Industriales exigen a Alcalde atender emplazamiento a huelga en empresas de Sonora

La secretaria del Trabajo se reunió con empresarios para presentar la nueva ley laboral y se comprometió a revisar el caso. Las dudas y aclaraciones.
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Luisa María Alcalde, secretaria de Trabajo. Cuartoscuro
Industriales exigen a Alcalde atender emplazamiento a huelga en empresas de Sonora
LPO La secretaria del Trabajo se reunió con empresarios para presentar la nueva ley laboral y se comprometió a revisar el caso. Las dudas y aclaraciones.
21/05/2019
Aunque recién se aprobó, aún tomará tiempo para que los ejes centrales de la reforma laboral comiencen a implementarse. Para los empresarios caben muchas dudas en cuestión de resolución de conflictos laborales y la apertura democrática en los sindicatos y el tiempo apremia pues en puerta esta de nuevo una amenaza de nuevas huelgas en el norte del país.
Este martes, la secretaria de Trabajo y Prevención Social (STPS), Luisa María Alcalde, se reunió con los representantes de Index (Consejo Nacional de la Industria Maquiladora y Manufacturera de Exportación) para exponer los puntos más importantes de la reforma laboral y atender algunas de las principales inquietudes entre los empresarios. A su llegada, fue interceptada por el representante de Hermosillo, Gerardo Vázquez, quien le exigió la revisión del conflicto laboral en dicha entidad. 
Y es que en Sonora, el dirigente de la CTM-Sonora, Javier Villarreal Gámez, anunció el emplazamiento a huelga general a partir del próximo 8 de julio en más de dos mil empresas.  Acusa «graves deficiencias de los servicios de salud por parte del IMSS; de vivienda, lo que corresponde al Infonavit, así como a créditos para el consumo de los trabajadores y una «severa carga fiscal».
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  Vázquez le exigió a Alcalde revisar el caso. Para él, se trata de una queja que no entra dentro del marco de la ley, por lo que consideran que podría tratarse de un acto ilegal. «Nosotros queremos saber cómo se aplicaría el estado de derecho cuando algunos líderes de sindicatos busquen o haga emplazamientos masivos de huelga y sea sin que se contradigan cláusulas de contratos colectivos como lo que pasa en Sonora», le increpó Vázquez a la titular de la STPS.  
La funcionaria se comprometió a revisar el caso y señaló que el próximo 31 de mayo se reunirá con el Consejo Técnico para iniciar los trabajos, y así, en las próximas semanas dar a conocer el protocolo y las reglas que se aplicarán para la revisión de los Contratos Colectivos.
Por lo pronto avisa ante la preocupación de los industriales: «Vamos a revisar que está pasando en este caso en específico», pero recordó que la ley actual permite el emplazamiento a huelga si se cumplen ciertas condiciones y/o requisitos. «La idea no es que aplica la ley cuando me conviene y cuando no, no», dijo Alcalde.
Pero aclaró que con la nueva reforma, «se privilegiará el diálogo y la conciliación. Que estén claras las reglas para las rutas se puedan seguir en caso de que el diálogo no sea exitoso diálogo. Consideramos que esa reforma reconstruye algunas relaciones que han sido ya, se han fraccionado o debilitado. La idea es que en estos procesos democráticos haya posibilidad de garantizar que los trabajadores estén decidiendo», dijo. Agregó que en caso de que este emplazamiento caiga en lo ilegal «se aplique el estado de derecho».
Y es que el empresario sonorense alega que el argumento de los trabajadores contra el IMSS, «no tiene nada que ver con que nuestras empresas estén contraviniendo cláusulas de contratos colectivos». Idea que apoya Luis Aguirre Lang, presidente nacional de Index. «. Ratificaría que el mecanismo de un emplazamiento a huelga si está en el marco de la ley, sin embargo, para que esto suceda debe cumplir con ciertos requisitos y condiciones», dijo.
La Coparmex pidió al Senado incluir sanciones a nuevos sindicatos en Reforma Laboral
«Me parece que no abona a la situación que estamos describiendo de desaceleración. No solamente es un mensaje que da al sector industrial, este líder también contratos colectivos con el sector de servicios en la entidad», dijo en conferencia.
El problema laboral tiene como precedente el conflicto en Matamoros que fue considerado como uno de los elementos que explicaron la caída en la actividad económica durante los tres primeros meses del año, principalmente enunciado por Banxico. En el mercado, consideran que los siguientes meses serán mejores, pero solo si no se dan este tipo de choques extraordinarios.
Las huelgas de dicha región del norte provocaron importantes despidos en empresas de fuerte presencia en la región, ya que el emplazamiento convocado por algunos líderes sindicales fue considerado como fuera del marco de la Ley, según pudo saber esta redacción. 
En el evento se convocó también a líderes sindicales, sin embargo los espacios reservados para Carlos Aceves del Olmo y Napoleón Gómez Urrutía quedaron vacíos. Una de las preguntas constantes entre los empresarios era la representación sindical. Alcalde afirmó que seguiría siendo solo un sindicato el que tendría la titularidad en su totalidad

https://www.lapoliticaonline.com.mx/nota/122553-industriales-exigen-a-alcalde-revisar-emplazamiento-a-huelga-que-convoca-a-2-000-empresas-en-sonora/

Revisar temas de justicia laboral, libertad sindical y negociación colectiva, es lo que pide la Coparmex

Esto con el fin de no afectar a las pequeñas y medianas empresas con la Reforma Laboral

  • POR: NUBIA RIVERA JUÁREZ
  • 16 MAYO 2019 

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COPARMEX señala que hay aspectos que afectarán a las empresas con la reforma laboral.
 El sector patronal de Reynosa, considera prioritario que ante la Reforma Laboral, se revisen los temas en materia de justicia laboral, libertad sindical y negociación colectiva, ya que los más afectados serán las pequeñas y medianas empresas.
Sandra Guardiola Sáenz, presidente de la Confederación Patronal de la República Mexicana en Reynosa, comentó que con la ventaja procesal, los trabajadores y sus abogados, no tendrán interés en negociar y los patrones tendrán que buscar alternativas de defensa, abonando en ambos casos, a la simulación. 
Bajo el principio general de derecho que establece que el que afirma esta obligado a probar, cuando un trabajador demanda a su patrón alegando que fue despedido injustificadamente por este, debería estar obligado a acreditar su dicho.
“El Gobierno Mexicano se obligó a asegurar que los procedimientos ante los tribunales para la aplicación de la ley laboral sean justos y equitativos, obligación que se incumple al cambiar el principio de que, quien afirma está obligado a probar y obligar a los patrones a acreditar hechos negativos”, dijo.
Explicó que es necesario que la ley sea acorde a la Constitución, a los convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OTI) y que se garantice en las revisiones contractuales el ejercicio de la libertad de negociación colectiva, respeto a los principios de libertad sindical y al efecto se debe incluir que el procedimiento de consulta para hacer frente a las revisiones contractuales, para sea conforme a lo establezcan los estatutos de cada sindicato, para lo cual resulta indispensable que se modifique el texto aprobado en la Cámara de Diputados, que va en contra de lo antes señalado.
Además señaló la dirigente empresarial, que es indispensable que se elimine el artículo 245 Bis propuesto, ante la necesidad de que haya un orden en los centros de trabajo, puesto que, ante la participación de varios sindicatos en más de un contrato colectivo, se estimula la competencia y rivalidad entre gremios en una misma empresa.
Es necesario que en la Ley Federal del Trabajo se elimine la posibilidad de sujetar el trabajo a la obligación de pertenecer a un sindicato, como lo establece dicho convenio y en consecuencia se prohíban las cláusulas de inclusión, y se garantice la igualdad de derechos entre un trabajador sindicalizado y quien lo sea, en consecuencia se deben reformar varios artículos.
En el procedimiento de huelga se debe garantizar el ejercicio de la democracia sindical, por tal motivo, al escrito en el que se emplace a huelga se debe acompañar el acta de la votación en la que la mayoría de los trabajadores miembros del sindicato hayan aprobado las peticiones y el emplazamiento a huelga.
De la misma forma en el dictamen se incluyó el artículo 369 el proceso de cancelación de un sindicato por prácticas extorsión, sin embargo no se incluyó sanciones a quiénes incurren en prácticas ilegales fuera de procedimiento de huelga, tales como paros o cierres de accesos, por lo que debe incluirse para erradicar estas malas practicas, recalcó la dirigente empresarial.

