciones es sustancial para avanzar en un cambio en el país y lograr reducir sustancialmente la desigualdad y la exclusión social. De acuerdo con la información del Senado, la reforma laboral será sometida para su aprobación por el pleno de esa cámara antes de que se publique esta colaboración. La reforma aprobada se presenta cuando las cifras sobre la ocupación, el peso de la informalidad laboral y otros indicadores sobre condiciones críticas de la ocupación no presentan cambios positivos en el curso de meses recientes.
Las cifras que publica el Inegi, resultado de la aplicación de la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo, correspondientes a marzo de 2019, dan cuenta de un mundo del trabajo caracterizado por la desigualdad y la exclusión social. Es el resultado de una dinámica de funcionamiento de la economía de muchos años. Está ampliamente documentado que desde hace varios gobiernos se impulsó una estrategia de crecimiento fundada en bajos salarios que se acompañó de una multiplicación de la informalidad laboral. En las décadas previas el pago a trabajadores de industrias como la automotriz en México fue crecientemente menor al recibido por sus pares en Estados Unidos y Canadá. Además se acentuó un régimen laboral que fomentó la subcontratación vinculada a condiciones de informalidad laboral. Un resultado es el alto nivel de la informalidad laboral existente al concluir la administración federal anterior. Según cifras del Inegi, al final del cuarto trimestre de 2018 la tasa de informalidad laboral de la población ocupada en México era de 56.5%. En años previos se tuvieron cifras superiores a 58%. Lo notable es que no se logró una disminución sistemática y relevante. Para finales del primer semestre de 2019 tampoco se observa una modificación positiva, la informalidad laboral reportada es de 57.1%. Hay otros indicadores, como el de condiciones críticas de ocupación que también presenta un incremento.
A marzo de 2019 los que laboran en condiciones críticas son 19.5% del total de los ocupados. Un año antes la cifra fue de 15.9%. Se re^ere a las personas que trabajan menos de 35 horas a la semana por razones ajenas a sus decisiones, sumadas a las que trabajan más de 35 horas con ingresos mensuales inferiores al salario mínimo y las que laboran más de 48 horas con una remuneración de hasta dos salarios mínimos. Son cifras cuya modificación y reducción será resultado de un cambio importante en el comportamiento de la economía que se vinculará a un incremento en los salarios de una gran cantidad de la población.
Para alcanzar un cambio de esta envergadura es necesario establecer desde ahora las políticas que lo impulsen y lo hagan posible. En ningún caso serán resultado de mantener el modelo económico. Es imprescindible establecer las metas de crecimiento del PIB en los años siguientes compatibles con incrementos en la ocupación formal y los medios que las hagan posibles, el aumento de la inversión, destacadamente de la inversión pública. Por tanto, en todo el sector público deben ejecutarse políticas que eliminen la subcontratación y como criterio debe extenderse a contratos y adquisiciones que realicen con el sector privado. Sin la modificación de las condiciones de ocupación para la mayor parte de la población y la reducción sustancial de la informalidad laboral y de las condiciones críticas de la ocupación no es posible el desarrollo. Inclusión y bienestar social no existen sin incrementos sustantivos en los ingresos de gran parte de la población y la reducción sustancial de la informalidad laboral.
Departamento de Economía, Universidad Autónoma Metropolitana, Unidad Iztapalapa
Twitter: @GregorioVidalB
Etiqueta: democracia
Confía próximo gobierno tener leyes secundarias de la reforma laboral en diciembre próximo
La futura secretaria del Trabajo y Previsión Social, Luisa María Alcalde, apuntó que el próximo gobierno respaldará los espacios de un diálogo auténtico entre trabajadores y empleadores en las diferentes ramas de industria.
23 Oct 2018 – Rocío Méndez Robles
Luisa María Alcalde, futura secretaria del Trabajo y Previsión Social
Reunida con representantes de las casi 70 empresas que manejan el 90% de la industria del acero en México, la futura secretaria del Trabajo y Previsión Social, Luisa María Alcalde,
En cuanto a la reforma a la Ley Laboral, la abogada Alcalde subrayó que en materia de Leyes Secundarias “estamos en falta, porque la reforma constitucional que se aprobó establecía un plazo que se vencía en febrero de este año; también tenemos la premura respecto al nuevo apartado laboral”, del nuevo tratado comercial entre Estados Unidos, Canadá y México.
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“Nuestra idea es logremos en las próximas semanas, antes de que concluya el año —a principios de diciembre— tener las leyes secundarias y que sean muy precisas en responder a la reforma constitucional” apuntó ante el sector acerero del país.