http://www.latarde.com.mx/mireynosa/revisar-temas-de-justicia-laboral-libertad-sindical-y-negociacion-colectiva-es-lo-que-pide-la-coparmex/686083

COPARMEX en los Estados pide a senado modificar la minuta de reforma a la Ley Federal del Trabajo

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Al menos en Querétaro y el Estado de México el sindicato patronal han enviada cartas a senadores pidiendo modificar la minuta de la Ley Federal del Trabajo en materia de justicia laboral, libertad sindical y negociación colectiva con propuestas que fomenten la creación de empleos, generen condiciones de paz laboral y modernicen la vida sindical.
La Coparmex considera la posibilidad de revertir la carga probatoria del despido mediante el ofrecimiento de trabajo.
Pide eliminar el voto directo en las decisiones de un sindicato y permitir el “voto indirecto” por ejemplo en las revisiones contractuales, esto es que no sean los trabajadores quienes voten sino que lo hagan  delegados. Sin embargo para los procedimientos de emplazamiento a huelga pide que el acta de votación donde la mayoría de los trabajadores miembros del sindicato hayan aprobado las peticiones y el emplazamiento a huelga. Y que mediante un “mecanismo”  la mayoría de los trabajadores pueda concluir el procedimiento de huelga, mediante acuerdo entre éstos y el patrón
Pide también que se incluya la garantía de las personas trabajadoras a no pertenecer a ningún sindicato, por ello propone “que se incluya un recuadro en las boletas de votación, para que el trabajador, en los procedimientos seguidos para definir la representación de un sindicato pueda ejercer el derecho de no pertenecer o dejar de pertenecer a un sindicato”.
Con respecto a los procedimientos de huelga, pretende que se establezca la existencia de un “acuerdo entre el patrón y el sindicato para poder ampliar o prorrogar el periodo de prehuelga”. Además que se sancione a quienes incurran en paros o cierres de acceso
Pide suprimir la posibilidad de romper o hacer divisibles los contratos colectivos de trabajo, eliminando el artículo 245 Bis de la Ley Federal del Trabajo, ya que diversos contratos colectivos por gremio generará conflictos y competencias entre los gremios de una misma empresa, lo que pondría en riesgo la estabilidad de la misma, afirma el sindicato patronal.
Carta de Lorena Jiménez Salcedo Presidente de Centro Empresarial Coparmex Querétaro, al Senador Mauricio Kuri González del Grupo parlamentario del PAN
SENADOR MAURICIO KURI GONZÁLEZ
DEL GRUPO PARLAMENTARIO DE PAN QUERÉTARO
LXIV LEGISLATURA
P r e s e n t e
El Centro Empresarial del Estado de Querétaro de la Confederación Patronal de la República Mexicana considera que la discusión que se llevará a cabo sobre la Reforma Laboral es de vital importancia e interés general, por lo que la participación de los senadores como usted es fundamental.
Consideramos relevante modificar la minuta de la Ley Federal del Trabajo en materia de justicia laboral, libertad sindical y negociación colectiva con propuestas que fomenten la creación de empleos, generen condiciones de paz laboral y modernicen la vida sindical.
Los principales temas que como sector patronal consideramos deben ser atendidos durante la discusión de la minuta son los siguientes:
1) Derecho Individual
• Posibilidad de revertir la carga probatoria del despido mediante el ofrecimiento de trabajo.
El mantener las adiciones propuestas al artículo 784, fracción VI como: “La negativa lisa y llana del despido, no revierte la carga de la prueba”, y “la negativa del despido y el ofrecimiento del empleo hecho al trabajador, no exime al patrón de probar su dicho”, dejará en estado de indefensión a los patrones rompiendo el equilibrio procesal y provocará que la mayoría de los juicios individuales sean de alto riesgo para ellos, puesto que se les impone la obligación de probar hechos negativos, es decir, hechos que no existen como los supuestos donde “no despidieron al trabajador”. Este criterio impactará principalmente a las MIPyMES quienes son los mayores empleadores en México.
2) Derecho Colectivo y de Sindicación
• Ejercicio del voto personal, libre y secreto (Art 371, fracciones IX y X, 390 Bis y 390 Ter).
La modalidad de “voto directo” no se encuentra establecida en nuestra Constitución Política, ni en el anexo 23-A del T-MEC; esta imposición es contraria a los Convenios 87 y 98 de la OIT, así como a los principios de libertad sindical porque restringe la libertad de negociación colectiva, el derecho a la autodeterminación en los procesos de elección, y prohíbe que las decisiones de un sindicato, si así lo determinan sus estatutos, puedan ejercerse con voto indirecto.
• Revisiones Contractuales (Art. 400 Bis).
Es necesario que la ley sea acorde a nuestra Constitución Política, así como a los Convenios 87 y 98 de OIT con el fin de garantizar el ejercicio de la libertad de negociación colectiva en las revisiones contractuales, respetando los principios de libertad de asociación y de autodeterminación, incluyendo que los procedimientos de consulta para hacer frente a las revisiones contractuales se realice de conformidad con los estatutos de cada sindicato.
• Garantizar la libertad de no pertenecer a ningún sindicato (Art. 390 Bis, fracción III inciso d)
Se debe reconocer el derecho de sindicación de los trabajadores para pertenecer, no pertenecer o dejar de pertenecer a un sindicato. Por ello proponemos que se incluya un recuadro en las boletas de votación, para que el trabajador, en los procedimientos seguidos para definir la representación de un sindicato pueda ejercer el derecho de no pertenecer o dejar de pertenecer a un sindicato, tal y como lo ha resuelto la Suprema
Corte de Justicia de la Nación y protege el Convenio 87 de la OIT.
• Regular que la prórroga del periodo de prehuelga, sea por acuerdo entre el sindicato y no de forma unilateral (Art. 390 Ter y 927, fracción V) La prórroga unilateral es una práctica que carece de fundamento legal y que las Juntas de Conciliación y Arbitraje han tolerado a pesar de que el Poder Judicial Federal ha señalado su ilegalidad. Por lo tanto, se debe establecer que será necesario que exista un acuerdo entre el patrón y el sindicato para poder ampliar o prorrogar el periodo de prehuelga.
• Incluir sanciones a las prácticas ilegales.(incluir un artículo 1007 Bis) Es necesario que se incluyan sanciones a quienes incurran en prácticas ilegales fuera de los procedimientos de huelga, tales como paros o cierres de accesos.
• Suprimir la posibilidad de romper o hacer divisibles los contratos colectivos de trabajo (eliminar el art. 245 Bis)
El artículo en cuestión permite la división de un contrato colectivo existente en empresas que realicen operaciones aeronáuticas. Es indispensable eliminar esta propuesta debido que dividir un contrato colectivo en diversos contratos colectivos por gremio, generará conflictos y competencias entre los gremios de una misma empresa, lo que pondría en
riesgo la estabilidad de la misma.
• Prohibir las cláusulas de inclusión y exclusión (Art.154, 156, 395 y 413)
En la minuta se adiciona que los contratos colectivos de trabajo no podrán contener cláusula de exclusión por separación respecto a trabajadores que dejen de pertenecer al sindicato por renuncia o expulsión, pero subsiste la de inclusión, esto es la obligación de ser sindicalizado para ingresar a laborar y se mantienen derechos de preferencia de trabajadores sindicalizados sobre los que no lo sean lo que atenta contra la libertad de sindicación de pertenecer o no a un sindicato.
• Garantizar la democracia sindical en los emplazamientos a huelga (Art. 920)
En el procedimiento de huelga se debe garantizar el ejercicio de la democracia sindical, por eso proponemos que al escrito en el que se emplace a huelga, se acompañe el acta de la votación en la que la mayoría de los trabajadores miembros del sindicato hayan aprobado las peticiones y el emplazamiento a huelga.
• Incluir el derecho de la mayoría de terminar un movimiento de huelga que afecte a su centro de trabajo (Art. 929)
Se deben establecer mecanismos en los que la mayoría de los trabajadores pueda concluir el procedimiento de huelga, mediante acuerdo entre éstos y el patrón, para evitar que la huelga pueda tener una duración indefinida y estar a merced de quien represente al Sindicato.
• Calificativa obligatoria de la huelga (Art. 937)
A pesar de que la minuta prevé que los patrones también podrán solicitar al Tribunal que determine a quién le son imputables los motivos de la huelga, solo podrán hacerlo cuando hayan transcurrido 60 días a partir de la fecha de estallamiento, periodo que resulta demasiado extenso y que puede impactar en la subsistencia de un centro de trabajo por
lo cual solicitamos disminuir el plazo a 15 días.
En COPARMEX estamos a favor de una modernización de la justicia laboral, que cumpla con la implementación de la reforma constitucional en la materia vigente desde febrero de 2017 y dar cumplimiento al anexo 23-A del Capítulo Laboral del T-MEC sobre representación de los trabajadores en la negociación colectiva, así como regular los derechos contenidos en los Convenios 87 y 98 en materia de libertad sindical y protección del derecho de sindicación y sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva respectivamente, para permitir:
• Que la resolución de las diferencias o los conflictos entre trabajadores y patrones que los derechos de los trabajadores y de los patrones, se rijan por procesos que motiven que las sentencias y resoluciones se rijan sobre principios de certeza, independencia, legalidad, imparcialidad, confiabilidad, eficacia, objetividad, profesionalismo, transparencia y publicidad.
• Que los procedimientos y requisitos aseguren la libertad de negociación colectiva y los legítimos intereses de trabajadores y patrones, garantizando, la representatividad de las organizaciones sindicales, y la certeza en la firma, registro y depósito de los contratos colectivos de trabajo.
• Que en la resolución de conflictos entre sindicatos, la solicitud de celebración de un contrato colectivo de trabajo y la elección de dirigentes, el voto de los trabajadores será personal, libre y secreto, y que en la elección de dirigentes, los estatutos sindicales puedan fijar modalidades procedimentales aplicables a los respectivos procesos.
Finalmente, los exhortamos a que analicen y apoyen los cambios que proponemos, considerando que se tiene el tiempo suficiente para que los mismos sean discutidos y aprobados en la Cámara de Diputados antes de que finalice el periodo ordinario.
Es momento de aprovechar la oportunidad que tenemos para mejorar las condiciones laborales que privilegien el diálogo y la conciliación para la resolución de conflictos en beneficio de los patrones y trabajadores.
Atentamente,
Lic. Lorena Jiménez Salcedo
Presidente de Centro Empresarial Coparmex Querétaro

La Reforma Laboral en puerta ¿Democracia Sindical y Cambios en la Justicia Laboral?


Se elimina la obligación del patrón de entregarle al trabajador un aviso por escrito en el que consten la(s) conducta(s) que motivan la rescisión.
OPINIÓN MTY FACTOR CLAVE JUAN JOSÉ ROSADO ROBLEDO @ElFinancieroMTY 19/03/2019
El pasado mes de enero, se presentó ante la Cámara de Diputados una iniciativa de Reforma a la Ley Federal del Trabajo en materia de Justicia Laboral, por parte del grupo parlamentario Morena, cuyo propósito primordial es la de cumplir con la Reforma Constitucional que se llevo a cabo en 2017 por un lado, y por otro cumplir con las obligaciones que se hicieron en el nuevo tratado comercial entre México, Canadá y Estados Unidos (T-MEC).
¿Cuáles son los cambios sustanciales que se dieron en 2017?:
1) Se sentaron las bases para la creación del Instituto Federal de Conciliación y Registro Laboral:
2) Se crea una Instancia conciliatoria prejudicial, con el fin de que la impartición de justicia sea llevada a cabo de forma más expedita. La cual será aplicable tanto a conflictos individuales como colectivos y en los convenios celebrados en esta instancia serán vinculantes para las partes y adquirirán el carácter de cosa juzgada, por lo cual será improcedente la acción que demande la nulidad del convenio aduciendo una renuncia de derechos con posterioridad a su celebración.
3) Se llevarán a cabo los Registro Contratos colectivos de trabajo, para lo cual el Sindicato que pretenda celebrar un Contrato Colectivo de Trabajo (CCT) deberá acreditar que representa el interés profesional de los trabajadores, y tratándose de personas morales que no tengan trabajadores a su servicio NO procederá la solicitud de celebración de un CCT o el emplazamiento a huelga por celebración de CCT. La Autoridad archivará dicha petición por improcedente.
4) En el caso de Rescisión laboral, se elimina la obligación del patrón de entregarle al trabajador un aviso por escrito en el que consten la(s) conducta(s) que motivan la rescisión.
5) Por lo que respecta a los recibos de pago de salario y prestaciones., a estos la Ley expresamente les otorga plena validez a los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI).
6) Se sustituyen los salarios mínimos por la Unidad de Medida Actualizada (UMA) como medida para la cuantificación e imposición de multas, y para el caso de las Indemnizaciones en caso de incapacidad permanente total o muerte del trabajador.
PARA LO CUAL:
A partir de las reformas aprobadas al art. 123 Constitucional, en materia laboral y que fueron publicadas el 24 de febrero 2017, se otorga un año a Gobierno Federal y Congresos Estatales para que realicen modificaciones estructurales y operativas para su debido funcionamiento, y en tanto ese lapso no transcurra las Juntas locales y Federales de conciliación y arbitraje seguirán operando con normalidad.

El autor es Socio del Área de Seguridad y Rentabilidad del Despacho Elizondo Cantú.
Opine usted: rorj69@hotmail.com
Esta es una columna de opinión. Las expresiones aquí vertidas son responsabilidad únicamente de quien la firma y no necesariamente reflejan la postura editorial de El Financiero.
https://www.elfinanciero.com.mx/monterrey/la-reforma-laboral-en-puerta-democracia-sindical-y-cambios-en-la-justicia-laboral

Conclusiones de las Audiencias Públicas de la Reforma Laboral


Del 25 de febrero al 6 del marzo de 2019, la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, a través de su Comisión del Trabajo y Previsión Social, realizó seis audiencias públicas para analizar la reforma en materia de justicia laboral.
A estas seis audiencias públicas fueron convocados representantes de los poderes Ejecutivo y Judicial, tribunales laborales, colegios y barra de abogados, académicos, organizaciones sindicales, catedráticos, especialistas, colectivos de la sociedad civil y público en general.
En las mesas se abordaron los siguientes temas:

  • Implementación de la reforma laboral.
  • Derecho colectivo.
  • Derecho individual y justicia laboral.
  • Centros de conciliación y registro laboral.
  • Reforma laboral y sociedad civil.