Con la nueva Ley Laboral habrá toda una transición de las Juntas de Conciliación y Arbitraje a los tribunales laborales. “Es todo un nuevo procedimiento mucho más ágil y expedito para que logremos tener juicios laborales mucho más ágiles”, confió Alcalde.
Ante los industriales que han colocado al país como el 14º productor de acero en el mundo y emplea a 672 mil personas de manera directa e indirecta, la futura titular de la STPS detalló que han habido acercamientos con diversas áreas del sector privado, “para discutir comentarios o dudas. Estamos encima de los tiempos, necesitamos tener la reforma laboral muy pronto, pero se puede compartir lo que se ha venido trabajando”, resaltó.
La maestra Alcalde apuntó que el próximo gobierno respaldará los espacios de un diálogo auténtico entre trabajadores y empleadores en las diferentes ramas de industria.
De hecho, en entrevista posterior, la próxima titular de la STPS anunció que el próximo gobierno hará una propuesta en las próximas semanas para que se garanticen “los preceptos constitucionales, como la autenticidad en las representaciones sindicales; el voto personal, libre y secreto; democracia, libertad, transparencia sindical; y procedimientos más ágiles en materia laboral”.
En otro tema, cuestionada sobre la propuesta del próximo gobierno de ofrecer visas de trabajo a migrantes indocumentados, Luisa María Alcalde subrayó que “necesitamos fortalecer el mercado interno, en lugar de abocarnos a que los salarios se mantengan y que así seamos atractivos al exterior, necesitamos fortalecer el mercado interno; también vamos a rescatar al campo y por eso creemos que se van a generar muchísimas oportunidades incluso para la gente que sale de sus países por necesidad, no por gusto”.
Ante la insistencia de las televisoras de ¿por qué se dará visas de trabajo a gente de otro país cuando no hay empleo en México?, la abogada Alcalde resaltó que “habrá desarrollo y diferentes cortinas que permitirán a la gente tener oportunidades, empezando por los mexicanos. Habrá trabajo para ellos y para la gente que viene huyendo de la violencia. Se requiere hermandad, creemos que vamos a lograr bienestar con nuestro plan de nación”, explicó.
La futura funcionaria federal comentó que el nuevo tratado comercial con Estados Unidos, Canadá y México trae un apartado bastante interesante en materia laboral, pero su planteamiento tiene que ver con el fortalecimiento de los salarios, justicia laboral, que los trabajadores puedan decidir si se organizan o no y quién los representa previo a la firma de un contrato colectivo o un emplazamiento a huelga”.
Al presentar el programa Jóvenes Construyendo el Futuro, ante el 6° Congreso Canacero, la futura secretaria federal del Trabajo señaló que resaltó que para la próxima administración será “una prioridad” atender a los jóvenes que no tienen oportunidades de estudiar o trabajar.
“Es una generación con talento y muchas ganas de sacar al país adelante”, señaló la maestra Alcalde, al detallar que al andar entre los 18 y los 29 años, son personas que no han ingresado a las universidades que apenas pueden atender al 30% de la demanda, o no han sido contratados por empresas e instituciones.
“Durante años se les ha dado la espalda” por ello para enero del 2019 se aspira tener a 2 millones 600 mil jóvenes inscritos en el programa Jóvenes Construyendo el Futuro, apuntó la abogada Alcalde.
De los jóvenes que no estudian ni trabajan,2 millones 300 mil irían a actividades productivas y 300 mil continuarán con estudios superiores, para ello se destinarán 108 mil millones de pesos, precisó.
“No hay mejor apuesta que rescatar a todos estos jóvenes para pacificar al país y reivindicar los derechos de esta población a tener un futuro en este país”, resaltó Alcalde, al explicar que los jóvenes que trabajen en instituciones, empresas u organismos sociales recibirán un salario por parte del gobierno federal y si terminado ese periodo no son contratados, se les dará seguimiento a través del Servicio Nacional de Empleo hasta lograr su inserción en el mercado laboral.