En las mesas de trabajo participaron 62 ponentes entre magistrados, abogados laboralistas, académicos, investigadores, representantes de organizaciones sindicales, organizaciones de la sociedad civil, e integrantes de colectivos, entre otros.
Este esfuerzo de parlamento abierto dio como resultado audiencias plurales, inclusivas, transparentes, con vocación de intercambio de opiniones.
PLANTEAMIENTOS GENERALES
En las seis audiencias públicas se expresaron múltiples puntos de vista respecto a la reforma en justicia laboral de los cuales destacan:

  1. Que el Congreso de la Unión debe acatar el mandato constitucional en materia de justicia laboral.
  2. Que la reforma debe establecer un proceso de traslado de las juntas de conciliación y arbitraje a los tribunales judiciales laborales.
  3. Que es el momento de avanzar en materia de democracia sindical.
  4. Que cualquier reforma en esta materia, debe garantizar los derechos laborales y sindicales de los trabajadores.
  5. Que uno de los objetivos es hacer la justicia laboral rápida y expedita.
  6. Que si bien el tema del outsourcing y de las condiciones laborales de las trabajadoras domésticas no son materia de esta reforma, se identificó la necesidad de que a la brevedad debe ser tema de una nueva reforma al marco legal correspondiente.

CONCLUSIONES PARTICULARES
En la Mesa 1: Alfredo Domínguez Marrufo, Subsecretario de Trabajo, de la Secretaría de Trabajo y Previsión Social; Sara Elvira Morgan Hermida, Procuradora de a Defensa del Trabajo de la Ciudad de México, en representación de la Lic. Soledad Aragón Martínez, Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo de la Ciudad de México; Sergio Javier Molina Martínez, Titular de la Unidad de Implementación de la Reforma en Materia de Justicia Laboral del CJF; Margarita Darlene Rojas Olvera, Presidenta de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje de la Ciudad de México, y Sergio Javier Medina Peñaloza, Presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México y Presidente de la CONATRIB.
Principales conclusiones:

  • Se intenta cumplir el Convenio 98 de la OIT, con la reforma Constitucional y al T-MEC, en el Anexo Laboral 23-A.
  • La iniciativa pretende crear un Centro Especializado en la Conciliación en materia federal (organismo público descentralizado) y en el registro sindical (ambos fueros), así como, Centros de Conciliación Local.
  • Con esta reforma se implementaría la función conciliadora federal, que sería obligatoria antes de acudir a solución de conflictos ante tribunales.
  • Para conflictos sindicales será requerida constancia de representatividad de trabajadores, para que puedan acudir a la instancia prejudicial conciliatoria.
  • Plantea una implementación paulatina, de tribunales laborales, instaurándose primero en los Estados con menor índice de conflictos laborales.
  • Los asuntos instaurados en las juntas de conciliación deben ser resueltos hasta la conclusión, los tribunales judiciales deben conocerlos a partir de la aprobación de la ley y el cumplimiento de sus artículos transitorios.
  • Es una nueva forma de resolver los conflictos y es lo más trascendente desde la incorporación de los derechos sociales en el sistema mexicano.
  • Se trata de materializar el derecho al acceso a la impartición de justicia; hacerlo más ágil y con mayor legitimidad.
  • Deben establecerse fechas y montos de entrega presupuestales, para la operación e implementación de la reforma.
  • Carga cero de asuntos inconclusos para los tribunales judiciales y que las Juntas de Conciliación y Arbitraje mantengan los procedimientos ya instaurados.

En la Mesa 2: Isaías González Cuevas, Secretario General de la Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos (CROC); Ángel Solorio Guevara, en representación de Carlos Aceves del Olmo, Secretario General del Comité Nacional de la Confederación de Trabajadores de México (CTM); Rodolfo González Guzmán, Secretario General de la Confederación Regional Obrera Mexicana (CROM); Oscar Alzaga, Secretario de Asuntos Legales de la SNTMMSSRM, en representación del Lic. Napoleón Gómez Urrutia, Presidente del Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos y Similares de la República Mexicana (SNTMMSSRM); Ismael Cruz López, Catedrático del INESAP en representación de Joel Ayala Almeida, Secretario General de la Federación de
Sindicatos de Trabajadores al Servicio del Estado (FSTSE); Rafael Olivos Hernández, en representación de Arturo Olivares Cerda, Secretario General del Sindicato Nacional de Trabajadores del Seguro Social (SNTSS); Eric Ricardo Osorno Medina, en representación de Pedro Haces Barba, Secretario General de la Confederación Autónoma de Trabajadores y Empleados de México (CATEM); Francisco Hernández Juárez, Secretario General del Sindicato de Telefonistas de la República Mexicana (STRM); Agustín Rodríguez Fuentes, Secretario General del Sindicato de Trabajadores de la Universidad Nacional Autónoma de México (STUNAM); Alejandro Velázquez Méndez, Presidente del Sindicato de Empleados
y Trabajadores, Agentes de ventas en Almacén, Tiendas de Autoservicio, Artesanías, Oficinas particulares del Comercio en Particular, Similares y Conexos de la Ciudad de México; Salvador Alcázar Mendivil, Secretario de Acción Juvenil de la Federación de
Trabajadores de Jalisco CTM; Rafael Díaz Covarrubias, Secretario General de la Asociación Sindical de Pilotos Aviadores de México (ASPA) y Santos Juan Olivo Hernández, representante de trabajadores de PEMEX rescindidos.
Principales Conclusiones

  • El contenido del Artículo 123 Constitucional está en sincronía con el Convenio 98 de la OIT.
  • CTM fija postura: Centro de Conciliación, es órgano descentralizado y administrativo, por lo que se encuentra impedido legalmente de llevar a cabo verificaciones en asambleas, según el Artículo 1º Constitucional; no pueden llevar a cabo inspecciones a documentos, ya que se verían afectados los derechos de los sindicalizados. Sólo pueden verificar la lista de requisitos que marca la ley. No puede aprobar o desaprobar ni aun cuando haya carácter voluntario.
  • El Instituto Federal de Conciliación debe integrarse para que la clase trabajadora tenga una justicia pronta y expedita.
  • El 11 de junio 2011, se introducen los derechos humanos en la Constitución; la Corte Interamericana obligó a todos los poderes a que este principio se elevará a nivel constitucional.
  • Afirman que, sí a la rendición de cuentas. Sí a la democracia sindical. Sí a la inclusión de género. Sí a una libre contratación colectiva.
  • Aprueban la rendición de cuentas obligatoria a los sindicatos que reciben recursos públicos.
  • Rechazo a los contratos blancos y los de protección.
  • El cambio de gobierno será el detonante para modificar el mundo sindical en México, estos cambios tienen que ser en conjunto con la ciudadanía.
  • Es importante destacar que la clave para una verdadera transformación en el mundo laboral, por lo que toca a la parte sindical es, generar las condiciones para que los trabajadores sean quienes dirijan a sus organizaciones, como la elección de sus dirigentes, bajo los principios del voto personal, universal, secreto, libre y directo.
  • Los Convenios 87 y 98 de la OIT sobre sindicación libre y negociación colectiva, también incluyen la no intromisión de las autoridades laborales en los sindicatos.

 
En la Mesa 3: Jorge Erick Sales Boyoli, coordinador de derecho laboral de la Asociación Nacional de Abogados de Empresas (ANADE); Maximiliano Camiro Vázquez, en representación del Lic. Fernando Yllanes Martínez, Presidente de la Comisión de Seguridad Social y Recursos Humanos de la Confederación de Cámaras Industriales (CONCAMIN); María Claudia Esqueda Llanes, especialista en derecho laboral y miembro de la Academia Mexicana de Derecho Laboral, AC; Jaime Alejandro Barrios Anaya, representante del Grupo Restitución del Artículo 123 de la Escuela de Derecho Ponciano Arriaga; Gilberto Chávez Orozco, coordinador de la comisión de derecho del trabajo y seguridad social de la Barra Mexicana de Abogados (BMA); Enrique Octavio García Méndez, prosecretario de la Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo (CONCANACO-SERVITUR); Jorge Cervantes Martínez, analista jurídico de la Barra Mexicana del Colegio de Abogados; Gerardo Pinto Dáger, Colegio de Abogados de Yucatán; Jorge Domingo Viveros, especialista en derecho laboral, y Fernando Mier Concha y Soto, abogado laboralista.
Principales Conclusiones

  • Se tiene que erradicar el emplazamiento a huelga, como forma de extorsión, se debe generar certidumbre jurídica para las empresas.
  • Afirma que es necesario tener una reforma, en el menor plazo posible, y dejar temas de lado que no tienen que ver con la reforma constitucional de febrero de 2017.
  • Pide que exista una Ley Orgánica para el Centro de Conciliación y Registro, ya que no puede ni debe existir en la iniciativa de reforma laboral.
  • Afirma que el artículo 123 era el más vanguardista en su oportunidad, y ahora nos vamos quedando atrás, en nuevas fórmulas de derecho.
  • La asesoría a trabajadores debe realizarla la Procuraduría de Defensa del Trabajo, en la vía conciliatoria y en la de litigio.
  • Que se permita el desahogo de la prueba confesional de manera de interrogatorio libre, sin pliego de peticiones.
  • En el ofrecimiento del trabajo en el artículo 184 de la Ley Federal del Trabajo, considera que el último párrafo va en contra de conservar las fuentes de empleo. La adición del párrafo va a inhibir la práctica de la reinstalación u ofrecimiento de empleo, para dirimir un conflicto hará que en ningún caso el patrón quiera hacerlo, por ello no debe desvirtuarse.
  • La iniciativa que reforma la Ley Federal de Trabajadores es lasciva para los trabajadores, debe verse integralmente, puede observarse que se sustrae el derecho del trabajo del social y se envía al privado.
  • Los contratos colectivos muchas veces no son acordes a derechos humanos y los Centros de Conciliación deben analizar y revisar esas cuestiones, ya que ayudaría a disminuir la carga de trabajo.

En la Mesa 4: Carlos Salazar Lomelín, Presidente del Consejo Coordinador Empresarial (CCE); Maximiliano Camiro Vázquez en representación del Lic. Francisco Cervantes Díaz, Presidente de la Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos (CONCAMIN); Tomás Natividad Sánchez, Presidente de la Comisión Laboral del Consejo Coordinador Empresarial (CCE); José Manuel López Campos, Presidente de la Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo (CONCANACO-SERVITUR); Margarita del Pilar Sánchez Sainz, Directora Nacional de Capacitación y Desarrollo Empresarial en representación de la Lic. Blanca Esthela Pérez Villalobos, Presidenta Nacional de la Asociación Mexicana de Mujeres Jefas de Empresa, A.C. (AMMJE); Juan Carlos de la Vega, en representación del Mtro. Gustavo de Hoyos Walther, Presidente de la Confederación Patronal de la República Mexicana (COPARMEX); Mónica Loaiza Mateos, Vicepresidenta de Global Summit of Women-Capítulo México; Raúl Millard Barquera en representación del Ing. Enrique Guillén Mondragón, Presidente Nacional de la Cámara Nacional de la Industria y la Transformación (CANACINTRA); Manuel García Garrido, en representación del Ing. Eduardo Ramírez Leal, Presidente Nacional de la Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción (CMIC); Fabiola Ortiz Ruiz, Presidenta de Mujeres Conectadas, A.C. y Vicepresidenta de la Asociación Mexicana de Mujeres Jefas de Empresa, A.C., (AMMJE) Capítulo Ciudad de México; José Refugio Muñoz López, Vicepresidente Ejecutivo de CANACAR en representación del Lic. Enrique Armando González Muñoz, Presidente de la Cámara Nacional de Autotransporte de Carga (CANACAR); Alfredo Kupfer Domínguez, en representación del Lic. Luis Aguirre Lang Presidente del Consejo de la Industria Maquiladora y Manufacturera de Exportación, A.C. (INDEX); José Alfonso Bouzas Ortiz y Raúl Sapien Santos, Presidente del Consejo Nacional de Seguridad Privada, A.C.
Principales Conclusiones

  • La reforma laboral resulta clave para concretar los principios de la reforma constitucional en materia de justicia laboral. El país ha estado inmerso en acuerdos internacionales que tienen que cumplirse en materia laboral, como los firmados con la OIT y anexo 23 del TEC-MEC.
  • La inclusión en materia laboral sobre anexo 23 del TEC-MEC, compromiso sobre establecer y mantener un organismo independiente para la conciliación y registros de los contratos de trabajo.
  • Libertad sindical, debe de agregarse la opción en que los trabajadores tengan el derecho de no afiliarse a ningún sindicato.
  • El Instituto de Conciliación debe ser dotado con reglas de transparencia, porque se detectan riesgos para las mipymes.
  • Centro Federal de Conciliación, debe incluir un órgano consultivo tripartito, porque así se estarían tomando en cuenta los tres puntos de vista: el patronal, trabajadores y gobierno.
  • Horario flexible, no mobbing, trabajo en casa, igualdad de salarios y no discriminación.
  • Es importante que el Centro de Conciliación no sólo tenga la tarea del registro de los sindicatos, sino que también lleve un registro de todos los trabajadores que no quieran pertenecer a un sindicato.
  • Tripartismo para el Centro de Conciliación. Reforma más trascendente.
  • Pide que la Ley sea congruente con los tiempos que se están viviendo, para una equidad laboral y de género.

En la Mesa 5: Rosario Jiménez Moles, Representante del Gobierno Federal de la Quinta Sala del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje; Héctor Arturo Mercado López, Magistrado del Décimo Sexto Tribunal Colegiado en Materia del Trabajo del Primer Circuito; Silvia Selene Sánchez Rodríguez, Auxiliar de Junta Especial de Conciliación y Arbitraje de la Ciudad de México, Junta Federal de Conciliación y Arbitraje; Hugo Arriaga Estrada, Ejecutivo del Instituto de Criminalística, Ciencias Jurídicas y Pedagógicas, AC; Hayde Ortiz Trejo, Representante de Consultoría Médica Integral Metropolitana, SC; María del Rocío González Balsa, Fundadora Hijas de la MX; Ana María Nolasco, Integrante de la Campaña Trabajo Digno Derecho de las Mujeres; Cristina Zaragoza Lemus, delegada del Sector de Jubilados del Sindicato de Telefonistas de México, y Natalia Juárez Medina, Secretaria de Asuntos Académicos y Culturales del Sindicato de Trabajadores Académicos de la Universidad de Guadalajara.
Principales Conclusiones

  • En la propuesta hay un gran respeto a los derechos humanos y a la igualdad de género.
  • Hay que capacitar al personal, buscar infraestructura y salarios suficientes, acordes al grado de responsabilidad.
  • Preocupa que la reforma va dirigida a una minoría. Se necesitan mejores operadores del derecho y las Juntas los tienen, pero se requieren recursos para los salarios de los funcionarios.
  • La parte adjetiva es muy importante, porque los procedimientos son lentos y engorrosos, por ello los medios electrónicos pueden contribuir a coadyuvar a su inmediatez.
  • La reforma no dice cómo han de ser usados los medios electrónicos, ello debe ser subsanado.
  • La productividad de una empresa depende de la eficiencia de los empleados. El home office (trabajo en casa) reduce gastos para las empresas y beneficia la convivencia y vigilancia de los padres y madres trabajadores sobre su hogar.
  • Históricamente la Ley Federal del Trabajo y el derecho laboral fue conceptualizado en masculino.
  • La carencia de recursos económicos en las Juntas, se debe a que no hay plataforma de diagnóstico, en el que se vea cuáles patrones envían todos los asuntos a las Juntas para beneficiarse, por saber que los procedimientos son lentos.
  • Existe un falso tripartismo en las Juntas de Conciliación y Arbitraje; afirma que las partes son jueces perjudicando a la clase trabajadora.