Tras indicar que los llamados “servidores de la nación” ya recorren, en principio, las zonas más empobrecidas del país para identificar a los jóvenes que no estudian ni trabajan, Luisa María Alcalde sugirió a los jóvenes interesados a acudir a los Centros Integradores que se abrirán en todo el país o a incorporarse al programa vía electrónica a través de la página: www.jovenesconstruyendoelfuturo.mx/
https://mvsnoticias.com/#!/noticias/confia-proximo-gobierno-tener-leyes-secundarias-de-la-reforma-laboral-en-diciembre-proximo-182
Se acelera la reforma que da muerte al derecho laboral

Arturo Alcalde Justiniani
Al leer el dictamen de reforma laboral que se pretende votar la próxima semana en la Cámara de Senadores, uno concluye que en nuestro país la realidad siempre supera las expectativas. A media hora de iniciar el largo descanso de Semana Santa, el senador ex verde, ahora priísta, José María Tapia Franco, quien fuera impuesto dos días antes en el cargo de presidente de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, presentó un dictamen de 339 páginas, que obviamente elaboró el Ejecutivo Federal, con la intención de que fuera aprobado con urgencia.
De nada sirvieron los foros, los eventos académicos, las mesas redondas y conferencias, los diálogos con las autoridades; tampoco la iniciativa de ley del PRD, apoyando un texto elaborado por la Unión Nacional de Trabajadores, ni la propuesta de ley del PAN. Fueron ignorados los compromisos contraídos en el Acuerdo Transpacífico de Cooperación Económica (TPP), así como los convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), incluyendo el respeto al estado de derecho y la independencia en la impartición de justicia. Finalmente, se soslayaron las preocupaciones en el entorno de la negociación del TLCAN y de más de 180 legisladores estadunidenses que con razón expresaron preocupaciones por el modelo laboral mexicano. Al final se impuso la propuesta que impide la libertad de asociación y de negociación colectiva decente y el objetivo de mantener salarios bajos e indefensión laboral.
El gobierno priísta optó por hacer nula la reforma constitucional de un año atrás, en contraposición de todas las voces que advirtieron sobre los graves riesgos que se tendrían no sólo para el país, sino también para su candidato presidencial José Antonio Meade, quien seguramente forma parte de este brutal golpe a las y los trabajadores mexicanos. La prisa para la presentación del dictamen se explica porque tan sólo en cuatro semanas concluye el periodo legislativo y el PRI calcula que perderá la elección, por lo que éste es el último momento para cumplir las promesas al sector empresarial con el cual muchos de los integrantes de este gobierno comparten negocios. Poco les importa imponer la votación en un Congreso que va de salida, no les interesa la legitimidad democrática.
El proyecto de ley que pretende imponer el PRI y sus aliados, se sostiene en tres pilares básicos: el primero plantea blindar los contratos colectivos de protección patronal estableciendo requisitos insalvables para aquellos trabajadores que pretendan organizarse democráticamente y acceder a una negociación que pueda mejorar sus condiciones salariales y de vida. Se les exige como condición previa constancias documentales de las que carecen para justificar la negativa a que logren la firma de un contrato colectivo o que puedan cambiar al sindicato impuesto por el patrón. Primero, deberán confesar por escrito con que sindicato están, para que luego el patrón los pueda despedir; después, podrán iniciar un juicio para aspirar a un recuento secreto que carecerá de sentido.
El segundo, crea un muro de contención que hace la tarea de bloquear por la vía administrativa cualquier gestión, trámite o intento de cambio; para ello, el gobierno propone que los órganos creados por la Constitución para impulsar la conciliación, se conviertan en una especie de tribunal administrativo, que sin sujetarse al debido proceso, controlará los aspectos esenciales en el ejercicio de los derechos colectivos: registros sindicales, firmas de contratos colectivos, emplazamientos a huelga o intentos por cambiar al sindicato impuesto por el patrón (juicios de titularidad). Estos nuevos Frankestein decidirán discrecionalmente quién pasa a la segunda etapa, ante el Poder Judicial. Si no lo autorizan, los demandantes ni siquiera le verán la cara al juez (basta ver los artículos 1010, 1027 y su referencia al 1008); en otras palabras, dejarán a los verdaderos jueces sin materia de trabajo. Para remate, el nuevo monstruo será controlado por los sindicatos corporativos y los abogados empresariales que se han especializado en acabar con el derecho laboral, ya que en contravención a lo señalado por la Constitución que lo considera autónomo, ahora será tripartito, con 12 miembros, cuatro para los sindicatos corporativos, cuatro para los representantes de las cámaras patronales que ocuparán sus abogados y en minoría, cuatro representantes del gobierno. Con ello se pretende que en el caso de que obtenga el triunfo un gobierno democrático, éste quede nulificado y sin presencia alguna, pues sólo tendrá un tercio de los votos. Incluso al presidente del organismo, a quien la Carta Magna otorga el carácter de rector del organismo autónomo y que es designado por el Senado de una terna propuesta por el Presidente de la República, se le niega el derecho de voto en la instancia de gobierno. Adiós autonomía.
La tercera pinza impide que los trabajadores sean consultados por voto libre y secreto, antes de la firma de un contrato colectivo, como lo ordena la Constitución (Fracción XXII Bis, Apartado A, Artículo 123) y como complemento, se limita la transparencia sindical, reduciendo por ejemplo, la información sobre los contratos colectivos a simples ¨versiones públicas” cuando la ley general en la materia se refiere a los textos íntegros.
No hay más espacio para exhibir las trampas de esta propuesta de ley. Sólo un ejemplo más. En el artículo 390 Bis se establece que cuando el patrón intente registrar un contrato colectivo y el nuevo monstruo tripartito, del que dicho empleador forma parte, no le conteste en 20 días, se le tendrá por autorizado automáticamente. Claro, ignorando a los trabajadores.
Parece claro que los argumentos jurídicos sobran, sólo presionando electoralmente al gobierno evitaremos que se consume este golpe, el más duro en la historia laboral.
- Pastel sindical en el nuevo aeropuerto.
Se generó una disputa entre las centrales obreras corporativas por recibir los beneficios de las cuotas sindicales y ¨gratificaciones¨ por supuestamente representar a los más de 40 mil trabajadores que laboran en la construcción del nuevo aeropuerto. Finalmente, el gobierno los concilió con un tabulador de ganancias. Según un dirigente, obtendrán lo suficiente para jubilar a todos los líderes. A este meganegocio o megacontrato de protección patronal se le denomina: el pastel. Obviamente, los trabajadores no reciben ni una rebanada.
http://www.jornada.unam.mx/2018/03/31/opinion/011a1pol
Iniciativa de reforma Laboral UNT-PRD
Iniciativa de reforma Laboral UNT-PRD
Sabías qué…
Por el equipo jurídico de la UNT:
Lic. Héctor Barba García y Lic. Héctor Solano Cid
Actualmente existen en la Cámara de Senadores tres iniciativas de reforma legal vinculadas a la reforma constitucional al artículo 123 en su apartado A, en materia de justicia laboral
- Promovida en agosto de 2017 por el Senador Isaías González Cuevas secretario general de la CROC, que plantea la reforma a los artículos 94 y 104 constitucionales, buscando privatizar el derecho del trabajo y no aborda ninguno de los puntos sobre los que versa la reforma constitucional del artículo 123, apartado A, en materia de justicia laboral;
- Promovida a principios de diciembre de 2017, por los senadores Tereso Medina de la CTM y también Isaías González Cuevas de la CROC, ambos de la bancada del PRI, que plantean reformas a la Ley Federal del Trabajo y otras leyes, que pretende anular los derechos más relevantes de los trabajadores y sindicatos, por lo que es contraria a la reforma constitucional del artículo 123, apartado A, en materia de justicia laboral;
- Promovida a mediados de diciembre de 2017 por el Senador Luis Sánchez Jiménez que hizo suya la propuesta de reformas a la Ley Federal del Trabajo y a la Ley de Amparo preparada por la Unión Nacional de Trabajadores y que respeta el contenido esencial de la reforma constitucional del artículo 123, apartado A, en materia de justicia laboral contenido en las fracciones XVIII, XX y XXII bis.
Objetivo del proyecto de reforma UNT-PRD
Sanear la justicia laboral y rescatar, como producto esencial de la reforma, la contratación colectiva auténtica, el principio de libertad sindical con pluralidad, autonomía y democracia, que posibilite la determinación electoral personal, libre y secreta de los trabajadores para elegir a su directiva sindical, su pertenecía al sindicato de su preferencia y su aprobación previa de validación del contrato colectivo y del sindicato que lo suscriba. Ello, en virtud de que ahora constitucionalmente la libertad sindical está conjugada con la libertad de contratación colectiva en binomio indisoluble, entre otros aspectos, que se sintetizan:
Pretensiones de la iniciativa de reforma a la Ley Federal del Trabajo preparada por la UNT-PRD
Los puntos más relevantes de la iniciativa de reforma a la Ley Federal del Trabajo preparada por la UNT-PRD son:
- Se plantea con estricto apego a la reforma constitucional en materia de justicia laboral, nutrida con lo esencial de los tratados internacionales.