En la Mesa 6: Eugenio Narcia Tovar, Socio Director de Asesoría Legal y Representación Laboral ANR, S.C. y asesor de sindicatos del  sector público y privado; Oscar Rubio González, Socio Fundador de Asesoría Legal y Representación Laboral ANR, S.C. y asesor de sindicatos del sector público y privado; Sandra Maricela Flores Alonso, Titular de la Unidad de Transparencia del Sindicato de Trabajadores de la Cámara de Diputados; Gustavo Macías Sandoval, Asesor Jurídico de la Federación Nacional de Sindicatos
Independientes; Guadalupe Morales Núñez, Servicio público en calidad de ciudadana; J. Eliel Morales Sosa, Representante patronal por el Consejo Coordinador Empresarial y COPARMEX ante la Junta Local de Conciliación y Arbitraje de la Ciudad de México; Felipe
García Martínez, Representante del Grupo Restitución del Artículo 123 de la Escuela de Derecho Ponciano Arriaga; Rosario Ortiz Magallón, Comisionada de acción política del Comité Ejecutivo Nacional del Sindicato de Telefonistas; Héctor Barba García, Asesor Jurídico de la Unión Nacional de Trabajadores; César Maillard Canudas, Presidente de la Comisión de Empleo y Productividad de la Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos CONCAMIN; César Adrián de León Guadiana, Funcionario Conciliador de Junta Local de Conciliación y Arbitraje de la Ciudad de México; Selene Campos, Secretaría Auxiliar del Servicio Público de Conciliación de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje de la Ciudad de México.
Principales Conclusiones

  • La reforma constitucional de febrero de 2017 marca cual debe ser el contenido de la reforma laboral, junto con el Capítulo del T-MEC. El Centro de Conciliación debe mantenerse como órgano descentralizado con autonomía, como lo establece la reforma constitucional.
  • El problema con el tripartismo fue degenerando la situación, ya que los representantes fueron resolviendo conforme a sus intereses propios, por ello no hay argumentos en las sentencias.
  • Cuestionamiento al tripartismo se deben a la falta de representatividad de las organizaciones, porque generó prácticas de simulación.
  • Debe tenerse cuidado con el padrón de trabajadores que ha de servir para las constancias de representatividad, porque pueden convertirse en listas negras, que servirán para despedirlos.
  • Debe buscarse el cómo lograr que las recomendaciones internacionales permitan la eliminación de la brecha salarial.
  • Se debe puntualizar a detalle los requisitos para la designación de los juzgadores, evaluados mediante exámenes orales. El Centro de Conciliación, debe capacitar y actualizar a su personal constantemente.
  • Las Juntas de Conciliación y Arbitraje han sido abandonadas, con ello quiere justificarse su extinción, pero generaron la inoperancia y su corrupción.
  • La Comisión Económica para América Latina y el Caribe, dice que la precariedad laboral en México, sobre todo en la brecha salarial, está marcando una desigualdad social.
  • Debe establecer el concurso abierto para elegir al personal que ha de integrar el Centro de Conciliación.
  • Libertad sindical es fundamental para evitar los contratos colectivos de protección patronal.

 

6 de marzo de 2019

http://www5.diputados.gob.mx/index.php/camara/Audiencia-Publica-Reforma-Laboral/Materiales-de-las-Audiencias/Concluciones

Nuevo sindicalismo, reto para el que las empresas no están preparadas


Con los cambios en materia sindical los encargados de Recursos Humanos tendrán que ser más estratégicos y desarrollar habilidades de negociación; 75% de las empresas no están preparadas para este nuevo escenario.
Gerardo Hernández
07 de marzo de 2019, 14:19              
El mundo del trabajo en México no será igual después de la reforma laboral. El proyecto que analiza la Cámara de Diputados cambiará el escenario para la operación de los sindicatos y 75% de las empresas no están preparadas para ello, advierte Rogelio Salcedo, líder de Carrera de Mercer.
El proyecto de modificaciones a la Ley Federal del Trabajo, explica, introducirá cambios que requerirán nuevas habilidades en los encargados de la gestión de Recursos Humanos en las empresas, principalmente por los ajustes en materia sindical.
“Las compañías estaban preparadas para tener un sistema de control y minimizar los conflictos reales, ahora los van a tener que poner en la mesa porque la Secretaría del Trabajo lo supervisará, se eliminarán los contratos de protección y las condiciones inseguras”, comenta el especialista.
Estima que tres cuartas partes de las empresas en México no están preparadas para el nuevo sindicalismo que se formará con la reforma laboral y es importante que los directores de Recursos Humanos se capaciten para dialogar todos los temas que les preocupan a los empleados.
“Han comprado a los sindicatos para que estos compren paz laboral, pero lo que les van a pedir ahora es que gestionen el clima y la mano de obra sindicalizadas. Muy pocas compañías están preparadas para estos sindicatos en donde habrá una participación más activa y transparente”, detalla Salcedo.
Y si bien los sindicatos son un canal de comunicación entre los empleados y las empresas, las organizaciones deberán tener mayor contacto con los empleados para atender sus necesidades, prevenir riesgos del trabajo y mejorar sus condiciones.
“Esto nos va a obligar a hacer cosas distintas, a cuidar a nuestros empleados en realidad. Los empleados sindicalizados son nuestros empleados, el sindicato no es su patrón y si le damos razones para las cuales tengan que sindicalizarse, hay que gestionarlas y sentarse con los sindicatos a decirles que las empresas son los principales cuidadores de los empleados”, explica el especialista de Mercer
Sindicatos más activos
La reforma laboral les dará más libertad a los sindicatos para defender los intereses de los trabajadores, siempre y cuando los empleados así lo decidan. Ahora para hacer huelgas y negociar nuevos contratos colectivos deberán tener el respaldo de la mayoría de los sindicalizados.
Con la nueva legislación, opina el especialista, los sindicatos dedicados a extorsionar a las empresas con huelgas, sin tener representación o cobrar, tienen sus días contados.
“La gran oportunidad de los sindicatos será discutir con las empresas los temas importantes como el cuidado del trabajador: Para ese diálogo muchas compañías no están listas”, agrega.
Los directores de Recursos Humanos tienen que anticiparse a los conflictos; no con contratos de protección, sino con más contacto con los colaboradores. La fórmula es sencilla, la empresa que se ocupe de la felicidad de los trabajadores tendrá paz laboral, la organización que no lo haga, tendrá conflictos, enfatiza Salcedo.
Reforma laboral y sindicatos
La reforma laboral introducirá cambios en la actividad sindical de nuestro país. Estos son los puntos más relevantes:

  • Democracia sindical, los dirigentes serán electos por los agremiados con un voto directo, secreto y libre de la injerencia de patrones.
  • Para negociar un nuevo contrato colectivolos sindicatos deberán tener la aprobación de al menos el 30% de los sindicalizados.
  • El emplazamiento a huelga también tendrá que ser con un mínimo de 30% de aprobación de los agremiados.