- Se dota a los trabajadores y a los sindicatos de las herramientas jurídicas para la defensa de sus intereses y mejora de las condiciones generales de trabajo fortaleciendo el Sindicato democrático y auténtico, las cuales son:
2.1 Se prevén mecanismos que le permitan al Organismo de Conciliación Federal, realizar válidamente las consultas a los trabajadores, mediante el voto libre, personal y secreto, para dos de los eventos que le corresponderá atender:
a) Las elecciones de las directivas sindicales y
b) La aceptación o rechazo de la celebración y firma de contrato colectivo nuevo, destinado a aplicarse en sus relaciones individuales y colectivas ante su patrón, para su correspondiente registro.
2.2 Se contempla que, si superados los requisitos citados en el punto anterior y solo para el caso de que el patrón se niega a firmar el contrato colectivo, el sindicato que los trabajadores hayan elegido para su celebración, quedará plenamente legitimado como representante de ellos para exigir esa celebración y emplazar a huelga al patrón para ese fin, obviamente por conducto del Tribunal Laboral competente para obtener su firma y registro.
- Se establece la posibilidad de que, una vez publicado cada uno de los contratos colectivos de trabajo por la nueva autoridad registral, una coalición de por lo menos cinco trabajadores de los afectados pueda promover dentro del año siguiente a esa publicación, y en la vía colectiva, la nulidad de contrato colectivo de trabajo cuya validez se cuestiona, resolviéndose el fondo del asunto mediante el recuento de los trabajadores con derecho a voto y que deberá hacerse de forma libre, personal y secretamente, con dos objetivos:
a) Ratificarlo si es auténtico, operativo y cuenta con el principio de representatividad dicho contrato colectivo, o
b) Que tengan los trabajadores la posibilidad de rechazarlo y sea anulado por carecer del requisito esencial de validez: el principio de representatividad.
- Con lo ello se pretende eliminar al sindicalismo de protección y limpiar el sistema laboral mexicano de la simulación de los contratos colectivos de protección patronal, que son la mayoría de los depositados.
- Acorde a la reforma constitucional reivindica el sistema constitucional de división de poderes, estableciendo que la resolución de las diferencias o los conflictos entre trabajadores y patrones estará a cargo de los tribunales laborales del Poder Judicial de la Federación o de las entidades federativas denominándolos “Tribunales Laborales Unitarios de Circuito”.
- Se establece que todo el personal que labore en los Tribunales Laborales Unitarios, se encuentre debidamente capacitado para aplicar, con diligencia y debido conocimiento, la normativa laboral, a cada caso concreto justiciable, sea este de carácter individual o colectivo.
- Se crean Centros de Conciliación en ambos ámbitos (Local y Federal), para llevar a cabo la instancia pre-judicial obligatoria (conciliación) pero conforme a la Constitución, solo respecto a los asuntos individuales y no en los colectivos.
- Se plantea que la conciliación pre-judicial interrumpirá la prescripción para demandar jurisdiccionalmente.
- Se plantea que en rebeldía del cumplimiento patronal, la ejecución forzosa de los convenios celebrados ante la Autoridad Conciliatoria Federal o Local, sea a cargo del Tribunal Unitario Laboral competente por materia y territorio, resaltando que la celebración de estos se realiza con la aprobación de la autoridad conciliadora.
- Se prevé que acorde a la reforma constitucional, en el país solo la autoridad conciliatoria del ámbito federal, tenga la facultad para registrar todos los contratos colectivos y todas las organizaciones sindicales.
- Se establecen las bases para la constitución y funcionamiento del organismo registral y de conciliación en materia federal, conformado de la forma siguiente:
a) Una Dirección General Unitaria,
b) Una Junta Directiva integrada con los siguientes representantes:
- Un representante del Sistema Nacional Anticorrupción,
- Un representante de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos
- Un representante del Sistema Nacional de Transparencia y acceso a la Información.
Lo anterior con la finalidad de prever que esta integración garantice el cabal respeto a los derechos humanos laborales y eliminar la intención de meter las manos del peculiar tripartismo en México dentro del citado Organismo para majearlo a su antojo, como inconstitucionalmente se prevé en la iniciativa CTM-CROC.
- Se plantea en materia Local la constitución de los Centros de Conciliación, como Organismos Descentralizados Estatales, con la integración siguiente:
a) Una Dirección Unitaria
b) Consejos Directivos Integrados por las instituciones locales siguientes:
- Un representante del Sistema Anticorrupción Estatal,
- Un representante de la Comisión Estatal de Derechos Humanos; y
- Un representante del Sistema de Trasparencia y Acceso a la Información Estatal.
- Cabe resaltar que con la iniciativa PRD-UNT, no se anula ningún derecho de los trabajadores y sindicatos contenido en la Ley Federal del Trabajo vigente, ni mucho menos se trastoca norma procesal en perjuicio de estos actores, por lo que se mantiene en esencia el procedimiento laboral vigente salvo los temas de titularidad, de registro y de la instancia de conciliación pre-judicial.
Conoce los siete puntos medulares que las iniciativas de reforma a la Ley Federal del Trabajo deben abordar para cumplir a cabalidad con la reforma constitucional al artículo 123, apartado A, en materia de justicia laboral, del 24 de febrero del 2017
- Substituir todas la Juntas de Conciliación y Arbitraje (locales y federales) por Tribunales Laborales de los poderes judiciales Federal, de los Estados de la Unión y de la CDMX; (primer párrafo de la fracción XX del artículo 123 Constitucional)
- Instaurar un organismo descentralizado de carácter federal que se encargará de la conciliación pre-judicial en materia federal; (cuarto párrafo de la fracción XX del artículo 123 Constitucional)
- Por otra parte se faculta a dicho organismo descentralizado para que conozca del registro de todos los sindicatos y de todos los contratos colectivos de trabajo, en ambos fueros; (cuarto párrafo de la fracción XX del artículo 123 Constitucional)
- En el fuero Local se instauran organismos descentralizados en cada uno de los estados y en la CDMX, que se encargarán de la conciliación pre-judicial en casos individuales; (segundo párrafo de la fracción XX del artículo 123 Constitucional).
- Se instaura como derecho fundamental el voto personal, libre y secreto de los trabajadores para los siguientes casos: (fracción XXII bis del artículo 123, Constitucional)
a) aceptación de contrato colectivo de trabajo nuevo y del sindicato que lo celebre,
b) como pre-requisito para su registro;
c) en los juicios de titularidad contractual para la elección del sindicato de deba adquirir o mantener la titularidad del contrato colectivo ya celebrado; y
d) para la elección de la directiva en todos los sindicatos;
6. Se instaura como derecho fundamental de los trabajadores y los sindicatos el derecho de libertad de negociación colectiva. (fracción XXII bis del artículo 123, Constitucional)
7. Se adiciona el principio de representatividad cuando se trate de obtener la celebración de un contrato colectivo de trabajo (segundo párrafo de la fracción XVIII del artículo 123, Constitucional relativo a la materia de la huelga)
Lee, haz tuya, defiende y difunde la iniciativa a la Ley Federal del Trabajo preparada por la UNT y presentada por el PRD al Senado
- PROMUEVE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LIBERTAD DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA, LIBERTAD SINDICAL Y NEGOCIACIÓN COLECTIVA.
- PROPICIA EL FORTALECIMIENTO DEL SINDICALISMO AUTÉNTICO, REPRESENTATIVO Y DEMOCRÁTICO DOTANDO A LOS SINDICATOS DE HERRAMIENTAS JURIDICAS PARA ACATAR ESOS PRINCIPIOS.
- COMBATE LA PROLIFERACIÓN DE CONTRATOS COLECTIVOS DE PROTECCIÓN PREVIENDO ACCIONES LEGALES A LAS COALICIONES DE TRABAJADORES PARA DECLARAR LA NULIDAD DE ESTOS, POR CARECER DEL PRINCIPIO DE REPRESENTATIVIDAD Y POR SER ESTA LA MATERIA PRIMA DE LOS SINDICATOS DE PROTECCIÓN PATRONAL CON DICHAS MEDIDAS TAMBIÉN SE COMBATE A ESTOS.
- ASI MISMO DA SENTIDO AL DERECHO FUNDAMENTAL DE VOTO PERSONAL LIBRE Y SECRETO, PREVIÉNDOLO PARA ELEGIR A SU DIRECTIVA SINDICAL, SU PERTENECÍA AL SINDICATO DE SU PREFERENCIA Y SU APROBACIÓN PREVIA DE VALIDACIÓN DEL CONTRATO COLECTIVO Y DEL SINDICATO QUE LO
Conoce, haz tuya y difunde la reforma UNT-PRD a la LFT en pro de la justicia, la democracia y libertad reales
Por el equipo jurídico de la UNT:
Lic. Héctor Barba García
Lic. Héctor Solano Cid
sca_hector@hotmail.com
0445554003799 0445527379987