La Comisión de Trabajo de la Cámara de Diputados concluyó esta semana las audiencias públicas para analizar la reforma laboral, espacio en el que participaron autoridades federales, empresarios, líderes sindicales, magistrados y representantes de la sociedad civil.
A partir de la próxima semana comenzará el proceso para dictaminar el proyecto de modificaciones a la Ley Federal del Trabajo que presentó el gobierno federal en enero pasado, en conjunto con otras tres iniciativas impulsadas por Morena, el PES y el PRI.
El compromiso asumido por el presidente de la Junta de Coordinación Política en San Lázaro, el morenista Mario Delgado, es concluir el proceso de la discusión de la reforma laboral en marzo.

gerardo.hernandez@eleconomista.mx
https://www.eleconomista.com.mx/capitalhumano/Nuevo-sindicalismo-reto-para-el-que-las-empresas-no-estan-preparadas-20190307-0051.html

Asociación de abogados pide abrir discusión en iniciativa laboral

La Asociación Nacional de Abogados de Empresa solicitó a los legisladores de la Cámara de Diputados abrir espacio para la discusión sobre la propuesta de reforma laboral que presentó el Grupo Parlamentario de Morena.
María Del Pilar Martínez
25 de diciembre de 2018, 23:08
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La Asociación Nacional de Abogados de Empresa solicitó a los legisladores de la Cámara de Diputados abrir espacio para la discusión sobre la propuesta de reforma laboral que presentó el Grupo Parlamentario de Morena y cuyo objetivo es modificar las relaciones laborales incluyendo la transparencia y democracia sindical.
En ese sentido, informó que hay coincidencias en la necesidad de modificar la política laboral y de impartición de justicia en México como uno de los muchos cambios necesarios para impulsar mejoras desde el punto de vista social, político y económico.
“Por la vocación jurídico empresarial de nuestro Colegio de Abogados, requerimos poner énfasis en aspectos vinculados con las implicaciones legales en los contratos colectivos de trabajo y los requisitos de mayoría para emplazar a huelga y/o demandar las titularidades de los mismos”.
De acuerdo con la iniciativa, se establecen nuevos requisitos para el establecimiento de los contratos colectivos actuales, mismos que deberán pasar por un proceso de ratificación y deberán estar registrados en el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral.
La representación de los abogados de empresa destaca que “esto es con la finalidad de erradicar el uso de estos procedimientos como formas de extorsión y, además, lograr que los mismos den certidumbre jurídica a las empresas preservando las fuentes de trabajo y respetando los derechos de empleados y empleadores”.
Refieren que ante la posibilidad jurídica de una pluralidad sindical (varios sindicatos en una misma empresa e incluso del mismo gremio), es imperioso clarificar, limitar y regular esta figura, de cara a la toma de decisiones, administración y ejecución en tales pactos. “De hacerlo, se prevendrán procesos de desgaste económico y laboral en las fuentes de trabajo; en este sentido conviene detallar los requisitos porcentuales de mayoría y contemplar las denominadas cláusulas de amarre o candados existentes en otras legislaciones laborales”.
Consideran que los procedimientos de titularidad, especialmente los de emplazamiento a huelga por firma o revisión de contrato colectivo de trabajo, traen como consecuencia extorsión o celebración de contratos de protección, “sobre el particular, convendría definir los elementos de prueba que soporten la doble calidad (empleado/agremiado) de las personas que participan en un proceso de mayoría con documentos como el Comprobante Fiscal Digital o el Sistema Único de Autodeterminación”.

pmartinez@eleconomista.com.mx
https://www.eleconomista.com.mx/empresas/Asociacion-de-abogados-pide-abrir-discusion-en-iniciativa-laboral-20181225-0081.html

Morena llevará al pleno iniciativa para sustituir Juntas de Conciliación


Creará centro de registro laboral
Fortalecer a sindicatos, entre sus finalidades
Georgina Saldierna y Roberto Garduño
Periódico La Jornada
Domingo 23 de diciembre de 2018, p. 7
La mesa directiva incorporó en el orden del día de la sesión ordinaria que celebrará mañana en la Cámara de Diputados una iniciativa de reforma a la Ley Federal del Trabajo propuesta por el grupo parlamentario de Morena para sustituir a las Juntas de Conciliación y Arbitraje por el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral.
El centro tendrá como titular a un director general, designado por la Cámara de Senadores de entre una terna propuesta por el Presidente de la República.
“Este organismo debe hacer realidad los nuevos principios constitucionales, así como los compromisos contraídos con la comunidad internacional en los convenios 87 y 98 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). En las entidades federativas se establecerán Centros de Conciliación en cada una de ellas.”
La iniciativa precisa el procedimiento de registro de los sindicatos. Acorta los plazos de trámite, y se amplían los aspectos que deben contener los estatutos de las organizaciones gremiales, entre ellos los que se refieren al procedimiento para la elección de directivas, plazo de convocatorias, lugares de votación e integración de un padrón confiable de sus integrantes.
“La designación de los representantes obreros deberá realizarse a través de elecciones auténticas, por ser este el procedimiento que garantiza la libertad y eficacia del voto, así como el respeto integral de los derechos humanos vinculados con la democracia”.
Así, los sindicatos contarían, refiere la propuesta, con autonomía, equidad, democracia, legalidad, transparencia, certeza, gratuidad, inmediatez, imparcialidad y respeto a las libertades sindicales y sus garantías.
“Entre ellas, el derecho de los trabajadores a organizarse libremente y conforme a los intereses de sus integrantes, dejando claro que el radio de acción –como lo ha reconocido la OIT– es parte de la libertad sindical”.
Con esto se pretende garantizar el derecho de los trabajadores a decidir libremente la forma de asociarse y de organizarse para defender sus intereses, tomando en cuenta las transformaciones del entorno productivo”.
La propuesta que habrá de presentarse en el pleno cameral también contendrá los mecanismos para lograr que la rendición de cuentas por parte de las dirigencias sindicales sea real, incluyendo sanciones en caso de incumplimiento, para quitarle estímulos a la apropiación ilegal del patrimonio de los trabajadores y asegurar la transparencia en el manejo de las cuotas y las finanzas sindicales mediante la publicación en los sitios de Internet de la autoridad.
La negociación colectiva, aduce la propuesta, determinará los salarios y condiciones laborales.
También la constancia de representatividad se otorgará mediante el voto personal, libre y secreto de los trabajadores. “Esta legitimación de la contratación colectiva se exige no solamente para los nuevos contratos colectivos, sino para aquellos que se encuentran despositados ante las juntas laborales, y que en su mayoría no reportan movimiento alguno”, promoviéndose entonces la revisión –dentro de los próximos cuatro años– mediante el voto mayoritario de los trabajadores.
Se propone que la obtención de la constancia de representatividad requerirá del voto de al menos 30 por ciento de los trabajadores que asistan a votar.
En caso de que concurran dos o más sindicatos al procedimiento de consultas, la constancia se decidirá por aquel que tenga el voto de la mayoría, estableciéndose que ésta debe acompañarse del emplazamiento a huelga que se promueva para obtener la firma de un .

https://www.jornada.com.mx/2018/12/23/politica/007n1pol

Hay 430,005 juicios laborales pendientes

Hay 430,005  juicios laborales pendientes
Pese al rezago, la STPS destacó que se mantiene la paz laboral.
María Del Pilar Martínez
28 de noviembre de 2018, 01:18
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La Junta Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCA) dejará a la próxima administración 428,500 juicios laborales de carácter individual pendientes, la cifra más alta de las últimas tres administraciones, a la que se suman los 1,505 juicios colectivos para totalizar una carga de trabajo de 430,005 expedientes, informó su presidente, José Francisco Maciel Amaya.
Al presentar su informe de laborales, el último de esta administración, dijo que la Junta enfrenta un importante rezago en personal, pues en dos años se cancelaron 379 plazas laborales, por lo que se tuvo que hacer una reingeniería para atender el mayor número de demandas posibles logrando “consolidar la paz laboral”.
De acuerdo con los datos presentados ante magistrados, representantes sindicales, abogados laborales y el sector patronal, en el sexenio del expresidente Ernesto Zedillo el rezago fue de más de 88,000 expedientes, en el de Vicente Fox fue de 146,000 expedientes, en el de Felipe Calderón 383,000, y en el actual se llegó a 428,500.
En el caso de los juicios colectivos, es decir, en donde se encuentran representaciones sindicales, 916 son por emplazamiento a huelga; 577 por conflictos colectivos y 12 por estallamiento de huelga.
Respecto a los juicios individuales, 34% se concentra en demandas por seguridad social, 16% en el tema de afores, y 21% se encuentra en demandas al sector privado (ya sea por despidos injustificados).
Por otra parte, Maciel Amaya expuso que se han concluido 47,544 asuntos colectivos y 530,503 asuntos individuales, “se estima que el programa presupuestario de impartición de justicia atiende a más de 1 millón de trabajadores beneficiarios”.
El secretario del Trabajo y Previsión Social, Roberto Campa Cifrián, destacó que, pese al rezago y a la falta de personal, se logró hacer un buen trabajo en la Junta e incluso contribuye a mantener la paz laboral, “con la paz laboral, no quiere decir que no haya habido esta exigencia diaria que se refleja en los emplazamientos, decenas de miles de emplazamientos. Pero también es una buena noticia que la enorme mayoría de ellos en esta administración, y lo digo con orgullo, 100 % se ha resuelto por la vía de la conciliación y el diálogo”.
Casos pendientes
Por otra parte, quedan en proceso de resolución temas emblemáticos como la liquidación a los trabajadores de Mexicana de Aviación, quienes aún no reciben ningún recurso; asimismo, el caso de la devolución de los 55 millones de dólares del Fideicomiso Minero, cuyo fallo de la Junta obliga al líder Napoleón Gómez Urrutia a hacer entrega a los trabajadores de dicho recurso. Al respecto, Campa Cifrián manifestó que “no es un pendiente el que se deja en ambos casos, pues están siguiendo su curso, siguen su proceso jurídico”.
En tanto, el presidente de la JFCA, Maciel Amaya, dijo que se han empezado a recibir varias impugnaciones sobre el proceso de elección que se desarrolló en el Sindicato de Petróleos Mexicanos, en el que se ratificó como dirigente a Carlos Romero Deschamps.

pmartinez@eleconomista.com.mx
https://www.eleconomista.com.mx/gestion/Hay-430005-juicios-laborales-pendientes-20181128-0027.html

Confía próximo gobierno tener leyes secundarias de la reforma laboral en diciembre próximo

La futura secretaria del Trabajo y Previsión Social, Luisa María Alcalde, apuntó que el próximo gobierno respaldará los espacios de un diálogo auténtico entre trabajadores y empleadores en las diferentes ramas de industria.
23 Oct 2018 – Rocío Méndez Robles
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Luisa María Alcalde, futura secretaria del Trabajo y Previsión Social
Reunida con representantes de las casi 70 empresas que manejan el 90% de la industria del acero en México, la futura secretaria del Trabajo y Previsión Social, Luisa María Alcalde,
En cuanto a la reforma a la Ley Laboral, la abogada Alcalde subrayó que en materia de Leyes Secundarias “estamos en falta, porque la reforma constitucional que se aprobó establecía un plazo que se vencía en febrero de este año; también tenemos la premura respecto al nuevo apartado laboral”, del nuevo tratado comercial entre Estados Unidos, Canadá y México.
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“Nuestra idea es logremos en las próximas semanas, antes de que concluya el año —a principios de diciembre— tener las leyes secundarias y que sean muy precisas en responder a la reforma constitucional” apuntó ante el sector acerero del país.
Con la nueva Ley Laboral habrá toda una transición de las Juntas de Conciliación y Arbitraje a los tribunales laborales. “Es todo un nuevo procedimiento mucho más ágil y expedito para que logremos tener juicios laborales mucho más ágiles”, confió Alcalde.
Ante los industriales que han colocado al país como el 14º productor de acero en el mundo y emplea a 672 mil personas de manera directa e indirecta, la futura titular de la STPS detalló que han habido acercamientos con diversas áreas del sector privado, “para discutir comentarios o dudas. Estamos encima de los tiempos, necesitamos tener la reforma laboral muy pronto, pero se puede compartir lo que se ha venido trabajando”, resaltó.
La maestra Alcalde apuntó que el próximo gobierno respaldará los espacios de un diálogo auténtico entre trabajadores y empleadores en las diferentes ramas de industria.
De hecho, en entrevista posterior, la próxima titular de la STPS anunció que el próximo gobierno hará una propuesta en las próximas semanas para que se garanticen “los preceptos constitucionales, como la autenticidad en las representaciones sindicales; el voto personal, libre y secreto; democracia, libertad, transparencia sindical; y procedimientos más ágiles en materia laboral”.
En otro tema, cuestionada sobre la propuesta del próximo gobierno de ofrecer visas de trabajo a migrantes indocumentados, Luisa María Alcalde subrayó que “necesitamos fortalecer el mercado interno, en lugar de abocarnos a que los salarios se mantengan y que así seamos atractivos al exterior, necesitamos fortalecer el mercado interno; también vamos a rescatar al campo y por eso creemos que se van a generar muchísimas oportunidades incluso para la gente que sale de sus países por necesidad, no por gusto”.
Ante la insistencia de las televisoras de ¿por qué se dará visas de trabajo a gente de otro país cuando no hay empleo en México?, la abogada Alcalde resaltó que “habrá desarrollo y diferentes cortinas que permitirán a la gente tener oportunidades, empezando por los mexicanos. Habrá trabajo para ellos y para la gente que viene huyendo de la violencia. Se requiere hermandad, creemos que vamos a lograr bienestar con nuestro plan de nación”, explicó.
La futura funcionaria federal comentó que el nuevo tratado comercial con Estados Unidos, Canadá y México trae un apartado bastante interesante en materia laboral, pero su planteamiento tiene que ver con el fortalecimiento de los salarios, justicia laboral, que los trabajadores puedan decidir si se organizan o no y quién los representa previo a la firma de un contrato colectivo o un emplazamiento a huelga”.
Al presentar el programa Jóvenes Construyendo el Futuro, ante el 6° Congreso Canacero, la futura secretaria federal del Trabajo señaló que resaltó que para la próxima administración será “una prioridad” atender a los jóvenes que no tienen oportunidades de estudiar o trabajar.
“Es una generación con talento y muchas ganas de sacar al país adelante”, señaló la maestra Alcalde, al detallar que al andar entre los 18 y los 29 años, son personas que no han ingresado a las universidades que apenas pueden atender al 30% de la demanda, o no han sido contratados por empresas e instituciones.
“Durante años se les ha dado la espalda” por ello para enero del 2019 se aspira tener a 2 millones 600 mil jóvenes inscritos en el programa Jóvenes Construyendo el Futuro, apuntó la abogada Alcalde. 
De los jóvenes que no estudian ni trabajan,2 millones 300 mil irían a actividades productivas y 300 mil continuarán con estudios superiores, para ello se destinarán 108 mil millones de pesos, precisó.
“No hay mejor apuesta que rescatar a todos estos jóvenes para pacificar al país y reivindicar los derechos de esta población a tener un futuro en este país”, resaltó Alcalde, al explicar que los jóvenes que trabajen en instituciones, empresas u organismos sociales recibirán un salario por parte del gobierno federal y si terminado ese periodo no son contratados, se les dará seguimiento a través del Servicio Nacional de Empleo hasta lograr su inserción en el mercado laboral.
Tras indicar que los llamados “servidores de la nación” ya recorren, en principio, las zonas más empobrecidas del país para identificar a los jóvenes que no estudian ni trabajan, Luisa María Alcalde sugirió a los jóvenes interesados a acudir a los Centros Integradores que se abrirán en todo el país o a incorporarse al programa vía electrónica a través de la página: www.jovenesconstruyendoelfuturo.mx/

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